Licitación ID: 741-25-LE25
ADQUISICION LOGISTICA CUENTA PUBLICA
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Concesionarios de casino de comida 1 Unidad
Cod: 90101604
INDAP Araucanía convoca licitación pública para contratar a un proveedor que organice y ejecute integralmente el evento “Cuenta Pública Participativa 2025”. Este evento combina la rendición de cuentas institucional y un homenaje a las familias campesinas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION LOGISTICA CUENTA PUBLICA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
INDAP Araucanía convoca licitación pública para contratar a un proveedor que organice y ejecute integralmente el evento “Cuenta Pública Participativa 2025”. Este evento combina la rendición de cuentas institucional y un homenaje a las familias campesinas regionales. El adjudicatario deberá proveer todos los servicios logísticos y técnicos necesarios para el desarrollo del programa, alineándose con la identidad cultural regional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compra – Región de la Araucanía
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
Bilbao 931
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-07-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 27-06-2025 12:19:03
Fecha inicio de preguntas: 27-06-2025 12:31:00
Fecha final de preguntas: 30-06-2025 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-07-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-07-2025 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-07-2025 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 11-07-2025 16:21:52
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1 Antecedentes Administrativos
2.- Anexo N° 4 Declaración Integridad y Compliance
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 2 Oferta técnica Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del anexo N° 2 de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3 Oferta económica Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado (impuestos incluidos) expresado en moneda nacional. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados. En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error. En caso que la oferta económica ingresada por el proveedor en la ficha electrónica de la Plataforma Mercado Público, presente diferencias con el valor expresado en el Anexo N° 3, solo se considerará el valor indicado en el Anexo N° 3, para todos los efectos legales.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos técnico DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 25%
2 Precio DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 30%
3 Experiencia del oferente en servicios similares DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 40%
4 Cumplimiento de requisitos formales DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 1%
5 Cumplimiento de certificación de sustentabilidad p DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 2%
6 Cumplimiento de compromiso de integridad y complia DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 24.01.407.135
Monto Total Estimado: 8600000
Justificación del monto estimado DE ACUERDO A PRESUPUESTO DISPONIBLE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: claudio castillo
e-mail de responsable de pago: ccastillo@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: ALEJANDRA MIRANDA
e-mail de responsable de contrato: amiranda@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2506024-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y de su adjudicación. El oferente adjudicado podrá concertar con terceros la subc
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

 

  • En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio Experiencia del Oferente
  • En segundo lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Técnicos.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio Oferta Económicas.
  • En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.

 

Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución fundada
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a abastecimiento@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En virtud del Artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.

En caso que una oferta no cumpla con los requisitos formales y la comisión resuelva requerir certificaciones o antecedentes de los señalados en el párrafo anterior, a dicha oferta, no obstante continuar en el certamen, se le asignará el puntaje conforme a lo establecido en el Ítem “Cumplimiento requisitos formales” de los aspectos administrativos. Se informará a todos los oferentes de la solicitud realizada por la Comisión Evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en el evento que un documento o certificación sea esencial para la evaluación, y aquel no sea aportado por un oferente, el Instituto podrá eventualmente declarar inadmisible la oferta.

2. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN

Nombre adquisición

Contratación de los servicios logísticos para el desarrollo de la de cuenta pública participativa INDAP Región de la Araucanía 2025.

Descripción

INDAP Araucanía convoca licitación pública para contratar a un proveedor que organice y ejecute integralmente el evento “Cuenta Pública Participativa 2025”. Este evento combina la rendición de cuentas institucional y un homenaje a las familias campesinas regionales. El adjudicatario deberá proveer todos los servicios logísticos y técnicos necesarios para el desarrollo del programa, alineándose con la identidad cultural regional.

Tipo de compra

LE: Licitación mayor o igual a 100 UTM y menor a 1.000 UTM

Moneda

Pesos chilenos

Monto total presupuesto disponible (impuestos incluidos, si corresponde)

8.600.000

Duración de los servicios

Los servicios se requieren el día 28 de julio de 2025

Etapa del proceso de apertura

En una sola etapa

4. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES

Preguntas y respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación, podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán efectuarse a través del Sistema Mercado Público www.mercadopublico.cl. INDAP pondrá las respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.

Modificación a las bases

INDAP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por uno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, considerando un plazo prudencial para que los oferentes adecúen sus ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán aprobadas mediante el acto administrativo correspondiente, sometidas a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación y serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y será responsabilidad de los oferentes estar al tanto de las modificaciones que sean publicadas en la plataforma de Mercado Público.

5. CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN

El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo.

Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo de preguntas indicado en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.

Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.

INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación.

Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.

6. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

6.1.-OBSERVACIONES

De acuerdo al artículo 16 de la Ley N° 19.886, para participar en la presente licitación los oferentes deben encontrarse habilitados para participar en él, para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos, y no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:

-       Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 6°, artículos 35 quáter y septies.

-       Decreto N° 661 de 2024, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 41°, número 10.

-       Ley N° 19.728, que establece seguro de desempleo.

-       Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que se indican, artículos 8° y 10°.

-       Decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, artículo 26°, letra d.

-       Inhabilidad para contratar con los organismos de la Administración del Estado, contemplada en el artículo 33 de la Ley 21.595.

Lo anterior se acreditará mediante la confirmación y firma electrónica de la “Declaración Jurada de requisitos para ofertar” disponible en la plataforma de Mercado Público, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes. La sola presentación de ofertas en la presente licitación implica que el proponente declara que no le afectan las inhabilidades antes señaladas. 

Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 120 días corridos, desde la fecha de cierre de las ofertas.

Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos.

Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las bases de licitación. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

El día de publicación del llamado, constituirá el día cero del calendario de eventos establecido, a partir del cual se contarán los plazos.

Para efectos del presente concurso, los plazos son de días hábiles administrativos, esto es, para su cómputo deben excluirse los días sábados, domingos y festivos, sin perjuicio de los casos en que expresamente estas bases establezcan plazos de días corridos. En caso que un plazo de días corridos venza un día inhábil éste se ampliará automáticamente al día hábil siguiente.

La participación en el proceso implica la aceptación por parte de los proponentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.

6.2.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.

El Instituto se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes bases de licitación, conforme los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo y siempre acorde y en sujeción con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento.

7. PARTICIPANTES

Podrán participar de esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, incluyendo uniones temporales de proveedores, que, cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, los integrantes deberán suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá materializarse por escritura pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 180 del Decreto Supremo N° 661 que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886.

7.1. INSTRUCCIONES ADICIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE UTP

Para la presentación de ofertas por parte de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), éstas deberán cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes:

a.- Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.

b.- Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1 Antecedentes administrativos.

c.- Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta.

d.- En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.

e.- Todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar.

f.- Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886, y en caso contrario la oferta podrá ser declarada inadmisible.

g.- Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.

8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.

En conformidad con el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el otorgamiento de la garantía de seriedad será obligatorio en las contrataciones que superen las 5.000 UTM, por lo que en el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de garantía de seriedad.

9. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:

  • Presentar el anexo N° 1 Antecedentes Administrativos
  • Presentar el anexo N° 2 Oferta Técnica
  • Presentar el anexo N° 5 Experiencia en servicios similares
  • Presentar el anexo N° 3 Oferta económica
  • El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación
  • En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, o a otras previstas como mínimas o que revistan el carácter de esencial en las bases administrativas o técnicas, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se tratan de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.

9.1.- SUPUESTOS DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.

1.- La no publicación de la oferta del proponente a través del sistema de Compras Públicas del Estado (Mercado Público), salvo en caso de indisponibilidad del sistema u otras variables contempladas en el artículo 115 del Decreto Supremo 661 del 2024.

2.- Al momento de ofertar, o en el transcurso de la evaluación, el oferente cambia su estado de habilidad en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras Públicas.

3.- La no entrega de muestras por parte del proponente, cuando éstas tengan el carácter de obligatoria en las Bases Administrativas.

4.- La no presentación del Proponente a la visita de terreno, lo que quedará de manifiesto en la ausencia de la firma de un oferente en el acta de visita a terreno si aquella se fijó como obligatoria.

5.- Aquellas que oferten en un tipo de moneda distinto al expresado en las Bases Administrativas.

6.- Aquellas que superen el monto disponible, cuando lo señale así las Bases Administrativas.

7.- Cuando se proporcione información incompleta, ilegible, sin valoración y/o se deje en blanco alguno de los apartados requeridos en el Anexo Económico, lo que imposibilite la aplicación de la pauta de evaluación, sin perjuicio que el Instituto podrá verificar el cumplimiento de la oferta económica de conformidad con los antecedentes que consten en el portal, por cualquier medio idóneo.

8.- El Instituto podrá rechazar ofertas cuando hayan obtenido, en la evaluación, un puntaje técnico total ponderado inferior al indicado en las bases administrativas.

