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Artículo 1º |
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Las presentes bases administrativas regulan el llamado a licitación pública por línea para suscribir un contrato de suministro de alimentos perecibles y no perecibles y bebidas alcohólicas y no alcohólicas para la Casa de Huéspedes “Cazadores” ubicada en Calle Condell N.°235 en la comuna de Valdivia, dependiente de la Zona de Bienestar “Valdivia” durante el año calendario 2026 (hasta el 31DIC2026), contado desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato.
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Artículo 2º |
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La propuesta se llevará a cabo a través del Sistema de Información y podrán participar todas aquellas personas naturales y jurídicas, de derecho público o privado, chilenas o extranjeras que no se encuentren afectas por alguna de las inhabilidades o incompatibilidades para contratar con la Administración del Estado, establecidas en el artículo 4º de la Ley N.º19.886, no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los art. 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los últimos dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, y no estar afecto a inhabilidades o incompatibilidades contempladas en el artículo 8 y 10 de la Ley N.º 20.393.
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Artículo 3° |
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Del Domicilio del oferente. Se entiende que por el sólo hecho de presentar una propuesta, el oferente constituye domicilio en la comuna de Valdivia, para todos los efectos legales derivados de la licitación y del contrato, aceptando expresamente la competencia de los Tribunales de Justicia.
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Artículo 4° |
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De la modalidad de la licitación. La presente propuesta se llevará a cabo en una etapa, lo que de conformidad con la ley, y consiste en que en el acto de apertura se procede a abrir tanto la oferta técnica como la económica.
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Artículo 5° |
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De los Plazos. Salvo que expresamente se señale lo contrario, los plazos de días establecidos en estas bases son de días corridos.
Cuando las bases dispongan que se trate de plazos de días hábiles, se entenderá que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos.
Con todo, en cualquiera de los casos antes señalados, cuando el último día del plazo sea inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Los plazos se computarán desde el día siguiente a aquel en que se notifique el acto de que se trata, de conformidad a lo señalado en el artículo siguiente.
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Artículo 6° |
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De las Publicaciones y Notificaciones: La Zona de Bienestar “Valdivia” deberá publicar, de manera completa y oportuna, la información básica relativa a la presente contratación, en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante y para efectos de estas bases, “Sistema de Información de Compras”.
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N.º 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante y para efectos de estas bases “Ley de Compras”, y del Decreto Supremo N.º 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras, en adelante y para efecto de estas bases, “el Reglamento”, incluso la notificación de la resolución de adjudicación, se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas desde que la Zona de Bienestar “Valdivia” publique en el Sistema de Información de Compras el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Se exceptúan de esta regla las notificaciones que dicen relación con lo dispuesto en el capítulo V de la Ley de Compras.
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Artículo 7º |
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Disponibilidad de las Bases: Desde el día de la publicación del llamado, las bases de licitación estarán disponibles en el Sistema de Información de Compras para todos los interesados en presentar ofertas.
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Artículo 8º |
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Cronograma de Recepción de Consultas y Entrega de Propuestas: La presentación y apertura de las ofertas, se llevará a cabo, a través del Sistema de Información.
Las ofertas deberán ser presentadas conforme al siguiente cronograma de plazos.
DESCRIPCIÓN PLAZO LUGAR
Fecha de inicio de preguntas Del 1er día corrido de la publicación. Deben ser ingresadas al Portal Mercado Público.
Fecha de término de preguntas El 5to día corrido a contar de la fecha de publicación. Deben ser ingresadas al Portal Mercado Público.
Fecha de publicación de respuestas El 10mo día corrido desde la fecha publicación. Serán publicadas en el Portal Mercado Público.
Fecha de cierre recepción de ofertas 13 días corridos a contar de la fecha de publicación. Por el Portal Mercado Público.
Apertura Electrónica 01 día hábil desde el cierre de la licitación. Oficina de la Zona de Bienestar “Valdivia”.
Plazo evaluación y adjudicación 17 días corridos a contar de la fecha de apertura electrónica, fecha que puede ampliarse si así se requiere por resolución fundada, publicada en el Portal Mercado Público. Portal Mercado Público.
Firma de Contrato 20 días corridos a contar de la notificación de adjudicación a través del Portal Mercado Público. Contratista y la Zona de Bienestar “Valdivia”. Una vez aprobado y firmado el contrato se ingresará al portal.
OBSERVACIONES:
a) Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del mercado público, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la comisión de evaluación de las propuestas estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponerse prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del portal de la Dirección de Compras Públicas.
b) El cierre de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles (sábado, domingo o festivo) o un día lunes o un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
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Artículo 9º |
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De los antecedentes legales para ofertar y contratar: Los oferentes deberán tener a disposición de la entidad licitante los siguientes antecedentes en el portal:
1. Antecedentes Legales para Ofertar:
a) Personas Naturales:
• Fotocopia simple de Cédula de Identidad.
• Fotocopia simple del documento en el cual conste la Iniciación de Actividades emitida por el Servicio de Impuestos Internos.
• Declaración Simple, que ha estudiado personalmente todos los antecedentes de la propuesta; Bases Administrativas, Bases Técnicas y Aclaraciones (Anexo N.°1).
• Declaración Simple, de no estar afecto a causales de inhabilidad para contratar con el Estado; sobre parentesco con funcionarios públicos que intervienen en la licitación; y sobre Prácticas Antisindicales, Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador y delitos concursales establecidos en el Código Penal (Anexo N.°2).
• Declaración Simple, por la cual, el oferente declara no tener deudas con la Institución “Ejército de Chile” hasta los 5 años anteriores a esta postulación. (Anexo N.°3).
• Declaración simple, sobre el plazo de entrega de los productos y servicio post venta para la línea ofertada (Anexo N.°4).
• Oferta Económica que se presente para cada línea, deberá indicar el precio para cada partida señalada (Anexo N.°5).
b) Personas Jurídicas:
• Fotocopia simple RUT de la empresa.
• Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante legal de la empresa.
• Fotocopia simple del documento en el cual conste la iniciación de actividades emitida por elServicio de Impuestos Internos.
• Certificado de Vigencia de la Sociedad con fecha de emisión no superior a 60 días, contados desde la fecha de presentación de su oferta.
• Copia de los estatutos actualizados con una vigencia no superior a 60 días, contados desde la fecha de presentación de su oferta.
• Declaración Simple, que ha estudiado personalmente todos los antecedentes de la propuesta; Bases Administrativas, Bases Técnicas y Aclaraciones (Anexo N.°1).
• Declaración Simple sobre parentesco con funcionarios públicos que intervienen en la licitación; de no afectar causal de inhabilidad para contratar con el Estado; sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho de acuerdo a la Ley 20.393; y sobre Prácticas Antisindicales, Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador y delitos concursales establecidos en el Código Penal (Anexo N.°2).
• Declaración Simple, por la cual, el oferente (representante legal de la empresa) declara que los socios o accionistas mayoritarios de la empresa (entendiendo por tal, a aquel que cuenta con un porcentaje de participación superior al 50% de las acciones dentro de la Sociedad), no tienen deudas con la Institución “Ejército de Chile” hasta los 5 años anteriores a esta postulación. (Anexo N.°3).
• Declaración simple, sobre el plazo de entrega de los productos y servicio post venta para la línea ofertada (Anexo N.°4).
• Oferta Económica que se presente para cada línea, deberá indicar el precio para cada partida señalada (Anexo N.°5).
2.Antecedentes Legales para Contratar:
a) Personas Naturales:
• Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo vigente.
b) Personas Jurídicas:
• Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo vigente.
• Copia de los estatutos actualizados con una vigencia no superior a 60 días, contados desde la fecha de presentación de su oferta, en el cual se acrediten los poderes de representación del representante legal.
OBSERVACIÓN: Para ofertar y contratar en caso de las UTP (Unión Temporal de Proveedores), es necesario adjuntar escritura publica o privada según corresponda, que acredite tal unión y todos los documentos solicitados de ambos oferentes unidos temporalmente, esto según prescribe el articulo 180 del Reglamento de compras públicas.
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Artículo 10º |
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Acreditación de antecedentes legales requeridos para ofertar: Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante y para efectos de estas bases, “Registro de Proveedores”, podrán acreditar los antecedentes legales señalados en el artículo 9º N.°1 de las bases mediante la información contenida en dicho registro.
