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BASES ADMINISTRATIVAS |
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1. PRODUCTOS REQUERIDOS:
Línea Código Interno Descripción Cantidad estimada para 24 meses
1 10-700-350-2965-00 Implante No Valvulado Moldeable - Glaucoma (Tipo Paul), Según especificaciones técnicas. 150 unidades.
2 10-700-350-198-00 VÁLVULA AHMED GLAUCOMA, Según especificaciones técnicas. 70 unidades.
2. CARACTERISTICAS DE LA LICITACIÓN
a) Nombre de la licitación: “Convenio Suministro de Válvulas Ahmed y Glaucoma Paul para Servicio Oftalmología ID: 886954-232-LP26”
b) Descripción: La necesidad de abastecer insumos para la atención oportuna del paciente.
c) Tipo de licitación: Pública-Licitación Pública mayor a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP).
d) Tipo de convocatoria: ABIERTO
e) Moneda: Peso Chileno
f) Etapas del proceso de apertura: Una Etapa
g) Toma de razón por Contraloría: No requiere Toma de Razón por Contraloría
h) Publicidad de ofertas técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación.
3. ORGANISMO DEMANDANTE:
a) Razón Social: Hospital Guillermo Grant Benavente
b) Unidad de compra: Unidad de Abastecimiento de Insumos
c) R.U.T.: 61.602.189-3
d) Dirección: San Martín # 1436.
e) Comuna: Concepción
f) Región en que se genera la licitación: Región del Biobío.
4. CALENDARIO DE LICITACIÓN.
a) Fecha inicio de preguntas: A partir de la fecha de publicación.
b) Fecha final de preguntas: 4 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
c) Fecha de publicación de respuestas: 7 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
d) Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
e) Fecha de acto de apertura técnica y económica: 10 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
f) Tiempo estimado de Evaluación de Ofertas: 30 días corridos, a partir de la fecha de apertura
g) Fecha de Adjudicación: 60 días corridos, a partir de la fecha de Cierre de ofertas.
De acuerdo con lo indicado en Art. 46 del Reglamento de la Ley 21.634, que moderniza la Ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, se permite rebajar el plazo de publicación en licitaciones cuyo monto de contratación sea igual o superior a 1000 UTM, e inferior a 5000 UTM, hasta un mínimo de 10 días corridos cuando se trate de insumos de simple y objetiva especificación.
5. ETAPAS Y PLAZOS.
a) Convocatoria a Propuesta: Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal.
b) Entrega de antecedentes para postulación: Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
c) Recepción de consultas: Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).
d) Respuesta a Consultas: La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán como parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
e) Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl: Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
f) Recepción Física de las Propuestas: Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del Hospital Guillermo Grant Benavente ubicada en calle San Martín 1436, Concepción, hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.
g) Apertura de las Propuestas: La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación.
h) Fecha de adjudicación: Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl
6. GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
7. DEFINICIONES
Director: Claudio Baeza Avello.
Servicio: Hospital Clínico Dr. Guillermo Grant Benavente, Región del Biobío
Unidad Técnica: Unidad de Abastecimiento de Insumos.
8. UNIDAD TÉCNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en Janequeo #239, Concepción, Unidad de Abastecimiento de Insumos.
9. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
10. DE LOS PROPONENTES
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
11. INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.
Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español.
12. MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
El Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
13. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
Documentos Administrativos (Requisitos Formales)
a) El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en los formularios N° 1A o N°1B, N°2, N°3, N°4A o N°4B, N°5, N°7, N°9, N°11, N°12, según corresponda, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural.
b) En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
Documentos Técnicos
El oferente deberá presentar su oferta técnica con la siguiente información obligatoria, de no ser así, las ofertas se declararán inadmisibles por incumplimiento de presentación oferta técnica.
a) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en la letra b) “especificaciones técnicas” (catálogos, fichas técnicas, certificados, entre otros).
b) Debe completar Formulario N° 6, 8, 10 y 13 adjunto, con Especificaciones Técnicas, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural.
c) Deberá adjuntar Certificado emitido por el Instituto de Salud Pública de: Inscripción de Empresas Fabricantes, Importadoras o Distribuidoras de dispositivos médicos a la Red de Tecnovigilancia. (La no inclusión de este documento será considerada como incumplimiento de un antecedente excluyente).
d) Debe presentar Formulario N°10 firmado por el representante Legal o Persona Natural que acredite que los productos ofertados en esta licitación presentan políticas de canje donde estipule reemplazo dentro de 48 horas de presentada la falla, en los siguientes casos:
- Fallas del empaque: empaque que permita contaminación del producto, que el envase se encuentre aplastado, abierto o con evidentes indicios de daño.
- Conservación del insumo inadecuada: Que el producto presente algún tipo de objeto extraño, por ejemplo, pelo, pelusa, basura, etc.
