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REQUISITOS PARA OFERTAR |
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REQUISITOS PARA OFERTAR
Inhabilidades para ofertar
El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los
dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración
jurada disponible a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de las facultades de la
entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se
encuentren a su disposición.
Instrucciones para presentar Ofertas
Los oferentes deberán enviar sus ofertas a través de www.mercadopublico.cl, por medio del formulario
electrónico disponible en dicha plataforma.
Emisión de la orden de compra
La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión
de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Plazo de validez de ofertas
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la notificación de la
adjudicación.
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ADJUDICACION Y READJUDICACION |
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Adjudicación
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los
términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que
será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las
demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de
los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original,
adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del
plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o
condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a
Nombre % (Porcentaje)
EVALUACION ADMINISTRATIVA 5
EVALUACION DE LA OFERTA ECOMICA 45
EVALUACION DE LAS OFERTAS TECNICAS 50
los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes
bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando
éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán
derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Consulta sobre la Adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de
2 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema
www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica lacevedon@integra.cl
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DOCUMENTOS INTEGRANTES |
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Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los
siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si lo hubiere.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan
recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los
documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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EMISION DE ORDEN DE COMPRA, PLAZO DE ENTREGA Y PAGO |
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Emisión de la orden de compra
La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión
de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
Plazo de Entrega
Para el caso de la activación del servicio, este deberá estar en vigencia dos días después de la
adjudicación,
Pago
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá
efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo
instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción
conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
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EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR, MULTAS. |
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Efectos derivados de incumplimientos del proveedor
Multas
La Fundación aplicará multas en caso de que el Proveedor incurra en alguna de las siguientes conductas,
las que, en todo caso, no podrán exceder en su conjunto del 25% del precio neto total del pedido en caso
de excederse este límite, se entenderá que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave y la
Fundación pondrá término a la contratación de manera anticipada.
i.Incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos por causas imputables al proveedor.
Multa de 2% sobre el valor total del servicio contratado
ii.Incumplimiento de los plazos y horarios de entrega de los servicios de alimentación (coffee y almuerzo),
multa del 2% sobre el valor neto del servicio.
iii.Que se entregue un servicio de calidad distinto al requerido y adjudicado en la licitación, o bien se
entregue un servicio distinto al informado en el anexo correspondiente a la Línea ofertada (anexos
N°6,7,8,9,10) por lo cual deberá ser debidamente acreditado por la contraparte técnica, en caso contrario
la será de 3% sobre el valor total del servicio contratado
iv.En caso de incumplimiento del servicio de coffee por ejemplo: Servicio no prestado, este NO será
pagado y se procederá a aplicar una multa de 0.5 UTM del precio bruto de ese servicio.
v.Y en el caso de incumplimiento en el servicio de arriendo de salón en la fecha establecida, siendo ya
aceptada la orden de compra, este servicio además de NO ser pagado, se aplicará una multa de 1 UTM
del precio bruto del servicio.
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
5.6Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Para aplicar una multa, Integra deberá notificar de ello al Proveedor acompañando a dicha comunicación
un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se
funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Proveedor haya
señalado en el contrato o en el Anexo N° 4-A o 4-B, si no se ha suscrito contrato, entendiéndose que la
misiva ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos del domicilio del
Proveedor.
Una vez notificado, el Proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para formular sus descargos
ante el Director de Administración, Finanzas y Tecnología, quien resolverá dentro de los diez días hábiles
siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes de la
Fundación. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas, en caso de que el Proveedor se
allanare expresamente o se desecharen los descargos, la sanción deberá aplicarse.
Dichas multas no se aplicarán si la falta se produce por caso fortuito o fuerza mayor y previa concurrencia
de los siguientes requisitos copulativos:
a.Comunicación por escrito del Proveedor a la Fundación, indicando los hechos que configurarían el caso
fortuito o fuerza mayor alegado y adjuntando los antecedentes de respaldo correspondientes.
b.Calificación conforme por parte de Integra, en orden a que los hechos invocados efectivamente
configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente
comprobados.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los
Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Ejecutor en los mismos casos.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad de la Fundación de poner término anticipado al
contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases y de hacer efectiva la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento.
Integra solicitará al proveedor hacer ingreso del pago de la respectiva multa dentro de un plazo de 10
(diez) días hábiles desde que se allanare a su aplicación o desde notificada la decisión recaída en sus
descargos.
