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INTRODUCCIÓN |
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Dadas las necesidades de nuestra Subsecretaría de Telecomunicaciones, de contar con nuevas y mejores herramientas informáticas para el desarrollo de labores diarias para el caso de usuarios internos y portales web modernos que sean una ayuda para ciudadanos y empresas relacionadas a las telecomunicaciones, se requiere la contratación de horas hombre (HH) de profesionales del área informática para el desarrollo y mantención de sistemas informáticos, estos recursos serán utilizados de forma variable durante la vigencia del contrato, según la planificación de proyectos a asignar.
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IDIOMA DE LA LICITACIÓN |
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Todo el proceso de licitación será en idioma español. Esto significa que no se aceptarán ofertas en otros idiomas.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
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La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases de licitación, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún proveedor, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando -de ser necesario- el plazo de cierre de recepción de ofertas hasta en diez (10) días hábiles, para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
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Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 y que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores (UTP) un conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Esta UTP se constituye exclusivamente para un este proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, donde deberá constar que los referidos proveedores son empresas de menor tamaño y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
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PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
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La oferta está compuesta por una parte técnica, otra económica y por los antecedentes administrativos, los que deberán presentarse obligatoriamente a través del Sistema de Información -sitio www.mercadopublico.cl-. Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que deba realizarse entrega física de documentos de conformidad con lo dispuesto con el artículo 49 del Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estos deberán ingresarse a través de la Oficina de Partes Virtual de la Subsecretaría www.subtel.gob.cl/oficina-partes, solo en caso que ello no sea posible podrán presentarse dichos documentos de manera presencial en la Oficina de Partes de la Subsecretaría ubicada en calle Amunategui N° 139, comuna de Santiago, entre las 9:00 y las 14:00 horas de lunes a viernes, excepto feriados.
Se advierte, que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información- sitio www.mercadopublico.cl - y no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido. El plazo de validez de las ofertas se extenderá hasta el 31 de julio de 2025.
Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda.
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Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores |
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En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, un instrumento público o privada firmada por todos sus integrantes, en la que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente. Todos los integrantes de esta UTP deberán ser empresas de menor tamaño.
En caso que el acuerdo presentado al momento de ofertar conste en instrumento privado, deberá presentarse el mismo por escritura pública previo a la suscripción del contrato, cuando se trate de adquisiciones superiores a 1000 UTM.
En dicho acuerdo, se deberá dejar claramente establecido, que la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión será solidaria, y cumplir las demás exigencias establecidas en el capítulo VI de las presentes Bases Administrativas.
La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XIV, letra b), de las presentes Bases Administrativas.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Finalmente en el referido acuerdo, todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán designar un mandatario común, con facultades suficientes para actuar en representación de todos ellos, individualizando dichas facultades. Asimismo, deberán indicar la persona natural o jurídica (integrante o representante) facultada para recibir el pago.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
1. Cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar firmada por sí o por su representante legal, de acuerdo a lo consignado en el numeral 1 del acápite “Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación”.
* Los proponentes deberán enviar la declaración jurada simple adjuntándola electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
2. En caso que algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores se vea afectado por una causal de inhabilidad para la presentación de la oferta, la formulación de propuestas o la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, ésta deberá manifestar por escrito si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde que la Subsecretaría lo requiera al efecto.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría se reservará la facultad de analizar previamente si la propuesta que resultare de mantener la Unión Temporal de Proveedores con los integrantes hábiles es apta para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la contratación, ello sin perjuicio, además, de la posibilidad de reevaluar dicha oferta de acuerdo a los requisitos y criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de licitación.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes a que se refiere este capítulo, o el envío de éstos por un medio distinto del expresamente señalado, excluirá de la licitación al proponente, declarándose por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar a través del Sistema de Información a cualquier proponente que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la Subsecretaría. En este caso, se procederá conforme a lo dispuesto en el capítulo XI, de las presentes Bases Administrativas (Apertura y Evaluación de las Ofertas).
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los proponentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de éstos por ningún concepto.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una Comisión conformada por los siguientes funcionarios de la Subsecretaría, quienes a su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría consignada en el Capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas:
- Liliana Carvajal González, grado 9° E.U.S., Profesional, Encargada de Proyectos.
- Marco Espoz Montaña, grado 5° E.U.S., Profesional, Encargado PMO.
- Yenny Román González, grado 8° E.U.S., Profesional, Encargado de Proyectos.