- Fallas del insumo: Al momento de utilizar y probar el insumo, este se encuentre defectuoso, no se ajuste a las características del paciente.
e) Los proveedores deberán ingresar su oferta económica en el Portal Mercado Público de forma seria, fidedigna y coherente, ajustándose estrictamente a los términos descritos en el Formulario N°6. Por consiguiente, aquellas propuestas que sean ingresadas en la plataforma por un valor nominal equivalente a un peso ($1.-) —lo cual contradice notoriamente los precios reales de mercado y los formatos requeridos—, o bien, que omitan la entrega del formulario respectivo, quedarán automáticamente excluidas del proceso, declarándose inadmisibles. Dicha sanción responde a la imposibilidad material de evaluar y adjudicar la propuesta bajo criterios objetivos, considerando además que, una vez ingresados y cerrados los precios en el portal, estos adquieren el carácter de inmodificables, no admitiendo correcciones posteriores.
f) El oferente deberá adjuntar a su oferta un Certificado de Distribuidor Autorizado, emitido directamente por el fabricante de la marca de los productos propuestos, o por un representante mayorista autorizado en el país. La no presentación de este certificado, o la obtención de 0 puntos en el criterio de evaluación respectivo, no será causal de inadmisibilidad de la oferta, sin perjuicio de que afectará el puntaje final ponderado del oferente.
g) Debe presentar certificados en idioma español firmado por el Representante Legal o Persona Natural que acredite que sus productos cuenten con documentación en idioma español. De lo contrario, la oferta se declarará inadmisible.
Documentos Económicos
El precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo deberá considerar la totalidad de los costos, gastos, fletes, aranceles, seguros e impuestos inherentes a la adquisición de lo licitado, incluyendo el costo de las garantías exigidas en las presentes Bases. Por consiguiente, no se admitirá el cobro de ningún valor adicional durante el desarrollo y ejecución del contrato. La Oferta Económica del proponente deberá ajustarse estrictamente al formato establecido en el formulario N°6 de estas Bases.
Los proveedores deberán ingresar su oferta económica en el Portal Mercado Público de forma seria, fidedigna y coherente, ajustándose estrictamente a los términos descritos en el Formulario N°6. Por consiguiente, aquellas propuestas que sean ingresadas en la plataforma por un valor nominal equivalente a un peso ($1.-) —lo cual contradice notoriamente los precios reales de mercado y los formatos requeridos—, o bien, que omitan la entrega del formulario respectivo, quedarán automáticamente excluidas del proceso, declarándose inadmisibles. Dicha sanción responde a la imposibilidad material de evaluar y adjudicar la propuesta bajo criterios objetivos, considerando además que, una vez ingresados y cerrados los precios en el portal, estos adquieren el carácter de inmodificables, no admitiendo correcciones posteriores.
Las ofertas que no cumplan con lo anteriormente solicitado se declararán inadmisibles.
14. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
15. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES.
15.1 PERSONA NATURAL.
15.1.1 Requisitos para ofertar:
1. El oferente debe acreditar mediante Formulario N°2 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad:
2. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador en los últimos dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
3. Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
15.1.2 Requisitos para ser contratado:
El adjudicado debe NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
1. Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, en el cual se establece que "Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.”
2. No estar afecto a lo regulado en el artículo 35 quáter.
3. Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
4. Debe acompañar fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
5. Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato.
15.2 PERSONA JURÍDICA.
15.2.1 Requisitos para ofertar:
1. El oferente debe acreditar mediante Formulario N°2 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad:
● Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador en los últimos dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
2. Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
15.3 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
15.3.1 Requisitos para ofertar:
1. El oferente debe acreditar mediante Formulario N°2 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad del art. 4 inciso 2 de la ley 19886:
‘‘Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del convenio, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
15.3.2 Requisitos para ser contratado:
El adjudicado debe acreditar a través de los formularios diseñados para estos efectos el NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
a).- Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
b).- No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Como lo indica el artículo 180. Decreto N°661 del año 2024: Unión Temporal de Proveedores: “Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento”.
c).- Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deben estar Inscritos y habilitados en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
15.3.3.- Documentos para contratar:
- Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda.
- Declaración jurada de cada uno de los integrantes de la UTP, acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- Certificado de Vigencia de persona Jurídica, en caso que corresponda, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones.
- Certificado de Vigencia de Poder, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 6 inciso final de la ley 21.053.
Para tener en cuenta los documentos de UTP anteriormente mencionados:
● Instrumento privado en el que conste la unión, si la contratación es igual o mayor a 1000 UTM el acuerdo en que conste la UTP deberá materializarse por escritura pública. (inciso 4 del art. 180 del decreto 661/2024 correspondiente al reglamento de compras públicas)
● Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
● En relación a los formularios en donde consten las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
15.4 OTROS REQUERIMIENTOS QUE DEBEN OCUPAR LOS OFERENTES Y/O CONTRATISTAS, PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y UNIÓN DE PROVEEDORES.
1. En ningún caso el suministro de los productos se podrá iniciar con anterioridad a la total tramitación del contrato.
2. EL ADJUDICATARIO, desde el momento de la adjudicación de LA LICITACIÓN en el portal Mercado Público y antes del plazo para la firma de Contrato, deberá acreditar, antes de 15 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación, su habilitación para contratar con la Administración del Estado presentando la inscripción en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, requisito indispensable para la firma del Contrato.
3. Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo de EL ADJUDICATARIO, en adelante EL PROVEEDOR. En consecuencia, EL HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CONCEPCIÓN no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros vinculados al Contrato y a los actos que de él se deriven.
