|
DEL OFERENTE |
|
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, así
como uniones temporales de proveedores que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas
condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en
las mismas.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de
Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de
compra, Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones
inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento
público o privado. Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo
menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la
Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Al
momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué
antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo
anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que
afecte a alguno de los integrantes de la misma.
NO PODRÁN PARTICIPAR:
Quedarán excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar, contenida en el
artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración
jurada disponible de forma digital en el portal de mercado público. Sin perjuicio de lo anterior, el
Servicio Nacional revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o
desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
Así mismo, el artículo 35 quáter de la norma citada, regula los conflictos de interés, ampliando a
todos los funcionarios y funcionarias de SENDA, la imposibilidad de vender bienes y servicios a los
organismos en que trabajen, extendiéndose esa inhabilidad a sus cónyuges o convivientes civiles,
parientes y sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Dicha prohibición se
extiende mientras ocupen sus cargos y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en
el organismo.
|
|
|
|
DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS |
|
El Servicio Nacional para la Prevención del consumo de Drogas y Alcohol requiere adquirir 58.000
boquillas desechables para equipos analizadores de alcohol de propiedad de SENDA.
El material debe ser entregado en calle Avenida Obispo Manuel Umaña Nº1855, Estación Central;
embalado en cajas de cartón, en bolsas de 1.000 boquillas y cada boquilla entregada en su envase
individual de plástico sellado:
UNIDAD DE
MEDIDA
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA CANTIDAD
Línea 1
Boquillas
Desechables
Boquilla plástica desechable (higiénicas)
Dimensiones:
- 110 mm (largo) x 15 mm (ancho) (Referencial)
- Puede incluir buje no excediendo de las dimensiones
solicitadas
- Debe ser entregada en envase individual de plástico
sellado
La boquilla debe ser compatible para el equipo Alcotest
Mercury/Júpiter, modelo Alcovisor
40.000
Línea 2
Boquillas
Desechables
Boquilla plástica desechable (higiénicas)
Dimensiones:
- 110 mm (largo) x 15 mm (ancho) (Referencial)
- Puede incluir buje no excediendo de las dimensiones
solicitadas
- Debe ser entregada en envase individual de plástico
sellado
La boquilla debe ser compatible para el equipo Dräger
Alcotest 7000
18.000
|
|
|
|
INFORMACIÓN BÁSICA DE LA LICITACIÓN |
|
Etapas Una (apertura de Propuesta Técnica y Económica en un solo acto),
que se efectuará a través del sistema de información Mercado
Público.
Presupuesto
Máximo Línea 1
$ 14.000.000
Presupuesto
Máximo Línea 2
$ 7.500.000
Participantes Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y Uniones
Temporales de Proveedores, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el inciso 1 del artículo 4 de la Ley
19.886.
Cómputo de los plazos Todos los plazos son de días corridos, salvo aquellos casos en que
expresamente se indique que los plazos son días hábiles.
En caso que un plazo expire en días sábados, domingos o festivos se
entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.
Comunicación con el Servicio
Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y
Alcohol
Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl
Garantía de Seriedad de la
Oferta
NO
Soporte de documentos Soporte digital.
Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en los casos
expresamente permitidos por estas Bases o por la Ley de Compras y
su Reglamento.
Funcionario encargado de la
licitación
La encargada del presente proceso de licitación es la jefatura de la
Unidad de Adquisiciones
Funcionario encargado del
contrato
La encargada del contrato será José Ignacio Betancourt Luco,
profesional del Área de Detección e Intervenciones Breves en la
Comunidad o quien ella designe
3.1 Cronograma de actividades
Publicación Bases Las Bases deberán estar publicadas en el portal de mercado público
durante 10 días corridos.
Consultas Hasta el día 3 corrido, contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público.
Respuestas Hasta el día 2 hábil, contado desde la fecha de vencimiento del plazo
para presentar las consultas.
Recepción de ofertas Hasta el día 10 corrido, contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público.
