BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE BIENES, PRESTACIÓN DE SERVICIOS O EJECUCIÓN DE OBRAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE LICENCIAS INFORMÁTICAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
Artículo 1°. Generalidades.
En todo lo no regulado por las presentes Bases Administrativas Especiales (en adelante e indistintamente “BAE”) y en las Bases Técnicas (en adelante e indistintamente “BT”), la presente Licitación se regirá supletoriamente por lo señalado en la Resolución Nº307/2025 de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, de fecha 02 de mayo de 2025, la cual aprueba las Bases Administrativas Generales (en adelante e indistintamente las “BAG”), para la Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios o Ejecución de Obras, a través de Licitación Pública o Privada, y en subsidio, por lo dispuesto en la Ley N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante, “Ley de Compras Públicas”), y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 661, de 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda (en adelante también el “Reglamento”), y por todos aquellos textos normativos vigentes que fueren pertinentes y aplicables, en especial las disposiciones legales y reglamentarias establecidas las presentes “BAE” y en las “BT”.
Para todos los efectos legales, se entenderá que forman parte integrante del Contrato a que dé lugar la adjudicación, los documentos consignados en el artículo 3° de las “BAG” y todas las normas legales y reglamentarias vigentes que se relacionen con el objeto y la materia de la Licitación. Para el correcto cumplimiento de los términos del Contrato y sus Anexos, se estará a lo establecido en el artículo 38° y siguientes de las “BAG”.
Serán de cargo del oferente todos los costos directos e indirectos asociados a la participación, preparación y presentación de su oferta, conforme lo previsto en los Artículos 4°, 16°, 44° y 54° de las “BAG”. La Corporación en ningún caso será responsable de dichos costos.
Artículo 2°. Objeto de la Licitación.
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “Corporación”, llama a licitación pública ADQUISICIÓN Y RENOVACIÓN DE LICENCIAS INFORMÁTICAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA, con el objetivo de contar con las licencias de software oficiales para la continuidad operativa de los diferentes unidades de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, para el desempeño de sus labores diarios.
En todo lo no regulado en las presentes Bases Administrativas Especiales y Bases Técnicas de este proceso licitatorio, se regirá por las Bases Administrativas Generales.
Las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Artículo 3°. Condiciones particulares.
Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución de la contratación, de acuerdo con las siguientes condiciones particulares:
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Moneda de la Oferta
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Dólares (USD).
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Monto estimado del contrato
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N/A
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Presupuesto Disponible
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Total 37.658 USD, IVA incluido, divididos en 7 líneas.
1. Photoshop for Teams Renewal: 4.756 USD.
2. Acrobat PRO for Teams Renewal: 672 USD.
3. Acrobat PRO for Teams: 672 USD.
4. Creative Cloud for Teams all Apps Renewal: 1.345
USD.
5. Zoom Workplace Business + ZM-TC-1 (subtítulos
traducidos): 523 USD
6. Office 365 App for Business: 29.460 USD.
7. Adobe Audition: 230 USD.
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Garantía de Seriedad de la Oferta
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N/A
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Garantía de Fiel Cumplimiento
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N/A
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Formalización de la contratación
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Orden de compra
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Plazo del Contrato
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12 meses.
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Administrador del Contrato
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Natalia Vega Soto.
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Artículo 4°. Etapas y plazos.
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl.
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Etapa
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Plazo
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Publicación
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Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que aprueba las Bases de Licitación.
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Inicio Período de Consultas
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Desde la publicación de las bases en la plataforma www.mercadopublico.cl.
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Cierre Período de Consultas
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Hasta las 12:00 horas del 4° día contado desde la publicación de las Bases de Licitación.
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Publicación de Respuestas
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A las 23:59 horas del día 7° día contado desde la publicación de las Bases de Licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Si el 7° día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
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Cierre de recepción de las ofertas
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Hasta las 15:00 horas del 10° día contado desde la publicación de las Bases de Licitación.
Si el 10 día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
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Acto de Apertura de las Ofertas
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A las 15:01 horas del día de cierre de recepción de ofertas.
