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Bases Administrativas |
1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.
Artículo 1°: Antecedentes. -
El Ministerio de Salud o MINSAL, indistintamente, llama a licitación pública para la contratación de Servicios de Capacitación en Power BI Básico, Intermedio y Avanzado.
La presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones con un monto máximo de $11.000.000 (Once millones de pesos), impuestos incluidos.
Artículo 2°: Bases. -
Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas.
II.- Condiciones Económicas.
III.- Bases Técnicas.
IV.- Anexos:
Anexo Nº1: “Calendario de la Licitación”.
Anexo Nº2-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”.
Anexo Nº2-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.
Anexo Nº3: Formato de “Oferta Económica”.
Anexo Nº4: Propuesta técnica
Anexo N°5: “Experiencia”
Anexo N°6: Pacto de Integridad.
Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos. -
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y el contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
a) Las presentes Bases Administrativas, Condiciones Económicas, Bases Técnicas, y los respectivos Anexos.
b) El contrato y sus anexos respectivos.
c) La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
d) Consultas, Respuestas y aclaraciones.
Artículo 4°: Definiciones. -
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones, sin perjuicio de aquellas contenidas en el DS N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, sobre Reglamento de la ley N° 19.886:
MINISTERIO: Ministerio de Salud.
Ministro: Ministra de Salud.
Subsecretaría: Subsecretaría de Salud Pública.
Subsecretaria/o: Subsecretaria/o de Salud Pública.
Condiciones Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen los aspectos económicos de la licitación y del contrato a que dé lugar.
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:
a) Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.
b) La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.
c) La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases.
d) Las garantías requeridas.
e) Todos los documentos anexos solicitados según propuesta y tipo de oferente
Contraparte Técnica: División, Departamento o unidad del MINISTERIO encargada de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo.
Para efectos de esta base, el Departamento de Coordinación de Garantías y Prestaciones en salud.
Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el MINISTERIO.
Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el MINISTERIO en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados.
Artículo 5°: Plazos de la licitación. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.
Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los artículos 45 y 115 del reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Artículo 6°: Domicilio y Jurisdicción. -
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la competencia que le corresponda al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.
Artículo 7°: Notificaciones. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 8°: Aspectos Económicos de la Propuesta. -
La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas, contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.
2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.
Artículo 9°: Llamado a licitación y entrega de Bases. -
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información de Mercado Público. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases.
No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 19.886 – modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley Nº 20.720.
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la Carta Declaración de Responsabilidad requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.
El MINISTERIO no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el presente procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Además, en el marco de la implementación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (LA), Delitos funcionarios (DF) y Financiamiento del Terrorismo (FT), por el sólo hecho de participar en esta Licitación, el proponente declara:
i. No haber incurrido o realizado alguna de las conductas que configuren una operación prohibida en la Ley N°19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
ii. Conocer, aceptar y cumplir todas las normas en relación a la formulación y cumplimiento del sistema de prevención de LA/DF/FT.
iii. Que tomará los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida o en conductas que contraríen lo definido en el sistema de LA/DF/FT.
iv. Que reportará al Ministerio, cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, y cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
v. Que cooperará de buena fe, a cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo la institución pública, ante el conocimiento de operaciones prohibidas, pagos o conductas sospechosas, y cualquier acción que infrinja el Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
vi. Que informará inmediatamente conocida, al funcionario responsable, cualquier conducta sospechosa del personal de la institución o de sus propios trabajadores, que puedan generar o incrementar los riesgos de comisión de delitos de LA/DF/FT.”
En caso de Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato que resulte del presente proceso de licitación establecidas en la normativa vigente, afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado. En caso de concurrir una causal de inhabilidad respecto de alguno de los integrantes de la unión, ésta deberá decidir y comunicar si continuará con el presente proceso concursal con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La omisión, adulteración o falsificación física o ideológica de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para rechazar de plano y sin más trámite la oferta presentada, sin perjuicio de la facultad de la Institución de hacer efectiva las responsabilidades que de ello pudieran derivar y, en particular, se facultará al MINISTERIO para el cobro de las garantías que existieren en su poder.
Las autoridades y los funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, tendiendo en consideración los motivos de abstención señalados en el artículo 35 quinquies, de la ley N° 21.634, de 2023, que moderniza la ley N° 19.886 y otras leyes.
Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
La Subsecretaría, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el MINISTERIO podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el MINISTERIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación, y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.
3.- Presentación y Contenido de las Propuestas.
Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -
Cada proponente podrá presentar una Propuesta.
La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.
En el caso de los proponentes inscritos en el Registro de Proveedores y que no cuenten con servicio de digitalización de documentación, deberán entregar los antecedentes señalados en la letra a) del artículo 13º debidamente digitalizados como anexos a su propuesta técnica a través Sistema de Información.
Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -
El contenido de la Propuesta será el siguiente:
a) Antecedentes del oferente y otros documentos.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
1. Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.
2. Declaración Jurada Simple, la cual puede ser ingresada desde la plataforma www.mercadopublico.cl
3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.
a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.