Si uno o más de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de evaluación de propuestas, el o los integrantes(s) que se vean impedido(s) de participar, será(n) reemplazado(s) por los siguientes funcionarios, en el orden en que a continuación se individualizan:
- Carlos Tapia Zúñiga, grado 12° E.U.S., Profesional, Analista Desarrollador.
- Kevin Garrido Torres, grado 12° E.U.S., Profesional, Analista Desarrollador.
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada proponente en los criterios a evaluar consignados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto a la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la licitación.
Corresponderá también a la Comisión Evaluadora en su labor de colaboración con el Jefe Superior del Servicio, dar respuesta a las consultas y reclamos que se formulen durante el proceso licitatorio y respecto de la adjudicación o de la declaración de desierta de la licitación, según sea el caso.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La presente licitación se realizará en una sola etapa, por tanto, en el acto de apertura electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier proponente, a través del Sistema de Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere el principio de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases.
Los proponentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el penúltimo día hábil del plazo establecido para la evaluación de las propuestas, a través del Sistema de Información o, de ser el caso, ingresando la información requerida en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en un sobre cerrado dirigido al Jefe de la División Administración y Finanzas, rotulado: “Contratación de horas/mes de profesionales perfil analista desarrollador para desarrollos de sistemas y aplicaciones”, y con el nombre de la proponente.
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ADJUDICACIÓN |
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La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información, notificará a los postulantes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, artículo 9º, la Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación de la resolución de Adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo V, de Etapas y Plazos de la Licitación, apartado “Adjudicación”, la Subsecretaría informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza. Tampoco tendrá derecho a indemnización la adjudicataria si la Subsecretaría deja sin efecto o revoca su adjudicación, fundadamente, por ejemplo, con ocasión de conflictos de interés que la adjudicataria no hubiera informado oportunamente.
En caso que la adjudicataria se desistiese de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta.
En este caso, tal como se señala en el Capítulo IX, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta entregada por la adjudicataria.
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CONTRATO |
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La Subsecretaría y la adjudicataria, suscribirán un contrato dentro del plazo de treinta (30) días corridos contados desde la notificación de la adjudicación. En caso que el contrato deba formalizarse con una Unión Temporal de Proveedores, el contrato se suscribirá con el representante que sus integrantes hayan designado en el instrumento que formalizó la Unión y que se adjuntó a la oferta respectiva o se acompañó con posterioridad si el primero no constaba en escritura pública. Si, por cualquier motivo, la Unión procediere a designar un nuevo representante por acto posterior, dicha modificación deberá ser inmediatamente comunicada a esta Subsecretaría, adjuntando copia del acto respectivo, debiendo ser el nuevo mandatario quien comparezca en representación de la Unión, sea para la suscripción del contrato o durante su ejecución, según el caso.
Firmado el contrato por la adjudicataria, corresponderá al Subsecretario firmar el contrato en representación de la Subsecretaría.
Una vez firmado el respectivo contrato por las partes, se procederá a dictar el acto administrativo que lo apruebe formalmente.
Cabe advertir que en caso que la adjudicataria no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a ésta como desistida de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma.
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MONTOS Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
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a) Presupuesto máximo para la contratación:
El presupuesto para la presente contratación asciende a la suma de $380.800.000 (trescientos ochenta millones ochocientos mil pesos) impuestos incluidos.
No obstante, cabe advertir que los pagos mensuales que se realizarán por mes vencido correspondiendo el pago al valor mes persona por la cantidad de personas que hayan prestado el servicio por 45 horas semanales, lo que deberá ser validado por la Contraparte Técnica.
b) Vigencia del Contrato:
El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y su vigencia se extenderá como máximo hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien hasta que se consuma en su totalidad en presupuesto máximo disponible. Lo anterior por cuanto se trata de un servicio variable en cuanto a la cantidad de personas que mensualmente prestarán el servicio efectivamente, por lo que el monto mensual a pagar podría variar de un mes al otro.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán iniciarse el 24 de julio de la presente anualidad, si a dicha fecha no se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el referido contrato, quedando su pago supeditado a su total tramitación.
Asimismo, con la finalidad de dar continuidad a los proyectos que se inicien durante la presente contratación y cuyo desarrollo implique un tiempo superior a la presente anualidad, con la finalidad de mitigar los atrasos y riesgos que podrían generarse derivado del cambio de un proveedor a otro, la presente contratación podrá renovarse por una sola vez, cuando el servicio prestado por la adjudicataria haya satisfecho los fines para los cuales se contrató y siempre que exista presupuesto disponible, con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio. En caso de renovación del contrato, la Garantía de Fiel Cumplimiento deberá ampliarse en el mismo plazo que lo haga éste, más 60 días hábiles.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
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La Contraparte Técnica de la Subsecretaría en la prestación del servicio estará integrada por dos (2) funcionarios del Departamento de Desarrollo Tecnológico, a saber:
- Eduardo Bascur Moncada, grado 10° E.U.S., Profesional de Plataforma Operacional y Seguridad de la Información.
