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Resolución de empate |
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En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio N° 3
2° Criterio N° 4
3° Criterio N° 2
4° Criterio N° 1
5° Criterio N° 5
6° Criterio N° 6
7° Criterio N° 7
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los proponentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel proponente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
No obstante, si luego de aplicar el sistema de desempate precedentemente indicado, éste no se produce, se definirá la licitación en atención a la propuesta cuyo equipo de trabajo ofertado (Consultores y Jefe de Proyecto) posea la mayor cantidad de años promedio de experiencia en el desarrollo de consultorías, proyectos y/o estudios relacionados con el desarrollo de estudios de opinión, de satisfacción y calidad de servicio en materia de telecomunicaciones, en particular en: técnicas de diseño y aplicación de encuestas, determinación de tamaño de muestras, trabajo de campo, análisis estadístico de resultados, difusión de resultados, calculándose dicho promedio de la siguiente manera: (sumatoria de años de experiencia de cada integrante del equipo de trabajo / número de integrantes del equipo de trabajo).
De no resolverse la licitación de conformidad a las normas precedentes, esta será adjudicada mediante sorteo público.
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INTRODUCCIÓN |
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El Gobierno de Chile en materia de telecomunicaciones, ha definido como lineamientos estratégicos principales de política pública, la generación de una nueva institucionalidad que propenda a brindar un mayor impulso a la agenda digital a fin de otorgar banda ancha para todos, modernizar y actualizar la normativa vigente considerando el avance tecnológico, impulsar la convergencia de los servicios, fomentar la competitividad entre los distintos actores de la industria y orientar a la generación de una mayor calidad en la provisión de los servicios.
En lo que respecta a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante e indistintamente “la Subsecretaría”, la concreción y materialización de estos lineamientos estratégicos le significará jugar un papel fundamental, particularmente, en materia de fomento de la competitividad del mercado, el que se enmarca en su rol fiscalizador, en cuanto a controlar y supervigilar el funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones y la protección de los derechos de los usuarios, funciones que se desprenden de la Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones. En este contexto, resulta necesario formular las herramientas que tiendan a disminuir las asimetrías de información existentes entre los usuarios y las compañías proveedoras de los servicios y a incrementar la difusión de los derechos de los consumidores, bajo el supuesto que mientras más conocimiento y acceso a la información tengan los consumidores, mayor serán las exigencias que impongan a los prestadores de los servicios de telecomunicaciones, hecho que debiera repercutir en un aumento de la competitividad y en una mejor calidad de los servicios.
Precisamente en su rol de protectora de los derechos de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, la Subsecretaría entre los años 2006 y 2010 aplicó semestralmente una encuesta a nivel nacional denominada “Encuesta de Satisfacción de Usuarios con los Servicios de Telecomunicaciones” destinada a conocer la opinión de la ciudadanía, como destinataria final de la prestación de los diversos servicios, con el propósito de focalizar su tarea fiscalizadora.
El instrumental aplicado fue de carácter presencial con 2.170 encuestas aproximadamente a nivel nacional, destinadas a medir y evaluar sólo a nivel global el grado de satisfacción de los usuarios con los servicios de telefonía fija, larga distancia, telefonía celular, Internet y TV pagada.
A partir del año 2011, y en virtud de las carencias detectadas en la encuesta que se venía aplicando, se optó por reformularla y levantar un nuevo instrumento destinado a medir el grado de percepción y satisfacción de los usuarios, respecto de la calidad con que son provistos los servicios por cada una de las compañías sujetas a medición, siendo el objetivo principal el de propiciar un mayor grado de competitividad en el mercado y fortalecer la función del Estado en materia de protección de los derechos de los consumidores.
De esta manera, se diseñó un estudio descriptivo de carácter cuantitativo tomado a través de encuestas telefónicas aplicadas a cada uno de los servicios considerados en la medición y que se indican a continuación, con un muestreo de proporciones con representación nacional y regional y con la utilización de un sistema de entrevistas telefónicas asistidas por computador (Computer Assisted Telephone Interview, CATI).
Este instrumento fue aplicado para las encuestas realizadas en el primer y segundo semestre de los años 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, en el segundo semestre de 2018, 2019, 2020, 2022 y 2024 con los cuestionarios y metodología que el contratista diseñe al efecto para los servicios sujetos a medición.
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OBJETIVOS ESPECÍFICOS |
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a) Encargar a un tercero la ejecución de una encuesta que deberá realizarse, en nombre de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
b) Diseñar y proponer un instrumento de encuesta de carácter cuantitativo, con encuestas telefónicas aplicadas a los servicios de telefonía móvil e Internet móvil, con un muestreo de proporciones con representación nacional y con utilización de un Sistema de Entrevistas Telefónicas Asistidas por Computador (CATI).
c) Diseñar una metodología que permita efectuar comparaciones de resultados e indicadores con encuestas aplicadas en años anteriores.
d) Elaborar los indicadores que permitan conocer y evaluar el grado de satisfacción global y de satisfacción neta de los usuarios con relación a los servicios medidos, como también la tasa de problema de reclamos y la respectiva resolución de los mismos.
e) Comparar los niveles de satisfacción entre usuarios de diferentes compañías evaluadas y generar un ranking de las empresas.
f) Confeccionar y describir los indicadores orientados a evaluar la calidad con que son provistos los servicios objeto del estudio.
g) Estudiar y analizar los aspectos de mayor relevancia y las variables que explican la satisfacción, insatisfacción y satisfacción neta de los usuarios y la percepción de calidad de los servicios.
h) Medir el grado de satisfacción que obtienen los usuarios por empresa y tipo de servicios evaluados.
i) Levantar información asociada al grado de conocimiento que tienen los usuarios de servicios móviles de telecomunicaciones (voz y datos)
j) Preparar un análisis de benchmarking con los datos obtenidos, que permita comparar y efectuar un ranking de los servicios por empresa.
k) Generar informes con el análisis y comentarios de los resultados de las encuestas, tablas y gráficos comparativos entre tipos de servicios, por empresas, género, zonales, regionales, grupos etarios, otros.
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IDIOMA DE LA LICITACIÓN |
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Todo el proceso de licitación será en idioma español. Esto significa que no se aceptarán ofertas en otros idiomas.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
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La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases de licitación, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún proveedor, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando -de ser necesario- el plazo de cierre de recepción de ofertas hasta en ocho (8) días hábiles, para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
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Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 y que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores (UTP) un conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Esta UTP se constituye exclusivamente para un este proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, donde deberá constar que los referidos proveedores son empresas de menor tamaño y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores
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PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
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La oferta está compuesta por una parte técnica, otra económica y por los antecedentes administrativos, los que deberán presentarse obligatoriamente a través del Sistema de Información -sitio www.mercadopublico.cl-. Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que deba realizarse entrega física de documentos de conformidad con lo dispuesto con el artículo 49 del Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estos deberán ingresarse a través de la Oficina de Partes Virtual de la Subsecretaría www.subtel.gob.cl/oficina-partes, solo en caso que ello no sea posible podrán presentarse dichos documentos de manera presencial en la Oficina de Partes de la Subsecretaría ubicada en Amunategui 139, comuna de Santiago, entre las 9:00 y las 14:00 horas.
