Licitación ID: 845-5-LP26
SERVICIO DE ALARMAS EN COMODATO JUNJI REGION TARAPACÁ
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 36
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Sistemas de alarma 1 Unidad
Cod: 46171604
SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS, CON INSTALACIÓN, REPOSICIÓN Y MANTENCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN COMODATO PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ALARMAS EN COMODATO JUNJI REGION TARAPACÁ
Estado:
Cerrada
Descripción:
El objeto de la presente licitación es la contratación de SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS, CON INSTALACIÓN, REPOSICIÓN Y MANTENCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN COMODATO PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ. El mandante de esta licitación pública es la Dirección Regional de Tarapacá de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio para todos los efectos legales de esta convocatoria es calle Wilson N° 243, comuna de Iquique, Región de Tarapacá. Este proceso de Licitación se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.clhttp://www.mercadopublico.cl/, de acuerdo con lo establecido en la Ley N.º 19.886, sobre la materia y su Reglamento, según condiciones, normas y políticas del uso del portal.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Junji - I Región - Iquique
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
ERRAZURIZ N° 1366
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-03-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 23-02-2026 11:35:00
Fecha inicio de preguntas: 23-02-2026 15:30:00
Fecha final de preguntas: 03-03-2026 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-03-2026 15:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-03-2026 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-03-2026 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 31-03-2026 21:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA DE CARACTER OBLIGATORIO DE ACUERDO AL SIGUIENTE ORDEN 1.-Central Logística, ubicado en Calle Bernardino Guerra N°2129 2.-JI Guayabito, ubicado en Avda. Salvador Allende N°1870 3.-JI Pececito, ubicado en calle Concordia 2240: 02-03-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS OBLIGATORIOS
2.- RES EX 15-64 DE FECHA 20-02-2026 APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y SUS RESPECTIVOS ANEXOS, PARA CONTRATAR “SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS, CON INSTALACIÓN, REPOSICIÓN Y MANTENCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN COMODATO PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ” Y AUTORIZA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA A TRAVÉS DEL SITIO [HTTP://WWW.MERCADOPUBLICO.CL].
3.- 9. ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS, ANEXOS Y DEL REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD (ANEXO N°3) Las presentes bases administrativas, las bases técnicas, anexos y el reglamento de higiene y seguridad de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes desde el momento de su notificación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el Anexo N°3, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases Administrativas, técnicas y Anexos, aceptarlas, y tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
4.- 10.1 Requisito Formal: Declaración Jurada Simple de Habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo N°1). Podrán ofertar con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que se encuentren inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Registro de Proveedores) y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. Requisitos mínimos para ofertar: a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la ley 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. c) No haber sido condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. d) No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. e) No ser y/o haber sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive). f) No integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad). g) No ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales. h) No ser una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales. i) No ser una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales. j) No ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriba una declaración jurada simple (Anexo N°1) firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tales circunstancias. Sin perjuicio de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
5.- 10.2 Confidencialidad (Anexo N°2). A fin de resguardar la información proveniente de cada una de las unidades educativas, de la ejecución de todas las actividades necesarias para llevar a cabo el objeto de esta licitación, se declara sujetos a confidencialidad los referidos antecedentes, de manera que ni el CONTRATISTA, ni las personas que se desempeñen en su nombre con ocasión de la presente licitación, podrán difundir ni comentar los contenidos del proyecto que desarrollará. Para estos efectos el/las representantes legales de los oferentes manifestarán, mediante Anexo 2, su conformidad con estas obligaciones de confidencialidad.
6.- 10.3 Identificación del Oferente (Anexo N°4.a). Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según Anexo N°4.a, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl], al momento de ingresar su oferta. Se requiere que la empresa tenga representante legal en chile y facture en el país. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, que hayan ingresado la documentación al portal [https://www.mercadopublico.cl].
7.- 10.4 Unión temporal de proveedores (Anexo N°4.b). En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Capítulo XIII Párrafo 2 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. La Unión Temporal de Proveedores estará conformada por una o más empresas de menor tamaño. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar de acuerdo con lo prescrito por el Artículo 51 de la Ley N°19.886. La Unión Temporal de Proveedores se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las ofertas, la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes: • Presentar instrumento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar como Unión Temporal de Proveedores, en conformidad al artículo 52 de la Ley N°19.886 • Suscribir el Anexo N°4-b, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. • Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo N°3), Declaración Jurada Simple de Habilidad para ofertar con la Administración del Estado (Anexo N°1), y la Identificación del Oferente (Anexo N°4-b). • Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. • Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores • La oferta presentada por la unión compuesta por proveedores que no correspondan a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. Las causales de inhabilidad del Registro de Proveedores establecidas en la ley y en el artículo 154 del decreto 661 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. Según lo establecido en el Artículo 182 del decreto 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de Proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: a. La formalización de la Unión Temporal de Proveedores deberá realizarse por escritura pública (iguales o mayores a 1.000 UTM) o por instrumento público o privado (menores a 1.000 UTM) la que deberá acompañarse para la firma del contrato. b. La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. c. Cada uno de los ofertes integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en las bases de licitación, sobre requisitos para contratar. d. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N°4-b de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