- Pablo Tapia González, grado 7° E.U.S., Profesional, Encargado de Seguridad de la Información.
Esta Contraparte Técnica deberá evaluar y aprobar los productos parciales y finales que se entreguen durante la ejecución del servicio, aclarar y orientar respecto del desarrollo de las actividades, fijar las reuniones de coordinación con el contratista, aprobar o rechazar los cambios en el equipo de trabajo y, en caso de atrasos en la entrega de los servicios contratados, pronunciarse respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se alegase.
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FORMA DE PAGO |
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a) Forma de pago
Se pagará al contratista en forma mensual el monto correspondiente al total de los servicios efectivamente prestados en el mes respectivo y validados conforme por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, -acorde a los precios establecidos en su oferta económica-. Dicho valor será pagado por la Subsecretaría dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de emisión de la boleta o factura correspondiente siempre que se dé cumplimiento a los siguientes requisitos:
i) Que el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitado.
ii) Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto a la recepción conforme del servicio prestado y que este se encuentre debidamente acreditado en cuanto a la cantidad de horas realizadas.
iii) Que el contratista al momento de emitir el documento electrónico remita el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago.
iv) Que el contratista presente mensualmente junto con la boleta o factura el correspondiente, “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo que dé cuenta que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social impagas, durante los dos últimos años, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudicó la licitación pública a través del Sistema de Información, si procede.
En caso que al momento de contratar, el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, éste deberá destinar el primer estado de pago producto del contrato al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.
Será deber del contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, correspondiendo a esta Subsecretaría verificar la realización de los respectivos pagos y exigir al contratista la entrega de los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el referido proveedor no podrá participar.
Si el contratista no acredita el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la Subsecretaría podrá retener el monto de que es responsable de conformidad a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el capítulo XV de las presentes Bases Administrativas.
b) Multas o sanciones
Si por razones no imputables a la Subsecretaría se produjesen atrasos no justificados en la entrega de los servicios o cumplimiento de las etapas comprometidas de acuerdo a la planificación acordada entre la Contraparte Técnica de la Subsecretaría y el proveedor, se aplicará a título de multa, la cantidad de $50.000.- (cincuenta mil pesos) por cada día de retraso. En caso que el atraso se verifique en la fecha de inicio del servicio, la multa será de $100.000.- (cien mil pesos) por cada día de retraso. La planificación de las actividades requeridas se trabajará de forma conjunta entre la Subsecretaría y el proveedor una vez adjudicada la licitación.
En ambos casos se considerará como día completo, aquella fracción superior a seis horas, con un tope de cuatro (4) días hábiles de atraso, luego de los cuales se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento respectiva y se podrá poner término anticipado al contrato.
Las multas se aplicarán vía administrativa, descontándola de los montos que corresponda pagar, en caso que no hubieren saldos pendientes de pago se podrá aplicar su valor a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
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MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
3. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones esenciales contraídas por la contratada, entendiéndose por tal, el atraso en más de 4 días hábiles en el inicio del Servicio, el cambio de profesionales del equipo de trabajo sin autorización de la Subsecretaría y /o el incumplimiento de plazos consignados en la planificación acordada entre las Contrapartes Técnicas.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de licitación podrán establecer otras circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista.
3. En caso de ser el contratista una Unión Temporal de Proveedores:
a. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Si se constata que la Unión Temporal de Proveedores ocultó información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
4. La notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
6. Si el contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
7. En caso de no ser necesarios los servicios contratados por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
En caso de término anticipado, el contratista deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el contratista.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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En caso que el contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las presentes Bases de licitación conlleven la aplicación de una o más medidas, tales como multa, cobro de garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato o término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de suscripción del contrato.
El contratista podrá manifestar sus descargos por escrito, en relación con el eventual incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la referida notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. Transcurrido dicho plazo, la Subsecretaría se pronunciará sobre la aplicación de la medida propuesta por la Contraparte Técnica, mediante una resolución fundada. En caso que se hubieren formulado descargos, dicha resolución deberá pronunciarse sobre ellos, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por el contratista. La resolución que se pronuncie sobre la aplicación de la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si durante la ejecución del contrato, se produjesen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieran u ocasionaran atrasos en la entrega de los servicios contratados, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de responsabilidad, en un plazo de cinco (5) días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable al contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación formulada por el contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá al Jefe Superior del Servicio la aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de licitación. La resolución fundada que aplique la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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LEGISLACIÓN APLICABLE |
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El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las leyes de la República de Chile.
Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
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NORMAS DE TRABAJO |
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Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad a las siguientes normas:
A. PROPIEDAD INTELECTUAL
El producto del trabajo que desarrolle el adjudicado o sus dependientes, con ocasión del contrato, serán de propiedad de SUBTEL, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo, por tanto el adjudicado realizar ningún acto respecto de ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de SUBTEL.
La propiedad intelectual y todo el código fuente desarrollado será de SUBTEL y, al término del contrato, el Proveedor no debe quedar con copias de lo desarrollado.
La confidencialidad de lo desarrollado tendrá una vigencia de al menos 5 años.
B. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El contratista deberá garantizar la confidencialidad en el manejo de la información relacionada con esta contratación. Toda información que se origine producto del contrato de la especie y los documentos entregados por este Servicio, será de propiedad de la Subsecretaría y el contratista no podrá hacerla pública ni utilizarla para otros fines sin la autorización expresa de parte de esta Subsecretaría. En caso contrario, la Subsecretaría se reserva el derecho de entablar las acciones judiciales correspondientes.
Además, en caso que el contratista contravenga la obligación de confidencialidad descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que le impone el contrato, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado a éste, lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVIII numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
La confidencialidad de lo desarrollado tendrá una vigencia de al menos 5 años.
C. SUBCONTRATACIÓN
En atención a la naturaleza de la presente contratación, se prohíbe la subcontratación.
D. CANTIDAD DE PROFESIONALES
El número de profesionales requeridos podrá ir variando de acuerdo a las necesidades de SUBTEL, en el marco del contrato y presupuesto disponible. En caso que la Subsecretaría requiera contar una cantidad de profesionales superior a 12, deberá solicitarlo a la contratada con la debida antelación, esto es al menos 10 días hábiles.
E. INICIO DE LOS SERVICIOS
Los servicios comenzarán a más tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, sin perjuicio de lo dispuesto en el Capítulo XIV, letra b), de las Bases Administrativas.
Con la finalidad de poder facturar correctamente el inicio de los servicios, se confeccionará un Acta de inicio de servicio y totalidad de profesionales incorporados.
El proveedor deberá equipar a los profesionales con notebook de última generación, sistema operativo y antivirus actualizado para el correcto desarrollo de sus funciones.
F. CAMBIOS EN EL EQUIPO DE TRABAJO
En caso de ser necesario el cambio de los profesionales asignados al desarrollo del proyecto, el proveedor informará a SUBTEL de las modificaciones en la conformación del equipo, con una antelación no inferior a 10 días hábiles del cambio a realizar.
Para tales efectos, previo al cambio el proveedor deberá presentar la experiencia y conocimiento del profesional que lo sustituirá. La experiencia y conocimiento no podrá ser inferior a lo establecido en las presentes bases de licitación y a lo ofertado por el proveedor.
SUBTEL se reserva el derecho de rechazar profesionales que no cumplan con los conocimientos requeridos.
Sin perjuicio de lo anterior, SUBTEL, por su parte, podrá solicitar el cambio de profesional si su desempeño es insuficiente para el objetivo del avance del proyecto. Para tales efectos, esta comunicación, se realizará con al menos 10 días hábiles de anticipación.
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BASES TÉCNICAS |
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I. CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA.
1. CURRÍCULUM DE LA PERSONA NATURAL O JURÍDICA PARTICIPANTE. El proponente deberá acompañar el currículum vitae que dé cuenta de su experiencia en la realización de proyectos de desarrollo de software, indicando particularmente su experiencia en el sector público, debiendo adjuntar certificados de experiencia de proyectos desarrollados.
2. EXPERIENCIA CON INSTITUCIONES DEL ESTADO Y/O SERVICIOS PÚBLICOS. El proponente deberá detallar la cantidad de contrataciones exitosas realizadas con instituciones del Estado y/o Servicios Públicos en áreas relacionadas al servicio licitado. Para su validación se debe adjuntar contratos de trabajo, resoluciones de contratación y/u orden de compra que indique el período de contratación.
3. CURRÍCULUM VITAE DEL EQUIPO PROFESIONAL. El equipo profesional deberá estar compuesto por Ingenieros Civiles en Computación e Informática o Ingenieros en Ejecución en Computación e Informática.
Se debe presentar el Currículum Vitae de cada integrante del equipo de trabajo que participará en la prestación del servicio, indicando al menos lo siguiente:
● Años de experiencia profesional.
