Licitación ID: 741-3-LQ20
Serv Consecionario Administratción Casino INDAP
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Concesionarios de casino de comida 1 Unidad
Cod: 90101604
Contratar los servicios de un concesionario para encargarse de la administración del casino, para la elaboración y servicios de alimentación del personal que se desempeña en la Dirección Regional de INDAP y sus dependencias.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv Consecionario Administratción Casino INDAP
Estado:
Adjudicada
Descripción:
contratar los servicios de un Concesionario para encargarse de la administración del casino, para la elaboración y servicios de alimentación del personal que se desempeña en la Dirección Regional y sus dependencias en la ciudad de temuco
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compra – Región de la Araucanía
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
Bilbao 931
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-03-2020 15:30:00
Fecha de Publicación: 18-02-2020 17:09:44
Fecha inicio de preguntas: 18-02-2020 17:31:00
Fecha final de preguntas: 21-02-2020 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-02-2020 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-03-2020 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-03-2020 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 23-03-2020 12:39:46
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita Obligatoria a Terreno 20-02-2020 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Carta de presentación que contenga la siguiente información: - Razón Social o nombre del oferente. - Domicilio. - Teléfono. - Dirección de correo electrónico. - RUT
Documentos Técnicos
1.- • Propuesta Técnica: El oferente participante deberá ingresar en el portal www.mercadopúblico.cl los documentos que contengan la descripción de los servicios ofertados de acuerdo a lo solicitado en las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación, dentro del plazo señalado, que deberá incluir: - Currículum vitae, una nómina de clientes a los que les ha prestado y/o se les presta iguales o similares servicios, en el evento de no tener clientes que puedan dar fe de su experiencia, deberá presentar una declaración simple que haga constar tal situación. - Descripción detallada del Plan de Trabajo a utilizar en los servicios requeridos por la Institución. - Certificado extendido por un contador o por el encargado del área de remuneraciones, que indique el porcentaje de trabajadores que no ocupen un cargo directivo, cuya remuneración sea superior al ingreso mínimo legal. - Certificado extendido por un contador o por el encargado del área de recursos humanos, que indique el porcentaje de trabajadores que no ocupen un cargo directivo, con contrato indefinido. - Valor Unitario, de acuerdo a los productos solicitados en la propuesta. Dichos valores deberán estar expresados en moneda nacional (pesos) incluyendo impuestos. Este valor unitario es el que deberán pagar diariamente los funcionarios por concepto de los servicios ofrecidos. - Otros antecedentes que el oferente estimara oportuno señalar y que amplíen la descripción del servicio que se ofrece para obtener la administración. Estos documentos son de presentación optativa.
 
2.- Antecedentes Legales Personas Jurídicas: - Currículum Vitae del equipo de trabajo, que muestre la experiencia en la actividad. - Copia simple de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere. - Copia simple de la inscripción del extracto de la Constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio y copia de su publicación en el Diario Oficial.   - Certificado de vigencia de la Sociedad, expedido por el Conservador de Bienes Raíces, cuya vigencia no deberá ser mayor a 60 días corridos. - Iniciación de actividades en el giro correspondiente. - En el caso de sociedades constituidas bajo la ley 20.659 (empresa en un día), los documentos pueden ser los entregados por el portal con firma electrónica. - Declaración jurada del(los) representante(s) legal(es) donde conste que los directores o socios de la entidad no prestan servicios al Estado, como empleados dependientes y que además, no tienen la calidad de cónyuges, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, con funcionarios de niveles de Jefaturas de INDAP. - Certificado del organismo competente (Dirección del Trabajo) o solicitud presentada al efecto, que acredite que no existen reclamos pendientes por remuneraciones y cumplimiento de obligaciones previsionales para con sus trabajadores. En caso de presentación de solicitud de certificado, éste deberá hacerse llegar a más tardar, antes de la fecha de adjudicación de la licitación.
 
3.- Antedecentes Legales Persona Naturales - Currículum Vitae, que muestre la experiencia en la actividad. - Nombre y apellidos completos, Nº de RUT, ocupación u oficio. - Iniciación de Actividades en el giro correspondiente. - Declaración jurada del oferente donde conste que él y las personas que trabajan con él, no prestan servicios al Estado, como empleados dependientes y que, además, no tienen la calidad de cónyuges, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, con funcionarios de niveles de Jefaturas de INDAP. - Certificado del organismo competente (Dirección del Trabajo) o solicitud presentada al efecto, que acredite que no existen reclamos pendientes por remuneraciones y cumplimiento de obligaciones previsionales para con sus trabajadores. En caso de presentación de solicitud de certificado, éste deberá hacerse llegar a más tardar, antes de la fecha de adjudicación de la licitación.