2. Declaración Jurada Simple, la cual puede ser ingresada desde la plataforma www.mercadopublico.cl .
3. Fotocopia simple del RUT del proponente.
a.3) Otros antecedentes aplicables para ambos tipos de oferentes.
En el caso de Unión Temporal de Proveedores se deberá acompañar el instrumento en que se formaliza la unión el cual, a lo menos, debe establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el MINISTERIO y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse, según lo prescrito en el artículo 180 del D.S. N°661/2024.
b) Oferta Técnica
La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado III de las presentes Bases, incluyendo al menos:
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Señalar plazo de realización de curso y flexibilidad de cambio de fechas y días
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Oferta técnica
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La oferta técnica deberá contener, además, lo siguiente:
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Propuesta Técnica que contenga una Introducción, objetivos, plan de trabajo, descripción de la metodología a utilizar en el diseño de los contenidos, relatoría, evaluación; y carta Gantt con detalle del desarrollo de los módulos.
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Plan de trabajo, que incluya especificaciones técnicas respecto de: a) Diseño, b) Desarrollo, c) Ejecución, d) Evaluación, e) Certificación y f) Entrega de los informes parciales y finales requeridos
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Lista del personal profesional permanente que trabaje con o para el proponente, destacando la pertinencia de su especialidad en relación con los objetivos y características del trabajo a que se refieren las bases. Deberá adjuntar el currículum vitae de cada profesional. El eventual cambio de este personal deberá contar con la aprobación de la contraparte técnica en Ministerio de Salud.
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Lista separada del personal que contratará en forma transitoria y/o especial para desarrollar el trabajo de relatoría a que se refieren las Bases. Deberá adjuntar el currículum vitae de cada profesional. El eventual cambio de este personal deberá contar con la aprobación de la contraparte técnica en Ministerio de Salud.
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Nombre y currículum vitae del profesional que se propone como responsable de cautelar los aspectos técnicos, administrativos, financieros y logísticos involucrados en el mismo.
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Listado de los cursos ejecutados en la temática por el proponente. Debe indicar a lo menos mandante, período en que fue desarrollado, destinatarios, breve descripción de sus objetivos, modalidad de ejecución de las actividades. Adjuntar documentación que acredite experiencia en el área.
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Currículum personal o institucional, según corresponda a proponentes personas naturales o jurídicas.
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Respaldo de la capacidad logística y tecnológica necesaria para asegurar la ejecución de los cursos, adjuntando las características de la plataforma e-learning de que se dispone y metodológicas requeridas.
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Se deja expresa constancia que la omisión en la entrega de algunos de los antecedentes antes señalados acarrea la inadmisibilidad de la oferta.
c) Oferta Económica.
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas contenidas en el apartado II de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°4 de estas Bases.
4.- Admisibilidad de las Propuestas.
Artículo 14°: Admisibilidad de las Propuestas. -
Es requisito para participar en esta licitación, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 10º de estas Bases y presentar, en la forma señalada en los artículos 12º y 13º, dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.
Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:
• Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el artículo 10º de las presentes Bases.
• Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 12º de las presentes Bases.
• Que la propuesta no comprenda toda la documentación técnica exigida en la letra b) del artículo 13º de las presentes Bases.
• Que la propuesta exceda el monto máximo disponible para la contratación del servicio.
Las Ofertas deberán cumplir con todos los requisitos técnicos establecidos en estas bases, entendiéndose que éstos son requisitos técnicos esenciales para poder participar de este proceso licitatorio. Las ofertas que no cumplan con estos requisitos serán declaradas inadmisibles y por tanto no serán consideradas en la evaluación.
Será responsabilidad de los oferentes proporcionar con su oferta todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas.
Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º siguiente.
No será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el Registro de Proveedores, en el portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 15°: Errores u omisiones formales. -
En virtud del Artículo 56° del Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda del año 2024, durante la etapa de evaluación la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes no podrán conferirles a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
En estos casos, la Subsecretaría comunicará al oferente las omisiones detectadas a través del Sistema de Información y le concederá un plazo fatal de dos días para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con el puntaje mínimo en el criterio “Cumplimiento de Requisitos de Presentación” o “Presentación y completitud de Antecedentes” descrito en el Artículo 21º de las presentes Bases.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que pudiesen encontrarse en el Registro
5.- Apertura Electrónica.
Artículo 16°: Apertura Electrónica. -
La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.
6.- Validez de las Propuestas.
Artículo 17°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la propuesta.
7.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.
Artículo 18°: Comisión de Evaluación. -
El análisis y evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación, integrada por los miembros que a continuación se indican, o quienes se encuentren subrogando el cargo al momento de la evaluación, y que se establece en este acto:
a) Jefa/e Departamento de Coordinación de Garantías y Prestaciones en Salud o quien este designe.
b) Jefa/e Departamento de Estadísticas e Información de Salud) o quien esta designe.
c) Jefa/e Departamento de Economía de la Salud o quien esta designe.
d) Coordinador Administrativo DIPLAS o quien le subrogue
e) Profesional de la Unidad de Capacitación.
Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación:
1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en los artículos 13º y 14º de las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
3. Elaborar el Informe de Evaluación, refiriéndose a las siguientes materias, conforme al Artículo 57 del Reglamento de la Ley de Compras:
• Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
• Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la Ley de Compras o su reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de la Ley de Compras.
• La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
• La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
• La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Todos los miembros integrantes de la comisión evaluadora deben realizar:
- Su declaración de patrimonio e intereses, en la forma que se dispone en la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses
- Una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses en relación con la licitación y a sus proponentes.
Artículo 19°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas. -
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en las presentes Bases.
Artículo 20°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas. -
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico.
Durante el proceso de evaluación, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de estas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el MINISTERIO.
Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación. -
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:
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Criterios de Evaluación
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Puntaje máximo por criterio
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Porcentaje de Ponderación
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1. Precio
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7.0
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40%
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2. Oferta técnica
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7.0
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25%
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3.Experiencia Institucional previa demostrable
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7.0
|
17%
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4. Experiencia Equipo Diseño y Soporte
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7.0
|
13%
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5. Cumplimiento requisitos formales
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7.0
|
3%
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6. Pacto de Integridad
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7.0
|
2%
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CRITERIO DE EVALUACIÓN
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PRECIO ($)
|
MEDIO DE VERIFCIACIÓN
|
|
Ponderación
|
40%
|
Oferta Económica
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|
Puntaje Máximo
|
Nota 7.0
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Formula de Calculo
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Precio Mínimo ofertado * 7 /Precio ofertado
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CRITERIO DE EVALUACIÓN
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OFERTA TÉCNICA
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MEDIO DE VERIFICACIÓN
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Ponderación
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25%
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1. Propuesta técnica incluida en la oferta técnica, la que debe contener lo solicitado en las bases técnicas, ajustándose a los objetivos y especificaciones técnicas señaladas en Objetivos y Bienes y/o servicios requeridos.
2. Plan de trabajo que debe incluir el plazo de desarrollo del curso.
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Puntaje Máximo
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Nota 7.0
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Descripción
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La oferta técnica debe incluir lo solicitado en las bases técnicas, ajustándose a los objetivos y especificaciones técnicas señaladas en el Artículo 39°: Objetivos y Artículo 41°: Bienes y/o servicios requeridos.
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Fórmula de Cálculo
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Rango
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Nota
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La oferta técnica presentada por el oferente, supera los requerimientos solicitados en las bases.
Se considerará como elemento adicional el otorgamiento de becas, siempre que estas consistan en un mínimo de 5 cupos por sobre lo requerido.
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7
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La oferta técnica presentada por el oferente cumple con todos los requisitos señalados en las bases, pero no ofrece becas de más de 5 cupos
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5
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La oferta técnica solo considera algunos criterios solicitados en las presentes bases.
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3
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La oferta técnica presentada por el oferente NO cumple los requerimientos solicitados en las bases, arriesgando la correcta ejecución del servicio requerido.
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1
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**Aquellas propuestas con nota igual o inferior a 3 no podrán ser adjudicadas, por cuanto no cumplen con los requerimientos técnicos mínimo para garantizar la correcta ejecución de la capacitación.
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CRITERIO DE EVALUACIÓN
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EXPERIENCIA INSTITUCIONAL PREVIA DEMOSTRABLE
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MEDIO DE VERIFCIACIÓN
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Ponderación
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17%
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Detalla y acredita institucionalmente, desarrollos académicos de naturaleza similar en la temática solicitada, tanto en empresas o instituciones públicas o privadas, a través de órdenes de compra, contratos o facturas, válidamente emitidos.
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Puntaje Máximo
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Nota 7.0
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|
Descripción
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Experiencia en actividades y programas formativos de naturaleza similar a la temática solicitada, tanto en empresas o instituciones públicas o privadas
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Formula de Calculo
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Rango
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Nota
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El oferente deberá acreditar años de experiencia en el rubro.
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Acredita institucionalmente ejecución o desarrollo de 10 o más programas o actividades formativas de igual naturaleza o similares, en los últimos 4 años.
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7
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Acredita institucionalmente ejecución o desarrollo de 8 ó 9 programas o actividades formativas de igual naturaleza o similares, en los últimos 4 años.
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5
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Acredita institucionalmente ejecución o desarrollo de 4 a 7 programas o actividades formativas de igual naturaleza o similares, en los últimos 4 años.
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3
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|
Acredita institucionalmente ejecución o desarrollo de 1 a 3 programas o actividades formativas de igual naturaleza o similares, en los últimos 4 años.
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1
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Oferente no tiene o no acredita experiencia.
|
0
|
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CRITERIO DE EVALUACIÓN
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EXPERIENCIA EQUIPO TECNICO: DISEÑO Y SOPORTE
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MEDIO DE VERIFCIACIÓN
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Ponderación
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13%
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Detalla y acredita experiencia del equipo técnico (transitorio y/o estable) que participará directamente en el diseño instruccional y soporte del curso, incluyendo: un jefe de Proyecto, Expertos en Diseño Instruccional, y personal de soporte (según anexo 5).
Debe adjuntar curriculum vitae del equipo.
