Licitación ID: 568963-10-LE26
Estudio de satisfacción de usuarios
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Productos o servicios
1
Estudios de productividad y eficacia 1 Unidad
Cod: 80101702
Servicio de Estudio de satisfacción usuaria a las personas que se evaluaron durante el año 2025  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Estudio de satisfacción de usuarios
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Realizar un estudio que permita identificar el nivel de satisfacción alcanzado por los participantes de procesos de evaluación y certificación de competencias laborales, y el valor que le otorgan a dicha certificación, y con ello contar con información que permita monitorear que el servicio de certificación de competencias laborales cumpla con los estándares de calidad que se requieren.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento en el portal de compras www.mercadopublico.cl, una vez realizada la apertura de las ofertas de esta licitación, ya que por la naturaleza del servicio requerido, la especificidad metodológica de ca
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CSNCCL
R.U.T.:
61.979.610-1
Dirección:
MIRAFLORES 130 PISO 14
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-05-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 18-05-2026 17:24:26
Fecha inicio de preguntas: 18-05-2026 17:30:00
Fecha final de preguntas: 22-05-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-05-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-05-2026 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-05-2026 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 08-07-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 25-06-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1
2.- Anexo N°7
3.- Anexo N°8
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°2
 
2.- Anexo N°3
 
3.- Anexo N°4
 
4.- Anexo N°6
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°5
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica De acuerdo al numeral 8.3.2.3 "Oferta Técnica" y los subcriterios contenidos en los numerales siguientes, de las Bases Administrativas. 75%
2 Programa de Integridad De acuerdo al numeral 8.3.2.2 "Programas de Integridad", de las Bases Administrativas. 2%
3 Cumplimiento de Requisitos Formales De acuerdo al numeral 8.3.2.1 "Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta", de las Bases Administrativas. 5%
4 Oferta Económica De acuerdo al numeral 8.3.2.4 "Oferta Económica", de las Bases Administrativas. 18%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 22000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin Observaciones
Tiempo del Contrato 112 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Gloria Silva
e-mail de responsable de pago: gsilva@chilevalora.cl
Nombre de responsable de contrato: Sergio Ibáñez Schuda
e-mail de responsable de contrato: sibanez@chilevalora.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-24114813-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El servicio que es objeto de la presente licitación no podrá subcontratarse, atendido que su adjudicación es realizada en consideración a la especialización y experiencia del oferente.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
Fecha de vencimiento: 28-12-2026
Monto: 5 %
Descripción: Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, debiendo ser pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de Garantía, Vale Vista o Depósito a la Vista, Certificado de Fianza a la Vista, Póliza de Seguro, etc. Tratándose de las pólizas de seguro, éstas deberán ser de ejecución inmediata y sin cláusula arbitral. Sin perjuicio del tipo de documento, éste debe incluir la glosa y cumplir con los demás requisitos que se indican en esta sección. Se requiere de Garantía en la presente licitación, atendida la naturaleza estratégica del servicio a contratar y considerando que contar con provisión de internet y telefonía resulta imprescindible para la correcta marcha y funcionamiento del servicio. Físico o electrónico. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El tomador o librador de la garantía podrá ser el oferente o un tercero a nombre del oferente.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública ID N° _____ (el adjudicatario debe consignar el N° asignado a la licitación por el Portal) y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante”. En caso de que el formato del documento de garantía no permita incluir esta glosa en su anverso, deberá ser incluida en su reverso o en una declaración jurada simple firmada por el librador que se anexe al documento. No serán admitidos los documentos de garantía que no incluyan la glosa señalada y la respectiva propuesta será declarada inadmisible.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la respectiva garantía será realizada una vez transcurridos 60 días hábiles después del término del contrato. En el evento que no se efectúe esta solicitud de devolución, ChileValora no tendrá responsabilidad alguna respecto de esta caución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato en el plazo estipulado en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas, no se inscribe en el Registro de Proveedores del Estado en el plazo estipulado en la sección antes mencionada, es inhábil para contratar con el Estado o no cumpliere con cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del contrato, en los respectivos plazos indicados en estas bases, esta Comisión tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Participantes
Personas Naturales y/o Jurídicas habilitados en el Registro electrónico de Proveedores. Unión Temporal de Proveedores de Empresas de Menor Tamaño (UTP): Dos o más oferentes que, conforme a lo establecido en el artículo 178 del Reglamento de Compras Públicas, tengan la condición de empresas de menor tamaño, podrán participar como una Unión Temporal de Proveedores (UTP), en cuyo caso, esta Unión será considerada como el oferente, siendo todos sus integrantes solidariamente responsables de la Oferta ante ChileValora. Para mayor información remitase a las Bases Administrativas de la licitación.
