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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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1.3.3.- MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y REVOCACIÓN DEL PROCESO LICITATORIO |
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a. El SERVIU podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo de la autoridad competente, el que debe ser publicado en el portal www.mercadopublico.cl y, en caso de ser necesario, deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
b. Asimismo, en caso de que el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenasen la detención del proceso licitatorio, previo a la adjudicación, el SERVIU podrá suspenderlo por una cantidad determinada de días y, posteriormente, seguir con el curso normal de la licitación.
c. Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo sesenta y uno de la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, el SERVIU podrá revocar el llamado a licitación pública. Lo anterior, debe ser aprobado mediante acto administrativo de la autoridad competente.
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1.3.5.- PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la provisión de él o las adquisiciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y provisión de la o las adquisiciones que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y la o las adquisiciones que de ellos se derivase.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
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1.4.- PUBLICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN |
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a. Las presentes bases de licitación serán publicadas, en el Sistema de Información, dentro de los primeros diez días corridos a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el llamado a la presente licitación pública.
b. En caso de que existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el portal www.mercadopublico.cl y las presentes bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo indicado en las presentes bases de licitación.
c. Los plazos señalados en las presentes bases de licitación serán ingresados como fechas concretas al momento de la publicación de la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, por lo que serán estas últimas las que rigen el presente proceso licitatorio.
d. En el evento que alguno de los plazos indicados en las presentes bases de licitación expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
e. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el SERVIU publique, en el portal www.mercadopublico.cl, el respectivo documento o acto administrativo objeto de la notificación.
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1.5.- CONSULTAS, ACLARACIONES Y RECLAMOS |
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a. Los proveedores podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las disposiciones contenidas en las presentes bases de licitación o con relación al proceso licitatorio en general.
b. Como mecanismo de preguntas y respuestas, se hará uso del foro que para estos efectos se dispone en el Sistema de Información No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración por otro medio.
c. Las preguntas serán recibidas desde la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información hasta el cuarto día corrido a contar de dicha fecha. No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración posteriores a dicho plazo.
d. El SERVIU podrá ingresar la respuesta a las consultas hasta el quinto día corrido a contar de la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información.
e. Asimismo, el SERVIU, de manera unilateral y por iniciativa propia, podrá realizar las aclaraciones que estime necesarias o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proveedores durante el proceso de licitación.
f. En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de las respuestas a las consultas y aclaraciones mencionadas.
g. A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 484B, de 2007, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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1.6.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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a. Antes de la fecha y hora dispuesta para el cierre de la recepción de ofertas, los proveedores deberán ingresar sus propuestas en el Sistema de Información, adjuntando formularios, declaraciones, documentos, anexos y cualquier documento que sea requerido en las presentes bases de licitación, en formato digital.
b. Las propuestas deberán presentarse en idioma español y en moneda nacional.
c. Se entenderá que todos aquellos interesados que presenten ofertas conocen y aceptan íntegramente las presentes bases de licitación.
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1.6.1.- ANTECEDENTES A INCLUIR EN LA OFERTA |
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1.6.1.1.- PROPUESTA ADMINISTRATIVA
a. Información del proponente indicando, al menos:
• Persona natural: Antecedentes del proponente (nombre, cédula de identidad, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular, correo electrónico y dirección web) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico).
• Persona jurídica: Antecedentes del proponente (razón social, rol único tributario, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular, correo electrónico y dirección web), antecedentes del representante legal (nombre, cédula de identidad, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico).
• Unión temporal de proveedores: Antecedentes de los proponentes participantes de la unión temporal de proveedores (razón social o nombre y rol único tributario cédula de identidad), antecedentes del representante de la unión temporal (nombre, cédula de identidad, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico).
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 1, para así facilitar su evaluación.
b. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, quedando exceptuadas de esta declaración las fundaciones, corporaciones y universidades.
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 2, para así facilitar su evaluación.
c. Declaración jurada simple en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, quedando exceptuadas de esta declaración las personas naturales.
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 3, para así facilitar su evaluación.
1.6.1.2.- PROPUESTA TÉCNICA
a. Descripción completa de los servicios y/o productos ofertados, indicando el cumplimiento de cada una de las características establecidas en el punto 1.2 “Descripción de los servicios y/o productos” de las presentes bases de licitación.
En caso de que no se especifique el cumplimiento o se indiquen distintas características en la oferta, se solicitará una aclaración a través del portal www.mercadopublico.cl. De no obtener respuesta a través de este medio, se entenderá que no cumple con las características requeridas en el punto 1.2 “Descripción de los servicios y/o productos” de las presentes bases de licitación.
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 4, para así facilitar su evaluación.
b. Plazo de entrega de los servicios y/o productos ofertados, computado a partir de la fecha de aceptación de la orden de compra.
La oferta debe ser ingresada en días corridos. En caso de no especificar, se entenderá que corresponde a días corridos y en caso de ser ingresada en días hábiles, se le sumarán dos días por cada cinco hábiles o fracción ofertados.
En caso de que se informe un plazo de entrega “a convenir” o no especifique el plazo, se entenderá que corresponde al máximo establecido en el punto 1.6.3.4 “Plazos de Entrega” de las presentes bases de licitación. Asimismo, en caso de indicar distintos plazos en la oferta, se entenderá que corresponde al menor plazo ofertado.