Para ello Fundación Integra en la respectiva carta de notificación de aplicación de las multas indicará el
monto y los datos e instrucciones para efectos de realizar el pago.
Si transcurridos los 10 días hábiles el proveedor no ha enterado el pago, Integra podrá deducir el valor de
la multa indistintamente de cualquiera de los estados de pago pendientes o de la garantía. Si se hace
efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, estará el Proveedor obligado a su
reemplazo. Lo anterior sin perjuicio de la obligación de Integra de restituir al Proveedor, aquel valor de la
garantía que quede como remanente tras el pago de la multa aplicada. En caso de no reemplazar la
garantía, Integra podrá poner término anticipado a la contratación sin derecho a restituir el remanente al
proveedor.
Cuando las multas se fijen en una unidad financiera distinta al peso chileno, la fecha de conversión será la
del día en que se notifique la decisión de aplicar la multa.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con
decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de Integra de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de
Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
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TERMINO ANTICIPADO |
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La Fundación pondrá término al contrato mediante un acto administrativo fundado, sin indemnización
alguna al Proveedor, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias:
a)Si se dictare resolución de liquidación en contra del Ejecutor en un Procedimiento Concursal de
Liquidación, o si transcurriera el plazo de Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de
Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de
Reorganización o si el Ejecutor cayere en estado de notoria insolvencia, a menos, que se entreguen
suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento del contrato.
b)Si se disolviere la entidad del Proveedor, tratándose de personas jurídicas o la unión temporal de
proveedores.
c)Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d)Por incumplimiento grave, debidamente calificado por la Fundación, de las obligaciones contraídas por el
Proveedor. Se considerarán situaciones de incumplimiento grave, entre otras, las siguientes:
i.El incumplimiento del deber de confidencialidad.
ii.Superar cualquiera de los límites establecidos en la cláusula de multas.
iii.Incumplimiento de la prohibición de subcontratación de los servicios.
iv.Toda conducta u omisión imputable del Proveedor, que impida o perturbe gravemente el otorgamiento
oportuno y eficiente de los servicios contratados, de modo que afecte el normal desarrollo de las funciones
de la Fundación.
e)Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución
del contrato, con un máximo de 6 meses.
En caso de verificarse las causales de las letras a), b), d) y e) descritas anteriormente, la Fundación
deberá solicitar el cumplimiento forzado o resolución del contrato, en ambos casos con indemnización de
perjuicios, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
En caso que el término de contrato se produzca a requerimiento de la Fundación, el proveedor no tendrá
derecho a indemnización de perjuicios.
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CRITERIOS DE EVALUACION POR LINEAS |
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CRITERIOS DE EVALUACION POR LINEAS
SEGUN DOCUMENTO ANEXO N°16 "CRITERIOS DE EVALUACION POR LINEAS"
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INGRESO DE ANEXOS ADMINISTRATIVOS, TECNICOS Y ECONOMICOS |
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El oferente deberá adjuntar en el portal www.mercadopublico.cl la siguiente documentación:
Ingreso de la anexos administrativo:
a)Anexo N° 1. Declaración jurada simple para ofertar (inhabilidades y conflicto de interés). En caso de que
oferte una unión temporal de proveedores (UTP), el Anexo N° 1 deberá ser completado, además del
representante de esta, por cada uno de sus integrantes.
b)Anexo N° 2. Declaración jurada simple de responsabilidad, suscrita por el oferente, donde señale que
entiende las condiciones necesarias para la presentación de la oferta y declare conocer, aceptar y estar de
acuerdo con lo previsto en las bases y, en general, con las exigencias de la propuesta.
En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, el Anexo N° 2, deberá ser completado, además
del representante de esta, por cada uno de sus integrantes.
c)Anexo N° 3. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, se deberá adjuntar, además, el documento público o
privado según corresponda, de acuerdo, a lo señalado artículo 67 bis del Reglamento de Compras
Públicas, que formalizó dicha unión, en que se haya pactado solidaridad entre las partes respecto de todas
las obligaciones que emanen de la licitación y se haya designado un representante o apoderado común
con poderes suficientes. Todos los proveedores que sean parte de una unión temporal de proveedores
necesariamente deberán estar inscritos y encontrarse hábiles en el registro de proveedores de la DCCP.
d)Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº 4-A o 4-B de estas Bases,
según corresponda.
e)Fotocopia simple de la cédula de identidad del oferente o de su(s) representante(s) legal(es), según
corresponda.
f)Fotocopia simple del RUT de la sociedad, en el caso de personas jurídicas.
g)Anexo Nº5: PROGRAMA DE INTEGRIDAD
El oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser
declarado en el Anexo N°5. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta
presentada, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente
en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo,
también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare
en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en
cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°5.
