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Resolución de Empates |
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En caso de empate en el puntaje técnico-económico final, entre dos o más propuestas, el INACH optará por aquella propuesta que obtenga el mejor puntaje, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
1. Criterio de evaluación “Precio”.
2. Criterio de evaluación “Provisión de Equipos”.
3. Criterio de evaluación “Comportamiento Contractual Base”.
4. Criterio de evaluación “Certificación Programa de Integridad”.
En caso que, no obstante lo anterior, la situación de empate subsista, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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El INACH a través de la Unidad de Adquisiciones, de acuerdo al inciso primero del artículo 56 del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, “Errores u omisiones detectados durante la evaluación. Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.”
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Pacto de integridad |
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El cotizante, y posteriormente, el proveedor, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente contratación directa, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el cotizante, y posteriormente, el proveedor, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con los presentes requisitos de contratación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior contratación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
- Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso de cotización, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha oferta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en los requisitos de contratación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente contratación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso contratación, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la contratación y anterior al momento de formalizar el contrato, dará pie a que la correspondiente contratación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato por configurarse un incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor.
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BASES TÉCNICAS |
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Las presentes Bases Técnicas tienen por objeto el detallar el producto requerido, de acuerdo a Solicitud de Compra N° 060 INFOTEL-2025, del 17 de febrero del 2025, del Jefe de la Unidad de Informática y Telecomunicaciones del INACH.
1. Especificaciones
Se requiere renovar el licenciamiento para el clúster de dispositivos Watchguard M370 que se utilizan para la seguridad perimetral de la red institucional utilizada en la ciudad de Punta Arenas. Las características de los dispositivos y licenciamiento a renovar son las siguientes:
Las ofertas que no cumplan con lo exigido en estas Bases Administrativas y Técnicas o que las modifiquen en todo o en parte, serán declaradas técnicamente inadmisibles, quedando excluidas del proceso de licitación.
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MODIFICACIÓN DE BASES |
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Las bases de licitación podrán modificarse durante el proceso de la propuesta y hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
La resolución que modifica las bases debe ser publicada en el Portal Mercado Público y en caso necesario, deberá considerarse un nuevo plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
Todos los plazos establecidos en las presentes Bases y los instrumentos que la complementen se entenderán que son de días corridos, salvo estipulación expresa en contrario. Igualmente, todos los horarios de las presentes Bases y de los instrumentos que la complementen, corresponden al horario oficial de la Región de Magallanes y Antártica Chilena (GMT –3), salvo estipulación expresa en contrario.
En caso de que el vencimiento del plazo cayere en sábado, domingo o feriado, se prorrogará para el día siguiente hábil. Si dicho plazo de cierre venciere en un día lunes o en un día siguiente a un inhábil, a las 15:00 horas o antes, éste se prorrogará hasta las 23:59 horas del mismo día.
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ADJUDICACIÓN |
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El INACH adjudicará la presente licitación a un solo oferente, hasta el día indicado en el punto 4 precedente: “Cronograma de la Licitación”, quien se entenderá como el oferente adjudicado, y será el que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el INACH publicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
La adjudicación se realizará mediante resolución fundada, debidamente notificada al oferente adjudicado y al resto de los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl. En dicho acto se especificarán los criterios de evaluación que hayan permitido al oferente adjudicado obtener la calificación de oferta más conveniente.
Asimismo, el INACH podrá dejar sin efecto la adjudicación y se procederá a re adjudicar al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si la respectiva oferta es conveniente para los intereses del INACH, y así sucesivamente, dentro del plazo de 50 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses del Servicio, en los siguientes casos:
a) Si el oferente adjudicado se desiste de su oferta o es inhábil para contratar con el Estado, de acuerdo a lo establecido en las normas de Ley N° 19.886, Ley Nº 20.393 y Ley N° 21.595, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición, no será adjudicado.
b) Si se constata que el oferente adjudicado presentó documentación falsa o adulterada.
En el caso de la unión temporal de proveedores, si a alguno de sus integrantes le afecta alguna inhabilidad, ésta deberá decidir si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desistiere de su participación. En este último caso, el INACH dejará sin efecto la adjudicación y re adjudicará la licitación, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si la respectiva oferta es conveniente para los intereses del INACH, y así sucesivamente, o declarará desierta la licitación, según corresponda.
El INACH declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del INACH.
En todo caso, las declaraciones del INACH se efectuarán mediante resolución fundada.
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MULTAS |
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Si el proveedor no cumple con el plazo de entrega de los productos comprometidos en su oferta, el INACH podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el proveedor ante INACH.
Cuando se verifique el atraso que, de acuerdo a lo establecido en estas Bases, sea constitutivo de multa, el INACH notificará por escrito esta circunstancia al proveedor, indicando en forma precisa el atraso que se le imputa. El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito, al correo electrónico inach@inach.cl, con copia a los correos electrónicos; josorio@inach.cl, y nneracher@inach.cl.
Los correos electrónicos y/o archivos que se reciban serán ingresados durante el horario de funcionamiento regular de la Oficina de Partes, esto es, de lunes a jueves de las 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas según el horario de la región de Magallanes y de la Antártica Chilena. Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles, sin que el proveedor haya formulado descargos, el INACH aplicará la multa, en caso que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el Registro de Proveedores de Mercado Público, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación por escrito, al correo electrónico inach@inach.cl con copia a josorio@inach.cl, y nneracher@inach.cl, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N°19.880, que sean procedentes.
El INACH resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, lo rechazará confirmando la multa aplicada.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
Para los efectos de la aplicación de la multa, la causal será la siguiente:
SITUACIÓN MULTA
Incumplimiento del plazo de entrega solicitado 5 U.F por día de atraso corrido, con un máximo de 10 días corridos.
Posterior a ello INACH podrá poner término al contrato.
Las multas se cobrarán en pesos chilenos, considerando el valor de la Unidad de Fomento (U.F.) del día en que se produzca el incumplimiento.
El proveedor podrá pagar las multas directamente en la oficina de Tesorería de INACH, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado de la factura a pagar.
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ANTECEDENTES ECONOMICOS |
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El oferente deberá completar y subir al portal en la sección “Anexo Económico - Precio”, contenido en el Anexo N° 5, la valorización de los productos ofertados, expresado en montos netos y con IVA incluido, considerando un Presupuesto Referencial de USD$21.000.- (veinte y un mil dólares americanos), impuestos incluidos por un período de 2 años.
El oferente deberá considerar en su oferta económica todos los gastos, fletes, permisos, derechos, embalajes y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
Se debe considerar el valor de los productos entregados en las dependencias del INACH, ubicadas en Plaza Muñoz Gamero 1055, en la ciudad de Punta Arenas.
Los oferentes deben incluir la TOTALIDAD de los productos que se solicitan.
El oferente deberá ofertar electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, ingresando una oferta económica en valor neto, y adjuntando en el Anexo N° 5 los valores netos y totales solicitados en números enteros y sin decimales expresados en pesos chilenos, debidamente completado y firmado por el representante legal o persona natural según corresponda.
El precio ofertado será firme y definitivo. En caso de errores de medición o cálculo aritmético, el INACH se reserva el derecho a considerar el menor valor de los señalados como valor de la oferta presentada.
La oferta que no presente íntegramente la referida información, será declarada económicamente inadmisible, siendo excluida del proceso de licitación.
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