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Resolución de Empates |
En caso de surgir un empate entre dos o más oferentes, este se resolverá utilizando las reglas o pautas que se
indican a continuación de forma sucesiva hasta dirimir la situación de empate.
Orden de Aplicación Regla o Pauta para dirimir empates
Primero Oferta Técnica
Segundo Oferta Económica
Tercero Cumplimiento de Requisitos Formales
En el caso de que dos o más oferentes una vez efectuado el proceso de desempate, hubiesen coincidido y
obtenido el mismo puntaje en los tres criterios de desempate informados en el párrafo anterior considerando
dos decimales, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas adjudicará a la primera oferta ingresada en el portal
www.mercadopublico.cl, de acuerdo al documento “Comprobante de Ingreso de la Oferta”, el cual registra la
fecha y hora de ingreso de la propuesta de cada Proveedor.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado
del proceso de adjudicación, estas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a licitaciones@ptovaras.cl
y a nelly.valenzuela@ptovaras.c, dentro de un plazo no superior a 3 días corridos, contados desde la
notificación de la resolución de adjudicación a través del portal. El requirente recibirá la respuesta y/o aclaración
respectiva en un plazo máximo de 10 días hábiles, posteriores al día de efectuada la consulta.
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SUSCRIPCION DEL CONTRATO |
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Una vez resuelta la adjudicación de la oferta mediante el respectivo decreto alcaldicio se procederá a la
publicación de esta resolución adjudicatoria junto con el informe de evaluación de las ofertas en el portal
mercado público, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886. En atención al monto de
la contratación y considerando que las especificaciones técnicas que regirán el servicio se encuentran definidas y
aprobadas en las presentes Bases, configurándose así un servicio de carácter estándar, de simple y objetiva
especificación, la formalización del contrato se efectuará mediante la emisión de la Orden de Compra
correspondiente a través del portal www.mercadopublico.cl, y la aceptación de ésta por parte del proveedor, de
conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886. Conforme a lo anterior, se emitirá la
correspondiente Orden de Compra en el sitio web www.mercadopublico.cl, documento que quedará a la espera
de ser enviado al adjudicado. El oferente adjudicado oportunamente y en forma previa a que se le remita la
Orden de Compra, deberá presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo al plazo
indicado en las bases administrativas de la presente licitación. Cuando el municipio tenga bajo su custodia dicha
garantía, se remitirá al proveedor la Orden de Compra del portal.
El proveedor adjudicado tendrá un plazo máximo de 48 horas contadas desde que la orden de compra se
encuentra en estado “ENVIADA A PROVEEDOR”, para aceptarla electrónicamente a través del mismo Portal.
Como ya ha sido señalado, la emisión de la Orden de Compra y su aceptación por parte del proveedor constituye
la formalización del contrato entre las partes generando efectos jurídicos vinculantes.
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DISCORDANCIAS O IMPRECISIONES EN LOS ANTECEDENTES |
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Toda imprecisión o discordancia en los antecedentes de la licitación, se interpretará siempre en el sentido de la
mejor y más perfecta ejecución de los trabajos, conforme a las reglas técnicas que sean pertinentes.
El proveedor adjudicado deberá aceptar la instrucción sin pretender aumento de plazo o precio, ni
indemnización, entendiéndose que la duda tiene su origen en la negligencia del oferente en su estudio de la
propuesta.
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Adjudicación |
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La adjudicación de la licitación se efectuará mediante decreto alcaldicio, para lo cual se elegirá la oferta más
ventajosa y más conveniente a los intereses municipales, de conformidad a lo informado por la Comisión
Evaluadora y de acuerdo con la pauta de evaluación definida en la presente licitación.
En caso de existir una sola oferta, la licitación será adjudicada a ésta siempre que ella dé cumplimiento a las
bases administrativas, especificaciones técnicas y demás requerimientos establecidos en las presentes bases.
En el evento de que no se realice la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma, se informará en el
portal www.mercadopublico.cl las razones que justifican dicho incumplimiento, indicándose un nuevo plazo
para la adjudicación. Si dentro de los 90 días corridos siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas
no se hubiera resuelto ni comunicado la adjudicación a ningún oferente, estos podrán desistirse y retirar sus
ofertas, sin derecho a indemnización alguna.
No se adjudicará la oferta de aquel oferente que se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado. Los
oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza.
Si al momento de realizar la apertura de ofertas los integrantes de la Comisión Evaluadora se percatan de que
algún oferente se encuentra inhábil, esta situación se informará a través del foro inverso, desde ese momento el o
los oferentes tendrá 7 días hábiles para resolver su estado de inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese
afecto a las citadas inhabilidades establecidas en el Artículo 35 quater de la Ley 19.886, la UTP deberá informar
por escrito, dentro de un plazo de 3 días hábiles si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato
adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no
informar lo anterior o de manifestar su intención de desistir, la licitación podrá ser readjudicada al siguiente
oferente mejor evaluado.
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