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Fecha de recepción de ofertas |
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En caso de que el vencimiento del plazo recayera en día inhábil, o en un lunes, o en un
día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, se postergará la fecha del cierre
de recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora.
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Número de Ofertas |
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Los oferentes podrán ofertar respecto de una, varias o todas las líneas de servicios
licitadas, que se individualizan en el número 1.4 de estas bases. Se deja constancia, que
de acuerdo al Art. 9 de la Ley 19.886, Senda declarará inadmisible una o más ofertas
cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto
de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo
empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, SENDA sólo evaluará la oferta más
conveniente presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará
inadmisibles las demás.
Cada oferente sólo podrá presentar una oferta por cada línea de servicio a la que postule.
Si un oferente presenta más de una oferta, para una misma línea de servicio de la
presente licitación, este Servicio Público entenderá como válidamente presentada
únicamente la última oferta subida al portal w ww.mercadopublico.cl.
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Número de Ofertas |
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Los oferentes podrán ofertar respecto de una, varias o todas las líneas de servicios
licitadas, que se individualizan en el número 1.4 de estas bases. Se deja constancia, que
de acuerdo al Art. 9 de la Ley 19.886, Senda declarará inadmisible una o más ofertas
cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto
de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo
empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, SENDA sólo evaluará la oferta más
conveniente presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará
inadmisibles las demás.
Cada oferente sólo podrá presentar una oferta por cada línea de servicio a la que postule.
Si un oferente presenta más de una oferta, para una misma línea de servicio de la
presente licitación, este Servicio Público entenderá como válidamente presentada
únicamente la última oferta subida al portal w ww.mercadopublico.cl.
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Forma de Presentación de las Ofertas |
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Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, en el ID que
identifica esta licitación dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de
publicación de estas bases en el referido portal, hasta las 14:00 horas del trigésimo día.
En caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl,
durante este periodo, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras
y Contratación Pública, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte
papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional
correspondiente o la del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol (calle Agustinas N° 1235, piso 7, Santiago Centro), de
lunes a viernes entre las 9:00 y las 14:00 horas o mediante el Sistema de Ventanilla Única
de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual, dentro de los 2
días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad del
portal, en virtud de lo establecido en el N°3 del artículo 115 del Decreto Nº 661, del
Ministerio de Hacienda, de 2024.
Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas en soporte papel que adjunten un
certificado de indisponibilidad del sitio emitido por la Dirección de Compras y Contratación
Pública.
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Consultas y aclaraciones |
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Según lo indicado en el artículo N° 35 ter de la ley N° 19.886, los participantes o
interesados en el proceso de contratación, sólo podrán formular sus consultas a través del
Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de
Compras y Contratación Pública, correspondiente a la presente licitación, dentro de los
10 primeros días corridos desde publicadas las bases de licitación quedando
absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del
portal www.mercadopublico.cl dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del
plazo para presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta
licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido
de las Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la
presentación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases
Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún
elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y
dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales
del presente llamado
a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la
preparación de sus ofertas.
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Información General |
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Toda oferta deberá incluir todos los antecedentes administrativos y los documentos de la
propuesta técnica que se señalan en estas bases.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos
de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en
formato Word, en el portal www.mercadopublico.cl.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación
implica que el respectivo oferente ha revisado y analizado todas las Bases Administrativas
y Técnicas, sus anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con
anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación
sin ningún tipo de condiciones a toda la documentación referida y exigida para participar
en dicho proceso. Por todo lo anterior lo hace responsable de todo lo propuesto en su
oferta y susceptible de ser supervisado en el cumplimiento de la misma durante la
vigencia del contrato si fuera el caso.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos administrativos
exigidos en la forma prevista en el número 5.2 de estas bases de licitación, será
declarada inadmisible, quedando, por tanto, fuera de la presente licitación pública.
Será asimismo declarada inadmisible aquella propuesta que haya presentado datos no
fidedignos que resulten determinantes en su oferta.
