GENERALIDADES
Los presentes Términos de Referencia, vienen a complementar las Bases Administrativas, que establecen las disposiciones que rigen el proceso licitatorio publicado vía CHILECOMPRA. Estos regirán el proceso de licitación para la adquisición de lo siguiente: “Servicios Por Cirugías Oftalmológicas: Cataratas Incluye Ecobiometrías Y/O Exámenes Complementarios”, para el Hospital Claudio Vicuña, establecimiento dependiente del Servicio de Salud Valparaíso San Antonio.
Descripción “Servicios Por Cirugías Oftalmológicas: Cataratas Incluye Ecobiometrías Y/O Exámenes Complementarios”
Las atenciones referidas serán realizadas en dependencias del Hospital Claudio Vicuña, en horario inhábil a convenir, en número según lo descrito en las Bases, de acuerdo a disponibilidad de dependencias ad-hoc y en días que no interfiera con los equipos médicos de otras especialidades. El oferente debe proporcionar equipos e insumos necesarios para las cirugías.
- REQUISITOS DEL PROFESIONAL
Debe presentar antecedentes y/o certificaciones que los acrediten.
- Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud en la Superintendencia de Salud, de no estar inscrito, su oferta será rechazada.
- Certificado del o los profesionales que intervienen en el tratamiento, de tener la condición de funcionario público en calidad de titular o contrata en el Sistema Público de Salud.
- ESPECIFICACIONES TECNICAS
Todas las actividades incluidas en el servicio contratado, según de describe a continuación, deberán ser programada y realizadas en recintos de este centro hospitalario, de acuerdo a la disponibilidad horaria, lo cual deberá ser aprobado por Jefe de Departamento de Gestión Clínica del Establecimiento. El hospital estima realizar 161 cirugías mensuales.
a) Deberán realizarse en la ciudad de San Antonio, en los pabellones y dependencias del Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, en horario posterior a las 17:00hrs. De lunes a jueves y los días viernes desde las 16:00hrs. En adelante, los días sábado, domingos y festivo desde las 08:00hrs., siempre resguardando el normal funcionamiento del establecimiento, de acuerdo al cronograma y coordinado con Jefe Departamento Gestión Clínica y Enfermeras/os supervisoras de pabellón.
La aceptación del horario de realización de las cirugías es obligatorio y excluyente y deberá hacerse expresa mención de su aceptación en el formulario correspondiente.
b) El Hospital Claudio Vicuña de San Antonio pone a disposición un Pabellón implementado para dichas cirugías, no incluye para cada caso, insumos quirúrgicos básicos ni ropa quirúrgica.
c) Será responsabilidad del oferente contar con uno o más cirujanos oftalmólogos, coordinador, anestesistas, auxiliares de anestesia, arsenaleros, Pabelloneros y paramédico sin costo para el Hospital Claudio Vicuña.
d) La Experiencia del oferente debe ser acreditada, con certificado debidamente firmado y timbrado por la institución donde ha prestado el servicio.
e) Todos los pacientes a intervenir deberán contar con evaluación preanestésica y preoperatorio, previamente realizada por el oferente.
f) El Oferente adjudicado, deberá realizar los siguientes controles post-quirúrgicos: Al día siguiente de la cirugía, a la semana y al mes de la intervención; en este último control, deberá prescribir la receta para lentes. Utilizando formulario establecido. Lo anterior será válido por cada ojo operado, utilizando formularios establecidos que permitan cumplir con estándares generales de calidad y específicos normados por IAAS.
g) El oferente debe considerar en su oferta económica la entrega de Lente de PRESBICIE a cada paciente intervenido.
h) El oferente debe considerar en su oferta económica que todos los colirios utilizados en el Preoperatorio serán de uso individual y serán desechados al terminar la atención del paciente (Circular Nº 10 del 19.08.2015 de la Subsecretaria de Redes Asistenciales)
i) Las complicaciones derivadas del acto quirúrgico deberán ser resueltas, por el equipo que se adjudique la cirugía, hasta tres (3) años de efectuada la prestación.
j) El oferente deberá explicitar en forma detallada los procedimientos a realizar ante eventuales complicaciones quirúrgicas vitreoretinales, indicando el equipamiento y recurso humano que dispone para enfrentar tal eventualidad.
k) Los pacientes beneficiarios de esta licitación son seleccionados según prioridad de Jefe de Departamento de gestión Clínica del Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, la cual hará llegar al correo que se defina para estos efectos, un monitoreo en forma quincenal de las garantías GES, ya sean vencidas, vigentes y/o exceptuadas, a dar cumplimiento según se requiera.
l) Ante cualquier emergencia producto de la intervención quirúrgica, el oferente debe tener disponibilidad para atención de urgencia dentro de las 24 horas. Cualquier acto que se pueda catalogar como negligencia en el proceso quirúrgico, será de exclusiva responsabilidad jurídica y administrativa de los oferentes.
m) El oferente deberá disponer semanalmente del recurso especialista para Ecobiometrias y/o Exámenes complementarios según sea el caso de cada paciente.
n) Realizar estudio de conteo de células corneales a través de una microscopia especular, para reducir factores de riesgo y determinar con certeza factibilidad de realizar IQ Cataratas.