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 5, para así facilitar su evaluación.
c. Experiencia del oferente en el rubro, en los últimos 5 años en que prestó o presta Servicio Notariales ya sea a empresas públicas como privadas. Para lo cual deberá adjuntar Anexo Nº 4, en que se detalle el nombre de la empresa, nombre del encargado del contrato, descripción de los servicios y periodo del contrato. Estos datos serán considerados siempre que el oferente además incluya los documentos que avalen lo descrito en el Anexo como por ejemplo (copia de Contratos, Certificados de Antigüedad de contrato, facturas y Órdenes de Compra).
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 4, para así facilitar su evaluación.
1.6.1.3.- PROPUESTA ECONÓMICA
Se requiere indicar el costo unitario por tramite y servicios que ofrece monto total honorarios incluyendo la retención de impuestos que corresponda, lo que configurará el tarifario para ejecución de este convenio de suministro de servicios. El valor deberá estar expresado en pesos chilenos.
Se considerarán incluidos en el precio ofertado todos los costos y gastos que demanden su provisión y, en general, todo lo necesario para la provisión en forma completa y correcta, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en las presentes bases de licitación.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos (municipales y otros), derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento de la contratación.
En caso de que se no se indique si el valor se encuentra expresado en valor neto o con Impuesto al Valor Agregado incluido, se entenderá que corresponderá al valor neto; en caso de que se indiquen distintos precios en la oferta, se entenderá que corresponde al menor monto ofertado; mientras que en caso de que no se informe precio, se entenderá que no cumple con el requisito establecido en el punto 1.6.3.5 “Presupuesto Referencial” de las presentes bases de licitación. Asimismo, en caso de que se indique en la oferta un precio expresado en una moneda extranjera o un indicador económico nacional, la conversión se realizará al valor observado por el Banco Central a la fecha de cierre de la recepción de ofertas.
El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 5, para así facilitar su evaluación.
1.6.2.- REQUISITOS PARA LOS OFERENTES
1.6.2.1.- INHABILIDADES ESTABLECIDAS EN LA LEY N° 19.886
Los proponentes no podrán haber sido condenados por prácticas antisindicales, por infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores o por los delitos concursales establecidos en los artículos cuatrocientos sesenta y tres y siguientes del Código Penal, dentro de los anteriores dos años contados hacia atrás desde la presentación de la propuesta.
El SERVIU verificará esta información en los registros que para tal efecto dispone la Dirección del Trabajo.
1.6.2.2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
En el caso de participar del presente proceso licitatorio como una unión temporal de proveedores, el representante de la unión deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo de participar de esta forma con una vigencia igual o superior a la contratación adjudicada, incluyendo el plazo de ampliación establecido en el punto 1.10.2.- “Ampliación de la contratación” de las presentes bases de licitación, conforme se establece en el artículo 67 bis del DS 661/2024, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
El citado documento deberá establecer, al menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
1.6.3.- REQUISITOS DE PRESELECCIÓN DE LAS OFERTAS
1.6.3.1.- CARACTERISTICAS DEL SERVICIO
La oferta debe dar cumplimiento a cada una de las características establecidas en el punto 8. “CARACTERISTICAS Y REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA EL SERVICIO A CONTRATAR” de las presentes bases de licitación.
1.6.3.2.- ENTREGA DE LOS SERVICIOS Y/O PRODUCTOS
El plazo de entrega de los servicios y/o productos ofertados no deberá ser superior a 30 días corridos, contados a partir de la aceptación de la orden de compra, de acuerdo con las condiciones establecidas en el literal b. del punto 1.6.1.2 “Propuesta técnica” de las presentes bases de licitación.
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1.7.- RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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a. El SERVIU sólo recibirá ofertas a través del Sistema de Información. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo sesenta y dos del DS 661/2024, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, lo que será informado a través del portal www.mercadopublico.cl, junto al lugar de presentación de las propuestas.
b. Las ofertas serán recibidas desde el momento de la publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información, hasta las quince horas del décimo día corrido a contar de dicha fecha. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema de Información, ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, las ofertas en soporte papel serán recibidas hasta con dos días hábiles de posterioridad a la fecha de emisión del respectivo certificado.
c. Asimismo, si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, el portal www.mercadopublico.cl presenta indisponibilidad técnica, el SERVIU podrá ampliar el plazo de cierre hasta por el mismo período en que se hubiese prolongado la indisponibilidad técnica, circunstancia que deberá ser acreditada mediante un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, lo que será informado a través del Sistema de Información.
d. Las propuestas tendrán una validez de noventa días corridos a contar de la fecha de apertura de estas. Si dentro de este plazo, aún no se hubiese adjudicado la propuesta y ésta estuviese pronta a caducar, el SERVIU podrá solicitar a los oferentes que prorroguen la vigencia de sus ofertas por un período de treinta días corridos. Esta solicitud será realizada por el Encargado del Departamento de Administración y Finanzas o quien le subrogue o reemplace, mediante correo electrónico. Si alguno de los oferentes no respondiera dentro del plazo conferido en el correo electrónico o no accediera a la solicitud de prórroga, su propuesta no será considerada en la evaluación.