Los oferentes deberán encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores. La documentación se debe entregar conforme se señala en el artículo 9º N.°1 de estas bases de licitación, por vía electrónica a través del Sistema de Información de Compras, los que se recibirán hasta el día y hora señalados para la recepción electrónica de ofertas de conformidad al cronograma detallado en el artículo 8° de las presentes bases.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el portal “Chile Proveedores”, y que cumplan con los requisitos solicitados.
Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en las bases de licitación o presenta una oferta que no se ajuste substancialmente y en todos sus aspectos a esos documentos, el riesgo será de su cargo y el resultado será el rechazo de la oferta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 12° de las presentes bases.
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Artículo 11° |
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Antecedentes legales requeridos para contratar: Una vez acreditados los documentos, y dentro de los 20 días corridos siguientes a la fecha en que hubiere sido requerido para ello, el adjudicatario deberá suscribir el contrato respectivo.
Si el proponente adjudicatario no acreditare los antecedentes, no firmare el contrato en los plazos señalados, no aceptare la orden de compra o no entregare otro documento en la forma y fondo solicitado en este proceso licitatorio, la ZB “Valdivia” dejará sin efecto la adjudicación y la efectuará a favor del proponente ubicado en el siguiente lugar de la lista priorizada o declarará desierta la licitación, según corresponda.
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Artículo 12° |
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Errores u omisiones detectados durante las aperturas: La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en la apertura, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones que no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás proponentes, ni se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, conforme prescribe el artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas. Se deberá informar de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras. El oferente, tendrá el plazo de 48 horas contados desde el requerimiento realizado por el ente licitante a fin de subsanar el error u omisión.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de presentar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Para ello, deberá estar contemplada en las bases de licitación, en las que se especificará un plazo breve y fatal para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que informará a través del Sistema. En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo para presentación de ofertas con todo lo requerido.
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Artículo 13° |
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Rechazo de las ofertas: La Zona de Bienestar “Valdivia” declarará inadmisibles las ofertas, cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. La ZB “Valdivia” igualmente declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.
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Artículo 14° |
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Del Monto de la Propuesta. El monto máximo disponible total para la presente licitación por línea es de $16.000.000 (dieciséis millones de pesos) IVA incluido. La Zona de Bienestar “Valdivia” deja expresa constancia que el suministro por línea es a requerimiento y será ejecutado durante el año calendario 2026 (hasta el 31DIC2026), contado desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato.
El oferente podrá presentar ofertas para las siguientes líneas:
LÍNEA PRODUCTOS MONTO CON IVA INCLUIDO
1 Alimentos perecibles y no perecibles $ 11.200.000
2 Bebidas alcohólicas y no alcohólicas $ 4.800.000
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Artículo 15° |
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De las Consultas, Aclaraciones y Respuestas. Los oferentes podrán formular consultas y solicitar aclaraciones sobre las Bases Administrativas y Técnicas, las que serán canalizadas a través del foro electrónico de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el período señalado para ello en el cronograma de la licitación.
Las respuestas a las preguntas realizadas por los oferentes, y aclaraciones a las bases, se efectuarán a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación.
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Artículo 16° |
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De la Modificación a las Bases de Licitación. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá modificar las bases de licitación durante el proceso de publicación de las ofertas, previa dictación de una resolución fundada, sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. La resolución que autoriza la modificación se publicará en la plataforma www.mercadopublico.cl la cual formará parte integrante de las bases. Las modificaciones estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe, pudiendo extender la fecha de cierre de recepción de ofertas, con el objeto de que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, dentro de un plazo prudencial que se otorgará para dichos efectos.
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Artículo 17° |
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De la irrevocabilidad de la Oferta. La oferta será irrevocable y tendrá una vigencia de 60 días hábiles.
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Artículo 18º |
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De la Presentación de las Ofertas. La licitación consistirá en la presentación de ofertas técnicas y económicas en una sola etapa en la que se señalará las características técnicas, sus respectivos precios y otros antecedentes solicitados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
La propuesta económica deberá presentarse en moneda nacional, antes del cierre del período de recepción de las ofertas a través del Portal www.mercadopublico.cl, indicando el precio de acuerdo al ANEXO N.° 5, para la línea a la cual esta ofertando, respetando el formato de la oferta económica contenida en el anexo indicado y ajustándose a la realidad de los precios de mercado. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible.
La oferta debe ser completada en su totalidad, de lo contrario la propuesta será declarada inadmisible.
El oferente deberá ingresar en el ítem “anexos” los documentos indicados precedentemente que respaldarán la oferta.
Que, el establecer el monto disponible por línea y de acuerdo a los fondos asignados en las presentes bases, es en observancia al principio de cautela del patrimonio público, implícito en el inciso final del artículo 6º de la Ley de Compras Públicas que dispone la obligación de la Administración de propender a la eficacia, eficiencia y ahorro en sus contrataciones, lo cual debe ser concordado con el artículo 64 N.°8 de la Ley N.°18.575 que, considera infracción al principio de probidad administrativa contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad que rigen el desempeño de los cargos públicos.
Los valores se ingresarán en la plataforma www.mercadopublico.cl, y deben corresponder a valores con el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). El oferente y/o adjudicado deberá asumir a su costa, todos los riesgos relacionados con el suministro, la producción, adquisición, transporte y embalaje de los bienes, especies o productos, hasta su entrega a la Zona de Bienestar “Valdivia”, como asimismo los gastos, derechos, cargas e impuestos, y las formalidades aduaneras, si es del caso.
Además, deberá asumir el costo del flete de los productos de acuerdo a lo señalado en el artículo 5° de las bases técnicas.
Las ofertas deben ser puras y simples. No se considerarán aquellas sujetas a condición.
La propuesta técnica debe ser ingresada como archivo adjunto a la oferta, antes de la fecha de cierre, debiendo ajustarse al formato contenido en el ANEXO N.° 4 de estas bases, indicando la línea a la cual esta ofertando. Deberá contener lo siguiente:
a. Plazo de entrega de los Productos: Deberá expresarse en horas, y no podrá ser superior a 96 horas, contados desde la aceptación de la orden de compra, siendo esto un factor excluyente. Si el oferente no indica el plazo de entrega o este es superior a 96 horas, la oferta será declarada inadmisible.
b. Servicio Post-Venta de los Productos: Deberá expresarse en horas, y no podrá ser superior a 96 horas, siendo esto un factor excluyente. Si el oferente no indica el plazo o este es superior a 96 horas, la oferta será declarada inadmisible. Todos los costos que demanda la reposición, junto al transporte desde donde se encuentren los productos y su posterior envío (reposición), serán de cargo del proveedor.
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Artículo 19º |
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De la Deserción e Inadmisibilidad de la Oferta. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, en ambos casos, el oferente no tendrá derecho a indemnización alguna.
La declaración deberá ser por resolución fundada, sin perjuicio de la facultad contenida en el artículo 27° de las presentes bases.
Este artículo es concordante a lo expresado en el artículo 9° de la Ley 19.886.
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Artículo 20° |
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Causales de inadmisibilidad. Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta:
1. Si la oferta se encuentra sujeta a condición o modo.
2. La presentación de ofertas simultáneas de oferentes del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de conformidad al artículo 22° de las bases.
3. Presentar documentación adulterada o falsificada en forma y/o fondo.
4. No contar con el mínimo de porcentaje de ponderación en los criterios de evaluación, esto es, el 70%.
5. No ofertar precio en la totalidad del itemizado, cambiar, omitir, o modificar las partidas y de acuerdo a lo señalado en el artículo 24° de las bases.
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Artículo 21° |
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La Zona de Bienestar “Valdivia”, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la ley 19.886, podrá ampliar el plazo de adjudicación, debiendo para ello informar a través del Sistema de Información, las razones que justifique el incumplimiento del plazo originalmente establecido para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá modificar la adjudicación mediante Resolución, subida al Sistema de Información que indique los motivos debidamente justificados y fundados, señalando nueva fecha de adjudicación.
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Artículo 22° |
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Ofertas simultáneas de oferentes del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí: La Entidad licitante declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de conformidad al artículo 9° de la Ley de Compras y artículo 60° de su Reglamento. En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos oferentes del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. Para estos efectos, se considerará como oferta más ventajosa la de menor precio.