9.- Cuando la oferta económica presentada se encuentre significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas, conforme al resultado de la aplicación de la fórmula establecida en las Bases de Licitación, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, y en conformidad con lo señalado en el artículo 61 del Reglamento de la Ley de Compras.

10.- Ante la ausencia de algún Antecedente Técnico en la presentación de la oferta y tras ser solicitado mediante foro inverso, cuando ello sea posible, este o estos no haya sido presentados y constituyen aspectos esenciales para la evaluación.

11.- Cuando se proporcione información incompleta, ilegible, sin valorar y/o se deje en blanco alguno de los apartados requeridos en los anexos que se deban ingresar en los “Anexos Técnicos” del Sistema de Información, los cuales sean esenciales para la evaluación técnica del proceso, esto es, para aplicar los criterios técnicos de la pauta de evaluación. Esta regla no será aplicable a aquellos anexos que correspondan a experiencia y comportamiento contractual anterior.

12.- Cuando el oferente ha ofrecido o intentado conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a un funcionario público que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de apertura, evaluación y adjudicación de las ofertas. Asimismo, será causal de inadmisibilidad cualquier intento de influir directa o indirectamente en un funcionario público respecto al proceso licitatorio y/o la toma de decisiones relacionadas con el mismo, por fuera de los mecanismos previstos en la ley para tales efectos.

13.- Hayan sido presentadas por Proponentes pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí en conformidad con el Art. 60 del Reglamento de la ley de Compras, y/o sobre los cuales existieren motivos fundados para estimar que dos o más de ellos se han concertado para aumentar artificialmente los valores de las propuestas o para limitar o excluir indebidamente las propuestas de los competidores. En tal caso se requerirá de un informe fundado de la Comisión para rechazar las propuestas que incurran en tales prácticas e informar de este hecho a la Fiscalía Nacional Económica.

14.- Se compruebe que hayan proporcionado información falsa, alterada o maliciosamente incompleta. El Instituto, podrá tomar las medidas administrativas correspondientes según la gravedad del caso. Lo anterior deberá quedar debidamente fundamentado por la Comisión en el Informe de Evaluación respectivo.

15.- Si el oferente declara que alguno de los perfiles de trabajadores, en caso de ser contratado, reciba una remuneración inferior al monto mínimo establecido en bases.

16.-Si la oferta es presentada por una UTP conformada por empresas que no cumplan con el requisito de ser empresas de menor tamaño sin perjuicio de las excepciones previstas en la Ley 19.886.

Lo anterior es sin perjuicio de otros supuestos que puedan verificarse durante la evaluación del proceso y que hagan procedente la adjudicación de una determinada oferta.

10. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

El puntaje mínimo para ser seleccionado debe ser igual o mayor a 63 puntos, por lo que la propuesta que obtenga menos de 63 puntos ponderados, no podrá ser adjudicada por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora o comité revisor, según el caso. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proceso deba declararse desierto debido a que ninguna de las ofertas presentadas haya alcanzado el puntaje mínimo, éstas serán consideradas inadmisibles para los efectos del artículo 71, numeral 2, del Reglamento de la Ley N° 19.886.

8.1     CRITERIOS DE EVALUACION.

Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente, en base a los siguientes criterios:

Clasificación Criterio

Criterio de evaluación

Ponderación

Técnico

Experiencia del oferente en servicios similares

40%

Cumplimiento de requisitos técnico

25%

Económico

Precio

30%

Administrativo

Cumplimiento de requisitos formales

1%

Cumplimiento de certificación de sustentabilidad para proveedores

2%

Cumplimiento de compromiso de integridad y compliance que sean conocidos por el personal

2%

La pauta de evaluación de los criterios indicados anteriormente es la siguiente:

CRITERIO TÉCNICO – 65 %

Experiencia del oferente – 40%

El oferente deberá acreditar su experiencia en la prestación de servicios a instituciones públicas y/o empresas del sector privado, específicamente en actividades directamente relacionadas con la producción de eventos de características similares. Esto incluye, por ejemplo, seminarios, congresos, convenciones, ferias culturales y/o eventos o fiestas artísticas culturales masivas, ejecutados en los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de publicación de la presente licitación.

La declaración deberá efectuarse conforme al formato establecido en el Anexo N°5 “Experiencia en servicios similares”, Las propuestas serán evaluadas conforme a la siguiente tabla de asignación de puntajes:

Puntaje

El oferente acredita seis o más eventos realizados en la materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación.

