Licitación ID: 882826-1-LE26
Concesión de espacios para máquinas expendedoras
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE VALPARAISO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 673
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Máquinas de tentempiés o productos en envases pequeños 1 Unidad
Cod: 48111103
Concesión de espacios físicos para instalación de máquinas expendedoras para las dependencias de la Universidad de Valparaíso. En la ficha electrónica de oferta deberá colocar $1, ya que el sistema no admite ingreso de porcentajes.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Concesión de espacios para máquinas expendedoras
Estado:
Cerrada
Descripción:
La necesidad de contar con convenio de suministro de concesión de espacios para instalación de máquinas expendedoras para las dependencias de la Universidad de Valparaíso, por un periodo de 24 de meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
19 Organismo Central-Convenios Transversales
R.U.T.:
60.921.000-1
Dirección:
Blanco Nº 1829, Valparaíso
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-08-2026 17:00:00
Fecha de Publicación: 23-07-2026 9:59:53
Fecha inicio de preguntas: 23-07-2026 10:00:00
Fecha final de preguntas: 28-07-2026 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-07-2026 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-08-2026 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-08-2026 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 04-11-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo 1
2.- Anexo 2
Documentos Técnicos
1.- Anexo 5
 
2.- Anexo 4
 
Documentos Económicos
1.- Anexo 3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Variedad de productos De acuerdo a lo indicado en numeral 9 de REXE N°2288 15%
2 Mobiliario (Mesas, sillas, otros) De acuerdo a lo indicado en numeral 9 de REXE N°2288 10%
3 Porcentaje de descuento De acuerdo a lo indicado en numeral 9 de REXE N°2288 45%
4 Sistema de ahorro de energía De acuerdo a lo indicado en numeral 9 de REXE N°2288 5%
5 Experiencia en el rubro De acuerdo a lo indicado en numeral 9 de REXE N°2288 10%
6 Servicio de Postventa De acuerdo a lo indicado en numeral 9 de REXE N°2288 12%
7 Programa de Integridad y ética empresarial De acuerdo a lo indicado en numeral 9 de REXE N°2288 2%
8 Cumplimiento de requisitos formales De acuerdo a lo indicado en numeral 9 de REXE N°2288 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: De ser necesaria la renovación, deberá dictarse el acto administrativo correspondiente, y la comprobación de la disponibilidad presupuestaria, en las mismas condiciones del contrato original con un máximo de 1 renovación.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Director DGE
e-mail de responsable de pago: finanzas.proveedores@uv.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta; no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado por las presentes bases; no entrega los antecedentes legales para contratar dentro del término de 15 días hábiles desde la publicación de la adjudicación en la plataforma; no suscribe el contrato; la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje y que cumpla con los requisitos exigidos por las presentes bases para adjudicar su oferta o al que le siga a este último, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Universidad, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases de Licitación
  1. LLÁMASE a Licitación Pública, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública para la licitación ID 882826-1-LE26.
  2. APRUÉBASE las siguientes bases de licitación, con sus Anexos, cuyo texto se transcribe a continuación:

 

1           Características de la licitación

Nombre de adquisición

Convenio de Suministro de concesión de espacios para instalación de máquinas expendedoras para las dependencias de la Universidad de Valparaíso.

Descripción

La necesidad de contar con convenio de suministro de concesión de espacios para instalación de máquinas expendedoras para las dependencias de la Universidad de Valparaíso, por un periodo de 24 de meses.

Tipo de Licitación

Licitación pública igual o superior a 100 UTM y menor a 1000 UTM, con contrato.

Tipo de Convocatoria

Tipo convocatoria: Abierta

Moneda

Pesos Chilenos (CLP)

Etapas del Proceso

Una etapa (Etapa de apertura electrónica)

 

2           Antecedentes básicos del organismo demandante

Razón Social

Universidad de Valparaíso

Unidad de compra

Organismo Central – Convenios Transversales

R.U. T

60.921.000-1

Comuna

Valparaíso

Región en que se genera la adquisición

Valparaíso

 

3           Etapas y plazos

Actividad

Fecha

Inicio de preguntas

Desde la publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha final de preguntas

Al 5° día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha publicación de respuestas

Al 7° día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.

Fecha de cierre recepción de ofertas

Al 14° día corrido posterior a la fecha de publicación del llamado a las 17:00 horas.

En caso de que el cierre para recepción de ofertas coincidiera con un día inhábil (festivos, sábados y domingos), deberá extenderse dicho plazo hasta las 17:00 horas del día hábil siguiente.

Fecha acto de apertura

El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.

Plazo de Evaluación de Ofertas

Hasta 60 días corridos desde la apertura de ofertas.

Fecha de adjudicación

Hasta 90 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.

En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la Universidad informará mediante nota aclaratoria en el portal www.mercadopublico.cl, las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

 

4      Modalidad de aclaraciones y modificaciones de las bases

a)      Preguntas y respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas bases (Etapas y plazos). Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Universidad pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en las presentes bases.

Las preguntas y respuestas deberán estar relacionadas estrictamente con el proceso licitatorio y las bases que la regulan.

Las preguntas no podrán ser de carácter genérico.

Cuando la información solicitada esté permanentemente a disposición del público, o lo esté en medios impresos tales como libros, compendios, folletos, archivos públicos de la Administración, así como también en formatos electrónicos disponibles en internet o en cualquier otro medio, se comunicará al oferente la fuente, el lugar y la forma en que puede tener acceso a dicha información.

b)      Modificaciones a las bases

Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases.

Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

5      Requisitos mínimos para participar

Los oferentes deben estar inscritos y en estado hábil en el Registro de Proveedores para poder participar del proceso de licitación, quienes acreditarán su situación financiera y técnica a través de su inscripción en el Registro de Proveedores al tenor de lo dispuesto en la ley N°19.886 y lo dispuesto en su reglamento contenido en Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda.