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Artículo 23° |
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Deudores con el Ejército de Chile, conforme con el Anexo N.° 3, La presente declaración jurada se efectúa bajo el apercibimiento contemplado en el art. 212 del Código Penal.
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Artículo 24º |
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De los Criterios de Evaluación. Para la evaluación de las ofertas se aplicarán los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones:
1. Condiciones Comerciales: Precio 40%
La evaluación se practicará en relación al precio total mínimo presentado por los oferentes en cada una de sus ofertas económicas por línea, debiendo considerar cada una de las partidas del Anexo N.°5. Si la oferta presentada es superior al presupuesto asignado para esta propuesta y precios de mercado, la oferta será declarada inadmisible.
La oferta económica que se presente para cada línea debe contener el precio de todos los productos que se indican en el Anexo N.°5, sin errores en los cálculos y en las sumas aritméticas de cada una de las partidas, así como también sin presentar equívocos en la glosa de los productos, en la unidad de medida, ni en las cantidades. Los productos ofertados corresponderán al listado detallado en el Articulo N.° 2 de las bases técnicas o un producto similar en calidad y contenido empaquetado debidamente descrito para ser evaluado. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible. No se debe incluir el precio de flete de los productos, ya que estos deberán ser costeados por el oferente.
Para ello se aplicará la siguiente formula:
Precio mínimo ofertado/precio ofertado X 40.
LÍNEA PRODUCTOS OFERTA
1 Alimentos perecibles y no perecibles
2 Bebidas alcohólicas y no alcohólicas
2. Plazo de Entrega: 30%
El presente criterio, se contará desde la fecha que la orden de compra sea aceptada por el proveedor, que se evaluará a través del Anexo N.°4. Si el plazo de entrega es mayor a 96 horas, o no hace mención del mismo la oferta será declarada inadmisible.
Tramo Puntaje
Menor o igual a 48 horas 100 puntos
Mayor de 48 hrs y menor o igual a 72 hrs 70 puntos
Mayor de 72 hrs y menor o igual a 96 hrs 40 puntos
3. Servicio Post Venta: 20%
Se medirá en el presente criterio de acuerdo a la rápidez con que el oferente realizará la reposición del producto contado desde la solicitud por escrito de la Zona de Bienestar “Valdivia”, que se evaluará a través del Anexo N.°4. Si el plazo de servicio post venta del suministro es mayor a 96 horas, o no hace mención del mismo la oferta será declarada inadmisible
Tramo Puntaje
Menor o igual a 48 horas 100 puntos
Mayor de 48 hrs y menor o igual a 72 hrs 70 puntos
Mayor de 72 hrs y menor o igual a 96 hrs 40 puntos
4. Requisitos Formales: 10%
La escala de ponderación, será de acuerdo a si la oferta contiene todos los documentos solicitados para ofertar. Si los errores u omisiones no son subsanadas dentro del plazo de 48 horas, la oferta será declarada inadmisible.
Tramo Puntaje
Cumple con todos los requisitos formales 100 puntos
Subsana los errores dentro del plazo establecido 40 puntos
Si no se cumplen los aspectos formales o éstos no se subsanan en el plazo señalado en el artículo 12, su oferta se declarará inadmisible.
Las ofertas que obtengan un puntaje en la evaluación inferior a 70 puntos, se entenderán como no convenientes para los intereses de esta Zona de Bienestar, por tanto, para que una oferta sea adjudicada deberá obtener un puntaje mínimo de 70 puntos. Y es de exclusiva responsabilidad del oferente que los archivos digitales no se encuentren dañados.
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Artículo 25º |
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De la Resolución de Empates. Si existe igualdad de puntaje en dos o más ofertas, se definirá por la que presente el mejor “Precio”.
En caso que se mantenga la situación de empate, se definirá por la que presente el mejor puntaje en “Plazo de entrega”, y así sucesivamente en orden de mayor a menor puntaje de cada criterio de evaluación.
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Artículo 26º |
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La Zona de Bienestar “Valdivia” aceptará la propuesta más ventajosa, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases administrativas, mediante acto administrativo, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.
De presentarse dos o más ofertas con igualdad de puntaje se optará por aquella que presente el mejor precio, de persistir dicho empate se elegirá a la que otorgue mejor plazo de entrega, de persistir éste se seguirá con aquella con mejor servicio post venta, finalizando con los mejores aspectos formales.
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Artículo 27º |
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De la adjudicación: La Zona de Bienestar “Valdivia” adjudicará a un solo oferente por cada línea al que haya presentado la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes bases. La adjudicación se formalizará a través del correspondiente acto administrativo dictado por la ZB “Valdivia” a través de la autoridad correspondiente. La dictación de la Resolución de Adjudicación se efectuará dentro del plazo de 17 días corridos contados desde la fecha de apertura de la licitación y será publicada a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Si la adjudicación no pudiese efectuarse dentro de los plazos establecidos en el cronograma dispuesto en el artículo 8°, la Zona de Bienestar “Valdivia” informará en el portal de los motivos, del retraso y se señalará el nuevo plazo para la adjudicación. Lo anterior de conformidad con lo que establece el artículo 58 inciso final del D.S. N.° 661, que establece el Reglamento de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios del Ministerio de Hacienda.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá modificar la adjudicación mediante Resolución, subida al Sistema de Información que indique los motivos debidamente justificados y fundados, señalando nueva fecha de adjudicación.
Si el proveedor adjudicado en primera instancia no firmara el contrato en las fechas señaladas en la presente licitación, se podrá readjudicar al segundo oferente mejor evaluado y así sucesivamente, siempre que sea conveniente a los intereses de la Zona.
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Artículo 28º |
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De la Readjudicación. Si el adjudicatario por línea se desistiere de presentar los documentos requeridos, se desistiere de firmar el contrato, no se encuentra hábil en el registro de proveedores o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción del referido documento, la Zona de Bienestar “Valdivia” podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación por línea al oferente que le seguía en puntaje, siempre que sea conveniente a los intereses de la Zona dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Artículo 29º |
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El contrato por línea deberá contener la individualización del adjudicatario, las características del suministro contratado, el precio, el plazo de duración, aplicación de multas, causales de término y demás menciones establecidas en las bases.
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Artículo 30º |
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Del plazo para suscribir el contrato: La Zona de Bienestar “Valdivia” elaborará el respectivo contrato por línea dentro del plazo máximo de 20 (veinte) días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Si el adjudicatario no firmara el contrato dentro del plazo indicado, no acompañe la documentación requerida para contratar o no se encuentra hábil en el registro de proveedores, la Zona de Bienestar “Valdivia” podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación por línea al oferente que sigue en puntaje, siempre que sea conveniente a los intereses de la Zona dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Artículo 31º |
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De la Duración del Contrato. Durante el año calendario 2026 (hasta el 31DIC2026), contado desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato.
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Artículo 32º |
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El adjudicatario deberá cumplir durante la ejecución del contrato con todas las exigencias técnicas, plazo de entrega, servicio post venta, cumplimiento de las obligaciones contractuales; laborales y previsionales con sus trabajadores, si fuera el caso, prestaciones de cualquier clase y a lo dispuesto en el art. 120 del Reglamento respectivo, el adjudicatario deberá estar hábil en el Registro de Proveedores para poder suscribir el contrato definitivo.
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Artículo 33º |
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De las Obligaciones del Adjudicatario. Serán obligaciones del adjudicatario, las que a continuación se indican:
• Dar cumplimiento a todo lo establecido, en el respectivo contrato, en las presentes Bases Administrativas, en los antecedentes Técnicos, Anexos y Aclaraciones, si las hubiere y a su oferta.
• Pagar los salarios, sueldos o emolumentos de cualquier naturaleza a favor de los trabajadores dependientes y subordinados, y de aquellos que estén contratados a honorarios, de cargo exclusivo del adjudicatario al igual que el pago de las imposiciones previsionales que corresponda, debiendo dar cumplimiento íntegro y oportuno a las obligaciones laborales y previsionales, y de seguridad social.
• No podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del suministro por línea licitado, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente e independiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución del suministro por línea licitado, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos suministros.