8.- 10.5 Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la Junji (Anexo N°7). El oferente adjudicado deberá realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N°7, en la cual declaren conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en portal de transparencia activa (http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/institucional/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a la eventual vulneración de aquellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
9.- 10.6 Reglamento JUNJI de higiene y seguridad. Los participantes deben presentar el Anexo N°3 que señala la aceptación del Reglamento JUNJI de Higiene y Seguridad, aprobado por la Resolución Exenta N°015/1087 de fecha 31 de diciembre de 2024, que “Deja sin efecto resolución N°015/062, de 19 de enero de 2024, de la vicepresidencia ejecutiva de esta junta nacional de jardines infantiles, y aprueba nuevo reglamento interno de higiene y seguridad de este servicio, en los términos que indica”. Adjuntar, comprobante Oficial de recepción de Reglamento especial para empresa contratista y subcontratista de la JUNJI (Anexo N°11) que se encuentra en la Resolución Exenta N°015/195 de 28 de abril de 2021 que deja sin efecto Resolución Exenta N°015/00418, de 29 de junio de 2016, que aprueba el Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
10.- 10.7 Subcontrataciones. En caso de que, para el cumplimiento de la presente licitación, el oferente requiera subcontratar a otra empresa, deberá proporcionar los antecedentes que la identifique y de acuerdo con el artículo 128 del Decreto 661 que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886, la que deberá ser autorizada por la JUNJI previa a su contratación, pudiendo aprobarla o rechazarla en base a sus características técnicas, las que deberán ser similares a la empresa adjudicataria del contrato. Así mismo, deberá indicar que parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada. No será admisible la subcontratación en los siguientes casos: a) Si el contratista a contratar carece de la capacidad o idoneidad para los servicios requeridos. b) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato. c) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores. d) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras. El proveedor principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior. El contratista será el único responsable ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles del cumplimiento de los servicios de la presente licitación. En todo caso, el contratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios o de plazos. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente a un subcontratista. La JUNJI no intervendrá en forma alguna si existiere alguna diferencia, reclamo y/u otros entre el oferente y sus proveedores, por lo que éstos no podrán reclamar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles deudas no cumplidas por el oferente, situación que debe ser expresamente estipulada en los contratos o documentos que celebre o suscriba el oferente con terceros. Asimismo, el contratista se obliga a informar en forma previa y oportunamente por escrito a la JUNJI si hace cesión de créditos o facturas o usa factoring. La JUNJI solo estará obligada a cumplir con lo establecido en los respectivos contratos siempre que se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existieren obligaciones o multas pendientes del Contratista. Si durante la vigencia del contrato fuere necesario efectuar subcontrataciones, el contratista deberá informar previamente a la JUNJI mediante carta certificada, remitida a la dirección ubicada en Wilson 243, comuna de Iquique. Para experiencia bajo la figura de subcontratación, se deberá adjuntar el contrato, orden de trabajo o certificado emitido por la empresa contratante, la que deberá estar debidamente respaldada por la factura correspondiente. Esta documentación deberá presentar la descripción de los trabajos realizados, así como indicar claramente monto contratado de la experiencia presentada.
Documentos Técnicos
1.- 10.9 Oferta Técnica. Los oferentes interesados deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, los anexos en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible con el sistema Microsoft, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio ofertado, la que como mínimo debe considerar lo requerido en las Bases Técnicas elaboradas por la JUNJI e incorporadas a la presente Resolución. Asimismo, el oferente deberá incluir los siguientes antecedentes: • Tarjeta de Identificación o Credencial vigente del Instalador Técnico otorgado por autoridad fiscalizadora de O.S.10. • La empresa oferente que preste servicio en seguridad privada en Recursos Técnicos deberá presentar Certificación vigente otorgada por autoridad fiscalizadora O.S.10 que la acredite como de Recursos Técnicos. • Deberá adjuntar las Fichas Técnicas de los productos que especifiquen las características de los elementos ofertados, los que deben cumplir con lo señalado en las especificaciones técnicas. • Indicar el plazo de instalación de los equipos, el que no debe ser mayor a 15 días corridos, contados desde la notificación de la orden de compra. • Anexo 6-A deberá ingresar especificaciones técnicas y fotografía real de los equipos instalados, plazo de reposición, plazo de instalación en todas las unidades educativas requeridas y garantía post instalación. • Además, debe ingresar Los siguientes Servicios Adicionales sin costo para JUNJI: a) Entrega de reporte mensual, en formato drive u otro similar b) Revisión semestral de los equipos • Al indicar la Factibilidad Técnica, deberá adjuntar el Anexo N°6-B, formato entregado por JUNJI, indicando cobertura de los servicios. • Experiencia del oferente (Anexo N°6-C). Para acreditar este ítem los oferentes deberán adjuntar a su oferta el Anexo N°7 que indique los contratos realizados en los últimos 5 años, indicando nombre del contratante, nombre del contacto, teléfonos(s) de verificación, tipo de contrato, monto de contrato con IVA, fecha de inicio y término del contrato, y documento/s de verificación que acompaña. Deberá validar esta información con Recepciones Conforme y/o Certificados extendidas por los mandantes respectivos (timbradas y firmadas), órdenes de compra (en estado recepción conforme), contratos o facturas. • Será responsabilidad de los oferentes proporcionar todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas.
 