100

El oferente acredita entre cuatro cinco eventos realizados en la materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación.

75

El oferente acredita entre uno y tres eventos realizados en la materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación.

40

El oferente no ha ejecutado eventos en materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación.

0

Cumplimiento de requisitos técnicos de la propuesta – 25%

Se evaluará si la propuesta del oferente cumple los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases

Puntaje

El oferente cumple todos los requisitos estipulados en las bases técnicas y considera uno o más servicios Adicionales de libre especificación, sin costo adicional, que apoyan y complementan favorablemente la propuesta técnica.

100

El oferente cumple todos los requisitos estipulados en las bases técnicas y no considera uno o más servicios Adicionales

75

El oferente no cumple con uno o más requisitos estipulados en las bases técnicas

0

CRITERIO ECONÓMICO –30%

INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas bases de licitación.

Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios o por la adquisición de los productos adjudicados, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto.

Para la evaluación de este criterio, se considerará y comparará el precio de la oferta, con el menor precio ofertado en la presente licitación, mediante la siguiente formula:

PUNTAJE PRECIO = (PRECIO MÍNIMO OFERTADO/PRECIO OFERTA) x 100

CRITERIO ADMINISTRATIVO – 5%

Cumplimiento de requisitos formales – 1%

Puntaje

El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del periodo de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.

100

El oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en el punto 10.3 de las bases administrativas, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado

50

El oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado.

0

Cumplimiento de certificación de inclusividad y/o sustentabilidad para proveedores – 2%

Puntaje

El oferente cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme (debe adjuntar el/los certificado/s vigente/s respectivo/s), y/o fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad (quien resulte adjudicado debe adjuntar contrato de trabajo del/de los trabajadores en situación de discapacidad e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN), para el otorgamiento del total del puntaje respecto de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad, el oferente debe acreditar que cumple en una proporción mayor al mínimo exigido por ley, ejemplo: Empresas con menos de 100 Trabajadores: Presenta 1 o más trabajadores con discapacidad: 100 Ptos; No Presenta trabajadores con discapacidad: 0 Ptos. Empresas con 100 o más Trabajadores: Presenta más de 1% de trabajadores con discapacidad: 100 Ptos. Presenta 1% o menos de trabajadores con discapacidad: 0 Ptos.

100

El oferente no cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme o no fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.

0

Cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal (*) – 2%

Puntaje

Cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por éstos.

100

No cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal.

0

(*) De acuerdo a lo señalado en el artículo 17 del Reglamento de Compras Públicas, y en el Dictamen Nº E370752/2023, de la Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en el Anexo Nº 4 “Programa(s) de Integridad y compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

10.2.- DESCUENTOS POR COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR.

Todos aquellos oferentes que presenten incumplimiento contractual (multa o término anticipado por incumplimiento contractual) con el Instituto u otro organismo público en los 3 años previos a la fecha de publicación de las presentes bases y que aquellos se encuentren registrados en el sistema de información de mercado público, se les aplicará un descuento en el puntaje técnico, como sigue:

Multa

Descuentos de Puntos

1

4

2

8

3 o más

12

Término anticipado de contrato por incumplimiento contractual

Descuentos de Puntos

1

6

2

12

3 o más

18

11. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN

INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.

La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.

Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.

En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

11.1. RE-ADJUDICACIÓN

En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el artículo 58 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.

11.2. MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

 

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a abastecimiento@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

12. EMISIÓN DE ORDEN DE COMPRA

En conformidad con el artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación, podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, siempre que se haya establecido así en las respectivas bases de licitación. Por lo anterior, se deja expresamente establecido que la presente adquisición será formalizada de dicha forma y no será necesaria la suscripción de un contrato entre las partes.

Posterior a la publicación de la adjudicación, INDAP emitirá la orden de compra respectiva, la cual acredita que surgen entre las partes, derechos y obligaciones que deben ser cumplidas en los términos que señalan las presentes bases de licitación.

Si la orden de compra no es aceptada por el oferente adjudicado en el plazo de 48 horas, INDAP podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores al momento de la emisión de la orden de compra; en caso contrario, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, no siendo procedente la formalización de la contratación en el caso de no encontrase habilitado.

Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación de lo contrario no resultará procedente efectuar la formalización de la contratación.

12. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO

En conformidad con el artículo 121 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el otorgamiento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato será obligatorio en las contrataciones que superen las 1.000 UTM, por lo que en el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de esta garantía.

14. PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO

Presupuesto disponible

$8.600.000

Forma de pago

El pago será efectuado dentro de un período máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme de los productos adquiridos, mediante transferencia electrónica realizada por la Tesorería General de la República o el mecanismo vigente a la época del pago, lo cual será informado oportunamente por el INDAP.

Aprobación de pago

Los pagos se realizarán previa autorización de la contraparte técnica de INDAP, que en este caso corresponde a la Jefatura del Departamento de Operaciones, quien deberá corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.

Facturación

Una vez autorizado el pago por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a señalar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo.

La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.

El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia. En caso de que no se envíen los antecedentes bancarios, el pago se realizará con cheque, el que se enviará por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.

En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes@indap.cl.

En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.

En caso que se adjudique a una UTP, ésta deberá emitir el documento tributario, el cual se señala claramente en la Orden de Compra.

15. SANCIONES

8.1     TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

El contrato, ya sea que este se haya consagrado en un documento suscrito por ambas partes o por la sola emisión de la orden de compra, podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:

  1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en este literal, las partes deberán suscribir un instrumento que dé cuenta del término anticipado de mutuo acuerdo y las razones que lo motivaron el que deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
  3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Este Instituto entiende como incumplimiento grave las siguientes:
    1.  La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta.
    2. Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 30% del valor del contrato.
    3. Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es incumplir 02 obligaciones durante la vigencia del contrato.
    4. No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido.
    5. No renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato.
    6. No reponer la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en caso de cobro de esta.
    7. Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato.
    8. Para el caso de las UTP, adicionalmente a las acciones precedentes, configuran incumplimiento grave de las obligaciones contraídas las siguientes:

          La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

          Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.

          Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

          Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

          Disolución de la UTP.

  1. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  2.  La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento
  3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  4. Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente proceso las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:
    1. Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
    2. Haber sido condenado el contratante por crimen o simple delito.
    3. Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.
    4. Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.
    5. Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.
    6. Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP.

El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.

Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Con excepción de las causales contempladas en las letras b) y f) precedentes, y en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que por razones de ley o acto de autoridad hagan imperiosa esta medida y ello sea calificado así por el Instituto, una vez adoptada aquella, el Instituto procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados. INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 154°, 159°, 160° y 162° del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Fuerza mayor y caso fortuito

          Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile.

          Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.

          La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.

          La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.

          En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.

          Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho.

          Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento sancionatorio previsto en las bases.

17.2.   MULTAS

INDAP podrá cobrar multas al contratante, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente licitación, siempre que se deba a causa imputable al contratante, en los siguientes términos:

  1. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, no asociadas a plazos, será sancionado con el valor de UF 3 por cada obligación incumplida.

  1. El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que aplica la multa, mediante una transferencia electrónica o algún otro medio de pago que se determine.
  2. En caso que el contratante no pague la multa dentro del plazo establecido, facultará a INDAP para descontar el monto adeudado del estado de pago pendiente y/o para proceder al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o para terminar anticipadamente el contrato, a elección de INDAP.
  3. Se hace presente que contra la resolución que aplica la multa, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
  4. Para todos los efectos de la aplicación de lo dispuesto en este punto, el valor de la Unidad de Fomento será el correspondiente a la fecha de su efectiva aplicación.
  5. El tope máximo de las multas será del 30% del valor del contrato.
  6. En caso que se aplique multa y ésta se haga efectiva en la garantía de fiel cumplimiento, el adjudicatario deberá reemplazar dicha garantía por una igual a la establecida en este contrato.
  7. Ejecutada la garantía, el Instituto descontará de la misma el monto de la multa y devolverá el saldo al Prestador solo una vez que éste entregue la garantía de reemplazo.

Si incumpliera 2 obligaciones durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al contrato y/o hacer efectivo el instrumento financiero de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de sanciones que se establece a continuación.

17.3.    PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO (MULTAS Y TÉRMINO ANTICIPADO)

INDAP notificará al contratante mediante correo electrónico dirigido a la casilla electrónica que indique en el Anexo N° 1 de estas Bases o en su defecto el que tenga registrado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl y/o en el Registro de Proveedores, la intención de cursar una multa o término anticipado de contrato, según corresponda mediante correo electrónico, indicando la causal de que se trata e indicando que el prestador tiene un plazo de 5 días para deducir sus descargos si procediere.

El contratante podrá reclamar o presentar sus descargos a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@indap.cl, la que deberá ser fundada.

INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.