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Puntaje Máximo
|
Nota 7.0
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|
Descripción
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Experiencia del equipo técnico que participará en el diseño instruccional y soporte del curso, incluyendo: un jefe de Proyecto, Expertos en Diseño Instruccional, y personal de soporte.
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Formula de Calculo
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Rango
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Nota
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El oferente deberá acreditar años de experiencia en el rubro.
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Todo el equipo en promedio demuestra experiencia de 5 años y más realizando cursos de características similares. Y todos los integrantes del equipo demuestran experiencia.
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7
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Todo el equipo en promedio demuestra experiencia 3 años o más pero menos de 5 realizando cursos de características similares
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5
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Todo el equipo en promedio demuestra experiencia más de 1 año, pero menos de 3 realizando cursos de características similares
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3
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Todo el equipo en promedio demuestra experiencia de menos 1 año realizando cursos de características similares.
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1
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Oferente no tiene o no acredita experiencia del equipo.
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0
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Cumplimiento de los requisitos Formales 3 %
Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en estos términos de referencia. En tal sentido, cuando el proveedor cumpla con todos los requisitos formales antecedentes o certificaciones requeridos al momento de presentar la oferta, obtendrá el puntaje máximo en este criterio. En caso contrario, y aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes, obtendrá 1 punto en este criterio.
Para obtener el puntaje en este criterio, se ha dispuesto la siguiente tabla:
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CRITERIO
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Nota
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Cumple con los requisitos formales dentro de plazo.
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7
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No cumple con los requisitos formales dentro de plazo.
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1
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Criterio de Evaluación
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Pacto de integridad
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Medio de Verificación
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Ponderación
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2%
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Documento adjunto solicitado en el anexo 6; Programa de Integridad o de Compliance. Este documento debe tener respaldo formal de encontrarse socializado por los y las integrantes del equipo. Cuando se trate de la unión temporal de proveedores, solo se asignará puntaje cuando todos los
integrantes de la UTP cuenten con el programa de integridad implementado y conocido sus
respaldos de verificación.
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Puntaje Máximo
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Nota 7,0
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Fórmula de Cálculo
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Rango
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Nota
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El equipo proveedor deberá presentar los certificados y respaldos correspondientes, Anexo N°6.
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El oferente cuenta con un programa de integridad o de compliance conocido por el equipo de trabajo de la propuesta y adjunta al menos un medio de verificación que acredite que dicho programa ha sido comunicado, difundido o puesto en conocimiento efectivo de su personal o equipo de trabajo involucrado en la propuesta.
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7
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El oferente cuenta con un Programa de Integridad o compliance (cumplimiento normativo) pero aún no se comunica a los/as trabajadores/as.
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5
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El oferente NO cuenta con un programa de integridad o de compliance conocido por su personal o no entrega respaldos de verificación.
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1
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En el evento de que dos (2) o más propuestas obtengan el mismo puntaje y queden ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente procedimiento, en el orden señalado:
1. Precio
2. Propuesta Técnica
3. Experiencia previa demostrable
4. Experiencia equipo técnico: diseño y soporte.
5. Requisitos formales
6. Pacto de Integridad
En caso de que persista el empate, después de haber utilizado los criterios de desempate en el orden antes expuesto, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero al Sistema de Información.
Artículo 22°: Informe de Evaluación. -
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:
1. Verificación de admisibilidad de los proponentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá dejar constancia de ello.
2. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas
3. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
4. Análisis particular de las propuestas.
5. Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
6. Análisis final de evaluación y de observaciones.
7. Proposición fundada dirigida a la Subsecretaria de Salud Pública, de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado a la a la Oficina de Compras, dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación” para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación deberá remitir una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses en relación con la licitación y a sus proponentes.
8.- Adjudicación de la Licitación.
Artículo 23°: Adjudicación. -
La presente licitación sólo podrá ser adjudicada a un solo oferente, por el servicio licitado.
De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación, que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 21° de las presentes Bases.
La adjudicación de la propuesta se hará por resolución de la Subsecretaría.
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al MINISTERIO dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el MINISTERIO no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.
En caso de que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá readjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo con el Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.
Ofertas riesgosas o temerarias:
Se entenderá que una oferta es riesgosa o temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Subsecretaría que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaría podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una garantía de fiel cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado en el Artículo 61 del reglamento de la Ley 19.886.
Artículo 24°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de Licitación. -
La Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
Asimismo, declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.
La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886.
Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante resolución fundada.
De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
9.- Del Contrato.
Artículo 25°: Antecedentes Requeridos para la contratación. -
Los siguientes antecedentes serán requeridos al respectivo adjudicatario, como requisito previo a la firma del contrato o a la emisión de la orden de compra, según sea el caso:
1. Si el adjudicatario es Persona Natural
- Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores suscrita por el adjudicatario, donde declare que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4°, de la Ley 19.886.
