|
Resolución de empate |
|
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio N° 1
2° Criterio N° 3
3° Criterio N° 4
4° Criterio N° 2
5° Criterio N° 5
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
No obstante, si luego de aplicar el sistema de desempate precedentemente indicado, este no se produce, se definirá la licitación adjudicándose a través de un sorteo que se efectuará entre las propuestas que han empatado su puntaje.
|
|
|
|
INTRODUCCIÓN |
|
La Subsecretaría de Telecomunicaciones, requiere contar con un servicio de red de datos MPLS y acceso a internet en sus dependencias, ubicadas en:
- Hermógenes Alfaro N°1271, ciudad de Antofagasta.
- Manuel Antonio Matta N°461, Oficina 301 Piso 3, ciudad de La Serena.
- Cochrane N° 635, Oficina 1502 Torre A, cuidad de Concepción.
- Andrés Bello 841, oficina 401 - Edificio de la Cámara Chilena de la Construcción, ciudad de Temuco.
- Pasaje Cristóbal Colon N°615, Sector Seminario, ciudad de Puerto Montt.
- Amanda Labarca 124, Piso 5, Santiago Centro.
|
|
|
|
IDIOMA DE LA LICITACIÓN |
|
Todo el proceso de licitación será en idioma Español. Esto significa que no se aceptarán ofertas en otros idiomas.
|
|
|
|
MODIFICACIÓN A LAS BASES DE LICITACIÓN |
|
La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún oferente, hasta antes del cierre de recepción de ofertas. En caso de ser necesario, el plazo de cierre de recepción de ofertas se ampliará por hasta cinco
(5) días hábiles, para que los interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la Licitación.
|
|
|
|
REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
|
Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 y que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores (UTP) un conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Esta UTP se constituye exclusivamente para este proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, donde deberá constar que los referidos proveedores son empresas de menor tamaño y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta
Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
|
|
|
|
PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
|
La oferta está compuesta por una parte técnica, otra económica y por los antecedentes administrativos, los que deberán presentarse obligatoriamente a través del Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que deba realizarse entrega física de documentos de conformidad con lo dispuesto con el artículo 49 del Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estos podrán ingresarse a través de la Oficina de Partes Virtual de la Subsecretaría, www.subtel.gob.cl/oficina-partes, sólo en el caso de que no sea posible presentar dichos documentos de manera presencial en las dependencias de la Oficina de Partes de la Subsecretaría ubicada en calle Amunátegui N° 139, comuna de Santiago, entre las 9:00 y las 14:00 horas, de lunes a viernes.
Se advierte que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl, y no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido. El plazo de validez de las ofertas será hasta el que el acto administrativo que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitado.
El oferente no podrá formar parte del mismo grupo empresarial ni encontrarse relacionado con otras empresas que participan en esta licitación. En el caso de que se presenten ofertas simultáneas a esta licitación por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, se considerará únicamente una de las ofertas, la que resulte más conveniente según los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y se declararán inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa, la que obtenga mayor puntaje según los criterios de evaluación de acuerdo lo estipulado en el Capítulo XI de las presentes Bases.
Los oferentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntando electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda
|
|
|
|
Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores |
|
En caso de que los oferentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su oferta, adjuntando, al mismo tiempo, un instrumento público o privado firmado por todos sus integrantes, en la que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente. Todos los integrantes de esta UTP deberán ser empresas de menor tamaño.
En el caso de que el acuerdo presentado al momento de ofertar conste en instrumento privado, en el evento de ser adjudicado, deberá presentarse el mismo por escritura pública previo a la suscripción del contrato, de acuerdo a los plazos establecido en el capítulo XVI de las presentes Bases, cuando se trate de contrataciones superiores a 1.000 UTM, como en la especie.
En dicho acuerdo, se deberá dejar claramente establecido que la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la UTP será solidaria, y cumplir las demás exigencias establecidas en el capítulo VII de las presentes Bases Administrativas.
La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XIV, letra b), de las presentes Bases Administrativas.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de Licitación y de las obligaciones contractuales que emanaran de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Finalmente, en el referido acuerdo, todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán designar un mandatario común, con facultades suficientes para actuar en representación de todos ellos, individualizando dichas facultades. Asimismo, deberán indicar la persona natural o jurídica facultada para recibir el pago.