- o) El Oferente adjudicado deberá poner a disposición de la Unidad de Apoyo Pabellón programación con especificación del requerimiento, semanalmente y con una semana de anticipación.
p) El profesional deberá cumplir con las actividades administrativas de registro y/o documentación pertinente establecidas en normativa de calidad del establecimiento. Se explicitan los siguientes registros:
- Protocolo Operatorio
- Consentimiento Informado
- Evolución en ficha clínica del establecimiento (registro de intervención, controles y alta)
- Receta con prescripción de medicamentos y lentes, y
- Licencias médicas (eventualmente disponer de formularios)
Deberá completar formulario de excepción de garantía establecido por ley GES, para aquellos que por una condición clínica no fue posible completar su intervención quirúrgica, además de informar al beneficiario el motivo que lleva a la excepción de garantía.
El oferente adjudicado, deberá utilizar todas las herramientas informáticas normadas por el establecimiento.
q) La calidad de la atención prestada se evaluará con los estándares clínicos que se aplican para medir el resultado según protocolo establecido para este tipo de cirugías.
r) Será responsabilidad de la Jefatura del Consultorio de Atención de Especialidades, disponer de la infraestructura necesaria de Box. Los equipos y personal de apoyo para el día de las atenciones médicas, serán de responsabilidad del oferente.
s) Si el Oferente que resulta adjudicado durante la vigencia del convenio desea realizar cambios en el equipo de profesionales, deberá informarlo a la Dirección de Hospital Claudio Vicuña, quien le comunicará la decisión de autorizar o no el cambio de profesionales. Los nuevos profesionales siempre deberán cumplir con los requisitos anteriormente señalados.
t) Cualquier otro gasto en que incurriera el oferente adjudicado, como consecuencia de la presente licitación, será de su cargo, sin derecho a reembolso, por parte del Hospital Claudio Vicuña, así mismo las complicaciones propias que puedan derivarse de las atenciones y que signifiquen un alza en los costos.
u) El oferente debe considerar en su oferta el costo en el evento que pueda producirse una opacidad capsular posterior en un periodo de hasta 3 años.
v) Frente a una eventualidad mayor, tanto del prestador como del Hospital Claudio Vicuña podrán realizarse las cirugías de cataratas en el centro prestador siempre y cuando este se encuentre acreditado. Los gastos de traslados serán por cuenta del afectado, según corresponda. Esta situación podrá afectar a no más del 20% de todas las cirugías cataratas en un año y deberá contar con la autorización de la dirección.
w) La empresa adjudicada será responsable del cálculo del lente intraocular a implantar y que este sea en forma anticipada y debidamente registrado bajo un proceso interno clínico-administrativo.
Los lentes Intraoculares deben ser provistos por el oferente para cada cirugía, los cuales serán de cargo del proveedor, Al momento de ingresar la oferta se deberá entregar ficha técnica elaborada por el fabricante, con las características de los lentes intraoculares a utilizar, serán hidrofóbicos, plegables asféricos con filtro UV y deben contar con autorización de la Administración de alimentos y medicamentos de los Estados unidos (FDA)
Que se registren en cada control post operatorio tras cirugía de cataratas los signos y síntomas de endoftalmitis y otros, definidos como criterios MINSAL en la Normativa de “Definiciones y Criterios de Notificación de Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (IAAS) para la Vigilancia Epidemiológica”. Debiendo notificar los casos al referente local IAAS del hospital Claudio Vicuña al correo elsa.floress@redsalud.gob.cl
Se adjunta tabla de insumos, de responsabilidad del oferente:
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ITEM
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PAQUETES DE CATARATAS
Cada paquete será utilizado en 5 cirugías
La oferta debe incluir la totalidad de los insumos y no por separado
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DESCRIPCION
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cantidad
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OBSERVACION
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1
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Cuchillete de 15º Recto:
- Cuchellete de 15º recto para incisión auxiliar o paracentesis, Satinado para evitar el reflejo de la luz del microscopio.
