Licitación ID: 780724-2-LE25
Cuarto Anuario de Jurisprudencia Ambiental 3TA
Responsable de esta licitación: ILUSTRE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Servicios de diagramación y diseño gráfico 1 Unidad
Cod: 82141501
Servicios de edición, diagramación y diseño gráfico para el Cuarto Anuario de Jurisprudencia Ambiental. El servicio incluye 300 copias del libro impresas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Cuarto Anuario de Jurisprudencia Ambiental 3TA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Tercer Tribunal Ambiental requiere proveer el "Servicios de edición, diagramación y diseño gráfico para el Cuarto Anuario de Jurisprudencia Ambiental". El servicio incluye 300 copias del libro impresas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Ilustre Tercer Tribunal Ambiental
R.U.T.:
61.980.330-2
Dirección:
GENERAL LAGOS 837 VALDIVIA
Comuna:
Valdivia
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-02-2025 18:00:00
Fecha de Publicación: 12-02-2025 18:22:12
Fecha inicio de preguntas: 12-02-2025 18:31:00
Fecha final de preguntas: 19-02-2025 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-02-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-03-2025 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-03-2025 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 10-03-2025 17:34:49
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 14-03-2025
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 12.2. Forma y Contenido de las Ofertas. 12.2.1. Identificación del oferente En la sección “Datos del Oferente”, deben incluirse todos los datos solicitados en formato según Anexo N°1, formulario llamado “Datos del Oferente”. Dicho documento deberá ser ingresado en archivo digital al Portal al momento de ingresar su oferta. 12.2.2. Declaración jurada simple Los proponentes deberán presentar una declaración jurada simple, que acredite que no han sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, según Anexo N° 4 y N° 5, firmada por el oferente o su representante legal, la que deberá ser adjuntada en archivo digital al Portal antes del cierre de recepción de las ofertas.
Documentos Técnicos
1.- 12.2.4. Oferta Técnica La oferta técnica deberá presentarse en forma legible, en idioma español y deberá ajustarse a lo previsto en las Bases Técnicas y presentarse en la sección “Anexos Técnicos”, según Anexo N° 2. La oferta técnica también la incluyen los Anexos N° 7, N° 8, N°9.1, N°9.2, N°9.3, N°3, N°4, N°10, y N°11 “Cronograma de ejecución”, y los documentos exigidos en el punto 6.- de las bases técnicas de la licitación, los cuales deben ser adjuntados de forma obligatoria. 12.2.5. Cronograma de ejecución. Los oferentes deberán acompañar como anexo (Anexo N°11) en formato digital un cronograma de ejecución tipo carta Gantt, donde se detalle los plazos de ejecución. La no presentación del cronograma de ejecución constituye un vicio esencial que conlleva la declaración inadmisibilidad de la oferta.
 