 

6      Requisitos y condiciones que deben cumplir los oferentes para que sus ofertas sean aceptadas

a)      Antecedentes para incluir en la oferta

a)       Documentos administrativos

  1. ANEXO 1: Formulario de datos del oferente. (Obligatorio)
  2. ANEXO 2: Declaración jurada de aceptación de condiciones. (Obligatorio)

 

b)      Documentos económicos

  1. ANEXO 3: Oferta económica, Experiencia y Sistema de ahorro de energía. (Obligatorio)

 

c)       Documentos Técnicos

  1. ANEXO 4: Programa de Integridad y ética empresarial, y Servicios de postventa. (Obligatorio)
  2. ANEXO 5: Especificaciones Técnicas. (Obligatorio)

 

 

b)      Condiciones para aceptar ofertas

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl dentro de los plazos indicados en punto “etapa y plazos” de las presentes bases.

No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, excepto en las situaciones previstas en el artículo N°115 del Reglamento de la ley N° 19.886.

Tratándose de las situaciones previstas en el artículo 115 del Reglamento de la ley N° 19.886, solo se considerarán las ofertas que ingresen a la oficina de partes de la Universidad ubicada en Blanco 1829, Valparaíso.

En el evento de indisponibilidad técnica contemplado en el artículo N° 115 numeral 3 Reglamento de la ley N° 19.886, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de Información en la Oficina de partes de la Universidad mencionada precedentemente.

Todos los antecedentes y certificaciones mencionadas en los anexos deberán ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con los anexos.

En los casos que se solicite suscripción de los anexos cuyos formatos se adjuntan en bases de licitación, estos deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que estos sean personas jurídicas.

Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del "Comprobante de Envío de Oferta" que entrega el Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

En el acto de evaluación de las ofertas no será considerada información adicional adjuntada por el Proveedor que no esté contemplada en las presentes bases de licitación.

En el caso que lo indicado en los formularios Anexos Obligatorios sea diferente a lo ingresado en la Ficha de la Adquisición del portal, prevalecerá lo informado en los citados Anexos Obligatorios.

Las ofertas deberán mantener su vigencia hasta la aceptación de la Orden de Compra.

La Universidad de Valparaíso se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la Universidad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

Las ofertas técnicas y/o económicas deberán ser puras y simples y en ningún caso podrán estar asociadas a beneficios de ninguna especie (por ejemplo: promociones, productos 2 x 1, dádivas, regalos, entrega de productos en comodato y otros similares) ni sometidas a condición alguna para su adjudicación. La sola mención en la oferta de alguna de las circunstancias señaladas será causal suficiente para declararla inadmisible.

Las ofertas técnicas deberán ser integras, completas y claras, de manera que permitan facilitar de manera más precisa e inequívoca la información que es materia de evaluación, no siendo aceptable la pura y única afirmación del oferente del cumplimiento de las condiciones requeridas.

 

7      Antecedentes legales para poder ser contratado

a)       Persona Natural

-          Encontrarse inscrito y habilitado en Registro de Proveedores.

-          Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886, ni en las contempladas en el artículo 35 quáter, de la Ley 19.886.

-          Fotocopia simple de cédula de identidad.

-          Programa de integridad y ética empresarial, se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

 

b)      Persona Jurídica

-          Encontrarse inscrito y habilitado en Registro de Proveedores.

-          Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886, ni en las contempladas en el artículo 35 quáter, de la Ley 19.886.

-          Certificado de vigencia del poder del representante legal no menor a 6 meses; o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del Representante legal y donde consten las facultades con las que se encuentre investido.

-          Certificado de Vigencia de la Sociedad no mayor a 6 meses.

-           Fotocopia simple de cédula de identidad del o los representante(s) legal(es).

-          Programa de integridad y ética empresarial, se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

 

Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en los artículos 8° y 10° de la Ley 20.393.

 

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en Registro de Proveedores. o bien ser entregados físicamente o enviados por carta certificada a la Universidad en calle Blanco 1829, Valparaíso, o correo electrónico dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

 

En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

 

 

 

8           Naturaleza y monto de las garantías requeridas

No se requerirán garantías

 

9           Evaluación y adjudicación de las ofertas

a)       Criterios y procedimientos de evaluación de las ofertas

Todos los puntajes de los criterios tendrán una escala de evaluación de 0 a 10.

Estos criterios son:

  1. Tipo criterio: Económico

Descripción: Porcentaje de descuento

Ponderación del puntaje final: 45%

Se evaluará lo informado en Anexo 3

 

Forma de cálculo:

Forma de cálculo: Con una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (máximo 10 puntos) la propuesta que presente el mayor porcentaje de descuento sobre el valor de los productos ofrecidos, acorde a los precios de mercado a los cuales se venden productos de similares características en máquinas expendedoras, conforme a lo indicado en Anexo 3, de acuerdo con la siguiente fórmula:

 

Puntaje = (Porcentaje de descuento ofertado / Porcentaje de descuento mayor entre ofertas) x 10.

 

En el caso de aquellas ofertas que presenten un 0% de descuento, para efectos de evaluación se procederá a asignar 0,0001 de porcentaje de descuento en la tabla de evaluación respectiva, con el objetivo de garantizar una correcta aplicación aritmética del criterio económico.

 

  1. Tipo de Criterio: Técnico 1

Descripción: Variedad de productos.

Ponderación del puntaje final: 15%

Se evaluará lo informado en Anexo 5 o propuesta técnica.

