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2.- LA PROPUESTA |
2.1. Las presentes bases administrativas y técnicas tienen por objetivo la celebración de un Contrato de Suministro, con vigencia hasta el 31 de marzo de 2030 desde la fecha de adjudicación, por el Servicio de Eliminación de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS) categorizado como residuos especiales, que incluya traslado desde el CESFAM Huara y Postas Rurales hasta destino final, en donde deben ser eliminados según la normativa vigente que regula el tratamiento de este material. Es indispensable que la empresa adjudicada se encuentre con los permisos y resoluciones correspondientes por parte del organismo pertinente, además que cumpla con los protocolos propios del traslado de este tipo de materiales. Se proyecta de forma estimado que se generará aproximadamente 10 kilos de material de forma mensual por parte del CESFAM y SAPU Huara, que serán almacenados en el CESFAM a la espera del retiro, según se acuerde con la empresa adjudicada, siempre que no se exceda el tope máximo de almacenamiento según los contenedores habilitados para tal propósito. Además, se proyecta de forma estimado que se generará aproximadamente 5 kilos de material de forma mensual por parte de cada Posta Rural, que serán almacenados en cada recinto a la espera del retiro, según se acuerde con la empresa adjudicada.
2.2. EL DETALLE DEL REQUERIMIENTO SE ENCUENTRA INDIVIDUALIZADO EN EL ANEXO N°1. Dicho detalle se subirá a la ID 5908-8-LE26 y cada proveedor deberá ofertar directamente en el portal.
Cabe mencionar que la cantidad de kilos de material categorizado como residuos especiales es estimado y podría ser superior e inferior de acuerdo a la cantidad de procedimientos realizados en cada establecimiento.
2.3 El valor ofertado se cotizará en pesos chilenos por kilo de material categorizado como residuos especiales y deberá considerar todos los costos asociados al retiro, traslado y eliminación en depósito final que cuente con autorización sanitaria para tal propósito. El servicio debe considerar el retiro conforme se indica a continuación:
- CESFAM Huara ubicada en Francisco Saavedra S/N, Comuna de Huara hasta el destino final.
- Posta Salud Rural Tarapacá ubicada en Chintuya S/N, Pueblo de Tarapacá, Comuna de Huara hasta el destino final.
-.Posta Salud Rural Pachica ubicada en Avenida Comercio, esquina 18 de septiembre S/N, Pueblo de Pachica, Comuna de Huara hasta el destino final.
- Posta Salud Rural Sibaya ubicada en Calle Caserío de Sibaya número S/N, Pueblo de Sibaya, Comuna de Huara hasta el destino final.
- Posta Salud Rural Chiapa ubicada en Calle Caserío de Chiapa S/N, Pueblo de Chiapa, Comuna de Huara hasta el.destino final.
- Posta Salud Rural Pisagua ubicada en Toribio Robinet S/N, Pueblo de Pisagua, Comuna de Huara hasta el destino final.
2.4 Los plazos de días establecidos en estas bases, corresponden a días hábiles.
2.5 El servicio de eliminación y disposición final debe realizarse en una empresa que cuente con las respectivas autorizaciones sanitarias que regulan dichos procesos, por tanto, la Empresa debe velar en todo momento por dar cumplimiento a esta exigencia legal.
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7.- DE LOS PARTICIPANTES |
7.1 Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas que estén inscritos y habilitados en el Sistema de Compra y Contrataciones Públicas, www.mercadopublico.cl, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley N°19.886, N°21.634 y su Reglamento.
7.2 Los oferentes por el sólo hecho de participar en el presente proceso licitatorio, comprenden y se ven en la obligación de contar en todo momento con la respectiva Autorización Sanitaria que permita el desarrollo de la actividad que involucra el presente contrato, por tanto, SÓLO podrán participar quienes anexen la correspondiente Resolución que, además de ser adjuntada a la propuesta, debe ser informada con número y fecha en el Formulario N°3 del Anexo N°2. Si en algún momento durante la vigencia del contrato perdieran la autorización, deben poner en antecedente a la Municipalidad a través del Departamento de Salud en un plazo de 5 días hábiles, para que éste tome las medidas correspondientes, de no cumplirse la notificación en este plazo puede verse sometido a la multa indicado en el punto 19.1 de las presentes bases, por tanto, la empresa deberá enviar el documento de fiscalización de sanción de NO funcionamiento como medio verificador para calcular el plazo de los 5 días hábiles.