Se advierte, que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información- sitio www.mercadopublico.cl- y no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido. El plazo de validez de las ofertas se extenderá hasta el 31 de julio de 2026.
El proponente no podrá formar parte del mismo grupo empresarial ni encontrarse relacionado con otras empresas que participan en esta licitación. En caso que se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, se considerará únicamente una de las ofertas, la que resulte más conveniente según los criterios de evaluación establecidos en las Bases de licitación y se declararán inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa, la de menor valor, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo 61 del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda.
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Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores |
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1. En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, un instrumento público firmado por todos sus integrantes, en la que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente. Todos los integrantes de esta UTP deberán ser empresas de menor tamaño y cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
En dicho acuerdo, se deberá dejar claramente establecido, que la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión será solidaria, y cumplir las demás exigencias establecidas en el capítulo VI de las presentes Bases Administrativas.
La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XIV, letra b), de las presentes Bases Administrativas.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Finalmente en el referido acuerdo, todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán designar un mandatario común, con facultades suficientes para actuar en representación de todos ellos, individualizando dichas facultades. Asimismo, deberán indicar la persona natural o jurídica (integrante o representante) facultada para recibir el pago.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
2. Cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar firmada por sí o por su representante legal, de acuerdo a lo consignado en el numeral 1 del acápite “Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación”.
* Los proponentes deberán enviar la declaración jurada simple adjuntándola electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
3. En cuanto a los antecedentes que integran la Oferta Técnica, los que se consignan en el presente capítulo, en su acápite “Contenido de la Oferta Técnica”, al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
*Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Técnicos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
4. En caso que algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores se vea afectado por una causal de inhabilidad para la presentación de la oferta, la formulación de propuestas o la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, ésta deberá manifestar por escrito si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde que la Subsecretaría lo requiera al efecto.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría se reservará la facultad de analizar previamente si la propuesta que resultare de mantener la Unión Temporal de Proveedores con los integrantes hábiles es apta para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la contratación, ello sin perjuicio, además, de la posibilidad de reevaluar dicha oferta de acuerdo a los requisitos y criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de licitación.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes a que se refiere este capítulo, o el envío de éstos por un medio distinto del expresamente señalado, excluirá de la licitación al proponente, declarándose por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar a través del Sistema de Información a cualquier proponente que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la Subsecretaría. En este caso, se procederá conforme a lo dispuesto en el capítulo XI, de las presentes Bases Administrativas (Apertura y Evaluación de las Ofertas).
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los proponentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de éstos por ningún concepto.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una Comisión conformada por los siguientes funcionarios de la Subsecretaría, quienes a su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría consignada en el capítulo XVII de las presentes Bases Administrativas:
1. Bernardo Reyes Torres, Profesional, 4° E.U.S., profesional del Departamento Análisis y Planificación, de la División Fiscalización.
2. Italia Barrera Olivares, Profesional, 8° E.U.S., profesional del Departamento Análisis y Planificación, de la División Fiscalización.
3. Eduardo Gálvez López, Profesional, 4° E.U.S., Asesor de Gestión de la División Fiscalización.
Si uno o más de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de evaluación de propuestas, el o los integrantes(s) que se vean impedido(s) de participar, será reemplazado por la funcionaria Jessica Muñoz Montenegro, Profesional, 6° E.U.S., del Departamento Análisis y Planificación, de la División Fiscalización, quien desempeñará las funciones de integrante de la Comisión Evaluadora de las ofertas.
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada proponente en los criterios a evaluar consignados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto a la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la licitación.
Corresponderá también a la Comisión Evaluadora en su labor de colaboración con el Jefe Superior del Servicio, dar respuesta a las consultas y reclamos que se formulen durante el proceso licitatorio y respecto de la adjudicación o de la declaración de desierta de la licitación, según sea el caso
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La presente licitación se realizará en una sola etapa, por tanto, en el acto de apertura electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier proponente, a través del Sistema de Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere el principio de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases.
Los proponentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el penúltimo día hábil del plazo establecido para la evaluación de las propuestas, a través del Sistema de Información o, de ser el caso, ingresando la información requerida en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en un sobre cerrado dirigido al Jefe de la División Administración y Finanzas, rotulado: “Antecedentes Complementarios Licitación Pública denominada: Encuesta de Satisfacción de Usuarios y Medición del Nivel de Calidad de Servicios de Telecomunicaciones”, y con el nombre de la proponente.
La calificación de las distintas propuestas y el correspondiente proceso de selección, se realizará en atención a los siguientes criterios
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ADJUDICACIÓN |
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La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información, notificará a los postulantes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley N°19.886, artículo N°9º, la Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación de la Resolución de adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo V, de Etapas y Plazos de la Licitación, apartado “Adjudicación”, de las presentes Bases Administrativas, la Subsecretaría informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
En caso que la adjudicataria se desistiese de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta. En este caso, tal como se señala en el capítulo X de las presentes Bases Administrativas, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada por la adjudicataria
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CONTRATO |
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La Subsecretaría y la adjudicataria suscribirán un contrato dentro del plazo de veinte (20) días corridos contados desde la notificación de la adjudicación. En caso que el contrato haya de formalizarse con una Unión Temporal de Proveedores, el contrato se suscribirá con el representante que sus integrantes hayan designado en el instrumento que formalizó la Unión y que se adjuntó a la oferta respectiva. Si, por cualquier motivo, la Unión procediere a designar un nuevo representante por acto posterior, dicha modificación deberá ser inmediatamente comunicada a esta Subsecretaría, adjuntando copia del acto respectivo, debiendo ser el nuevo mandatario quien comparezca en representación de la Unión, sea para la suscripción del contrato o durante su ejecución, según el caso.
Firmado el contrato por la adjudicataria, corresponderá a la Sra. Subsecretaria firmar el contrato en representación de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
Una vez firmado el respectivo contrato por las partes, se procederá a dictar el acto administrativo que lo apruebe formalmente.
Cabe advertir que en caso que la adjudicataria no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a ésta como desistida de su oferta
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MONTOS Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
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a) Presupuesto de la contratación:
El presupuesto máximo disponible para la presente contratación asciende a la suma de $96.500.000.- (noventa y seis millones quinientos mil pesos), impuestos incluidos.
b) Vigencia del Contrato:
El contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán iniciarse previo a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el referido contrato, quedando su pago supeditado a su total tramitación.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
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La Contraparte Técnica de la Subsecretaría en la prestación del servicio estará integrada por tres (3) funcionarios de la División Fiscalización de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
1. Sr. Rodrigo Vásquez Olivares, Profesional Grado 7°, Jefe del Departamento Análisis y Planificación.
2. Sra. Ruth Raff Aranda, Profesional Grado 9, profesional del Departamento Análisis y Planificación.
3. Sr. Fernando Carvajal Basualto, Profesional, Grado 10° E.U.S., profesional del Departamento Análisis y Planificación.
Si uno de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de evaluación de propuestas, el integrante que se vea impedido de participar será reemplazado por el funcionario que a continuación se individualiza:
Sr. Pablo Reyes Torres, Profesional Grado 11° de la EUS, Asesor del Depto. Análisis y Planificación.