e. Los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
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1.8.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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a. El acto de la apertura de las ofertas se efectuará en una etapa, es decir, se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica a la vez.
b. La apertura se realizará de manera electrónica, posterior a las quince horas del primer día hábil a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas de la presente licitación pública en el Sistema de Información, de acuerdo con la ficha del proceso de licitación, sin perjuicio que se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo sesenta y dos del DS 661/2024, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, para la presentación de propuestas en formato papel. En este último caso, la apertura se realizará en la sala de reuniones del Departamento de Administración y Finanzas del SERVIU, ubicada en 18 de septiembre N° 122, comuna de Arica, pudiendo asistir los representantes de los oferentes.
c. Los proponentes podrán efectuar observaciones al acto de apertura, a través del Sistema de Información, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. En el caso que la apertura de las ofertas sea realizada en soporte papel, los proponentes podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente para tal efecto.
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1.9.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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1.9.1.- LA COMISIÓN EVALUADORA
a. Las ofertas serán evaluadas por una Comisión conformada por tres profesionales y/o técnicos pertenecientes al SERVIU Región de Arica y Parinacota y/o Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la que calificará las ofertas recibidas y asignará puntajes por cada criterio de evaluación de acuerdo con los párrafos siguientes de estas bases.
b. En caso de ausencia justificada de alguno de los funcionarios evaluadores señalados o sus suplentes, se procederá a su reemplazo por aquel profesional que designe el director regional del SERVIU, oportunamente.
c. La Comisión podrá ser asesorada por otros profesionales del Servicio como también por otros organismos públicos, los que actuarán a través de las personas a quienes encomienden esta tarea.
d. La Comisión efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes.
e. Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
f. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo del foro inverso para obtener aclaraciones.
g. Los integrantes de la comisión evaluadora deberán mantener confidencialidad de las deliberaciones de la comisión, durante todo el período de evaluación de las ofertas, a fin de asegurar la integridad del proceso licitatorio.
h. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán estar afectos a las prohibiciones señaladas en el Título III, párrafo cinco, artículo ochenta y cuatro, letra b, del Decreto con Fuerza de Ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre estatuto administrativo, en relación a “Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que tengan interés él, su cónyuge, sus parientes consanguíneos hasta el tercer grado inclusive o por afinidad hasta el segundo grado, y las personas ligadas a él por adopción”.
i. Los evaluadores no podrán estar afectos a ninguna de las causales de abstención establecidas en el artículo doce, de la Ley N° 19.880, de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, en relación con “Las autoridades y los funcionarios de la Administración en quienes se den algunas de las circunstancias de abstención, deberán comunicar a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
j. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán contravenir el principio de probidad administrativa, en relación con “Intervenir, debido a las funciones, en asuntos en que se tenga interés personal o en que tengan el cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Asimismo, participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
k. En caso de no estar afecto a ninguna de las inhabilidades establecidas en la normativa vigente, una vez realizada la apertura de las ofertas y conocidos los proponentes y antes del inicio de la evaluación de las ofertas, los evaluadores deberán firmar una declaración simple indicando que no se encuentra afecto a ellas. En caso de encontrarse afecto a cualquiera de estas inhabilidades, el evaluador deberá abstenerse de participar de la comisión. Asimismo, en caso de invitar a otros funcionarios del SERVIU o personas externas para asesorar, de acuerdo con lo establecido en el literal b. del presente punto, ellos también deberán firmar dicha declaración.
1.9.2.- PROCESO DE EVALUACIÓN
a. Una vez finalizada la recepción de las ofertas y firmada la declaración indicada en el punto precedente, los integrantes de la comisión evaluadora deberán realizar la evaluación de las ofertas, analizando el contenido de todos los antecedentes que se presenten, para lo cual tendrán un plazo estimado de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de envío de las ofertas por parte del custodio.
b. Corresponderá, como primera instancia, realizar la revisión de los requisitos para los oferentes, establecidos en el punto 1.6.2 “Requisitos para los oferentes” de las presentes bases de licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
c. Posteriormente, se deberá realizar la revisión de los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.6.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes bases de licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
d. El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas, debiendo cada uno de estos componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de los cual se le asignará el puntaje que corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el punto 1.9.3 “Criterios de evaluación” de las presentes bases de licitación. La suma de los puntajes asignados a los tres componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
e. Los criterios de evaluación sólo se aplicarán sobre aquellas ofertas que cumplen con los requisitos para los oferentes y con los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con lo establecido en los literales b. y c. del presente punto, es decir, sólo se evaluarán las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación.
f. Los puntajes técnicos, económicos, administrativos y finales se expresarán, por cada evaluación, en dos decimales.
g. Durante el período de evaluación de las ofertas, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de esta, a través de los mecanismos previstos en las presentes bases de licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. De incumplir lo señalado, se entenderá que infringe el pacto de integridad indicado en el punto 1.3.5 “Pacto de integridad” de las presentes bases de licitación, siendo declarada inadmisible su oferta.
