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I.BASES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS |
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1. SERVICIOS REQUERIDO
1.1. Requerimiento de compra
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, llama a licitación pública, por un período que se extenderá desde la suscripción de cada contrato, hasta el 31 de diciembre de 2025, para la ejecución de servicios personales especializados correspondientes a profesionales expertos para conformar un equipo de gestión intersectorial con profesionales del o los servicios de salud respectivos, y Servicio Regional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, de acuerdo a la localización de las líneas de servicio licitadas, que hagan un seguimiento de la situación de salud, particular y especialmente aquellos vinculados a la prevención y tratamiento del consumo de alcohol y otras drogas, de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes y la trayectoria de las intervenciones en salud que reciben, permitiendo que todos ellos reciban las acciones de promoción, prevención y tratamiento que requieran, de forma oportuna, de calidad y favoreciendo la continuidad de los cuidados.
El servicio licitado implica gestionar con el intersector la implementación y ejecución del Sistema Intersectorial de Salud Integral con Énfasis en Salud Mental para Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes con Vulneración de Derechos y/o Sujetos a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, a través de, entre otros:
a. Apoyar la gestión de la red de prevención y tratamiento del consumo de drogas en el ámbito infantoadolescente.
b. Realizar seguimiento de la gestión priorizada de horas de atención por consumo de alcohol y otras drogas en los distintos programas en convenio o ejecutados por SENDA.
c. Asesorar la implementación de actividades de capacitación vinculadas al consumo de alcohol y otras drogas en población infantoadolescente.
d. Participar en reuniones con el intersector vinculadas con el Sistema Intersectorial.
e. Participar en las reuniones convocadas por la Dirección Regional de SENDA.
f. Revisar y estudiar documentos, guías clínicas, orientaciones técnicas y, en general, documentos elaborados por SENDA y otras instituciones relacionadas, respecto del consumo de alcohol y otras drogas y su intervención en población infanto juvenil.
g. Resguardar, en coordinación con el intersector, que se elaboren e implementen protocolos a nivel de red que favorezcan la implementación y ejecución del Sistema.
h. Detectar, en coordinación con el intersector, necesidades de capacitación de los equipos del territorio y apoyar la gestión de éstas
i. Coordinarse de manera permanente con las áreas de Tratamiento y Prevención de la oficina regional de SENDA.
j. Elaborar, en conjunto con el intersector, los informes solicitados desde el nivel central de evaluación de la implementación del Sistema, que incluyen, entre otros datos, los indicadores diseñados para el sistema.
1.2. De la Modalidad de la Licitación
Se solicita, realizar la presente licitación en la modalidad de adjudicación múltiple, por línea de servicio. Al adjudicar la presente licitación en la modalidad de adjudicación múltiple, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, podrá seleccionar a varios proponentes, pero, con las siguientes limitaciones, atendida la especial naturaleza del servicio objeto de la presente licitación:
● Cuando se trate de una persona natural, que presente una oferta para prestar los servicios personalmente, solamente podrá adjudicarse una línea de servicio.
● En el caso de personas jurídicas, podrán postular y adjudicarse una o más líneas de servicio, siempre que se proponga a una persona natural por cada línea de servicio a la que se postula y cumpla con las condiciones técnicas requeridas.
● En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, éstas podrán postular y adjudicarse más de una línea, siempre que cada uno de los integrantes que conformen la Unión, oferten y se adjudiquen distintas líneas de servicios y cumplan con las condiciones técnicas requeridas. En otras palabras, para el caso de las Uniones Temporales de Proveedores NO podrán presentar una oferta en la que dos o más personas jurídicas o naturales puedan adjudicarse la misma Línea de Servicio. Cada Línea de Servicio deberá prestarse EXCLUSIVAMENTE por UNA SOLA persona natural.
En razón de lo anterior, en el caso que postule una persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores, para efectos de evaluar la idoneidad técnica y la oferta técnica, se considerará exclusivamente la aptitud, experiencia y formación de las personas naturales que prestarán el servicio.
En suma, atendida la naturaleza del servicio personal especializado objeto de la presente licitación, éste deberá prestarse por una sola persona natural por cada Línea de Servicio.
1.3. Líneas de servicio
Para todos los efectos legales, esta licitación está compuesta por las siguientes líneas de servicios y los respectivos montos máximos por año:
Línea de Servicio Región Profesional Presupuesto 2025
1 Biobío Trabajador/a Social, Psicólogo/a, Terapeuta ocupacional, enfermero/a, antropólogo/a, sociólogo/a, educadores/as de párvulos o profesores/as con formación en temáticas de drogas, justicia juvenil y/o Experiencia en gestión de redes de protección a la infancia y adolescencia y/o temáticas de drogas y/o Justicia juvenil $23.476.800
2 Araucanía Trabajador/a Social, Psicólogo/a, Terapeuta ocupacional, enfermero/a, antropólogo/a, sociólogo/a, educadores/as de párvulos o profesores/as con formación en temáticas de drogas, justicia juvenil y/o Experiencia en gestión de redes de protección a la infancia y adolescencia y/o temáticas de drogas y/o Justicia juvenil
$23.476.800
3 Los Lagos Trabajador/a Social, Psicólogo/a, Terapeuta ocupacional, enfermero/a, antropólogo/a, sociólogo/a, educadores/as de párvulos o profesores/as con formación en temáticas de drogas, justicia juvenil y/o Experiencia en gestión de redes de protección a la infancia y adolescencia y/o temáticas de drogas y/o Justicia juvenil $23.476.800
1.4. Recursos disponibles
Los recursos disponibles máximos se encuentran desagregados por línea de servicio y año en el punto 1.3 de estas bases. SENDA no entregará recursos adicionales a los mencionados, por lo que los recursos indicados deben cubrir todos los gastos asociados a la correcta realización de los productos solicitados.