La responsabilidad del adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El adjudicatario debe dar resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Zona de Bienestar “Valdivia” el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
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Artículo 34° |
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Del Término Anticipado del Contrato. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá poner término anticipado al contrato por línea, mediante resolución fundada, cuando el adjudicatario incurra en incumplimiento total o parcial de lo convenido en el contrato, en las bases administrativas y técnicas, o en los anexos, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Compras Públicas. Adicionalmente, podrá hacer valer las causales que a continuación se indican:
• Las causales establecidas en el artículo N.º 130 y 132 del Reglamento de la Ley N.º 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
• Incumplimiento en el pago de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores.
• En caso de término de giro, liquidación o disolución de la persona o sociedad contratante. En tales eventos tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Zona de Bienestar “Valdivia”, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
• Si el monto acumulado de las multas aplicadas al proveedor fueran superior al 15% del monto del contrato.
• Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato. En este evento, las formas y condiciones del término anticipado se establecerán en el finiquito que se suscriba entre las partes.
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Artículo 35° |
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De la Modificación del Contrato. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá modificar el contrato por línea por las causales establecidas en el artículo13 de la Ley N.°19.886 y el artículo 129 del D.S. N.º 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda que la reglamenta, así como también las partes podrán de común acuerdo modificar el contrato por línea, siempre y cuando no se vulneren los principios deestricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, mediante resolución fundada.
Sin perjuicio de lo anterior, la Zona de Bienestar “Valdivia” podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del proveedor responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados.
Sin perjuicio de lo señalado, el contrato podrá́ experimentar modificaciones por aumento y/o disminución.
Los aumentos efectivos de un contrato no podrán sobrepasar, en conjunto, el 30% del monto total del contrato original. Por su parte, las disminuciones de contrato no podrán superar el 30% del valor total del contrato original. El contratista quedará obligado aceptarlas hasta el porcentaje indicado.
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Artículo 36º |
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El precio de facturación y tramitación a pagos, será el correspondiente a las respectivas órdenes de compra emitidas en la plataforma www.mercadopublico.cl y en estados de “Recepción Conforme”.
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Artículo 37º |
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Plazo para el Pago: Los productos requeridos y que sean recibidos conformes, serán pagados dentro del plazo de 30 días de recibidas las respectivas facturas junto con la orden de compra en estado recepción conforme. La modalidad de pago será la de transferencia electrónica a la cuenta bancaria entregada por el proveedor para tales efectos.
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Artículo 38º |
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El suministro requerido y que sea recibido conforme en un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha de entrega, serán pagados dentro del plazo de 30 días de recibidas las respectivas facturas junto con la orden de compra en estado recepción conforme. Las facturas deben emitirse conforme lo dispuesto en el artículo 55 del Decreto Ley N.°825 de 1974 y acompañada de la siguiente documentación, si fuera el caso:
03 (tres) copias impresas de la factura
03 (tres) copias impresas de la orden de compra
03 (tres) copias impresas del pago de imposiciones previsional y salud
03 (tres) copias impresas de la relación nominal de trabajadores
03 (tres) copias impresas F30
03 (tres) copias impresas F30-1
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Artículo 39º |
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Emisión de Factura: Las facturas electrónicas deberán estar a nombre de BIENESTAR SOCIAL DEL EJÉRCITO, ubicado en calle Condell N.°235 en la ciudad de Valdivia, RUT: 73.923.800-5, e indicar que el giro es “Actividades de Hoteles”.
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Artículo 40º |
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En el evento que exista error entre la orden de compra y factura emitida, será de responsabilidad del contratista entregar las NOTAS DE CRÉDITO o de DÉBITO, dentro de un plazo de 5 días hábiles, trámite que deberá estar cumplido para iniciar el proceso de pago.
Nota: De no acompañarse la totalidad de la documentación solicitada o si a la fecha del pago existen reclamos laborales o deudas previsionales, no se autorizará el pago de la factura, si fuera el caso.
La Zona de Bienestar, no pagará facturas que no se justifiquen con una previa orden de compra emitida por el portal de Mercado Publico y debidamente aceptada a su vez por el proveedor. El incumplimiento de este requisito será motivo para que la Zona de Bienestar, no de curso al pago de dicha factura.
La Entidad requirente dentro del PLAZO DE 8 DÍAS CORRIDOS, podrá rechazar las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme, por la falta total o parcial de la entrega de los productos, bienes o servicios, como así mismo, si éstos no corresponden a requerimiento.
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Artículo 41º |
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De las Multas. La Zona de Bienestar “Valdivia” podrá aplicar una o más de las multas que se indican, según estime conveniente sin perjuicio de los otros derechos que correspondan.
Mediante la siguiente tabla, se indican las causales que harán procedente la aplicación de multas y sus respectivos montos:
Si el atraso en los plazos estipulados para la entrega de los productos supera las 24 horas del total del plazo señalado por el oferente adjudicado. 2 UF por cada día de atraso.
Si el atraso en los plazos estipulados para el servicio de post venta de los productos supera las 24 horas del total del plazo señalado por el oferente adjudicado. 2 UF por cada día de atraso.
Incumplimiento en la entrega de los presupuestos y/o cotizaciones para el suministro por línea requerido. 2 UF por cada día de atraso.
No presentar la resolución sanitaria de transporte de los alimentos al momento de entrega de los productos requeridos por el mandante, conforme al artículo 6to de las Bases Técnicas de esta licitación. 1 UF por cada entrega
El valor de la UF a considerar será su equivalente en pesos al día de incurrir en las faltas que dan lugar a la causal para ser efectiva la multa”.
Se establece como tope máximo, para la aplicación de las multas en todos los casos, el 15% del valor total.
Sanción general, residual y subsidiaria. Para el evento que no se contemple una sanción especial respecto de cualquier otro incumplimiento del adjudicatario a las obligaciones establecidas en las presentes bases de licitación, que entorpezca, ponga en riesgo, demore, o paralice la prestación del suministro licitado, afectando la calidad y/o oportunidad en la prestación de los mismos, se aplicará una multa equivalente a 0,5 UTM por cada caso detectado.
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Artículo 42º |
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Del Procedimiento de cobro de multas. La Zona de Bienestar “Valdivia” notificará al adjudicatario, a través del Portal de Mercado Público – según prescribe el articulo 135 al 140 del Reglamento de Compras Públicas la intención de cobro de multa, informándole sobre los hechos en que aquella se motiva. El proveedor podrá presentar sus descargos a la Zona de Bienestar “Valdivia” dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha en que fue notificado, acompañando todos los antecedentes que sirvan de respaldo.
Vencido el plazo anterior, y no habiendo presentado los descargos el cocontratante, o siendo estos rechazados por la administración, sin perjuicio de los recursos contemplados en la Ley 19.880, se aplicará la multa por medio de una resolución fundada en un plazo de 15 días hábiles, que será notificada a través del Portal de Mercado Público.
Una vez que se resuelva el cobro de la o las multas, el proveedor deberá pagar en la forma que a continuación se indica:
- Mediante vale vista a nombre del Cuartel General de la III División de Montaña, Rut 61.101.012-5 y entregada en las dependencias de las Oficinas de la Zona de Bienestar “Valdivia”,
- Si existiesen pagos pendientes, se descontará del siguiente estado de pago considerando el valor de la UF del día en que se produjo la causal de multa, y si este no fuese suficiente, de los siguientes estados de pago hasta cubrir su valor en forma íntegra, si fuera el caso.
- El pago de la o las multas deberán ser pagados por el adjudicatario en el plazo fatal de 10 (diez) días hábiles, desde que la presente resolución tenga fuerza ejecutoria.
- En caso que no fuere posible deducir la/s multa/s del importe a pagar, la entidad administrativa procederá al cobro de la/s multa/s mediante el procedimiento compulsivo previsto en el Código Tributario.
- El cobro de multa debe ser ingresado a la cuenta corriente del Bancoestado, N.º 72109120406 a nombre del Cuarte General de la III División de Montaña, para posteriormente enviar el comprobante a la Sección Finanzas de la Zona de Bienestar “Valdivia”
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Artículo 43° |
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Fuerza Mayor o Caso Fortuito. El Proveedor no será responsable en caso de demora o tardanza en la ejecución del suministro por línea solicitado debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos como tales por el artículo 45 del Código Civil.