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1.9.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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1.9.1.- LA COMISIÓN EVALUADORA
a. Las ofertas serán evaluadas por una Comisión conformada por tres profesionales y/o técnicos pertenecientes al SERVIU Región de Arica y Parinacota y/o Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la que calificará las ofertas recibidas y asignará puntajes por cada criterio de evaluación de acuerdo con los párrafos siguientes de estas bases.
b. En caso de ausencia justificada de alguno de los funcionarios evaluadores señalados o sus suplentes, se procederá a su reemplazo por aquel profesional que designe el director regional del SERVIU, oportunamente.
c. La Comisión podrá ser asesorada por otros profesionales del Servicio como también por otros organismos públicos, los que actuarán a través de las personas a quienes encomienden esta tarea.
d. La Comisión efectuará la evaluación sobre la base de los antecedentes proporcionados por los proponentes.
e. Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
f. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo del foro inverso para obtener aclaraciones.
g. Los integrantes de la comisión evaluadora deberán mantener confidencialidad de las deliberaciones de la comisión, durante todo el período de evaluación de las ofertas, a fin de asegurar la integridad del proceso licitatorio.
h. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán estar afectos a las prohibiciones señaladas en el Título III, párrafo cinco, artículo ochenta y cuatro, letra b, del Decreto con Fuerza de Ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre estatuto administrativo, en relación a “Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que tengan interés él, su cónyuge, sus parientes consanguíneos hasta el tercer grado inclusive o por afinidad hasta el segundo grado, y las personas ligadas a él por adopción”.
i. Los evaluadores no podrán estar afectos a ninguna de las causales de abstención establecidas en el artículo doce, de la Ley N° 19.880, de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, en relación con “Las autoridades y los funcionarios de la Administración en quienes se den algunas de las circunstancias de abstención, deberán comunicar a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
j. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán contravenir el principio de probidad administrativa, en relación con “Intervenir, debido a las funciones, en asuntos en que se tenga interés personal o en que tengan el cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Asimismo, participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
k. En caso de no estar afecto a ninguna de las inhabilidades establecidas en la normativa vigente, una vez realizada la apertura de las ofertas y conocidos los proponentes y antes del inicio de la evaluación de las ofertas, los evaluadores deberán firmar una declaración simple indicando que no se encuentra afecto a ellas. En caso de encontrarse afecto a cualquiera de estas inhabilidades, el evaluador deberá abstenerse de participar de la comisión. Asimismo, en caso de invitar a otros funcionarios del SERVIU o personas externas para asesorar, de acuerdo con lo establecido en el literal b. del presente punto, ellos también deberán firmar dicha declaración.
1.9.2.- PROCESO DE EVALUACIÓN
a. Una vez finalizada la recepción de las ofertas y firmada la declaración indicada en el punto precedente, los integrantes de la comisión evaluadora deberán realizar la evaluación de las ofertas, analizando el contenido de todos los antecedentes que se presenten, para lo cual tendrán un plazo estimado de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de envío de las ofertas por parte del custodio.
b. Corresponderá, como primera instancia, realizar la revisión de los requisitos para los oferentes, establecidos en el punto 1.6.2 “Requisitos para los oferentes” de las presentes bases de licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
c. Posteriormente, se deberá realizar la revisión de los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.6.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes bases de licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
d. El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas, debiendo cada uno de estos componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de los cual se le asignará el puntaje que corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el punto 1.9.3 “Criterios de evaluación” de las presentes bases de licitación. La suma de los puntajes asignados a los tres componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
e. Los criterios de evaluación sólo se aplicarán sobre aquellas ofertas que cumplen con los requisitos para los oferentes y con los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con lo establecido en los literales b. y c. del presente punto, es decir, sólo se evaluarán las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación.
f. Los puntajes técnicos, económicos, administrativos y finales se expresarán, por cada evaluación, en dos decimales.
g. Durante el período de evaluación de las ofertas, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de esta, a través de los mecanismos previstos en las presentes bases de licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. De incumplir lo señalado, se entenderá que infringe el pacto de integridad indicado en el punto 1.3.5 “Pacto de integridad” de las presentes bases de licitación, siendo declarada inadmisible su oferta.
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1.9.4.- ACLARACIONES A LAS OFERTAS |
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a. Como medida para mejor resolver, la comisión evaluadora podrá requerir a los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl, que aclaren o adjunten antecedentes sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, siempre que estas aclaraciones y/o complementaciones no signifiquen una alteración sustancial de los antecedentes presentados originalmente. Las respuestas deberán ser entregadas por el mismo medio, dentro del plazo de veinticinco horas contadas a partir de la solicitud de aclaración. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas entregadas, en tiempo y forma, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la contratación, en caso de serle adjudicada la licitación al oferente objeto del requerimiento.
Si se presentaren las respuestas o antecedentes, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo con la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta administrativa” de las presentes bases de licitación.
b. Asimismo, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Esta solicitud se cursará a través del Sistema de Información, debiendo el proponente adjuntar los antecedentes o certificaciones cuya presentación fue omitida al momento de la presentación de la oferta, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración.
Si se presentaren las certificaciones o antecedentes solicitados, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo con la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta administrativa” de las presentes bases de licitación.