Acto de apertura electrónica
de las ofertas técnicas y
económicas
A partir del día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas.
Evaluación 10 días hábiles desde la apertura de las ofertas
Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 30 días hábiles siguientes al
cierre de recepción de las ofertas.
Suscripción del contrato No requiere contrato. Se perfeccionará con la Orden de Compra,
Dentro de los 10 días hábiles desde la notificación de la resolución
que adjudica
|
|
|
|
CONSULTAS Y ACLARACIONES |
|
4.1 RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y SOLICITUDES DE ACLARACIÓN.
Estas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de publicación de las
presentes Bases en el citado portal, hasta 3 días corridos contados desde esa fecha.
4.2 RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hubieren sido presentadas a
través del portal y dentro de los 3 días corridos, desde la fecha de publicación de las bases en el
portal. Las respuestas a las consultas y las aclaraciones estarán a disposición de los proponentes
dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar consultas y
aclaraciones señalado en el numeral precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de las Bases de esta licitación; y
en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol , además,
podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas
para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su
juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que
pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en tal condición,
deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
|
|
|
|
DE LAS OFERTAS |
|
5.1 CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica de SENDA revisará que
los oferentes hayan firmado de la declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se encuentra en
el portal mercado público, la cual indica que el oferente no ha sido condenado por prácticas
antisindicales, no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, no tiene
prohibición de celebrar actos y contratos, no ha sido condenado por los Tribunales de Justicias
respecto del Articulo 33 de la Ley N° 21.595 sobre delitos económicos y finalmente que no es
funcionario público.
Adicional a lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por
prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal
de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da
cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones
indicadas en el inciso primero del artículo 181 del Decreto N°661 de 12 de diciembre de 2024.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad,
ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión,
dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal
www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección
Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, o mediante el Sistema de Ventanilla
Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual , si continuará con los
restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso
5.2 RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el portal
www.mercadopublico.cl hasta el décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl, o
en caso de la concurrencia de alguna de las causales del artículo 115 N° 3 del Decreto Supremo Nº
661 (Procesos de compra fuera del Sistema de Información), de Hacienda, de 2024,
excepcionalmente las ofertas podrán ser recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente
cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7,
Santiago Centro, mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del
plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo
modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez
presentadas.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal
de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones
indicadas en el inciso primero del artículo 181 del Decreto N°661 de 3 de junio de 2024.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad,
ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión,
dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal
www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección
Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, o mediante el Sistema de Ventanilla
Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual , si continuará con los
restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
5.3 INGRESO DE LA OFERTA TÉCNICA.
El oferente deberá ingresar una oferta técnica adjuntando el Anexo N° 3 al portal
www.mercadopublico.cl, con el detalle relativo a las características y la descripción de lo ofertado,
debiendo cumplir con las especificaciones que se contienen en el referido anexo y que dicen
relación, entre otras cosas, con las siguientes materias a evaluar:
a) Identificación del Oferente.
Para estos efectos, los oferentes deberán completar el Anexo correspondiente, identificándose y
señalando su nombre o razón social, su RUT, el Representante Legal de la entidad en cuestión si
correspondiere, su RUT y domicilio.
b) Descripción/características del producto ofrecido.
Para efectos de elaborar la propuesta técnica, se deberán considerar a lo menos las siguientes
especificaciones técnicas:
Unidad de
Medida
Especificación Técnica Cantidad
Línea 1
Boquillas
Desechables
Boquilla plástica desechable (higiénicas)
Dimensiones:
- 110 mm (largo) x 15 mm (ancho) (Referencial)
- Puede incluir buje no excediendo de las
dimensiones solicitadas
- Debe ser entregada en envase individual de
plástico sellado
La boquilla debe ser compatible para el equipo
Alcotest Mercury/Júpiter, modelo Alcovisor
40.000
Línea 2
Boquillas
Desechables
Boquilla plástica desechable (higiénicas)
Dimensiones:
- 110 mm (largo) x 15 mm (ancho) (Referencial)
- Puede incluir buje no excediendo de las
dimensiones solicitadas
- Debe ser entregada en envase individual de
plástico sellado
La boquilla debe ser compatible para el equipo
Dräger Alcotest 7000
18.000
c) Acreditación de Experiencia del oferente
Los oferentes deberán acreditar la experiencia en venta de productos análogos a los requeridos que
indiquen en sus respectivas ofertas. Para tal efecto, deberán acompañar el Anexo N° 2 indicando todos los datos necesarios para la comprobación y acreditación de la misma. La experiencia que no
sea acreditada, no se tendrá en consideración para los efectos de la evaluación.