Los oferentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntando electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
1) Cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar firmada por sí o por su representante legal, de acuerdo con lo consignado en el numeral 1 del acápite “Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación” del presente Artículo.
Los oferentes deberán enviar la declaración jurada simple adjuntando electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
2) En caso que algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores se vea afectado por una causal de inhabilidad para la presentación de la oferta, la formulación de propuestas o la suscripción de la convención, establecida en la legislación vigente, esta deberá manifestar por escrito si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde que la Subsecretaría lo requiera al efecto.
No obstante, lo anterior, la Subsecretaría se reservará la facultad de analizar previamente si la propuesta que resultare de mantener la Unión Temporal de Proveedores con los integrantes hábiles es apta para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la contratación, ello sin perjuicio, además, de la posibilidad de reevaluar dicha oferta de acuerdo con los requisitos y criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de Licitación.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes a que se refiere este artículo, o el envío de estos por un medio distinto del expresamente señalado, excluirá de la licitación al oferente, declarándose, por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no
haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases de Licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
No obstante, lo anterior, la Subsecretaría podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar a través del Sistema de Información a cualquier oferente que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la Subsecretaría. En este caso, se procederá conforme a lo dispuesto en el Artículo 11° de las presentes Bases Administrativas.
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los oferentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de estos por ningún concepto.
|
|
|
|
COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
|
Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una Comisión conformada por tres (3) funcionarios de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, quienes a su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, consignada en el capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas, y se individualizan a continuación:
1.- Sr. Felipe Salamanca Sepúlveda, grado 11° E.U.S., Ingeniero del Depto. Servicios de Radiodifusión, División Concesiones.
2.- Sr. Kimie Cortes Salazar, grado 7° E.U.S., Ingeniero del Depto. Servicios de Radiodifusión, División Concesiones.
3.- Sr. Eduardo Bascur Moncada, Profesional, grado 10° E.U.S., Asesor profesional del Departamento de Desarrollo Tecnológico
Si uno o más de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de evaluación de ofertas, los integrantes que se vean impedidos de participar, serán reemplazados por:
1. Sr. Isaías Zapata Zapata, Técnico grado 9° E.U.S, asistente de Soporte del Departamento de Desarrollo Tecnológico
2. Sr. Pablo Tapia González Profesional grado 7° E.U.S, Encargado de Seguridad Institucional, del Departamento de Desarrollo Tecnológico.
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada oferente en los criterios a evaluar consignados en el Capítulo X de estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto a la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la licitación.
Corresponderá también a la Comisión Evaluadora en su labor de colaboración con el Jefe Superior del Servicio, dar respuesta a las consultas y reclamos que se formulen durante el proceso licitatorio y respecto de la adjudicación o de la declaración de desierta de la licitación, según sea el caso.
|
|
|
|
APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
La presente licitación es en una sola etapa, por tanto, en el acto de apertura electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de disponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas Bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido en las presentes Bases de Licitación. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier oferente, a través del Sistema de
Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere el principio de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.
Los oferentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el antepenúltimo día hábil del plazo establecido para la evaluación de las ofertas, a través del Sistema de Información o, de ser el caso, ingresando los antecedentes requeridos en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en un sobre cerrado dirigido a la Jefa de División Administración y Finanzas, rotulado: “Antecedentes complementarios licitación pública denominada: “Servicio de red de datos MPLS y acceso a internet”, y con el nombre del oferente.
|
|
|
|
ADJUDICACIÓN |
|
La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información, notificará a los oferentes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley N° 19.886, artículo 9º, la Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaran ofertas, o bien, si habiéndose presentado, estas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación de la resolución de adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
En el caso de que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo IV, letra
e) de estas Bases Administrativas, la Subsecretaría informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del referido plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza. Tampoco tendrá derecho a indemnización la adjudicataria si la Subsecretaría deja sin efecto o revocar su adjudicación fundadamente, por ejemplo, con ocasión de conflictos de interés que la adjudicataria no hubiera informado oportunamente.