Esta Contraparte Técnica deberá evaluar los productos parciales y finales que se entreguen durante la ejecución del contrato, aclarar y orientar respecto del desarrollo de las actividades, aprobar o rechazar los cambios en el equipo profesional destinado a cumplir las obligaciones del contrato, recibir conforme cada uno de los productos entregados por el contratista, realizar toda otra labor que estas Bases de licitación le encomienden y, en caso de atrasos en la entrega de los servicios contratados, pronunciarse respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se alegase.
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FORMA DE PAGO |
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a) Forma de pago
Se pagará el valor total establecido por el contratista en su oferta económica, en dos (2) cuotas, una vez que se encuentren ejecutados y aprobados los trabajos respectivos por parte de la Subsecretaría y que se dé cumplimiento a los siguientes requisitos:
i) Que el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitado.
ii) Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto a la recepción conforme de cada uno de los productos entregados por el contratista.
iii) Que el contratista al momento de emitir el documento electrónico remita el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago.
iv) Que el contratista presente junto con cada boleta o factura el correspondiente, “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo que dé cuenta que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social impagas, durante los dos últimos años, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudicó la licitación pública a través del Sistema de Información, si procede.
En caso que al momento de contratar, el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, éste deberá destinar el primer estado de pago producto del contrato al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.
Será deber del contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, correspondiendo a esta Subsecretaría verificar la realización de los respectivos pagos y exigir al contratista la entrega de los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el referido proveedor no podrá participar.
Si el contratista no acredita el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la Subsecretaría podrá retener el monto de que es responsable de conformidad a lo dispuesto en el artículo N°183-C del Código del Trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas.
La forma de pago será en dos (2) cuotas, una vez ejecutados y aprobados los productos que se indican a continuación:
Informes a entregar* Porcentaje de pago Fecha máxima de entrega
Informe Etapa I: Preparación Encuesta 2026.
40% 14 de agosto de 2026
Informe Etapa II: Aplicación Encuesta 2026 e Informe de Resultados. 60% 04 de diciembre de 2026
(*) El contenido de los productos se encuentra detallado en el capítulo V de las Bases Técnicas.
b) Multas o sanciones
Si por razones no imputables a la Subsecretaría se produjesen atrasos en la entrega de los informes señalados en el literal a) del presente capítulo, ésta aplicará a título de multa, la cantidad de $100.000.- (cien mil pesos) por cada día corrido de retraso (considerándose como día completo, aquella fracción superior a seis horas), con un tope de cinco (5) días hábiles de atraso, luego de los cuales se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo señalado en el capítulo XIX, numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
En caso de verificarse atrasos en la entrega de los servicios referidos en el párrafo anterior, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo XX de las presentes Bases Administrativas y, notificada al contratista la Resolución que impone la multa, la Subsecretaría cobrará su importe por la vía administrativa, deduciéndola del valor facturado por el contratista en el período correspondiente.
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MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
3. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones esenciales contraídas por la contratada, entendiéndose por tal, el atraso en la entrega de los informes señalados en el literal a) del capítulo anterior, que exceda de cinco (5) días hábiles; el cambio por parte del contratista, de los profesionales que conforman el equipo de trabajo sin el consentimiento previo de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría; y/o el incumplimiento total o parcial de cualquiera de las actividades consignadas en el capítulo III de las Bases Técnicas de la presente licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de licitación podrán establecer otras circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista.
4. En caso de ser el contratista una Unión Temporal de Proveedores:
a. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Si se constata que la Unión Temporal de Proveedores ocultó información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
5. La notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Si el contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
En caso de término anticipado, el contratista deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el contratista.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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En caso que el contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las presentes Bases de licitación conlleven la aplicación de una o más medidas, tales como multa, cobro de garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato o término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de suscripción del contrato.
El contratista podrá manifestar sus descargos por escrito, en relación con el eventual incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la referida notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. Transcurrido dicho plazo, la Subsecretaría se pronunciará sobre la aplicación de la medida propuesta por la Contraparte Técnica, mediante Resolución fundada. En caso que se hubieren formulado descargos, dicha resolución deberá pronunciarse sobre ellos, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por el contratista. La Resolución que se pronuncie sobre la aplicación de la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si durante la ejecución del contrato, se produjesen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieran u ocasionaran atrasos en la entrega de los servicios contratados, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de responsabilidad, en un plazo de cinco (5) días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable al contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación formulada por el contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá al Jefe Superior del Servicio la aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de licitación. La Resolución fundada que aplique la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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LEGISLACIÓN APLICABLE |
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El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las Leyes de la República de Chile.
Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
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NORMAS DE TRABAJO |
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Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad a las siguientes normas:
a) Confidencialidad de la Información:
Según lo prescribe el artículo N°7° de la Ley N°19.628, las personas que trabajan en el tratamiento de datos personales o tengan acceso a éstos de otra forma están obligadas a guardar secreto sobre los mismos, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con el banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo.
En virtud de lo anterior, el contratista deberá garantizar la confidencialidad en el manejo de la información relacionada con la asesoría. Los informes y documentos generados, datos recabados y modelos desarrollados y/o actualizados durante y después de la realización de los trabajos encomendados, los resultados de éstos, así como la información suministrada por la Subsecretaría, serán de propiedad de ésta y el contratista no podrá hacerlos públicos, ni difundir opiniones sobre éstos, ni utilizarlos para otros fines sin la autorización expresa de parte de esta Subsecretaría. En caso contrario, la Subsecretaría se reserva el derecho de entablar las acciones judiciales correspondientes.
En caso que el contratista contravenga la obligación de confidencialidad descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XIX, numeral 2, de las presentes Bases Administrativas.
b) Uso de la información:
En virtud del principio de finalidad que debe observarse en materia de protección de datos, según lo dispone el inciso primero del artículo N°9° de la Ley N°19.628, el proveedor solo podrá utilizar la información que la Subsecretaría de Telecomunicaciones le entrega para el fin que ha sido contratado.