Forma de cálculo:

Con una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará la cantidad de productos ofrecidos por el postulante en su oferta, la cual deberá ser variada y acorde al servicio licitado. Se medirá este criterio según los siguientes parámetros:

 

Criterio

Puntaje

La totalidad de las máquinas expendedoras ofrecen más de 30 productos diferentes

10

La totalidad de las máquinas expendedoras ofrecen menos de 30 y más de 20 productos diferentes

8

La totalidad de las máquinas expendedoras ofrecen menos de 20 productos diferentes

0

  1. Tipo de Criterio: Técnico 2

Descripción: Sistema de ahorro de energía

Ponderación de puntaje final: 5%

Se evaluará lo informado en Anexo 3.

 

Forma de cálculo: Con una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (10 puntos) la propuesta que indique y acredite contar con sistema de ahorro de energía de las máquinas expendedoras. El oferente que no indique, o indique, pero no acredite contar con sistema de ahorro de energía se asignará un puntaje igual a 0 (cero) puntos.

  1. Tipo criterio: Técnico 3

Descripción: Experiencia en el rubro

Ponderación de puntaje final: 10%

Se evaluará lo informado en Anexo 3.

Forma de cálculo: Con una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (máximo 10 puntos) la propuesta que oferte la mayor experiencia, el puntaje se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje = (Experiencia ofertada/ Experiencia mayor entre ofertas) x 10.

Debe acreditar experiencia en meses. (Acreditar experiencia a través de una Factura del período indicado y del servicio licitado). Ejemplo: Si indica 48 meses de antigüedad, deberá presentar factura al menos de 48 meses de antigüedad.

Si no acredita experiencia obtendrá 1 puntos.

  1. Tipo criterio: Técnico 4

Descripción: Mobiliario (Mesas, sillas, otros)

Ponderación de puntaje final: 10%

Se evaluará lo informado en Anexo 5 o propuesta técnica.

 

Forma de cálculo: Con una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (máximo 10 puntos) la propuesta que oferte la mayor cantidad de Mobiliario por Máquina instalada, el puntaje se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje = (Mobiliario Ofrecido/ Mobiliario mayor) x 10.

  1. Tipo criterio: Técnico 5

Descripción: Servicio de Postventa

Ponderación de puntaje final: 12%

Se evaluará lo informado en Anexo 4.

 

Forma de cálculo: Con una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (máximo 10 puntos) la propuesta que asegure de mejor manera la continuidad operativa, mantenimiento y atención eficiente de las máquinas expendedoras durante la vigencia del convenio de suministro, según los siguientes parámetros:

Subcriterios y ponderación

Subcriterio

Descripción

Puntaje Máx.

1. Tiempo de respuesta ante fallas

Tiempo comprometido para atender fallas desde su notificación.

3 puntos

2. Tiempo de solución o reposición

Tiempo máximo comprometido para resolver la falla o reponer la máquina.

3 puntos

3. Mantenimiento preventivo

Frecuencia de mantenimiento preventivo programado.

2 puntos

4. Canales de atención

Variedad de canales de contacto (ej. teléfono, correo, plataforma).

2 puntos

Total

10 puntos

 

Tablas de Evaluación por Subcriterio

1) Tiempo de respuesta ante fallas

Tiempo de respuesta declarado

Puntaje

En 1 hora o menos desde la notificación de falla

3 puntos

Entre 1 y 2 horas desde la notificación de falla

2 puntos

Entre 2 y 3 horas desde la notificación de falla

1 punto

Entre 3 y 4 horas o más desde la notificación de falla

0 puntos

 

2) Tiempo de solución o reposición

Tiempo de solución/reemplazo declarado

Puntaje

En 24 horas o menos

3 puntos

Entre 24 y 48 horas

2 puntos

Entre 48 y 72 horas

1 punto

Entre 72 y 96 horas o más

0 puntos

 

3) Mantenimiento preventivo

Frecuencia declarada

Puntaje

1 vez al mes

2 puntos

1 vez cada 2 meses

1 punto

1 vez cada 3 o más meses

0 puntos

 

4) Canales de atención

Canales de atención declarados

Puntaje

3 o más canales formales de atención (ej. teléfono, correo, plataforma)

2 puntos

2 canales formales de atención (ej. teléfono, correo, plataforma)

1 punto

1 canal formal de atención (ej. teléfono, correo, plataforma)

0 puntos

 

  • Los servicios de post venta declarados deberán mantenerse durante la vigencia del contrato.
  • En caso de omisiones, se asignará puntaje 0 en el subcriterio correspondiente.
  • No se aceptarán rangos; los tiempos deben indicarse como valores máximos comprometidos.
  1. Tipo criterio: Administrativo 1

Descripción: Cumplimiento de requisitos formales

Ponderación del puntaje final: 1%

Forma de cálculo:

En virtud del artículo 56, del Reglamento de la ley N° 19.886, se medirá este criterio según los siguientes parámetros:

  • El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales: 10 puntos.
  • Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes no referidos a documentación relativa a aspectos evaluables, y que hayan resultado subsanadas correctamente dentro del plazo de requerimiento que la entidad dispone para la aclaración de estas, con posterioridad al cierre de ofertas, aplica lo dispuesto en la cláusula 9, letra b) de estas bases de licitación: 5 puntos.
  • Por último, si el oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en la cláusula 9, letra b) de estas bases de licitación: 0 puntos.

El presente criterio no contempla antecedentes obligatorios esenciales de la oferta del proveedor, ya que ante la ausencia de estos su oferta será declarada inadmisible.

  1. Tipo criterio: Administrativo 2 

Descripción: Programa de Integridad y ética empresarial 

Ponderación del puntaje final: 2%

Se evaluará lo informado en Anexo 4 

 

Conforme a lo señalado en artículo N°17 del Reglamento de la Ley 19.886, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad y ética empresarial, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°4.  

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.  

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:  

CRITERIO

PUNTAJE

Declara en anexo N°4 que posee un programa de integridad y ética empresarial y, adjunta copia del mismo. 