Consultas, Aclaraciones y respuestas
Plazo para consultas respecto a esta licitación (en este mismo plazo se podrán solicitar aclaraciones) A partir de la publicación de las presentes bases en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) y hasta el plazo indicado en la sección “Fecha final de consultas”, del numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas. Fecha de publicación de respuestas Hasta el plazo indicado en la sección “Fecha de publicación de respuestas”, del numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas. Forma en que se efectúan las consultas y aclaraciones, y se entregan las respuestas Exclusivamente a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Con el fin de promover condiciones de igualdad y transparencia en el acceso a la información relevante de la licitación, ChileValora se abstendrá de cualquier contacto con los posibles oferentes, que no sea a través del mecanismo de consultas y aclaraciones formales contemplado en esta sección y en el plazo establecido. Efecto de las respuestas Las respuestas señaladas, como las aclaraciones que hayan debido efectuarse a solicitud de los requirentes, serán parte integrante de las presentes Bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, ChileValora se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas o aclaraciones que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio. Aclaraciones de oficio ChileValora podrá realizar, de oficio, hasta antes del vencimiento del plazo de cierre de recepción de ofertas, todas las aclaraciones que estime pertinentes a modo de alcances a lo señalado en las Bases y se considerarán parte integrante de las presentes Bases y se comunicarán a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Modificación de las Bases
Plazo: La Comisión podrá realizar modificaciones a las bases administrativas, técnicas o sus anexos, hasta antes del vencimiento del plazo de cierre de recepción de ofertas. No obstante, para cambios de los integrantes de la comisión evaluadora por ausencia o impedimento de alguno de ellos, podrán realizarse hasta que venza el plazo de evaluación indicado en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas y conforme a lo establecido en la sección 8.1 de estas bases administrativas. Forma Deben ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y publicadas a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Efecto de las modificaciones Las modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases de licitación y comenzarán a regir desde la total tramitación del acto administrativo que la aprueba, para todos los oferentes que deseen postular. ChileValora concederá un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, prorrogando por tanto la fecha de cierre. No obstante, ChileValora se reserva el derecho de no prorrogar la fecha de cierre, cuando la modificación de bases tenga por objeto rectificar errores de forma, transcripción o en aspectos que no tienen impacto en la preparación de la propuesta, lo que deberá justificarse en la resolución correspondiente.
Instrucciones para la presentación de ofertas
Remitirse al numeral N°6 de las Bases Administrativas de la Licitación.
Apertura de las postulaciones
Soporte Electrónicamente, en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Etapas En una (1) etapa, por lo que en la apertura se procederá a abrir tanto la Oferta Técnica como la Oferta Económica, ingresadas previamente a través de la Plataforma de Compras (www.mercadopublico.cl). Plazo Se efectuará el día y a la hora indicada en el cronograma, numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas. Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito la apertura no se pudiere realizar, conforme al cronograma establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas, ChileValora deberá fijar una nueva fecha y hora para la realización de esta actividad, lo cual se comunicará a través de la plataforma de licitaciones de ChileCompra, (www.mercadopublico.cl). Observaciones y/o reclamos Los oferentes podrán hacer observaciones al acto de apertura y/o presentar reclamos, a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), dentro de las 24 horas siguientes a dicha apertura.