5.4 INGRESO DE LA OFERTA ECONÓMICA.
La propuesta económica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl,
en el ID que identifica esta licitación. Para ello el oferente deberá completar el Anexo N° 4.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, en valor bruto y no estará
sometida a reajuste alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal,
despacho, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo
cuanto implique un gasto para el cumplimiento, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los
precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento de lo pactado; no se aceptarán
cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio
cotizado, con posterioridad a la Propuesta o durante su cumplimiento.
Considerando la disponibilidad presupuestaria dispuesta por el SENDA, para la contratación que
mediante el presente acto administrativo se licita, las respectivas propuestas no podrán exceder de
$14.000.000.- para la Línea 1 y $7.500.000.- para la Línea 2 (valores con IVA incluido)
Las propuestas que excedan los montos máximos no será objeto de evaluación quedando, en
consecuencia, fuera de la presente licitación y deberá ser declarada inadmisible mediante el
correspondiente acto administrativo.
5.5 VIGENCIA DE LA OFERTA.
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre
de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La oferta cuyo período de
validez sea menor que el requerido será rechazada por SENDA. Sin perjuicio de lo anterior, ante el
silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene la vigencia mínima de 90 días exigidos en
estas bases.
5.6 FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del plazo para la
presentación de las mismas indicado en el número 5.2 precedente, el cual será informado en el
portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente licitación, una vez publicadas las
presentes bases en el referido portal.
Sin embargo, si el plazo de cierre para la recepción de ofertas venciera en un día inhábil, lunes o en
un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15 horas, se postergará la fecha de cierre de recepción
de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
5.7 MODIFICACIÓN A LAS BASES
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, “SENDA”,
podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, el que será sometida a la
misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el
portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo
para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan
conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
|
|
|
|
APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
A partir del día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas, determinada de conformidad al
número 5.2 de estas bases, se procederá a efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta
licitación.
|
|
|
|
MODALIDAD DE LA LICITACIÓN |
|
La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a abrir tanto la oferta
técnica como la económica.
|
|
|
|
COMISIÓN EVALUADORA |
|
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, será realizada por una Comisión Evaluadora
integrada por los siguientes funcionarios(as):
1) Jefatura de la División Territorial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol por el (la) funcionario(a) que designe mediante
memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al
encargado de la OIRS del Servicio.
2) Jefatura de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, por el (la) funcionario(a) que designe
mediante memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo
electrónico al encargado de la OIRS del Servicio.
3) Jefatura del Área de Detección e Intervenciones Breves en la Comunidad, o por el (la)
funcionario(a) que la jefa de la División Territorial designe, mediante memorándum, el cual
deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la OIRS
del Servicio.
Un Abogado de la División Jurídica del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, deberá actuar como Ministro de Fe.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la
comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en
el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que
ello no ocurra, deberá proponer rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el
acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) En caso de ofertas temerarias o peligrosas, la comisión evaluadora deberá previamente
analizar la viabilidad de la oferta, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 61
del reglamento de N° 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda.
e) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, aclaraciones y que
salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las
rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás
oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los
proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes
a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá
solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
f) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos
en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren
ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no
resultan convenientes a los intereses del Servicio
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la
asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar
los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión
final.