Se hace presente que contra la resolución que aplica la sanción, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

En los casos de término anticipado por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes no regirá este procedimiento sin perjuicio de que deberá suscribirse un instrumento que dé cuenta de dicho acuerdo, el que deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo.

18. CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP

INDAP se relacionará con el contratante, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de la Jefatura del Departamento de Operaciones, o quien ésta designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:

  • Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
  • Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
  • Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
  • Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
  • Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
19. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.

OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.

NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por lo cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.

 

AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.

GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.

20. PROPIEDAD INTELECTUAL

Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.

“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.

Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.

Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.

21. ORDEN DE PRELACIÓN.

En caso de existir algún aparente inconveniente o se viere alguna contradicción en los instrumentos que regulan la presente contratación, se declara que legalmente el orden de prelación normativo es el siguiente: 

               

1.- Ley 19.886 y su reglamento.

2.- Bases de Licitación, respuestas a consultas y aclaraciones.

3.- Contrato si lo hubiere.

4.- Oferta del Adjudicatario.

II.- BASES TÉCNICAS.
  1. OBJETIVO DE LA ADQUISICIÓN

El objetivo principal de la presente adquisición es: Contratar a un proveedor que organice y ejecute de forma integral el evento “Cuenta Pública Participativa INDAP Región de la Araucanía 2025” del Instituto de Desarrollo Agropecuario Región de La Araucanía, a realizarse el 28 de julio de 2025, para 300 asistentes, garantizando estándares de calidad técnica, logística, comunicacional y cultural.

La contratación deberá cubrir la totalidad de los servicios necesarios para el desarrollo del evento, incluyendo producción audiovisual, servicios de banquete con identidad cultural, reconocimientos, souvenirs institucionales, números artísticos, montaje escenográfico y técnico, personal de apoyo, gestión logística integral y reembolso a usuarios, todo ello alineado con los principios de inclusión, pertinencia territorial y puesta en valor de la agricultura familiar campesina.

  1. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y/O FUNCIONALIDADES DE LOS PRODUCTOS

Los Productos, se requieren para el día lunes 28 de julio 2025, en el Centro Cultural de Padre las Casas, ubicado en Avenida Maquehue 1441, Padre las Casas y estos deben contar con las siguientes características/funcionalidades:

Banquete/Desayuno con identidad cultural para 300 Personas:

  • Café de trigo, café, té y jugo.
  • Consomé
  • Sopaipillas con Pebre
  • Empanadas de queso
  • Empanadas de Pino
  • Brochetas de carne
  • Brochetas variedades
  • Mini Ceviche
  • mini churrascos
  • Mini Pastel de Choclo
  • Postres tradicionales: Mote con huesillo, leche asada
  • Montaje
  • Personal de catering
  • Mantelería

“Este servicio debe incluir montaje, personal de catering, mantelería”

Producción de 6 cápsulas audiovisuales, previamente grabadas para ser presentadas en la Cuenta Pública:

  • Realización de seis videos cortos (30 segundos –1 minutos cada uno) con temas como Sustentabilidad, Jóvenes, Mujeres, Pueblos originarios, Mercados y Asociatividad y cooperativismo.
  • Incluye: Guion, edición profesional y locución/narración. Todas las cápsulas deberán ser entregadas en formato digital HD y presentadas en el evento. El oferente deberá contar con experiencia demostrable previa en producción audiovisual institucional.

Reconocimientos:

  • 13 placas estilo galvano de 10x15, con diseño personalizado (ej. base de madera y placa metálica con grabado) para distinguir a dirigentes y agricultoras/os destacados. Deben incluir logo de INDAP y texto de homenaje. (El equipo de comunicaciones de INDAP y Gabinete Regional de la Araucanía coordinará el oferente)

Souvenirs institucionales:

  • Suministro de 300 unidades de obsequios para asistentes (ej. Bolitas de semilla (no transgénicas), Mini macetero con plantas medicinales o suculentas) con temática rural u otros. Deben ser de buena calidad, con diseño relevante a la agricultura o cultura campesina, y entregarse empaquetados individualmente. (El equipo de comunicaciones de INDAP y Gabinete Regional de la Araucanía coordinará con el oferente)

Números artísticos:

  • Contratación de 2 presentaciones artísticas de al menos 10 minutos cada una. Se sugiere consideren expresión folclórica regional (por ejemplo, grupo musical tradicional, danzas mapuches, cueca), apropiadas al contexto campesino, idealmente Ballet Folclórico de Padre Las Casas y Coro Infanto Juvenil de Villarrica El contratista se encargará de contratar artistas y coordinar sus equipos técnicos (instrumentos, sonido).