4. El Contrato será llevado a toma de razón para ser modificado por mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que no se alteren sus cláusulas esenciales, los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de LOS OFERENTES, debiendo dejarse constancia por escrito de ello en el respectivo Addendum, el cual formará parte integrante del Contrato.
16. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO
a) Estimación en base a: Presupuesto Estimado.
b) Fuente de financiamiento: Presupuesto del Hospital Dr. Guillermo Grant Benavente.
c) Monto total estimado: $ 170.000.000.- con IVA incluido.
d) Tipo Contrato: Bienes.
e) Duración del Contrato: Contrato de ejecución en el tiempo.
f) Tiempo de ejecución: 24 meses.
g) Plazos de pago: Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada, según lo señalado en el punto 32 de las presentes Bases.
h) Opciones de Pago: Transferencia / Cheque
i) Responsable del pago: Loreto Rodríguez Neira
j) e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
k) Nombre del responsable de contrato: Blanca González Lara
l) e-mail del responsable de contrato: ejecutivocomprasinsumos@ssconcepcion.cl
m) Teléfono responsable de contrato 41-2722515
n) Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación parcial; transporte y descarga.
17. GARANTÍAS REQUERIDAS
17.1. GARANTÍAS SERIEDAD DE LA OFERTA
De conformidad con lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 21.634, la exigencia de una garantía de seriedad de la oferta es opcional y está condicionada a licitaciones cuyo monto sea superior a 5.000 UTM, salvo que existan razones excepcionales de interés público. En el caso de la presente licitación, y considerando que su monto estimado no supera el umbral señalado, además de tratarse de un proceso que no involucra riesgos significativos para la mantención de las ofertas ni afecta la competitividad del procedimiento, se ha decidido no requerir esta garantía. Esta medida busca fomentar la participación de oferentes, especialmente de empresas de menor tamaño, asegurando al mismo tiempo la transparencia y la eficiencia del proceso licitatorio.
17.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Tipo de documento: Documento de Garantía o Vale Vista.
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3.
Monto: 5% del total del valor neto adjudicado en pesos chilenos o su equivalente en UF.
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar un documento bancario, vale vista, boleta electrónica, póliza de seguro, certificado de fianza u otro documento aceptable que garantice el pago, pagadero a la vista, de carácter irrevocable y por un valor equivalente al 5% del total del valor neto adjudicado, en pesos chilenos o su equivalente en UF. La vigencia mínima del documento de garantía deberá exceder en 120 días al plazo establecido para el término del contrato, conforme a lo definido por la Unidad de Abastecimiento de Insumos. Esta exigencia se funda en el artículo 122 del Reglamento de Compras Públicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 661 de 2024
Estarán exentos de presentar esta garantía los proveedores cuyo total adjudicado, incluido IVA, no supere las 1.000 UTM. Para efectos de cálculo, el contrato incluye la orden de compra como parte de su ejecución.
El documento de garantía deberá ser entregado en sobre cerrado en la Oficina de Partes del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en San Martín Nº 1436, Concepción, dentro del plazo de 20 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En caso de utilizar una boleta o documento electrónico, este deberá enviarse dentro del mismo plazo al correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl, cumpliendo con los estándares requeridos.
El Hospital Guillermo Grant Benavente podrá hacer efectiva esta garantía en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales establecidas en las bases administrativas, incluyendo, pero no limitado a:
a) Incumplimiento en la entrega de productos o servicios dentro de los plazos establecidos.
b) Falta de calidad, especificaciones técnicas o cantidades requeridas en los productos entregados.
c) Incumplimiento en la reposición o canje de productos defectuosos.
d) Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el contrato u órdenes de compra.
e) Rescisión unilateral del contrato por parte del proveedor sin causa justificada.
f) En caso de ejecución de la garantía debido a alguna de las causales mencionadas, el cálculo del monto aplicable se basará en el 5% del valor total neto adjudicado, conforme a las cantidades estimadas en las bases administrativas.
GLOSA QUE DEBE CONTENER EL DOCUMENTO: DOCUMENTO DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ID 886954-232-LP26 CONVENIO SUMINISTRO DE VÁLVULAS AHMED Y GLAUCOMA PAUL PARA SERVICIO DE OFTALMOLOGÍA.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante carta certificada al domicilio del oferente señalado en su propuesta y contrato. Esta será devuelta una vez finalizada la duración establecida en las bases.
17.3 ERRORES EN LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA: Si los documentos de garantía presentasen errores de forma en la individualización de la propuesta o en el nombre o RUT del mandante o cualquier otro, el oferente podrá presentar un nuevo documento correctamente emitido, en el plazo de cinco días corridos, a partir de la notificación vía “Foro Inverso” para garantía de seriedad de la oferta o vía correo electrónico para Garantía de Fiel cumplimiento de contrato, excepto si tal plazo vence en días sábado, domingo o festivo, en cuyo caso se extenderá hasta las 15:00 hrs. del día hábil siguiente. De no subsanar error o de no presentar nuevo documento de garantía en los tiempos señalados, el HGGB tendrá la facultad de desestimar oferta o re adjudicar a oferente que le sigue en puntaje, según se trate de Garantías por Seriedad de la Oferta o por Fiel Cumplimiento del Contrato, respectivamente.
18. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
1. Jefe (s) Unidad Abastecimiento de Insumos.
2. Jefe Servicio de Oftalmología, del HGGB.
3. Médico Servicio de Oftalmología del HGGB.
Funciones de la comisión:
a. Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b. Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de estas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
c. Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
d. De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
e. Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital.
f. Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción que adjudicará.
g. En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Hospital, para que éste dirima como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
h. Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
19. PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Guillermo Grant Benavente, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
20. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
N° Criterio Fórmula de cálculo (dependerá, según el objeto de la contratación) Ponderación
1.
Precio
A MENOR PRECIO, MEJOR PUNTAJE.
Fórmula=
(menor precio ofertado/
precio evaluado) x ponderación x100
60%
2.
Plazo de Entrega MENOR PLAZO DE ENTREGA, MAYOR PUNTAJE:
Fórmula=
Formula: Puntaje obtenido x ponderación
Tiempo de respuesta Puntaje
02 días: 100 puntos.
03 días: 50 puntos.
Más de 3 días: 0 puntos. La oferta será declarada inadmisible. (Formulario N° 6)
30 %
3.
Cumplimiento de documentación y requisitos formales.
Cumplimiento de documentación y requisitos formales
Fórmula= puntaje obtenido x ponderación
- Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre=100
- Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud= 10.
- No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud= OFERTA INADMISIBLE.
6%
4.
Programa de integridad entre los trabajadores de la empresa y difusión. Programa de Integridad entre los trabajadores de la empresa y su difusión.
Fórmula: Puntaje obtenido * ponderación * 100
* Proveedor sí cuenta con programas de integridad y éstos son conocidos por su personal: 100 puntos
* Proveedor sí cuenta con programas de integridad, pero no son conocidos por su personal, o no respalda su difusión: 0 puntos.
* Proveedor no cuenta con programas de integridad: 0 puntos.
Se evaluará si la empresa cuenta con programas de integridad y si éstos son conocidos por su personal, para lo cual, se considerará como medio de verificación el Formulario N° 12 de los anexos a la oferta.
2%
5.
Certificado De
Distribuidor Autorizado A MAYOR CUMPLIMIENTO DEL CERTIFICADO DE DISTRIBUIDOR AUTORIZADO, MAYOR PUNTAJE.
Se evaluará si el oferente adjunta el Certificado de Distribuidor Autorizado, emitido directamente por el fabricante de la marca de los productos propuestos o por un representante mayorista autorizado en el país, cumpliendo con los requisitos mínimos de validez, vigencia y correspondencia de las marcas ofertadas.
Fórmula: El oferente adjunta el o los certificados requeridos, cumpliendo rigurosamente con todos los requisitos mínimos de validez, vigencia y correspondencia de las marcas ofertadas = 100 puntos. El oferente no adjunta el certificado, el documento se encuentra vencido, no corresponde a las marcas ofertadas, o no cumple con alguno de los requisitos mínimos solicitados = 0 puntos.
Para ser considerado válido, el documento deberá estar emitido a nombre de la empresa oferente (Razón Social y/o RUT), identificar claramente la marca y líneas de productos autorizados para su comercialización, encontrarse vigente a la fecha de la apertura electrónica de la licitación y estar redactado en idioma español (o acompañado de traducción simple si está en idioma extranjero).
Fórmula: Puntaje obtenido × ponderación del criterio.
NOTA: La no presentación de este certificado, o la obtención de 0 puntos en este criterio, no será causal de rechazo ni de inadmisibilidad de la oferta; sin perjuicio de ello, afectará el puntaje final ponderado del oferente.
2%
Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
20.1 El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos en el punto N°13 Antecedentes para incluir en la oferta/Antecedentes Administrativos obtendrá 100 puntos. El oferente que acompañe los antecedentes requeridos dentro de las 48 horas acordadas desde la nueva solicitud, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 10 pts.
Cumplimiento de los Requisitos 6% Puntaje
Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre. 100
Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud. 10
El Hospital no considerará las ofertas sin los antecedentes requeridos dentro del nuevo plazo de 48 horas contados desde la solicitud, dejando la Oferta Inadmisible.
● La puntuación por línea se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
● La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será la adjudicada.
21. RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1) Precio
2) Plazo de Entrega
3) Cumplimiento de documentación y requisitos formales.
4) Programa de integridad entre los trabajadores de la empresa y difusión.
5) Certificado Distribuidor Autorizado.
22. DE LA ADJUDICACIÓN
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación multiple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de cada una de las líneas, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten conveniente a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
En todos estos casos, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes.
23. MECANISMO PARA LA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del Sistema de Compras Públicas, conforme lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento.
24. AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
FÓRMULA: Cantidad requerida de insumo por línea x 0.3
25. DEL CONTRATO
El suministro tendrá una vigencia de 24 meses, contados desde la total tramitación de la Resolución de Adjudicación. En aquellos casos en que proceda la suscripción de contrato conforme al monto adjudicado, la normativa vigente o lo establecido en las presentes Bases Administrativas, dicho plazo se contará desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato respectivo.
Los adjudicatarios cuyas ofertas superen las 1.000 UTM deberán presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo máximo de 13 días corridos, contado desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. Una vez recibida y validada dicha garantía, se procederá a la elaboración y tramitación del contrato, de acuerdo con las presentes Bases Administrativas, la oferta adjudicada y los demás antecedentes que forman parte del proceso licitatorio.