10

Declara en anexo N°4 que NO posee un programa de integridad y ética empresarial o, declara que posee un programa de integridad y no lo adjunta. 

0

 

     Se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, aplicándose el puntaje señalado en la tabla anterior. Salvo que la Universidad de Valparaíso decida aplicar lo dispuesto en la cláusula 9, letra b) de estas bases de licitación. 

El puntaje final de la suma ponderada de los criterios de evaluación de cada oferta se expresará utilizando dos decimales, aplicando regla de redondeo.

b)      Solicitud de aclaraciones y antecedentes de las ofertas

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Universidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando no se refiera a documentación relativa a aspectos obligatorios evaluables, y que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, establecidas en el foro de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Universidad o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta.

La Universidad no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.

Las aclaraciones de las ofertas no podrán modificar los elementos esenciales de la oferta, especialmente los que determinan admisibilidad y los elementos que forman parte de los criterios de evaluación, exceptuándose de esta condición las aclaraciones que se refieran a errores aritméticos.

 

c)       Conversión de monedas de las ofertas

Para la conversión de monedas se considerará como fuente de datos la base de datos estadística del Banco Central del Chile, que se accede a través de su sitio web. Se considerará la fecha de cierre de recepción de ofertas para efectuar toda conversión de monedas.

d)      Adjudicación de ofertas

La Universidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

La Universidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.

La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

 

e)      Concordancia entre el servicio/producto ofertado y el servicio/producto entregado

El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el tipo de servicio/producto de acuerdo con la especificación técnica que haya declarado en su oferta.

 

f)        Resolución de empates en puntajes de ofertas

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Porcentaje de descuento”.

De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Variedad de productos”.

De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Servicio de Postventa”.

De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia en el rubro”.

De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Mobiliario (Mesas, sillas, otros)”.

De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Sistema de ahorro de energía”.

De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programa de Integridad y ética empresarial”.

De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.

Solo para la resolución de empates el puntaje los criterios de evaluación cada oferta se expresará utilizando tres decimales, aplicando regla de redondeo.

Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.

g)      Notificación de la adjudicación de oferta

Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.

 

h)      Resolución de consultas respecto de la adjudicación

Si luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese consultas respecto de la adjudicación, deberán ser enviadas en el plazo de 10 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución adjudicataria, a través del Sistema de Información.

La Universidad dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.

 

i)        Readjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta; no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado por las presentes bases; no entrega los antecedentes legales para contratar dentro del término de 15 días hábiles desde la publicación de la adjudicación en la plataforma; no suscribe el contrato; la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje y que cumpla con los requisitos exigidos por las presentes bases para adjudicar su oferta o al que le siga a este último, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Universidad, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

 

j)        Validez de la oferta

De conformidad a lo dispuesto en las letras precedentes, las ofertas deberán mantener su vigencia hasta la fecha de aceptación de la Orden de Compra, posterior a la formalización del respectivo contrato.

En el caso que el oferente adjudicado desistiera de su oferta, esto habilitará a la Universidad de Valparaíso a informar del incumplimiento a la Dirección de Compras Públicas.

 

k)       Aplicación de redondeo de decimales

Si el siguiente decimal es menor que 5, el anterior no se modifica. Ejemplo: Al expresar el número 1,344 utilizando dos decimales, aplicando la regla de redondeo, el resultado es 1,34.

Si el siguiente decimal es mayor o igual que 5, el anterior se incrementa en una unidad. Ejemplo: Al expresar el número 1,345 utilizando dos decimales, aplicando la regla de redondeo, el resultado es 1,35.

 

l)        Interpretación de las bases

Las bases, así como el contrato, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia.

Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta ejecución del contrato, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate.

En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o ejecución del contrato. Por lo tanto, serán del cargo del oferente todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

Para efectos de esta Licitación toda interpretación de las bases será resuelta por el Rector de la Universidad de Valparaíso, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.

 

 

 

 

10       Condiciones contractuales y otras cláusulas

a)      Definiciones

Caso fortuito y fuerza mayor: se configura el caso fortuito o la fuerza mayor cuando concurren copulativamente los siguientes elementos: a) la inimputabilidad del hecho, esto es, que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del afectado, quien no debe haber contribuido en forma alguna a su ocurrencia; b) la imprevisibilidad del hecho, es decir, que no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes, y c) la irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar ni aún en el evento de oponerle las defensas idóneas para lograr tal objetivo.

Incumplimiento grave: se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones del contrato, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Universidad un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones, especialmente durante el horario y días de funcionamiento normal de la Universidad cuando se imparta docencia o cuando se pueda comprobar de manera fehaciente que se haya afectado la ejecución o haya impedido el logro de algunos de los objetivos de un proyecto de investigación o extensión y esto genere un perjuicio económico a la institución.

Incumplimiento reiterado: se entenderá por incumplimiento reiterado aquella que ocurra al menos dos veces durante la vigencia del contrato, con una diferencia menor o igual a 7 días entre eventos de incumplimiento.

Atraso injustificado: Se entenderá como el simple retardo de la ejecución de lo contratado que provenga de acciones u omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan relación con eventos previsibles.

Interrupción injustificada: Se entenderá como la paralización total o parcial de lo contratado que provenga de acciones u omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan relación con eventos previsibles.

b)      Plazo de suscripción del contrato

El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Si el contrato no se celebrare dentro de dicho término por motivos imputables al proveedor, se procederá en conformidad al punto 9 letra h) de las presentes bases.

c)       Contenido del contrato

La oferta adjudicada se entenderá como parte de lo adquirido.

 

La oferta no podrá contener cláusulas que contravengan los principios de continuidad del servicio y de eficacia, contenidos en los artículos 3° y 28, y 5°, respectivamente, de la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado.