El Proveedor que se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito, notificará, por escrito, a la Zona de Bienestar "Valdivia", dentro de los 5 primeros días corridos de ocurrido el hecho, explicando lo sucedido.
La solicitud de prórroga, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver.
La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla, mediante resolución fundada, a la Zona de Bienestar "Valdivia", en base a los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo de entrega y servicio de post venta de los productos, se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento. En este caso no regirá la aplicación de multas.
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Artículo 44° |
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Unión Temporal de Proveedores. Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, serán solidariamente responsables respecto de todas las obligaciones que se generen con la Zona de Bienestar “Valdivia” y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, en el cual debe individualizar todos quienes compongan la unión temporal, mencionar los representantes legales y rut. Cada proveedor de la unión temporal deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato respectivo.
La vigencia de la unión temporal de proveedores deberá ser considerado hasta el término de contrato.
Estos deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública o privada según correspondaen la cual conste el acuerdo de Constitución de la Unión Temporal de Proveedores. En dicho documento se deberá establecer además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generan con la entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes, esto por tratarse de una licitación igual o superior a 1000 UTM, además de cumplir con lo dispuesto en el artículo 180, 181, 182, 183 y 184 del Reglamento de Compras Públicas.
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Artículo 45° |
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De la Subcontratación. Las partes estipulan expresamente la prohibición para el adjudicatario de celebrar cualquier tipo de actos relacionados con las disposiciones legales de subcontratación, salvo que la Zona de Bienestar “Valdivia” lo autorice expresamente por medio de una resolución fundada, en la cual el proveedor deberá cumplir cabalmente las normas contenidas en la Ley N.° 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios y toda otra normativa que derive de su aplicación.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el párrafo precedente, será causal suficiente para que la Zona de Bienestar “Valdivia” si lo estima procedente, en forma simultánea, dé término anticipado al contrato en forma inmediata, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan, circunstancia que éste declara conocer y que las partes elevan al carácter esencial en el contrato.
El proveedor es el único responsable ante el mandante, de todos los servicios, suministros, trabajos, equipos y accesorios que forman parte de los subcontratos, además con cada factura deberá presentar original de certificado de la inspección del trabajo de los subcontratista que acredite que no tiene deudas laborales ni previsionales para con sus trabajadores, si fuera el caso, en que la Zona de Bienestar “Valdivia” expresamente lo haya autorizado.
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Artículo 46° |
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Cesión y Factoring: En conformidad con el artículo 126 y 127 del Decreto Supremo 661 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley 19.866, se restringe al proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el Contrato definitivo.
El proveedor deberá informar a la Zona de Bienestar “Valdivia" la intención de ceder la cuarta copia de la factura a una empresa de factoring. La información deberá hacerse al momento de la entrega y aprobación correspondiente a la Zona de Bienestar “Valdivia”, mediante documento debidamente firmado por su representante y posteriormente informar a que institución financiera cedió la factura.
La notificación del contrato de factoring se deberá hacer en la Zona de Bienestar “Valdivia”, ubicada en calle Coronel Santiago Bueras N.º1747, comuna de Valdivia, de lunes a viernes entre las 08:30 y las 16:00 horas, cumpliendo lo estipulado en el Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras.
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Artículo 47° |
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La Zona de Bienestar “Valdivia” no tendrá responsabilidad alguna ni respaldará, directa o indirectamente, cualquier gestión que “La Empresa” emprenda con o sin su conocimiento, contraviniendo el contenido esencial de la presente cláusula.
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Artículo 48º |
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Con el objeto de coordinar y controlar en terreno el correcto cumplimiento del contrato, la Zona de Bienestar “Valdivia”, designa al SG1 OSCAR CONEJERO MORALES o quién lo subrogue, los que tendrán al efecto las siguientes facultades y responsabilidades:
a. Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes de la contratación.
b. Fiscalizar el estricto cumplimiento de las obligaciones del prestador y sugerir la aplicación de multas.
c. Revisar, aprobar y tramitar las facturas, considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar.
d. Remitir la factura del prestador contratado a la Zona de Bienestar Valdivia, en un plazo no mayor a 02 hábiles días de recepcionada .
e. Certificar la recepción a entera satisfacción del Zona de Bienestar “Valdivia” de los productos adquiridos.
f. Controlar el fiel cumplimiento de las bases técnicas.
g. En general, desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión que faciliten el cumplimiento del contrato.
El Administrador de Contrato o quien lo subrogue realizará las coordinaciones respectivas y mantendrá informado al personal del CGA, el cual coordinará y controlará administrativamente el correcto cumplimiento del contrato a través de la plataforma www.mercadopúblico.cl.
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Artículo 49° |