8.1 ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES Y SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O
ANTECEDENTES
Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones
que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como que salven errores u
omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una
situación de privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a
través del portal www.mercadopúblico.cl.
Asimismo, SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta,
siempre que dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad
al plazo para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, deberá solicitarse la
información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del
portal www.mercadopúblico.cl.
|
|
|
|
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las condiciones administrativas
señaladas en las bases, lo que será revisado por la comisión evaluadora.
9.1 Evaluación de Ofertas Técnicas. (40%)
Se evaluarán las Ofertas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y escala de puntajes, de 0 a 100,
que se indican a continuación:
Criterio Escala de Calificación Puntos
Pondera
dor
Años de experiencia
comprobable del oferente en
abastecimiento y/o venta de
bienes análogos a los que por
las presentes bases se licitan*
Igual o menos de 1 año de experiencia, o
no acredita experiencia
0
60%
Entre 1 año y 1 día y 3 años de
experiencia
50
Más de 3 años y 1 día de experiencia 100
Cumplimiento de los requisitos
formales de presentación de la
oferta (Si no se presentan
El oferente cumple con todos los
requisitos formales en la presentación de
la oferta en los plazos establecidos para
ello y no se le solicitan antecedentes
100 35%
antecedentes o estos se
presentan después de los plazos
generales y especiales indicados
en las presentes bases, las
ofertas serán declaradas
inadmisibles.)
conforme al art. 56 del Decreto N°661
reglamento de la Ley 19.886.
El oferente, durante el período de
evaluación y conforme al artículo 56 del
Reglamento de la Ley N° 19.886, salva
errores u omisiones formales, acompaña
antecedentes omitidos al momento de
presentar la oferta, siempre que éstos se
hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo
para presentar ofertas, o presenta
certificaciones o antecedentes respecto
de situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el periodo de evaluación.
50
El oferente no subsana los errores u
omisiones formales requeridos, no
acompaña los antecedentes omitidos
solicitados o no presenta las
certificaciones, antecedentes
aclaraciones requeridas respecto de
situaciones no mutables, conforme al
artículo 56 del Reglamento de la Ley N°
19.886, o lo acompañado no cumple con
lo solicitado
0
Programa de Integridad
Oferente cuenta con un programa de
integridad conocido por su organización o
en caso de las personas naturales cuenta
con formación personal acreditada en
materia de integridad o compliance.
100
5%
Oferente no cuenta con un programa de
integridad conocido por su organización o
en caso de las personas naturales no se
cuenta con formación personal
acreditada en materia de integridad o
compliance
0
Toda oferta cuyo plazo de entrega sea superior a los 90 días corridos, deberá ser declarada
inadmisible mediante la dictación del correspondiente acto administrativo.
Medio de Verificación de los Criterios
Para poder evaluar las ofertas según los criterios de evaluación, todos los oferentes deberán
entregar la información en los Anexos necesarios para ello, esto es:
● Años de experiencia comprobable del oferente en abastecimiento y/ o venta de bienes
análogos a las que por las presentes bases se licitan: Según lo indicado y comprobado por el
oferente en Oferta Técnica (Anexo N° 2).
● Tiempo de Entrega por las 58.000 boquillas (40.000.- y 18.000.- respectivamente): Según lo
indicado por el oferente en Oferta Técnica (Anexo N° 3)
La suma de los puntajes obtenidos de acuerdo con la pauta anterior, debidamente ponderados
según la tabla de evaluación precedente, dará la nota final de la propuesta técnica.
El puntaje técnico obtenido se expresará con dos decimales sin aproximación.
Las ofertas serán evaluadas en plazo de entrega a través de la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntaje plazo = PMO * 100
POE
Donde:
PMO: es el plazo menor de todas las ofertas evaluadas.