 

El contrato contendrá las menciones prevenidas en el artículo 118 del decreto N° 661 del Ministerio de Hacienda. Asimismo, el contrato no podrá contener estipulaciones que restringa las facultades propias de la Administración del Estado ni que puedan traducirse en renuncias a derechos y acciones que no estén permitidos en el ordenamiento jurídico.

 

Conforme con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 19.886, el proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

 

d)      Encuestas de satisfacción usuaria

Atendida la naturaleza de los servicios y la necesidad de la institución en contar con una prestación de servicios eficiente, permanente, segura y de calidad para los cumplimientos de los objetivos de la Universidad de Valparaíso, el presente servicio se evaluará mediante encuestas de satisfacción de usuario dirigida a estudiantes, académicos y administrativos. Permitiendo un mejor control por parte de la Universidad al servicio prestado, con el propósito de una interacción eficaz e inmediata con el oferente adjudicado.

 

e)      Modificación de lo contratado

Se podrá modificar el contrato.

Además de las causales contempladas en el artículo 129 del decreto N° 661 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, se establecen las siguientes:

  1. En el caso fortuito o la fuerza mayor.
  2. En el caso de obsolescencia técnica o funcional de los productos o servicios adquiridos.
  3. En el caso que la Universidad requiera el aumento o disminución de la cobertura y alcance del servicio originalmente pactado, para garantizar la calidad y continuidad de la función universitaria. Toda modificación no podrá superar el 30% del total del original del servicio, impuestos incluidos y deberá ser aprobada por el respectivo acto administrativo universitario que la autorice.

 

f)        Término anticipado del contrato

Además de las causales contempladas en el artículo 130 del decreto N° 661 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, se establecen las siguientes:

  1. Por mutuo acuerdo.
  2. Si se disuelve la empresa adjudicada.
  3. Por el incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en virtud del contrato, en los términos del numeral 10, letra a) de las presentes bases, entendiéndose por tal la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones del contrato, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Universidad un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones, especialmente durante el horario y días de funcionamiento normal de la Universidad cuando se imparta docencia o cuando se pueda comprobar de manera fehaciente que se haya afectado la ejecución o haya impedido el logro de algunos de los objetivos de un proyecto de investigación o extensión y esto genere un perjuicio económico a la institución.
  4. Por el incumplimiento reiterado de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, en los términos del numeral 10, letra a) de las presentes bases.
  5. Si la adjudicataria es multada o infraccionada 3 veces por cualquier autoridad externa conforme a la normativa aplicable.
  6. En el caso de atrasos, por atraso por más de cinco días corridos en su ejecución que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente, por ejemplo, la no entrega de los productos o modelos indicados en su oferta en tiempo y forma.
  7. En el caso de incumplimientos, por cualquier interrupción en la ejecución que dure más de tres días corridos que no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito.
  8. En el caso de servicios, por la interrupción por más de 60 días por cualquier causa.
  9. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

-          Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Universidad, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la Universidad.

-          Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del contrato objeto de la presente licitación.

-          Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del contrato.

  1. No dar cumplimiento oportuno a las instrucciones del Oficial de Prevención y Cumplimiento de la Universidad de Valparaíso orientadas a implementar adecuadamente el modelo de prevención de delitos a que se encuentre obligado el proveedor

 

El proveedor no podrá dar término anticipado del contrato de manera unilateral, sin perjuicio de que la Universidad pague por los servicios efectivamente prestados y aplique las multas que en derecho correspondan.

El procedimiento por aplicar para el término anticipado del contrato por las causales precedentemente indicadas será el señalado en el numeral 10, letra i) “Multas y Procedimiento para aplicación”. Con todo, el término anticipado del contrato deberá realizarse mediante acto administrativo fundado.

 

g)      Vigencia del contrato, posibilidad de renovación y extensión del plazo de contrato

El Convenio de Suministro tendrá una vigencia de 24 meses, contados desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo apruebe.

De ser necesaria la renovación, deberá dictarse el acto administrativo correspondiente, y la comprobación de la disponibilidad presupuestaria, en las mismas condiciones del contrato original con un máximo de 1 renovación.

 

h)      Plazos y condiciones de entrega

Plazo de entrega será de acuerdo con lo indicado en la oferta del proveedor adjudicado, pudiendo ser modificado previo acuerdo entre las partes.

 

i)        Multas y Procedimiento para Aplicación

Cada vez que el adjudicado incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, la Universidad podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el proveedor ante la contraparte técnica.

  1. Procedimiento de aplicación

Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará, al correo electrónico consignado por el oferente en anexo 1, dicha circunstancia al adjudicado, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y enviado al correo adquisiciones@uv.cl.

Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación a la Dirección de Administración y Logística solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente.

La multa será aplicada mediante resolución, que deberá dictarse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para formular descargos, acto que será notificado mediante publicación en la Plataforma Mercado Publico, entendiéndose notificado el proveedor con sólo esta publicación. El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito al correo electrónico adquisiciones@uv.cl. La Universidad resolverá la reposición presentada mediante acto administrativo dentro un plazo no superior a 30 días hábiles, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, publicando el acto administrativo en la Plataforma Mercado Publico sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.

 

  1. Causales y monto de las multas.

Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que pueden originarlas son las siguientes:

 

Atraso en la entrega de productos o comienzo de servicios: 1 UF por día corrido de atraso

Nota: La U.F. (unidad de fomento) aplicable, será la pertinente al día del pago efectivo.

Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.

En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 30% del valor total del contrato.

Nota: La U.F. (unidad de fomento) aplicable, será la pertinente al día del pago efectivo.

Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.

En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 30% del valor total del contrato. Superado ese porcentaje cualquier otro incumplimiento que de origen al cobro de multa se tendrá como incumplimiento grave al tenor del punto 10 de las presentes bases, dando origen, en consecuencia, a las sanciones pertinentes.