Todos los anexos deberán ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona
jurídica, o por el representante de la UTP según corresponda, con excepción de los señalados en las letras
a),b)y c) (si corresponde) , que deberán ser firmados tanto por los representantes de la UTP como por los
miembros de esta.
La oferta que no presente la información a la que se refiere las letra b) y documento público o privado al
que hace referencia la letra c), cuando así corresponda, será declarada inadmisible.
Los documentos señalados en las letras d), e), f) y g) serán necesarios para efectos de la contratación de
los servicios. En caso de no acompañarse junto con la presentación de la oferta, la propuesta será
evaluada con menor puntaje según criterio de evaluación administrativo.
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ADJUDICACION POR LINEA |
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Se adjudicará por línea de producto al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las
propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
Pudiendo el oferente presentar ofertas por uno o más producto.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que
será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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REQUISITOS PARA EL PAGO |
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Fundación Integra dará orden de pago de los servicios de acuerdo a lo siguiente:
Entrega del 100% de/de los servicios acordados en cada Línea, y de acuerdo a las condiciones
específicas de cada compra, cuando corresponda entrega parcializada, en las fechas establecidas y de
acuerdo a los términos convenidos.
Recepción conforme por parte de Fundación Integra. Emisión de la factura indicando el N° de Orden de
Compra y HES para ingreso.
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ENCARGADO DE LA CONTRATACION |
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5.8.4 Encargado de la contratación
El Proveedor deberá informar, antes de la suscripción del contrato, para esta licitación se formaliza la
contratación con la emisión de la orden de compra. el proveedor debe informar el nombre del Encargado
del Contrato, quien actuará como interlocutor válido ante la Contraparte Técnica de la Fundación. Todo
cambio relativo a esta designación deberá ser informado por escrito a la Contraparte Técnica, en un plazo
no superior a 5 días hábiles desde que se haya producido el mismo.
El Encargado del Contrato del proveedor deberá, entre otras labores:
a) Asistir personalmente a todas las reuniones que convoque la Contraparte Técnica de la Fundación y
coordinar la labor de su equipo de trabajo.
b) Responder formalmente por escrito las observaciones que le formule la Contraparte Técnica de la
Fundación.
c) Entregar la documentación administrativa que sea requerida por Integra y necesaria para la ejecución
del contrato o para que se verifique el pago.
d) Dar curso a las solicitudes que la Fundación requiera durante la ejecución del contrato.
El proveedor deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de las funciones de control y
supervigilancia de la Contraparte Técnica de Integra.
Por su parte, la Fundación designará como Contraparte Técnica encargadas de coordinar, supervisar y dar
aprobación al trabajo ejecutado en Línea N°1 Ivette Muñoz Vargas, Jefa Departamento Educativo y en
Líneas N°2, 3 y 4 Marisol Pérez, Jefa Departamento Calidad educativa, o quien lo subrogue reemplace o
sean designadas/os para estos efectos, quienes tendrán las siguientes funciones:
a.Dirigir, supervisar y controlar de la implementación de las licencias encomendadas, velando por el
estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios y el cumplimiento de los plazos estipulados,
entre otros.
b.Recibir conforme la entrega de los servicios respectivos, extendido el respectivo certificado de
conformidad para los pagos.
c.Validar las facturas y solicitar el pago, según la conformidad que otorgue la contraparte técnica de la
Fundación.
d.Requerir la aplicación de multas en los casos de incumplimiento contractual, previo informe evacuado
por la contraparte técnica.
e.Requerir modificación del contrato si corresponde, debiendo acompañar un informe de la contraparte
técnica al efecto.
f.Requerir el término anticipado del contrato de verificarse alguna de las causales dispuestas para ello,
acompañando el respectivo informe técnico al respecto.
g.Todas aquellas que sean necesaria para la correcta ejecución del contrato.
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subcontratacion y cesion de contrato |
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SUBCONTRATACION
Durante la ejecución de la contratación, y por la naturaleza de los servicios requeridos, el Proveedor tendrá
prohibición absoluta de subcontratar los servicios que objeto de la presente licitación.