1.9.5.- ACTA DE EVALUACIÓN
a. La comisión evaluadora confeccionará un acta de evaluación que contenga un resumen del análisis de las ofertas.
b. Esta acta deberá contener, al menos, la individualización de los proponentes, la revisión del cumplimiento de los requisitos para los oferentes y de los requisitos de preselección de las ofertas, las aclaraciones solicitadas por parte del SERVIU y las respuestas entregadas por los proponentes, así como los criterios de evaluación y ponderaciones utilizados y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes.
c. El acta deberá individualizar a los proponentes cuyas ofertas son declaradas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación, indicando el motivo del incumplimiento que causó la inadmisibilidad.
d. Asimismo, deberá establecer el orden de prelación entre los proponentes que cumplieron con los requisitos para los oferentes y los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación técnica, económica y administrativa de las ofertas.
e. El acta de evaluación deberá culminar con una propuesta, a la autoridad competente, sobre las ofertas a declarar inadmisibles y la adjudicación de la oferta que la comisión evaluadora estime más conveniente a los intereses del SERVIU o la proposición de declaración de desierto del proceso licitatorio cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del SERVIU, según corresponda.
1.9.6.- RESOLUCIÓN EN CASO DE EMPATES
En caso de que dos o más oferentes obtuviesen igual puntaje final como resultado de la evaluación practicada por la comisión evaluadora, se procederá a realizar el desempate, conforme al siguiente orden de prelación:
a. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta técnica”.
b. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.
c. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta técnica”.
d. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta económica”.
1.10.- SELECCIÓN DE LA OFERTA
1.10.1.- ADJUDICACIÓN
a. El SERVIU adjudicará a un solo proponente la línea de servicios objeto de la presente licitación.
b. El SERVIU adjudicará aquella propuesta que, habiendo cumplido con los requisitos dispuestos en los puntos 1.6.2 “Requisitos para los oferentes” y 1.6.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes bases de licitación, obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas, de acuerdo a la propuesta de la comisión evaluadora, aun cuando no sea la de menor valor, si con ello se privilegia la calidad del servicio a adquirir, sin que ello otorgue derecho a los oferentes no seleccionados a solicitar indemnización alguna por los gastos en que hubieran incurrido por la presentación de dichas propuestas o por cualquier otra índole.
c. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en las presentes bases de licitación, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
d. Asimismo, se deberá publicar el acta de evaluación, los cuadros comparativos, la declaración de la comisión evaluadora, las actas de visita a terreno, si las hubiere, y cualquier otro documento relacionado con el proceso de evaluación de las ofertas.
e. Una vez publicado el acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información, las ofertas técnicas serán de público conocimiento a través de éste.
f. Asimismo, en caso de que no se presenten ofertas al proceso licitatorio o que la totalidad de las ofertas presentadas no resulten convenientes para los intereses del SERVIU, el SERVIU declarará desierto el proceso licitatorio, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.
g. Lo anterior, deberá quedar refrendado en un acto administrativo firmado por la autoridad competente, el que deberá ser publicado en el Sistema de Información, hasta el vigésimo día hábil a contar de la fecha de acto de apertura técnica y económica de las ofertas presentadas en el marco de la presente licitación pública, produciéndose con ello su notificación de acuerdo con lo indicado en las presentes bases de licitación.
1.10.2.- AMPLIACIÓN DEL PLAZO
En caso que la adjudicación del proceso licitatorio, no se realice en la fecha indicada en las presentes bases de licitación, se informará, a través del Sistema de Información, las razones de dicho retraso y se indicará un nuevo plazo, de acuerdo a lo establecido en el artículo cuarenta y uno inciso segundo del DS 661/2024, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
1.10.3.- READJUDICACIÓN
Dentro de los sesenta días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación, en el Sistema de Información, el SERVIU podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar el presente proceso licitatorio al proponente que le siga en puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación y así sucesivamente, en cualquiera de los siguientes casos:
a. Si el adjudicatario desiste de su propuesta o la retira unilateralmente.
b. Si el adjudicatario no cumple los requisitos para adquirir establecidos en las presentes bases de licitación dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación.
c. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de siete días corridos contados a partir de la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información.
d. Otra causal que se contemple en las presentes bases de licitación.
Asimismo, cuando no se hayan presentado más ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las otras ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del SERVIU, el SERVIU podrá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierto el proceso licitatorio.
1.10.4.- CONSULTAS A LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la adjudicación o declaración de desierto del proceso licitatorio, dentro de los siete días corridos contados a partir de la publicación del respectivo acto administrativo en el Sistema de Información. Las consultas se deberán efectuar a través de carta dirigida al director SERVIU Región de Arica y Parinacota, presentada en la Oficina de Partes ubicada en 18 de septiembre N° 122, Arica, las cuales serán respondidas dentro del mismo lapso por correo electrónico.
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1.14.- DE LA CONTRATACIÓN |
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1.14.1.- CONTENIDO DE LA CONTRATACIÓN
El SERVIU Región de Arica y Parinacota el contrato se formalizará mediante un contrato suscrito, y la emisión de una orden de compra por la totalidad del contrato según la siguiente operatividad:
El SERVIU detectada una necesidad efectuará las cotizaciones del servicio requerido, basándose en la tabla de arancel determinada en su oferta económica, la unidad de compras y servicios generales procederá a emitir las Ordenes de Trabajo.
El SERVIU emitirá órdenes de trabajo por requerimiento, según los valores determinados en la oferta. El oferente procederá a la entrega del servicio según los plazos ofertados.