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5
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2
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Lente Intraocular:
Lente Intraocular monofocal en SISTEMA PRECARGADO asférica de acrílico hidrofóbico con filtro de luz azul, con índice de refracción de 1.55
Rango de dioptrías de +6.0 a +30.0, Que se inserte con inyector por una incisión de 2.4 y 2.2 milímetros. Y que su óptica efectiva sea de 6 mm. Con un largo completo de 13 mm:
- Lente Intraocular Monofocal de acrílico hidrofóbico (Corpolímero Acrilato/Metacrilato)
- Superficie posterior asférica, para corrección de aberración esférica corneal.
- Óptica efectiva de 6 mm y largo completo de 13 mm.
- Incluye Filtro de Protección UV y filtro de protección de luz azul de enlace covalente (cromoforo)
- Material Hápticas: Copolímero Acrilato/Metacrilato
- Filtro UV
- Filtro luz azul
- Angulación Hápticas de 0º (plano)
- Rango de dioptrías de +6.0 a +30.0
- Que se inserte con inyector por una incisión de 2.4 y 2.2 milímetros.
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5
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3
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Paquete de dispositivo absorbente para herida quirúrgica de cirugía oftalmológica:
- Sobre estéril con 10 unidades de microesponjas para cirugía oftálmica completamente libre de pelusas.
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1
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4
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Tip de Titanio de 0.9 mm, para facoemulsificación mediante ultrasonido Ozil Kelman:
Tip de facoemulsificación kelman de 0.9 mm de diámetro con bisel de 30º y punta acampanada. Compatible con pieza de mano Infiniti Ozil.
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5
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5
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Cuchillete oftalmológico angulado y calibrado a 2.4 mm de doble bisel satinado:
- Cuchillete para incisión de faco 2.4 mm, doble bisel. Satinado para evitar el reflejo de la luz del microscopio.
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5
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6
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Sábana Oftalmológica:
¾ Con campo quirúrgico adhesivo de 13 x 10 cms.
¾ Con bolsas recolectoras y puente nasal moldeable.
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5
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7
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Solución isotónica para irrigación intraocular:
¾ Solución salina balanceada para irrigación intraocular.
¾ Estéril
¾ PH: 7.4
¾ 5 Iones esenciales (Ca2+, Na+, K+, Cl-, Mg2-)
¾ Osmolalidad de 305 MOs
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3
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8
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Bodega en consignación de lentes
(Mínimo 150 lentes)
Debe Incluir:
¾ Lentes de -5 a +5 (10 lentes)
¾ Lentes de cámara anterior (15 lentes)
¾ Lentes precargados de +6 a +30, (debe incluir al menos 4 lentes de cada dioptría desde 20dp a 24 dp).
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9
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Sistema Viscoelástico que contenga dos tipos de OVD uno cohesivo y otro dispersivo ambos estériles con un volumen total de 1.05 ml:
- Sistema viscoelástico que contiene:
a) Viscoelástico dispersivo
Composición:
¾ Condroitin Sulfato al 4% y Hialuronato de Sodio al 3%
¾ Peso Molecular de 600.000 Daltons
¾ Viscosidad dinámica de 40.000 cps
¾ Osmolaridad de 325 mOsm
¾ PH de 7.2
¾ Jeringa estéril con 0.5 mL con anillo de seguridad para cánula.
b) Viscoelástico Cohesivo
¾ Hialuronato de Sodio al 1%
¾ Peso Molecular de 2.400.000 Daltons
¾ Viscosidad dinámica de 39.000 cps
¾ Osmolaridad de 310 mOsm
¾ Jeringa estéril con 0.55 mL de Visoelástico
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5
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10
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Set de facoemulsificación para equipo Infiniti:
¾ Tuberías Max Vac para alto vacío Casette rígido de paredes no colapsable
¾ Set de capuchones para punta de faco (2 unidades) compatibles con micro incisión con cámara de prueba.
¾ Receptáculo impermeable para mesa de trabajo de equipo Infiniti
- Cobertor estéril para pantalla de equipo.
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1
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11
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Cánula de Hidrodisección:
¾ Cánula de hidrodisección 27GA, 8mm angulado.
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5
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12
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Colirio mixto
Susp. Oftálmica d 5 mL: antibiótico quinolona (ciprofloxacino) de amplio espectro de acción, asociado a esteroides (dexametasona) con potencia antiinflamatoria, envase Drop Tainer.
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5
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13
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Carbachol
Solución Carbachol 0,01%, vehículo BSS.
Iones presentes: sodio, potasio, magnesio, cloro, calcio. Otros componentes: acetato y citrato. PH 7.3, osmolaridad 305mOsm/l. Fco. Amp. De 1,5 ml.