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Fecha y hora de presentación Garantía de Seriedad de la Oferta
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N/A
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Período de Evaluación de las Ofertas
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Hasta el día 10 desde el Acto de Apertura.
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Fecha de Adjudicación
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Dentro de los 30 días hábiles contados desde la fecha del Acto de Apertura de las Ofertas.
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Suscripción de la contratación
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N/A
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La Corporación podrá ampliar el plazo de “Publicación de Respuestas” hasta en 48 horas, pudiendo modificar el cronograma antes del cierre de recepción de ofertas solo si con relación a las preguntas o la cantidad de éstas, así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público.
Artículo 5°. Contenido de las Ofertas.
Los oferentes deberán presentar su propuesta en los formatos (Word, Excel o PDF) que estarán disponibles en la ficha de licitación respectiva en el Portal de Mercado Público, de acuerdo a lo siguiente:
- Antecedentes Administrativos:
1.1. Formulario Anexo N°1, denominado “Identificación del Oferente”.
1.2. Declaración Jurada Simple. Deberá ser presentada solo en caso de presentarse propuestas fuera del Sistema de Información conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886.
En caso de que se omitan o no se presenten debidamente estos documentos, podrán ser requeridos de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”.
1.3. Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, en el caso que corresponda, conforme a lo dispuesto en el artículo N°10 de las “BAG”.
En caso de que se omita o no se presente debidamente este documento, no podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG” y su oferta será declarada inadmisible.
- Antecedentes Económicos:
2.1. Formulario Anexo N°2, denominado “Oferta Económica”.
Los oferentes deberán presentar su oferta económica representada por el valor total para cada línea ofertada, en su valor neto más impuestos, si corresponde, sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno, salvo que en las presentes bases se establezca algo distinto.
En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el Anexo N°2 y el valor ingresado en el Portal, prevalecerá la oferta subida en el Anexo. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
En caso de que se omita o no se presente debidamente este documento, no podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG” y su oferta será declarada inadmisible.
- Antecedentes Técnicos:
3.1. Formulario Anexo N°3, denominado “Declaración Jurada Simple Programas de Integridad”, debidamente completado.
En el presente Anexo los oferentes deberán declarar si cuentan con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal, adjuntando el documento asociado a dicho Programa.
Para estos efectos se entiende por programas de integridad un conjunto de instrumentos o herramientas que fomenten entre sus trabajadores un comportamiento apegado a los valores que contribuyen a instalar estándares de integridad, fortalecimiento de una conducta ética que permita combatir la corrupción.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, cada miembro de ésta deberá completar el presente formulario.
En caso de tratarse de una persona natural, para efectos de evaluación se considerará que cuenta con dicho programa si se acredita la realización de cursos, capacitaciones, diplomados u otros mediante la presentación de documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance, debiendo declararlo así en el correspondiente Anexo.
En caso de que se omitan o no se presenten debidamente estos documentos, podrán ser requeridos de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”. En caso de haber sido solicitado y no presentarse dentro del plazo otorgado su oferta se evaluará con 0 puntos.
3.2. Formulario Anexo N°4, denominado “Experiencia del Oferente”, en el que se resumirá la experiencia acreditada por los documentos que se señalan en el párrafo siguiente.
Para acreditar la experiencia declarada y ser considerados en la evaluación, los oferentes deberán presentar órdenes de compra en formato PDF en estado de aceptada o Certificado de Recepción Conforme en formato libre, debidamente firmado por el mandante, indicando nombre, fecha y monto del contrato que se recepciona . Los documentos a presentar deben decir relación con la prestación del servicio de adquisición o renovación de licencias de softwares oficiales que hayan sido emitidas en el último periodo de 5 años como máximo, desde publicado el presente proceso en Mercado Público.
En caso de que se omita el formulario solicitado en el presente punto, podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”, siempre y cuando se hayan acompañado los antecedentes o documentos de respaldo.
Los antecedentes o documentos de respaldo podrán ser solicitados de conformidad al artículo N°33 de las “BAG”, siempre que se haya presentado el referido formulario al momento de presentar la oferta y se hayan singularizado debidamente los antecedentes en éste. En caso contrario, no podrán ser solicitados y su oferta se evaluará con 0 puntos.