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Del Código de Ética de proveedores. De acuerdo a la Directiva N.° 31 de fecha 02FEB2018, se prescribe a los oferentes y/o adjudicatarios, ceñirse a lo preceptuado en ella, dando cumplimiento estricto a lo allí señalado.
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Bases técnicas Artículo 1° |
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Definición del Requerimiento. La Zona de Bienestar “Valdivia” requiere de la contratación del suministro de alimentos perecibles y no perecibles y bebidas alcohólicas y no alcohólicas para la Casa de Huéspedes “Cazadores”, ubicada en calle Condell N.°235, comuna de Valdivia, dependiente de la Zona de Bienestar “Valdivia”
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Bases técnicas Artículo 2° |
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El suministro de alimentos perecibles y no perecibles y bebidas alcohólicas y no alcohólicas, de acuerdo a las especificaciones técnicas, son los que a continuación se indican por línea :
LÍNEA N.°1 ALIMENTOS PERECIBLES Y NO PERECIBLES
ORD PRODUCTOS CON ESPECIFICACIONES CANTIDAD UNIDAD
DE MEDIDA
1. ABASTERO VACUNO NACIONAL 1 KILO
2. ALMENDRAS 1 KILO
3. ACEITE DE OLIVA EXTRA VIRGEN 1 LITRO
4. ACEITE VEGETAL 1 LITRO
5. ACELGA FRESCA 500 GRS 1 PAQUETE
6. ACETO BALSAMICO 500 CC 1 UNIDAD
7. AJI DE COLOR 100 GRS 1 SOBRE
8. AJI PASTA EN BOLSA 1 KILO
9. AJI VERDE FRESCO 1 KILO
10. AJI ROCOTO 1 UNIDAD
11. AJO CABEZA 1 UNIDAD
12. AJO EN POLVO 100 GRS 1 SOBRE
13. ALBAHACA FRESCA 150 GRS 1 PAQUETE
14. ALBAHACA FRESCA 500 GRS 1 PAQUETE
15. ALCAPARRAS 110 GRS 1 FRASCO
16. ALIÑO COMPLETO 100 GRS 1 SOBRE
17. ALITAS DE POLLO 1 KILO
18. ALMEJAS FRESCA 1 KILO
19. ALGA NORI PARA SUSHI 28 GRS 10 UNIDADES 1 PAQUETE
20. ALMEJAS EN CONSERVA 425 GRS 1 TARRO
21. APIO 1 UNIDAD
22. ARÁNDANOS CONGELADOS 400 GRS 1 BOLSA
23. ARROZ GRADO 1 1 KILO
24. ARROZ PARA PAELLA 1 KILO
25. ARVEJAS CONGELADAS 1 KILO
26. ARVEJAS VERDES FRESCAS 1 KILO
27. ASADO DE TIRA VACUNO NACIONAL 1 KILO
28. ASIENTO DE VACUNO NACIONAL 1 KILO
29. ATÚN ROJO CONGELADO 500 GRS 1 PAQUETE
30. ATUN LOMITO 178 GRS 1 TARRO
31. AZAFRAN 0,5 GRS. 1 SOBRE
32. AZÚCAR BLANCA GRANULADA 1 KILO
33. AZUCAR RUBIA GRANULADA 1 KILO
34. AZÚCAR FLOR 500 GRS 1 BOLSA
35. AZÚCAR SACHET 5 grs x 1000 un. 1 CAJA
36. BETARRAGA NATURAL 1 KILO
37. BROCOLI FRESCO 1 KILO
38. CACAO AMARGO 100 GRS 1 SOBRE
39. CAFÉ (170 GRS) 1 TARRO
40. CAFÉ PREMIUN O EQUIVALENTE 1 UNIDAD
41. CAFÉ EN SOBRE (1.8 GRS. X 96 UNIDADES) 1 CAJA
42. CAFÉ DE GRANO MOLIDO EXCELSO 250 GRS. 1 BOLSA
43. CALDO DE GALLINA 12 TABLETAS 1 CAJA
44. CALDO DE VACUNO 12 TABLETAS 1 CAJA
45. CAMARÓN PELADO Y PRECOCIDO 1 KILO
46. CAMARÓN ECUATORIANO 36/40 CON CASCARA 1 KILO
47. CHAMPIÑON CONSERVA 400 GRS 1 TARRO
48. CHAMPIÑON NATURAL ENVASADO 200 GRS 1 UNIDAD
49. CHAMPIÑON FRESCO ENTERO PARIS 1 KILO
50. CANELA EN POLVO 15 GRS 1 SOBRE
51. CANELA ENTERA 15 GRS 1 SOBRE
52. CARNE MOLIDA VACUNO 10% GRASA, 500 GRS 1 BANDEJA
53. CEBOLLAS 1 KILO
54. CEBOLLA MORADA 1 KILO
55. CEBOLLÍN ENTERO 1 KILO
56. CHOCOLATE EN RAMA BLANCO 115 GRS 1 PAQUETE
57. CHOCOLATE EN RAMA NEGRO 115 GRS 1 PAQUETE
58. CHOCOLATE AMARGO 500 GRS 1 PAQUETE
59. COBERTURA DE CHOCOLATE BLANCO 1 KILO
60. CHOCOLATE SAHNE NUSS PRALINÉ 205 GRS. 1 PAQUETE
61. BOMBON PRALINÉ 180 GRS 1 PAQUETE
62. CHOCLO AMERICANO 1 UNIDAD
63. CHOCLO CONGELADO 1 KILO
64. CHOCLO PASTELERA CONGELADA 1 KILO
65. CHOLGAS 425 GRS 1 TARRO
66. CHORITO 425 GRS 1 TARRO
67. CHORIZO PARRILLERO 400 GRS 1 PAQUETE
68. CHORO MALTÓN FRESCO 1 KILO
69. CHUCRUT 200 GRS 1 BOLSA
70. CHULETA VETADA DE CERDO 1 KILO
71. CHUNCHULE 1 KILO
72. CIBULETTE 50 GRS 1 PAQUETE
73. CILANTRO 1 PAQUETE
74. CIRUELAS SIN CAROZO 500 GRS 1 PAQUETE
75. CLAVO DE OLOR EN POLVO 5 GRS 1 SOBRE
76. COMINO 15 GRS 1 SOBRE
77. CONGRIO FILETE CONGELADO 1 KILO
78. CORDERO CONGELADO 1 KILO
79. COSTILLAR DE CERDO 1 KILO
80. CREMA CHANTILLY TUBO 250 GRS 1 UNIDAD
81. CREMA CHANTILLY 1 LITRO
82. CREMA PARA BATIR 1 LITRO
83. CURRY 15 GRS 1 SOBRE
84. CURCUMA MOLIDA 100 GRS 1 PAQUETE
85. DURAZNOS 820 GRS 1 TARRO
86. DURAZNOS NATURAL 1 KILO
87. EMPANADA DE PINO COCTEL 1 DOCENA
88. EMPANADA DE QUESO COCTEL 1 DOCENA
89. EMPANADA QUESO ACEITUNA 1 DOCENA
90. EMPANADA VINERA DE HORNO 1 UNIDAD
91. EMPANADA ESPINACA QUESO 1 DOCENA
92. EMPANADA JAMON QUESO 1 DOCENA
93. ENDULZANTE LIQUIDO STEVIA 350 ML 1 BOTELLA
94. ENDULZANTE SACHET 0.5 grs x1000 un 1 CAJA
95. ENELDO 8 GRS 1 SOBRE
96. ENTRAÑA DE VACUNO PREMIUN 1 KILO
97. ERIZOS 500 GRS 1 POTE
98. ESENCIA DE VAINILLA 250 ML 1 BOTELLA
99. ESPAGUETI N.°5 400 GRS 1 PAQUETE
100. ESPINACA 200 GRS 1 PAQUETE
101. ESTOMAGUILLO VACUNO 1 KILO
102. FETUCCINI N.°88 400 GRS 1 PAQUETE
103. FIDEOS ESPIRALES 400 GRS 1 PAQUETE
104. FRAMBUESAS 250 GRS 1 PAQUETE
105. FRUTA CUPS DE FRUTAS EN CUBO 133 GRS 1 UNIDAD
106. FRUTILLAS 1 KILO
107. GALLETON DE AVENA 40 GRS 1 UNIDAD
108. GALLETAS VARIEDADES 1 UNIDAD
109. GELATINA 100 GRS 1 SOBRE
110. GELATINA SIN SABOR (30 GRS) 1 CAJA
111. HAMBURGUESA 100 GRS 1 UNIDAD
112. HARINA CON POLVO DE HORNEAR 1 KILO
113. HARINA SIN POLVO DE HORNEAR 1 KILO
114. HELADO (170 GRS. X 12 UNIDADES) 1 CAJA
115. HELADO POSTRE VIENETTA 1 LT 1 CAJA
116. HIERBA BUENA 30 GRS 1 BOLSA
117. HUESILLOS MOTERO 1 KILO
118. HUEVOS GRANDES BLANCOS 30 UNIDADES 1 BANDEJA
119. JAIBA CARNE DESMENUZADA 1 KILO
120. JENGIBRE 120 GRS 1 POTE
121. PINZAS DE JAIBA CONGELADA 250 GRS 1 PAQUETE
122. JAMÓN PIERNA LAMINADO (200 GRS) 1 PAQUETE
123. JAMÓN ACARAMELADO GRANEL 250 GRS 1 PAQUETE
124. JAMÓN SERRANO LAMINADO (100 GRS) 1 PAQUETE
125. KETCHUP 900 GRS 1 PAQUETE
126. KIWI 1 KILO
127. LANGOSTINO 1 KILO
128. LAUREL DE COCINA 5 GRS 1 PAQUETE
129. LAZAÑA 400 GRS 1 CAJA
130. LECHE CONDENSADA (397 GRS) 1 TARRO
131. LECHE DESCREMADA 1 LITRO
132. LECHE EVAPORADA (400 GRS) 1 TARRO
133. LECHE INDIVIDUAL ENTERA (200 ML) 1 CAJA
134. LECHE LIQUIDA ENTERA 1 LITRO
135. LECHUGA ESCAROLA 1 UNIDAD
136. LECHUGA HIDROPONICA 1 UNIDAD
137. LECHUGA FRESCA MARINA 1 UNIDAD
138. LECHUGA CRESPA 1 UNIDAD
139. LEVADURA SECA (250 GRS) 1 UNIDAD
140. LIMONES 1 KILO
141. LIMÓN DE PICA 1 KILO
142. LOCOS FRESCOS 1 KILO
143. LOMO DE CERDO 1 KILO
144. LOMO LISO VACUNO 1 KILO