2.- 10.11 Visita a Terreno. La visita a terreno se realizará en las fechas que se indiquen en el sistema www.mercadopublico.cl y en conformidad con el cronograma definido en el Punto N°6 de las presentes Bases Administrativas. Dicha visita tendrá el carácter de obligatoria, y será certificada en el Acta de Visita a Terreno, levantada por un funcionario JUNJI, en la cual el oferente deberá estampar: Razón Social y Rut de la empresa, nombre del visitante, RUT y firma. Las consultas que se realicen en la visita a terreno deberán ser canalizadas en el proceso de preguntas y respuestas, a través de portal www.mercadopublico; cualquier observación que se realice en esta visita y que no quede plasmada en el proceso de preguntas y respuestas no se considerará válida. Se tomará una espera de 15 minutos máximos en la hora el día acordado en la plataforma, dejando constancia en el acta, que se levantará al efecto. La visita a terreno se hará de acuerdo con el siguiente orden: 1.-Central Logística, ubicado en Calle Bernardino Guerra N°2129 2.-JI Guayabito, ubicado en Avda. Salvador Allende N°1870 3.-JI Pececito, ubicado en calle Concordia 2240 Las personas que se presenten en la visita deberán considerar todas las medidas necesarias para la obtención de la información que deben tener en cuenta al momento de cuantificar y calcular el servicio solicitado, con el objeto de realizar correctamente sus ofertas en el proceso de licitación pública. Esto en relación con que no se realizará una segunda visita a terreno. Los representantes de las empresas proponentes deberán estar provistos a su costo de la vestimenta y equipo adecuado para su protección personal. En caso de incumplimiento de lo señalado en este numeral, la oferta presentada será descartada en la apertura de antecedentes administrativos.
 