● Proyectos desarrollados.
● Certificaciones vigentes asociadas a las funciones a desarrollar.
Los profesionales destinados al desarrollo del servicio deben contar con al menos 3 años de experiencia comprobable en implementación de proyectos informáticos y en desarrollo e implementación de sistemas, particularmente en las siguientes áreas:
● Análisis, diseño e implementación de sistemas.
● Desarrollo orientado a objetos.
● Entornos web, como HTML5 y CSS3.
● Diseño y programación de microservicios.
● Desarrollo en tecnologías específicas, incluyendo:
- Java JEE.
- Spring Boot.
- Bootstrap.
- Python.
- Vue
- Node
● Servicios REST/JSON/SOAP.
● Bases de datos, tanto relacionales como no relacionales, incluyendo:
- Oracle 12c o superior.
- PostgreSQL.
- MongoDB.
● Herramientas de testing, como Junit.
● Control de versiones e integración continua: GiT y herramientas CI/CD.
Los conocimientos deseables que interesan a la Subsecretaría son los siguientes:
● Metodologías ágiles.
● Diseño e implementación de aplicaciones en la nube.
● Desarrollo de sistemas de alta disponibilidad.
4. CANTIDAD DE PERSONAS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRESTACIONES DEL CONTRATO, el proponente debe indicar su capacidad máxima de personal disponible para el desarrollo de las actividades objeto del presente anexo. Se debe considerar que inicialmente la Subsecretaría de Telecomunicaciones requiera 12 personas para la ejecución del servicio. Sin embargo, durante el transcurso de la contratación, la Subsecretaría podrá solicitar personal adicional, el cual deberá contar con el mismo nivel académico que el equipo inicial.
El perfil requerido para cada integrante es el de Analista Desarrollador, quien debe cumplir con las siguientes funciones:
● Análisis e implementación de microservicios.
● Análisis e implementación de funcionalidades y sistemas para dar continuidad a sistemas legados
● Análisis de requerimientos e implementación de sistemas de acuerdo al portafolio de proyectos 2025-2026
● Ejecución de QA.
● Elaboración de manuales y documentación técnica de las soluciones y metodologías de uso.
● Análisis e implementación de procesos definidos en el marco de proyecto.
II. EQUIPO PROFESIONAL SOLICITADO
1. Características del servicio a desarrollar por perfil y profesional informático:
Descripción Perfil Nro. De Profesionales Requeridos
Analista Desarrollador 12
2. Perfil asociado a funciones especializadas del área informática:
A continuación, se indican Perfil y funciones especializadas del área de Informática, actividades/tareas a realizar por el perfil requerido:
Recursos Perfil Requerido Actividades/ Tareas a Realizar Duración (meses)
12
Analista Desarrollador Análisis e implementación de Microservicios
Realizar QA y Generar Manuales y la documentación correspondiente, indicando las especificaciones técnicas de la solución y la metodología de uso.
Análisis e implementación de procesos
Considera desde la fecha de inicio de los servicios hasta 31 de diciembre de 2025.
II. CONDICIONES BÁSICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El contratista deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos mínimos para la prestación del servicio licitado.
Los servicios de horas hombre de profesionales serán ejecutadas vía teletrabajo o en forma presencial, según lo que se acuerde entre la Contraparte Técnica de la Subsecretaría y del contratante, en horario hábil de lunes a jueves entre las 9:00 a 18:00 hrs. y el día viernes de 9:00 a 17:00 horas.
Adicionalmente, SUBTEL podrá requerir la asistencia profesional en horarios distintos a lo señalado anteriormente, en coordinación con el proveedor seleccionado.
IV. ENTREGABLES
Mensualmente el proveedor deberá proporcionar a la Subsecretaría la siguiente información:
⮚ Informe con el detalle de las horas hombres efectivamente ejecutadas por perfil y profesional, al término del mes de la prestación del servicio.
⮚ Informe de actividades desarrolladas y relacionando las fichas de cada requerimiento.
⮚ Código fuente: deberá hacer entrega de todo el código fuente referenciado en las fichas de requerimiento incluidas en el informe de horas.
** Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en los Anexos de Antecedentes Técnicos respectivos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información para que su oferta sea admisible.
*** Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación implica que los proponentes han analizado las respectivas bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas formuladas con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reserva ni condiciones a toda la documentación referida, no pudiendo modificar las Bases con sus ofertas.
Finalmente, cabe precisar que serán parte integrante de estas Bases Administrativas y Técnicas, las disposiciones legales contenidas en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto Nº 661, aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la citada Ley.
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