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Antecedentes administrativos |
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Para postular, los oferentes además de su propuesta técnica deberán presentar una
declaración jurada simple, distinguiendo si se trata de persona natural, jurídica o unión
temporal de proveedores, según a continuación se indica:
Persona Natural:
A. No estar afecta a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso
primero de la Ley 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios. Como asimismo, a las inhabilidades señaladas en el art. 35 quater
de la Ley 19.886; art. 33 de la Ley 21.595; Art. 26 letra d, Decreto Ley N°211.
B. Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber
verificado su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados
como parte de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la
presente licitación pública.
Persona Jurídica:
A. No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4°
inciso primero y sexto de la Ley 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de
suministro y prestación de servicios. Como asimismo, a las inhabilidades señaladas en el
art. 35 quater de la Ley 19.886; art. 33 de la Ley 21.595; Art. 26 letra d, Decreto Ley
N°211; y artículo 8 y 10 de la Ley 20.393.
B. Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes
y haber verificado su concordancia, así como también que todos los
antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos,
estando conforme con los términos de la presente licitación pública.
Unión Temporal de proveedores:
Deberán suscribir la respectiva declaración jurada todos los integrantes de la Unión
temporal, sean personas naturales o jurídicas.
Para facilitar el cumplimiento de este requisito administrativo, se adjuntan a las presentes
bases el Anexo N° 3A modelo de declaración jurada simple de persona natural, y el Anexo
3B: modelo de declaración jurada simple de persona jurídica.
La declaración jurada deberá ser ingresada como antecedente administrativo,
digitalizados en formato PDF o Word, al portal www.mercadopublico.cl en el ID que
identifica esta licitación pública.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de
Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un
proceso de compra, deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se
trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá
materializarse por instrumento público o privado.
Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la
Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes.
Asimismo, de acuerdo al art. 181 del Reglamento se establece: “el representante de la
Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento
que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la
presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo
anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo
contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión
Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol consultará el listado de empresas condenadas por
prácticas antisindicales y por infracción de derechos fundamentales del trabajador,
publicado por la Dirección del Trabajo, declarándose inadmisibles las propuestas de
aquellos oferentes que aparezcan condenados dentro de los anteriores dos años a la
presentación de las mismas.
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Garantía de Seriedad de la Oferta |
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Esta garantía se exige para proteger al Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol respecto de los riesgos de:
desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido en las Bases, retiro de la
oferta una vez seleccionada, falta de seriedad en los términos de la oferta, inhabilidad del
seleccionado para contratar con el Estado; falta de entrega de los antecedentes
requeridos para elaborar el contrato, falta de firma del contrato y falta de entrega de la
garantía de cumplimiento de contrato.
El Proponente deberá presentar una caución o garantía pagadera a la vista, por cada
línea de servicio a la que postula, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y
efectiva, tomada por él o por un tercero, con el carácter de irrevocable, y cuyo monto
mínimo será de $150.000.- a la orden del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (El
nombre podrá abreviarse en cuyo caso deberá indicarse el RUT1
); con una vigencia no
inferior a
150 días corridos contados desde la apertura de la oferta señalada en el portal
www.mercadopublico.cl.
La caución o garantía presentada deberá señalar que está tomada como Garantía de
Seriedad de la Oferta indicando el número de ID que identifica a la presente licitación en
el portal www.mercadopublico.cl, y la línea de servicios a la que postula. Cuando se
acompañe una póliza de seguro, ésta deberá excluir las cláusulas de arbitraje.
Si la Garantía de Seriedad de la Oferta es otorgada en el extranjero, el emisor del
documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco
o institución financiera chilena.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de
manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos,
Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Cuando se trate de garantías electrónicas, los antecedentes podrán ser enviados de
manera virtual mediante el sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link:
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual o podrá ser ingresada junto con su oferta en la
plataforma Mercado Público, y dentro del mismo plazo para presentar las ofertas.
Cuando se trate de garantías en papel, deberán presentarse en las oficinas del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas
en Agustinas N° 1235, piso 7° comuna de Santiago o en la Dirección Regional de SENDA
correspondiente al domicilio del oferente, hasta el día de cierre de recepción de ofertas
indicado en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 14:00 horas.
