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1.-
1) Los “antecedentes administrativos” que se deberán subir al sitio de la propuesta, en esta oportunidad, son los siguientes formularios, aprobados junto con las presentes bases:
a) Suscribir la Declaración Jurada de requisitos para ofertar, que se genera en línea, a través del Sistema de Información, en el módulo de presentación de ofertas.
b) El Formulario N° 01, correspondiente a la “Identificación del Proponente”; proporcionado por el Servicio.
c) El Formulario N° 02, llamado “Declaración de implementación de políticas de sustentabilidad”, que indica cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad.
d) El Formulario N° 03, llamado “Declaración de implementación de programas de integridad”, que se hará en documento proporcionado por el Servicio, debidamente completado y firmado.
e) El Formulario N° 04, denominado “plazo para disponer del lote y garantía”.
Respecto del plazo para disponer del lote para su análisis, éste no podrá superar los 90 días corridos, entrega que podrá efectuarse en uno, dos o tres lotes dentro del plazo señalado. El plazo será contado desde el día hábil siguiente a la aceptación de la respectiva orden de compra en el portal.
La orden de compra deberá aceptarse dentro del plazo de 48 horas desde su emisión, en caso de no aceptarla en el plazo señalado el Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose rechazada definitivamente transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
En el caso de ofertar un plazo superior de entrega, o no indicarlo, su oferta será declarada inadmisible.
Una vez aprobado el lote por parte de Gendarmería y notificado al proveedor, deberá realizar el despacho a la Bodega Administrativa, ubicada en el pasaje San Juan N°5.294, comuna de San Joaquín, en un plazo no superior a 5 días hábiles.
Respecto a la garantía de los productos, por defectos de fabricación, deberá tener como plazo un mínimo de 18 meses contados desde la fecha de recepción conforme por parte de la Unidad Técnica.
En caso de ofertar una garantía inferior o no indicarla, la oferta será declarada inadmisible
En caso de Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño, lo que deberá ser acreditado con el respectivo certificado emanado del órgano competente.
Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Deberá constituirse exclusivamente para el proceso de compra en particular que se licita.
Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
El acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la Unión, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con Gendarmería, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Las causales de inhabilidad del Registro de Proveedores establecidas en la Ley N°19.886 y en el artículo 154 de su reglamento afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la Unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra.
Los oferentes que formen una Unión Temporal de Proveedores deberán presentar una oferta común.
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