Licitación ID: 895-16-LP26
CONSERV. ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHALINGA
Fecha de Cierre: 31-08-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHALINGA ANTES DE BOCOTOMA CUNLAGUA, COMUNA DE SALAMANCA, REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2026  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSERV. ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHALINGA
Estado:
Publicada
Descripción:
El objetivo de la presente licitación es mejorar el monitoreo hídrico en la estación Fluviométrica Río Chalinga antes Bocatoma Cunlagua, mediante la reconstrucción de muros, caseta, accesos, regla limnimétrica, además de labores de roce, despeje y pintura, entre otras. Todo ello considera un nuevo diseño de la estación, bajo condiciones hidráulicas estandarizadas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección General de Aguas - IV Región
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 31-08-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 10-08-2026 16:15:32
Fecha inicio de preguntas: 10-08-2026 17:00:00
Fecha final de preguntas: 17-08-2026 18:05:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-08-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 31-08-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 31-08-2026 17:00:00
Fecha de Adjudicación: 14-09-2026 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 25-09-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a Terreno 14-08-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos del 1 al 8
2.- Anexo 12
3.- Visita a Terreno
Documentos Técnicos
1.- Anexo 9
 
2.- Anexo 10
 
3.- Anexo 13
 
4.- Anexo 14
 
5.- Anexo 15
 
6.- Anexo 16
 
7.- Anexo 17
 
Documentos Económicos
1.- Anexo 11
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programa de Integridad Ver bases adjuntas 5%
2 Cumplimiento de Requisitos Formales Ver bases adjuntas 5%
3 Iniciativas de sustentabilidad Ver bases adjuntas 5%
4 Plazo de Entrega de los Trabajos Ver bases adjuntas 15%
5 Experiencia del Oferente y su Equipo de Trabajo Ver bases adjuntas 40%
6 Oferta Económica Ver bases adjuntas 20%
7 Maquinarias Ver bases adjuntas 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 3102004
Monto Total Estimado: 140000000
Justificación del monto estimado Presupuesto disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 80 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jorge Chanampa Dessi
e-mail de responsable de pago: jorge.chanampa@mop.gov.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Durante la ejecución del contrato, el Contratista sólo podrá efectuar subcontrataciones que sean estrictamente indispensables para la realización de tareas específicas, lo que deberá contar con la aprobación previa de la Inspección Fiscal de la D.G.A.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0
Fecha de vencimiento: 16-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, por ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, y otros.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato denominado CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHALINGA ANTES DE BOCOTOMA CUNLAGUA, COMUNA DE SALAMANCA, REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2026”
Forma y oportunidad de restitución: El contratista deberá solicitar la devolución de la garantía por escrito en la Oficina de Partes de la D.G.A., al término de la vigencia de esta, mediante presentación dirigida al Inspector Fiscal del Contrato. El Inspector Fiscal del Contrato deberá levantar acta de la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, estableciendo que el contrato fue ejecutado a conformidad, y en el caso que hubiere multas, deberá expresar si fueron descontadas en su oportunidad indicando el acto administrativo respectivo. En el acta deberá constar la firma conjunta del Jefe de la Unidad de Hidrología, D.G.A. Región de Coquimbo y el Inspector Fiscal del Contrato. El retiro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.
    Otras Garantías
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0
Fecha de vencimiento: 15-03-2028
Monto: 3 %
Descripción: Pesos chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza, y el monto asegurado se indique en UF, deberá, además, señalar dicha cifra en pesos, de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes.
Glosa: "Para garantizar el servicio técnico del proyecto CONSERVACIÓN DE LA ESTACIÓN FLUVIOMÉTRICA RÍO CHALINGA ANTES DE BOCOTOMA CUNLAGUA, COMUNA DE SALAMANCA, REGIÓN DE COQUIMBO AÑO 2026”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la caución financiera debe solicitarse por escrito en la Oficina de Partes, dirigida a la Unidad Técnica por parte del contratista, 15 días posteriores al término de la vigencia de la garantía técnica de los trabajos realizados, adquirido como resultado del contrato que se origine, bajo las presentes bases. La petición del contratista deberá fundarse en el hecho que se ha cumplido el plazo ofrecido como garantía técnica que ya no justifique mantener la retención de la caución financiera. La Unidad Técnica suscribirá un acta, en la que señalará -en síntesis- aspectos sustanciales del cumplimiento del servicio de postventa.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
CLAUSULA DE DESEMPATE
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad: 1° Factor N° 1 “Experiencia del oferente y su equipo de trabajo”; 4° Factor N° 3 “Plazo de entrega de los trabajos”; 3° Factor N° 2 “Oferta Económica”; 4° Factor N° 4 “Maquinarias”; 5° Factor N° 5 “Iniciativas de Sustentabilidad”; 6° Factor N° 6 “Programa de Integridad”; 7° Factor Nº 7 “Cumplimiento de Requisitos Formales” 8° Factor N° 8 “Comportamiento Contractual Anterior; Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación. En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registradas en éste. La oferta que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación de los criterios estipulados y resulte conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación pública. Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por en el Encargado de Licitación, sin modificar en lo sustancial, la lógica de objetividad de los criterios de evaluación. Es necesario tener presente, que en el caso de las UTP, estas tienen la obligación de informar inmediatamente a la D.G.A. sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de esta. La UTP debe continuar funcionando con, al menos, dos (2) integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta. El Encargado de Licitación levantará un Acta de Evaluación del presente concurso –informe completo y fundado–, con su propuesta de adjudicación a la autoridad competente, la que deberá adoptar la decisión final, a través de un acto administrativo fundado. Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas, se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada sea inferior a 70 puntos.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación pública, acepta expresamente el Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia. Cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases, sus documentos integrantes y el convenio que de ello se derive. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación. i) Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. Se hace presente que, el adjudicatario que finalmente preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a los dispuesto en el numeral XIV de las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la DGA ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor (si correspondiese). Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con lo establecido en el numeral XXVIII de estas Bases de Licitación.
NORMAS GENERALES DE CONTRATACIÓN, REMUNERACIONES
El personal que contrate el Contratista o Proveedor (Empresa), con motivo de la ejecución o durante la vigencia de la contratación que se origine a partir del presente proceso de compra, no tendrá, en caso alguno, relación laboral, vínculo de subordinación ni dependencia ni calidad de funcionario con respecto de la D.G.A., manteniendo exclusivamente dicha relación con el contratista. Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la D.G.A. así lo requiera, el contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien mediante otros medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (2) últimos años, los primeros estados de pago derivados del contrato licitado deberán destinarse al pago de dichas obligaciones. El Contratista deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato de prestación de servicios. La D.G.A. exigirá al contratista la realización de dichos pagos, debiendo este presentar los documentos que acrediten el cumplimiento total de la obligación. El incumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será considerado como un incumplimiento grave, y facultará a la D.G.A. para poner término anticipado a la contratación. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.