El proveedor podrá observar la Orden de Trabajo, si está no se ajusta a las condiciones del contrato.
El proveedor deberá emitir documento de cobro y enviar al correo del administrador del contrato después de la entrega efectiva de los trabajos en forma mensual considerando todas las órdenes de trabajo emitidas durante ese periodo.
El proveedor deberá sumar todas ordenes de trabajo de un mes, y luego efectuar el cobro de los servicios, a través del documento de cobro correspondiente. El SERVIU deberá verificar la entrega y recepción conforme del servicio, la cual rebajará el monto total disponible del contrato establecido en la Orden de Compra ingresada en el Portal Chile Compras www.mercadopublico.cl.
1.14.2.- DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La contratación tendrá como duración de 24 meses, computado a partir de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario, a través del Sistema de Información, para efectos de realizar la recepción conforme de los servicios.
El plazo de aceptación de la Orden de Compra no podrá superar los 7 días hábiles, en caso contrario se entenderá que desestima la contratación, otorgándole el derecho a SERVIU para efectuar la re-adjudicación del proceso al siguiente oferente que haya obtenido el mejor puntaje.
1.14.3.- RENOVACIÓN DEL CONTRATO
La duración de la contratación podrá renovarse hasta por un periodo de seis meses siempre que cuente con disponibilidad del monto del contrato, mientras ésta se encuentre vigente, en casos justificados y aprobadas por el Director (a) del SERVIU Región de Arica y Parinacota, en razones de necesidad y conveniencia para el servicio, y siempre que no sean imputables al contratista y que sean indispensables para un óptimo logro de los objetivos de la contratación. Lo anterior deberá formalizarse mediante la dictación de un acto administrativo firmado por la autoridad competente.
Cualquier modificación de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato deberá llevarse a efecto previo acuerdo entre las partes, en los términos y condiciones fijados por la ley Nº 19.886 y su reglamento, prevaleciendo siempre los intereses del Servicio y suscribiendo ambas partes nuevos anexos modificatorios, perfeccionados por mutuo acuerdo, debiendo quedar por escrito y ser aprobado mediante el correspondiente acto administrativo.
1.14.4.- MONTO DE LA CONTRATACIÓN
El monto total de la contratación es el establecido por el SERVIU como monto máximo disponible, según el punto 1.6.3.3 “Presupuesto disponible” de las presentes bases de licitación para estos efectos.
Asimismo, en casos debidamente fundamentados y siempre que exista disponibilidad presupuestaria, el monto de la contratación podrá variar hasta en un máximo del 30% del total determinado, por aumento de la necesidad de servicios, o incorporación de elementos indispensables según informe técnico emitido por la contraparte técnica, en consideración a circunstancias de carácter técnico que no se tuvieron en vista en la época de la elaboración de las presentes bases de licitación. Lo anterior deberá quedar refrendado mediante un nuevo acto administrativo firmado por la autoridad competente y dará derecho al contratista a su pago, de acuerdo con los precios unitarios contratados y a un aumento del plazo que tenga la contratación.
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1.14.5.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO |
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1.14.5.1.- CONTRAPARTE TÉCNICA
La autoridad competente, en el acto administrativo que adjudique el presente proceso licitatorio, designará una contraparte técnica conformada por, al menos, dos funcionarios públicos, uno en calidad titular y otro suplente, quienes podrán actuar de manera independiente en el cumplimento de las funciones que aquí se les delegan.
a. Supervisar, coordinar y velar por el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes bases de licitación.
b. Dar visación del o los pagos cada vez que corresponda.
c. Ratificar o dejar sin efecto la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista.
d. Acoger o rechazar los descargos del contratista por la aplicación de multas.
e. Requerir el término anticipado de la contratación, en el caso que corresponda.
f. Evaluar el servicio que se entrega durante la provisión de la contratación.
g. Aclarar y orientar respecto del desarrollo de la provisión del servicio requerido.
h. Aprobar y recibir conforme los informes que pudiesen existir durante la provisión del servicio.
i. Supervisar el cumplimiento de los plazos de este.
j. Fijar plazos para subsanar falencias detectadas en la provisión del servicio.
k. Autorizar o rechazar el reemplazo del ejecutivo solicitado por el contratista.
l. Solicitar el cambio del ejecutivo del contratista.
m. Requerir el aumento del plazo de duración de la contratación.
n. Requerir el aumento del monto total de la contratación.
o. Recibir conforme el servicio provisto por el contratista.
p. Requerir la aplicación de las multas.
q. Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación.
En caso de ser necesario el reemplazo de uno o varios integrantes de la contraparte técnica, la autoridad competente del SERVIU deberá dictar un nuevo acto administrativo, nombrando a los nuevos integrantes de esta contraparte técnica. Lo anterior, deberá ser notificado mediante la publicación del acto administrativo en el Sistema de Información.
1.14.5.2.- EJECUTIVO DEL CONTRATISTA
a. El contratista deberá designar a un ejecutivo, quien será su representante permanente ante el SERVIU.
b. Este ejecutivo deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con la contraparte técnica del SERVIU. Lo anterior, sin perjuicio de la participación de la persona natural, del representante legal en el caso de las personas jurídicas o del representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, cuando ella sea requerida.
c. La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para adquirir, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada.
d. A este ejecutivo le corresponderá, principalmente:
• Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la provisión de la contratación.