 
Documentos Económicos
1.- • Propuesta Económica: Las propuestas deberán indicar el MONTO UNITARIO DE LOS SERVICIOS DE COLACION correspondiente a los servicios solicitados por la Institución, el cual deberá ser presentado con los antecedentes requeridos en las presentes Bases de Licitación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Condiciones de empleo y remuneración de acuerdo a lo establecido en el punto N° 16 de las bases administrativas 20%
2 Experiencia de los Oferentes de acuerdo a lo establecido en el punto N° 16 de las bases administrativas 10%
3 Plan de Trabajo de acuerdo a lo establecido en el punto N° 16 de las bases administrativas 30%
4 Precio de acuerdo a lo establecido en el punto N° 16 de las bases administrativas 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Monto no es posible de estimar
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: no resulta conveniente para INDAP un contrato con una duración menor a la señalada, toda vez que desincentivaría a los eventuales oferentes a participar en el proceso licitatorio, lo que igualmente resultaría contrario a los intereses de INDAP
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 22 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: celso osses
e-mail de responsable de pago: cosses@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: celso osses stuardo
e-mail de responsable de contrato: cosses@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2506004-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Instituto de Desarrollo Agropecuario
Fecha de vencimiento: 09-05-2020
Monto: 50000 Peso Chileno
Descripción: Se aceptarán como garantías válidas para participar cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 31 del Reglamento de la ley de Compras Públicas, entre los que se cuentan, a modo meramente ejemplar, las siguientes: - Boleta bancaria a la vista e irrevocable. - Póliza de seguro de ejecución inmediata. - Certificado de fianza a la vista e irrevocable. - Vale a la vista. En el caso de presentación de este instrumento, se debe necesariamente adjuntar además, un oficio conductor indicando en él la glosa y los datos de la licitación garantizada. No se aceptará la glosa escrita al reverso del vale a la vista, a menos que dicha anotación provenga del banco emisor, siendo necesario de todas formas acompañar el oficio conductor. El documento de garantía que se indica precedentemente, tomado por el oferente, deberá ser extendido a nombre del Instituto de Desarrollo Agropecuario, pagadero a la vista, tendrá el carácter de irrevocable, y deberá mantenerse vigente en forma permanente hasta los 2 (02) meses posteriores a la fecha establecida para el cierre de la recepción de propuestas. Este documento necesariamente DEBE ingresar por la Oficina de Partes de INDAP Dirección Regional, sin perjuicio de que el oferente acompañe copia en el portal www.mercadopublico.cl, lo que no lo exime del deber de ingresar el documento físico en la Oficina de Partes antedicha. La propuesta no acompañada de la Garantía de seriedad de la oferta deberá ser rechazada por INDAP, por no ajustarse a las Bases de Licitación y su oferta será declarada inadmisible en el proceso de apertura de ofertas. La Garantía de seriedad de la oferta se hará exigible en los siguientes casos: - Si algún oferente retira su propuesta dentro del periodo de validez estipulado en las Bases de Licitación.   - Si el oferente seleccionado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido o no entrega la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento de las obligaciones contraídas, en caso que la propuesta sea aceptada. - Si el oferente seleccionado desiste de la propuesta presentada y adjudicada antes de la suscripción del contrato. - Si el oferente incurre en falsedad en los documentos que se hubiesen solicitado.
Glosa: Garantiza la seriedad de la oferta ID N°741-3-LQ20 para la contratación de la Prestación de Servicios de Concesión para la Administración del Casino de INDAP Región de La Araucanía
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías correspondientes a las propuestas que no sean aceptadas, serán devueltas a más tardar, a los 10 días corridos posteriores a la comunicación de la adjudicación. La Garantía de seriedad de la oferta que resulte aceptada será devuelta una vez que el oferente seleccionado haya entregado la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del contrato, y previa suscripción del documento contractual.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto de Desarrollo Agropecuario
Fecha de vencimiento: 31-03-2022
Monto: 570000 Peso Chileno
Descripción: Se aceptarán como garantías válidas cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 68 del Reglamento de la ley de Compras Públicas, entre los que se cuentan, a modo meramente ejemplar, las siguientes: - Boleta bancaria a la vista e irrevocable. - Póliza de seguro de ejecución inmediata. - Certificado de fianza a la vista e irrevocable. - Vale a la vista. En el caso de presentación de este instrumento, se debe necesariamente adjuntar además un oficio conductor indicando en él la glosa y los datos de la licitación garantizada. No se aceptará la glosa escrita al reverso del vale a la vista, a menos que dicha anotación provenga del banco emisor, siendo necesario de todas formas acompañar el oficio conductor. Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al oferente seleccionado en el contrato y en la propuesta presentada, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por la vía administrativa por INDAP, si procede alguna de las causales estipuladas en las Bases de Licitación, a través de la dictación de la correspondiente Resolución Fundada. Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado y éste es el responsable de realizar los trámites pertinentes para mantenerla vigente por el período que cauciona. Esta garantía deberá ser renovada por igual período en caso de prórroga del contrato. El no cumplimiento de este trámite será motivo suficiente para que INDAP ponga término anticipado al contrato con el oferente seleccionado. El oferente seleccionado podrá ser sancionado por INDAP con el cobro de la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del contrato, en los siguientes casos, entre otros: • El no cumplimiento en forma reiterada de los servicios exigidos en el contrato. • La quiebra o el estado de notoria insolvencia del oferente seleccionado, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. • El incumplimiento de una instrucción técnica. En caso de cobro de la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del contrato por parte de INDAP, derivado del incumplimiento de las obligaciones que éste impone, el oferente seleccionado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera. Si no cumpliere con ello se pondrá término anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna.
Glosa: Garantiza el fiel, oportuno y cabal cumplimiento para la contratación de la Prestación de Servicios de Concesión para la Administración del Casino de INDAP Región de La Araucanía
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del contrato, previa verificación de cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas, técnica y económicamente, todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar se seleccionará aquel oferente que presente el mayor puntaje técnico en el proceso de evaluación de las propuestas.
  • En segundo lugar, a igualdad entre dos o más propuestas bajo el criterio técnico, se escogerá aquella propuesta que presente el menor costo en la propuesta económica presentada.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas en base a los criterios 1 y 2, la oferta que ingrese primero al sistema.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio, deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas al correo electrónico a jarvear@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El oferente seleccionado deberá acreditar mensualmente el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, mediante antecedentes que permitan verificarlo, a través de:

  • Certificado de remuneraciones de los últimos tres meses debidamente firmados por los trabajadores que operan para el Concesionario Adjudicado, con sus respectivos respaldos, en donde se acredite que éstas han sido pagadas efectivamente.
  • Certificado de pago de cotizaciones previsionales de los últimos tres meses de los trabajadores que operan para el Concesionario Adjudicado, con sus respectivos respaldos, en donde se acredite que éstas han sido efectivamente declaradas y pagadas.