3.3. Certificado de partner del software de la línea ofertada.
Los oferentes deberán acreditar mediante un certificado de partner o equivalente, su relación comercial con el producto ofertado.
En caso de que se omitan o no se presenten debidamente estos documentos, podrán ser requeridos de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”.
3.4. Especificaciones técnicas del programa de la línea ofertada.
Los oferentes deberán adjuntar las especificaciones técnicas del programa de las líneas que desean ofertar.
En caso de que se omitan o no se presenten debidamente estos documentos, podrán ser requeridos de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”.
Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren la declaración de experiencia del proveedor sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por la CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en estas Bases de Licitación.
Se hace presente que, dentro de los subcriterios de evaluación, se asignará el puntaje que se señale en la “Metodología y Pauta de Evaluación”, a los oferentes que tengan un “Buen Comportamiento Base". Se entiende que un oferente tiene “Buen Comportamiento Base”, si su nota de calificación es igual o superior a 4/5 o si no tiene nota, mediante la glosa "Sin Información”.
Para estos efectos se considerará la info rmación que proporciona la Ficha Electrónica del Proveedor del portal www.mercadopublico.cl, no siendo necesario que el oferente adjunte documentos para estos efectos.
Artículo 6°. Oferta Económica.
Los oferentes deberán presentar sus ofertas económicas conforme al Anexo de Oferta Económica dispuesto para estos efectos, expresado sus valores en moneda nacional, extranjera, UF, UTM, según corresponda en base a lo establecido en el artículo N°2 para cada una de las líneas que desea postular. Todos los oferentes podrán postular a 1 o más líneas.
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En caso de solicitarse, los valores unitarios expresados en este Anexo son los que serán considerados para un eventual aumento o disminución del contrato con el oferente adjudicado.
Para los efectos de evaluación, adjudicación y de determinación del precio del contrato, los valores serán considerados más IVA, si corresponde. Todos los ítems del Anexo económico deben ser completados y valorizados.
Artículo 7°. Garantía de Seriedad de la Oferta.
De conformidad con lo señalado en el del artículo 52 del Decreto Supremo N°661, de 3 junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de Compras Públicas, no se requerirá garantía de seriedad de la oferta atendido a que el monto para la presente contratación no supera las 5.000 UTM.
Artículo 8°. Visita a Terreno.
La presente licitación NO considera una visita a terreno.
Artículo 9°. Metodología y Pauta de Evaluación.
Las ofertas serán evaluadas por la Comisión Evaluadora designada para tales efectos en la Resolución de llamado a Licitación Pública, de acuerdo a la siguiente:
- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.
Corresponde a la verificación del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad indicados en las presentes Bases. Las ofertas que no den cumplimiento a todos los requisitos indicados serán declarados inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación.
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CUMPLE / NO CUMPLE
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FACTOR DE MEDICIÓN
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Cumple (C) No Cumple (NC)
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El Anexo “Oferta Económica” se presenta en tiempo y forma con toda la información solicitada.
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El oferente presenta las especificaciones técnicas de las líneas ofertadas.
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Certificado Partner de la línea ofertada.
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- EVALUACIÓN TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y ECONÓMICA.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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PONDERACIÓN
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- Oferta Económica.
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90%
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- Experiencia del Oferente.
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5%
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- Comportamiento Base.
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2%
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- Cumplimiento de requisitos formales.
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2%
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- Programas de integridad.
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1%
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- ASIGNACIÓN DE PUNTAJES.
i. EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA.
Para efectos de la Evaluación se considerará el precio total ofertado, impuestos incluidos.
El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerados con hasta dos (2) decimales.
ii. EXPERIENCIA DEL OFERENTE.
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CANTIDAD DE CONTRATOS ACREDITADOS EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS.
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PUNTAJE
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Más de 11 OC aceptadas y/o certificados de recepción conforme.
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100
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Entre 6 y 10 OC aceptadas y/o certificados de recepción conforme.
