Licitación ID: 918434-27-LE25
SISTEMA DE CÁMARAS DE VIGILANCIA
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Sistemas de control de acceso o de seguridad 1 Unidad
Cod: 46171619
SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y MANTENCION DEL SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO, ASÍ COMO EL TRASLADO, INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO DEL SISTEMA DE CÁMARAS DE VIGILANCIA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SISTEMA DE CÁMARAS DE VIGILANCIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
DISPONE LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA Y APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS PARA LA SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y MANTENCION DEL SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO, ASÍ COMO EL TRASLADO, INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO DEL SISTEMA DE CÁMARAS DE VIGILANCIA, ACTUALMENTE DISPUESTO EN CATEDRAL N° 1401, PISOS 2 Y 3, HACIA A LAS FUTURAS DEPENDENCIAS DEL NIVEL CENTRAL DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
R.U.T.:
61.980.680-8
Dirección:
CATEDRAL N°1401 2DO PISO
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-12-2025 20:00:00
Fecha de Publicación: 25-11-2025 19:59:00
Fecha inicio de preguntas: 25-11-2025 23:00:00
Fecha final de preguntas: 02-12-2025 11:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-12-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-12-2025 8:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-12-2025 8:30:00
Fecha de Adjudicación: 15-12-2025 16:44:05
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 22-12-2025
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita Obligatoria: os oferentes deberán concurrir a Agustinas N° 1269, piso 1, comuna de Santiago. La no asistencia a la visita implicará que el/la interesado/a no podrá seguir participando en el proceso de esta licitación. 01-12-2025 11:00:00
Suscripción del acta de entrega de inmueble: dentro de 5 días contados desde la notificación de la adjudicación. Si el día fijado para la entrega el/la adjudicatario/a o su representante no concurriese, se le indicará por escrito otra fecha (revisar base 22-12-2025 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-A
2.- 1-B
3.- 1-C
4.- 2-A
5.- 2-B
6.- 2-C
Documentos Técnicos
1.- 3
 