Cabe señalar, que a través del Sistema Chileproveedores se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el Artículo 92, de Inhabilidades e Incompatibilidades, establecidas en el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Sólo podrán participar en el proceso licitatorio, aquellos oferentes que ingresen su propuesta económica, técnica y antecedentes anexos en el Sistema Mercado Público, www.mercadopublico.cl, del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema Mercado Público. No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y en los plazos señalados en el Calendario de Actividades del proceso licitatorio. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Postulantes
Podrán participar en esta propuesta todos los oferentes que dispongan de antecedentes que avalen su idoneidad en la prestación de los servicios solicitados por la Institución. Los medios por los que ésta se justifique serán analizados y evaluados internamente por la Comisión Técnica Evaluadora de propuestas designada para tales efectos, de acuerdo a los criterios que se indican más adelante. Además, sus antecedentes legales deberán encontrarse disponibles en el Sistema Chileproveedores al momento de la suscripción del contrato, y deberá estar registrado en Estado Hábil en el mencionado sistema, conforme a las Políticas de Transparencia Activa del Supremo Gobierno, contenidas en la Circular Nº 3, de fecha 05 de enero de 2006, y en la Circular Nº 9, de fecha 06 de marzo de 2007, de los Ministerios de Hacienda e Interior, respectivamente.
Proceso de licitación
La presente licitación se realizará en una etapa, para lo cual los oferentes participantes deberán presentar en un mismo acto la propuesta técnica, la propuesta económica y los antecedentes administrativos, a través del Sistema Mercado Público, www.mercadopublico.cl. Estas propuestas estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará el oferente seleccionado. La presente licitación se regirá por lo dispuesto en la Ley Nro. 19.886 y su Reglamento, las presentes Bases de Licitación y las condiciones contractuales a acordar entre las partes. Asimismo, formarán parte de la misma, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita INDAP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por esta Institución.   El proceso se ceñirá a los siguientes documentos: • Bases de Licitación y sus Anexos. • Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases de Licitación si las hubiere. • Oferta de él o los proponentes. • Resolución de Adjudicación. • Contrato Definitivo. • Resolución que aprueba el contrato • Ley 19.886, y su reglamento. • Directivas de Contratación Pública.
Condiciones y Aclaraciones de la Licitación
El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas Bases de Licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo, y el resultado será el rechazo de la misma. Con el fin de promover condiciones de igualdad y transparencia en el acceso a la información relevante de la licitación, INDAP se abstendrá de cualquier contacto con los posibles concursantes, que no sea a través del mecanismo de consultas formales señalado en el numeral 4 de las presentes Bases Administrativas de Licitación. Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas Bases de Licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo indicado en el numeral 4 de las presentes Bases Administrativas de Licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, a las solicitudes que reciba dentro de los plazos indicados en esta licitación, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público. Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de Licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio. INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases de Licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas.   Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuye a determinar el alcance y sentido de las Bases de Licitación, y en tal condición deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas. Los plazos que se establecen en estas Bases de Licitación, para las distintas etapas del proceso de presentación de propuestas y selección son inamovibles. Estos plazos sólo podrán ser modificados por decisión de INDAP y comunicados vía Sistema Mercado Público a todos los oferentes participantes, con la debida antelación. El solo hecho de la presentación de la propuesta significa la aceptación por parte del oferente de las presentes Bases de Licitación y de los antecedentes que la acompañan. La propuesta tendrá automáticamente validez por 60 días corridos a contar del día siguiente de la fecha de cierre para la recepción de ellas, indicada en el Formulario Electrónico del Sistema Mercado Público y en el Calendario de Actividades de las presentes Bases de Licitación, después de la cual los oferentes no adjudicados quedarán liberados de todo compromiso. La propuesta cuyo período de validez sea inferior al requerido, será rechazada por no ajustarse a las Bases de Licitación. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, INDAP podrá solicitar a los oferentes participantes vía correo electrónico, antes de la fecha de su expiración una prórroga de la presentación de las propuestas hasta por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha propuesta se entenderá desistida. INDAP podrá modificar las presentes Bases de Licitación hasta antes del día de cierre de presentación de las propuestas, lo cual deberá realizarse por Resolución Fundada, dada a conocer oportunamente a los oferentes a través del Sistema Mercado Público.
Procedimiento de Evaluación y Adjudicación de las Propuestas
Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas Bases de Licitación. Las propuestas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora que examinará en dos etapas -en cuanto a su admisibilidad denominada Comisión de Admisibilidad, y técnica y económicamente- en calidad de Comisión Evaluadora. Dicha comisión estará compuesta por a lo menos 3 profesionales de la Dirección Regional INDAP, quienes enviarán la recomendación de adjudicación o declaración inadmisible o desierta a la Directora Regional. Para la etapa de admisibilidad además integrará la Comisión Evaluadora un abogado de la Unidad Jurídica Regional como ministro de fe. INDAP se reserva la posibilidad de requerir a los oferentes participantes información aclaratoria de su propuesta, ello sin afectar su trato igualitario y sin realizar nuevas exigencias o crear requisitos no contemplados inicialmente en las Bases de Licitación. INDAP podrá declarar inadmisibles las propuestas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases de Licitación. Además podrá declarar desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá realizarse por Resolución Fundada.
Notificación de la adjudicación
INDAP adjudicará la presente licitación al oferente cuya propuesta se ajuste a los documentos de licitación, haya sido evaluada como la más conveniente para los intereses del Servicio y cumpla con los requisitos exigidos en estas Bases de Licitación. Determinado el oferente seleccionado dentro del plazo previsto en las Bases de Licitación, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público al oferente seleccionado que su propuesta ha sido aceptada y se convendrá con dicho oferente la formalización del contrato respectivo. El oferente seleccionado, una vez notificada la adjudicación de la licitación, deberá proceder a la suscripción del contrato respectivo en el plazo de 15 días hábiles, y acompañar la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento de las obligaciones contraídas. Si no cumpliere con esta obligación, se dejará sin efecto la adjudicación. En este caso, INDAP podrá adjudicar la propuesta al oferente que siga en el orden de evaluación hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta. La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución Fundada de la Directora Regional de INDAP, la que se dictará en el plazo señalado en el Calendario de Actividades del proceso. Esta Resolución se publicará en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de la misma. Idéntico procedimiento se observará, en caso que la licitación se declare desierta. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones establecidas que se deriven de estas Bases de Licitación, de la presentación de su oferta y del contrato que se genere con motivo de esta propuesta.