En razón de lo expresado en este numeral, los oferentes NO deberán presentar una oferta económica.
Se recuerda que, el presupuesto considera montos brutos, siendo responsabilidad exclusiva del oferente, considerar los eventuales impuestos a los que pudiera verse afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios licitados.
1.5. Duración de los servicios
El plazo de ejecución se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo
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2. ASPECTOS GENERALES |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, así como Unión Temporal de Proveedores que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.
2.1. Encargado del Contrato
El encargado del proceso de contratación será la jefatura del Área de Tratamiento de SENDA, o quien lo subrogue o reemplace. Sin perjuicio de lo anterior, cada Dirección Regional, previa notificación al Área de Tratamiento, podrá designar a una persona para efectos de la ejecución del contrato.
2.2. Plazos
Los plazos de la presente licitación son los que en cada caso se señalan, entendiéndose como días hábiles, de lunes a viernes, sin considerar los días sábados, domingos y festivos.
En el caso que un plazo expire en día sábado, domingo o festivo el vencimiento se producirá al día hábil siguiente.
2.3. Etapas de la licitación pública.
La presente licitación pública se realizará en dos etapas, de manera que, primero se realizará la evaluación de idoneidad técnica y, una vez publicada esta evaluación y revisados los resultados en la página web de Mercado Público, el oferente deberá ingresar su oferta técnica en plataforma.
Así, y de acuerdo a lo previsto por el artículo 107 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las dos etapas son las siguientes:
i. Primera Etapa de Idoneidad Técnica: En esta etapa se evaluará la idoneidad técnica de los oferentes, a través de la documentación y antecedentes presentados.
ii. Segunda Etapa de Presentación de ofertas: En esta etapa, los oferentes solamente deberán presentar una oferta técnica conforme a lo establecido en el numeral 4, y se estará a lo dispuesto en el artículo 107, número 2, del Reglamento de la Ley de Compras.
En definitiva, las dos etapas no son simultáneas, razón por la cual el proveedor interesado deberá, en la primera etapa, subir al portal de Mercado Público solamente los antecedentes relativos a su idoneidad técnica (Anexo N°3) y esperar los resultados de esta etapa, que serán publicados en el mismo portal. En el caso de postular una persona jurídica, además del Anexo N° 3, deberá presentarse la declaración jurada contenida en el Anexo N°2.
Posteriormente, en la segunda etapa, quienes hayan resultado preseleccionados, en virtud del procedimiento establecido en el número 3 de las presentes bases, deberán presentar su oferta técnica dentro del plazo establecido en el numeral 4.4. Para dichos efectos, los oferentes deberán subir al portal los Anexos N°1 y N°4, si corresponde.
2.4. Modificaciones a las bases
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá modificar las presentes bases, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán aprobarse por resolución fundada totalmente tramitada y publicarse en el www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica a la licitación pública.
En caso de ser necesario, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol fijará, prudencialmente, un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
2.5. Cronograma de actividades
Primera etapa: Idoneidad Técnica
ACTIVIDAD PLAZO
Plazo de presentación de antecedentes de idoneidad técnica Hasta el día 10 corrido, contados desde la fecha de publicación de las presentes bases a través del portal www.mercadopublico.cl
Consulta a las bases de licitación Hasta el día 3 corrido, contados desde la fecha de publicación de las presentes bases a través del portal www.mercadopublico.cl
Respuesta a las consultas Hasta el día 3 hábil, desde la fecha de vencimiento para presentar consultas
Publicación del Acta de Idoneidad Técnica Hasta el día 5 hábil, contado desde la fecha de cierre de presentación de antecedentes de idoneidad técnica
Segunda etapa: Presentación de Ofertas
ACTIVIDAD PLAZO
Recepción de ofertas: anexo de presentación de propuesta técnica y antecedentes administrativos Hasta las 15:00 hrs. del día 10 corrido, contado desde la fecha de notificación del acta de evaluación de los oferentes preseleccionados.
Consultas al acta de idoneidad técnica Dentro de los 3 días corridos contados desde la fecha de publicación del Acta de Idoneidad Técnica.
Respuestas a consultas al acta de idoneidad técnica Dentro de los 3 días hábiles contados desde la fecha del vencimiento del plazo para hacer consultas.
Apertura de las ofertas A partir del día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas, se procederá a efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta licitación.
Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles siguientes al cierre de las ofertas.
Plazo de presentación de antecedentes En un plazo no superior a 15 días corridos.
Suscripción del contrato El adjudicado deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato.
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3. PRIMERA ETAPA DEL PROCESO DE LICITACIÓN: IDONEIDAD TÉCNICA |
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3.1. Presentación de antecedentes de Idoneidad Técnica.
La presentación de los antecedentes de Idoneidad técnica deberá realizarse hasta el día 10 corrido, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado Público, www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
En esta fase, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol verificará la Idoneidad Técnica de los oferentes. Para ello, éstos deberán presentar el Anexo N° 3, contenido en el acápite III de estas bases.
Asimismo, deberán adjuntarse los documentos que se detallan en el número 2. y número 3. del Anexo N° 3 para efectos de acreditar formación profesional y experiencia.
3.2. Comisión evaluadora de la idoneidad técnica
La evaluación de la Idoneidad Técnica será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as):
1. Jefe(a) de la División Programática de SENDA o quien éste(a) designe mediante memorándum.
2. Jefe (a) del Área de Tratamiento de SENDA, o quien éste(a) designe mediante memorándum.
3. Funcionario(a) del Área de Tratamiento de SENDA, designado mediante memorándum por el Jefe (a) del Área de Tratamiento.
A su vez participará un Abogado de la División Jurídica de SENDA como Ministro de Fe.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del reglamento de la Ley N° 19.886, la Comisión Evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en SENDA.