 

  1. Pago de multas

El contratista podrá pagar las multas directamente en el departamento de Finanzas de la Universidad, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado del pago siguiente al proveedor.

  1. Notificaciones

Los recursos de la ley 19.880 a que dieren lugar las decisiones relativas a la aplicación de multas o de término anticipado se tramitarán conforme al presente procedimiento, notificándose en el sistema de información el acto administrativo que resuelve los recursos que hubieren sido interpuestos mediante su respectiva publicación, de conformidad a lo establecido en el artículo 9° del Decreto N°661 de 2024 de Hacienda, Reglamento de la Ley de Compras Públicas y notificará esta resolución por correo electrónico a la dirección que el proveedor haya informado en anexo 2 “declaración jurada aceptación de condiciones” para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales. La administración del contrato, además, deberá publicar este acto administrativo en el aplicativo de gestión de contratos operativo en el sistema de información, sección “Gestión de sanciones”.

 

j)        Del pago de servicios prestados y/o productos entregados

Los documentos tributarios emitidos por la Universidad de Valparaíso serán por mes vencido a nombre del adjudicatario, el que deberá pagar mediante cheque o transferencia la factura correspondiente, en un plazo no superior a 30 días. Pago comprendido por 11 meses pues no se considera el mes de receso universitario.

El costo fijo por máquina instalada será de 1 U.F. más IVA al mes.

 

k)       Coordinador por parte del proveedor adjudicado

El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador de contrato, cuya identidad deberá ser informada a la Universidad de Valparaíso.

En el desempeño de su cometido, el Coordinador de contrato deberá, a lo menos:

  1. Informar oportunamente a la Universidad de Valparaíso de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
  2. Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
  3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

La designación del coordinador y todo cambio relativo a este deberá ser informado a la Universidad de Valparaíso a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. La Universidad de Valparaíso podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.

 

l)        Supervisión y coordinación del contrato por parte de la Universidad

La Universidad definirá como administrador del presente convenio, que se establecerá en el contrato respectivo, con las siguientes funciones:

  1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
  2. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
  3. Dar visto bueno y recepción conforme de los productos y/o servicios, como también la tramitación de sanciones.
  4. Las demás que le encomiende el presente instrumento y el contrato.

 

m)    Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza oclusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

 

n)      Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante la presentación del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación), emitido por la Dirección de Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Estos certificados deberán ser presentados al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, o cada seis meses de vigencia de éste. Sin perjuicio de ello, la Universidad también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de estos certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.

Con todo, el respectivo adjudicatario deberá acreditar, al término del correspondiente contrato, el cumplimiento del pago de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en los términos descritos, a través de los certificados o antecedentes respectivos.

 

  • o)      Domicilio para efectos legales

Para todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Valparaíso y se someten a la competencia de sus Tribunal Ordinarios de Justicia.

 

p)      Regula el acoso sexual, la violencia y discriminación de género en el ámbito de la educación superior:

Forma parte integrante de estas bases administrativas/términos de referencia la siguiente normativa interna en materia de acoso laboral, sexual, de violencia y discriminación de género, y de violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral: 1) decreto exento N°786, de 2023, que contiene el Reglamento sobre acoso sexual, violencias y discriminación de género en la Universidad de Valparaíso; 2) decreto exento N°685, de 2018, que aprueba la Política sobre relaciones interpersonales entre miembros de la comunidad universitaria y otras recomendaciones de conducta; 3) decreto exento N°2033, de 2020, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, autorizando el uso del nombre social al interior de la Universidad de Valparaíso; 4) decreto exento N°1215, de 2022, que incorpora la variable de género, masculino o femenino, en la denominación de los grados académicos y títulos profesionales en la Universidad de Valparaíso; 5) decreto exento N°2649, de 2022, que aprueba la “Política integral contra las violencias de género y la discriminación de la Universidad de Valparaíso; y 6) decreto exento N°737, de 2024, que aprueba el Protocolo de prevención y denuncia de conductas constitutivas de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral.

Por el solo hecho de ofertar, se entiende que los oferentes han leído, entienden y aceptan expresamente el contenido de los documentos antes señalados, los que han descargado desde el enlace disponible en la página web https://igualdadydiversidad.uv.cl/documentos, sin tener reclamo alguno que formular y se obligan a su pleno cumplimiento.

 

q)      Normativa que regula la prevención de delitos

Forma parte integrante de las presentes Bases Administrativas la Ley N°19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos; la Ley N°20.818, que perfecciona los mecanismos de prevención, detección, control, investigación y juzgamiento del delito de lavado de activos; la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica; la Ley N°21.595 de delitos económicos; y, el Oficio Circular N°20 de 15 de mayo de 2015 del Ministerio de Hacienda, que instruye orientaciones generales para el sector público en materia de prevención, detección, control, investigación y juzgamiento de delito de lavado de activos, y en especial, el Modelo de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo, Delitos Funcionarios, Medio Ambientales, entre otros, de la Universidad de Valparaíso, sancionado en el DU 890 de 2024, descargable de la página de transparencia de la Institución.

 

11. Productos / Servicios Requeridos

A)      Especificaciones Técnicas

  1. Generalidades

La Universidad de Valparaíso requiere fortalecer la oferta de servicios disponibles para su comunidad mediante la habilitación y concesión de espacios destinados a la instalación y operación de máquinas expendedoras por parte de proveedores externos en sus dependencias. Esta iniciativa busca brindar un acceso oportuno y conveniente a alimentos, bebidas y otros productos de consumo habitual, contribuyendo al bienestar de estudiantes, académicos y funcionarios, así como a un uso más eficiente de la infraestructura institucional.

  1. Descripción Productos

Cantidad

Servicio

A solicitud de la unidad requirente de la Universidad de Valparaíso

Concesión de espacios físicos para la instalación de máquinas expendedoras en las dependencias de la Universidad de Valparaíso.