En caso que el contratista contravenga el principio de finalidad consignado en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XIX, numeral 2, de las presentes Bases Administrativas.
c) Subcontratación:
Para la realización de actividades específicas del estudio -con excepción a las relativas al call center a través del cual realizará las encuestas telefónicas, el que debe ser de propiedad del contratista-, la adjudicataria podrá subcontratar parcialmente con otra empresa o profesionales especialistas, siempre que lo indique claramente en su oferta, y acompañe, respecto de la persona jurídica, su currículum y el currículum vitae de todos los profesionales que serán destinados a la ejecución de las labores, debiendo éstos últimos, contar con igual o superior nivel de experiencia al requerido en el párrafo primero del capítulo II de las Bases Técnicas y siéndoles aplicable al proponente y a los profesionales la prohibición consignada en el párrafo segundo del mismo. En el caso de tratarse de profesionales especialistas, esto es, personas naturales, deberá incluir el currículum de la persona en el equipo profesional destinado a realizar las labores. Lo anterior sin perjuicio que la responsabilidad del cumplimiento del contrato permanecerá en el contratista adjudicado.
En tal caso el contratista deberá presentar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación, los antecedentes consignados en el numeral 2) del capítulo IX de las Bases Administrativas, respecto del o los subcontratista (s), debiendo utilizar, respecto de las declaraciones juradas allí requeridas, los formatos que se adjuntan en los Anexos N°2 o N°3, según corresponda, de las presentes Bases de licitación.
Asimismo, el contratista deberá acompañar una declaración jurada simple del subcontratista, firmada por éste si es persona natural o por su representante legal, tratándose de personas jurídicas, acreditando que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades consignadas en el artículo N°4º inciso 1° y 6° de la Ley Nº19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, debiendo utilizar al respecto el formato que se adjunta en el Anexo N°1 de las presentes Bases de licitación.
Por otra parte, si durante la prestación de los servicios el contratista adjudicado requiere efectuar subcontrataciones distintas a las señaladas en su oferta, éste deberá solicitar en forma previa la autorización de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, debiendo acompañar en dicho acto todos los antecedentes señalados en los párrafos precedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, el contratista no podrá subcontratar cuando la persona del subcontratista o sus socios o sus administradores, se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades o incompatibilidades contempladas en el artículo N°92, en relación con lo dispuesto en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo N°76, ambos del Reglamento de la Ley N°19.886.
En caso de contravención a lo indicado, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XIX numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
d) Cambios en el equipo de trabajo definido inicialmente en la oferta:
Si el contratista desea efectuar cambios en el equipo profesional (Jefe de proyecto y consultores) destinado a cumplir las obligaciones del contrato, deberá informar, justificar y solicitar la aprobación de los cambios a la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, con una antelación no inferior a siete (7) días hábiles. El contratista deberá identificar con sus respectivos currículum a los profesionales propuestos, los cuales deberán tener igual o superior experiencia que los consultores o Jefe de Proyecto ofertados -según corresponda-, en las materias requeridas en el primer párrafo del capítulo II de las Bases Técnicas y les será aplicable la prohibición consignada en el párrafo segundo del mismo capítulo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría aprobará o rechazará la petición, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recepcionada la solicitud.
En caso que el contratista contravenga la obligación de requerir a la Contraparte Técnica de la Subsecretaría la autorización para aprobar los cambios en el equipo de trabajo descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XIX numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
e) Coordinación del trabajo:
Durante la ejecución del contrato, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría podrá solicitar al contratista la entrega de estados de avance, los que serán evaluados por ésta, pudiendo hacer todos los reparos y observaciones que estime pertinentes, ante lo cual, el contratista tendrá la obligación de evaluar la forma en que dichas observaciones pueden ser incorporadas en el trabajo, en coordinación con dicha Contraparte Técnica.
Los dos (2) Informes a entregar por el contratista, según lo establecido en el capítulo XVIII letra a) de las Bases Administrativas, serán revisados por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, pudiendo ésta hacer todos los reparos y observaciones que estime pertinente, dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde su recepción en Oficina de Partes. Por su parte, el contratista tendrá un plazo de tres (3) días hábiles, contados desde la fecha de recepción de las observaciones, para hacer las modificaciones procedentes y reingresar el nuevo informe a la Subsecretaría. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría contará con un plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados desde la fecha de su recepción en Oficina de Partes, para la nueva revisión. Deberá también dentro de este plazo, informar al contratista si es necesario realizar nuevas modificaciones o si éste ha sido aceptado sin ningún reparo.
En caso de existir nuevos reparos, el contratista tendrá un plazo máximo de tres (3) días hábiles para hacer las modificaciones pertinentes y reingresar el nuevo informe a la Subsecretaría. Este último reingreso se considerará el definitivo.
Finalmente, en caso que el informe definitivo no incorpore las modificaciones solicitadas por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, relacionadas con los objetivos y actividades establecidas en la presente contratación, se entenderá que dicha situación constituye causal de incumplimiento grave de las obligaciones esenciales contraídas por el contratista, conforme a lo establecido en el capítulo XIX numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
f) Cambios en las actividades definidas:
La Subsecretaría, en el transcurso del proyecto y cuando sea estrictamente necesario para el desarrollo adecuado de la consultoría y el alcance de los resultados esperados, podrá modificar o eliminar los productos señalados en los capítulos IV y V de las Bases Técnicas, y/o cualquiera de las actividades indicadas en el capítulo III de las mismas, previo acuerdo con el contratista.
En caso que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría acuerde con el contratista eliminar la realización y entrega de cualquiera de los informes definidos en el capítulo IV y V de las Bases Técnicas, la Subsecretaría rebajará del monto a pagar al contratista el porcentaje equivalente asignado al informe respectivo en el capítulo XVIII letra a) de las Bases Administrativas.
g) Modificación de plazos:
La Subsecretaría podrá modificar las fechas establecidas para la entrega de productos cuando esto sea estrictamente necesario para el alcance de los resultados esperados, previo acuerdo con el contratista.
h) Transferencia y Entrega de Resultados:
Los resultados de este estudio se entregarán en el informe etapa I e informe etapa II según se indica y describe en el capítulo V de las bases técnicas. Dichos informes deberán entregarse en formato digital para cada una de las entregas. El ingreso por oficina de partes deberá incluir los archivos en algún medio digital en formato pdf.
i) Cuestionarios, formularios y otros.
El contratista estará obligado a entregar a la Contraparte Técnica de la Subsecretaría los cuestionarios innominados u otros instrumentos de recolección de datos en virtud de los cuales haya recopilado información acerca de las personas encuestadas.
j) Tratamiento de la Información.
A efectos de garantizar los derechos de terceros, el contratista deberá informar a las personas encuestadas del carácter facultativo de las respuestas y el propósito para el cual se está solicitando la información. La comunicación de sus resultados debe omitir las señas o datos que puedan permitir la identificación de las personas consultadas. Lo anterior, de conformidad con las normas contenidas en la Ley N°19.628, y para el caso, con las normas de la Ley N°17.374, respecto de aquellos contratistas afectos al secreto estadístico. El no cumplimiento del tratamiento debido de la información en los términos señalados precedentemente, constituirá un incumplimiento grave del contrato, dando derecho al término anticipado del contrato, cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
k) Procedimientos de entrega y destrucción de información utilizada para el estudio.