NOTA: El oferente debe adjuntar de manera obligatoria “RESOLUCIÓN QUE AUTORIZA TRANSPORTE PARA ELIMINACIÓN FINAL DE REAS”, documento necesario para la evaluación, en caso de no adjuntar, la oferta será rechazada en la apertura electrónica.
7.3 La empresa deberá informar en el Formulario N°03, la o las empresas debidamente autorizadas en las cuales hará entrega de los residuos retirados de los establecimientos de salud indicado en el punto 2.3 de las presentes bases.
NOTA: El oferente debe adjuntar de manera obligatoria “RESOLUCIÓN QUE AUTORIZA A LA EMPRESA EL TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN FINAL DE REAS”, documento necesario para la evaluación, en caso de no adjuntar, la oferta será rechazada en la apertura electrónica.
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13.- LA ADJUDICACIÓN |
13.1 El oferente deberá ofertar por el total del requerimiento solicitado, conforme al Anexo N°01, de ser lo contrario quedará automáticamente fuera del proceso en el acta de apertura de la Propuesta Pública ID 5908-8-LE26.
13.2 La decisión de la adjudicación corresponderá en conformidad a lo previsto en el art.65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones el cual indica "Suscribir los convenios de programación a que se refieren los artículos 8º bis y 8º ter y celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo. Asimismo, suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula la Ley General de Urbanismo y Construcciones". En el caso que el Honorable Concejo Municipal no apruebe lo indicado en el art. 65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones no podrá ser adjudicada la presente licitación pública.
13.3 La oferta que logre el mayor puntaje en la evaluación, será considerada como la más conveniente al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado.
13.4 Las condiciones y requisitos administrativos y/o técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante, lo cual, será materia de la Oferta presentada por el proponente, descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en estas Bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para la IMH.
13.5 Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el municipio informará oportunamente de esta circunstancia a través del portal de compras públicas, indicando las razones que justifican el retraso mediante resolución fundada y señalará, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación.
13.6 Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
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15.- CONTRATO |
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15.1 Se generará un contrato entre el proveedor adjudicado y la Ilustre Municipalidad de Huara, que deberá ser firmado dentro de los 15 días siguientes a la adjudicación. La vigencia del contrato es a contar de la fecha de adjudicación hasta el 31 de marzo de 2030. Cabe mencionar que los valores ofertados por la empresa adjudicada se reajustarán anualmente conforme a la variación experimentada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado al mes de diciembre, publicado en el sitio oficial del Servicio de Impuesto Interno (www.sii.cl); dicho reajuste se aplicará a partir del 1° de enero del año siguiente hasta el 31 de diciembre de la misma anualidad, lo cual se formalizará mediante un anexo de contrato a firmarse durante los primeros 20 días de cada anualidad de vigencia del contrato respectivo.
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16.- ENTREGA DE LOS SERVICIOS ADJUDICADOS |
16.1 Cada vez que se requiera el servicio, los establecimientos de salud de la Comuna de Huara, solicitarán vía correo electrónico al Director del CESFAM Huara que se retire el material acumulado en razón a la cantidad de kilos categorizado como residuos especiales, tras lo cual el Director del CESFAM remitirá un memorándum al Departamento de Salud para formalizar dicho requerimiento de emisión de orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl.
16.2 Una vez enviada la orden de compra, proveniente de la licitación adjudicada a través del portal del sitio de internet www.mercadopublico.cl, el proveedor adjudicado procederá a la entrega del servicio, realizando el retiro en las dependencias que lo requieran, cuya ubicación se encuentra estipulada en el punto 2.3 de las presentes bases, en el plazo indicado por el oferente en su oferta en el formulario N°3 del Anexo 2.
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