De la evaluación de ofertas
8.1. De la Comisión Evaluadora La evaluación de las propuestas será realizada por una Comisión de Evaluación, integrada por tres profesionales de ChileValora, individualizados(as) en el resuelvo tercero del presente acto administrativo. En caso de ausencia o impedimento de alguno de los integrantes de la Comisión de Evaluación, se procederá a su reemplazo por resolución fundada. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. Para yor información remitirse al numeral N°8 de las Bases Administrativas de la Licitación.
Criterios de evaluación de las ofertas
Contenidos en el numeral N°8.3 "Criterios de evaluación de las ofertas" y los numerales 8.3.1 y 8.3.2, este último punto incluidos todos los subpuntos relacionados a la descripción y mecanismo de evaluación de todos los criterios y subcriterios de la Licitación, para mayor información remitirse a las Bases de la Licitación.
Resolución de empates
En caso de empate en el puntaje de la evaluación, y según lo dispuesto en el artículo N° 38 del reglamento de compras públicas, éste se resolverá conforme a los siguientes criterios: a) Primeramente, se resolverá el empate a favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Propuesta Técnica”. b) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido un mayor puntaje en la suma de los factores 3,4,5,6,7 y 8 de la Tabla N° 5. c) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, primará la oferta de menor valor económico.
Adjudicación de las propuestas
Cláusula contenida en el numeral N°9 "Adjudicación de las propuestas" de las Bases Administrativas de la licitación, de esta manera, para mayor información, remitirse a las Bases de la Licitación.
Resolución de consultas respecto de la adjudicación
Una vez adjudicada la licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la adjudicación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de informada ésta en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Las consultas respectivas se formularán a través del correo electrónico licitaciones@chilevalora.cl, indicando que el tipo de consulta tiene por tema, las licitaciones adjudicadas. Estas consultas serán resueltas en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde su recepción, informándose al interesado por esta misma vía.
Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato en el plazo estipulado en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas, no se inscribe en el Registro de Proveedores del Estado en el plazo estipulado en la sección antes mencionada, es inhábil para contratar con el Estado o no cumpliere con cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del contrato, en los respectivos plazos indicados en estas bases, esta Comisión tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Condiciones contractuales
10.1. Contrato Una vez que se haya otorgado la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en el plazo máximo establecido en el punto 10.2 de las presentes bases, el adjudicatario deberá concurrir a la suscripción del contrato respectivo, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde que sea requerido para este efecto, por parte del servicio licitante. La adjudicataria deberá presentar la siguiente documentación para la suscripción del contrato respectivo: a) La documentación legal señalada en el punto 6 de las presentes bases administrativas, tratándose de proveedores inscritos en el Registro de Proveedores que no la acompañaron o no la tenían disponible y actualizada en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) al momento de postular. b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, en el cual se acredite el estado en que se encuentran las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, por cada uno de los integrantes de la c) La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. En el caso de la documentación indicada en la letra a), no es necesario adjuntarla si se encuentran acreditados en el Registro de Proveedores, en la medida que no se encuentren vencidos o que su vigencia no sea superior a tres meses desde que fueron emitidos. En todo caso, los antecedentes legales para poder ser contratado deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación. Asimismo, en el caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores (UTP), dentro del plazo de los diez (10) días hábiles establecidos en esta sección y sólo en el caso de las licitaciones iguales o superiores a 1.000 UTM, se deberá hacer entrega físicamente en las oficinas de esta Comisión, ubicadas en Miraflores 130, piso 8, comuna y ciudad de Santiago, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 180 del reglamento de compras. En caso que la licitación sea inferior a 1.000 UTM, se deberá entregar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En todo caso, este acuerdo debe contener todas las menciones que se indican en la sección 1. “Características de la licitación”, sección “Participantes”, “Unión temporal de proveedores (UTP)” de estas bases administrativas. Si el respectivo adjudicatario no entrega o no mantiene disponibles en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, todo ello dentro del plazo fatal de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la Comisión para readjudicar la licitación, o declararla desierta, en caso que corresponda, de conformidad con lo establecido en las presentes bases. Con todo, se admitirá la celebración del contrato con el contratante que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con la condición que los primeros estados de pago del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratante acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886. ChileValora exigirá que el contratante, en este evento, proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratante dará derecho a ChileValora a dar por terminado el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa adjudicada no podrá participar. El contrato se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante del mismo para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica: a) Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos. b) Modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados. c) Oferta Técnica y Económica. d) Orden de Compra y Contrato. e) Acta de acuerdos técnicos, si los hubiere. Finalmente, de mutuo acuerdo entre las partes, se podrán efectuar modificaciones al contrato, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de sus objetivos o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Con todo, estas modificaciones no deberán implicar aumento en el precio del contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. El contrato podrá ser renovado fundadamente por el mismo período, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y previo informe técnico favorable del área contratante de esta Comisión. Asimismo, las partes, de común acuerdo, podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, no podrá referirse a los elementos esenciales del contrato y formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. En cualquier caso, las modificaciones deberán aprobarse mediante resolución totalmente tramitada. La modificación, si la hubiere, deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en todas las instancias, las condiciones contractuales previamente consensuadas. Para todos los efectos de estas Bases, la Comisión y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
Garantía de Fiel Cumplimiento
Tipo de documento Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, debiendo ser pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de Garantía, Vale Vista o Depósito a la Vista, Certificado de Fianza a la Vista, Póliza de Seguro, etc. Tratándose de las pólizas de seguro, éstas deberán ser de ejecución inmediata y sin cláusula arbitral. Sin perjuicio del tipo de documento, éste debe incluir la glosa y cumplir con los demás requisitos que se indican en esta sección. Se requiere de Garantía en la presente licitación, atendida la naturaleza estratégica del servicio a contratar y considerando que contar con provisión de internet y telefonía resulta imprescindible para la correcta marcha y funcionamiento del servicio. Soporte del documento Físico o electrónico. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Tomador o librador El tomador o librador de la garantía podrá ser el oferente o un tercero a nombre del oferente. Beneficiario Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales o a nombre de su marca legal “ChileValora”. Rut Beneficiario 61.979.610-1 Fecha de Vencimiento La garantía otorgada caucionará el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo cubrir todo el período de vigencia del contrato y hasta 60 días hábiles posteriores a la fecha de expirado éste. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles posteriores al término del respectivo contrato. En caso de renovación, prórroga o extensión por más de 24 meses de duración del contrato, y cuando la garantía tenga fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, prórroga o extensión mayor a la prevista, el contratado deberá reemplazarla, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. Monto 5% del monto neto adjudicado. . Moneda Pesos chilenos. Puede ser expresada en Unidades de Fomento (UF) o en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), en la medida que, a la fecha de su entrega, dentro de los plazos contemplados para ella, su monto sea equivalente en moneda nacional o superior al monto indicado en esta sección. Glosa “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública ID N° _____ (el adjudicatario debe consignar el N° asignado a la licitación por el Portal) y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante”. En caso que el formato del documento de garantía no permita incluir esta glosa en su anverso, deberá ser incluida en su reverso o en una declaración jurada simple firmada por el librador que se anexe al documento. No serán admitidos los documentos de garantía que no incluyan la glosa señalada y la respectiva propuesta será declarada inadmisible Entrega de la Garantía Garantía otorgada en soporte físico: En Miraflores 130, Piso 8, Santiago, Región Metropolitana. Garantía otorgada en soporte electrónico: A través del correo licitaciones@chilevalora.cl, o presentar copia impresa, en la misma dirección que las de soporte físico. Plazo para presentarla A más tardar dentro del plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. El incumplimiento por parte del organismo postulante, sin causa justificada, de la obligación anterior con los requisitos indicados en esta sección, permitirá a la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales dejar sin efecto la adjudicación. Devolución de la Garantía La restitución de la respectiva garantía será realizada una vez transcurridos 60 días hábiles después del término del contrato. En el evento que no se efectúe esta solicitud de devolución, ChileValora no tendrá responsabilidad alguna respecto de esta caución. Cobro de la Garantía ChileValora podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, cuando se produzca el incumplimiento de alguna(s) de las obligaciones emanadas del contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, sin perjuicio de las acciones que ChileValora pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Este incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 del D.S. N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y cuando se detecte infracción a la veracidad de la información proporcionada en la oferta. En caso de procederse al cobro de la garantía, el proveedor deberá entregar dentro del quinto día hábil desde su cobro, una nueva garantía que reemplace la anterior. De no cumplirse ello, ChileValora estará facultado para poner término anticipado al contrato.