La Subsecretaría de Telecomunicaciones pondrá a disposición de la contratada las bases de clientes por servicio, anónimas y sin números telefónicos de contacto en un repositorio digital diseñado especialmente para este fin con las herramientas que dispone Google.
Para estos efectos, la contratada deberá informar a la Subsecretaría un único correo electrónico de acceso a dicha información indicado las personas autorizadas que tendrán acceso a la mencionada casilla electrónica.
La adjudicataria deberá extraer de dichas bases la muestra necesaria y suficiente dando estricto cumplimiento al principio de proporcionalidad definido para el estudio, las cuales deberán ser dejadas en el mismo repositorio.
Bajo el mismo procedimiento antes indicado, la Subsecretaría enviará a las empresas de telecomunicaciones dichas muestras para que sean completadas con los números telefónicos de contacto. Recibida la información, la Subsecretaría pondrá a disposición de la contratada, en el mismo repositorio digital, las muestras por servicio, con números telefónicos de contacto para la realización de las encuestas.
Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de terminado el estudio la Subsecretaría de forma interna procederá a eliminar el repositorio de datos con toda la información contenida en ella, levantando un acta de ello, la que será suscrita por la (el) funcionaria(o) autorizada(o) para el manejo de la información y el Jefe de la División Fiscalización de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
Una vez terminado el trabajo de campo, será responsabilidad de la contratada la destrucción del 100% de la información entregada. Lo anterior, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de concluida la encuesta. Para estos efectos, la contratada, al inicio del estudio, deberá informar a la Subsecretaría el lugar donde se encuentran alojados los datos, las personas que tienen acceso a ellos, los procedimientos, estándares de seguridad que utiliza para el resguardo de la información y cualquier otro dato que sea necesario en materia de cumplimiento de estándares de seguridad de la información.
El proceso de destrucción de los datos por parte de la contratada deberá ser informado y documentado a la Subsecretaría, debiendo para ello, la contratada certificar el proceso de destrucción de los datos a través de un documento firmado ante notario público.
l) Derechos de terceros:
A fin de garantizar los derechos de terceros, el contratista deberá informar a las personas encuestadas del carácter facultativo de las respuestas y el propósito para el cual se está solicitando la información. La comunicación de sus resultados debe omitir las señas o datos que puedan permitir la identificación de las personas consultadas. Lo anterior, de conformidad con las normas contenidas en la Ley N° 19.628, y para el caso, con las normas de la Ley N° 17.374, respecto de aquellos contratistas afectos al secreto estadístico. El no cumplimiento del tratamiento debido de la información en los términos señalados precedentemente, constituirá un incumplimiento grave del contrato, dando derecho al término anticipado del contrato, cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
m) Mandato.
La adjudicataria, realizará la encuesta y por tanto el tratamiento de datos a cuenta y riesgo de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
La Subsecretaría de Telecomunicaciones – en tanto Órgano de la Administración del Estado- sujeta todo tratamiento de datos personales y sensibles a lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; además está sujeto al resguardo del secreto estadístico y demás norma aplicables; y a los principios orientadores de la protección de datos que informan su tratamiento.
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BASES TÉCNICAS |
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LA OFERTA TÉCNICA DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
I. CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA.
1. Currículum de la persona natural o jurídica participante: El oferente deberá incluir el currículum de la persona natural o jurídica participante. De acuerdo a los criterios de evaluación, el currículum deberá dar cuenta de su experiencia comprobada, indicando años, en la realización de consultorías y/o estudios sobre proyectos relacionados con la presente licitación, asociados con el desarrollo de estudios de opinión, de satisfacción y calidad de servicio, particularmente aquellos que considere cualquiera de las siguientes temáticas: técnicas de diseño y aplicación de encuestas telefónicas de satisfacción y calidad de servicio, conocimientos de derechos de usuarios, determinación de tamaño de muestras, trabajo de campo, análisis estadístico de resultados y difusión de los mismos, debiendo el proponente avalar su experiencia mediante una lista de las consultorías y/o estudios sobre proyectos realizados en las materias referidas, indicando nombre de la consultoría y/o estudio, año en que se realizó, breve descripción del trabajo realizado y nombre de la entidad a la que se prestó el servicio, debiendo para ello utilizar el formato contenido en el Anexo Nº 4 de las presentes Bases de licitación. En caso de no enviar dicho Anexo, la propuesta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que pueda, de forma adicional, acompañar un currículum en otro formato.
En caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, y en virtud de lo establecido en el artículo 181, inciso segundo, del Reglamento de la Ley de Compras, al momento de presentación de las ofertas los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.
2. Currículum Vitae de todos los profesionales que serán destinados a la ejecución de las labores objeto del servicio licitado: El proponente deberá incluir el currículum de todos los profesionales que participarán en el desarrollo del proyecto (consultores y Jefe de proyecto). En cada currículum deberá individualizar y describir en términos breves los estudios, consultorías, proyectos y/o estudios, relacionados con el desarrollo de estudios de opinión, de satisfacción y calidad de servicio en materia de telecomunicaciones en el sector público, En particular en: técnicas de diseño y aplicación de encuestas, determinación de tamaño de muestras, trabajo de campo, análisis estadístico de resultados, difusión de resultados, etc. En síntesis, en cada currículum se deberá incluir el listado de los proyectos, consultorías y/o estudios realizados, indicando, al menos, las siguientes características: Fecha (mes-año); nombre del proyecto, consultoría y/o estudio; entidad (pública o privada) a la que se prestó el servicio y; breve descripción del trabajo realizado. Para ello, el proponente deberá utilizar el formato contenido en el Anexo Nº 5 de las presentes Bases de licitación. En caso de no enviar dicho Anexo, la propuesta será declarada inadmisible. Adicionalmente, el currículum deberá adjuntarse en un formato que facilite la lectura y ubicación de los parámetros a evaluar.
3. Descripción del trabajo a realizar y su metodología: El proponente deberá acompañar un informe que contenga la descripción de las actividades a realizar y de los productos a entregar, la metodología de trabajo asociada y el tamaño muestral a nivel nacional, por empresa y tipo de servicio, respecto de las mediciones a realizar.
El proponente deberá presentar en su propuesta un margen de error igual o menor a un 3,7%, con un nivel de confianza de un 95%, a nivel nacional, por empresa y para cada uno de los servicios sujetos a evaluación.
Específicamente, el oferente deberá definir y proponer el grupo objetivo de la encuesta, el diseño muestral y la muestra a considerar para la medición, con el margen de error igual o menor al 3,7% y el nivel de confianza de un 95%, requerido por esta Subsecretaría, a nivel nacional, por empresa y para los servicios de telefonía móvil e Internet móvil.
Para la presentación de la información requerida en el presente punto, el proponente deberá utilizar el formato contenido en el Anexo Nº6 de las presentes Bases de licitación. En caso de no enviar dicho Anexo, la propuesta será declarada inadmisible.