El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un
acta debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en la
que deberá constar el nombre de la licitación, el nombre del proponente, nombre y cédula
de identidad de la persona que entregó la garantía y la fecha y hora de presentación de la
misma. La copia de dicha acta deberá entregarse a la persona que hizo entrega de la
garantía.
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Devolución de la Garantía de seriedad de la oferta. |
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En virtud de lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las
garantías de seriedad de la oferta serán devueltas a aquellos oferentes cuyas ofertas
hayan sido declaradas inadmisibles, dentro de los 10 días corridos siguientes contados
desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, salvo que
recurran de cualquier forma en contra de la resolución respectiva. Asimismo, la devolución
de garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas se
devolverá en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la resolución que adjudica la
línea respectiva a la que postuló.
Considerando que las presentes Bases contemplan la posibilidad de adjudicar aquella
oferta que le siga en puntaje a quien haya tenido la mejor calificación en caso que éste se
desista de celebrar el respectivo contrato, todo de acuerdo a lo dispuesto en el número
6.1 de estas bases; la devolución de la garantía de seriedad, de la oferta a la segunda
calificación más alta, será devuelta en el plazo de 61 días hábiles, contados desde la
notificación de la resolución que adjudica la línea de servicio respectiva.
Tratándose del oferente adjudicado, la restitución del documento de garantía de seriedad
de la oferta se hará una vez que el contrato respectivo se encuentre firmado por el
adjudicatario y una vez que éste haya hecho entrega de la garantía de fiel cumplimiento
del contrato, de acuerdo a lo dispuesto en el número 7.4 y 7.5 de estas bases.
Los oferentes deberán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la oferta en las
oficinas de Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas
y Alcohol ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 6°, comuna y ciudad de Santiago o en la
Dirección Regional de SENDA correspondiente al domicilio del oferente. La devolución de
los documentos de garantía se hará por medio del endoso correspondiente, en caso de
que sean endosables, o con la leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario.
La entrega se efectuará previa firma del Certificado de retiro y recepción pertinente.
Respecto de la devolución de las garantías de seriedad de la oferta presentada de
manera electrónica, serán devueltas en el plazo de 61 días hábiles, contados desde la
notificación de la resolución que adjudica la línea de servicio respectiva, para lo cual se
entregará respaldo del documento electrónico al interesado, realizado previamente el
registro de la devolución en el Sistema de Control de Garantías del SENDA (SISGAR).
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Propuesta Técnica |
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La propuesta técnica se hará y presentará por cada línea de servicio a la que se postule y
deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que
identifica esta licitación, debiendo denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta
Técnica” y cumplir con todas las especificaciones establecidas en las presentes bases.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal
www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 3.7 de estas bases,
por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo
modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas
una vez presentadas, sin perjuicio de lo establecido 3.9 de las presentes bases.
La propuesta técnica deberá tener una validez mínima de 150 días corridos desde la
apertura de la oferta señalada en el portal www.mercadopublico.cl La oferta cuyo período
de validez sea menor que el requerido, será rechazada por este Servicio Nacional. Con
todo, si un oferente no señala el plazo de validez de su oferta en su propuesta técnica, se
entenderá, en su silencio, que la oferta tiene una vigencia mínima de 150 días corridos
desde la apertura de la oferta señalada en el portal www.mercadopublico.cl
Se deja expresa constancia que no podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien
tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio
de la ratificación posterior que se realice de conformidad a la ley.
Toda Propuesta Técnica deberá contener los siguientes antecedentes, por cada línea
de servicio en la que desee participar el oferente:
1. Autorización Sanitaria: Copia de Resolución de Autorización Sanitaria vigente y
aquellas resoluciones sanitarias asociadas si corresponde, que permitan en su conjunto
constatar que se aprueba la instalación y/o funcionamiento del centro o programa de
tratamiento para personas con consumo problemático de alcohol y otras drogas
respectivo, y que se encuentra ubicado físicamente en el área de localización señalada en
la línea de servicio a la que se postula; o documento que acredite la solicitud de
Autorización Sanitaria, o autorización sanitaria “en trámite” correspondiente al centro de
tratamiento donde se realizarán las prestaciones y que deberá estar ubicado en el área de
localización señalada en la línea de servicio a la que postula.