La Comisión evaluadora deberá confeccionar un Acta de la Evaluación de la Idoneidad Técnica y dejará constancia de lo siguiente:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de la Idoneidad técnica.
3.3. Recepción de Consultas
Los proponentes podrán formular sus consultas, a través del sitio www.mercadopublico.cl correspondiente a la presente licitación, dentro de los 3 primeros días corridos contados desde la fecha de publicación de las presentes bases. Según lo indicado en el artículo N° 39 del reglamento de la ley N° 19.886, sólo mediante los mecanismos previstos por estas bases de licitación, los oferentes podrán comunicarse con SENDA, para los efectos de la licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
3.4. Respuestas a las consultas
La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl dentro de los 3 días hábiles siguientes del vencimiento del plazo para presentar consultas señalado en el número anterior.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación, por lo cual, deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las bases administrativas y técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
3.5. Evaluación de la idoneidad técnica (criterios)
El proceso de evaluación de Idoneidad Técnica será interno y se aplicará una escala de puntos de 0 a 100 según la siguiente ponderación:
IDONEIDAD TÉCNICA
Criterios Evaluación Idoneidad Técnica Descripción
Puntaje Ponderación
1. Título profesional Posee título profesional de Trabajador/a Social, Psicólogo/a, Terapeuta ocupacional, enfermero, antropólogo, sociólogo, educadores de párvulos o profesores y cuenta con al menos un diplomado o postítulo o post grados en temáticas de drogas y/o salud mental y/o temáticas de protección especializada en Niños, niñas y adolescentes (NNA) y/o justicia juvenil. 100
50%
No posee y/o no informa y/o no acredita título profesional de Trabajador/a Social, Psicólogo/a, Terapeuta ocupacional, enfermero, antropólogo, sociólogo, educadores de párvulos o profesores y/o no cuenta con diplomado o postítulo o post grados en temáticas de drogas y/o salud mental y/o temáticas de protección especializada en Niños, niñas y adolescentes (NNA) y/o justicia juvenil. 0
2. Experiencia Laboral Cuenta con experiencia en intervención directa en programas y/o proyectos de tratamiento y/o prevención y/o gestión de redes de salud y/o salud mental y/o temáticas de protección especializada en Niños, niñas y adolescentes (NNA) y/o justicia juvenil. 100 50%
No cuenta o no acredita Experiencia en gestión de redes de protección a la infancia y adolescencia y/o temáticas de drogas y/o Justicia juvenil 0
En caso de obtener puntaje cero en cualquiera de los dos ítems, la propuesta será declarada inadmisible.
3.6. Publicación del acta de Evaluación de los oferentes preseleccionados.
La publicación del acta de Idoneidad Técnica se realizará hasta el día 5 hábil, contado desde la fecha de cierre de presentación de antecedentes de Idoneidad Técnica.
3.7. Recepción de Consultas
Los proponentes sólo podrán formular sus consultas, a través del sitio www.mercadopublico.cl correspondiente a la presente licitación, dentro de los 3 primeros días corridos desde publicada el acta de evaluación de idoneidad técnica. Según lo indicado en el artículo N° 39 del reglamento de la ley N° 19.886, sólo mediante los mecanismos previstos por estas bases de licitación, los oferentes podrán comunicarse con SENDA, para los efectos de la licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
3.8. Respuestas a las consultas y aclaraciones
La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl dentro de los 3 días hábiles siguientes del vencimiento del plazo para presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las bases administrativas y técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
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4. SEGUNDA ETAPA DE LA LICITACIÓN: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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4.1. Información General
Toda oferta deberá incluir los antecedentes administrativos que se señalan en estas bases y los documentos de la propuesta técnica.
La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes requeridos será condición suficiente para rechazar la oferta en el acto de apertura y declararla inadmisible.
Asimismo, si se comprueba la falta de presentación de los antecedentes señalados en forma posterior al acto de apertura, la oferta en cuestión no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación, y será declarada inadmisible.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word, en el portal www.mercadopublico.cl
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las Bases Administrativas y Técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de condiciones a toda la documentación referida.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos administrativos exigidos en la forma prevista en el número 4.4 de estas bases de licitación, será declarada inadmisible, quedando, por tanto, fuera de la presente licitación pública.
4.2. Recepción de Consultas
Los proponentes sólo podrán formular sus consultas, a través del sitio www.mercadopublico.cl en el ID correspondiente a la presente licitación, dentro de los 3 primeros días corridos desde publicada el acta de evaluación de idoneidad técnica. Según lo prescrito en el artículo N° 39 del reglamento de la ley N° 19.886, sólo mediante los mecanismos previstos por estas bases de licitación, los oferentes podrán comunicarse con SENDA, para los efectos de la licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
4.3. Respuestas a las consultas y aclaraciones
La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl dentro de los 3 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
4.4. Fecha de recepción de antecedentes
Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación hasta las 15:00 del décimo día corrido, contado desde la fecha de notificación de la preselección a través del portal www.mercadopublico.cl
En caso que el vencimiento del plazo recayera en día inhábil, se postergará la fecha del cierre de recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora.
En caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, excepcionalmente las ofertas podrán ser recepcionadas en papel, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional correspondiente a la línea de servicio a la que postula o la del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (Agustinas N°1235, piso 7, Santiago Centro), de lunes a viernes entre las 9:00 y las 14:00 horas, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad del portal, en virtud de lo establecido en el N°2 del artículo 62 del Decreto Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004.
Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas técnicas en papel que adjunten un certificado de indisponibilidad del sitio emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
4.5. Número de ofertas
Cuando el oferente sea una persona natural, se deberá presentar solamente una oferta por línea de servicio a la que postule, o solo una oferta por las líneas de servicio de la Región Metropolitana, en atención a que estas líneas de servicio corresponden a las mismas prestaciones en cuanto a su distribución territorial y características. Por lo tanto, se deja constancia que, respecto de las Líneas de la Región Metropolitana, se podrá postular con una sola oferta para las líneas de servicio.