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50
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Entre 1 y 5 OC aceptadas y/o certificados de recepción conforme.
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25
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No acredita experiencia mediante OC aceptadas y/o recepción conforme.
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0
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La Corporación se reserva el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar la veracidad o validez los antecedentes a través de cualquier otro mecanismo como, por ejemplo, consultando información a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, descargando la Orden de Compra, el Contrato u otros antecedentes. La documentación en donde no sea posible verificar la experiencia, porque no ha sido acreditada, no será considerada en la respectiva evaluación.
iii. PROGRAMA DE INTEGRIDAD.
Este criterio de evaluación considera que el proveedor señale en el Anexo “Declaración Jurada Simple Programas de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio.
Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0.
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DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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Cuenta con Programa de integridad
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100
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No cuenta con Programa de Integridad
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0
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iv. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.
Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla:
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FACTOR A EVALUAR
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PUNTAJE
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La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.
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100
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La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios a través de foro inverso y el proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
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50
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La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios través de foro inverso y el proveedor NO corrige y/o subsana en tiempo y forma.
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0
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v. COMPORTAMIENTO BASE.
Para la evaluación del criterio Comportamiento Contractual Anterior (CCA), se revisará la nota del “comportamiento base” en la Ficha del proveedor en el Portal de Mercado Público.
Lo anterior será evaluado de acuerdo con los siguientes puntajes:
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DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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Proveedor registra nota entre 4/5
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100
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Proveedor registra nota inferior a 4
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0
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En el caso de que el proveedor no registre nota del comportamiento base (Sin información) en su Ficha del proveedor en el Portal de Mercado Público, se asignarán 100 puntos.
Artículo 10°. Resolución de Empates.
Si al finalizar la evaluación, dos o más ofertas tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a favor de quien obtenga el mejor puntaje en el criterio “oferta económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido en favor de quien haya obtenido un mayor puntaje en el criterio “Experiencia de oferente”.
Si aun así se mantiene el empate, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “comportamiento base”. Si aun así se mantiene el empate, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “cumplimiento de los requisitos formales”. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien hubiese obtenido wl mayor puntaje en el criterio “programa de integridad”.
Por último, se resolverá por aquella oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl
Artículo 11°. Adjudicación.
Para la presente licitación se seleccionarán las ofertas más ventajosas para cada línea, teniendo en cuenta los puntajes obtenidos en cada criterio de evaluación y sus respectivas ponderaciones. La adjudicación se realizará a un solo oferente por línea, al valor total ofertado. En ningún caso se podrá adjudicar una sola línea a dos o más oferentes.
Artículo 12°. Formalización de la Contratación.
La contratación con el adjudicatario se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra, la cual deberá ser debidamente aceptada por el proveedor en el portal de Mercado Público.
Artículo 13°. Antecedentes adicionales a presentar por el adjudicatario.
Para la presente contratación, la Corporación no requiere la presentación de antecedentes adicionales a los indicados en las presentes Bases y en la “BAG”.
Artículo 14°. Modificaciones al Contrato.
La Corporación podrá aumentar o disminuir el contrato, de acuerdo con las exigencias estipuladas en el artículo 57° y siguientes del Título XV “Modificaciones de Contrato” de las “BAG”. En tal caso, no podrán alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato.
Los aumentos o disminuciones no podrán superar el 30% del valor total del contrato y deberán ser aprobados por la Secretaría General de la Corporación y ordenadas por Resolución. Para estos efectos, los aumentos y disminuciones serán propuestos a través de Informe Técnico por parte del Administrador del Contrato, manteniéndose siempre los valores adjudicados al proveedor, según el respectivo Anexo Económico. Para que sea autorizado, se requerirá la aprobación de la Secretaría General o de quien ésta haya delegado dicha facultad, mediante la correspondiente resolución. Asimismo, se deberá contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, correspondiente.
En caso de que la modificación implique un aumento de monto de la contratación, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos dispuestos en las presentes bases de licitación.
La ejecución de dichos aumentos o disminuciones de los servicios contratados no podrán realizarse sin previa notificación al proveedor de la respectiva resolución que lo disponga. Todo lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 129° del Decreto N°661/2024.