- Debe acompañar Fotocopia simple de la cédula de identidad de la persona natural adjudicada, la que debe adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
2. Si el adjudicatario no es Persona Natural
- Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores, donde declare que el adjudicatario no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4°, de la Ley 19.886. Esta declaración debe ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o por quien tenga poder suficiente para representarla para estos efectos. Cuando resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, dicha declaración deberá ser presentada por cada uno de sus integrantes. Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del Registro dispuesto por la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Inscripción en Registro de Proveedores
En conformidad al Artículo 16 de la Ley 19.886, es requisito que el oferente esté inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá encontrarse en estado “hábil” en el Registro de Proveedores.
Artículo 26°: Contrato.
En virtud del inciso N°1 del artículo N°117 del Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda del año 2024, podrán ser formalizadas mediante la emisión de una orden de compra y la aceptación de esta por parte del proveedor, las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación.
Este es el caso de la presente licitación, al ser los servicios requeridos de simple y objetiva especificación, por lo que no será necesaria la suscripción de un contrato entre las partes y bastará la emisión de una orden de compra y la aceptación de ésta, para su formalización.
Sin perjuicio de lo anterior, en estas Bases se entenderá por “contrato” al acuerdo regulado por las presentes bases, la propuesta del adjudicatario y las observaciones realizadas a esta propuesta por el Comité Evaluador, que comienza con la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor.
Artículo 27°: Precio del contrato y pagos. -
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan.
El precio del contrato será sin reajustes, y se pagará conforme a lo establecido en las Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.
Artículo 28°: Vigencia del Contrato. -
El contrato tendrá una duración máxima de 70 días, comenzando a regir a contar de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario.
El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de estas Bases.
La vigencia del contrato se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 35° de las presentes Bases.
Artículo 29°: Domicilio. -
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.
Artículo 30°: Informes. -
Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al MINISTERIO sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica Ministerial lo requiera.
Artículo 31°: Encargado Técnico. -
El Proveedor designará un “Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante la Subsecretaría para todos los efectos del contrato. Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.
La Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.
Artículo 32°: Cesión del contrato. -
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Artículo 33°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones. -
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el MINISTERIO, sino que exclusivamente con el Proveedor.
Durante la ejecución del contrato, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al MINISTERIO. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el MINISTERIO.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el MINISTERIO así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35º de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
10.- Multas y Sanciones.
Artículo 34°: Multas por atrasos. -
El incumplimiento del Proveedor a los plazos establecidos en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada, facultará al MINISTERIO para aplicar una multa de acuerdo con la siguiente tabla:
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Incumplimiento
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Criterio de Aplicación
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Multa
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Retraso en el inicio del curso
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Por cada día hábil de retraso respecto de la fecha comprometida
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0,5% del valor total del contrato, con un máximo de 10%
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No habilitación de la plataforma virtual
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Cuando la plataforma no se encuentre operativa en la fecha acordada
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2% del valor total del contrato
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Inasistencia del relator sin reemplazo oportuno
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Por cada sesión suspendida
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3% del valor total del contrato
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Cambio de relator sin autorización previa
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Por cada evento
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1% del valor total del contrato
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Incumplimiento del programa o contenidos comprometidos
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Cuando se omita o modifique contenido sin aprobación del mandante
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5% del valor total del contrato
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Entrega tardía del material de estudio
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Por cada día hábil de retraso
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0,2% del valor total del contrato, con un máximo de 5%
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Retraso en la entrega de certificados o informe final
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Por cada día hábil de atraso
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0,2% del valor total del contrato, con un máximo de 5%
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Caídas o indisponibilidad de la plataforma atribuibles al proveedor
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Por cada hora de indisponibilidad acumulada durante la ejecución del curso
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0,5% del valor total del contrato
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Incumplimiento de las exigencias de confidencialidad y protección de datos
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Por cada evento constatado
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10% del valor total del contrato, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes
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Abandono o suspensión injustificada del servicio
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Por cada evento
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20% del valor total del contrato y eventual término anticipado del contrato
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En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del proveedor, se podrán aplicar las multas señaladas en la tabla precedente. El monto total acumulado de las multas no podrá exceder el 20% del valor total del contrato, sin perjuicio de las facultades del mandante para poner término anticipado al mismo cuando los incumplimientos revistan gravedad o afecten la continuidad y calidad del servicio contratado.
Las multas serán aplicables por atrasos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del estado de pago respectivo.
Para aplicar una multa la Subsecretaría primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos.
Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Subsecretario quién resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio de Salud. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaría la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley Nº 19.880.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
Se entenderá que el Proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.
La ejecución de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases.
11.- Terminación anticipada del contrato.
Artículo 35°: Terminación anticipada del contrato. -
Mediante resolución fundada, la Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases.
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:
i. Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº19.886 – modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley Nº20.720.
ii. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
iii. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
iv. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
v. Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
f) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 33° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 20% del precio del contrato.
g) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras a) y d), el MINISTERIO podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, si existiese, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de sanción y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al MINISTERIO en contra del Proveedor.
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Bases Técnicas |
13.- Antecedentes.
Artículo 38°: Antecedentes.-
La División de Planificación Sanitaria (DIPLAS) y sus departamentos dependientes generan y procesan información estratégica que sustenta la planificación, seguimiento y evaluación de políticas, programas y prestaciones de salud, así como el cumplimiento de requerimientos normativos y estratégicos del sector.