Si el oferente es una persona natural, y si desea ofertar para alguna línea de servicio de la Región Metropolitana, al momento de presentar su oferta en la plataforma www.mercadopublico.cl deberá seleccionar todas las líneas de servicio correspondientes a la región. Si una persona natural presenta más de una oferta en plataforma Mercado Público este Servicio Público entenderá como válidamente presentada una oferta y la última oferta subida al portal.
Una persona natural solo podrá adjudicarse UNA línea de servicio. Cuando el oferente sea una persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores, podrán postular a más de una línea de servicio o región. En el caso de una persona jurídica, ésta deberá señalar determinadamente las personas naturales que prestarán servicios para cada línea de servicio o región, según corresponda, en cuyo caso deberá presentar el Anexo N°2, debidamente completado. A este respecto, cabe señalar que, según lo dispuesto en las presentes bases, se evaluará la experiencia y formación relativa a la persona natural que prestará el servicio y NO se tendrá en consideración los antecedentes presentados por la persona jurídica o la Unión Temporal de Proveedores.
4.6. Antecedentes administrativos
Para postular, los oferentes además de su propuesta técnica deberán presentar una declaración jurada simple, la cual se contiene en el Anexo N° 1, del acápite III, de estas bases, distinguiendo si se trata de una persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores.
La declaración jurada deberá ser ingresada como antecedente administrativo, digitalizado en formato PDF o Word, al portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación pública.
Una vez que, los oferentes preseleccionados presenten sus ofertas y previo a la evaluación de las mismas, la División Jurídica de SENDA, revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la declaración jurada del Anexo N° 1, del acápite III, de estas bases, emitiendo un informe que dé cuenta de ello. La falta o no presentación de la referida declaración jurada, será causal para declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, desestimándose las ofertas de aquellos oferentes que se encontraren en alguna de las antedichas situaciones, mediante la declaración de inadmisibilidad de las mismas.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004.
Si el oferente es una Unión Temporal de Proveedores, en caso que a alguno de sus integrantes le afecte una causal de inhabilidad, esta situación se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional de SENDA, ubicada en Agustinas 1235 piso 7 de 09:00 a 14:00 horas, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
4.7. Propuesta Técnica
Los documentos para la propuesta técnica se presentarán por cada línea de servicio a la que se postule y deberán ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá presentar el Anexo N° 4, del acápite III, de estas bases, denominado “Formulario de Presentación de Propuesta para Licitación 2025 Servicios Personales Especializados Gestión Intersectorial” y el Anexo N° 2, si procediere. La falta o no presentación de los referidos anexos, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 4.4, del acápite I de estas bases, por lo que, una vez expirado dicho plazo, no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
4.8. Propuesta Económica
En virtud de lo señalado en el numeral 1.3 y 1.4 de las presentes bases, no se deberá presentar una oferta económica en razón a que los recursos disponibles máximos por cada línea de servicio ya se encuentran considerados por SENDA y desagregados por línea de servicio y año.
Con todo, si la plataforma www.mercadopublico.cl exige indicar un monto para la oferta económica, podrá incluirse cualquier valor numérico.
4.9. De la validez de la propuesta
La propuesta técnica deberá tener una validez mínima de hasta 90 días corridos desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazada por SENDA. Sin perjuicio de lo anterior, ante el silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene la vigencia mínima de 90 días exigidos en estas bases.
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5. EVALUACIÓN |
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5.1. Fecha de cierre de recepción de ofertas y apertura de las mismas.
La apertura de las ofertas se realizará el día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas, de conformidad a lo referido en el numeral 4.4, de estas Bases de Licitación.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, antes de evaluar las ofertas técnicas, realizará una revisión de los antecedentes administrativos presentados por los oferentes, en la que verificará que éstos cumplan con los antecedentes mínimos exigidos en las presentes bases.
5.2. De la Comisión Evaluadora
Las evaluaciones serán realizadas por una comisión evaluadora integrada por, a lo menos, tres funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Se deja constancia que, de acuerdo al art. 35 nonies de la Ley 19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. Para ello los miembros de la comisión evaluadora deberán completar antes de evaluar el proceso licitatorio, la respectiva declaración jurada que la DCCP ha dispuesto para este caso. Para la presente licitación, la comisión evaluadora estará formada por los siguientes funcionarios:
1. Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quién éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
2. Jefe(a) de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
3. Jefe(a) del Área de Tratamiento de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
A su vez, un abogado de la División Jurídica de SENDA deberá actuar como Ministro de Fe.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifique asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
d) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
5.3. Del Acta final de Evaluación
De la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora, así como de su propuesta de adjudicación, se levantará un acta que será suscrita por todos los miembros de la comisión.
