Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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GENDARMERÍA DE CHILE R.U.T. N°61.004.000- 4
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Fecha de vencimiento:
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21-05-2027
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Monto:
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5
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Descripción:
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Artículo 17º.- Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación, el proponente que resulte adjudicado por una cantidad superior a 1.000 (mil) UTM deberá entregar al Servicio, dentro del plazo de 5 días hábiles, desde la respectiva notificación de la adjudicación, un documento de garantía que cumpla con las condiciones y características establecidas en el artículo 121° del D.S. 661 (Hacienda) de 2024.
Este documento, que puede ser un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria, tomada en un banco chileno o con agencia en Chile, o cualquier otro instrumento que cumpla con tales requisitos, deberá ser pagadero a la vista, tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento, y deberá extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE R.U.T. N°61.004.000- 4”, por un monto ascendente al 5% del monto total neto de la contratación, expresándose dicho valor en pesos chilenos.
El documento de garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente, ella deberá ser escrita en el reverso o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento. Lo anterior, de corresponder según la naturaleza del respectivo instrumento.
El oferente que sea readjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la contratación, en caso que proceda, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza que, en conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar y que den cobertura total durante toda la vigencia exigida para dicho instrumento en las presentes bases.
Podrá entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, de 2002, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico adquisiciones@gendarmeria.cl, dentro del plazo señalado en el inciso primero de este artículo.
El plazo de vigencia de la garantía deberá ser igual al plazo de vigencia o de cumplimiento de contrato, más 120 días corridos.
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Glosa:
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Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato correspondiente a ID. 634-19-LP26
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Forma y oportunidad de restitución:
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Una vez entregados los bienes, sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, efectuados, los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por el departamento requirente, y vencido el plazo adicional de garantía mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la contratación al proveedor, si existiere; en caso contrario, se ejecutará dicha garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
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