• Coordinar las acciones que sean pertinentes para la provisión de la materia de la presente licitación.
• Entregar toda la información pertinente requerida por el SERVIU.
• Acudir a las citaciones realizadas por la contraparte técnica del SERVIU.
• Dar respuesta a las consultas efectuadas por la contraparte técnica del SERVIU.
• Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación.
e. En caso de ser necesario su reemplazo, el contratista deberá pedir autorización, por correo electrónico, a la contraparte técnica del SERVIU, con siete días corridos de anticipación a la fecha en que haya de producirse el cambio, debiendo serlo por una persona de competencias equivalentes o superiores a la del ejecutivo inicialmente propuesto. La contraparte técnica tendrá un plazo de tres días corridos para autorizar o rechazar, mediante correo electrónico, el cambio. El rechazo de la petición deberá ser fundado.
f. Asimismo, el SERVIU podrá solicitar el cambio del ejecutivo nombrado por el contratista, mediante correo electrónico de la contraparte técnica, indicando los motivos que ocasionan tal solicitud. El contratista tendrá un plazo de tres días corridos para efectuar sus descargos, de los que conocerá la contraparte técnica del SERVIU, quien definirá finalmente si se ratifica la solicitud. En caso de que el contratista no efectué descargos o la contraparte técnica del SERVIU ratificase la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista, el contratista tendrá un plazo de catorce días corridos a partir de la notificación, para hacerlo efectivo.
1.15.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de las demás obligaciones que se establezcan en la contratación, constituirán obligaciones del contratista las siguientes:
a. Dar cumplimiento a las presentes bases de licitación dentro de los plazos establecidos, en la forma, condiciones y características que se determinan en ellas, además de respetar lo solicitado en los antecedentes que complementan todas las obligaciones contractuales.
b. No realizar, por iniciativa propia, cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las presentes bases de licitación.
c. Dotar a su personal de implementos de seguridad y protección personal, conforme a lo señalado en la Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y vigilar su correcto uso.
d. Entregar a su personal todo el equipamiento, maquinaria, herramientas, materiales y otros, que pudiere requerir para la correcta provisión del servicio que por este acto se adquiere y así como vigilar su correcto uso.
e. Mantener condiciones seguras de trabajo, tanto en las superficies en que se desplacen como respecto de las máquinas y equipos que utilice, de acuerdo con el riesgo inherente a las labores a realizar.
f. Asimismo, todo eventual accidente de trabajo que pudiere afectar a los trabajadores será de cuenta y riesgo del contratista.
g. Identificar adecuadamente al personal del contratista que visite las dependencias del SERVIU, con motivo del cumplimiento de la presente contratación, con las respectivas credenciales, las que deberán incluir el nombre del contratista y nombres, apellidos y número de cédula nacional de identidad del trabajador.
h. Los trabajadores del contratista que entreguen servicios en las dependencias del SERVIU no tendrán vínculo ni relación laboral alguna con esta Secretaría de Estado.
i. El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo. En consecuencia, el contratista será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo.
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16.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA |
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El contratista será responsable de cualquier daño que se produzca en los bienes del SERVIU, por hecho o culpa de sus dependientes o de terceros ajenos, con ocasión de la provisión del servicio adquirido. El contratista será el único responsable y deberá responder de todo daño, de cualquier naturaleza, que con motivo de la provisión del servicio cause a terceros. El modo efectivo del pago, tras las deducciones a que den lugar los supuestos anteriores, será el siguiente: valor producto adquirido - daño = monto efectivo a pagar.
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II. BASES TÉCNICAS |
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1. GENERALIDADES
El SERVIU de la Región de Arica y Parinacota, requiere la contratación de los servicios de notariales, por un periodo de 24 meses o hasta la ejecución total del monto disponible del contrato lo que ocurra primero.
2. DESCRIPCION DEL SERVICIO
2.1 REQUERIMIENTOS MÍNIMOS Y CARACTERISTICAS
Se solicita al oferente determinar el precio neto de cada una de las líneas de servicios y/o productos según listado que se detalla a continuación, además de indicar el precio neto por hoja adicional por sobre el precio neto original.
2.2 “Descripción de los servicios y/o productos”
Señalar en características del servicio y/o producto, cuando procede la aplicación del precio neto adicional por hoja.
A continuación, se detalla servicios a corto plazo;
Producto Característica del servicio y/o producto Plazo de entrega (días hábiles) Precio Neto Precio Neto adicional por hoja
Protocolización de Instrumentos privados. - - - -
Declaraciones Juradas del SERVIU o su Representante Legal. - - - -
Certificación de fotocopias de documentos y planos - - - -
Mandatos. - - - -
Autorización de Firmas. - - - -
Copias autorizadas de escrituras públicas - - - -
Concurrencia del Notario como Ministro de Fe a terreno y certificación de hechos.