5.4. Evaluación de la Propuesta Técnica
La evaluación de las ofertas será realizada por la Comisión de Evaluación, la que analizará los antecedentes y las ofertas presentadas, de acuerdo a los criterios establecidos a continuación:
Ítem Ponderación Parcial Criterio evaluación Puntaje obtenido
1.- Formación: la persona que postula cuenta con Título profesional de Trabajador/a Social, Psicólogo/a, Terapeuta ocupacional, enfermero, antropólogo, sociólogo, educadores de párvulos o profesores y cuenta con formación de postgrados, postítulos y/o diplomados en temáticas de drogas y/o otras problemáticas de salud mental y/o temáticas de protección especializada en Niños, niñas y adolescentes (NNA) y/o justicia juvenil. 35% Ha completado formación de uno o más postgrados en temáticas de drogas y/o otras problemáticas de salud mental y/o temáticas de protección especializada en Niños, niñas y adolescentes (NNA) y/o justicia juvenil 100
Ha completado formación de uno o más pos títulos en temáticas de drogas y/o otras problemáticas de salud mental y/o temáticas de protección especializada en Niños, niñas y adolescentes (NNA) y/o justicia juvenil 75
Ha completado formación de uno o más diplomados en temáticas de drogas y/o otras problemáticas de salud mental y/o temáticas de protección especializada en Niños, niñas y adolescentes (NNA) y/o justicia juvenil 50
No posee y/o no informa y/o no acredita formación de título y/o formación de postgrado, postítulos y/o diplomados en temáticas de drogas y/o otras problemáticas de salud mental y/o temáticas de protección especializada en Niños, niñas y adolescentes (NNA) y/o justicia juvenil 0
2.- Cursos de Capacitación en temáticas relacionadas al consumo de drogas y/o infancia y/o adolescencia, especialmente de vulneración de derechos y/o infracción de ley y/o otras problemáticas de salud mental. 15% Posee 100 horas o más de capacitación durante los últimos 5 años en temáticas relacionadas al consumo de drogas y/o infancia y/o adolescencia, especialmente de vulneración de derechos y/o infracción de ley y/o otras problemáticas de salud mental. 100
Posee más de 50 horas y menos de 100 horas de capacitación durante los últimos 5 años en temáticas relacionadas al consumo de drogas y/o infancia y/o adolescencia, especialmente de vulneración de derechos y/o infracción de ley y/o otras problemáticas de salud mental. 75
Posee más de 20 horas y menos de 50 horas de capacitación durante los últimos 5 años en temáticas relacionadas al consumo de drogas y/o infancia y/o adolescencia, especialmente de vulneración de derechos y/o infracción de ley y/o otras problemáticas de salud mental. 50
No posee y/o no informa y/o no acredita horas de capacitación durante los últimos 5 años en temáticas relacionadas al consumo de drogas y/o infancia y/o adolescencia, especialmente de vulneración de derechos y/o infracción de ley y/o otras problemáticas de salud mental. 0
3. Experiencia en intervención directa en proyectos y/o programas de tratamiento y/o prevención del consumo alcohol y otras drogas, que contemplen niños, niñas y/o adolescentes (NNA) y/o Justicia Juvenil 35% El postulante tiene cinco años o más de experiencia intervención directa en proyectos y/o programas de tratamiento y/o prevención del consumo alcohol y otras drogas, que contemplen niños, niñas y/o adolescentes (NNA) y/o Justicia Juvenil 100
El postulante tiene tres años o más y menos de cinco años de experiencia intervención directa en proyectos y/o programas de tratamiento y/o prevención del consumo alcohol y otras drogas, que contemplen niños, niñas y/o adolescentes (NNA) y/o Justicia Juvenil 60
El postulante tiene un año o más y menos de tres años de experiencia en intervención directa en proyectos y/o programas de tratamiento y/o prevención del consumo alcohol y otras drogas, que contemplen niños, niñas y/o adolescentes (NNA) y/o Justicia Juvenil 30
El postulante cuenta con menos de un año y/o no cuenta y/o no informa y/o no acredita experiencia en intervención directa en proyectos y/o programas de tratamiento y/o prevención del consumo alcohol y otras drogas, que contemplen niños, niñas y/o adolescentes (NNA) y/o Justicia Juvenil 0
4.- Experiencia en Gestión y/o articulación de trabajo en red y/o coordinación intersectorial en salud y/o protección especializada NNA 13% El postulante tiene tres años o más de experiencia en gestión y/o articulación de trabajo en red y/o coordinación intersectorial en salud y/o protección especializada NNA 100
El postulante tiene dos años y menos de tres años de experiencia en gestión y/o articulación de trabajo en red y/o coordinación intersectorial en salud y/o protección especializada NNA 60
El postulante tiene más de un año y menos de dos años de experiencia en gestión y/o articulación de trabajo en red y/o coordinación intersectorial en salud y/o protección especializada NNA 30
El postulante tiene menos de un año y/o no informa y/o no acredita experiencia en gestión y/o articulación de trabajo en red y/o coordinación intersectorial en salud y/o protección especializada NNA 0
5.- Requisitos Formales de la presentación de la oferta 2% El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello. 100
No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los acompaña con posterioridad conforme al artículo 40, inc. 2°, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al artículo 40, inc. 1° de dicho reglamento. 50
No cumple, ni acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme al artículo 40, inc. 2°, del Reglamento de la ley N°19.886 0
La suma de los puntajes ponderados obtenidos constituirá la nota final de la propuesta técnica.
5.5. Mecanismo para dirimir empates
En caso que en una línea de servicio se verificase un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
1. Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación “Formación”.
2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica denominado Experiencia en intervención directa en proyectos y/o programas de tratamiento y/o prevención del consumo alcohol y otras drogas, que contemplen niños, niñas y/o adolescentes (NNA) y/o Justicia Juvenil.
3. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación del criterio “Cursos de Capacitación en temáticas relacionadas al consumo de drogas y/o infancia y/o adolescencia, especialmente de vulneración de derechos y/o infracción de ley y/o otras problemáticas de salud mental”.
4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación del criterio “Experiencia del proponente en gestión o coordinación de equipos”.
5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación del criterio “Requisitos Formales de la presentación de la oferta”
6. Finalmente, si aplicados los criterios anteriores, se mantuviera el empate, se resolverá a favor del oferente que haya presentado primero su propuesta en el portal.
5.6. Rechazo de las ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, declarará desierta la licitación o la línea de servicio respectiva, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses de SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado
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6. ADJUDICACIÓN |
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6.1. Selección del adjudicado
Se entiende que presentó la mejor oferta quien obtenga la nota final más alta entre los oferentes por cada una de las líneas de servicio en cuestión.