2.- 4
 
3.- 5
 
4.- 6
 
5.- 8
 
6.- 9
 
7.- 10
 
8.- 11
 
Documentos Económicos
1.- 7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Este criterio tiene asignado un máximo de 20 puntos. Todos los/as proponentes deberán hacer su oferta a suma alzada, y deberán incluir todos los costos asociados a mano de obra, equipos, materiales e insumos, gastos generales y utilidades. La oferta deberá considerar todos los impuestos, costos y gastos envueltos en el servicio, entre otros: seguros, permisos necesarios para ejecutar las obras, remuneraciones, materiales e insumos, leyes previsionales, aportes por ley de accidentes del trabajo, imprevistos, vehículos, herramientas, utilidades, trabajos en horarios diferidos, extendidos, nocturnos y fines de semana, entre otros. Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, de acuerdo con la información que el/la oferente indique en el Anexo N°7. La evaluación de la oferta, por lo tanto, se efectuará aplicando la siguiente formula: j) Precio por la instalación de los bienes y servicios requeridos: ii) Precio por la mantención de los bienes y servicios requeridos: Para efectos de evaluar este criterio, el oferente está obligado a completar el Anexo N°7, de las presentes bases de manera íntegra. (revisar bases) 20%
2 Trabajos/Servicios similares realizados por el/la Anexo N°3 y sus antecedentes adjuntos 10%
3 Enfoque de Género Anexo N°4 y sus antecedentes adjuntos 5%
4 Equipo Técnico Anexo N°6 y sus antecedentes adjuntos 10%
5 Programas de Integridad Anexo N°5 y sus antecedentes adjuntos 5%
6 Plazo de entrega y ejecución de los bienes y servi Anexo N°9 y sus antecedentes adjuntos 40%
7 Post Venta Anexo N°8 y sus antecedentes adjuntos 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Genero
Contrato con Renovación: NO
Observaciones SEGUN BASES
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ANDREA GOMEZ
e-mail de responsable de pago: agomez@mmeg.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudia Donaire
e-mail de responsable de contrato: cdonaire@minmujeryeg.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25196415-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO
Fecha de vencimiento: 02-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: SEGUN BASES
Glosa: “GARANTIZA EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y MANTENCION DEL SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO Y TRASLADO DEL SISTEMA DE CÁMARAS DE VIGILANCIA, PARA LAS FUTURAS DEPENDENCIAS DEL NIVEL CENTRAL DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO, ID Nº_________” (debe indicar el número ID que señala en portal de mercado público). Esta garantía deberá estar vigente hasta los 60 días hábiles siguientes a la terminación de la vigencia del contrato.
Forma y oportunidad de restitución: SEGUN BASES
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de producirse un empate entre ofertas que sean las mejor evaluadas al aplicar la pauta de evaluación, la Comisión Evaluadora deberá atenerse a los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo con el siguiente orden de prelación:
1° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica,
2° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica,
3° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio trabajos/servicios similares realizados por el/la oferente (Anexo N°3)
4°Aquella oferta que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio de evaluación sobre enfoque de género.
De persistir el empate, la situación será resuelta por la Subsecretaría mediante resolución fundada.
El Informe de la Comisión Evaluadora culminará con una propuesta y recomendación para la Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género.
Multas
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género, podrá, administrativamente, sin necesidad de requerimiento judicial ni acción judicial, interponer multas al adjudicatario y/o proveedor cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. La multa será aplicada por cada incumplimiento debidamente acreditado según el procedimiento que se indica en el presente acápite. Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, la Subsecretaría, informada previamente por la contraparte técnica, podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados y debidamente acreditados por el/la contratista ante la contraparte técnica. Para estos efectos, a vía meramente ilustrativa, se entenderá que hay incumplimiento en las siguientes situaciones: a) Cuando no se cumpla con la obligación contratada dentro del plazo establecido, la multa será de 3 UF por día de atraso, hasta cumplir con lo programado. Ahora bien, transcurridos 10 días de atraso, se considerará incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, facultando a la Subsecretaría a cobrar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato, demandar la indemnización de los perjuicios y las demás que correspondan de acuerdo a la normativa vigente. b) Infracción a las prohibiciones del personal del proveedor o adjudicatario, establecidas en el numeral 16.9 de las presentes bases. En este caso, la multa será de 3 UF por cada incumplimiento constatado. c) Cambios en el equipo de trabajo, sin aprobación previa y por escrito de la contraparte técnica 3 UF por cada cambio no autorizado. d) Cuando existan otros incumplimientos calificados como graves por esta entidad, en virtud de resolución fundada, cuya multa irá de 3 a 5 UF de acuerdo a la gravedad del mismo. El valor en pesos chilenos a considerar para efectos de la aplicación de multas será aquel que experimente la Unidad de Fomento (UF) el primer día del mes en que se verificó la falta o incumplimiento. Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estos términos sean constitutivos de multa, la Subsecretaría notificará esta circunstancia al/la proveedor/a, indicando en forma precisa el incumplimiento y/o hechos que se imputan. El/la proveedor/a dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados y acreditados por el proveedor ante la contraparte técnica y aceptados por esta formalmente. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género informará esta situación a la División de Administración y Finanzas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. Respecto de esta decisión, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la Ley N°19.880, que establece las Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Así, el proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada mediante resolución administrativa totalmente tramitada. Las multas se podrán aplicar cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El acto administrativo que ordene la aplicación de una sanción y/o multa deberá estar totalmente tramitado para su aplicación. El/la proveedor/a deberá pagar las multas mediante depósito en la cuenta corriente bancaria que le indique la Subsecretaría, debiendo acreditar su pago a través del comprobante respectivo. Se deja expresa constancia que la aplicación de multas por un valor que exceda en un 20% el monto adjudicado, facultará a la Subsecretaría para poner término anticipado al contrato por incumplimiento grave de este. En caso que el/la adjudicatario/a y/o proveedor/a registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, debiendo el/la adjudicatario/a y/o proveedor/a presentar comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista facultará a la Subsecretaría para dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. La Subsecretaría podrá exigir al contratista la obligación el otorgamiento y constitución, al momento de la adjudicación, de mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en la ley N° 19.886 y su reglamento.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.