Dado lo anterior, se hace necesario fortalecer las competencias técnicas de los equipos de DIPLAS mediante el uso de herramientas, que permitan integrar múltiples fuentes de datos, modelar información compleja y generar visualizaciones e informes analíticos que apoyen la toma de decisiones institucionales. En este marco, la capacitación en Power BI se presenta como una herramienta clave para mejorar la eficiencia, calidad y estandarización de los productos analíticos elaborados por los equipos técnicos del Ministerio de Salud.
La capacitación será diseñada en tres módulos progresivos, orientados a profesionales de DIPLAS que utilizan información y datos en su quehacer habitual.
14.- Objetivos.
Artículo 39°: Objetivos. –
Curso de Power BI Básico, Intermedio y Avanzado,
OBJETIVO GENERAL
Capacitar a los equipos técnicos del Departamento de Coordinación de Garantías y Prestaciones en Salud, el Departamento de Economía de la Salud, el Departamento de Estrategia Nacional de Salud, el Departamento de Estadísticas e Información en Salud y el Departamento de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Salud Basada en Evidencia de la División de Planificación Sanitaria (DIPLAS), en el uso de la herramienta Power BI Básico, Intermedio y Avanzado, con el fin de fortalecer sus capacidades de análisis de datos, visualización y gestión de información sanitaria para la toma de decisiones institucionales.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
1. Desarrollar competencias para el modelamiento de datos, la construcción de indicadores, uso de métricas relevantes para el seguimiento y evaluación de políticas, programas y prestaciones de salud.
2. Capacitar en el uso de herramientas de visualización interactiva que permitan comunicar de manera clara y oportuna la información sanitaria a distintos niveles de gestión.
3. Mejorar la eficiencia en los procesos de análisis de datos, reduciendo tiempos de respuesta y márgenes de error en la respuesta de los equipos técnicos.
15.- Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.
Artículo 40°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios. -
El plazo total para la prestación de los bienes y/o servicios es de máximo 70 días contados desde la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario y la vigencia del contrato tendrá una duración conforme a lo dispuesto en el artículo 28° de las presentes Bases.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzará a partir del segundo día hábil de emitida la orden de compra.
16.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.
Artículo 41°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros. -
Curso denominado “Power BI Básico, Intermedio y Avanzado” dirigido a profesionales del Ministerio de Salud pertenecientes a la DIPLAS.
Se requiere la contratación de un servicio de capacitación para la realización de un curso denominado “Power BI Básico, Intermedio y Avanzado”, dirigido a profesionales del Ministerio de Salud pertenecientes a la División de Planificación Sanitaria (DIPLAS), específicamente de DEIS, DCGyPS, ETESA, DESAL y DENS.
La capacitación deberá ejecutarse como un solo programa formativo estructurado en tres módulos progresivos, de acuerdo con la propuesta técnica del oferente y las necesidades del Ministerio.
El servicio de capacitación para 35 funcionarios integrará una metodología híbrida (sincrónica virtual y/o presencial) apoyada en un Entorno Virtual de Aprendizaje (LMS) de alta disponibilidad. Esta infraestructura permitirá el acceso ininterrumpido mediante credenciales individuales a materiales multimedia y recursos descargables, centralizando el proceso formativo durante toda su vigencia. La plataforma garantiza el desarrollo óptimo de actividades asincrónicas, permitiendo la evaluación automatizada del aprendizaje.
La duración mínima total del programa de capacitación deberá ser de 60 horas pedagógicas, distribuidas en:
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Módulo1
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Básico
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15 horas
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Módulo 2
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Intermedio
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20 horas
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Módulo 3
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Avanzado
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25 horas
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El oferente deberá detallar en su propuesta técnica la distribución de horas por módulo y modalidad de ejecución, las actividades sincrónicas deben ser impartidas en modalidad presencial o virtual, en un horario que se ajuste a la disponibilidad de los participantes considerando jornada de lunes a jueves en horario de 09:00 Hrs. a 17:00 Hrs.
La capacitación deberá contemplar un enfoque progresivo, estructurado en tres módulos, y estar orientada al fortalecimiento de competencias prácticas en análisis, modelamiento y visualización de datos mediante Power BI, aplicadas al contexto de la gestión sanitaria.
La institución deberá detallar y acreditar la experiencia comprobable del o los(as) relatores(as) en la temática específica a tratar y que participarán directamente en el desarrollo de la contratación.
La duración total del programa y de cada módulo deberá ser especificada en la propuesta técnica del oferente, considerando horas pedagógicas suficientes para el logro de los objetivos de aprendizaje y evaluaciones individuales definidas para cada nivel
Contenidos mínimos requeridos
Modulo 1:
(12 horas sincrónicas - 3 horas asincrónicas)
Introducción a la Inteligencia de Negocios y al análisis de datos.
Ecosistema Power BI: Power BI Desktop, Power BI Service y principales componentes.
Instalación, configuración y entorno de trabajo de Power BI Desktop.
Documentación del modelo.
Conexión a fuentes de datos:
Archivos Excel.
Archivos de texto (CSV, TXT).
Fuentes web.