6.2. Causales para dejar sin efecto la adjudicación.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las siguientes causales:
a. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el numeral 7.2 del acápite I de estas bases.
b. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el número 7.3 del acápite I de estas bases.
c. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se desistiera de su oferta.
d. Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo establecido en el número 7.1. del acápite I de estas bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará al oferente que, según el acta de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final en la línea de servicio respectiva, si dicha oferta es conveniente para los intereses de SENDA, o declarará desierta dicha línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
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7. CONTRATACIÓN |
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7.1. Del Contrato
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, con cada uno de los adjudicatarios, dentro de los 15 días hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica.
7.2. Inhabilidades para contratar.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las siguientes inhabilidades:
a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° incisos primero y sexto, ni tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
b) Las personas naturales que sean funcionarios directivos de SENDA o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos de SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
d) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica.
e) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973.
f) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades o prohibiciones indicadas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará, en la línea de servicio correspondiente, al oferente que según el acta de evaluación final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente para los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o declarará desierta la licitación o la línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
7.3. Requisitos para contratar.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar, en un plazo no superior a 15 días corridos, la documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato respectivo:
7.3.1. Todos los oferentes
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
2. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos años, el adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de Antecedentes Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración jurada según el formato que a continuación se indica.
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas:
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202___, don/doña ...................................................................................., representante legal de…………………………………………, RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a ……………………………….
Firma: …………..………….. Nombre: …………..…………..RUT: ……………………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica:
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202___, don/doña ...................................................................................., representante legal de…………………………………………, RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los últimos dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT………………………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. SENDA exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
7.3.2. Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a _______ de _________ de ______, don/doña __________________________________________________, cédula nacional de identidad N° ___________, declara bajo juramento lo siguiente:
1) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° incisos primero y sexto, de la Ley N° 19886, de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, no estar afecto a ninguna de las inhabilidades en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886.
2) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3) Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho, que le impida celebrar actos o contratos con organismos del Estado.
__________________
Firma
Nombre:………..……………………………………………..
Cédula de Identidad N°:…………….…………..
7.3.3. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N°110, de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N°20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y todas las escrituras públicas insertas en ellos, y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Composición de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
C. PARA AMBOS CASOS, además, en necesario adjuntar lo siguiente:
Documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para suscribir contratos.
D. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración que a continuación se indica.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a _____ de ____________ de _______, don/doña _________________________________________________, cédula nacional de identidad N°_______________, representante legal de _________________________________________________________________, R.U.T ____________, viene en declarar bajo juramento, que tanto el (la) que suscribe como la persona jurídica a la que representa:
1.- No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, no estar afecto a ninguna de las inhabilidades en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886.
2.- No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3.- Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
4.- La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica
5).- La entidad que represento no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
6) No se encuentran inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595 sobre Delitos Económicos..
Firma: …………..…………….
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………………
*Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
7.3.4. Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046.
7.3.5. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos anteriores, según sea el caso, más el instrumento en el cual se formaliza la Unión, en donde debe constar a lo menos, la solidaridad entre partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y el nombramiento de un representante o apoderado común, con poderes suficientes.
Con todo, se hace presente, que a excepción del instrumento en el cual se formaliza la Unión Temporal, no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se encuentren digitalizados y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
Presentación de antecedentes
Los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato deberán ser presentados en la oficina de partes del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N°1235, piso 2, comuna de Santiago.
7.4. Formalización del contrato.
El adjudicado deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato.
Si el adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta.
7.5. Garantía de Fiel Cumplimiento
Habiéndose ponderado el riesgo involucrado, las presentes bases, no contemplan la presentación de una garantía por fiel cumplimiento del contrato, quedando supeditado los pagos al cumplimiento efectivo de las tareas encomendadas y los informes respectivos.
7.6. De la aprobación del contrato.
El contrato que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo.
Con todo, en ningún caso el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará los servicios otorgados mientras no esté totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
7.7. Duración del servicio.
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato, y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025. Durante este periodo, el contratista deberá realizar la actividad correspondiente a la línea de servicio en donde haya resultado adjudicado, según se detalle en el contrato respectivo
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8. DEL PAGO, LOS INFORMES DE EJECUCIÓN REQUERIDOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS MISMOS |
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8.1. Del pago
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pagará a los adjudicatarios las acciones de gestión intersectorial a que se refiere el número 1.1. de estas bases, por servicio de gestión intersectorial, según la línea de servicio.
De acuerdo a lo señalado en el numeral 1.3, el monto total máximo a financiar el año 2025 será de $23.476.800 (veintitrés millones cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos pesos)
Cada línea de servicio se pagará de forma mensual, en cuotas iguales y sucesivas, a contar de la fecha en que comiencen a prestarse los servicios. Cada cuota del año 2025, corresponderá a un valor equivalente a la décima parte del monto dispuesto para dicho año.
Cada cuota se pagará, previa presentación y aprobación de un informe mensual, que deberá ser entregado en formato digital, a menos que se solicite explícitamente en papel y, la entrega por parte del oferente de la correspondiente boleta o factura extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N°61.980.170-9, debidamente visada por el área técnica que ha requerido el presente servicio y el Área de Compras y Contrataciones de SENDA.
Sin perjuicio de lo anterior, los adjudicatarios deberán continuar ejecutando hasta el 31 de diciembre de 2025.
Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondientes, y la demás documentación correspondiente.
Con todo, los pagos que corresponda efectuar durante el año 2025, estarán condicionados a que la Ley de presupuestos del referido año, contemple los recursos necesarios al efecto.