El adjudicatario deberá suscribir el contrato dentro del plazo máximo de 40 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación.
Una vez firmado el contrato, éste deberá ser aprobado mediante la resolución respectiva. La total tramitación y publicación de dicha resolución habilitará la emisión de la primera orden de compra.
Serán parte integrante del contrato las presentes Bases Administrativas y Técnicas, sus anexos, las consultas y respuestas efectuadas durante el proceso licitatorio, la Resolución de Adjudicación y todos los antecedentes que conforman la oferta del adjudicatario.
Todos los gastos, derechos, impuestos, tasas y demás desembolsos que se originen con motivo de la celebración, formalización, protocolización o cualquier otro acto derivado del contrato serán de cargo exclusivo del adjudicatario. El HGGB no asumirá pago alguno por dichos conceptos.
26. DE LA ORDEN DE COMPRA
La primera orden de compra será emitida una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de Adjudicación y, cuando corresponda, el respectivo contrato y la resolución que lo aprueba, de acuerdo con la normativa vigente y las condiciones establecidas en las presentes Bases de Licitación
La orden de compra se entenderá notificada al adjudicatario desde la publicación en el portal www.mercadopublico.cl. El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para aceptar la orden de compra desde la notificación en el portal Mercado Público.
27. VIGENCIA Y RENOVACIÓN.
El suministro tendrá una vigencia de 24 meses, contados desde la fecha de total tramitación de la Resolución de Adjudicación y, cuando corresponda, desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato respectivo. El presente suministro no contempla renovación.
28. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
29. OPERATIVIDAD DEL SUMINISTRO
Los Insumos serán solicitados según necesidad y programación mensual del PAC del Servicio de Oftalmología del Hospital Guillermo Grant Benavente.
La Unidad de Abastecimiento, generará las órdenes de compra al proveedor adjudicado, las que deben despachar en su totalidad.
Es fundamental que el proveedor dé estricto cumplimiento al plazo de entrega ofertado, ya que la provisión de los insumos licitados se considera crítico para responder a las necesidades de los usuarios del Hospital.
Los insumos deberán ingresar a través de Bodega de Insumos, ubicada en calle San Martín N° 1436, Concepción.
30. PLAZO DE ENTREGA
El proveedor es libre de ofertar el plazo que estime, de acuerdo con sus procesos internos y capacidad de entrega.
El plazo de entrega ofertado deberá ser informado expresamente por el proveedor en el Formulario N.° 6 en días hábiles.
Sin perjuicio de lo anterior, el plazo máximo para el envío de las válvulas no podrá exceder de tres (3) días hábiles. Las ofertas que contemplen un plazo superior a lo señalado serán declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación.
El plazo de entrega será considerado a partir del envío de la orden de compra en Mercado Público y el día en que el proveedor adjudicado entregue los insumos en Bodega de Insumos. Si la orden de compra fuera enviada posterior a las 15:00 horas, el plazo de entrega se considerará a partir del día hábil siguiente.
El plazo de entrega debe ser ofertado en números enteros.
Si señala “entrega inmediata” se considerará 1 día hábil. Si no señala plazo de entrega, oferta plazo en número que no es entero o no señala plazo de entrega en días hábiles, la oferta obtendrá 0 puntos en criterios de evaluación “Plazo de Entrega” y en caso de obtener el mejor puntaje de evaluación y ser propuesto para adjudicar por la comisión de evaluación y adjudicación, se realizará la consulta, que deberá ser respondida en un plazo máximo de 48 horas posterior a realizada la consulta. En el caso ofertar el plazo de entrega en rangos de días o de indicar dos o más plazos distintos dentro de la oferta, se considerará el plazo máximo señalado.
Se entenderá por día hábil, de lunes a jueves de 8:00 a 17:00 horas y los días viernes de 8:00 a 16:00 horas. Se excluyen de los días señalados, los establecidos como “feriados” por una Ley de la República.
31. DE LA RECEPCIÓN
El suministro deberá ser recepcionado por Bodega de Insumos del Hospital Guillermo Grant Benavente. Horarios de atención de la Bodega de Insumos; son de lunes a jueves de 8:00 a 17:00 hrs. y los días viernes desde las 8:00 a las 16:00 hrs.
32. MODALIDAD DE PAGO
Facturas que no se envíen correctamente, serán rechazadas de manera inmediata por el Hospital y para la Refacturación deberá ser gestionada con Nota de Crédito que mencione factura rechazada.
El pago se realizará contra factura o boleta de honorarios, previa recepción conforme, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura o boleta de honorarios respectiva.
La factura o boleta de honorarios deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente RUT.61.602.189-3, dirección San Martín N° 1436, Concepción, cancelada en original y dos copias. ADJUNTANDO ORDEN DE COMPRA E INDICANDO EL NUMERO DE ID DE ÉSTA.
Si el proveedor adjudicado posee emisión de facturas electrónicas, deberá actualizar en su ERP correspondiente el listado de contribuyentes respectivo desde SII, para que la factura sea recepcionada mediante los sistemas informáticos del Hospital Guillermo Grant Benavente.