Plazos, Aprobación y Término del Contrato
La suscripción del contrato y la entrega de la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del mismo y la propuesta, se efectuará en el plazo de hasta quince (15) días hábiles, numeral 9 párrafo 3, a contar de la fecha de notificación de la adjudicación. El contrato regirá para las partes una vez que la Resolución que lo aprueba haya sido totalmente tramitada. El contrato tendrá duración hasta el 31 de Diciembre del año 2021, y comenzará a regir a contar de la total tramitación de la Resolución Administrativa que lo autoriza. Sin perjuicio de ello, podrá renovarse SOLO por un período, si ninguna de las partes comunica a la otra por carta certificada, con a lo menos 60 días corridos de anticipación, su intención de ponerle término, y además existe una evaluación positiva de los servicios por parte de la contraparte técnica de INDAP. La renovación para este tramo de monto del proceso licitatorio se justifica porque no resulta conveniente para INDAP un contrato con una duración menor a la señalada, toda vez que desincentivaría a los eventuales oferentes a participar en el proceso licitatorio, lo que igualmente resultaría contrario a los intereses de INDAP. La renovación procederá previa evaluación de desempeño del contrato realizada por la contraparte técnica de INDAP. No podrá el oferente seleccionado excusarse en ningún caso de cumplir con las obligaciones objeto del contrato, invocando la insuficiencia de los precios convenidos, factor que además no podrá limitar el alcance de su propuesta. Se deja constancia que el personal responsable de la ejecución de los servicios propuesto por el oferente seleccionado, no será considerado funcionario de INDAP, por lo que no gozará de los beneficios que éstos tienen, ni le será permitido hacer compromisos y gastos a nombre de la Institución. - Readjudicación: INDAP podrá, en caso que el oferente originalmente seleccionado rehuse suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del mismo, se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley Nro. 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
Sanciones y Multas
En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones u observaciones contraídas por el oferente seleccionado en virtud del contrato, sea respecto de la ejecución de los servicios, falta de calidad técnica de los mismos, disconformidad con las especificaciones técnicas pactadas, no respuestas a observaciones realizadas en los plazos solicitados, o cualquier otro tipo de incumplimiento, INDAP podrá hacer efectiva la garantía de fiel, oportuno y cabal cumplimiento del contrato, o bien aplicar una multa para ejercer los derechos que le correspondan para obtener la reparación, íntegra, oportuna y completa de los daños y perjuicios que se le causaren al Instituto, equivalente a 5 U.F. (Cinco Unidades de Fomento) por incumplimiento.   La aplicación de las multas se hará por vía administrativa, mediante notificación escrita de la contraparte técnica de INDAP al oferente seleccionado del hecho que motiva la aplicación de la misma. El oferente seleccionado tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos a la contraparte técnica de INDAP, contados desde la notificación de los cargos efectuados. Si estos fuesen rechazados tendrá un plazo de 5 días hábiles desde la notificación del rechazo para interponer un recurso ante la Dirección Regional de INDAP. Si el oferente seleccionado no presenta descargos se procederá a aplicar la multa correspondiente. La aplicación de las multas se hará por vía administrativa, pagadera por caja por parte del oferente seleccionado. En caso de no pagarse esta multa por el oferente seleccionado, podrá procederse al término anticipado del contrato.
Término del Contrato
Terminación por Vencimiento del Plazo El contrato terminará naturalmente una vez llegado el plazo estipulado, sin perjuicio de pactarse en él una cláusula de renovación por un periodo anual, teniendo como fundamento lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y la fundamentación contenida en el párrafo tercero del numeral 11 de las presentes Bases Administrativas de Licitación. Terminación Anticipada del Contrato por INDAP. INDAP, mediante notificación por escrito al oferente seleccionado, podrá poner administrativamente término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización alguna para éste, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: • Si el oferente seleccionado no diere cumplimiento a cualquiera de las obligaciones previstas en las Bases de Licitación o en el Contrato que haya suscrito, de acuerdo al informe emitido por la Contraparte Técnica designada por INDAP para tales efectos. • Si el oferente seleccionado fuere declarado en quiebra, se encontrare en estado de notoria insolvencia, o perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente. • Si el oferente seleccionado falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato. • Haber sido condenado el oferente seleccionado por crimen o simple delito. • Haber sido condenado el oferente seleccionado como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia. • Haber sido suspendido el oferente seleccionado o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas. • Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.   • Si el oferente seleccionado se encontrará en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismo Públicos del Estado, de acuerdo a reporte entregado por el Sistema Chileproveedores. Causales de término anticipado no imputable al oferente • Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. • Por razones de caso fortuito o fuerza mayor. El contrato se entenderá resuelto administrativamente, por cualquier incumplimiento de parte del oferente seleccionado respecto de las obligaciones contraídas. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el INDAP podrá, además, dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos que el oferente sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los Artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios. Las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato o su modificación, deberán ser fundadas y deberán publicarse en el Sistema Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictadas. INDAP dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde ocurrida la causal para notificar por escrito al oferente seleccionado del incumplimiento que da lugar al termino anticipado al contrato, acompañando los antecedentes que la respalden, luego de lo cual el oferente seleccionado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles desde la recepción de la notificación para efectuar sus descargos de manera fundada. Si transcurrido dicho plazo el oferente seleccionado no efectuara descargos o estos no fueren fundados, INDAP podrá dar por terminado el contrato. En todo caso si dentro del antedicho plazo de 5 días hábiles INDAP no notifica del término, para todo efecto se entenderá que no ejercerá tal facultad a futuro por la causal específica de que se trate.