Descripción

Se requiere la provisión e instalación de máquinas expendedoras automáticas de alimentos, bebidas, snacks y otros productos de consumo, con funcionamiento continuo y disponibilidad 24/7.

 

Las máquinas deberán contar con sistemas automatizados de entrega de productos y ofrecer una variedad de alternativas para los usuarios, incluyendo snacks tradicionales, snacks saludables, bebidas frías y calientes, sándwiches y almuerzos preparados. Además, dichas máquinas deberán contar con sistema de sensor de caída y devolución de dinero.

 

Asimismo, la oferta de productos deberá considerar opciones destinadas a distintas instancias de consumo durante la jornada, tales como desayuno, almuerzo y colaciones, asegurando variedad, disponibilidad y reposición permanente de los productos.

 

Finalmente, en cuanto a los métodos de pago de las máquinas expendedoras, se requiere que cuenten con los siguientes:

 

Efectivo

Tarjetas

  • Monedas
  • Billetes
  • Débito
  • Crédito
  • Prepago
  • Digitales

En medida de lo posible, el proveedor adjudicado deberá habilitar el sistema de pago BAES (beca de alimentación para la educación superior) que se encuentra disponible por la JUNAEB del Ministerio de Educación.

*Señalar de forma detallada la variedad de productos que se ofrecerán en cada máquina en Anexo 5 “presentación oferta técnica”

  1. Lugar de entrega e instalación

La concesión de espacios físicos para la instalación de máquinas expendedoras podrá ser en las siguientes dependencias de la Universidad de Valparaíso, a solicitud de la facultad o administración requirente:

 

Facultad

Dependencia

Ubicación

Facultad Arquitectura

Edificio Facultad de Arquitectura

Av. El Parque N° 570, Playa Ancha, Valparaíso

Casa de Cine

Av. Gran Bretaña N° 1041, Playa Ancha, Valparaíso

Edificio Atkinson

Atkinson N° 73-81, Cerro Alegre, Valparaíso

Edificio Escuela de Teatro

Av. Brasil N° 1647-1653, Valparaíso

Facultad Ciencias

Edificio Facultad de Ciencias

Av. Gran Bretaña N° 1111, Playa Ancha, Valparaíso

Edificio Departamento de Física y Meteorología

Av. Gran Bretaña N° 644, Playa Ancha, Valparaíso

Casa Neurociencias

Pasaje. Harrington N° 269-287, Playa Ancha, Valparaíso

Facultad Ciencias del Mar

Casa Decanato

Av. Borgoño N° 16.344, Reñaca, Viña del Mar

Edificio Facultad de Ciencias del Mar y Recursos Naturales

Av. Borgoño N° 16.345, Reñaca, Viña del Mar

Casa Oficinas

Av. Borgoño N° 16.188, Reñaca, Viña del Mar

Facultad Ciencias Sociales / Administración Central

Edificio Escuela Trabajo Social

Colón N° 2128, Valparaíso

Edificio Blas Cuevas, Escuela Sociología

Blas cuevas N° 1028, Valparaíso

Edificio Hontaneda

Hontaneda N° 2653, Valparaíso

Facultad Derecho

Edificio Escuela de Derecho

Av. Errázuriz N° 2120, Valparaíso

Consultorio Jurídico

Prat N° 856 dp 6, Edificio Rapa Nui, 6to piso, Valparaíso

Facultad Farmacia

Edificio Facultad de Farmacia

Av. Gran bretaña N° 1083-1093, Playa Ancha, Valparaíso

Facultad Humanidades

Edificio Patricio Lynch

Av. Playa Ancha esquina Patricio Lynch, Playa Ancha, Valparaíso

Edificio Serrano

Serrano N° 546, Valparaíso

Facultad Ingeniería

Edificio Brasil 1

Av. Brasil Nº 1762-1772, Valparaíso

Edificio Brasil 2

Av. Brasil N° 2134-2152, Valparaíso

Edificio carrera

Av. Brasil Nº 1760-1790, Valparaíso

Edificio Facultad de Ingeniería

Gral. Cruz Nº 222, Valparaíso

Facultad Medicina / Administración Central

Edificio Aulario

Angamos N° 655, Reñaca, Viña del Mar

Edificio Administrativo

Angamos N° 755, Reñaca, Viña del Mar

Edificio Laboratorios

Angamos N° 650, Reñaca, Viña del Mar

Casa Jackson

Álvarez N° 2228, Viña del Mar

Edificios de Administración Central

Edificio DEFIDER

Av. El Parque N ° 627, Playa Ancha, Valparaíso

Vicerrectoría de Gestión Institucional

Blanco N° 1829, Valparaíso

Edificio El Farol de Extensión

Blanco N° 1111, Valparaíso

Edificio Rectoría

Blanco N° 951, Valparaíso

Casa montaña, Vicerrectoría de investigación e innovación

Montaña N° 885, viña del mar

Facultad Odontología

Edificio Facultad de Odontología

Leopoldo Carvallo N° 211, Playa Ancha, Valparaíso

Facultad Ciencias Económicas

Edificio Facultad de Ciencias Económicas

Pasaje La Paz N° 1301, Viña del Mar

Edificio Las Heras

Las Heras N° 6, Valparaíso

Edificio Blanco

Blanco N° 1931-1975, Valparaíso

Escuela de Negocios Internacionales

Alcalde Prieto Nieto N° 452, Viña del Mar

Edificio Escuela de Administración Hotelera y Gastronómica

5 oriente N° 180, Viña del Mar

Escuela de Ingeniería Comercial

Calle Los Fresnos N°91 esquina Los Plátanos, Viña del Mar


Nota: Podrán modificarse o incorporarse nuevas direcciones y dependencias, sujeto a posibles cambios en las direcciones de las distintas dependencias, por razones de obras estructurales o motivos de fuerza mayor, luego de que estas modificaciones hayan sido debidamente autorizadas por la autoridad competente.