Finalmente, para la confección del informe requerido, el oferente deberá basarse en las especificaciones técnicas indicadas en el capítulo VI de las presentes Bases Técnicas denominado “Anexo Técnico”.
4. Plan de Trabajo: El proponente deberá presentar un plan de trabajo (carta Gantt) que incluya, a lo menos, plazos y cronograma detallado para el desarrollo de las actividades encomendadas y la identificación clara de los profesionales que trabajarán en cada etapa del servicio a prestar. Asimismo, el oferente deberá describir el call center a través del cual realizará las encuestas telefónicas -el que debe ser de su propiedad-, debiendo indicar su ubicación, el equipamiento técnico, computacional e infraestructura asociada para la ejecución de entrevistas telefónicas asistidas por computador, mediante la utilización del Sistema CATI (Computer Assisted Telephone Interview). Además, el oferente deberá señalar la cantidad de supervisores y número de encuestadores a emplear en la realización de encuestas telefónicas a través del referido call center.
Asimismo deberá consignar en su oferta el nombre y proveedor de la herramienta computacional que utilizará para, a partir de bases universales, generar las muestras necesarias y suficientes para la realización de la encuesta, considerando para ello que se lleve a cabo con la menor cantidad de datos posible para el logro de los objetivos planteados, dando así estricta observancia del principio de proporcionalidad, que debe observarse en esta materia.
Finalmente, el oferente deberá informar a la Subsecretaría el modelo aplicado para efectuar el proceso de reclutamiento (perfiles), selección y capacitación de los encuestadores para ambas encuestas, a fin de asegurar la correcta aplicación del instrumento y nivel de confiabilidad de los resultados.
5. Integridad: de acuerdo a lo ordenado en el Dictamen E370752 de 2023, de la Contraloría General de la República, el oferente deberá indicar si cuenta con programas de integridad conocidos por su personal. En caso de contar con dicho programa, se deberá acompañar a la oferta para efectos de una correcta aplicación del criterio de evaluación N°6, establecido en el Capítulo XII de las Bases Administrativas que rigen la presente licitación. Dicho programa deberá demostrar que el oferente ha tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para el oferente y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la licitación y en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.
Si el proponente no adjunta su programa de integridad, se evaluará con el puntaje correspondiente de acuerdo al criterio de evaluación previamente citado.
6. Sustentabilidad y Sello de Impacto Social. El oferente deberá indicar y acreditar, en conformidad a lo dispuesto en el criterio de evaluación N°7, si cuenta con criterios de sustentabilidad y/o sello de impacto social, acreditando lo señalado mediante certificaciones, sellos, reconocimientos u otros instrumentos verificables que den cuenta que el proveedor implementa políticas practicas o modelos de gestión orientados, entre otros aspectos, a la protección del medio ambiente, el uso eficiente de los recursos, la economía circular, la inclusión social, la equidad de género, el comercio justo o el desarrollo sostenible.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en los Anexos de Antecedentes Técnicos respectivos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información para que su oferta sea admisible.
** Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación implica que los proponentes han analizado las respectivas bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas formuladas con anterioridad a la presentación de su oferta y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reserva ni condiciones a toda la documentación referida, no pudiendo modificar las Bases con sus ofertas.
II. CARACTERÍSTICAS DEL EQUIPO DE TRABAJO DEL OFERENTE
El personal que se asigne al desarrollo de los trabajos (Jefe de Proyecto y consultores), deberá estar compuesto, principalmente por un equipo de profesionales y/o técnicos con experiencia deseable en estudios de opinión y de satisfacción, en particular en: técnicas de diseño de encuestas, determinación de tamaño de muestras, trabajo de campo, análisis estadístico y difusión de resultados en el sector público y en materia de telecomunicaciones.
Cabe advertir, que ni el proponente- sea persona natural o jurídica- ni ninguno de sus profesionales en forma personal, podrá tener participación mayoritaria en la propiedad o formar parte del directorio de alguna concesionaria de servicio público de telecomunicaciones. Asimismo, las personas naturales que formen parte del equipo profesional asignado al desarrollo de los trabajos, no podrán encontrarse prestando servicios a concesionarias de servicio público de telecomunicaciones telefónico y de transmisión de datos, en temas relacionados con la materia de estas Bases. Esta prohibición, regirá desde la notificación de la adjudicación en el Sistema de Información, hasta la total aprobación de los informes de las Etapas I y II entregados a la Contraparte Técnica de la Subsecretaría. No obstante, tratándose de personas jurídicas sin fines de lucro, como las universidades, esta limitación recaerá exclusivamente sobre los profesionales asignados al desarrollo de los trabajos.
La proponente deberá especificar en su propuesta el nombre del profesional que actuará como Jefe de Proyecto durante la realización de los trabajos, el cual deberá estar ubicable permanentemente para la Subsecretaría durante la ejecución del contrato. Asimismo, deberá tener disponibilidad para asistir a reuniones, las que serán fijadas con la debida antelación y de común acuerdo con la Contraparte Técnica de la Subsecretaría.
Para la realización de actividades específicas de la consultoría, el contratista podrá subcontratar a otra empresa o profesionales especialistas, siempre que lo indique claramente en su oferta y acompañe, respecto de la persona jurídica, su currículum y el currículum vitae de todos los profesionales que serán destinados a la ejecución de las labores, debiendo éstos últimos, contar con igual o superior nivel de experiencia al requerido en el párrafo primero de este capítulo y siéndoles aplicable al proponente y a los profesionales la prohibición consignada en el párrafo segundo del mismo. En el caso de tratarse de profesionales especialistas, esto es, personas naturales, deberá incluir el currículum de la persona en el equipo profesional destinado a realizar las labores, el cual es parte de la Oferta Técnica, debiendo regirse por lo indicado en el capítulo XXII, letra b), de las Bases Administrativas.
III. ACTIVIDADES A REALIZAR
El contratista deberá diseñar y aplicar una (1) encuesta (estudio) durante el año 2026. Dicha encuesta se deberá aplicar entre el 01 de septiembre y el 31 de octubre de 2026 y sus resultados deberán contar con las cualidades necesarias que permitan conocer la opinión y el nivel de satisfacción de los usuarios de los servicios de telefonía móvil e Internet móvil, e , por empresa, así como conocer la percepción respecto del nivel de problemas encontrados, la resolución de reclamos con los servicios sujetos a evaluación y los canales de atención involucrados así como el grado de conocimiento de los usuarios respecto de sus derechos y calidad de servicio.
Luego, con la información recabada el contratista deberá analizar los resultados y entregar los informes respectivos para su posterior difusión pública, a través de los medios que esta Subsecretaría determine.