Documentos Económicos
1.- 12.2.3 Oferta Económica Las ofertas económicas deberán ser ingresadas al Portal en forma digital, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en el calendario de licitación y en el Portal. Debe incluir el precio total de la oferta, en moneda nacional, consignando por separado toda clase de tributos, impuestos o derechos que le afecten. Además, deberá indicar oferta económica señalando monto neto más impuestos correspondientes, conforme lo señala Anexo N° 3.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de los requisitos formales: Puntaje 100: cumple con la totalidad de los requisitos formales de la oferta. Puntaje 0: no cumple con la totalidad de los requisitos formales de la oferta. El puntaje obtenido se multiplicará por el porcentaje indicado en la tabla precedente. MEDIO DE VERIFICACIÓN: Oferta técnica y económica. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre de presentación de las ofertas, en virtud del artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886, obtendrá 0 puntos. 10%
2 Plazo de Entrega Para la evaluación de este criterio se considerará la siguiente fórmula: Puntaje (oferta de menor plazo/Plazo ofertado) x 100. Este resultado se multiplicará por el porcentaje indicado en la tabla precedente. MEDIO DE VERIFICACIÓN: Carta Gantt presentada en la oferta. 20%
3 Precio Para la evaluación de este criterio se considerará la siguiente fórmula: Puntaje = (oferta más económica/oferta en evaluación) MEDIO DE VERIFICACIÓN: Oferta técnica y económica. 30%
4 Experiencia del equipo El equipo a considerar será aquel señalado en los anexos N°9.1, N°9.2, N°9.3 y N°10. Puntaje 100: acredita 6 o más servicios. Puntaje 70: acredita entre 3 y 5 servicios. Puntaje 50: acredita 1 o 2 servicios. Puntaje 0: no acredita servicios. El puntaje obtenido se multiplicará por el porcentaje indicado en la tabla precedente. MEDIO DE VERIFICACIÓN: Certificado de clientes con referencias vigentes, contratos suscritos con los clientes, o facturas emitidas, boletas de honorarios, órdenes de compras aceptadas e instrumentos similares. Los medios de acreditación deberán indicar la naturaleza del servicio prestado afín al criterio de evaluación, en caso contrario no serán computados. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El valor indicado no constituye el monto obligatorio para ofertar, si no el monto máximo disponible por el Tribunal para el pago del servicio en el periodo de duración del contrato.
Tiempo del Contrato 10 Semanas
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jacqueline Oliva Alvarado
e-mail de responsable de pago: jacqueline.oliva@3ta.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisco Pinilla Rodriguez
e-mail de responsable de contrato: francisco.pinilla@3ta.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-63-2242312-312
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el organocomprado
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: ILUSTRE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL
Fecha de vencimiento: 31-08-2025
Monto: 10 %
Descripción: La garantía debe ser entregada en General Lagos N° 837, Valdivia, al momento de la firma del contrato, si fueran en soporte papel. El horario de atención a los oferentes, para estos efectos, será de lunes a viernes de las 09:00 horas a las 14:00 horas. Si la garantía fuera en soporte electrónico, se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo antes indicado. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro. La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
Glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de elaboración del Anuario de Jurisprudencia 2024" ID N°780724-2-LE25.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, aquél deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

17.3 Mecanismo de resolución de empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, el Tercer Tribunal Ambiental resolverá adjudicar la licitación recurriendo al siguiente criterio de desempate:

  1. Mayor experiencia del equipo, adjudicando a quien obtenga el puntaje mayor en el criterio “Experiencia del equipo”.

En el evento en que debiendo aplicarse el criterio de desempate antes indicado, se perpetúe el empate, se recurrirá al siguiente criterio de desempate: 

  1. Precio más conveniente, adjudicando a quien obtenga el puntaje mayor en el criterio, adjudicando a quien obtenga el puntaje mayor en el criterio de “Precio”.

En el evento en que debiendo aplicarse el criterio de desempate antes indicado, se perpetúe el empate, se recurrirá al siguiente criterio de desempate: 

  1. Menor plazo de entrega, adjudicando a quien obtenga el puntaje mayor en el criterio de “Experiencia del equipo”.

En el evento en que debiendo aplicarse los dos criterios de desempate antes indicados, se perpetúe el empate, se recurrirá al siguiente criterio de desempate: 

  1. Cumplimiento de requisitos formales, adjudicando a quien obtenga el puntaje mayor en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en

www.mercadopublico.cl


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Consulta sobre la Adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 1 día Hábil, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica rodrigo.paredes@3ta.cl


Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Termino Anticipado si registran, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.

En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.


Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

15.- Apertura de la oferta

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará por el funcionario que al efecto designe la Comisión Evaluadora encargada del proceso, en el día y hora señalados en el calendario de licitación.

Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del Portal serán declaradas inadmisibles.

Lo anterior no obsta a que cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, invalide aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases, lo que será declarado por la Comisión Evaluadora en cualquier momento.

Sólo serán evaluadas las ofertas de aquellos proveedores que hayan dado cumplimiento a lo requerido en los puntos 12. y 13. de las presentes Bases.