Se deja expresa constancia que si el adjudicatario declara que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Para estos efectos, en este plazo, deberá presentar los comprobantes de pagos que demuestren fehacientemente el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista dará derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación en la que la entidad o contratista no podrá participar.
8.2. De los Informes de ejecución y aprobación de los mismos
En cuanto al contenido de los informes de actividades, éstos deberán incluir a lo menos lo siguiente:
- Descripción de cada una de las actividades realizadas durante el período.
- Metodología utilizada para cada actividad.
- Fecha de realización de cada actividad.
- Participantes de cada actividad.
- Compromisos suscritos en cada actividad, si correspondiera.
- Sugerencias o recomendaciones para el mejor funcionamiento del Sistema.
Además, se deberán incluir los productos elaborados en el periodo cuando corresponda (Informes Intersectoriales de Evaluación del Sistema, u otros), los que deben adjuntarse.
Los informes deberán ser aprobados por SENDA, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Una vez presentados los informes y/o documentos correspondientes, SENDA tendrá 5 días hábiles para realizar observaciones y enviárselas al gestor intersectorial, éste tendrá 5 días hábiles para subsanar las observaciones señaladas. Sin perjuicio a los plazos antes señalados, SENDA podrá prorrogar los mismos a petición de la contraparte o por necesidad del Servicio, notificando tal circunstancia al gestor.
Los informes mensuales deberán ser entregados mensualmente en Gestión Documental (https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual) el último día hábil del mes, y la entrega por parte del oferente de la correspondiente boleta o factura con fecha de emisión del primer día hábil del mes siguiente, extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N° 61.980.170-9 (a excepción del mes de diciembre que deberá ser entregado el día 20 del mes, o el día hábil siguiente a esta fecha) debidamente visada por el área técnica que ha requerido el presente servicio.
8.3. Contraparte Técnica
La labor de Contraparte Técnica de SENDA será realizada por la o el encargado del Área de Tratamiento de SENDA Regional correspondiente por línea de servicio.
Serán funciones de esta contraparte técnica, entre otras, las siguientes:
a) Recibir y aprobar los informes a que se refiere el número 8.2 de estas bases, planteando al oferente las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de éstos.
b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias.
c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados.
d) Solicitar en cualquier momento, información acerca de las actividades realizadas.
e) Visar, previa aprobación de los respectivos informes, las boletas que hubiere presentado el oferente, para que se proceda al pago.
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9. CONTRATO |
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9.1. Cesión de contrato
Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación.
9.2. Modificación Del Contrato
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la calidad o cuantía de los mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, se evaluará y propondrá al mismo la eventual modificación del contrato, incluyendo las prestaciones y precio, no pudiendo exceder éste último del 30% al originalmente propuesto.
Toda modificación de contrato deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto administrativo, totalmente tramitado.
Con todo, ninguna de estas modificaciones podrá desnaturalizar los servicios licitados y adjudicados.
9.3. Amonestaciones
Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le insta a la enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento de reincidir.
El SENDA podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de dar cumplimiento tardío a la entrega de los informes, con un máximo de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos establecidos en el punto 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases.
9.3.1. Procedimiento de aplicación de amonestaciones
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de amonestaciones por este Servicio, la jefatura de la División Programática de SENDA, o el, o los funcionarios que ella designe, le comunicará al contratista mediante oficio los hechos que originan la amonestación.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio del representante legal, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida en la oficina de correos que corresponda. También podrá realizarse la notificación mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el contratista en el formulario de presentación de propuesta (anexo N°4 del acápite III de estas bases), comenzando a contarse el plazo desde el tercer día desde el envío.
El contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde que se le haya notificado el referido oficio, o, en su caso, el correo electrónico que se le envíe, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito, fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la amonestación, o que desvirtúen los antecedentes analizados por el SENDA.
Con todo, si el contratista no presentare sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditados los hechos constitutivos de amonestación y se procederá a dictar el correspondiente acto administrativo que así lo declare.
El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la amonestación quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
9.4. Multas
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol cobrará multas al contratista con quien celebre el contrato, relacionadas con incumplimientos por parte de éste, aplicables en los siguientes casos:
(1) Incumplimiento de obligaciones contempladas en el contrato: 0.5 Unidades de Fomento por cada ocasión que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol deba representarle tal hecho, a excepción de las establecidas en el 8.1 de las presentes Bases.
(2) Dar cumplimiento tardío, después de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos a los establecidos en el 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases: 0.3 Unidades de Fomento por cada día hábil de atraso, no pudiendo exceder el atraso en más de 10 días hábiles contados desde la fecha establecida en el 8.1. de entrega de los informes, en cuyo caso, procederá el término anticipado del contrato.
9.4.1. Procedimiento de aplicación de multas:
En el caso de que se detecte una situación como las anteriormente mencionadas, que amerite la aplicación de multas, se aplicará el siguiente procedimiento:
a) La jefatura de la División Programática de SENDA, o el, o los funcionarios que ella designe, notificará por escrito al adjudicatario dicha circunstancia, indicando los hechos que originan la multa y su monto.
Las notificaciones que se efectúen al adjudicatario en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de despachada la carta por correo.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas. En esa misma oportunidad, podrá solicitar rebaja de los montos de las multas. Si el adjudicatario no presenta sus descargos en el plazo señalado, la multa quedará firme, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Director Nacional dispondrá de cinco días hábiles contados desde la recepción de los descargos para resolver, sea rechazando o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al adjudicatario.
d) El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el Director Nacional, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles contados desde la recepción del recurso para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el adjudicatario no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, dictándose la pertinente resolución, por parte de la Dirección Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Dichas multas no se aplicarán si el incumplimiento se produce por caso fortuito o fuerza mayor, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados.
El Contratista podrá pagar la multa directamente, si el proveedor no paga directamente la multa, el SENDA estará facultado para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que corresponda efectuar.