En caso de que la adjudicataria desistiera de su oferta, la Subsecretaría podrá re adjudicar la licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta.
|
|
|
|
CONTRATO |
|
La Subsecretaría y la adjudicataria suscribirán un contrato dentro del plazo de veinte (20) días corridos contados desde la notificación de la adjudicación en el Sistema de Información. En el caso de que el contrato haya de formalizarse con una Unión Temporal de Proveedores, el contrato se suscribirá con el representante que sus integrantes hayan designado en el instrumento que formalizó la Unión y que se adjuntó en la oferta respectiva o se acompañó con posterioridad si el primero no consta en escritura pública. Si, por cualquier motivo, la Unión procediere a designar un nuevo representante por acto posterior, dicha modificación deberá ser inmediatamente comunicada a esta Subsecretaría, adjuntando copia del acto respectivo, debiendo ser el nuevo mandatario quien comparezca en representación de la Unión, sea para la suscripción del contrato o durante su ejecución, según el caso.
Una vez firmado el contrato por la adjudicataria, corresponderá al Sr. Subsecretario firmar el contrato en representación de la Subsecretaría, el cual posteriormente deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo.
Cabe advertir que en el caso de que la adjudicataria no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a ésta como desistida de su oferta.
|
|
|
|
VIGENCIA DEL CONTRATO |
|
b) Vigencia del contrato: El contrato comenzará a regir desde la fecha en que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe, y su plazo de vigencia será de veinticuatro (24) meses.
Sin perjuicio de ello, en caso que al 01 de marzo de 2026 se encuentre pendiente la tramitación del contrato respectivo, por razones de buen servicio, las prestaciones deberán iniciarse en dicha fecha, no obstante quedar el pago sujeto a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el referido contrato.
|
|
|
|
CONTRAPARTE TÉCNICA |
|
La contraparte técnica de la Subsecretaría en la prestación del servicio estará integrada por dos (2) funcionarios del Departamento Desarrollo Tecnológico, los acules son:
1.- Sr. Kevin Garrido- Profesional Grado 12 - Analista Programador - Dpto. Desarrollo Tecnológico.
2.- Sr. Carlos Tapia - Profesional Grado 12 - Analista Programador - Dpto. Desarrollo Tecnológico.
Si uno de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en su calidad de contraparte técnica, el integrante que se vea impedido de participar, será reemplazado por la funcionaria, Sra. Yenny Román González, Profesional, grado 8° E.U.S., funcionaria del Departamento de Desarrollo Tecnológico.
Esta Contraparte Técnica deberá evaluar los servicios prestados durante la ejecución del contrato; aclarar, coordinar y/u orientar respecto del desarrollo de las actividades, en los casos que se requiera; recibir conforme los servicios contratados; y, en caso de atraso en la entrega de los servicios o productos contratados, pronunciarse respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se alegase.
|
|
|
|
PAGOS Y MULTAS |
|
a) Forma de pago:
La forma de pago por la prestación de servicio, será en veinticuatro (24) mensualidades bajo la modalidad de mes vencido, es decir, una vez cumplido un
mes de servicio, el contratista deberá emitir la factura o boleta del cobro respectivo, documento que será pagado dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de su emisión .
Sin perjuicio de lo anterior, cabe advertir -atendido que los pagos se deben imputar al presupuesto vigente al año correspondiente en que se presten los servicios- que la ejecución de éstos y su correspondiente pago para los años 2027 y 2028, se encuentran bajo condición de tener disponibilidad presupuestaria.
El pago se efectuará previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
i) Que el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitado;
ii) Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto a la recepción conforme de los servicios prestados por el contratista;
iii) Que el contratista al momento de emitir la factura o documento de cobro remita el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago;
iv) Que el contratista presente mensualmente junto a su boleta o factura asociada al pago de la respectiva cuota, el “Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), o el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” (F30-1), según corresponda, emitido por la Dirección del Trabajo, que dé cuenta que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social impagas, durante los dos últimos años, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudicó la licitación pública a través del Sistema de Información.
En caso de contratar con una Unión Temporal de Proveedores, el pago se realizará al integrante o representante designado para ello en el documento de constitución, de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo VII de las presentes Bases Administrativas, acápite “Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores”.
En caso que al momento de contratar, el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, éste deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.
Será deber del contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, correspondiendo a esta Subsecretaría verificar la realización de los respectivos pagos y exigir al contratista la entrega de los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el referido proveedor no podrá participar.
Si el contratista no acredita el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la Subsecretaría podrá retener el monto de que es responsable de conformidad a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el capítulo XV de las presentes Bases Administrativas.
b) Multas o sanciones:
Si ante un requerimiento de la Subsecretaría y/o por razones no imputables a ésta, la contratada no prestare el Servicio de impresión a cabalidad según lo descrito en este documento, en los términos y plazos convenidos, la Subsecretaría podrá aplicar a título de multa, la cantidad de $40.000 (cuarenta mil pesos) por cada día de retraso con un tope de 5
días corridos de atraso.
