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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante el proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá requerir a los oferentes
aclaraciones y/o antecedentes omitidos respecto de sus respectivas propuestas, las que se
efectuarán únicamente a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Las respuestas a esta solicitud deberán subirse al mismo Portal dentro de las 24 horas
siguientes contadas desde la notificación del requerimiento al oferente a través del
Portal. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho Sistema de Información durante el
período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Estos requerimientos no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni transgredir los principios de
igualdad entre los oferentes y la estricta sujeción a las Bases. La solicitud deberá recaer
únicamente en errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de
dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta
sujeción a las Bases, de igualdad entre los oferentes y se informe de dicha solicitud a través del
Portal Mercado Público al resto de los oferentes. Además, según lo dispuesto en el N° 1 del
artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras, no se considerará como error
formal los errores en el precio de la oferta.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes
hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el periodo de evaluación.
En estos casos el oferente será evaluado de conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación,
asignándole un menor puntaje en el criterio denominado "Cumplimiento de Requisitos Formales".
Esta oportunidad no se concederá respecto de los antecedentes siguientes cuya omisión implicará
que la propuesta queda fuera de bases y no será evaluada: - Formulario Oferta Económica.
Formulario Oferta Técnica.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en el presente certamen, acepta
expresamente el presente PACTO DE INTEGRIDAD, obligándose a cumplir con todas y cada una
de las estipulaciones que contiene el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las
bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de
acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 10, 40, 5°, 6°, 120, y 16°, en conformidad al artículo 485 del código
del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo
que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos
humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando
se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas, o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario de la Corporación en relación con su oferta, con el proceso de Licitación
Pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la
misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir
directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos
o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión
y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes, y el o los contratos
que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados
a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarías para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de
las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
El incumplimiento del Pacto de Integridad podrá dar lugar al término anticipado del contrato lo
que quedará fundamentado en la respectiva Resolución emitida por el Secretario General, previo
inicio del procedimiento administrativo respectivo.
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