Introducción al proceso ETL.
Limpieza y transformación básica de datos con Power Query:
Filtros.
Eliminación de duplicados.
Cambios de tipo de datos.
Creación y eliminación de columnas.
Modelado básico de datos:
Creación de relaciones.
Conceptos de tablas de hechos y dimensiones.
Introducción a las visualizaciones:
Gráficos básicos.
Tablas, matrices y tarjetas.
Segmentadores.
Creación de reportes básicos y publicación inicial en Power BI Service.
Validación de resultados.
Interpretación de datos y errores comunes
Actividad práctica final.
Modulo 2:
(15 horas sincrónicas - 5 horas asincrónicas)
Modelamiento de datos intermedio:
Modelos dimensionales.
Esquema estrella.
Manejo de relaciones activas e inactivas.
Transformaciones intermedias en Power Query:
Columnas personalizadas.
Columnas condicionales.
Combinación y anexado de tablas.
Uso del editor avanzado.
Introducción al lenguaje DAX:
Conceptos de contexto de fila y contexto de filtro.
Medidas vs columnas calculadas.
Funciones básicas DAX (agregación, lógicas, texto y fechas).
Optimización y rendimiento de modelos.
Creación de indicadores y KPIs.
Uso avanzado de filtros y segmentadores.
Botones, marcadores y navegación entre páginas.
Personalización de la experiencia de usuario en reportes.
Mantenimiento de informes/reportes.
Gestión del ciclo de vida del reporte.
Actividad práctica final.
Módulo 3:
(18 horas sincrónicas - 7 horas asincrónicas)
Conexión a fuentes de datos avanzadas:
Bases de datos.
Fuentes corporativas.
Transformación avanzada de datos:
Uso avanzado de Power Query.
Introducción al lenguaje M.
DAX avanzado:
Funciones de inteligencia de tiempo.
Cálculos condicionales complejos.
Medidas optimizadas.
Visualizaciones avanzadas:
Visuales personalizados.
Parámetros y dinamización de reportes.
Storytelling con datos.
Uso de Power BI Service:
Publicación y actualización de informes.
Creación y administración de espacios de trabajo.
Seguridad de la información:
Roles.
Seguridad a nivel de fila (RLS).
Distribución y mantención de informes.
Actividad práctica final.
Las horas asincrónicas serán complementarias y prácticas, destinadas a reforzar los contenidos trabajados en las sesiones sincrónicas mediante ejercicios, evaluaciones y/o revisión de material, sin implicar una carga académica adicional para los participantes.
Equipo Relator
El oferente deberá contar con un equipo relator que cumpla, a lo menos, con los siguientes requisitos:
• Formación profesional en áreas afines a la informática, ingeniería, ciencia de datos, tecnologías de la información o disciplinas relacionadas.
• Experiencia comprobable en docencia o capacitación en materias Power BI de al menos 3 años.
• Conocimientos y experiencia práctica en el uso de la herramienta Power BI.
• Experiencia en la enseñanza en modalidad e-learning o en entornos virtuales de aprendizaje.
• Deseable experiencia en capacitación a funcionarios del sector público o en contextos organizacionales similares.
El oferente deberá acreditar la experiencia y formación del equipo relator mediante la presentación de currículum vitae y certificado de la institución educativa que acredite la formación académica del cuerpo docente.
Metodología y evaluación
El curso se debe desarrollar utilizando metodología de educación para adultos, incorporando tanto clases expositivas guiadas, ejemplos prácticos y trabajo aplicado, promoviendo la discusión y reflexión grupal.
La capacitación deberá contemplar una metodología teórico-práctica, integrando ejercicios de aplicación y actividades de evaluación para cada nivel.
Se deberá considerar tanto la incorporación de evaluación sumativa como formativa, orientadas a medir la adquisición de conocimientos y la aplicación práctica de los contenidos del curso.
Evaluación Sumativa:
- Se realizará al finalizar el curso mediante una evaluación individual y/o el desarrollo de un proyecto o ejercicio práctico, orientado a la aplicación de herramientas de programación e Inteligencia Artificial.
- Se deberá establecer una nota mínima de aprobación de 5,5 y exigir un mínimo de 90% de asistencia respecto del total de sesiones del curso.
Evaluación formativa:
- Desarrollo y resolución de ejercicios prácticos y casos aplicados al uso de programación e Inteligencia Artificial.
- Actividades prácticas integradas en cada módulo, orientadas a reforzar el aprendizaje progresivo de los contenidos.
Certificado del curso
La entidad capacitadora deberá entregar un certificado de aprobación a aquellos participantes que cumplan con los requisitos, esto es, haber obtenido una nota igual o superior a 5.5 en la evaluación final y contar con al menos el 90% de asistencia.
Informe final
La entidad capacitadora deberá entregar un informe final que evidencie la aprobación o reprobación del alumno, con su correspondiente calificación final.
Plazo de entrega: 15 hábiles días corridos a partir del término del curso.
El certificado deberá incluir, al menos, el nombre del curso, nombre del participante, fecha de realización, duración del curso y la identificación del proveedor.