Todo lo anteriormente mencionado debe considerar:

  • Montaje escenográfico y técnico: El lugar cuenta con Amplificación, Sonidista y Proyector
  • Personal de apoyo y coordinación
  • Gestión integral y logística

  1. CONDICIONES Y PLAZOS DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS

3.1.- REQUISITOS MÍNIMOS: (aquellos sin los cuales la oferta deriva en la inadmisibilidad).

Cumplir con todos servicios estipulados en las bases técnicas

3.2.  REQUISITOS DESEABLES:

El oferente cumple todos los requisitos estipulados en las bases técnicas y considera uno o más servicios Adicionales de libre especificación, sin costo adicional, que apoyan y complementan favorablemente la propuesta técnica.


ANEXO N° 1

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

El oferente debe suscribir el presente documento y, a través de su firma, declara la veracidad de la información otorgada, asumiendo completa responsabilidad por su declaración y acepta las condiciones estipuladas en las presentes bases de licitación.

RAZÓN SOCIAL:

R.U.T. DE LA EMPRESA:

REPRESENTANTE LEGAL:

NACIONALIDAD:

R.U.T. DEL REPRESENTANTE LEGAL:

DOMICILIO DE LA EMPRESA:

TELÉFONOS:

CORREO ELECTRÓNICO:

FIRMA DEL OFERENTE

__________________________

NOMBRE DEL OFERENTE

RUT DEL OFERENTE

FECHA


ANEXO N°2

PROPUESTA TÉCNICA

El oferente debe suscribir el presente documento y a través de su firma declara la veracidad de la información otorgada, asumiendo completa responsabilidad por su declaración.

Nombre del Oferente: ____________________________

RUT: ____________________________

En virtud de los requerimientos establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación, el oferente deberá completar el siguiente cuadro, presentando una propuesta clara y detallada para cada uno de los productos/servicios solicitados.

IMPORTANTE: La omisión de la propuesta en alguno de los ítems requeridos será causal de que la oferta técnica sea considerada NO EVALUABLE.

indicar en la propuesta la descripción de los siguientes servicios:

1. Banquete/Desayuno con identidad cultural

2. Producción de 6 cápsulas audiovisuales

3. Reconocimientos (galvanos)

4. Souvenirs para asistentes

5. Números artísticos

6. Logística y coordinación del evento

Declaración del oferente:

Declaro que he leído y comprendido los requerimientos establecidos, y que esta propuesta técnica “Anexo N°2” responde a cada uno de los ítems solicitados. Asimismo, acepto que, en caso de no presentar propuesta para uno o más de los ítems requeridos, mi oferta técnica será considerada no evaluable, según lo señalado en las bases de licitación.

FIRMA DEL OFERENTE

__________________________

NOMBRE DEL OFERENTE

RUT DEL OFERENTE

FECHA


ANEXO N° 3

OFERTA ECONÓMICA

 

NETO

IMPUESTO

VALOR TOTAL CON IMPUESTOS INCLUIDOS (PRECIO OFERTA)

NOTA:

 

  1. Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado con impuestos incluidos, expresado en moneda nacional.
  2. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
  3. En caso de que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo claramente, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
  4. INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas Bases de Licitación.

FIRMA DEL OFERENTE

__________________________

NOMBRE DEL OFERENTE

RUT DEL OFERENTE


ANEXO N°4

ANEXOS ADMINISTRATIVOS

1.- PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE

 

Yo, NOMBRE APELLIDO XXXX, cédula de identidad N° XXXXX, con domicilio en XXXXXX, en representación de la empresa XXXXXX, RUT N° XXXXXX, declaro que [se cuenta / no cuenta] con programa (s) de integridad que sean conocidos por el personal que desempeña funciones en ella:

 

Detalle

Marcar alternativa

Cuenta con programa (s) de integridad y compliance que sean conocidos por el personal

 

No cuenta con programa (s) de integridad y compliance que sean conocidos por el personal

 

 

Si cuenta con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, individualizar el (los) programa (s) de integridad y compliance según corresponda, y señalar respecto de cada uno de éstos los medios de verificación que adjunta para acreditar que son conocidos por el personal:

 

Nombre del Programa de Integridad y compliance y fecha de éste

Medio (s) de verificación acompañado (s) para acreditar que el Programa de Integridad y compliance es conocido por el personal

 

 

 

 

 

Nota: Los oferentes que señalen que cuentan con programas de integridad y compliance conocidos por el personal deberán individualizar el nombre del Programa correspondiente y fecha de emisión y deberán acompañar medio (s) de verificación que acredite que éstos son conocidos por el personal, en caso contrario tendrá 0 puntos en este criterio.