145. LOMO VETADO VACUNO 1 KILO
146. LONGANIZA AHUMADA 1 KILO
147. MAIZENA 250 GRS 1 CAJA
148. MALAYA DE CERDO 1 KILO
149. MANDARINAS 1 KILO
150. MANJAR (SACHET 20 GRS.X 120 UNID) 1 CAJA
151. MANJAR 1 KILO
152. MANTECA 200 GRS PANADERA 1 UNIDAD
153. MANTEQUILLA (SACHET 10 GRS X 200 UNID.) 1 CAJA
154. MANTEQUILLA (250 GRS) 1 UNIDAD
155. MANTEQUILLA DE MANI 510 GRS 1 UNIDAD
156. MANZANAS 1 KILO
157. MAYONESA AMERICANA 789 GRS. 1 UNIDAD
158. MAYONESA 900 ML 1 UNIDAD
159. MELÓN CALAMEÑO 1 UNIDAD
160. MELÓN TUNA 1 UNIDAD
161. MENTA FRESCA 30 GRS 1 PAQUETE
162. MERLUZA 1 KILO
163. MIEL DE ABEJA 1 KILO
164. MORTADELA JAMONADA 1 KILO
165. MOSTAZA 900 GRS 1 UNIDAD
166. MOSTAZA DIJÓN 370 GRS 1 UNIDAD
167. NARANJAS 1 KILO
168. NUGGET DE POLLO 1 KILO
169. NUEZ MOSCADA 5 GRS 1 SOBRE
170. NUECES 1 KILO
171. ÑOQUIS 1 KILO
172. OREGANO 50 GRS 1 SOBRE
173. OSOBUCO DE VACUNO 1 KILO
174. OSTIONES CONGELADOS EN CORAL DE 12 UND. 1 BOLSA
175. OSTIONES CONGELADOS SIN CORAL 1 KILO
176. PALMITOS CONSERVA ENTERO 400 GRS 1 TARRO
177. PALMITOS EN RODAJAS 400 GRS 1 TARRO
178. PALTA HASS 1 KILO
179. PAN DE HAMBUERGUESA XL 660 GRS 1 BOLSA
180. PAN DE HAMBUERGUESA 8 UNIDADES 1 BOLSA
181. PAN DE HOT DOG 8 UNID. 480 GRS 1 BOLSA
182. PAN HOT DOG XL 6 UNIDADES 528 GRS 1 BOLSA
183. PAN PARA TAPADITOS 1 KILO
184. PAN DE PASCUA CON FRUTAS CONFITADAS 1 KILO
185. PAN DE PASCUA SIN FRUTAS CONFITADAS 1 KILO
186. PAN AMASADO 1 KILO
187. PAN DE MOLDE BLANCO XL 1 BOLSA
188. PAN RALLADO 250 GRS 1 BOLSA
189. PAPAS NATURAL 1 KILO
190. PAPAS DUQUESAS 1 KILO
191. PAPAS PREFRITAS 1 KILO
192. PAPAS FRITAS BOLSA 230 GRS 1 UNIDAD
193. PAPRIKA 100 GRS 1 SOBRE
194. PECHUGA DE POLLO 1 KILO
195. PEPINO ENSALADA 1 UNIDAD
196. PEPINILLOS ENTEROS MOSTAZA Y ESPECIAS 1 KILO
197. PEPINILLOS AGRIDULCE 200 GRS 1 PAQUETE
198. PERAS 1 KILO
199. PEREJÍL 1 PAQUETE
200. PERNIL DE CERDO 1 KILO
201. PIMENTÓN FRESCO AMARILLO 1 UNIDAD
202. PIMENTÓN FRESCO ROJO 1 UNIDAD
203. PIMENTÓN FRESCO VERDE 1 UNIDAD
204. PIMIENTA BLANCA (15 GRS) 1 SOBRE
205. PIMIENTA NEGRA (15 GRS) 1 SOBRE
206. PIÑA NATURAL 1 UNIDAD
207. PIURE MARISCO 500 GRS 1 PAQUETE
208. PLATANOS 1 KILO
209. PLATEADA DE VACUNO 1 KILO
210. POLVO DE HORNEAR 200 GRS 1 TARRO
211. POROTOS VERDES NATURAL 1 KILO
212. POROTOS VERDES CONGELADOS 1 KILO
213. POSTA NEGRA VACUNO DESGRASADA 1 KILO
214. PRIETAS 400 GRS 1 PAQUETE
215. PRIMAVERA CONGELADA 500 GRS 1 BOLSA
216. PUERRO FRESCO ATADO 1 KILO
217. PULPA CERDO PIERNA DESHUESADA 1 KILO
218. PULPO 1 KILO
219. PULPA DE MARACUYA RIO ALTO O SIMILAR 1 KILO
220. PULPA DE FRAMBUEZA RIO ALTO O SIMILAR 1 KILO
221. PULPA DE FRUTILLA RIO ALTO O SIMILAR 1 KILO
222. PULPA DE MELÓN RIO ALTO O SIMILAR 1 KILO
223. PULPA DE MANGO RIO ALTO O SIMILAR 1 KILO
224. PUNTA DE GANSO VACUNO PREMIUN 1 KILO
225. QUESILLO FRESCO (320 GRS) 1 UNIDAD
226. QUESO CREMA 100 GRS 1 UNIDAD
227. QUESO LAMINADO (60 LAMINAS) 1 KILO
228. QUESO PHILADELPHIA 180 GRS 1 PAQUETE
229. QUESO RALLADO PARMESANO 80 GRS 1 SOBRE
230. QUESO TROZO MANTECOSO 1 KILO
231. REINETA 1 KILO
232. RÚCULA 100 GRA 1 PAQUETE
233. ROCOTO 1 KILO
234. ROMERO 10 GRS 1 SOBRE
235. SACARINA (500 TABLETAS) 1 UNIDAD
236. SAL FINA DE MESA 1 KILO
237. SALAME LAMINADO 250 GRS 1 PAQUETE
238. SALCHICHAS DE AVE 20 UNIDADES 1 PAQUETE
239. SALCHICHAS DE CERDO 20 UNIDADES 1 PAQUETE
240. SALMÓN FILETE CONGELADO 1 KILO
241. SALSA DE FRAMBUEZA 280 GRS 1 BOTELLA
242. SALSA DE TOMATE 200 GRS 1 PAQUETE
243. SALSA SOJA 1 LITRO
244. SALSA BARBECUE 280 GRS 1 BOTELLA
245. SANDIA 1 UNIDAD
246. SESAMO 100 GRS 1 PAQUETE
247. SOBRECOSTILLA VACUNO SIN HUESO 1 KILO
248. SUCEDANEO DE CHOCOLATE (28 GRS. X 120 SACHET) 1 CAJA
249. SUCEDANEO DE LIMÓN 1 LITRO
250. TÉ BOLSITA CEYLAN PREMIUM (100 UNIDADES) 1 CAJA
251. TÉ DE HIERBAS CEYLAN 6 SABORES (75 UNIDADES) 1 CAJA
252. TILAPIA 1 KILO
253. TOMATE CHERRY 500 GRS 1 PAQUETE
254. TOMATES LARGA VIDA 1 KILO
255. TOMILLO 7 GRS 1 SOBRE
256. TORTILLAS MEXICANAS PANCHO VILLA 280 GRS 1 UNIDAD
257. TRIGO MOTE 1 KILO
258. TRUCHA FILETE 1 KILO
259. TRUTRO DE POLLO 1 KILO
260. UVAS SIN PEPA ROSADA 1 KILO
261. VINAGRE DE VINO 500CC 1 BOTELLA
262. VINAGRE DE MANZANA 500CC 1 BOTELLA
263. YOGURT CON CEREAL 140 GRS 1 UNIDAD
264. YOGURT NATURAL 125 GRS 1 UNIDAD
265. ZANAHORIAS 1 KILO
266. ZAPALLO CAMOTE 1 KILO
267. ZAPALLO ITALIANO 1 UNIDAD
268. ZAPALLO FRESCO PROCESADO ITALIANO JULIANA 1 KILO
269. ACEITUNAS RELLENAS 330 GRS 1 UNIDAD
270. TABLAS DE QUESOS 1 UNIDAD
271. HARINA TODO USO DOMESTICO 20 KILOS 1 UNIDAD
272. FRUTOS SECOS NUTS Y FRUTA 80 GRS 1 UNIDAD
273. MERMELADA SACHET MORA 20 GRS. X 192 UNIDADES 1 CAJA
274. MERMELADA SACHET FRUTILLA 20 GRS X 192 UNIDADES 1 CAJA
275. QUESO DE CABRA 200 GRS. 1 UNIDAD
276. POROTOS BLANCOS 1 KILO
277. POROTOS BURRO 1 KILO
278. POROTOS TORTOLA 1 KILO
279. POROTOS HALLADO 1 KILO
280. LENTEJAS 1 KILO
281. GARBANZOS 1 KILO
282. ARVEJAS 1 KILO
283. PAN AMASADO FRESCO 1 KILO 1 KILO
284. QUESO MANTECOSO LAMINADO 8 LAMINAS 160 GRS. 1 PAQUETE
285. JAMÓN PIERNA CERDO ACARAMELADO 3 KILOS 1 PIEZA
286. JAMÓN DE PAVO ACARAMELADO 4 KILOS 1 PIEZA
LÍNEA N.°2 BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y NO ALCOHÓLICAS
ORD PRODUCTOS CON ESPECIFICACIONES CANTIDAD UNIDAD
DE MEDIDA
1. AGUA MINERAL CON GAS 1.5 LTS 1 PACK DE 6 UNIDADES
2. AGUA MINERAL CON GAS 500 CC 1 PACK DE 12 UNIDADES
3. AGUA MINERAL SIN GAS 1.5 LTS 1 PACK DE 6 UNIDADES
4. AGUA MINERAL SIN GAS 500 CC 1 PACK DE 12 UNIDADES
5. BEBIDA HIDRATANTE DE 1000 CC 1 BOTELLA
6. BEBIDAS DE FANTASÍA DE 1.5 LTS DIFERENTES VARIEDADES 1 PACK DE 6 UNIDADES
7. BEBIDAS DE FANTASÍA DE 3 LTS DIFERENTES VARIEDADES 1 PACK DE 6
UNIDADES
8. BEBIDAS LATA CERO AZUCAR 350 CC COCA COLA O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD 1 PACK DE 6 UNIDADES
9. BEBIDAS LATA LIGTH 350 CC COCA COLA O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD 1 PACK DE 6 UNIDADES
10. BEBIDAS LATA SPRITE 350 CC O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD 1 PACK DE 6 UNIDADES
11. BEBIDAS LATA FANTA 350 CC O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD 1 PACK DE 6 UNIDADES
12. CERVEZA BOTELLA 330 CC TOROBAYO O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD 1 PACK DE 4 UNIDADES