3.- 10.12 Programa de Integridad (ANEXO N°9). Los oferentes interesados, deberán adjuntar el Anexo N°9 denominado “Programa de Integridad”, en donde deberán indicar si cuenta con un programa de integridad que haya sido dado a conocer a su personal y, en su caso, acreditar que dispone de herramientas relacionadas al cumplimiento de un programa de integridad, el cual fue dado a conocer al personal de la empresa. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. En caso de que los oferentes no presenten el Anexo N°9, se le asignará puntaje 0 en el criterio de evaluación “Programa de Integridad”.
 
4.- 10.10 Política Sustentable. Inclusión laboral por discapacidad. El oferente deberá declarar en Anexo N°8 si cuenta con trabajadores bajo su dependencia con discapacidad, para efectos de verificar este factor, el oferente deberá adjuntar documento que acredite la inscripción del trabajador o prestador en el registro nacional de la discapacidad o certificación COMPIN o comprobante de haber iniciado el último trámite.
 
5.- PLANIMETRÍA JARDINES INFANTILES
 
Documentos Económicos
1.- 10.8 Oferta Económica (ANEXO N°5). Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el sitio [http://www.mercadopublico.cl] en forma digital, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicadas en el cronograma respectivo y en el sistema de información Mercado Público. La vigencia de esta oferta debe ser de, al menos, 60 días hábiles posteriores al cierre de recepción de ofertas en el citado sistema. El valor que los interesados deben ingresar al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] debe ser igual a $1 (un peso) y es el Anexo N°5 “Oferta Económica” el que se evaluará sumando los valores de cada ítem cotizado. El oferente deberá completar su Oferta Económica de acuerdo con lo solicitado en el Anexo N°5, si se adjunta de forma incompleta o no esté conforme a lo solicitado, su propuesta quedará inadmisible. De existir error en el respectivo anexo económico, éste podrá ser corregido de conformidad a las reglas que establecen las propias bases administrativas. No obstante, lo anterior, cualquiera sea el error detectado, una vez cerrada la recepción de ofertas, el valor final de la oferta no puede ser modificado, alterado, ni corregido, pues implica una afectación al principio de igualdad de los oferentes que traerá como consecuencia será declarado Inadmisible. El oferente deberá completar y entregar un presupuesto detallado, de acuerdo con el itemizado del Anexo N°5, valorizando y manteniendo todas y cada una de las partidas que figuren en éste, sin agregar ni restar partidas. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos y costos para ejecutar este servicio, de acuerdo con los siguientes requerimientos: a.- Servicio de Monitoreo de Alarmas: • Monitoreo en central de alarmas del proveedor • Activación de alarma con aviso inmediato a personal del establecimiento y Carabineros Alpha III • Seguridad de accesos que presentan mayor vulnerabilidad • Instalación, configuración y soporte en caso de fallo b.- Instalación de Artefactos de Seguridad para 26 establecimientos de acuerdo con lo solicitado en Anexo N°6: Instalación de Kit Básico: ITEM DESCRIPCIÓN 1.1 Placa disuasiva 1.2 Central de mando 1.3 Teclado de control 1.4 Sensor de movimiento 1.6 Sirena con baliza 1.7 Botón de pánico 1.8 Contacto magnético 1.9 Monitor 1.10 DVR c.- Mantención de los artefactos de seguridad: Se debe considerar servicio de mantención y reposición de los elementos sin costo adicional para la JUNJI, durante la vigencia del contrato, siempre y cuando no sea responsabilidad de mal uso por parte de la institución, el deterioro de estos. Se requiere que el oferente provea de un servicio de mantención general, tanto en el ámbito preventivo como en el correctivo (reposición o reparación cuando un componente falla). En este sentido se solicita al oferente: Presentar su plan de mantención preventiva a todo el sistema (elementos y componentes del sistema de alarmas), que permita conocer el estado de funcionamiento de todos y cada uno de los elementos que componen el servicio de monitoreo de alarmas y equipos relacionados, y que ejecuten las mejoras que sean necesarias para su óptimo funcionamiento. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento. El proveedor será el único responsable de la evaluación y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio ofertado, debiendo considerar la modalidad de la contratación conforme a las especificaciones entregadas en las respectivas especificaciones técnicas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA TECNICA SEGÚN ITEM 2 DEL PUNTO 16 CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN AUTORIZADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°15-64 DE FECHA 20-02-2026 50%
2 EVALUACIÓN USTENTABLE SEGÚN ITEM 3 DEL PUNTO 16 CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN AUTORIZADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°15-64 DE FECHA 20-02-2026 7%
3 OFERTA ECONOMICA SEGÚN ITEM 1 DEL PUNTO 16 CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN AUTORIZADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°15-64 DE FECHA 20-02-2026 35%
4 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES SEGÚN ITEM 5 DEL PUNTO 16 CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN AUTORIZADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°15-64 DE FECHA 20-02-2026 5%
5 PROGRAMA DE INTEGRIDAD SEGÚN ITEM 4 DEL PUNTO 16 CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN AUTORIZADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°15-64 DE FECHA 20-02-2026 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Junta Nacional de Jardines Infantiles