Contraparte Técnica y Coordinación con INDAP
INDAP se relacionará con el oferente seleccionado, tanto en los aspectos operacionales y administrativos, a través del Jefe de la Unidad de Personas, o a quien éste designe, para efectuar las siguientes tareas y funciones: • Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos. • Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP. • Verificar la calidad y cantidad de los ingredientes utilizados, resolviendo la aceptación o rechazo de ellos. • Inspeccionar y solicitar información de las instalaciones y almacenamiento de víveres, preparación y atención del casino.
Liquidación
Terminado el contrato, una vez llegado el plazo estipulado para su ejecución o por término anticipado del mismo por cualquier causa fundada, se procederá a su liquidación, devolviéndose el documento de garantía cuando proceda.
Bases Técnicas
1. OBJETIVO DE LA PRESTACION DE SERVICIOS INDAP región de La Araucanía necesita contratar los servicios de un Concesionario para encargarse de la administración del casino, para la elaboración y servicios de alimentación del personal que se desempeña en la Dirección Regional y sus dependencias, ubicados en calle Francisco Bilbao N°931, Temuco. La cantidad de funcionarios que requieren de los servicios solicitados es de aproximadamente 150 personas, y el casino tiene una capacidad de aproximadamente 70 personas. El concesionario debe contar con la implementación necesaria para desempeñar su gestión, esto es: vajilla de mesa, cuchillería, mantelería, servilleteros, alcuzas, ornamentación ad-hoc y demás utensilios del rubro, que permitan la preparación de los alimentos y la puesta de estos en la mesa para el consumo del personal. La elaboración de las minutas de menú diario o especial debe ponerse en conocimiento del Jefe de la Unidad de Personas, la semana anterior del menú semanal para darlo a conocer previa revisión y aprobación en conjunto. La presentación de los alimentos debe ser atractiva, con alimentos de buena calidad, en óptimas condiciones higiénicas y preparadas adecuadamente por el personal calificado para ello. Asimismo, el Concesionario deberá disponer en todo momento de agua caliente a fin que el personal pueda consumirla en té, café u otras infusiones; y contar con horno microondas y vajilla, a fin que el personal que trae sus alimentos pueda calentarlos y consumirlos en el casino. Igualmente, el Concesionario deberá mantener en su oferta diaria, productos de cafetería, tales como kuchenes, pasteles, tartaletas u otras masas dulces, frutas, yogurt, etc., para el consumo del personal. El presupuesto considerado como valor del almuerzo debe ser propuesto por el Concesionario y debe reajustarse según la variación experimentada del IPC (Índice de Precios al Consumidor). Disponer de opciones adicionales a la hipocalórica, relacionados con condiciones particulares de salud de los funcionarios clientes del casino del agro. El personal que requiera alimentación o dieta alimentaria diferente o especial, deberá hacerlo saber al concesionario para que éste, elabore esta dieta de acuerdo a sus necesidades. Se exigirán al menos 100 variedades de minutas que puedan rotarse diariamente y semanalmente con la finalidad de no repetir los platos en periodos de tiempo breves. La elaboración de los menús deben ser avalados por un nutricionista, y en su oferta semanal debe contener e informar su contenido calórico.   2. SERVICIOS REQUERIDOS 2.1. Almuerzos Días Laborales. • Consistirá en dos opciones: - Colación Diaria: que deberá incluir, Entrada, con al menos dos alternativas; dos ofertas de platos de fondo, preferentemente calientes, ensaladas sin aliños, de acuerdo a la temporada, sopa regularmente; dos ofertas de postres (fruta fresca y elaborado); un vaso de jugo natural o pulpa de fruta; y un pan. - Plato Vegetariano o Hipocalórico: una oferta de opción hipocalórica, caliente o fría. • Los platos de fondo de la minuta semanal incluirán al menos carne de vacuno, 2 veces; pollo, 1 vez; pescado, 1 vez; y cereales, 1 vez. • Los acompañamientos de las carnes en la minuta semanal incluirán al menos: arroz, 1 vez; fideos en sus distintas variedades, 1 vez; verduras cocidas o frías, 3 veces. • El horario de almuerzo regirá desde las 13:00 horas, asegurando la disponibilidad para todos los funcionarios que concurran. Los almuerzos en día laborales serán de cargo de las personas que requieran estos servicios. 2.2. Almuerzos Especiales. • El Concesionario Administrador del Casino deberá ofrecer minutas especiales con motivo de la celebración de que se trate (Semana Santa, Fiestas Patrias, Navidad, Año Nuevo), previo requerimiento de INDAP. • La minuta de los almuerzos especiales consistirá en 2 platos de entrada, 2 platos de fondo, 2 postres elaborados, un vaso de jugo natural y un pan más 2 ensaladas, y será presentada al Jefe de la Unidad de Personas con la debida anticipación para su análisis previo a la aprobación. • El valor de los almuerzos especiales será presentado por cada Concesionario de la licitación pública. Los almuerzos especiales en día laborales serán de cargo de las personas que requieran estos servicios. 2.3. Servicios Especiales. • Los Jefes de Unidad de Indap, podrán solicitar servicios especiales de cóctel u otros de igual o similar naturaleza como desayunos, almuerzos u onces por la celebración de reuniones o eventos extraordinarios. • El valor de los servicios especiales será fijado de común acuerdo con el Concesionario del Casino, y será cobrado mediante la factura correspondiente acompañada de la solicitud citada a la instancia requirente, de cuyo cargo será el costo del servicio. 2.4. Servicio de Cafetería. • El horario del servicio de cafetería será, entre las 08:00 y 16:00 horas. • Los servicios de cafetería serán de cargo de las personas que lo requieran. • Adicionalmente, en estos horarios el Concesionario podrá ofrecer productos de acompañamiento de su propia elaboración o envasados de fábrica, cuyo valor será de cargo de quienes los requieran.   • Del mismo modo, el Concesionario deberá mantener en su oferta diaria, productos tales como: kuchenes, pasteles, tartaletas u otras masas dulces y saladas, para el consumo del personal o para su consumo en reuniones de trabajo, idealmente estos alimentos deberán estar en vitrinas refrigeradas para su conservación, además de confites, galletas y productos envasados. 3. Equipamiento del Casino de INDAP Región de La Araucanía. Las dependencias del casino incluyen lo que se indica: • El Sector de Comedores para el consumo de los alimentos dispone de: - 14 mesas rectangulares con cubierta de melamina. - 60 sillas metálica apilables con espuma y tevinil. - 1 mesón de atención de 4,20 metros de largo con 8 puertas y divisiones interiores con cubiertas en posformado. - 1 mueble colgado de 3,5 metros de largo por 0.70 metros de alto con puertas y divisiones interiores ejecutado en melamina. • El Sector de Preparación de Alimentos consta de: - 1 calefont marca Mademsa o marca similar, 12tl/min. - 2 mesones de 0.60 metros por 0.90 metros en melamina blanca. - 1 mesón de acero inoxidable reforzado con 1 lava copas. Medidas de 2800 por 600 por 1000 mm., perfiles 30 por 30 por 1.5 mm. - 1 mueble colgado de 0,90 metros de ancho por 0,70 metros de alto en melamina con divisiones interiores. - 1 mueble colgado de 1,60 por 0,70 metros en melamina 4 puertas con divisiones interiores. - 1 mueble de 1,50 de ancho por 2,40 de alto con 8 divisiones interiores sin puerta en Trupan. - 1 mueble de 0,80 metros de ancho por 2,40 metros de alto 4 divisiones sin puertas en Trupan. • El Sector de Lavado está habilitado con: - 1 lavafondos de acero inoxidable de 1.90 metros de largo, 0.85 metros de alto, 2 tazas, 2 secadores. - 1 mueble de melamina blanca de 18mm., de espesor con 2 puertas de 0.50 metros por 1.60 metros por 2 metros. Al momento de suscribirse el contrato, el Concesionario deberá firmar Acta del estado actual del inmueble y de los bienes que se encuentran en su interior, de común acuerdo con INDAP. • Los siguientes servicios básicos serán costeados por INDAP: - Energía eléctrica - Agua - Gas 3. Equipamiento que el concesionario adjudicado debe proveer como mínimo para el funcionamiento del casino de INDAP: • 1 cocina Industrial • 1 Refrigerador   • Una Congeladora • Vajilla • 1 Microondas • 1 licuadora • Hervidores eléctricos • Utensilios en general, necesarios para el funcionamiento del Casino. • Calefacción para el comedor La mantención de los bienes que conforman el casino será de cargo del Concesionario, debiendo mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento y conservación. 4. Obligaciones del Concesionario 4.1. Personal del Concesionario El Concesionario deberá: • Entregar la dotación de personal que laborará en el casino, detallada por cargo y jornada laboral, con el currículum de cada una de las personas que conformarán su personal de trabajo. • El personal deberá ser calificado, con amplia experiencia y conocimientos sólidos, suficientes y necesarios para garantizar un servicio acorde con los estándares de calidad requeridos, antecedentes que INDAP se reserva el derecho de verificar. La dotación conocida y aprobada de este modo, será controlada estrictamente, a fin de garantizar el nivel del servicio. • Informar al Jefe de la Unidad de Personas la nómina de su personal debidamente individualizado, avisando de todo trabajador nuevo o despedido, con el objeto de actualizar la información de los trabajadores del casino. • Cumplir con todas las normas legales o reglamentarias para su personal relativas a remuneraciones, feriados, imposiciones y seguro de accidentes del trabajo. 4.2. Higiene del Personal Manipulador. El Concesionario deberá: • Proveer al personal de uniforme, que consistirá en delantales. Todo el personal de preparación deberá utilizar uniforme de color blanco incluida la chaqueta para el cajero. Toda persona que indirectamente esté relacionada con preparaciones y funcionamiento general del casino, como administrativos y supervisores, tienen las mismas exigencias que el personal manipulador (uniforme de color blanco). • Suministrar y conservar limpios todos los uniformes y ropa necesarios para el personal del casino, de acuerdo con la reglamentación aplicable del Servicio Nacional de Salud e Higiene Industrial, que se entienden ser de conocimiento del oferente seleccionado. • Asegurar que a toda hora los empleados dispongan de zapatos apropiados para su uso en las áreas de manipulación de alimentos, que tengan sus cabezas cubiertas y utilicen mascarillas. • Exigir diariamente el cambio total de ropa de todo personal involucrado en la manipulación de alimentos, vestuario que utilizarán solamente cuando esté en su sitio de trabajo. El personal manipulador de alimentos del casino, deberá cambiarse de ropa en las guardarropías habilitadas por INDAP en el recinto.   • Exigir el carné vigente de manipulador de alimentos a todo trabajador del casino que labore y tenga contacto con alimentos, y, anualmente, someterse el personal al examen preventivo de salud de FONASA o ISAPRES, comunicando los resultados al Jefe de la Unidad de Personas. • Resguardar la higiene y manipulación de alimentos, obligando a sus funcionarios al cumplimiento de las normas establecidas (uso de guantes, mascarillas y uniforme de trabajo). • Suspender de su trabajo y solicitar licencia médica al personal del casino que esté realizando sus labores (preparar, servir, limpiar y manipular alimentos o productos), con síntomas de resfrío o de alguna enfermedad transmisible. • Exigir cumplimiento de los siguientes estándares de higiene personal a toda persona que prepare y sirva los alimentos elaborados: - Tener hábitos higiénicos adecuados: diariamente mostrar buen aseo y presentación personal, con pelo limpio y corto o debidamente amarrado; uñas limpias y cortas, sin esmalte; maquillaje femenino discreto; varones afeitados (no se permitirá el uso de barba por ningún motivo); mantener elementos de aseo personal como escobilla personal de uñas, toallas, etc. - Estar exento de enfermedades infectocontagiosas, y en especial, evidenciar rostro y manos limpias, sin ninguna impureza dermatológica. - Vestir uniforme completo, en buen estado de conservación y limpio (gorro o cofia, chaqueta, pantalón, mascarilla, zapatos, guantes). - No consumir alcohol, y, en ningún caso, trabajar con hálito alcohólico, bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. - No trabajar con hálito de tabaco ni fumar en el recinto del casino y comedores ni durante el horario de trabajo. - Exigir lenguaje adecuado sin aceptar, en ningún caso, el uso de lenguaje soez, modales que reflejen falta de educación o perturben la normal convivencia. 