Plazo y Vigencia del Contrato
El contrato que ChileValora celebre con el adjudicatario comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y tendrá una vigencia conforme a lo ofertado por el proponente, la que no podrá ser superior 16 semanas (112 días corridos). No obstante, y por razones de buen servicio, las prestaciones que se deriven de la ejecución del contrato, una vez firmado por ambas partes, podrán iniciarse sin esperar la total tramitación de la resolución que lo apruebe, pero los pagos que deban efectuarse con ocasión de dicho contrato quedarán supeditados a la total tramitación de la resolución que lo aprueba. En todo caso, en casos justificados, el plazo de vigencia total del contrato podrá prorrogarse por todo el plazo necesario para que ChileValora revise y apruebe completamente los informes y productos de la etapa final, incluyendo el tiempo necesario para que el adjudicatario responda a las observaciones que le sean formuladas, según el procedimiento indicado en las bases técnicas. De conformidad al artículo 13 de la Ley Nº19.886 y del artículo 77 de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes.
Monto y modalidad de pago
Cláusula contenida en el numeral N°10.4 "Monto y modalidad de pago" de las Bases Administrativas de la licitación, de esta manera, para mayor información, remitirse a las Bases de la Licitación.
Respeto por la Normativa de Seguridad Social
Será obligación del proveedor adjudicado dar cumplimiento a todas las disposiciones del Código del Trabajo, leyes sociales, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en relación con el personal ocupado en la ejecución del objeto de esta licitación. Se deja expresa constancia que entre el personal asignado por la prestadora para cumplir el servicio que se contrata y ChileValora, no existirá vínculo de dependencia alguna, ni relación laboral con sus respectivos empleados, de manera que ésta no tendrá responsabilidad alguna respecto del pago de prestaciones laborales, como pago de sueldos, gratificaciones, horas extraordinarias, vacaciones, prestaciones previsionales, accidentes del trabajo, impuestos y demás prestaciones que la prestadora esté obligada a pagar, cancelar, retener o entregar a las personas que a su vez contrate para dar cumplimiento a las obligaciones que le impone el contrato y la normativa vigente correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo indicado en la sección anterior y lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratante, a lo menos mensualmente, o con la periodicidad que establezca ChileValora, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento respecto a los trabajadores del contratante, ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a ChileValora de ser informado y de retención consagrados en los incisos 2ª y 3ª de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a las que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
Subcontratación
El servicio que es objeto de la presente licitación no podrá subcontratarse, atendido que su adjudicación es realizada en consideración a la especialización y experiencia del oferente. Sin embargo, previa autorización de ChileValora, se podrá subcontratar servicios de otros proveedores, en aquellos aspectos secundarios o complementarios a los objetivos centrales de la presente licitación. Conforme a lo indicado en la sección anterior, se deja expresa constancia que ChileValora no tendrá vínculo contractual con el personal del adjudicatario, ni relación laboral con sus respectivos empleados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo.
Cesión de Contrato
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Comisión. Sin perjuicio de ello, los documentos justificativos de los créditos que emanen del contrato serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.