POE: es el plazo de la oferta evaluada
100: es el puntaje mayor
9.2 Evaluación de Ofertas Económicas. (60%)
Las ofertas serán evaluadas económicamente a través de la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntaje económico = OPM * 100
OE
Donde:
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas
OE : es el precio de la oferta evaluada
100 : es el puntaje mayor
Las ofertas que hayan calificado técnicamente y cumplido con el puntaje técnico, serán evaluadas
económicamente mediante una escala de notas de 1 a 7 aplicando una regla aritmética de tres
inversamente proporcional asignando la nota más alta a la oferta de menor valor económico.
Para los efectos de la evaluación de la oferta económica deberá completarse el anexo N°4 de las
presentas bases.
9.3 Puntaje Final.
La nota final será la que resulte de la suma de las notas ponderadas obtenidas en la evaluación
Técnica y económica, de acuerdo a los porcentajes que se indican (40% evaluación técnica; 60%
evaluación económica).
PFTE = Puntaje Técnico * 40 % + Puntaje Económico * 60%
La suma de los puntajes obtenidos de acuerdo a la pauta anterior, debidamente ponderados según la
tabla de evaluación precedente, dará la nota final de la propuesta técnica.
El puntaje técnico obtenido se expresará con dos decimales sin aproximación.
9.4 Mecanismo de Desempate.
Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final técnico-económico, entre dos o más
Oferentes, se seleccionará al Proponente de acuerdo a la siguiente secuencia:
a) De existir empate, se seleccionará al Proponente que obtenga el mayor puntaje en la
evaluación económica.
b) De persistir el empate se seleccionará al oferente que tenga mejor puntaje en su oferta
técnica
c) Si persiste el empate, se seleccionará al oferente que tenga el mayor puntaje en el criterio
denominado tiempo de entrega.
d) En caso de aún existir empate, se seleccionará al oferente que tenga mayor puntaje en el
cumplimiento de los requisitos formales.
e) Si persiste el empate, se seleccionará al oferente que tenga el mayor puntaje en el criterio
denominado Programa de Integridad.
f) Si con todo, a pesar de haber aplicado los mecanismos de desempate anteriormente
señalados, subsistiere el empate, se elegirá al oferente que haya presentado primero su
oferta en el postal mercado público.
|
|
|
|
ADJUDICACIÓN |
|
La adjudicación se realizará dentro de los 30 días hábiles siguientes al cierre de las ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado, totalmente tramitado,
podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y
del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN |
|
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación de su oferta, será
seleccionado. Posteriormente se procederá a su adjudicación mediante acto administrativo fundado
de SENDA, debidamente notificada al Adjudicatario y al resto de los Oferentes, a través del Sistema
de Información de Compras Públicas. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación
y el puntaje que hayan permitido al Adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no adjudicados,
se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
RECHAZO DE LAS OFERTAS |
|
SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos mínimos
establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas
o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera de dichos
casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
12.1 CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN.
SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las
siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el numeral 13.1.
b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el
punto 13.2 de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se desistiera de su oferta.
|
|
|
|
DE LA CONTRATACIÓN |
|
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, en
atención a que el monto involucrado en la presente licitación es entre 100 UTM y 1000 UTM, y
siendo los bienes requeridos de simple y objetiva especificación, no se suscribirá contrato con el
adjudicatario, bastando únicamente la emisión de la correspondiente orden de compra, la que
deberá ser aceptada por el adjudicatario dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la
fecha de envío de la misma por parte de SENDA al adjudicatario y hará las veces de contrato para
todos los efectos legales, el que se regirá estrictamente por lo dispuesto en estas bases y
supletoriamente por lo establecido en la Ley de Compras Públicas Ley N° 19.886 y su reglamento.
Con todo, se hace presente que SENDA no emitirá la orden de compra en tanto los adjudicatarios no
hagan entrega de la documentación exigida en el número 13.2 de estas bases.