En caso de que la Resolución especifique la modalidad de atención, esta debe permitir
realizar las prestaciones ofertadas. En el mismo sentido aquellas líneas de servicio que
comprenden planes residenciales, la autorización deberá expresamente indicar la
modalidad respectiva, así como el número de cupos autorizados el que deberá ser igual o
mayor a los requeridos en la línea respectiva que se postula, considerando la
asignación de conformidad al N°1.4 de las presentes bases.
Se deja constancia que, si dicho documento, carta o formulario que se acompaña, dando
cuenta del ingreso de la solicitud a la SEREMI de Salud respectiva, no señala
expresamente lo señalado en el punto 5.2 de las presentes bases, esto es localización,
tipo de modalidad y cantidad de cupos (en caso de postular a una línea con planes
residenciales), el oferente deberá acompañar aquellos documentos que fueron ingresados
para fundar la respectiva solicitud “en trámite” ante la autoridad sanitaria, de manera que,
en su conjunto, den cumplimiento a los requisitos establecidos en estas bases.
En caso de presentarse un documento que acredite la solicitud de autorización sanitaria, o
autorización sanitaria “en trámite” se deja constancia que dicho documento, carta o
formulario deberá acreditar el ingreso de la solicitud a la SEREMI de Salud respectiva y
que se solicita para el funcionamiento de un centro de tratamiento, tratándose de líneas de
servicio que comprendan planes residenciales, deberá además señalar el número de
cupos solicitados, el que deberá ser igual o mayor a los requerido en la línea de servicio
respectiva, de conformidad al N° 1.4 de las presentes bases.
En el evento de postular con una autorización sanitaria en trámite, y el oferente es
adjudicado, deberá encontrarse totalmente tramitada y debe señalar los requisitos antes
mencionados, de acuerdo a la línea de servicio adjudicada y será entregada o enviada por
el oferente a la Dirección Nacional del SENDA o en la Dirección regional correspondiente
al domicilio del oferente, durante el plazo que se establece en el número 7.2 de las
presentes bases para suscribir el contrato, siendo este documento indispensable para
contratar. Dicha oficina regional de SENDA deberá remitir los antecedentes a más tardar el
día hábil siguiente al Servicio Nacional.
2. Una copia del Formulario de Presentación de Propuesta para Licitación 2026
Programa de Tratamiento y Rehabilitación Población General y Específica de
Mujeres (Anexo N° 1)
Este Formulario será el formato oficial de presentación de propuesta técnica en esta
licitación y, en tal carácter es un documento anexo a las presentes bases. El formulario
deberá ser completado de acuerdo a las instrucciones señaladas en él y conforme a lo
dispuesto en estas bases, señalado en el mismo la línea de servicio a la cual se está
ofertando. Se deja constancia que se deberá presentar un formulario por cada una
de las líneas de servicio ofertadas.
En el caso de aquellos oferentes que deseen postular a más de una línea de servicio, sus
propuestas técnicas deberán cumplir, cada una por separado, los requisitos establecidos
en las presentes bases licitación, por lo que uno o más de los componentes de dichas
propuestas no podrán ser utilizados para complementar otras, cuando ello perjudique el
correcto y cabal cumplimiento de las obligaciones que emanan de dicha línea, haciendo
incompatible la ejecución de los servicios licitados de esa línea de servicio, en relación a
las demás ofertadas.
El Formulario cuenta con una Declaración de Recurso Humano disponible, que forma
parte de los requisitos mínimos para la evaluación de la Oferta Técnica, y en el cual
deberá declarar el número de horas semanales profesionales y técnicas que dispone para
la correspondiente línea de servicio. Con todo, las horas de recurso humano que se
indiquen respecto de una misma persona, no podrán ser superiores a lo establecido para
la jornada ordinaria de trabajo de acuerdo a lo establecido por la legislación laboral
vigente.
Respecto de un mismo oferente que postule a dos o más líneas, no podrán contener sus
propuestas un similar Recurso Humano, en términos que se haga incompatible la
ejecución de los servicios simultáneamente, perjudicando el correcto y cabal cumplimiento
de las obligaciones de cada línea de servicio. En este sentido, perjudica la correcta y
cabal ejecución de los servicios si los integrantes del Recurso Humano presentado para la
ejecución de las prestaciones incluidas en una línea de servicio, también sean
considerados en otra línea de servicio, con cargas horarias incompatibles. En cuyo caso,
la comisión evaluadora calificará en su mérito la seriedad de las propuestas presentadas.