(*) Se considerará como día completo, aquella fracción superior a seis (6) horas.
La Subsecretaría cobrará, por la vía administrativa, la multa respectiva por atrasos de servicios reduciéndose del valor facturado por el contratista en el período mensual correspondiente, o bien, haciendo efectiva la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. En tal caso, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y la multa que resulte aplicable.
La notificación se realizará dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe.
El contratista, por escrito, podrá reclamar de su aplicación a la Subsecretaría dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. La Subsecretaría resolverá la reclamación presentada, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por el contratista.
Por otra parte, si durante la ejecución del contrato, se produjeran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieran u ocasionaran retrasos en la entrega de los trabajos o servicios, el contratista deberá comunicar esta circunstancia a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho como eximente de responsabilidad y, en caso de serlo, no será aplicable al contratista la multa señalada.
|
|
|
|
MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
|
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
3) Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones esenciales contraídas por la contratada, entendiéndose que éste existe si la suma total de eventos que generan incumplimiento en la prestación de los servicios convenidos con el contratista durante la vigencia del contrato -de acuerdo al capítulo XVII, letra b), denominado “Multas o sanciones”, de las presentes Bases Administrativas- es igual o superior a veinticuatro (24), si las multas cursadas durante un mes de servicio superan el 20% del monto total de la mensualidad a pagar al contratista, definida en el capítulo XVI, letra a) de las presentes Bases.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de Licitación podrán establecer otras circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista.
1) En el caso de ser el contratista una Unión Temporal de Proveedores:
1. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
2. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
3. Si se constata que la Unión Temporal de Proveedores ocultó información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
4. Inhabilidad sobreviniente o retiro de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
2) El estado de notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigir el interés público o la seguridad nacional.
4) Si el contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses.
En caso de término anticipado, el contratista debería satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el contratista.
En cuanto a la modificación del contrato se estará a lo dispuesto por el Artículo 77 del Decreto del visto 6). La modificación que pudiere tener lugar de acuerdo con lo establecido en dicho precepto deberá aprobarse por acto administrativo totalmente tramitado.
|
|
|
|
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
|
En el caso de que la contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las presentes Bases de Licitación conlleven la aplicación de una o más medidas, tales como multa o término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de suscripción del contrato.
La contratista podrá manifestar sus descargos por escrito, en relación con el eventual incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la referida notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. Transcurrido dicho plazo, la Subsecretaría se pronunciará sobre la aplicación de la medida propuesta por la Contraparte Técnica, mediante una resolución fundada. En el caso de que se hubieren formulado descargos, dicha resolución deberá pronunciarse sobre ellos, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por la contratista. La resolución que se pronuncie sobre la aplicación de la medida será notificada a la contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si durante la ejecución del contrato, se produjeran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieron u ocasionan retrasos en la entrega de los servicios contratados, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de responsabilidad, en un plazo de cinco (5) días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable a la contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación formulada por la contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá al Jefe Superior del Servicio la aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases de Licitación. La resolución fundada que aplique la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
|
|
|
|
LEGISLACIÓN APLICABLE |
|
El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las leyes de la República de Chile, sin perjuicio de lo indicado en el artículo siguiente. Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
|
|
|
|
NORMAS DE TRABAJO |
|
Las actividades deberán ser ejecutadas por la contratista de conformidad con las siguientes normas:
a) Confidencialidad de la información: Toda información relativa a la Subsecretaría o a terceros a la que el contratista tenga acceso con motivo del contrato a que dé lugar la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial. En consecuencia, dicha información deberá mantenerse en carácter de reservada y el contratista no podrá hacerla pública, ni difundir opiniones sobre ésta. En caso contrario, el contratista deberá responder de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación, reservándose la Subsecretaría el derecho de entablar las acciones judiciales correspondientes.