9.5. Del término anticipado del contrato
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y Alcohol podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
a. Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b. Si el contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d. Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de autoridad que hagan imperativo terminarlo.
e. Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el contratista, por ejemplo, incumplimiento de la elaboración de documentos técnicos, prácticas que interfieran gravemente en la coordinación intersectorial, incumplimiento reiterado de actividades programadas por razones que son imputables al contratista, entre otras.
f. Atraso de más de 10 días hábiles de los informes previstos en el 8.1. de las presentes Bases, o bien, cuando habiéndolos entregado dentro del plazo, éstos hubieren sido rechazados definitivamente por SENDA, agotado el procedimiento de aprobación previsto en el número 8.2. del acápite I de estas bases.
g. Si el contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, y no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato.
h. Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento o su contenido, ya sea al momento de la presentación de la oferta, la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder.
9.5.1. Procedimiento del término anticipado de contrato.
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación del término anticipado por este Servicio, la jefatura de la División Programática de SENDA, o el, o los funcionarios que ella designe, le comunicará al contratista, mediante oficio, los hechos que originan el término anticipado parcial o total del contrato.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida en la oficina de correos que corresponda.
El contratista dispondrá de 10 días hábiles contados desde que se le haya notificado el referido oficio, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan el término anticipado o que desvirtúen los antecedentes analizados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá al término anticipado total o parcial, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Si el contratista ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá de veinte días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
En caso de verificarse alguna de las causales señaladas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, podrá, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
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ACÁPITE II BASES TÉCNICAS |
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LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INTERSECTORIAL DE SALUD INTEGRAL, CON ÉNFASIS EN SALUD MENTAL, PARA NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES CON VULNERACIÓN DE DERECHOS Y/O SUJETOS A LA LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE
El Estado de Chile tiene el deber de garantizar que niños, niñas, adolescentes y jóvenes (en adelante NNAJ) hagan ejercicio pleno de sus derechos humanos esenciales, plasmados en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1990 . Congruentemente, la Política Nacional de la Niñez y la Adolescencia 2015-2025 , el Plan de Acción Nacional de la Niñez y de la Adolescencia 2018-2025 , el Acuerdo Nacional por la Infancia , así como la Ley Nº21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia , establecen compromisos y mecanismos para promover y proteger dichos derechos y asegurar que todo NNAJ alcance un desarrollo integral, acorde con sus potencialidades. Es responsabilidad del Estado, por medio de sus instituciones, asegurar que los NNAJ que han vivido situaciones de vulneración de derechos y que son sujetos de atención del Servicio de Protección Especializada (SPE), así como también por cada adolescente y joven que se encuentra en conflicto con la ley, bajo la supervisión del Servicio Nacional de Menores (SENAME) o Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (SRJ), según corresponda, puedan gozar del mejor nivel de salud posible, en tanto garantes inmediatos del ejercicio del derecho a la salud y a las condiciones para alcanzar un pleno desarrollo. Específicamente, en lo que respecta a salud mental, para ambas poblaciones, estudios plantean una alta prevalencia de trastornos mentales en comparación con la población general, siendo algunos de los más prevalentes el riesgo de suicidio, consumo problemático y dependencia al alcohol y otras drogas y los trastornos graves de conducta. Adicionalmente, tienen mayor interrupción y abandono de sus procesos terapéuticos, lo que dificulta la respuesta efectiva a sus necesidades de salud mental. Esto se ve agravado por las vivencias de experiencias de eventos adversos, como situaciones de maltrato y violencia, y carencia de contacto con personas emocionalmente significativas, que brinden cuidados cariñosos y sensible .
El Sistema Intersectorial de Salud Integral, con énfasis en salud mental, para NNAJ con vulneración de derechos y/o bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (en adelante SISI) nace en el año 2017, fruto del trabajo mancomunado entre distintos sectores del Estado relevantes en esta materia, tales como el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Servicio Nacional de Menores (SENAME), el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA), y el Ministerio de Salud. En el marco de la Ley Nº 21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, y de la Ley Nº 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (SPE),se incorpora al SISI el SPE, quien asume la responsabilidad de proteger, restituir derechos y reparar el daño de NNAJ gravemente amenazados o vulnerados, junto a sus familias, fortaleciendo su desarrollo integral, de manera coordinada con el intersector y adaptados a sus necesidades y territorio. Esta ley, sumada a la Ley Nº 21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, plantea el desafío de adecuar y robustecer el trabajo desarrollado hasta la fecha, con el fin de dar cumplimiento a las responsabilidades intersectorial existentes para estas poblaciones.
Bajo este marco normativo se instala el SISI, como una estrategia intersectorial, que tiene por objetivo dar una respuesta oportuna, eficiente, integral y de calidad a las necesidades de salud de las poblaciones anteriormente señaladas, contemplando acciones orientadas a la promoción del bienestar biopsicosocial, desarrollar acciones preventivas, detectar tempranamente la presencia de problemas, síntomas o trastornos que pudieran afectar su salud, asegurar la continuidad de los cuidados en salud, entre otros desafíos, que permitan acompañar sus trayectorias de vida, considerando una plena participación familiar, social y comunitaria.
El Ministerios de Salud, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de sus Subsecretarias y Servicios, desarrollaron la actualización de Los Lineamientos Técnicos para la implementación del Sistema Intersectorial de Salud Integral con Énfasis en Salud Mental para Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes con Vulneración de Derechos y/o Sujetos a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (SISI). El cual fue aprobado a través de la Resolución exenta 1529 del 14 de noviembre de 2023, por el Ministerio de Salud. Dicho documento es parte integral de las presentes bases de Licitación y se encuentra disponible en su totalidad en el Anexo N°5.
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ACÁPITE III ANEXOS |
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Disponibles como archivos adjuntos
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