Los Adjudicados deberán acompañar la documentación requerida en el número 13.2. de estas
bases, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha en que sea informada la
adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Si los adjudicados no acompañara dicha documentación en el plazo señalado o no aceptará la
respectiva orden de compra dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal
caso el SENDA, a menos que el retraso se deba a una causa imputable a SENDA, adjudicará al
Oferente que, según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o
declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
13.1 INHABILIDADES PARA CONTRATAR.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las siguientes
inhabilidades:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso primero, ni
tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
b) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater
de la ley N°19.886
c) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén unidas a ellos
por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
d) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del SENDA o las
personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del
artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o
anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas
abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital;
ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
e) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad al
artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas
en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que
Indica.
f) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973. Si el adjudicatario
presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA adjudicará la licitación, al Oferente que
según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnicoeconómico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la
licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, SENDA adjudicará la licitación, al
Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final
técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses de SENDA, o declarará desierta
la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
13.2 REQUISITOS PARA LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar dentro de los 10 días
hábiles siguientes a la notificación de la resolución que adjudica, la documentación que a
continuación se indica para suscribir el contrato respectivo.
13.2.1 Todos los oferentes
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la Dirección de
Compras y Contratación Pública.
2. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con
sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos años, el adjudicatario
deberá acompañar un certificado vigente de Antecedentes Laborales y Previsionales,
otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante los últimos
dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica,
debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20___,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a. La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años.
b. La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años, cuyo monto asciende a
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los haya tenido
durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a
continuación se indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a. La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los últimos
dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
b. Por lo tanto no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de
dichas obligaciones, debiendo la entidad acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la
entidad contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la
oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará derecho a dar por
terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la entidad
referida no podrá participar.
13.2.2 Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley
19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
No he sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
13.2.3 Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada
determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere,
y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el
Conservador de Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades
constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto
actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del
Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o
que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la
entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por el
Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes Raíces y de
Comercio en donde se inscribió la sociedad.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta
de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación
Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente autorizados
por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo 548 del
Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o certificado de
vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas
sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando
corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y
todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes publicaciones en el Diario
Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de estatutos, debidamente autorizadas por
el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
C. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración que a
continuación se indica.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 20__,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
1) No esta afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° incisos primero y sexto, ni
tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
2) La entidad que represento no está afecta a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo
4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios.
3) La entidad que representa, no es una sociedad de personas de la que forme parte algún
funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol, SENDA o una persona que esté unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco una sociedad en comanditas
por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas; ni una sociedad anónima
abierta en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
4) La entidad que representa no ha sido condenada de acuerdo a lo señalado en el artículo 10 de la
Ley Nº 20.393.
5) La entidad que representa, no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de
1973.
6) La entidad que representa no se encuentra inhabilitada en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….…
Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las Universidades,
Corporaciones o Fundaciones.
Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten
dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país
de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello
escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que
acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si
hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad
chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad
chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de
agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante
legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe
comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a
lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
D. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar la
escritura pública donde se materialice el acuerdo para constituir la Unión Temporal, además, cada
uno de sus integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos anteriores,
según sea el caso.
Asimismo, cada proveedor que integre dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro de
Proveedores para suscribir el contrato.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos señalados cuando se encuentren
digitalizados y vigentes en el Registro de Proveedores.
|
|
|
|
DEL PAGO |
|
El pago se realizará una vez que se entregue la totalidad de las boquillas, previa entrega del
documento tributario correspondiente y existiendo recepción conforme por parte de la contraparte
técnica de SENDA de la totalidad de los bienes requeridos.
El documento tributario correspondiente sólo deberá ser presentado a cobro por el proveedor una
vez entregados los productos, y sólo desde ese momento comenzará a correr el plazo para el pago
de la factura.
Para proceder a ejecutar el pago, la Orden de Compra debe encontrarse aceptada por el Proveedor,
en el portal www.mercadopublico.cl.
Finalmente, el pago sólo podrá hacerse efectivo una vez que se hubiere aceptado la Orden de
Compra correspondiente y hubieren sido recibidas a conformidad la totalidad de los equipos
analizadores y sus insumos y se hubiere presentado la factura respectiva, la cual deberá ser visada
para pago por la contraparte técnica.