En caso que el contratista contravenga la obligación de confidencialidad descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVII numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
b) Subcontratación:
Se prohíbe la subcontratación
En caso que el contratista contravenga esta prohibición se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVII, numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
|
|
|
|
BASES TÉCNICAS |
|
LA OFERTA TÉCNICA DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
I. CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA.
1. Currículum de la persona natural y/o jurídica participante:
El proponente deberá incluir el currículum de la persona natural y/o jurídica participante. Este currículum deberá dar cuenta de los años de experiencia del oferente en la prestación del servicio y una nómina de las empresas y/o instituciones con las cuales tuvo o mantiene contrato vigente, indicando la razón social, un nombre de contacto y el correspondiente correo electrónico y/o teléfono. Para lo anterior, se propone completar la tabla contenida en el ANEXO N° 5 de las presentes Bases de licitación.
En caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar el currículum por cada uno de los integrantes que acredite su experiencia en el proceso de licitación a fin de que sea posible determinar cuál de sus integrantes posee la mayor cantidad de años de experiencia, de entre aquellos que hayan presentado sus antecedentes, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 capítulo VII de las Bases Administrativas, acápite “Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores”.
2. Características técnicas del servicio
a) Los enlaces MPLS deberán llegar al mismo nodo central (Datacenter Subtel), ubicado en la región Metropolitana. La Tabla N°1 especifica las direcciones tanto para los enlaces MPLS como para el nodo central (Datacenter Subtel) al cual deben llegar los enlaces requeridos.
Tabla N°1
CIUDAD DIRECCIÓN SERVICIO REQUERIDO
Antofagasta Hermogenes Alfaro 1271 Enlace MPLS
La Serena Manuel Antonio Matta N°461,
Oficina 301 Piso 3 Enlace MPLS
Concepción Cochrane N° 635, Oficina
1502 Torre A Enlace MPLS
Temuco Andrés Bello 841, oficina 401
- Edificio de la Cámara Chilena de la Construcción.
Enlace MPLS
Puerto Montt Pasaje Cristóbal Colon
N°615, Sector Seminario Enlace MPLS
Santiago
Centro Amanda Labarca 124, Piso 5 Acceso a Internet, nodo central
(Datacenter Subtel)
b) Los enlaces MPLS requeridos, deberán tener las características especificadas en la siguiente Tabla N°2.
Tabla N°2
CIUDAD
DIRECCIÓN VELOCIDAD ENLACE
Antofagasta Hermogenes Alfaro 1271 100 Mbps
La Serena Manuel Antonio Matta N°461,
Oficina 301 Piso 3 100 Mbps
Concepción Cochrane N° 635, Oficina 1502
Torre A 100 Mbps
Temuco Andrés Bello 841, oficina 401 -
Edificio de la Cámara Chilena de la Construcción.
100 Mbps
Puerto Montt Pasaje Cristóbal Colon N°615,
Sector Seminario 100 Mbps
c) El servicio de acceso a Internet, ubicado en las oficinas de Santiago Centro (Datacenter Subtel) deberá ser de 1 Gbps Nacional y 20 Mbps Internacional.
d) El Servicio de a acceso a Internet, debe disponer de 10 direcciones IP estáticas públicas (NO dinámicas) a libre uso. Entregando el Detalle de:
- Dirección IP Inicial
- Dirección IP Final
- Mascara de Red
- Gateway (Puerta de enlace)
e) El proveedor dispondrá de una plataforma web que permita monitorear el estado del enlace, durante todo el periodo que dure el contrato 24x7. Suministrando datos técnicos relevantes como la velocidad de carga y descarga de todos los enlaces 24x7.
3. Plazo de implementación
El oferente deberá indicar en su oferta el plazo de implementación de la solución, en días hábiles, considerando que este no podrá exceder de 15 día hábiles contados desde el día siguiente de la notificación en el Sistema de Información de la resolución que adjudique la presente licitación. El plazo ofertado corresponderá a la implementación del servicio en la totalidad de dependencias.
4. Integridad
El oferente deberá indicar y acreditar si cuenta con programas de integridad conocidos por su personal. Dicho programa deberá demostrar que el oferente ha tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para el oferente y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la licitación y en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad. Para acreditar que cuenta con dicho programa deberá adjuntarlo.
*Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntando electrónicamente en los Anexos de Antecedentes Técnicos respectivos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información para que su oferta sea admisible.
**Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación implica que los proponentes han analizado las respectivas bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuesta formuladas con anterioridad a la presentación de su oferta y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reserva ni condiciones a toda la documentación referida, no debiendo modificar las Bases es su oferta.
|
|
|
|