(incluye set de a lo menos 10 fotografías con certificación) - - - -
Renuncia de gananciales - - - -
Escritura rectificatoria compraventa - - - -
Escritura rectificatoria cesión - - - -
Escritura de rectificación - - - -
Certificado de Vigencia Escritura - - - -
Custodia de cheques y/u otros documentos - - - -
A continuación, se detalla servicios a largo plazo;
Producto Característica del servicio y/o producto Plazo de entrega (días hábiles) Precio Neto Precio Neto adicional por hoja
Transacciones Extrajudiciales; legalización de firmas y protocolización de escrituras de transacciones extrajudiciales. (Redactadas por el/los Abogados del SERVIU) - - - -
Escrituración de Transferencias Gratuitas: Redactar y preparar las transferencias, según los antecedentes proporcionados por el/los Abogados del SERVIU - - - -
Reducción a escrituras Publica: según minuta entregada por el/los abogados del SERVIU. - - - -
Escrituras de Cancelación de Hipotecas: según minuta entregada por el/los abogados del SERVIU. - - - -
Escrituras de Constitución de Gravámenes; según minuta entregada por el/los abogados del SERVIU. - - - -
Escritura pública de Alzamiento de Prohibiciones; según minuta entregada por el/los Abogados de SERVIU.
Escrituras de Compraventa: según minuta entregada por el/los abogados del SERVIU. - - - -
Escritura de Compraventa; Redactar y preparar las compraventas, según antecedentes proporcionados por el/los abogados del SERVIU. - - - -
Escritura de Alzamiento de Gravámenes: según minuta entregada por el/los abogados del SERVIU. - - - -
Escritura de Compraventa con Hipoteca y Prohibición; según minuta entregada por el/los abogados del SERVIU. - - - -
Escritura de Expropiación - - - -
Escritura de dación - - - -
Contrato arriendo - - - -
3. OPERATIVIDAD DEL CONTRATO
La notaria adjudicada efectuará las cotizaciones del servicio requerido, basándose en la tabla de arancel determinada en su oferta, la unidad de compras del servicio procederá a emitir las Ordenes de Trabajo correspondientes.
El SERVIU emitirá órdenes de trabajo por uno o varias líneas de productos y servicios según los valores determinados en la oferta. El oferente procederá a la entrega del servicio y producto según los plazos ofertados.
La notaría podrá observar la Orden de Trabajo, si está no se ajusta a las condiciones del contrato.
El proveedor deberá emitir el documento de cobro después de la entrega efectiva de los trabajos en forma mensual considerando todas las órdenes de trabajo emitidas durante ese periodo.
La notaria podrá emitir el cobro, por cada Orden de Trabajo ó sumar todas en un mes, y luego efectuar el cobro de los servicios, a través de la emisión del documento de cobro correspondiente. El SERVIU deberá verificar la entrega y recepción conforme del servicio, la cual rebajará el monto total disponible del contrato establecido en la Orden de Compra ingresada en el Portal Chile Compras www.mercadopublico.cl.
Será condición para efectuar el pago, que se haya otorgado la Orden de Trabajo por el Serviu y emitido el documento de cobro correspondiente por la notaria, considerando que el servicio se encuentre totalmente tramitado y recibido, por cuanto se efectuará el control a través de solicitud al requirente de la recepción conforme.
4. CONDICIONES DE ENTREGA DEL SERVICIO Y PRODUCTO, DEVOLUCION DE TRABAJOS Y PRODUCTOS
Cuando el proveedor elabore los documentos y estos no cuenten con las firmas ya sea del propietario, beneficiario o usuario SERVIU, no pudiendo ser protocolizados, deberá informar al administrador del contrato para que se efectúe la compensación de los gastos incurridos por el proveedor, los que deberán quedar debidamente cuantificado para efectuar el pago parcial si correspondiere.
La institución compradora determinará los casos que corresponden a responsabilidad del Servicio.
El proveedor deberá asumir las rectificaciones que se produzcan por errores propios.
El SERVIU entregará un ejemplar de cada documento, debiendo la notaria devolver con autorización de firmas y protocolizados tres (3) ejemplares de las Escrituras de Transacciones Extrajudiciales, y tres (3) ejemplares de las Escrituras de Transferencias.
Se requiere que el oferente informe las características que tiene cada línea de producto.
El adjudicatario deberá estar en condiciones de comenzar la atención de los trabajos a partir de la fecha de aprobación de la Orden de Compra.
La entrega de los trabajos será efectuada, en días hábiles, de lunes a jueves en horario de 08:30 a 17:30 y los viernes de 08:30 a 16:30 hrs., el oferente deberá señalar el plazo máximo para la entrega de los trabajos requeridos.
La contraparte técnica del contrato, tendrán la facultad de devolver los trabajos defectuosos o que no cumplan con los requerimientos realizados a través de la orden de trabajo, los que deberán ser subsanados por el adjudicatario, sin costo alguno para el SERVIU Región de Arica y Parinacota, en cuanto la entrega del nuevo trabajo deberá realizarse dentro de las 48 horas siguientes de devuelto.
5. PLAZOS DE ENTREGA
Se considerará para el contrato que el proveedor cuenta con personal capaz de cumplir con los plazos que requiere el servicio para gestionar sus documentos, por cuanto este plazo de entrega no podrá superar los 15 días hábiles, en cada oportunidad de nuevo ingreso para tramitación del documento este plazo empezará nuevamente a correr, salvo casos excepcionales y justificados que deberán ser previamente informados a la administración del contrato del SERVIU. El incumplimiento en los plazos podrá ser motivo de aplicación de multas.
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