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2
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14
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Oclusor ocular tipo CATBLUE 2 EYES + Bolso
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5
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- PACIENTES:
La Jefa de gestión de la demanda del Hospital Claudio Vicuña, será quien proporcione listado de pacientes, debidamente identificados con nombre completo, Rut, Fecha de Garantía, calidad previsional. Será responsabilidad del adjudicatario entonces Coordinar los exámenes Pre anestésicos, Pre-operatorios (los exámenes mínimos requeridos serán: Hemograma, Glicemia, Pruebas de coagulación, ECG, Eco biometría, A y B, para todos los pacientes a intervenir) y pases quirúrgicos requeridos según requerimiento.
Será responsabilidad de la Jefatura de Pabellones Quirúrgicos del Hospital disponer de la infraestructura para el día de las intervenciones.
Posteriormente a la atención en el Hospital Claudio Vicuña, cualquier dificultad inherente a ella será de cargo del prestador y en ningún caso de parte del Hospital.
El Hospital Claudio Vicuña se regirá por la normativa interna del hospital y las señaladas por el MINSAL.
- REQUISITOS.
Lo anterior no excluye las exigencias propias del Oferente para la prestación ofrecida, las cuales en conjunto deben apuntar a la prestación de un buen servicio final.
Tratándose de una Propuesta Pública por suma alzada, el oferente deberá consultar en su propuesta, todos los elementos o acciones necesarios para la correcta ejecución, aun cuando no aparezca su descripción, detalle o especificación en el legajo de antecedentes.
- CONDICIONES DE ENTREGA DEL SERVICIO
El Oferente está obligado a asegurar que el paciente entregue su Consentimiento Informado (cumpliendo con el punto Nº 7 de estas Bases Técnicas), acerca del tratamiento requerido, los riesgos asociados y acciones a seguir ante efectos agudos y eventuales complicaciones, entregar el servicio completo, con la calidad y en los plazos establecidos.
Cuando ocurran complicaciones no dependientes de la cirugía misma, ni de su estadía en el establecimiento, que impliquen riesgo vital o secuela funcional grave y, en consecuencia, requiera atención u hospitalización inmediata e impostergable el Oferente deberá informar al hospital y al Supervisor del Contrato.
- CONSENTIMIENTO INFORMADO
El Oferente, antes de iniciar el tratamiento, deberá informar por escrito a todos los pacientes, los alcances del procedimiento que se realizará, obligación que se entenderá cumplida con la firma del “Formulario de Consentimiento Informado.”. Este documento deberá ser emitido quedando en la ficha clínica del paciente.
- PROCESO DE ATENCIÓN
a) Si por razones ajenas a la voluntad del Oferente, la intervención quirúrgica solicitada no pudiera ser realizada en la fecha fijada por el Oferente, este deberá informar por escrito (carta, correo electrónico) oportunamente al Jefe de Gestión de la Demanda, señalando los motivos que le impiden cumplir con su compromiso; por ejemplo, que los resultados de los exámenes preoperatorios del paciente, muestren que no se cumplen las condiciones médicas para ser intervenido, requiriendo subsanar el problema de salud antes de la intervención, quedando pendiente su resolución para otra fecha, además de realizar la excepción de garantía según corresponda.
b) El Oferente deberá realizar el tratamiento, sin discriminar por sexo, edad, patología asociada y condición epidemiológica.
- RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE
Desde el ingreso del paciente-beneficiario al establecimiento, y hasta su egreso o traslado por cualquier causa, el Oferente será responsable de su manejo y protección.
Por lo anterior, el Oferente, bajo ninguna circunstancia podrá traspasar o encomendar a terceros las obligaciones que le corresponden por la prestación convenida.
El Oferente deberá resguardar, durante el proceso de atención, el cumplimiento de lo establecido en la Ley 20.584 que Regula los Derechos y Deberes que Tienen las Personas en Relación con Acciones Vinculadas a su Atención de Salud.
El adjudicado, conforme al desempeño de las funciones que efectuara en las instalaciones del Hospital Claudio Vicuña, deberá resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura utilizada; en caso de daño, pérdida, mal uso y/o desperfectos del equipamiento y/o infraestructura y que se comprueben que fueron causados por el Adjudicado, estos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integro al patrimonio del Adjudicado.
Las prestaciones serán en carácter del ejercicio libre de la profesión, por lo que el adjudicado se hace personalmente responsable de los actos profesionales durante la atención, en el marco de las normas, procedimientos y rendimientos establecidos por el MINSAL y la superintendencia de Salud.
En el desempeño de las actividades, técnicas y procedimientos, inherentes a los servicios contenidos en la presente licitación y que sean presentadas en el establecimiento, el adjudicado debe observar y respetar las normas y procedimiento internos, tanto técnicos como administrativos, que el Hospital Claudio Vicuña tiene establecidos para este tipo de acciones.