Sin perjuicio de las demás causales establecidas en el Reglamento de Licitaciones y Contrataciones Públicas, el Mandante se reserva la facultad de rechazar las propuestas que excedan de la efectiva disponibilidad presupuestaria para la ejecución del proyecto, conforme a las normas que rigen a la fuente de financiamiento o que no den las garantías de buena ejecución, esto en base a un informe de la comisión evaluadora.
De todo lo anterior y del resultado de la evaluación se dejará constancia en el mencionado Informe de Evaluación, el que servirá de base para la adjudicación de la licitación por parte del Mandante.
El referido informe técnico se considera documento interno del municipio y se publicará en el portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de los proponentes.