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Presentación de antecedentes y certificados posterior al cierre de ofertas |
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A partir de la apertura de las ofertas, y de acuerdo al análisis preliminar del cumplimiento de los requisitos
mínimos y la evaluación de las ofertas, el Departamento de Ingeniería Industrial podrá solicitar a los
proponentes la presentación de certificados y antecedentes que hubiesen omitido, siempre y cuando no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto
no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. El Departamento de
Ingeniería Industrial podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
En cuanto a los antecedentes omitidos por los oferentes, esto se resolverá según lo indicado en el criterio de
evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales.”
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Mecanismo para solución de empates |
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En caso de empate, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje según los siguientes criterios:
La primera variable a considerar “Precio”
La segunda variable a considerar “Plazo de Entrega”
La tercera variable a considerar “Experiencia en Contratos Similares”
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Adjudicación de la licitación y mecanismo para resolver consultas sobre la misma |
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El Departamento de Ingeniería Industrial adjudicará la licitación a la oferta que obtenga el mayor puntaje y
resulte conveniente a sus intereses y que cumpla con todos los requisitos establecidos en las bases del proceso
dentro del plazo indicado en el cronograma.
La presente licitación será adjudicada solo a un oferente, por lo que la oferta deberá considerar todos los
servicios previstos en las Bases Técnicas, bajo apercibimiento de inadmisibilidad.
Sin embargo, cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el cronograma (punto 3), el
Departamento de Ingeniería Industrial podrá modificar aquella fecha, para lo cual deberá informar en el Portal
de Compras Públicas las razones que justifiquen el cambio del plazo para la selección del proveedor y
consecuentemente con ello, deberá indicar un nuevo plazo para la adjudicación.
En el caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la adjudicación, podrán comunicarse vía correo
electrónico, a la dirección csoto.lopez@uchile.cl.
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Exigencias de cumplimiento de la calidad del servicio contratado |
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En caso que el servicio no satisficiere las necesidades y requerimientos técnicos de calidad,
cantidad u oportunidad de entrega, establecidos por el Departamento de Ingeniería Industrial , éste podrá pedir
los cambios y ajustes necesarios al proveedor.
En caso de incumplimiento de otras variables, como calidad del servicio, incumplimiento de
valores ofertados u otras condiciones requeridas o de la oferta, el Departamento de Ingeniería Industrial podrá
recurrir a otros proveedores, realizando el proceso de compra que se enmarque en la normativa legal vigente.
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Contraparte técnica |
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La contraparte técnica del Departamento de Ingeniería Industrial será informada al contratista una vez
formalizado el contrato de servicio, y realizará, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y controlar el cumplimento de los procedimientos establecidos en las Bases de
Licitación.
b) Fiscalizar el correcto desarrollo de lo comprometido por el proveedor en su propuesta, informando en caso
de incumplimiento para la aplicación de multa.
c) Dar visto bueno y recepción conforme del servicio prestado.
d) Las demás que le encomienden en el presente pliego de condiciones.
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Adjudicación dejada sin efecto |
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Se podrá dejar sin efecto la adjudicación a la oferta mejor evaluada y adjudicar al oferente que le siga en
puntaje, en un plazo máximo de 60 días corridos con posterioridad a la notificación de la resolución de
adjudicación original, o realizar un nuevo proceso de contratación que se ajuste al marco regulatorio vigente,
en los casos que se indican a continuación:
a) Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación.
b) La no aceptación de la orden de compra por parte del proveedor dentro del plazo de 30 días, según lo
establecido en el punto 6 de las presentes bases.
c) Si el adjudicatario (incluyendo a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores) no se inscribe en el
registro de proveedores en el plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación
en el Portal de Compras Públicas. En tal caso, el plazo de 60 días corridos, se contará desde que se haya vencido
el plazo respectivo.
d) Si el adjudicatario no presenta el Anexo N° 2A, en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la
notificación de la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl. En tal caso, el plazo de 60 días
corridos, se contará desde que se haya vencido el plazo respectivo.
Sin perjuicio de lo expuesto, también se podrá optar por efectuar la contratación mediante la realización de un
nuevo proceso.
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Licitación declarada desierta e inadmisibilidad de las ofertas |
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El Departamento de Ingeniería Industrial declarará desierta la licitación cuando concurra, al menos, una de las
siguientes circunstancias:
a) No se presente oferente alguno a la Licitación.
b) Las ofertas presentadas hayan sido declaradas inadmisibles, por no cumplir con los requisitos establecidos
en las Bases, sin perjuicio del mecanismo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
c) Cuando, presentándose uno o más candidatos, ninguna de las propuestas resulte conveniente a los intereses
de la Institución, en consideración a que la calidad de la oferta no permita lograr una contratación eficaz y
eficiente, en los términos requeridos por el Departamento de Ingeniería Industrial.
d) En caso que las propuestas no cuenten con la totalidad de los antecedentes necesarios para ponderar las
mismas, o si, en el evento de solicitarse aclaraciones o completos a las ofertas, a través del mecanismo
establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, no existiere respuesta por parte de los
oferentes, si la respuesta es entregada con posterioridad al plazo fatal establecido, o si la aclaración o el
complemento entregado no satisface las exigencias de las bases de licitación, la oferta podrá ser declarada
inadmisible.
De las situaciones descritas en las letras anteriores, deberá dejarse constancia, de manera justificada, en el
informe de la comisión evaluadora y en la resolución que resuelve sobre el proceso de contratación
administrativa.
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Programa de Integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente programa de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las
bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de
acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del
Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que
significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el
proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los
contratos que de ello se deriven.
iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos
o formas.
iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad
y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de
ellos se derivase.
vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad
ofertadas.
viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste
o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación,
incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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