Licitación ID: 923000-8-LE25
RECAMBIO PUERTAS SEGURIDAD ESCUELA NSM OLIVAR
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE OLIVAR
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
LICITACIÓN PÚBLICA POR: "RECAMBIO PUERTAS SALA DE COMPUTACIÓN ESCUELA NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, COMUNA DE OLIVAR". SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS INDICADAS EN DOCUMENTOS ADJUNTOS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
RECAMBIO PUERTAS SEGURIDAD ESCUELA NSM OLIVAR
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Olivar invita a los Inscritos en Chilecompra a la suscripción de Contrato de: “RECAMBIO PUERTAS SALA DE COMPUTACIÓN ESCUELA NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, COMUNA DE OLIVAR”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Departamento de Educación Municipal
R.U.T.:
69.081.400-5
Dirección:
PLAZA ESMERALDA S/N°, OLIVAR ALTO
Comuna:
Olivar
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-07-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 11-07-2025 9:36:10
Fecha inicio de preguntas: 11-07-2025 10:30:00
Fecha final de preguntas: 14-07-2025 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-07-2025 22:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-07-2025 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-07-2025 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 25-07-2025 11:30:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO N°1
2.- FORMULARIO N°2
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO N°3
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO N°4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Se asignará puntaje por plazo de entrega ofertado según la siguiente escala: Menor Plazo de Ejecución x 100 x 0.20 Plazo de Ejecución Ofertado 20%
2 Precio Se calculará tomando la Oferta menor dividida por la Oferta de los proponentes y multiplicada por el coeficiente de Ponderación Oferta mínima x 100 x 0.80 Oferta evaluada 80%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBVENCIÓN GENERAL
Monto Total Estimado: 8000000
Justificación del monto estimado SUBVENCIÓN GENERAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PEDRO LLANOS
e-mail de responsable de pago: DIRECTORFINANZAS@MUNIOLIVAR.CL
Nombre de responsable de contrato: LUIS ORELLANA MIQUEL
e-mail de responsable de contrato: JEFEDAEM@MUNIOLIVAR.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2358335-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE OLIVAR
Fecha de vencimiento: 30-09-2025
Monto: 50000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “Garantía de Seriedad de la Oferta Licitación Pública RECAMBIO PUERTAS SALA DE COMPUTACIÓN ESCUELA NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, COMUNA DE OLIVAR”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las Boletas Bancarias de Garantía por seriedad de la oferta al proponente que se adjudicó se hará dentro de 10 días hábiles contados desde la fecha de aceptada la Orden de Compra.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE OLIVAR
Fecha de vencimiento: 27-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y buena Ejecución de las Obras Licitación Pública RECAMBIO PUERTAS SALA DE COMPUTACIÓN ESCUELA NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED, COMUNA DE OLIVAR”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al Contratista a su solicitud. Si por cualquier circunstancia el adjudicatario no entregase la garantía en el plazo indicado en párrafo precedente, la Municipalidad hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta, la que pasará íntegramente a su beneficio dejando sin efecto el Decreto de Adjudicación y podrá sin necesidad de llamar a nueva licitación, y si así lo estima conveniente, proponer adjudicar al Oferente que hubiese ocupado el lugar siguiente en la proposición de adjudicación sugerida por la Comisión Evaluadora, sin apelación posible. Se hace presente que esta garantía, además de caucionarán el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 121 del Reglamento Decreto N°661 de la Ley N°19.886 sobre Compras Púbicas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos (2) o más oferentes respecto de la evaluación final, se privilegiará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio Plazo de Entrega.

En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”.

En caso de mantenerse el empate entre los participantes, se considerará el primer oferente admisible que haya ingresado su oferta en la plataforma Mercado Público.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Una vez que se haya adjudicado la Propuesta, se procederá a notificar la decisión al Adjudicatario mediante Decreto Alcaldicio ingresado en el Portal de Mercado Público.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2.-  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.-  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.-  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.-  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.-  El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.-  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


MULTAS
22.1 MULTAS a) En aquellos casos que la oferta está garantizada por seriedad de la oferta y el adjudicatario se desiste de ésta o no acepta le orden de compra estando en su plazo de vigencia, se procederá a hacerlas efectivas. La Municipalidad podrá oficiar informando a otras Comunas de las multas y sanciones que se ha aplicado a esos Contratistas. b) Si el Contratista no entrega la obra totalmente terminada en el plazo establecido en el Contrato, se le aplicará una multa diaria equivalente al 4/1000 (cuatro por mil) del monto del Contrato, no pudiendo ella, exceder en su totalidad del 15% del monto del Contrato. En cuyo caso, la Municipalidad evaluará la situación para determinar un término anticipado del éste. Las presentes Bases Administrativas fijan multas por atrasos parciales en el avance de la Obra, las que se descontarán en el estado de pago siguiente al de la aplicación de la multa. c)Si el Contratista no ejecuta las obras de acuerdo con el proyecto contratado (Especificaciones Técnicas, planos y cualquier documento que forma parte del contrato) se aplicará una multa equivalente a 5% del valor contratado, que se descontará del Estado de Pago y/o Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Buena Ejecución de las Obras. e) La demora por parte del Contratista, en el cumplimiento de las órdenes impartidas por el Inspector en el Libro de Obras, la presentación incompleta de los antecedentes requeridos en los Estados de Pago, el informe de pagos con atraso de sueldos, salarios y leyes sociales y la aplicación de sanciones o multas en el desarrollo de la obra, se deberán tener presente al evaluar el comportamiento del Contratista, conforme a las pautas de evaluación que se establecen en la Bases Administrativas Especiales, cuyo resultado se archivará en su carpeta de antecedentes del Registro al que pertenezca, se aplicará una multa del 1% del valor del contrato. f) Paralización de obras sin justificación alguna, por más de tres días hábiles consecutivos se aplicará una multa diaria equivalente a un 1% del valor del contrato, salvo que las Bases administrativas Especiales indiquen un guarismo distinto. g) Incumplimiento de instrucciones de la ITO, también podrá estar afecto a multas que, según la gravedad de las circunstancias debidamente justificadas por la ITO, serán desde un 0.5% hasta un máximo de un 3% de valor del contrato, que serán descontadas del Estado de Pago siguiente, y podrán ser impugnadas ante la autoridad edilicia y ésta, reevaluarla según los antecedentes aportados por las partes. h) Se considera la aplicación de una multa equivalente a un 0.5% del presupuesto de la obra, por cada día de ausencia del profesional a cargo de la obra. Si el Inspector Técnico de Obras considerara que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al adjudicatario, indicando el monto y fundamento de esta. El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la comunicación, para formular descargos. Con el mérito de ellos, o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, la Alcaldesa resolverá sobre el particular, de manera fundada y previa ponderación de los antecedentes. La aplicación de multas no podrá superar el 30% del precio del contrato. 22.2 PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Detectada una situación que amerite la aplicación de multa por parte del ITO responsable, éste le notificará al adjudicatario por correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el oferente adjudicado tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo sin presentar descargo, la Municipalidad dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa. Si el oferente adjudicado hubiere presentado descargos en el tiempo y forma, la Municipalidad tendrá un plazo de hasta ocho días hábiles a contar de la recepción de los mismo, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante el Decreto respectivo, lo que se notificará al adjudicatario por correo electrónico. Quedará ejecutoriada la multa, con la notificación de dicho Decreto. Desde ese momento el oferente adjudicado se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera. El monto de las multas será rebajado del pago que la Municipalidad deba efectuar al oferente adjudicado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.