Artículo 15°. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
No se solicita para este proceso.
Artículo 16°. Plazo del Contrato y Prórroga.
La contratación tendrá una vigencia de 12 meses, contados desde el inicio de vigencia de las licencias y previo a la aceptación de la orden de compra en la plataforma de Mercado público. La Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor en un plazo máximo de 48 horas, contabilizado desde la fecha y hora de envío.
La presente contratación no contempla la posibilidad de ser renovada.
Se podrá prorrogar el contrato suscrito con el proveedor adjudicado solo por el tiempo en que se proceda a efectuar una nueva contratación para abastecer el referido suministro, ya sea que ésta sea efectuada a través de una licitación pública u otro mecanismo de adquisición que resulte pertinente.
Se deja constancia que el tiempo máximo de prórroga no podrá exceder 6 meses contados desde el vencimiento original del período de suministro. El contrato que emane de esta licitación no podrá ser renovado, ni modificado, en su vigencia, con la finalidad de extenderla en contravención a lo indicado en este párrafo.”
Tener presente que la prórroga del contrato deberá dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 14 que establece que la modificación del monto del contrato no puede implicar un aumento de más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
Artículo 17°. Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento.
No se contemplan causales de cobro de esta garantía adicionales a las reguladas en el artículo N°27 de las “BAG”.
Artículo 18°. Otras Garantías y Seguros.
Para la presente contratación, no se requieren otras garantías y seguros.
Artículo 19°. Anticipo y Garantía.
No se considera entrega de anticipo para la presente contratación.
Artículo 20°. Precio del Contrato y forma de pago.
El precio total de la contratación será el valor ofertado en cada línea, más impuestos si corresponde.
La forma de pago será en pesos chilenos con impuestos incluidos, al valor del dólar observado de la fecha de facturación, pagándose el precio convenido por los servicios efectivamente entregados, de acuerdo con el valor ofertado como precios unitarios por el adjudicatario y lo requerido en las bases y su formalización a través de la Orden de Compra en el Sistema de Información.
Se realizará un pago por línea adjudicada una vez entregadas las licencias.
La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N° 69.070.301-7, con el detalle del número de Orden de Compra emitida. Los documentos de cobro deberán ser enviados al correo electrónico tesorería@cdsprovidencia.cl de la Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación, con copia al Administrador del Contrato (nvega@cdsprovidencia.cl).
La documentación de respaldo que deberá ser presentada para el pago de una factura, será la siguiente:
Certificado de Recepción Conforme aprobado por el Administrador del Contrato y Director(a) de la Unidad Técnica o programa a cargo del Contrato.
Artículo 21°. Administrador del Contrato.
El administrador del Contrato será Natalia Vega Soto, Jefa del Departamento de Informática de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, quien realizará, a lo menos, las funciones señaladas en el artículo N° 46 de las “BAG”.
Artículo 22°. Multas por Incumplimiento.
En caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, el Administrador del Contrato, aplicará las multas que a continuación se detallan, de acuerdo con el procedimiento fijado en el Título XVII “Sanciones y Multas” de las “BAG”, con un tope máximo de un 30% del monto total contratado, conforme a lo dispuesto en el Artículo 136 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Este tope no constituye una limitación a la responsabilidad del Proveedor en relación con otras estipulaciones del contrato. Dichas multas serán diarias o por evento, y se aplicarán según lo siguiente:
Nº
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MULTA
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MONTO
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1
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Retraso en la carga de las licencias superior al plazo máximo indicado en las bases.
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1 U.T.M por cada día de retraso.
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2
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Incumplimiento en las licencias requeridas.
Los elementos que no cumplan con lo requerido en las Bases Técnicas, Anexos y la oferta del adjudicatario, serán devueltos al proveedor y tendrá un plazo de dos días hábiles para subsanar el producto requerido.
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10% del valor neto de la línea adjudicada por incumplimiento.
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Artículo 23°. Causales adicionales de término anticipado del contrato.
Las causales de término anticipado del contrato, será las contempladas en el artículo N°58 de las “BAG”.