5.8.7 Cesión de contrato
El Proveedor no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los
derechos y obligaciones establecidas en la presente contratación. La infracción de esta prohibición dará
derecho a Integra para poner término anticipado a la misma, en forma inmediata. Lo anterior es, sin
perjuicio, de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los
documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
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DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO |
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DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO
5.8.6 Del precio y forma de pago
Fundación Integra dará orden de pago de los servicios de acuerdo a lo siguiente:
El pago se efectuará en forma mensual de acuerdo a servicios utilizados y se pagará en pesos chilenos.
En el caso de la Línea N°1 y Línea N° 2 el pago se realizará parcializado, por el servicio coffe y/o almuerzo
entregado en cada jornada.
Para las Líneas N°3 y N°4, el pago se realizará tras la recepción conforme del servicio contratado.
Emisión de la factura indicando el N° de Orden de Compra y HES para ingreso.
Los pagos se realizarán a 30 días, posteriores a la recepción de la factura o boleta, impuestos incluidos.
Para iniciar el procedimiento de pago, el Proveedor enviará documentos tributarios electrónicos a la casilla
de intercambio de Fundación Integra, correo electrónico sreyes@integra.cl, jtorres@integra.cl y
lacevedon@integra.cl
El archivo del documento tributario deberá ser en formato XML COMPLETO (formato emitido por SII al
momento de generar factura) y PDF, esto para que el servidor de facturación electrónica valide el
documento tributario.
En la emisión de documentos tributarios electrónico es obligación consignar los siguientes datos de
Fundación Integra:
- RUT: 70.574.900-0
-RAZÓN SOCIAL: Fundación Educacional para el Desarrollo Integral de la Niñez, pudiendo ser también
Fundación Integra o Integra.
-GIRO: Enseñanza Preescolar Privada
-DIRECCIÓN: José Menéndez 756, 2° Piso
-COMUNA: Punta Arenas
-CIUDAD: Punta Arenas
-CONTACTO: lacevedon@integra.cl sreyes@integra.cl
La factura deberá estar expresada en pesos.
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SEGURIDAD, INTERPRETACION DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS CONTROVERSIAS |
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5.8.8 Seguridad de la información
El Proveedor deberá adoptar todas las medidas técnicas y organizativas de seguridad que sean precisas
para efectos de evitar que la información de la Fundación sea accedida por terceros no autorizados, o esta
se extravíe o dañe.
Asimismo, para efectos de claridad, se deja expresa constancia que el Proveedor deberá adoptar las
medidas de respaldo de la información que impidan que ésta se pierda como consecuencia de alguna
contingencia que afecte sus sistemas informáticos.
En el tratamiento de los datos, el Proveedor deberá exigir a sus dependientes el más alto estándar de
confidencialidad respecto de los mismos, siendo de su cuenta y riesgo la responsabilidad que se genere
como consecuencia de su divulgación por parte de las personas que trabajen con ellos. Por otra parte, en
el desarrollo de los servicios, se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que establece la Ley
N° 19.628, sobre Protección de Datos de Carácter Personal.
Desde ya queda absolutamente prohibido que el Proveedor fotocopie, escanee o digitalice cualquier tipo
de información o archivos entregados por la Fundación para su custodia sin expresa autorización o
solicitud de la contraparte técnica.
5.8.9 Interpretación e información
La contratación, así como las Bases Administrativas y especificaciones Técnicas que lo rigen se
interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia.
Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta
ejecución del contrato, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica, aplicables según sea el caso
particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases
Administrativas y especificaciones técnicas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario o en el
contrato.
5.8.10 Jurisdicción y resolución de controversias
En caso de desacuerdo, las partes propenderán a resolverlo de mutuo acuerdo, en el plazo que las
mismas estimen. De no llegarse a un acuerdo, las partes podrán concurrir a los tribunales de justicia
ordinarios que sean competentes de acuerdo, a la materia.
Para todos los efectos legales las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Arica, sometiéndose a
la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia.
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Resolución de Empates |
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Mecanismo de resolución de empates
En el evento de que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más
proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de
resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio
EVALUACION DE LAS OFERTAS TECNICAS.
En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el
criterio EVALUACION DE LA OFERTA ECOMICA.
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio
EVALUACION ADMINISTRATIVA.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en
www.mercadopublico.cl
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