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Sólo por igual periodo si existe disponibilidad presupuestaria y el contratista se encuentra bien evaluado
Observaciones PRESUPUESTO REAL DISPONIBLE INCLUYE IVA
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Felipe Rojas Gonzalez
e-mail de responsable de pago: farojas@junji.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Fecha de vencimiento: 29-06-2028
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago las obligaciones laborales, sociales y eventuales multas y demás sanciones, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del valor total del respectivo contrato, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT Nº 70.072.600-2, nominativa, pagadera a la vista, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 días hábiles (sin contabilizar los días sábados), posteriores a la fecha máxima de término del contrato. Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato, pago de obligaciones laborales y sociales, y eventuales multas, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, en conformidad al artículo 121 del Reglamento de la Ley N°19.886. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento. En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. La emisión del documento podrá realizarse de manera física entregándolo en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en calle Wilson N°243, comuna de Iquique, ciudad de Iquique o electrónicamente enviado por correo electrónico (oficina_partesI@junjired.cl) o de manera electrónica, dentro del plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la Resolución de Adjudicación, en el siguiente horario: Lunes a viernes: De 08:30 hasta las 13:00 hrs. La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS, CON INSTALACIÓN, REPOSICIÓN Y MANTENCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN COMODATO PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ”, ID 845-xx-LP26. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo Nº10. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día de ese término, se concederán tres (3) días hábiles para la corrección del documento de garantía. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y previsionales hasta sesenta (60) días hábiles, posteriores a la fecha de término del contrato. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. La restitución de la respectiva garantía será realizada sesenta (60) días hábiles después del término del contrato y su devolución la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en calle Wilson Nº243, Iquique previo visto bueno de la Unidad Requirente. La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) Cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) Cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave, en los términos definidos en las presentes Bases sobre término anticipado de contrato; y iii) Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor del contrato por tramo, debiendo reponerse en los plazos establecidos; en ambos casos implica además el término anticipado, toda vez las multas alcance el 20% del valor del total del contrato. En caso de cobro de la garantía, si existieran saldos a favor del Proveedor, se le deben restituir, no obstante su obligación de reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. La JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La Resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. En caso de renovación/modificación del contrato, y cuando la boleta tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el contratado deberá reemplazarla, dentro de los últimos cinco (5) días de vigencia de esta, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. El plazo de reemplazo indicado en el párrafo anterior también aplicará para los casos de aumentos y modificaciones, indicados en las presentes bases administrativas.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS, CON INSTALACIÓN, REPOSICIÓN Y MANTENCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN COMODATO PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, REGIÓN DE TARAPACÁ”, ID 845-xx-LP26. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo Nº10.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la respectiva garantía será realizada sesenta (60) días hábiles después del término del contrato y su devolución la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en calle Wilson Nº243, Iquique previo visto bueno de la Unidad Requirente. La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) Cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) Cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave, en los términos definidos en las presentes Bases sobre término anticipado de contrato; y iii) Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor del contrato por tramo, debiendo reponerse en los plazos establecidos; en ambos casos implica además el término anticipado, toda vez las multas alcance el 20% del valor del total del contrato. En caso de cobro de la garantía, si existieran saldos a favor del Proveedor, se le deben restituir, no obstante su obligación de reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El contratista deberá mantener permanentemente a un ejecutivo de enlace, quien deberá asumir la plena responsabilidad y representación del contratista para hacer efectiva las instrucciones impartidas por la Contraparte Técnica y proporcionar los antecedentes e informes que se requieran.