 

16. -Solicitud de aclaraciones a los oferentes

La Comisión Evaluadora a través de la Jefa de Administración y Presupuesto del Tribunal podrá solicitar a los oferentes, por escrito y través del Portal, que salven errores u omisiones formales, detectados durante el período de evaluación, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal. Estas aclaraciones formarán parte de la oferta del proponente.

Si la Comisión Evaluadora estima necesario hacer uso de su facultad de solicitar un determinado antecedente, debe realizarlo para todos aquellos oferentes que se encuentren en la misma situación.

Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. 

Mediante la aclaración no podrán modificarse aspectos sustanciales de la propuesta, de tal forma que la oferta no podrá, mediante las aclaraciones, transformarse en otra diferente, ni constituir una nueva oferta.

Para estos efectos se otorgará un plazo de 24 horas contadas desde el requerimiento, informado a través del Portal, para que el o los oferentes subsanen el error o la omisión de las formalidades exigidas. Si el o los oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del proponente. 

En el caso que la solicitud corresponda a archivos o documentos, y siempre que no exista la factibilidad técnica en el Portal, hecho que debe ser demostrado, estos documentos deberán ser ingresados en la Oficina de recepción del Tercer Tribunal Ambiental, ubicada en calle General Lagos N°837 de la ciudad de Valdivia.

La Comisión Evaluadora tendrá facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constate en el proceso de evaluación, siempre que ello no implique o confiera una situación de privilegio respecto de los demás competidores.


Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
OTRAS CLAUSULAS DE LA LICITACION
22.- Aumento o disminución de partidas. El Tribunal podrá aumentar o disminuir unilateralmente las partidas u obras del contrato, en un porcentaje que no podrá exceder del treinta por ciento del monto total del contrato, manteniendo vigentes sus demás condiciones y términos. En caso de aumento, el adjudicatario deberá entregar una garantía equivalente al 10% del valor total del aumento, debiendo cumplir para ello con las condiciones señaladas para la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Lo anterior, se entiende sin perjuicio de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Las partes suscribirán un anexo de contrato en que se dejará constancia del aumento señalado. 23.- Servicios adicionales o extraordinarias. El Tribunal podrá ordenar la ejecución de servicios extraordinarias o adicionales, hasta por un monto total equivalente al 30% del total del contrato. En caso de ordenarse la ejecución de servicios extraordinarios o adicionales el adjudicatario deberá presentar la evaluación de las posibles variaciones en el desarrollo del cronograma de los servicios, los que serán convenidos de común acuerdo por las partes. El Tribunal sólo pagará aquellos servicios extraordinarias o adicionales que hubieren sido solicitados y que cuenten con el Visto Bueno del representante del Tribunal. 24.- Efectos derivados de incumplimientos del proveedor 1.- Multas El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación. Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un 3% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de 2 días hábiles. Las multas no podrán sobrepasar el 30% del valor total del contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. 2.- Cobre de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos: a) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato respectivo. b) Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato. 25.- Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicha resolución mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto la resolución impugnada. 26.- Término Anticipado La entidad licitante está facultada para declarar el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. 2) Si se disuelve la empresa adjudicada. 3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 4) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 5) En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 2 días hábiles. 6) En caso que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 5 % del valor total contratado. 7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases. 8) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo. 27.- Modificación del contrato Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de resolución. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. 28.- Cesión de contrato El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el órgano comprador. 29.- Coordinadores del contrato El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al órgano comprador. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: 1. Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. 2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. 3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. La designación del coordinador y todo cambio relativo a ésta, deberá ser informada por el adjudicatario al responsable de administrar el contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario. El órgano comprador definirá una contraparte técnica para coordinar el contrato, la que generará los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes, supervisará el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato y demás funciones que le encomienda el presente instrumento. 30.- Otras consideraciones 30.1.- Propiedad de la información Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato. 30.2.- Confidencialidad El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla. El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla. El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. 30.3.- Estándares de probidad Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 30.4.- Pacto de Integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere. 3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere. 6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 30.5.- Domicilio y jurisdicción Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Valdivia y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.