 

2.- SI______NO______. DECLARACION JURADA SIMPLE DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL. El oferente cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme (debe adjuntar el/los certificado/s vigente/s respectivo/s). Indicar certificaciones que presenta________________________.

3.- SI______NO______. CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Los abajo firmantes declaramos tener contratadas (indicar número_____) personas con discapacidad. Además, declaramos que nuestra empresa cuenta con (indicar número______) trabajadores en total. Nota: Solamente el o los adjudicatarios deberán acompañar los contratos del oferente con la(s) personas con discapacidad y él o los certificados de discapacidad respectivos.

Suscribe en señal de conformidad en la Ciudad de XXXXXXXX el día XX del mes XXXXX del año 2024.

 

 

 

 

 

Firma del oferente o de su(s) representante(s), si es persona jurídica

__________________________

NOMBRE DEL OFERENTE

RUT DEL OFERENTE


ANEXO N° 5: EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EVENTOS SIMILARES

El oferente deberá completar el siguiente cuadro, el que deberá ser firmado por su representante legal

El documento deberá incluir, al menos, la siguiente información para cada experiencia declarada:

  1. Nombre del evento o actividad
  2. Fecha de realización
  3. Monto contratado (si aplica)
  4. Medio de verificación (contrato, orden de compra, carta de recomendación u otro respaldo documental)

Nombre de Evento

Fecha de Contrato

Monto $

Medio Verificador

1

2

3

4

5

6

7

Importante:

  • Solo serán considerados los eventos que contengan su respectivo respaldo.
  • Debe incorporar medios de verificación como facturas, copias de contratos, órdenes de compra, etc.
  • La no presentación de este anexo será considerada como falta de antecedentes para la evaluación del criterio de experiencia.


ANEXO Nº 6

SUBCONTRATACIÓN

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL OFERENTE: ____________________________

Declaro:

 Que subcontrataré parcialmente los servicios propuestos:   SI____.    NO____

Razón Social o nombre

RUT

Se encuentra hábil en el Registro de Proveedores

SI____

NO___

  1. Servicios previstos a subcontratar, si requiere completar más de tres servicios, agregar las filas necesarias:

1

2

3

3. Valor a pagar por los servicios subcontratados, incluir impuestos:

Monto Total Neto

Monto IVA

Valor total

 

 

 

Nota: Este anexo se rige según lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento de Compras Públicas.

FIRMA: _________________________

LUGAR Y FECHA: __________________________


ANEXO N°7

DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR

Razón Social o nombre:

Declaro:

1.   Que este oferente no tiene socios o empleador que tengan vínculo de parentesco con funcionarios directivos de INDAP y que dichos funcionarios y sus parientes no forman parte, ni poseen acciones, derechos o cargos en la respectiva sociedad o empresa, en los términos establecidos en la Ley N°19.866 de Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios.

2.   Que a este oferente no le afecta prohibición alguna para celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de las disposiciones contenidas en la Ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las personas jurídicas.

  1. Que a este oferente no le afectan las inhabilidades establecidas en la letra d) del artículo 26 del Decreto Ley N°211 de 1973 sobre Libre Competencia.
  2. Que este oferente no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal en los términos establecidos la Ley N°19.866.
  3. Que, no he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
  4. Que, no he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
  5. Que, no soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
  6. Que, no integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos la ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
  7. Que, mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los numerales 7 y 8 precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.

 

  1. Que, mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los numerales 7 y 8 precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

  1. Que, mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los numerales 7 y 8 precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.

  1. Que, no soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
  2. Que me encuentro hábil en el registro de proveedores.

  1. Que, ratifico todo lo indicado en la declaración jurada para ofertar.

NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL: __________________________________
____________________________________

FIRMA

Fecha     _________________________

Ciudad   __________________________


  1. Se aprueba el calendario de eventos del Proceso de Licitación Pública de la especie, establecido en las Bases de Licitación.

  1. El gasto que originan los referidos servicios se imputará al Subtítulo24, Ítem 01, Asignación 407, Actividad 135 del presupuesto vigente del Instituto correspondiente al año 2025.
  2. Publíquese la presente resolución exenta en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, denominado www.mercadopublico.cl

ANÓTESE, PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.