Es responsabilidad del proveedor que la factura electrónica ingrese con detalle de todo lo requerido.
a) Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital.
Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores.
b) En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación a dipresrecepcion@custodium.com para poder ser rescatados por nuestro sistema.
Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.
Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:
Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.
“DTE debe indicar la condición de dispositivo médico en despacho, además de los siguientes datos de trazabilidad: -Nombre del producto, identificación del proveedor, modelo (solo cuando corresponda), N°lote/serie, Fecha de vencimiento, según las exigencias indicadas en norma técnica N°226 del 06.09.22”.
33. DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
34. SANCIONES Y MULTAS
34.1 Los siguientes incumplimientos, obligarán al Hospital para aplicar las multas que se detallan a continuación:
34.1.1 Faltas Leves y sus multas:
● Por incumplimiento de las políticas de canje: El incumplimiento en los plazos de entrega de insumos solicitados a canjear por los motivos antes dispuestos en las presentes bases administrativas; salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 10% del Monto Neto, respecto al valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
● Retraso en el Plazo de Entrega de Insumos: Por el atraso en el plazo de entrega de insumos por cada día hábil, en los plazos propuestos por el proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, se aplicará una multa equivalente al 10% (Monto Neto) aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas.
34.1.2 Faltas Graves y sus multas:
● Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos recibidos: en relación a lo requerido en la presente Licitación y a la oferta técnica del proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, se aplicará una multa equivalente a 1 UTM, cada vez que se reciba un insumo que no haya sido adjudicado en el presente convenio.
● En caso de existir incidente grave: Si se produjera un incidente grave, por falla con alguno de los insumos entregados por el proveedor, que haya significado un riesgo para la salud del paciente, se aplicará una multa equivalente al 20% del Monto Neto del producto que ha fallado. Lo anterior, procederá ante emisión de Incidente Critico por falla de producto, emitida por servicio requirente del HGGB.
34.2 Compensación de cuentas por pagar con multas aplicadas: El Hospital podrá descontar las multas que se originen de los incumplimientos que se estipulen como tal en las bases de licitación o trato directo, según corresponda, de forma administrativa de los documentos por pagar que se tenga con el proveedor respectivo, hasta completar el monto de la multa ratificada por resolución exenta. Si no existieren facturas pendientes o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro de los 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital.. Si una vez efectuada todas las gestiones anteriores aún persiste un monto adeudado, el Hospital podrá efectuar cobro a través de la vía judicial o extrajudicial, si así lo determina.
34.3 Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe al Jefe (s) Unidad Abastecimiento de Insumos para proceder con el proceso de evaluación de multa.
34.4 Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
34.5 La multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
34.6 El cobro de dos o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
34.7 Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
35. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
En todos estos casos, detectada por parte de la entidad o del funcionario responsable una situación que amerite una posible aplicación de multas, se le informará al proveedor mediante oficio remitido a su correo electrónico a través de la plataforma Mercado Público, en el módulo de gestión de contratos, opción "gestión de sanciones", conforme al art. 140 del Decreto N°661. Dicha comunicación señalará la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
Una vez comunicado el inicio del procedimiento sancionatorio, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles administrativos (lunes a viernes) para aceptar la sanción o efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, módulo gestión de contratos.
Vencido el plazo para presentar descargos, la entidad dictará el respectivo acto administrativo pronunciándose sobre la procedencia de la multa.
Si el proveedor presentase descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de treinta días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Esto se resolverá mediante un acto administrativo fundado y se comunicará a través de la plataforma Mercado Público, en el módulo de gestión de contratos, opción "Sanción Aplicada".
Sin perjuicio de lo expuesto, una vez concluida la tramitación del acto administrativo que se pronuncia sobre la multa, el adjudicatario podrá interponer los recursos establecidos en la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos.
Se deja establecido que el Hospital no podrá proceder al cobro de multas que se hayan aplicado en virtud del artículo 13 ter., en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio de pago de multas.
36. DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
36.1 De las modificaciones:
El Hospital podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado (Art. 129 del Reglamento).
36.2 Del Término Anticipado del Contrato:
El Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, debe declarar, administrativamente, el término del contrato, en todo o en parte, por alguna de las causales siguientes:
1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere multado por el acto administrativo correspondiente:
● Cuatro veces por Faltas Leves, durante la vigencia del convenio.
● Tres veces por Falta Leve con una vez por Falta Grave, durante la vigencia del convenio.
● Dos veces por Falta Grave, durante la vigencia del convenio.
2. Que el proveedor presente retraso en plazo de entrega, superior a 15 días hábiles en relación a plazo de entrega ofertado.
3. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la incapacidad de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
4. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
5. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
6. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
7. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
8. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
9. Las demás establecidas en la Ley, en las presentes Bases de licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
37. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONVENIO:
37.1 En el caso de que se genere una o más situaciones de las señaladas en el punto anterior, con excepción de la causal de mutuo acuerdo, el funcionario responsable informará al proveedor a través de oficio indicando causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato. Dicho oficio será remitido al correo electrónico del proveedor designado a través de la plataforma Mercado Publico, en el módulo gestión de contratos, “gestión de sanciones”, según lo señalado en art. 140 del Decreto N°661 que aprueba reglamento de la Ley 19.886. Desde aquella notificación, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen.