Durante la ejecución de las actividades consignadas en el presente capítulo, el contratista deberá asistir a reuniones de coordinación e informar acerca del estado de avance del proyecto, a petición de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, elaborando al efecto minutas o presentaciones en las que se detallen las actividades realizadas, grado de avance de los productos y resultados, así como las consideraciones, problemas o contingencias encontradas durante el desarrollo de los mismos. Dichas reuniones serán programadas con, al menos, 24 horas de anticipación y serán realizadas en las dependencias de la Subsecretaría o por medios tecnológicos previamente acordados.
Cabe hacer presente que para realizar las actividades que a continuación se describen, el contratista deberá considerar e incorporar los aspectos consignados en el capítulo VI de estas Bases Técnicas, denominado “Anexo Técnico”.
El servicio en comento se ha dividido en dos etapas y las actividades que deberá realizar el contratista en cada una de ellas serán las siguientes:
1) Etapa I: Preparación Encuesta 2026:
a) Desarrollar todo el diseño metodológico de la encuesta con la respectiva propuesta de cuestionarios a aplicar, para cada uno de los servicios y con preguntas atingentes a los mismos. El diseño metodológico de los instrumentos de encuestas y la propuesta de cuestionarios deberán ser presentadas a la Contraparte Técnica de la Subsecretaría para su revisión y aprobación.
b) De acuerdo a lo propuesto por el contratista en su Oferta Técnica, aplicar el grupo objetivo de la encuesta, el diseño muestral, el margen de error, el nivel de confianza y la muestra para la medición, la que deberá ejecutarse entre el 01 de septiembre y el 31 de octubre de 2026, a nivel nacional, por empresa y para los servicios de telefonía móvil, e Internet móvil. .
c) La generación de las muestras aleatorias necesarias para la ejecución de la encuesta 2026, que aplicará el grupo objetivo de la encuesta, el diseño muestral, a partir de las bases totales de clientes de las empresas entregadas por la Subsecretaría, las cuales vendrán en una primera etapa completas pero anonimizadas, con un correlativo sin número de contacto.
d) Aplicar herramientas cualitativas tales como focus groups, a objeto de detectar posibles mejoras a los cuestionarios y nuevos antecedentes para complementar y fortalecer el estudio requerido por la Subsecretaría.
e) Diseñar conjuntamente con la Subsecretaría los modelos de cuestionarios para cada uno de los servicios, con las dimensiones y atributos asociados de manera que permitan medir el grado de satisfacción de los usuarios y la calidad de los servicios, pudiendo incorporar en cualquiera de ellos preguntas específicas asociadas a otros servicios de telecomunicaciones.
f) Considerar en los cuestionarios un módulo de preguntas orientadas a medir de forma asistida el grado de conocimiento que tienen los usuarios sobre sus derechos en los servicios de telecomunicaciones, cuyo índice resultante debe ser a nivel global y por género, y otro módulo de preguntas orientadas a medir la satisfacción de aquellos encuestados que indiquen haber cursado algún reclamo directamente ante esta Subsecretaría, de forma presencial o digital, cuyo índice resultante debe ser a nivel global y por género. Lo anterior a objeto de medir nivel de satisfacción de los usuarios/as por canal de atención utilizado para presentar un reclamo en Subtel.
g) El contratista deberá entregar todas las facilidades para que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría pueda acceder al lugar donde se esté ejecutando el proceso de recolección de datos por parte de los encuestadores, si resulta procedente.
h) Validar el instrumento (cuestionario), a través una prueba piloto, la que no podrá realizarse con posterioridad al 31 de julio 2026.
i) Confeccionar un informe de resultados de la prueba piloto realizada, incorporando las recomendaciones de modificaciones que sean necesarias de realizar, especialmente a los cuestionarios.
j) Presentar a la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, la planificación y cronograma del trabajo de campo de aplicación de la encuesta general, del análisis de los datos recopilados, de la entrega de los informes y de la evaluación de resultados.
2) Etapa II: Aplicación Encuesta 2026 de Informe de Resultados:
a) Aplicar la encuesta telefónica a través de call center de propiedad del contratista, utilizando del Sistema de entrevistas telefónicas asistidas por computador (CATI).
b) Ejecutar la tabulación de los datos recolectados.
c) Analizar los datos recopilados y efectuar una presentación preliminar con los resultados obtenidos a la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, cuya fecha deberá ser acordada entre las partes.
d) Evaluar el resultado de la encuesta desde la perspectiva de los objetivos del estudio y proponer posibles mejoras o perfeccionamientos de la encuesta para futuras aplicaciones.
e) Estudiar y analizar los aspectos de mayor relevancia y las variables que explican la satisfacción e insatisfacción de los usuarios, por tipo de servicio y empresa evaluada.
f) Preparar un análisis de benchmarking con los datos obtenidos, que permita comparar y efectuar un ranking de los servicios evaluados, por empresa.
g) Entregar informe sobre los resultados obtenidos en la encuesta y efectuar una presentación de éstos ante la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, con los medios electrónicos correspondientes.
h) Poner a disposición de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, la base de datos de la encuesta para consultas electrónicas posteriores y que permitan consultas en página WEB.
i) Certificar la eliminación de la información entregada por la Subsecretaría, dando cumplimiento a lo dispuesto en el capítulo XXII, literal k), de las Bases Administrativas.
IV. PRODUCTOS ESPERADOS
Los productos esperados que deberá entregar el contratista a la Subsecretaría se traducen en la elaboración de documentos, informes y acciones, cuyo contenido se detalla a continuación :
- Documentos:
• Todos los formularios, fichas de las encuestas, registro de llamados.
• Informes que contengan las encuestas aplicadas.
• Datos tabulados con todos los campos de información proporcionados en medios electrónicos (en formato estándar, tipo de archivo de texto o planilla Microsoft Excel), para ser analizados y puestos a disposición del público en general.
- Presentaciones realizadas ante la Contraparte Técnica de la Subsecretaría:
• Resultado de prueba piloto.
• Resultados de las encuestas de todos los parámetros medidos, tendencias y comparaciones.
• Entrega de la base de datos a la Subsecretaría.
- Entregar resultados nacionales y para las regiones de Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, Biobío, La Araucanía y Los Lagos, en formato Microsoft PowerPoint, para la ejecución de actividades de difusión por parte de la Subsecretaría en donde se darán a conocer los resultados de la encuesta a nivel nacional o por región, según corresponda. Si fuere necesario requerir otras regiones adicionales a las antes indicadas, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informará de ello al contratista.
V. INFORMES DE RESULTADOS
El contratista deberá entregar a la Subsecretaría dos (2) informes, uno por cada etapa del estudio encomendado, junto con sus respectivas presentaciones en Microsoft PowerPoint con los resultados y conclusiones, y con cualquier hallazgo cuya presentación, a juicio del contratista, sea pertinente realizar. Estos informes deberán orientarse a dar cumplimiento a los objetivos consignados en las presentes Bases de Licitación. Las presentaciones deberán realizarse ante la Contraparte Técnica de la Subsecretaría en las fechas y horas acordadas con ésta.
Para la preparación de los informes, el contratista permitirá la participación de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría en su trabajo de manejo de la base de datos, su proceso de análisis de datos y el proceso de la generación de los reportes.