Con todo, las horas del Recurso Humano propuesto, en caso de adjudicación deberán ser
destinadas en su totalidad a los usuarios financiados de las líneas ofertadas a través de la
compra de meses de planes de tratamiento especificados en el contrato con SENDA.
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Requerimiento de compra |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, SENDA, llama a licitación pública para contratar la compra de meses de planes
de tratamiento para personas que presentan consumo problemático de drogas y alcohol,
considerando las distintas características y particularidades de cada individuo para ser
ejecutados durante 12 meses, a contar del mes de enero de 2026 para el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si por
cualquier motivo el contrato respectivo se suscribiese con posterioridad al mes de enero
de 2026, el servicio deberá prestarse por el período que va desde la suscripción del
contrato hasta el 31 de diciembre de 2026.
Se entiende por consumo problemático de alcohol y/o drogas, al consumo perjudicial y
dependencia, según el Sistema de Clasificación Internacional de Enfermedades CIE 10.
Este consumo problemático se caracteriza por un patrón desadaptativo de consumo de
sustancias con consecuencias adversas en la esfera educacional, laboral, física y social,
con adicción fisiológica y pérdida de control sobre el comportamiento.
Estos trastornos se presentan con una gran variedad de síntomas somáticos, psicológicos
y psiquiátricos, incluyendo los relacionados con los efectos farmacológicos directos de las
sustancias, complicaciones médicas del consumo, conflictos familiares y psicosociales,
por lo que el tratamiento de este trastorno implica un equipo multidisciplinario.
Para los efectos de la presente licitación, la unidad de compra es un mes de plan de
tratamiento.
Sin perjuicio de las especificaciones técnicas del servicio que se licita, descritas en el
documento denominado “Orientaciones Técnicas de los Planes de Tratamiento y
Rehabilitación para Personas con Problemas Derivados del Consumo de Drogas y
Alcohol”, que en calidad de anexo se adjuntan a las presentes Bases y los posteriores
documentos técnicos o nuevos lineamientos que emanen desde la Autoridad Sanitaria o
desde SENDA en el marco de nuevos desarrollos de evidencia de los programas de
tratamiento, un mes de plan de tratamiento corresponde a un mes en que una persona
con problemas de consumo de alcohol y/u otras drogas participa de un plan de
tratamiento y rehabilitación, que contempla un conjunto de intervenciones y prestaciones
dirigidas al cumplimiento de los objetivos terapéuticos, de acuerdo al proceso terapéutico
en que se encuentra y a su plan de tratamiento individualizado.
El tipo de intervenciones, prestaciones y su frecuencia incluidas en un mes de tratamiento,
se desarrollan de manera progresiva en la medida que se avanza en el proceso de
tratamiento y rehabilitación, con el propósito de lograr los objetivos terapéuticos, de
acuerdo a las características y necesidades de las personas usuarias.
Para efectos de la presente licitación, se entenderá por prestaciones todas aquellas
intervenciones realizadas con la persona usuaria que serán consideradas válidas para el
pago de un mes plan de tratamiento. En esta definición se incluyen las siguientes
prestaciones:
- consulta médica
1. SERVICIOS REQUERIDOS
- consulta psiquiátrica(*)
- consulta de salud mental (individual y familiar)
- intervención psicosocial de grupo
- consulta psicológica
- psicoterapia individual
- psicoterapia de grupo
- psicodiagnóstico (incluye aplicación de test si corresponde)
- visita domiciliaria
(*) Se deja constancia que, respecto de las prestaciones a realizar por un médico psiquiatra, estas podrán ser
desarrolladas mediante la modalidad de telemedicina, siempre en consideración de una mejor atención del
usuario y en la medida de no ser posible efectuarse de manera presencial. Esta prestación deberá dar
cumplimento a las obligaciones indicadas en las presentes bases de licitación, en conformidad al N°8.4 de
estas bases.