Vencido el plazo para presentar descargos, sin que estos se hubieran efectuado, el Hospital Guillermo Grant Benavente dictará el respectivo acto administrativo dando término al contrato y procederá, si corresponde, al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital Guillermo Grant Benavente tendrá un plazo de treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se resolverá mediante acto administrativo fundado, comunicándose aquel a través de plataforma mercado público, módulo gestión de contratos “Sanción Aplicada”.
Sin perjuicio de lo expuesto, una vez concluida la tramitación del acto administrativo que se pronuncia sobre el término anticipado de contrato, el adjudicatario podrá interponer los recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital Guillermo Grant Benavente podrá iniciar las acciones legales correspondientes en contra del proveedor, en el evento de que algún eventual perjuicio originado con motivo del término anticipado sea mayor al valor de la mencionada Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
El término anticipado de contrato por la causal de mutuo acuerdo entre las partes, será aprobado mediante el acto administrativo correspondiente, sin necesidad de que su tramitación esté sujeta al procedimiento administrativo previamente desarrollado o a tramitación judicial alguna.
38. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
39. DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el p. 36.2 de las presentes bases.
40. PRESENTAR MUESTRAS Y/O PROTOTIPOS
Luego de la evaluación de admisibilidad de las ofertas, es decir, de verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos, administrativos y económicos, se solicitarán muestras de los insumos ofertados, con el fin de verificar que éstas cumplan con lo detallado en la oferta técnica.
Las muestras de aquellos productos con los que el hospital haya trabajado durante los últimos 12 meses, no serán solicitadas, ya que éstos se encuentran probados clínicamente. La cantidad de insumos que se soliciten se realizará según el producto que se esté adquiriendo.
Las muestras serán enviadas por el proveedor sin costo para el Hospital.
Serán solicitadas mediante Aclaraciones a la Oferta, Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl y el plazo de entrega máximo será de 2 días hábiles, contados desde la solicitud.
Las muestras deberán ser entregadas con Guía de Despacho que señale claramente que es un despacho sin costo, en la Bodega de Insumos del Hospital Guillermo Grant Benavente, durante el horario de lunes a jueves de 8:00 a 17:00 hrs. y los días viernes desde las 8:00 a las 16:00 hrs.
El proveedor que no envíe las muestras dentro del plazo señalado quedará en estado de inadmisibilidad y no será considerado en etapa de evaluación.
Sólo tendrá la validez, la pauta de evaluación que se adjunta en Anexo N° 1.
41. DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS OFERTADOS
Los productos ofertados deberán tener un vencimiento mínimo de 1 año a contar de la fecha de recepción, No obstante, la empresa adjudicada deberá ofrecer políticas de canje, (Formulario N° 10), para el caso de los productos sin rotación, según lo estipulado en el punto N° 42.
42. POLÍTICAS DE CANJE
El proveedor adjudicado debe presentar políticas de canje en un plazo igual o inferior a 48 horas en los siguientes casos:
● Fallas del empaque: empaque que permita contaminación del insumo.
● Productos sin rotación: insumos que no hayan sido consumido y se requiera cambio de medida, fr, cm, calibre, entre otros.
● Envase en mal estado: que el envase se encuentre aplastado, o abierto al momento de su recepción.
● Conservación del insumo inadecuada: que el insumo presente algún tipo de objeto extraño, por ejemplo, pelo, pelusa, basura, etc.
● Fallas del insumo: al momento de utilizar o manipular el insumo por parte del equipo médico en pabellón, esté se encuentre defectuoso, es decir, que presente características que no permita su uso en paciente o que su posible uso signifique un riesgo para el paciente, según determine el personal clínico.
● Vencimiento de 1 año del insumo: desde la recepción del insumo en la institución.
43. DEVOLUCIONES
Todos los proveedores que se encuentren adjudicados y sin excepción, deberán asumir los costos asociados a las devoluciones que sean realizadas desde bodega de insumos de manera inmediata y sin necesidad de completar ningún documento adicional (Formulario N° 11) para los siguientes casos:
• Pedido no solicitado.
• Pedido mal despachado (en cantidad o detalle).
• Insumos con fallas de empaque: Se refiere a empaques mal sellados (con aperturas) o con alguna característica del envase que haga referencia a que el insumo pueda estar con deterioro y que sea alterada la eficiencia en el uso de éste.
• Términos de licitaciones.
• Muestras enviadas por parte del proveedor, sin haber sido solicitadas por el hospital.
• Muestras posterior a la evaluación de especificaciones técnicas.
• U otro factor que sea a causa de mal despacho de proveedor.
44. POR FALLA DE CALIDAD
Conforme a la relación entre características y especificaciones adjudicadas y lo recepcionado por el servicio clínico usuario del insumo, en caso de existir diferencias, deberán ser correctamente formalizadas por parte de éstos, quienes son responsables de evaluar y llevar control de que lo recepcionado guarde relación con lo solicitado y adjudicado. Por otro lado, cualquier falla del insumo que se produzca antes o durante su uso y que no permita utilizarlo ni llevar a cabo el procedimiento, deberá ser informado oportunamente por el servicio clínico de acuerdo a protocolos del Hospital sobre incidentes de esta naturaleza.