Informe de Resultados Etapa I “Preparación Encuesta 2026”
Este Informe debe contener a lo menos lo siguiente:
• Resultado de la fase cualitativa, de focus group y de otros mecanismos de recolección empleados orientados a determinar la satisfacción por servicio y por empresa evaluada.
• Modelo y estructura de la encuesta y cuestionarios definitivos, por tipo de servicio, para aplicar en prueba piloto.
• Características de las muestras: tamaño muestral por empresa y tipo de servicio, a nivel nacional.
• Resultados y análisis de la prueba piloto.
• Planificación y carta Gantt del trabajo de campo de la encuesta general.
• Copia de cuestionarios, por tipo de servicio, en versión final aplicados.
Informe de Resultados Etapa II “Aplicación Encuesta 2026 e Informes de Resultados”
Este Informe debe contener a lo menos lo siguiente:
• Síntesis y presentación del estudio.
• Objetivos del estudio; generales y específicos.
• Descripción metodológica:
- Tipo de estudio.
- Grupo objetivo.
- Cuestionarios por tipo de servicio.
- Diseño muestral y la muestra a considerar a nivel nacional, por empresa y por tipo de servicio.
• Organización, descripción y supervisión del trabajo de campo; selección de los entrevistadores, definición de protocolos y manual del entrevistador, capacitación de los entrevistadores, supervisión y control de calidad de los datos, codificación.
• Resultados del estudio por tipo de servicios evaluados:
- Visión general de los servicios medidos.
- Perfil de los entrevistados.
- Penetración de los servicios.
- Satisfacción, insatisfacción y satisfacción neta de los usuarios de los servicios, por empresa evaluada.
- Tasa de problemas y resolución de reclamos y sus canales de atención y resolución.
- Conocimiento de los derechos del consumidor de telecomunicaciones, por género.
- Grado de satisfacción de usuarios que han presentado reclamo en Subtel a través de forma presencial o digital.
- Comparaciones, cruces y representaciones gráficas de la información obtenida de los datos recogidos a través de la encuesta general.
- Análisis comparativo gráfico y conceptual, respecto de la satisfacción de los usuarios por tipo de servicio y empresa evaluada a nivel nacional.
• Evaluación de resultados desde la perspectiva de los objetivos del estudio y proposición de perfeccionamientos al instrumento.
• Análisis de benchmarking con los datos obtenidos, que permita comparar y efectuar un ranking de los servicios evaluados por empresa.
• Análisis del nivel de satisfacción de los usuarios/as por canal de atención utilizado para presentar un reclamo en Subtel.
• Presentación ante la Contraparte Técnica de la Subsecretaría de los resultados de la encuesta.
• Anexos con tablas estadísticas, muestreo, marco conceptual de calidad de servicio y cuestionarios aplicados.
• Archivo electrónico que contenga el 100% de la encuesta con el detalle de cada cuestionario, fecha, hora de ejecución, servicio, identificación del encuestador y número de teléfono del usuario encuestado.
• Resultados de la Encuesta 2026 respecto de las regiones indicadas en el capítulo IV de las presentes Bases Técnicas, así como de aquellas adicionales que la Subsecretaría requiera.
El trabajo de campo de la encuesta 2026 deberá ejecutarse entre el 01 de septiembre y el 31 de octubre de 2026 y los Informes de Resultados de las Etapas I y II deberán ser ingresados en la Oficina de Partes de la Subsecretaría, a más tardar, los días 14 de agosto y 04 de diciembre, ambos de 2026, respectivamente.
VI. ANEXO TÉCNICO
A continuación se presentan diversos aspectos que el contratista debe considerar e incorporar en la metodología, según corresponda, tanto en las actividades de diseño y validación del instrumento, como en el diseño muestral y trabajo de campo.
• Aspectos relevantes que deben ser considerados en las encuestas:
- El nivel de calidad de servicio de las prestaciones percibidas por los usuarios de los servicios de telecomunicaciones objeto del estudio.
- El nivel de satisfacción, insatisfacción y satisfacción neta de los usuarios respecto a los servicios de telecomunicaciones de interés para el estudio.
- El nivel de protección de sus derechos que percibe el consumidor por parte de la Subsecretaría, frente a dificultades con los proveedores de servicios de telecomunicaciones.
- El nivel de conocimiento que tiene el consumidor respecto de sus derechos en materia de telecomunicaciones
- Contar con una medición del nivel de satisfacción de los usuarios/as por canal de atención utilizado para presentar un reclamo en Subtel.
• Servicios de Telecomunicaciones de interés para efectos de este estudio:
- Servicio de telefonía móvil.
- Servicio de Internet móvil.
• Definiciones relevantes para la metodología y tamaño de la muestra:
- Grupo Objetivo: Personas mayores de 18 años usuarios de los servicios.
- Representación: Nacional, por empresas y tipo de servicio.
- Tipo de encuesta: Telefónica a través de un muestreo de proporciones con representación nacional.
- Para los servicios de telefonía móvil, e Internet móvil, el tamaño de la muestra para la medición, será propuesto por el contratista en su Oferta Técnica.
• Datos de participación de mercado por empresa de telefonía móvil e Internet móvil,
- Para el caso de los servicios de telefonía móvil e Internet móvil se requiere que la determinación de la muestra sea a nivel nacional y por empresa. Los datos relevantes de la población objetivo para la determinación de la muestra son los siguientes:
Servicio de Telefonía Móvil
Empresa Contrato Prepago Total Participación
ENTEL PCS 5.332.021 1.542.670 6.874.691 34%
MOVISTAR 3.266.112 745.549 4.011.661 20%
WOM 3.456.842 1.133.921 4.590.763 22%
CLARO/VTR 3.836.720 939.513 4.776.233 23%
Total 15.891.695 4.361.653 20.253.348 99%
(*) Datos al mes de marzo de 2026.
Servicio de Internet Móvil
Empresa Contrato Prepago Total Participación
ENTEL PCS 5.287.758 1.493.242 6.781.000 34%
WOM 3.629.113 1.526.521 5.155.634 26%
MOVISTAR 2.927.601 707.935 3.635.536 18%
CLARO/VTR 3.965.155 437.330 4.402.485 22%
Total 15.809.627 4.165.028 19.974.655 99%
(*) Datos de conexiones al mes de marzo de 2026.
Para efectos de la aplicación de la encuesta de estos dos servicios, la Subsecretaría proporcionará la información tanto para la definición de la muestra y la ejecución de la encuesta por empresas, sujetas a medición, que, en medios digitales seguros y de cuya información, el contratista se sujetará en el manejo de esta información a la obligación de confidencialidad establecida en el capítulo XXII, letra a) de las Bases Administrativas.
Finalmente, cabe precisar que serán parte integrante de estas Bases Administrativas y Técnicas, las disposiciones legales contenidas en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto 661, que aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la citada ley.
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