13. CERVEZA BOTELLA CUELLO NEGRO 330 CC O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD 1 PACK DE 4 UNIDADES
14. CERVEZA SIN ALCOHOL 1 PACK DE 6 UNIDADES
15. ESPUMANTE BRUT DE 750 CC 1 BOTELLA
16. ESPUMANTE MOSCATO DE 750 CC 1 BOTELLA
17. ESPUMANTE DEMI SEC DE 750 CC 1 BOTELLA
18. JARABE DE GOMA 900 CC 1 BOTELLA
19. HIELO PURIFICADO CUBOS (2 KILO) 1 BOLSA
20. MANGO SOUR DE 700 CC 1 BOTELLA
21. PISCO 40° RESERVADO DE 750 CC 1 BOTELLA
22. PISCO SOUR DE 1000 CC 1 BOTELLA
23. RON ANEJADO 40° DE 750 CC 1 BOTELLA
24. VINO TINTO BOTELLÓN DE 1.5 LTS 1 BOTELLA
25. VINO BLANCO BOTELLÓN DE 1.5 LTS 1 BOTELLA
26. VINO BLANCO RESERVA DE 750 CC 1 BOTELLA
27. VINO TINTO RESERVA DE 750 CC 1 BOTELLA
28. WHISKY ETIQUETA ROJA DE 750 CC 1 BOTELLA
29. WHISKY ETIQUETA NEGRA DE 750 CC 1 BOTELLA
30. CERVEZA AMBAR CUELLO NEGRO, O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD DE 30 LTS 1 BARRIL
31. CERVEZA TOROBAYO O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD DE 30 LTS 1 BARRIL
32. JUGO EN CAJA CON TAPA ROSCA 330 ML COLUN O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD 1 UNIDAD
33. JUGO EN BOTELLA 1.5 LTS. WATTS O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD 1 PACK DE 6 UNIDADES
34. ENERGETICA 473 CC 1 UNIDAD
35. CERVEZA LEMÓN 350 CC 1 PACK DE 6 UNIDADES
36. CERVEZA MARACUYÁ 350 CC 1 PACK DE 6 UNIDADES
37. RAMAZZOTTI ROSATO 700 ML 1 UNIDAD
38. APEROL 750 ML 1 UNIDAD
39. JAGERMEISTER 750 ML 1 UNIDAD
40. FERNET 750 ML 1 UNIDAD
41. VODKA 750 ML 1 UNIDAD
42. GIN 750 ML 1 UNIDAD
43. ESPUMANTE BRUT 187 CC 1 UNIDAD
44. ESPUMANTE MOSCATO 187 CC 1 UNIDAD
45. ESPUMANTE DEMI SEC 187 CC 1 UNIDAD
46. VINO TINTO 187 ML VARIETAL 1 UNIDAD
47. VINO BLANCO 187 ML VARIETAL 1 UNIDAD
48. COLA DE MONO 700 ML 1 UNIDAD
49. AMARETTO 750 CC 1 UNIDAD
50. CHICHA DE UVA 1 LITRO
51. CERVEZA AUSTRAL 330 CC O EQUIVALENTE DE IGUAL O SUPERIOR CALIDAD 1 PACK DE 4 UNIDADES
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Bases técnicas Artículo 3° |
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El suministro de frutas y verduras frescas se deberá entregar según previa coordinación con el encargado de la dependencia.
Los alimentos perecibles y no perecibles que tengan fecha de vencimiento, NO debe ser inferior a 30 días.
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Bases técnicas Artículo 4° |
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Plazo de Entrega y Servicio Post-Venta. El oferente deberá indicar el plazo de entrega de los productos, que se contará desde la aceptación de la orden de compra. La aceptación de la orden de compra se efectuará dentro el plazo de 02 (dos) días hábiles contados desde la fecha de notificación de ésta al proveedor.
El oferente deberá indicar el plazo del Servicio de Post-Venta para la reposición de un producto que no cumpla con las especificaciones técnicas, que se contará desde la solicitud escrita de la reposición.
Si el oferente indica que el plazo de entrega y del servicio post-venta es superior a 96 horas, o no hace mención del mismo, la Zona de Bienestar declarará la inadmisibilidad la oferta mediante un acto administrativo, fundado en que no se cumplieron los requisitos mínimos para ofertar.
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Bases técnicas Artículo 5° |
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La oferta económica que se presente para cada línea debe contener el precio de todos los productos que se indican en el Anexo N.°5, sin errores en los cálculos y en las sumas aritméticas de cada una de las partidas, así como también sin presentar equívocos en la glosa de los productos, en la unidad de medida, ni en las cantidades. Los productos ofertados corresponderán al listado detallado en el Articulo N.°2 de las bases técnicas o un producto similar en calidad y contenido empaquetado debidamente descrito para ser evaluado. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible. No se debe incluir el precio de flete de los productos, ya que estos deberán ser costeados por el oferente.
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Bases técnicas Artículo 6° |
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Será responsabildad del proveedor el correcto traslado y manipulación de alimentos antes de ser entregados, manteniendo la cadena y frío según corresponda, empaquetado y rotulado de productos, los alimentos que no se encuentren en la temperatura de refrigeración adecuada para su transporte, no serán recibidos al momento de su control en la recepción de productos, tampoco los productos que presenten alteración en su empaque y rotulado o que hayan perdido sus características organolépticas, los cuales no serán recibidos por el mandante, quedando en condición de ser reemplazados por otro producto que cumpla con los estándares de calidad.
Adicionalmente, deberá presentar el proveedor, en cada entrega de productos requeridos por el mandante, la Resolución Sanitaria de Transporte de Alimentos otorgado por la Autoridad Sanitaria (vigente), indicando las características del o los vehículos empleados para traslado y entrega de productos, ejemplo: tipo de vehículo, PPU del vehículo, conductor, equipo de frío disponible (set fotográfico), control de temperatura etc., procedimientos de manipulación de alimentos de responsabilidad por el repartidor y/o conductor del vehículo.
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Bases técnicas Artículo 7° |
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El proveedor adjudicado solo deberá suministrar los productos por línea indicados en el Art 2° de las Bases Técnicas y respetando los valores y características técnicas de los productos ofertados en el Anexo Económico N.°5.
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Bases técnicas Artículo 8° |
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Elaboración de las cotizaciones. Es una obligación del proveedor elaborar los presupuestos y/o cotizaciones por cada uno de los productos que la Zona de Bienestar “Valdivia” solicite. El plazo para dar cumplimiento a esta obligación es de 2 días hábiles contados desde la fecha que la Zona de Bienestar “Valdivia” requiera uno o más productos licitados.
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