4.3. Obligaciones de Abastecimiento y Transporte de Comestibles y Suministros. • El Concesionario será responsable de la compra y manejo (dentro y fuera del recinto), de todos los materiales, enseres y comestibles necesarios para el funcionamiento del casino. • El Concesionario deberá comprar los comestibles en Chile y será responsable de todo el flete hasta las dependencias de INDAP. • Todos los alimentos perecibles deberá mantenerlos refrigerados durante su transporte y almacenamiento, hasta su consumo. • El Concesionario deberá entregar un listado de los principales proveedores de insumos, materias primas y materiales, incluyendo productos cárneos, cecinas, lácteos, abarrotes, frutas y verduras. 5. Higiene de Preparación y Protección de Alimentos. • INDAP se reserva el derecho a: - Verificar la calidad y cantidad de los ingredientes a usar en la preparación de los alimentos. - Resolver la aceptación o rechazo de ellos.   - Inspeccionar, sin aviso previo, las instalaciones y almacenamiento de víveres; y la preparación y atención del casino. El Concesionario proporcionará las facilidades del caso y entregará la información sobre la materia que le sea requerida. • El Concesionario deberá: - Mantener una estricta limpieza y sanidad de todos los alimentos del casino, en especial, frutas y verduras que son de consumo directo, las que deberán estar libres de tifus, cólera, hepatitis y otras infecciones. - Elaborar las preparaciones tomando en cuenta las más estrictas medidas de higiene. - Ser solidariamente responsable de todos los costos asociados con cualquier caso de enfermedad infecciosa de las personas que hayan consumido alimentos en el casino, cuyas causas sean directamente atribuibles al servicio de alimentación proporcionado en sus instalaciones. - Retirar de las unidades de frío solamente al momento de servir, aquellos alimentos o preparaciones de alto riesgo de contaminación y alteración, como por ejemplo: salsas, mayonesa, leche, subproductos lácteos y postres. - Eliminar los excedentes de comidas y residuos de preparaciones, inmediatamente después de terminado el servicio, no aceptándose su reutilización. - Limpiar e higienizar los lugares de preparación o servicio de alimentos antes, durante y después de finalizar dicha labor. - Mantener la limpieza constante de alcuzas, azucareros, dispensadores de servilletas y/o condimentos, ubicados en la línea de servicio de alimentos. - Tener presente que todo deterioro por descuido o uso indebido de las instalaciones, equipos y utensilios del casino, será del costo del Concesionario. 6. Generalidades de Técnica Culinaria, Calidad de Ingredientes y Otros. 6.1. Calidad de los Ingredientes. El Concesionario deberá elaborar las preparaciones alimenticias con productos de primera calidad, cuyo origen sea de proveedores y marcas de reconocido prestigio en el mercado alimenticio, conteniendo entre otros los siguientes productos: - Carne de vacuno con tipificación “V” o “A”, pollo, pavo, pescados, mariscos cocidos, cerdos y cordero. En caso de preparaciones con carne, esta deberá ser comprada entera; y en el caso de requerir carne molida, ésta deberá ser procesada en el casino de INDAP. - Leche y sus derivados, huevos, mermeladas, margarina, mantequilla, miel, manjar, pasteles, cecinas de la mejor calidad (marcas certificadas), jamón, salame, arrollado u otros autorizados por el Ministerio de Salud. - Comestibles de panadería y pastelería frescos, de elaboración del día. - Usar aceite libre de transgénicos o canola para las ensaladas. Para la elaboración de los alimentos, se aceptará aceite de soya y, en ningún caso, mezclas. - La porción de pollo deberá ser un muslo entero ó 1/2 pechuga. - El pescado deberá ser fresco, sin espinas, de porción aproximada a 250 gramos por plato. - El arroz graneado deberá ser Grado 1, y para otras preparaciones no podrá ser menor a Grado 2; siendo en ambos casos grano largo, entero, tipo diamante o similar. - Los alimentos no perecibles deberán ser de buena calidad: cereales seleccionados, grado 1 para porotos, lentejas y garbanzos; y fideos de harina blanca, refinada, grado 1.   - Frutas y verduras frescas de la estación, de buena calidad, en cantidades y variedades abundantes. 6.2. Calidad de las Materias Primas. El Concesionario deberá tener presente: - Las materias primas utilizadas en las preparaciones deberán ser sanas, de óptima calidad organoléptica y adquiridas en establecimientos que tengan la certificación correspondiente. - Las materias primas, tales como carne de vacuno, aves y fiambres deberán estar contenidas en un embalaje rotulado que señale claramente: procedencia, fecha elaboración, faenamiento y/o procesamiento, tipificación y rotulación, nombre o razón social del fabricante autorizado, autorización sanitaria, y fecha de adquisición (fotocopia de guía o factura). - No podrán usarse alimentos cárneos que tengan un período de conservación superior a los 90 días corridos, desde su fecha de adquisición. - Toda materia prima que se reciba en forma alterada y/o aquella que sufra este proceso durante su almacenamiento, será decomisada por INDAP, para su posterior eliminación y destrucción. Se rechazará todo aquel alimento que no llegue en buen estado de conservación o presente alguna alteración de sus características organolépticas. - Deberá existir un suministro oportuno de materias primas, para cumplir con el servicio de casino. 