  1. Intervenciones a la Infraestructura

Todas aquellas intervenciones, modificaciones o adecuaciones a la infraestructura en las dependencias de la Universidad de Valparaíso que resulten necesarias para la correcta instalación, operación y mantenimiento de las máquinas expendedoras deberán ser íntegramente gestionadas, ejecutadas y financiadas por el proveedor adjudicado. Dichas intervenciones deberán contar previamente con la autorización expresa de la Universidad y ajustarse a las normativas técnicas y de seguridad vigentes, resguardando en todo momento la integridad de las instalaciones y el normal desarrollo de las actividades institucionales.

  1. Modalidad y Oportunidad de pago

El proveedor adjudicado deberá pagar a la Universidad de Valparaíso un costo fijo de 1 UF + IVA mensual por cada máquina instalada, durante 11 meses al año, excluyendo el mes de receso universitario. La Unidad de Convenios Transversales de la Dirección de Administración y Logística coordinará la emisión mensual de una factura por la totalidad de las máquinas instaladas, la que deberá ser cancelada en un plazo no superior a 30 días. El no pago dentro del plazo estipulado facultará a la Universidad a cobrar los intereses y/o indemnizaciones que correspondan por atraso.

  1. Servicio técnico y mantenimiento

El adjudicatario proporcionará bajo su propio costo:

  1. Servicio técnico a las máquinas expendedoras, mantenimiento periódico, ajuste reparación y limpieza correspondiente.
  2. En caso de las máquinas expendedoras de café, estas deberán ser limpiadas y sanitizadas de forma regular, permitiendo mantener óptimas condiciones de higiene.
  3. En el caso que una de las máquinas requiera de reparación en alguna de sus partes o componentes, el adjudicatario deberá hacerse cargo de su reparación y/o reemplazo por una de iguales características.
  4. El adjudicatario deberá indicar medio de contacto válido (teléfono, correo electrónico).
  5. Conexión eléctrica

La conexión eléctrica de las máquinas expendedoras deberá ser autorizadas por la autoridad universitaria competente.

  1. Precios de los productos ofertados

En cuanto a los precios, todos los productos ofrecidos deberán estar acordes a los precios de mercado y deberán incluirse todos los impuestos y descuentos si los hubiese. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor adjudicado deberá mantener el porcentaje de descuento ofertado durante el periodo de ejecución del contrato.

  1. Abastecimiento

El adjudicatario deberá abastecer adecuada y oportunamente los productos de cada una de las máquinas mediante un servicio de reposición que deberá ser realizado con la frecuencia adecuada de acuerdo al flujo de consumo, permitiendo que cada máquina quede debidamente abastecida, manteniendo un stock constante para prestar un buen servicio.

 

La Universidad de Valparaíso no se hará responsable de la mantención o resguardo de los equipos, será responsabilidad del proveedor realizar las mantenciones respectivas y el cuidado de los equipos.

 

Será de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el abastecimiento de las máquinas y que los productos cumplan con la calidad técnica y sanitaria exigidos por la autoridad sanitaria chilena haciéndose responsable por cualquier problema sanitaria que sus productos pudieran originar a los consumidores.

 

La Universidad de Valparaíso brindará el espacio físico y la red de energía eléctrica y suministro de agua potable en caso de ser necesario.

B)      Procedimiento de ejecución del convenio

  1. Los Encargados de Compra de cada Facultad o Dirección, deberá primeramente cotizar directamente con el proveedor adjudicado.
  2. Esto se aplicará solamente a aquellos servicios correspondientes a los ítems licitados en el presente proceso.
  3. El Proveedor adjudicado entregará su cotización, la cual deberá ser validada por la Contraparte técnica de la Universidad de Valparaíso, (que serán los Encargados de Compra de cada Facultad o Dirección), que deberán velar por los intereses de la Universidad de Valparaíso y deberán verificar que los precios indicados en la oferta del proveedor consideran los valores ofertados y están en el tenor de los precios de mercado.
  4. Si esta evaluación es favorable, se autorizará la instalación de la máquina expendedora en los términos cotizados.
  5. En el caso que existiera una cotización rechazada por parte del Coordinador del Contrato de la Universidad de Valparaíso, y se contará con una cotización por exactamente los mismos servicios en condiciones más favorables económicamente y en mejores plazos de entrega, se ofrecerá al proveedor adjudicado de la presente licitación la opción de igualar la oferta. Si el proveedor adjudicado rechazara esta opción, facultará a la Universidad de Valparaíso, de realizar un trato Directo el cual será debidamente fundamentado en su acto administrativo respectivo.
  6. La Encargada de Gestión de Contratos de la Universidad de Valparaíso podrá fiscalizar cuando estime conveniente, el presente convenio para evaluar que se cumpla la Ley Nº19.886, y el Decreto Nº661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº19.886, y será también quien autorice y envíe la Orden de Compra generada a proveedor.
La Universidad de Valparaíso no se hará responsable de los daños, averías, deterioros o cualquier otra afectación que puedan sufrir las máquinas expendedoras instaladas en sus dependencias, correspondiendo a la empresa propietaria adoptar las medidas de resguardo, mantención, reparación o reposición que resulten necesarias. Sin perjuicio de lo anterior, los Coordinadores Administrativos en el caso de las facultades, y los(as) funcionarios(as) que designe el Director de Administración y Logística en el caso de los edificios de Administración Central donde se encuentren instaladas las máquinas expendedoras deberán tomar las acciones pertinentes para velar por su correcta utilización y promover acciones orientadas al uso responsable de estos equipos por parte de la comunidad universitaria, contribuyendo así a su adecuada conservación y óptimo funcionamiento.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.