Las facturas u otros documentos tributarios electrónicos asociados al proceso, deberán ser
extendidos a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº 61.980.170-9, dirección calle Agustinas N° 1235, piso 9, Santiago o
en la forma que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, instruya a futuro. Estos documentos tributarios electrónicos deben ser enviados a la casilla
electrónica dipresrecepcion@custodium.com y programatoleranciacero@senda.gob.cl para toma de
conocimiento.
Atendida la naturaleza de la adquisición, no se aceptarán boletas de honorarios, y la factura deberá
corresponder a un giro o actividades, que sean coherente con el objeto del contrato. En el evento de
no cumplirse estos requisitos no se autorizará el pago en tanto no se rectifique dicha anomalía.
En el caso que la entidad contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de
dichas obligaciones, debiendo la entidad acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis
meses. Senda exigirá que la entidad contratada proceda a dichos pagos y le presenten los
comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento
de estas obligaciones por parte de la entidad contratada, dará derecho a dar por terminado el
respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la entidad referida no podrá
participar.
Para el pago, el contratista deberá presentar a SENDA un Certificado de Antecedentes Laborales y
Previsionales, y además acreditar el pago completo de las obligaciones con sus trabajadores
(personal que presta el servicio contratado) durante la ejecución del contrato, tengan estos contrato
de trabajo o presten servicios a honorarios a través de cualquier antecedente idóneo para respaldar
el cumplimiento de tales obligaciones, como por ejemplo certificados de previred o del servicio de
impuestos internos etc, dejando expresa constancia que no basta para cumplir este requisito el
envío de una declaración jurada.
El pago deberá efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o
del respectivo instrumento tributario de cobro. Para proceder a ejecutar el o los pagos que
correspondan, la o las Órdenes de Compra deben encontrarse aceptadas por el Proveedor, en el
portal www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro
del plazo de 8 días corridos, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 19.983.
|
|
|
|
CONTRAPARTE TÉCNICA |
|
La labor de Contraparte Técnica del SENDA será realizada por la Jefatura del Área de Detección e
Intervenciones Breves en la comunidad, o por quien esta designe para estas funciones. Serán
funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes:
a) Recibir a conformidad los bienes adquiridos planteando al contratista las observaciones y/o
recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de
éstos.
b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los
objetivos contemplados.
d) Otras obligaciones que le impongan las presentes bases o que le correspondan de acuerdo
sus funciones dentro de SENDA.
|
|
|
|
PLAZOS DE ENTREGA DE PRODUCTOS |
|
El plazo para la entrega de los productos comenzará a regir desde la fecha de aceptación de la
orden de compra por parte del adjudicatario y hasta el cumplimiento del plazo propuesto por el
oferente en la presentación de su oferta.
Con todo, el plazo de entrega no debe ser superior a los 90 días corridos. En caso contrario, la oferta
deberá ser declarada inadmisible mediante la dictación del correspondiente acto administrativo.
Cabe señalar que, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán comenzar a ejecutarse a
contar de la fecha indicada en el contrato.
16.1 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Si con posterioridad a la formalización de la contratación, el SENDA estima necesario realizar
modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que por su magnitud representen un esfuerzo
significativo para el adjudicatario, podrá proponer a éste las modificaciones señaladas, las que
podrán incluir el plazo, el aumento de los bienes y en consecuencia el monto total del contrato, no
pudiendo exceder este último el 30% del originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser realizada mediante la dictación de un acto administrativo, y se
emitirá una nueva orden de compra en caso de que el monto varíe, la cual deberá ser aceptada por
el prestador mediante el portal www.mercadopublico.cl.
16.2 TÉRMINO ANTICIPADO.
SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere
alguna de las siguientes circunstancias:
1. Si el contratista es calificado fundadamente en los Informes Técnicos de Control de Calidad con
puntaje malo, durante tres meses seguidos, o cuatro veces en meses distintos dentro de un
período de seis meses.