Dichas prestaciones deben encontrarse debidamente registradas en el Sistema de
Información y Gestión de Tratamiento (SISTRAT) y en la ficha clínica de la persona
usuaria. Ambos registros deben estar actualizados y ser exactamente coincidentes en
aquello que corresponda.
Considerando que la ficha clínica es el documento en el cual se registra la historia clínica
y el proceso de atención médica de una persona, en ésta debe registrarse, toda la
información señalada en la normativa vigente, que se sabe conocida, manejada y aplicada
por todos los oferentes participantes de este proceso de licitación. Por lo anterior, en la
ficha clínica deberán incluirse además aquellas intervenciones que al no ser consideradas
prestaciones válidas para pago, no están incluidas en el registro en SISTRAT, pero que
son necesarias para el proceso de tratamiento, tales como: reuniones con el intersector
para análisis de un caso en particular, supervisiones clínicas, comparecencia a tribunales,
aplicación de screening de drogas, contactos telefónicos con la persona usuaria o
familiares, entre otras intervenciones que corresponda.
Para efectos de la presente licitación, están incluidos además en el mes de plan de
tratamiento, sin costo para el usuario, los exámenes y medicamentos asociados al
trastorno por consumo de sustancias y su comorbilidad, que se requieran de acuerdo al
estado de salud y necesidades de la persona usuaria. El centro o programa de
tratamiento deberá proveer y/o gestionar los mismos, en base al diagnóstico y en
coordinación con la red sanitaria correspondiente.
En el caso de existir complicaciones médicas, psiquiátricas o de cualquier otra índole o
bien se requiera la realización de prestaciones no cubiertas en estas bases, la persona en
tratamiento deberá ser derivada mediante interconsulta a un establecimiento del Servicio
de Salud respectivo, debiendo constar copia de dicho documento en la respectiva ficha
clínica o, en su defecto, ser trasladada a un centro asistencial privado, siempre y cuando
la persona o su familia opte por esta alternativa debiendo firmar un documento que
explicite esta opción. Para todos los efectos, el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no cubrirá ni financiará atenciones o
prestaciones que no estén expresamente señaladas en estas bases.
Se debe considerar, además, en la ejecución de los planes de tratamiento los recursos
que permitan contar con el equipo de tratamiento y las instalaciones y equipamiento
requerido, consistente con el número de planes contratados.
Se deja expresa constancia que el servicio licitado contempla también el acceso a
tratamiento de los siguientes beneficiarios:
A. Personas que han infringido la ley bajo supervisión judicial, comprendidas dentro
del programa de Tribunales de Tratamiento de Drogas, y que presentan consumo
problemático de sustancias, y respecto de las cuales se ha decretado su ingreso a un
programa de tratamiento, mediante la resolución judicial que aprueba la suspensión
condicional del
procedimiento. El tratamiento de estas personas se otorga a través de planes
preferenciales, no exclusivos, en centros de tratamiento público y privados. Con todo, la
preferencia de estos usuarios deriva de la orden judicial respectiva.
B. Personas que han sido condenadas a las penas de libertad vigilada o libertad
vigilada intensiva, como penas sustitutivas a la privación de libertad, que presenten un
consumo problemático de drogas o alcohol y, respecto de los cuales, el tribunal les haya
impuesto la obligación de asistir a programas de tratamiento de rehabilitación en dichas
sustancias, de acuerdo al artículo 17 bis de la Ley N° 20.603, que modifica la ley
N°18.216. El tratamiento de estas personas podrá brindarse en modalidad ambulatoria o
mediante su internación en centros especializados, quedando sujeto el cumplimiento de
esta condición al control periódico del tribunal, mediante audiencias de seguimiento e
informes elaborados por el delegado de Gendarmería de Chile, encargado de efectuar el
control de la condena. El tratamiento de estas personas se otorga a través de planes
preferenciales, no exclusivos, en centros de tratamiento públicos y privados. Con todo, se
deja constancia que la preferencia de estos usuarios deriva de la orden judicial respectiva.