Estandares de Probidad
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquiera forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la enumeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
Multas
En caso que la adjudicataria incurra en alguna de las acciones descritas a continuación, sin causa justificada, ChileValora se reserva el derecho a aplicar a título de multa, los siguientes montos: MULTAS Descripción Monto Unidad Aplica fuerza mayor Atraso en las actividades propuestas en el cronograma 0,5% del monto del contrato Día de atraso Sí Atraso en la entrega de informes, ya sea en primera entrega o en las siguientes versiones, en caso que hubieran existido observaciones. 0,5% del monto del contrato Día de atraso Sí No incorporación de observaciones y/o correcciones solicitadas a los informes. 0,5% del monto del contrato Día de atraso Sí Cambio unilateral en el equipo de trabajo 1 (una) UTM por cada día que haya reemplazado a la persona inscrita en el equipo ejecutor del estudio Integrante del equipo Sí Demora en el reemplazo con el mismo perfil profesional y nivel de experiencia de la persona que deja el cargo. 1 (una) UTM por cada día de demora en el reemplazo de la persona inscrita en el equipo ejecutor del estudio. Integrante del equipo Sí Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases, sean constitutivos de multa, se notificará por correo certificado esta circunstancia al adjudicatario, indicando en forma precisa los hechos que se imputan y la multa a que da origen el incumplimiento. El adjudicatario podrá efectuar los descargos que estime convenientes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y dentro de 5 días hábiles, contados desde la notificación de los hechos que se le imputan. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la Comisión. Si se han presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Comisión resolverá fundadamente sobre éstos, acogiendo o rechazando, total o parcialmente, los argumentos dados por el contratista. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la Comisión, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución se notificará personalmente o mediante carta certificada. Dicho acto administrativo podrá ser impugnado por el oferente mediante los recursos contemplados en la ley N° 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de no realizarse el pago, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con plazo vigente para reclamar respecto de ellas, será deducido de los siguientes pagos que correspondan de acuerdo al contrato. Si dichos montos no fueren suficientes para cubrir el importe de la multa, o si no quedasen pagos pendientes, se procederá a hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento. Con todo, si las multas alcanzan el 30% del monto total del contrato o si recibe más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 3 meses consecutivos, la Comisión procederá a poner término anticipado al mismo por causal de incumplimiento, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento. No procederá multa si se probare la concurrencia de caso fortuito o de fuerza mayor calificada así por ChileValora, mediante autorización fundada. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa. En caso de que los perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones por parte del oferente ocasionen a ChileValora un detrimento económico que exceda el monto de las sanciones aplicadas, ésta podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondiente.
Término Anticipado
La Comisión se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato que derive de la presente licitación, en el evento de ocurrir alguna circunstancia calificada que lo hiciere procedente. Especialmente se resolverá el contrato de pleno derecho y la Comisión estará facultada para declarar por vía meramente administrativa el término anticipado del mismo, en los siguientes casos: a. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes. b. Si el contratante fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes. c. Si el contratante se constituyere en estado de notoria insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes. d. Si se disolviere la persona jurídica o UTP adjudicataria o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada, por cualquier causa. e. Si el oferente que suscriba el contrato incurriere en incumplimiento grave de las obligaciones emanadas del contrato, o de los documentos que se entienden formar parte del mismo, o de las exigencias de los Términos Técnicos de las Bases de Licitación, sea en forma total o parcial. Se considerarán especialmente situaciones de incumplimiento grave de las obligaciones, el que deban aplicarse multas que superen alguno de los topes indicados en la sección anterior de estas bases. f. Si el oferente que suscriba el contrato aportare, traspasare o efectuare cesión del contrato a terceros, por cualquier título, sea en forma total o parcial, sin la expresa autorización de la Comisión. g. Si el oferente que suscriba el contrato subcontratare total o parcialmente la ejecución de este contrato, sin la expresa autorización de la Comisión h. Si el oferente que suscriba el contrato afectare la imagen de la Comisión, sea por causa de hechos, acciones o declaraciones. i. En caso que, al momento de suscribirse el contrato, el oferente registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años y éstas no se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886. j. En caso que el oferente que suscriba el contrato no reemplace la garantía de fiel cumplimiento en el plazo de cinco días hábiles contados desde el cobro, en caso que éste deba efectuarse. k. En caso que exista alguna inhabilidad sobreviniente contemplada en la normativa para contratar con la Administración del Estado o perdiera la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes. l. Si el oferente, sus representantes o el personal dependiente de aquél, hubiere entregado información falsa en la oferta y esto se detectare durante la ejecución del contrato, incumplieran las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en la sección 10.9 de estas bases, o no observaren el más alto estándar ético, conforme a lo establecido en la sección 10.8 de estas bases, durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como: i. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de ChileValora, que pudiere implicar un conflicto de intereses. ii. Tergiversar hechos, entregar información falsa, manifiestamente errónea o que induzcan a error. iii. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. m. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en la sección siguiente de las presentes bases. n. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Para tal efecto, ChileValora mediante informe fundado emitido por su Contraparte Técnica, en caso de que concurra cualquiera de las causales señaladas precedentemente, con excepción de la resciliación o mutuo acuerdo, y por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, comunicará al Proveedor su decisión de poner término al respectivo contrato de prestación de servicios, haciendo efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento que esté en su poder, esto último en cualquiera de los casos imputables al Proveedor, a través de carta certificada, dirigida al domicilio del representante legal o mandatario que consta en el respectivo contrato. El Proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar de la fecha de recepción de la comunicación para formular descargos, de conformidad al artículo 25 de la Ley N° 19.880 y el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Compras, para formular descargos. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, ChileValora resolverá sobre el particular, mediante resolución fundada de su Director(a) Ejecutivo(a), previa ponderación de los antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al Proveedor, sin perjuicio de su comunicación a través del sitio de información (www.mercadopublico.cl). En contra de dicha resolución procederán los recursos contemplados en la ley ya citada, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Propiedad Intelectual y Confidencialidad
La propiedad intelectual de los documentos, instrumentos, informes y datos que se generen en la prestación de servicios que es objeto de la presente licitación, serán de propiedad de ChileValora, así como también los instrumentos, herramientas y sistemas generados para la obtención de la información principal o secundaria o de cualquier dato relacionado directa o indirectamente con el trabajo objeto de las presentes Bases. El adjudicatario se obliga a entregar, en su integridad y totalidad, la información antes referida, al término de los servicios contratados. Asimismo, el adjudicatario libera de toda responsabilidad a ChileValora en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los bienes o parte de ellos por la Comisión en virtud del presente contrato, asumiendo el prestador, en este caso, la defensa y admitiendo su entera responsabilidad. El adjudicatario se obliga a prestar los servicios contratados guardando estricta confidencialidad respecto de los antecedentes que se sometan a su consideración, incluyendo toda la información que recopile o se le entregue por causa de cualquiera de los servicios que contempla el contrato que se licita, como de toda la información producida por causa de éste, o que acceda con ocasión de la prestación de sus servicios, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento escrito de ChileValora. La presente obligación es de la esencia del Contrato, por lo que su infracción constituirá un incumplimiento grave del mismo, siendo extensiva asimismo al personal del adjudicatario que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas. La misma obligación resulta aplicable a los proveedores que eventualmente puedan ser subcontratados por el adjudicatario, y a su personal. Conforme a lo anterior, el adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información. La obligación de confidencialidad establecida en esta sección se mantiene durante toda la vigencia del contrato y se extiende indefinidamente incluso en forma posterior al término de vigencia de éste. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la prestación de los servicios o después de finalizada ésta, podrá dar pie a que ChileValora entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Se recalca que, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
Resolución de Conflictos, domicilio y cláusula de responsabilidad
Los eventuales conflictos que se pudieran producir entre ChileValora y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos de estas Bases y su contrato, esta Comisión y los oferentes, como el posterior contratista, se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales. ChileValora quedará liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables a la adjudicataria, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad de la adjudicataria.
Bases Técnicas
Para mayor información respecto a la cláusula, remitirse al Capitulo II de las bases Técnicas, las cuales continenen, los antecedentes, Propósitos y objetivos, alcances de la consultoría, desarrollo de los servicios y la información respecto a informes, plazos de entrega y pagos, de la presente licitación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.