Productos esperados
El proveedor deberá entregar, a lo menos:
- Uso de la herramienta Power BI individual para fines formativos durante el desarrollo del curso.
- Material de estudio y recursos utilizados durante el curso, entregando una copia digital del material a la Unidad de Capacitación.
- Registro de asistencia
- Certificados de aprobación con el nombre del curso, cantidad de horas, nota te aprobación, fechas de realización, logo del oferente y requisito de asistencia.
- Informe final de ejecución del servicio
La entidad capacitadora deberá entregar un informe final que evidencie la aprobación o reprobación del alumno, con su correspondiente calificación final.
Plazo de entrega: 15 hábiles días corridos a partir del término del curso.
Público objetivo
El curso está dirigido a 35 funcionarios de la División de Planificación Sanitaria (DIPLAS) del Ministerio de Salud.
Los participantes cuentan con conocimientos básicos de estadística y experiencia previa en el uso de Microsoft Excel, en a lo menos nivel intermedio. El objetivo del curso es proporcionarles las competencias necesarias para realizar análisis de datos de nivel básico, intermedio y avanzado de manera autónoma y eficiente, mediante el uso de la herramienta Power BI, aplicada al contexto de la gestión y planificación sanitaria.
17.- Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.
Artículo 42: Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.-
Los bienes y/o servicios contratados deberán ser entregados conforme a la naturaleza de éstos, pudiendo ejecutarse en modalidad virtual, presencial o mixta, según lo establecido en la propuesta adjudicada.
En el caso de actividades presenciales, las clases podrán realizarse:
a) En dependencias del MINISTERIO, tales como salas de capacitación u otras instalaciones institucionales disponibles;
b) En dependencias del adjudicatario; o
c) En otros lugares que se acuerden entre el MINISTERIO y el adjudicatario.
En todos los casos, el lugar de ejecución deberá contar con las condiciones técnicas, logísticas y de seguridad necesarias para la correcta ejecución del servicio, y deberá ser previamente acordado con la Contraparte Técnica Ministerial.
En el caso de las actividades ejecutadas en modalidad virtual, el adjudicatario deberá disponer de una plataforma tecnológica de capacitación estable, segura y de alta disponibilidad, que permita la realización de clases sincrónicas y el acceso a actividades y materiales formativos asincrónicos durante toda la vigencia del curso.
La plataforma deberá garantizar condiciones adecuadas de conectividad, continuidad del servicio, almacenamiento de contenidos, registro de asistencia y soporte técnico, contando además con conexión a internet estable y suficiente para asegurar el desarrollo normal de las actividades formativas, sin interrupciones que afecten el proceso de capacitación.
Independientemente de la modalidad de ejecución (virtual, presencial o mixta), el adjudicatario deberá dar inicio a la capacitación en un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados desde la entrada en vigencia del contrato, conforme a lo dispuesto en el artículo 28° de las presentes Bases.
Cualquier modificación a dicho plazo deberá ser previamente autorizada por la Contraparte Técnica Ministerial, mediante solicitud debidamente fundada.
18.- Contraparte Técnica Ministerial.
Artículo 43°: Contraparte Técnica Ministerial. -
La Contraparte Técnica Ministerial, encargada de actuar como interlocutor con el adjudicado en todo lo relacionado con materias técnicas propias de la contratación, será un profesional del Departamento de Coordinación de Garantías y Prestaciones de Salud.
Para fines de seguimiento de los bienes y/o servicios contratados, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial, entre otros, efectuar las recepciones y realizar las validaciones, revisiones y aprobaciones de los productos propios de la licitación.
Las comunicaciones entre el Ejecutor y el MINISTERIO se realizarán preferentemente a través de correo electrónico dirigido a las contrapartes técnicas respectivas
Al efecto, la Contraparte Técnica Ministerial podrá:
1. Convocar al Ejecutor a reuniones periódicas para evaluar el avance y calidad de los bienes y/o servicios contratados.
2. Proporcionar al Ejecutor la información disponible y asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo.
3. Evaluar los informes entregados por el Ejecutor. Su aprobación o rechazo será comunicado al Ejecutor vía correo electrónico, con copia al Encargado Técnico designado por él.
4. Emitir los Informes de Cumplimiento del Ejecutor.
5. Informar al Subsecretario respecto de cualquier incumplimiento del Ejecutor a las obligaciones asumidas por este en virtud del contrato.
Principalmente la Contraparte Técnica Ministerial deberá entregar al Ejecutor toda la información que este requiera y que esté disponible; facilitar el contacto del equipo investigador con otras instituciones, supervisión de todo el proceso de ejecución del proyecto y revisión y evaluación de cada uno de los productos.
19. Condiciones y restricciones.
Artículo 44°: Presentación de propuestas. -
Los oferentes deberán presentar su propuesta por todos los servicios licitados.
Artículo 45°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes y/o servicios contratados. -
Los bienes y/o servicios que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de propiedad exclusiva del MINISTERIO. Debido a lo anterior, es el MINISTERIO quien determina las formas de uso futuro de los mismos.
El Ejecutor no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, el producto resultante del cumplimiento del contrato que se adjudique por la presente licitación pública.
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