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Requerimiento de compra |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, SENDA, llama a licitación pública para contratar la compra de meses de planes
de tratamiento para personas que presentan consumo problemático de drogas y alcohol,
considerando las distintas características y particularidades de cada individuo para ser
ejecutados durante 12 meses, a contar del mes de enero de 2026 para el Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si por
cualquier motivo el contrato respectivo se suscribiese con posterioridad al mes de enero
de 2026, el servicio deberá prestarse por el período que va desde la suscripción del
contrato hasta el 31 de diciembre de 2026.
Se entiende por consumo problemático de alcohol y/o drogas, al consumo perjudicial y
dependencia, según el Sistema de Clasificación Internacional de Enfermedades CIE 10.
Este consumo problemático se caracteriza por un patrón desadaptativo de consumo de
sustancias con consecuencias adversas en la esfera educacional, laboral, física y social,
con adicción fisiológica y pérdida de control sobre el comportamiento.
Estos trastornos se presentan con una gran variedad de síntomas somáticos, psicológicos
y psiquiátricos, incluyendo los relacionados con los efectos farmacológicos directos de las
sustancias, complicaciones médicas del consumo, conflictos familiares y psicosociales,
por lo que el tratamiento de este trastorno implica un equipo multidisciplinario.
Para los efectos de la presente licitación, la unidad de compra es un mes de plan de
tratamiento.
Sin perjuicio de las especificaciones técnicas del servicio que se licita, descritas en el
documento denominado “Orientaciones Técnicas de los Planes de Tratamiento y
Rehabilitación para Personas con Problemas Derivados del Consumo de Drogas y
Alcohol”, que en calidad de anexo se adjuntan a las presentes Bases y los posteriores
documentos técnicos o nuevos lineamientos que emanen desde la Autoridad Sanitaria o
desde SENDA en el marco de nuevos desarrollos de evidencia de los programas de
tratamiento, un mes de plan de tratamiento corresponde a un mes en que una persona
con problemas de consumo de alcohol y/u otras drogas participa de un plan de
tratamiento y rehabilitación, que contempla un conjunto de intervenciones y prestaciones
dirigidas al cumplimiento de los objetivos terapéuticos, de acuerdo al proceso terapéutico
en que se encuentra y a su plan de tratamiento individualizado.
El tipo de intervenciones, prestaciones y su frecuencia incluidas en un mes de tratamiento,
se desarrollan de manera progresiva en la medida que se avanza en el proceso de
tratamiento y rehabilitación, con el propósito de lograr los objetivos terapéuticos, de
acuerdo a las características y necesidades de las personas usuarias.
Para efectos de la presente licitación, se entenderá por prestaciones todas aquellas
intervenciones realizadas con la persona usuaria que serán consideradas válidas para el
pago de un mes plan de tratamiento. En esta definición se incluyen las siguientes
prestaciones:
- consulta médica
1. SERVICIOS REQUERIDOS
- consulta psiquiátrica(*)
- consulta de salud mental (individual y familiar)
- intervención psicosocial de grupo
- consulta psicológica
- psicoterapia individual
- psicoterapia de grupo
- psicodiagnóstico (incluye aplicación de test si corresponde)
- visita domiciliaria
(*) Se deja constancia que, respecto de las prestaciones a realizar por un médico psiquiatra, estas podrán ser
desarrolladas mediante la modalidad de telemedicina, siempre en consideración de una mejor atención del
usuario y en la medida de no ser posible efectuarse de manera presencial. Esta prestación deberá dar
cumplimento a las obligaciones indicadas en las presentes bases de licitación, en conformidad al N°8.4 de
estas bases.
Dichas prestaciones deben encontrarse debidamente registradas en el Sistema de
Información y Gestión de Tratamiento (SISTRAT) y en la ficha clínica de la persona
usuaria. Ambos registros deben estar actualizados y ser exactamente coincidentes en
aquello que corresponda.
Considerando que la ficha clínica es el documento en el cual se registra la historia clínica
y el proceso de atención médica de una persona, en ésta debe registrarse, toda la
información señalada en la normativa vigente, que se sabe conocida, manejada y aplicada
por todos los oferentes participantes de este proceso de licitación. Por lo anterior, en la
ficha clínica deberán incluirse además aquellas intervenciones que al no ser consideradas
prestaciones válidas para pago, no están incluidas en el registro en SISTRAT, pero que
son necesarias para el proceso de tratamiento, tales como: reuniones con el intersector
para análisis de un caso en particular, supervisiones clínicas, comparecencia a tribunales,
aplicación de screening de drogas, contactos telefónicos con la persona usuaria o
familiares, entre otras intervenciones que corresponda.
