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1) Los “antecedentes administrativos” que se deberán subir al sitio de la propuesta, en esta oportunidad, son los siguientes formularios, aprobados junto con las presentes bases:
a) Suscribir la Declaración Jurada de requisitos para ofertar, que se genera en línea, a través del Sistema de Información, en el módulo de presentación de ofertas.
b) El Formulario N° 01, correspondiente a la “Identificación del Proponente”; proporcionado por el Servicio.
c) El Formulario N° 02, llamado “Declaración de implementación de políticas de sustentabilidad”, que indica cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad.
Nota: De no presentar este formulario, declarar no implementar políticas de sustentabilidad, o no completarlo, o no adjuntar los medios de verificación, se asignará puntaje “0”, en este criterio.
d) El Formulario N° 03, llamado “Declaración de implementación de programas de integridad”, que se hará en documento proporcionado por el Servicio, debidamente completado y firmado.
Nota: De no presentar este formulario, declarar no implementar programas de integridad, o no completarlo, o no adjuntar los medios de verificación, se asignará puntaje “0”, en este criterio.
e) El Formulario N°04, correspondiente a “Plazo de entrega para disposición de lote y garantía”
El plazo de entrega de disposición de lote no deberá ser superior a 100 dias corridos, y se podrá entregar en hasta cinco lotes (1,2,3,4 o 5 lotes) dentro del plazo señalado, plazo que será contado desde el dia hábil siguiente de la pubicacion de la resolución que apruebe el contrato en la pagina web www.mercadopublico.cl. En caso de ofertar un plazo superior o no indicar su oferta quedará inamisible.
Una vez aprobado/s el o los lotes, se notificará al proveedor, a través de correo electrónico, quien deberá despachar y entregarlos conforme a la distribución nacional señalada en el anexo N°01, en un plazo no superior a 30 días corridos contados desde la aceptación del lote.
En el caso de ofertar un plazo superior de entrega o no indicarlo su oferta será declarada inadmisible.
Por otro lado, respecto a la garantía de los productos, por defectos de fabricación, deberá tener un plazo mínimo de 12 meses, contados desde la fecha de recepción conforme por parte de la Unidad Técnica. En caso de ofertar una garantía inferior o no indicarla su oferta será declarada inadmisible.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño, lo que deberá ser acreditado con el respectivo certificado emanado del órgano competente.
Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Deberá constituirse exclusivamente para el proceso de compra en particular que se licita.
Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
El acuerdo en que conste la unión deberá materializarse a través de escritura pública.
Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la Unión, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con Gendarmería, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Las causales de inhabilidad del Registro de Proveedores establecidas en la Ley N°19.886 y en el artículo 154 de su reglamento afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la Unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra.
Los oferentes que formen una Unión Temporal de Proveedores deberán presentar una oferta común.
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