6.3. Calidad de los Alimentos Preparados. • Los alimentos que se preparen para los servicios requeridos deberán ser de óptima calidad, dietéticamente balanceados, nutritivos, sanos y variados, con ingredientes y productos de buena calidad, manteniendo una rigurosa higiene, conforme al Reglamento Sanitario de Alimentos y sus modificaciones. Se exigirá el cabal cumplimiento de aquellas disposiciones relativas a los servicios especificados y en especial, a las del Libro IV del Código Sanitario y Leyes Complementarias. • En cuanto al manejo sanitario de los alimentos, se deberá responder a evaluaciones y exigencias sanitarias establecidas por el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA), Reglamento de Apoyo y Normas ISO 9000 que aplique al Concesionario. - Los productos cárneos, en general, deberán someterse a un proceso de descongelación según las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). - Todo alimento que sea sometido a un proceso de cocción, sólo se servirá completamente cocido (no crudo). - No se podrán reutilizar materias primas, tales como aceites o remanentes de preparaciones. - Las preparaciones contendrán los ingredientes mínimos de acuerdo al tipo de menú. - Ninguna preparación se podrá servir sin el control técnico de calidad final, efectuado por un profesional responsable. 6.4. Control Microbiológico de los Servicios. • El Concesionario deberá realizar el control microbiológico mensual de muestras de alimentos, superficies y/o agua, a través de un laboratorio autorizado. El costo será de cargo del Concesionario. • Se deberá mantener un archivo con los resultados del análisis microbiológico rutinario y con las medidas correctivas implementadas para el mejoramiento. • Los resultados de los análisis deberán estar dentro del rango aceptable, según el Reglamento Sanitario de Alimentos y sus Modificaciones. • Todo alimento preparado, almacenado y que sea sometido a análisis microbiológico y resultase no apto para el consumo humano o no conforme a lo dispuesto en el Reglamento Sanitario de los Alimentos y sus Modificaciones, será considerado una infracción al contrato. • El uso de aditivos en la preparación de los alimentos deberá apegarse estrictamente a la normativa que establece el Reglamento Sanitario de los Alimentos. • Sólo se podrá utilizar agua potable para cocinar y para el suministro de máquinas dispensadoras de bebidas y/o jugo. 7. Servicio de Aseo Integral del Casino. 7.1. Limpieza e Higiene de Instalaciones del Casino. • Será responsabilidad del Concesionario, la ejecución del aseo y mantenimiento de la limpieza y orden diario de las dependencias del casino que se especifican: - Orden y aseo del comedor, pasillos adyacentes al casino y sus áreas de acceso y circundantes más próximas (baños del personal y vestidores). - Retiro y disposición de basuras clasificadas, en los lugares determinados por INDAP, a lo menos una vez al día, todos los días de funcionamiento del casino. - Realización de aseo profundo, limpieza constante de ventanas y vidrios y de las diversas dependencias que conforman las instalaciones. - Utilización solamente de productos químicos biodegradables y compatibles con las superficies a limpiar. - Implementación de un calendario de limpieza y desinfección para todas las instalaciones, el que será revisado y aprobado por INDAP. - Limpieza constante de mesas y sillas después de cada servicio. Las mesas, sillas, pisos, paredes, cielos, ventanales y accesos deberán permanecer siempre limpios. - Barrer y lavar los pisos del comedor, al menos una vez al día o según se requiera, para mantener las condiciones sanitarias; pulir los pisos al menos una vez por semana, evitando el uso de cera por razones de seguridad. - Mantener limpios, ordenados y en perfecto estado de funcionamiento las instalaciones y equipos (bodega, cámaras de frío o refrigeradores, salas de preparación de alimentos, baños del personal, vestidores). - Mantener siempre limpios, higienizados y protegidos, los receptáculos u otros elementos que contuvieron residuos. - Suministrar y limpiar prolijamente, enjuagar y secar todo el equipamiento, loza, cuchillería y utensilios, después de cada uso. Los cubiertos utilizados para el servicio deberán estar perfectamente limpios, secos y sanitizados, y los platos y vasos deberán estar en perfectas condiciones, no debiendo presentarse trizados, saltados, magullados y chuecos; con bordes deteriorados, quebrados y/o bandejas de autoservicio rayadas. - Clasificar, separar la basura orgánica e inorgánica para su posterior embalaje y disposición final en los lugares que INDAP disponga. - Tener claramente identificado, a través de letreros, la delimitación del Área Limpia y Área Sucia. 8. Control de los Servicios de Alimentación. • INDAP, a través de diversos mecanismos y del Jefe de la Unidad de Personas, asegurará el efectivo cumplimiento del contrato que se celebre, en virtud de lo expresado en el presente documento. • Se realizarán inspecciones imprevistas para controlar la recepción, almacenamiento, preparación y entrega de servicios en el casino, incluyendo procedimientos de trabajo, instalaciones, equipamientos y utensilios en forma permanente. • Toda exigencia o disposición emanada de INDAP respecto al correcto cumplimiento de las labores y obligaciones que contraiga el Concesionario en la ejecución del contrato que se celebre, deberá ser ejecutada por éste. • Los trabajadores del Concesionario, deberán mantener siempre una buena disposición y respeto hacia el personal y público en general que acuda al Instituto. • INDAP controlará el origen, calidad y marcas de los productos o materiales que se utilicen para la preparación de los alimentos. • Sólo estarán autorizados para circular en las áreas de cocina el personal del Concesionario y el personal que designe como contraparte técnica este Instituto. • El Concesionario mantendrá en el Casino un libro de sugerencias a la vista que será revisado periódicamente por las partes, para dar respuesta a las observaciones de los funcionarios. 9. Aspectos y Restricciones Generales del Servicio. Atención Preferente: “EL CONCESIONARIO” deberá, priorizar y asegurar la atención de los funcionarios del Agro, llámese INDAP, CONAF, SAG y SEREMI AGRICULTURA, no quitando la atención a clientes externos.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.