Para efectos de la presente licitación, están incluidos además en el mes de plan de
tratamiento, sin costo para el usuario, los exámenes y medicamentos asociados al
trastorno por consumo de sustancias y su comorbilidad, que se requieran de acuerdo al
estado de salud y necesidades de la persona usuaria. El centro o programa de
tratamiento deberá proveer y/o gestionar los mismos, en base al diagnóstico y en
coordinación con la red sanitaria correspondiente.
En el caso de existir complicaciones médicas, psiquiátricas o de cualquier otra índole o
bien se requiera la realización de prestaciones no cubiertas en estas bases, la persona en
tratamiento deberá ser derivada mediante interconsulta a un establecimiento del Servicio
de Salud respectivo, debiendo constar copia de dicho documento en la respectiva ficha
clínica o, en su defecto, ser trasladada a un centro asistencial privado, siempre y cuando
la persona o su familia opte por esta alternativa debiendo firmar un documento que
explicite esta opción. Para todos los efectos, el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol no cubrirá ni financiará atenciones o
prestaciones que no estén expresamente señaladas en estas bases.
Se debe considerar, además, en la ejecución de los planes de tratamiento los recursos
que permitan contar con el equipo de tratamiento y las instalaciones y equipamiento
requerido, consistente con el número de planes contratados.
Se deja expresa constancia que el servicio licitado contempla también el acceso a
tratamiento de los siguientes beneficiarios:
A. Personas que han infringido la ley bajo supervisión judicial, comprendidas dentro
del programa de Tribunales de Tratamiento de Drogas, y que presentan consumo
problemático de sustancias, y respecto de las cuales se ha decretado su ingreso a un
programa de tratamiento, mediante la resolución judicial que aprueba la suspensión
condicional del
procedimiento. El tratamiento de estas personas se otorga a través de planes
preferenciales, no exclusivos, en centros de tratamiento público y privados. Con todo, la
preferencia de estos usuarios deriva de la orden judicial respectiva.
B. Personas que han sido condenadas a las penas de libertad vigilada o libertad
vigilada intensiva, como penas sustitutivas a la privación de libertad, que presenten un
consumo problemático de drogas o alcohol y, respecto de los cuales, el tribunal les haya
impuesto la obligación de asistir a programas de tratamiento de rehabilitación en dichas
sustancias, de acuerdo al artículo 17 bis de la Ley N° 20.603, que modifica la ley
N°18.216. El tratamiento de estas personas podrá brindarse en modalidad ambulatoria o
mediante su internación en centros especializados, quedando sujeto el cumplimiento de
esta condición al control periódico del tribunal, mediante audiencias de seguimiento e
informes elaborados por el delegado de Gendarmería de Chile, encargado de efectuar el
control de la condena. El tratamiento de estas personas se otorga a través de planes
preferenciales, no exclusivos, en centros de tratamiento públicos y privados. Con todo, se
deja constancia que la preferencia de estos usuarios deriva de la orden judicial respectiva.
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Plan de Tratamiento Ambulatorio Intensivo para Población General (PAI-PG) |
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Constituye un conjunto de intervenciones y prestaciones recomendables para el logro de
los objetivos terapéuticos, destinado a personas con diagnóstico de consumo perjudicial o
dependencia a sustancias psicoactivas y compromiso biopsicosocial moderado,
(especialmente con comorbilidad psiquiátrica o somática o, sin actividad ocupacional y
con soporte familiar).
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Encargado del proceso de licitación |
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El encargado del presente proceso de licitación pública es la jefatura de la Unidad de
Adquisiciones de SENDA, o quien lo subrogue.
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Encargado de los contratos |
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El encargado de los contratos que se suscriban producto del proceso de licitación pública
es la jefatura del Área de Tratamiento de SENDA, o quien lo subrogue.
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