La JUNJI podrá rechazar a este profesional por razones fundadas. Esta medida podrá hacerla extensiva a cualquier trabajador y/o subcontratista.

El contratista será responsable de todo accidente o daño que, durante la vigencia del contrato, le pudiera ocurrir a su personal y/o a terceros.

El contratista asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, como también asume daños y perjuicios durante la ejecución del contrato.

De igual modo, el contratista será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, alimentación u otros. Asimismo, el contratista deberá cumplir con la normativa vigente, relativa al artículo 66 bis, de la Ley N°16.744, sobre seguridad y salud de sus trabajadores, debiendo proveer a su personal, del equipo de seguridad que establezca las normas de seguridad para los distintos tipos de trabajo.

El incumplimiento de las obligaciones indicadas en el presente punto, faculta a la Junta Nacional de Jardines Infantiles para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, referidos a los siguientes Anexos:

-Declaración jurada simple, de no estar sujeto a las inhabilidades (Anexo N° 1)
-Compromiso de confidencialidad (Anexo N° 2)
-Carta aceptación de bases y del reglamento de higiene y seguridad (Anexo N°3)
-Carta Identificación del oferente (Anexo N° 4.a y 4.b ).
-Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la JUNJI (Anexo N°7).
-Comprobante oficial de recepción del reglamento especial para empresas contratistas y subcontratista de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Anexos N°11).
-Se podrá solicitar acreditación faltante informada en el Anexo N°6-c Experiencia del Oferente.
-Se podrá solicitar acreditación faltante informada en el Anexo N°8 Política Sustentable.
-Se podrá solicitar aclaración respecto al valor unitario neto informado en Anexo N°5, sin alterar el Valor Total de la Oferta.

Siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento informado a través del sistema. 

En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 56 del Decreto 661 que Reglamenta la Ley Nº19.886, asignándose menor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.

Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, la JUNJI adjudicará el proceso de licitación al proponente que presente mejor puntaje conforme al orden de prelación que se señale:

ÍTEM

CRITERIO

1

OFERTA ECONOMICA

2

OFERTA TÉCNICA:

3

EVALUACIÓN SUSTENTABLE:  

Inclusión laboral por discapacidad

4

PROGRAMA DE INTEGRIDAD

5

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal [https://www.mercadopublico.cl] de acuerdo con lo indicado en el comprobante de oferta de los oferentes.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 5 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica nlasala@junji.cl con copia a afrojas@junji.cl.

Indisponibilidad técnica del portal.
En caso de que el oferente no pueda subir sus antecedentes al portal por indisponibilidad técnica del Sistema de Información, deberá solicitar el respectivo certificado a la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP), dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. Una vez obtenido dicho certificado, tendrá un plazo de 2 días hábiles contabilizados desde la fecha de emisión para la presentación de su oferta, y deberá acompañarlo junto al resto de su oferta en soporte papel y entregarlo en la oficina de partes de la Institución ubicada en un sobre cerrado identificando el nombre de la contratación e ID de la licitación, en el siguiente horario: Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs. Viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs. Según lo establecido en el artículo 115 N°3 del Decreto N°661 APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY N° 19.886, Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.