Si durante el desarrollo del proceso de adquisición (durante el período contractual), se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en la entrega del producto, el Proveedor deberá comunicar esa circunstancia a la Oficina de Partes del Gobierno Regional del Bío Bío, en fecha inmediata a su acontecimiento, acreditando el hecho y cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento y solicitar la posibilidad de un aumento de plazo, lo cual será sancionado por el Gobierno Regional del Bío Bío.
El Gobierno Regional del Bío Bío en vista de los antecedentes que presente el Proveedor, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito que haga imposible el cumplimiento de las obligaciones del contrato y otorgará el plazo adicional que corresponda.
Transcurrido el plazo de 10 días corridos desde la ocurrencia de la fuerza mayor o caso fortuito, no se aceptará reclamo ni presentación alguna del Proveedor fundamentándose en dichas razones.
Lo anterior implicará incumplimiento del contrato, sometiéndose a las sanciones estipuladas en las presentes Bases Administrativas.