2. Si se dictare respecto del contratista, resolución de liquidación en un Procedimiento Concursal de
Liquidación y Renegociación, o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se
mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el
cumplimiento del contrato.
3. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en
mora de cumplir sus obligaciones.
4. Si el contratista se tratase de una sociedad, cuando ésta se disolviere.
5. Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de autoridad que
hagan imperativo terminarlo.
6. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad
jurídica de la sociedad contratista.
7. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, conforme a lo
señalado en el artículo 130 del Reglamento 661.
8. Por causa de interés público.
9. Por exigirlo la seguridad nacional.
10. Prestador del servicio registra saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la
mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
11. Cuando el monto de las multas previstas en el número 26 del acápite I de estas bases, alcanzare al
30 % del monto total de la contratación.
En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, SENDA pondrá
anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de
perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común. En todos
aquellos casos en que el término anticipado de contrato se disponga por causa imputable al
proveedor, SENDA hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato
Procedimiento de término anticipado de contrato:
a) El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol SENDA, notificará por correo electrónico al contratista los hechos y circunstancias que constituyen la
causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán al
correo electrónico informado en la presentación de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para
efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia
de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los
hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditada la causal
de término anticipado dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Servicio dispondrá de diez días hábiles,
contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo
resuelto, se dictará el correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los
cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá
por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge
total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, el
término quedará firme.
16.3 MULTAS
Se aplicará una multa del 2,5% del monto total de la orden de compra respectiva, por cada día hábil
de atraso en el plazo de entrega indicado en la oferta del adjudicatario.
Con todo el monto máximo de las multas no podrá igualar o exceder del 30% del monto total de la
respectiva Orden de Compra.
Procedimiento de aplicación de multas:
a) El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
SENDA, notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen la falta que se
ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán al
correo electrónico informado en la presentación de la oferta.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para
efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia
de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los
hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las
faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que correspondan, dictándose la
pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Servicio dispondrá de cinco días hábiles,
contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total
o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por carta certificada.
El contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Servicio, dentro de los cinco días hábiles
contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco
días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente.
Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme,
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o en su defecto
que resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o entregar directamente
en la Unidad de Tesorería, quién extenderá el respectivo recibo de ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del punto anterior, pudiendo proceder a depositar el
documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado, realizando el respectivo
endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de Tesorería
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el RUT del
Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, SENDA estará facultado para
descontar el monto de la multa, de cualquier estado de pago pendiente.
|
|
|
|
CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN |
|
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las
obligaciones que emanan de la presente licitación pública.
En atención a la naturaleza de las funciones contratadas, el proveedor tampoco podrá concertar con
terceros la subcontratación del contrato.
|
|
|
|
PRINCIPIOS Y NORMAS APLICABLES A LA ORDEN DE COMPRA |
|
18.1 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El Contratista y su personal, deberán guardar estricto control y reserva sobre la información y
documentos a los que tenga acceso durante y con posterioridad al desarrollo del servicio. Cualquier
documento de propiedad de SENDA, al que haya accedido directa o indirectamente, a propósito de la
ejecución del servicio, deberá ser devuelto por el Contratista al finalizar la ejecución del mismo. El
incumplimiento de esta obligación dará lugar al término anticipado de la convención. Si la ejecución
del convenio ya se hubiere verificado, SENDA, iniciará las acciones legales que correspondan para
efectos de resarcirse de los perjuicios provocados.
18.2 PROPIEDAD, USOS Y RESTRICCIÓN DE LA INFORMACIÓN
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del servicio, la
documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que
haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el servicio, sin perjuicio de
autorización expresa de SENDA para su uso.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del servicio,
en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados
con el desarrollo de los servicios.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información,
reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de
acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio,
de la totalidad o parte de la información referida.
18.3 PROTECCIÓN DE DATOS
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos
anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del servicio o dentro de los 5 años siguientes
después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales
que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de
confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida
Privada.
|
|
|
|