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Resolución de Empates |
La comisión de evaluación evaluará la Oferta Técnica y la Oferta Económica de conformidad a los criterios y pautas de evaluación que se establecen en las Bases Técnicas. Los/as integrantes de la Comisión se deberán reunir a evaluar y calificar individualmente las ofertas presentadas, aplicando para ello los criterios de evaluación.
El puntaje final de cada oferta se determinará mediante los criterios de evaluación y sus respectivas ponderaciones, que se señalan en la Bases Técnicas. Culminada la evaluación, se elaborará un Informe Final que contendrá los puntajes de las Ofertas evaluadas. El puntaje mínimo para adjudicar será de un 60 sobre un total de 100.
Es responsabilidad de la Comisión hacer una evaluación completa tanto de los aspectos formales como de fondo que se deben cumplir por los oferentes, consignando sus conclusiones en el informe que al efecto evacúe.
Si como resultado del proceso de evaluación resultare igualdad de puntaje, se preferirá adjudicar a aquella oferta que tenga mejor puntaje en la evaluación técnica y en caso de persistir la igualdad, se dará preferencia a aquella que haya obtenido mejor evaluación en el criterio técnico de mayor ponderación. En caso de perseverar el empate, se preferirá a aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en la evaluación económica. Y en caso de persistir el empate, se seleccionará la oferta que haya ingresado en primer lugar.
Para tal efecto, hacer presente que es responsabilidad de la Comisión hacer una evaluación completa tanto de los aspectos formales como de fondo que se deben cumplir por los oferentes, consignando sus conclusiones en el informe que al efecto evacúe.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas, respuestas y aclaraciones, se efectuarán sólo a través del portal www.mercadopublico.cl hasta la fecha indicada. Será responsabilidad del oferente cerciorarse de la existencia de las preguntas, respuestas, aclaraciones y modificaciones a las Bases de Licitación a través del Portal www.mercadopublico.cl, las cuales formarán parte del contrato.
Toda modificación de las Bases administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante Resolución. Junto con lo anterior, se deja establecido que las eventuales modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo de hasta 2 días hábiles antes de la fecha de cierre de la licitación para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones, acorde con lo dispuesto por el artículo 40 del decreto 661/24, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Por otra parte, conforme a la letra c) del artículo 3° del D.S. N ° 396 de 1993, del Ministerio de Planificación y Cooperación, hoy Ministerio de Desarrollo Social y Familia, solo para procesos licitatorios cuyos recursos provienen del Fondo de Desarrollo Indígena, podrán participar en la presente licitación los oferentes que se encontraren INSCRITOS en el Registro de Instituciones Colaboradoras Ejecutoras de CONADI (también Registro de Consultores de CONADI), con una anticipación de a lo menos 6 (seis) meses a la respectiva convocatoria.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Servicio o a terceras personas, con motivo de la ejecución de los trabajos por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado “el Servicio” o por violación a las leyes o reglamentos aplicables.
Se deja expresa constancia que la CONADI, no tendrá relación laboral y, por lo tanto, no asume obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto del personal que el Proveedor contrate o destine para el cumplimiento de su contrato, materia de esta Propuesta Pública, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Proveedor, quien otorgará los servicios bajo su propia responsabilidad y riesgo.
El Adjudicatario se compromete a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes y demás normas laborales y previsionales que afecten a los trabajadores que contrate, especialmente a las normas del Código del Trabajo, ley Nº16.744 y otras análogas o similares. En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con este Servicio.
El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus trabajadores, causen a terceros, de acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones pertinentes del Código Civil.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Esta Comisión podrá solicitar antecedentes aclaratorios a los Proveedores, para un mejor resolver, sin que esto signifique alteración la Oferta presentada, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes.
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