45. EXIGENCIAS FORMALES DE TECNOVIGILANCIA PARA DISPOSITIVOS MÉDICOS:
Los oferentes que participen en el presente proceso licitatorio deberán adjuntar de manera obligatoria a través del portal Mercado Público, al momento de la presentación de sus ofertas, los siguientes antecedentes:
1. Declaración Jurada Simple sobre Retiros de Mercado: Declaración firmada por el Representante Legal del proveedor, manifestando expresamente que el producto o productos ofertados no han sufrido retiros del mercado, de algún lote o serie ya distribuido, en el último año calendario contado desde la fecha de publicación de esta licitación en el portal Mercado Público. * Efecto por Incumplimiento: La ausencia de esta declaración será declarada Inadmisible. De detectarse falsedad en la información, se remitirán los antecedentes a la Dirección de Contratación Pública (ChileCompra) conforme al artículo 160 del D.S. N° 661/2024, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes. Si el proveedor registra retiros en los últimos 12 meses anteriores a la publicación, no podrá participar en el proceso.
2. Comprobante de Sistema de Tecnovigilancia ISP: Certificado que acredite la implementación del sistema de tecnovigilancia del proveedor. La no presentación de este documento dejará la oferta inadmisible.
46. OBLIGACIONES DE TECNOVIGILANCIA DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO:
El proveedor adjudicado asumirá los siguientes compromisos durante toda la vigencia de la relación contractual:
1. Encargado de Tecnovigilancia: Deberá contar de forma permanente con un profesional responsable de Tecnovigilancia debidamente inscrito y acreditado ante la Red Nacional de Tecnovigilancia del Instituto de Salud Pública (ISP). Dicho profesional será la contraparte técnica de la Unidad de Abastecimiento y de la Unidad de Calidad del Hospital.
2. Gestión de Alertas de Seguridad y Retiros: Ante cualquier acción correctiva de seguridad de campo, alertas del ISP o retiros del mercado (sean parciales o totales), el encargado del proveedor deberá informar de manera inmediata y documentada al Administrador del Contrato del Hospital y al ISP.
3. Reposiciones y Canjes: > * Si el retiro afecta a lotes específicos, el adjudicatario ejecutará sin costo adicional la reposición o canje por productos equivalentes o de calidad superior, validados previamente por las unidades técnicas del Hospital. En caso de no contar con alternativas, emitirá la nota de crédito correspondiente.
4. Si el retiro afecta a la totalidad de los lotes, el proveedor deberá efectuar la reposición inmediata por un producto equivalente o superior (previa validación clínica) o emitir nota de crédito si carece de alternativas.
5. Causal de Término Anticipado: Si el proveedor no cuenta con alternativas viables para mantener el abastecimiento continuo ante un retiro de mercado, el Hospital quedará facultado para declarar el término anticipado del contrato de forma unilateral y sin derecho a indemnización para el proveedor.
B) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
VÁLVULAS GLAUCOMA
Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, requiere realizar Licitación Pública de “Convenio suministro de Válvulas Ahmed y Glaucoma Paul para Servicio Oftalmología” ID: 886954-232-LP26.
Características:
ÍTEM
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Cantidad estimada para 24 meses
1 Cód: 10-700-350-2965-00, IMPLANTE NO VALVULADO MOLDEABLE - GLAUCOMA (TIPO PAUL) con la siguiente especificación:
- Área superficie plato 342 mm2
- Grosor plato 0.95 mm
- Largo plato 16.1 mm
- Ancho plato 21.9 mm
- Largo total 44.9 mm
- Agujeros fenestrados 4
- Profundidad reservorio 0.4 mm
- Diámetro externo tubo 0.467 mm
- Diámetro interno tubo 0.127 mm
- Material Silicona blanda de última generación. 150 unidades
2 Cód: 10-700-350-198-00, VÁLVULA AHMED GLAUCOMA, con la siguiente especificación:
FP7 Características:
- Hecho de silicona de grado médico
- Reducción inmediata de la presión intraocular.
- Único sistema de válvulas no obstructivas para evitar el drenaje excesivo y el colapso de la cámara
- Implantado en un procedimiento de una sola etapa
- Perfil cónico para fácil inserción
- Placa de silicona
- Agujeros de percolación acuosa
- Placa más delgada
- Seguro de resonancia magnética
Especificaciones de la válvula / placa:
- Espesor: 0.9mm
- Ancho: 13.0mm
- Longitud: 16.0mm
- Superficie: 184.0mm
Especificaciones del tubo:
- Longitud: 25.00mm
- Diámetro interno: 0.305mm
- Diámetro exterior: 0.635mm
Materiales:
- Cuerpo de placa valvulado: silicona de grado médico
- Tubo de drenaje: silicona de grado médico
- Válvula: silicona de grado médico, membrana de elastómero
- Cubierta de la válvula: polipropileno de grado médico. 70 unidades
Especificaciones Técnicas Adicionales:
• Los insumos deberán ser despachados a Bodega de Insumos del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en calle San Martín N° 1436, Concepción.
• Duración de Contrato: 24 meses.
• Debido a la especificidad de los insumos, no se aceptarán medidas aproximadas.
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