Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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DEPARTAMENTO DE FINANZAS DE LA VI DE
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Fecha de vencimiento:
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11-12-2026
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Monto:
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5
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Descripción:
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Artículo 15º:Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato: Para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social, así como el pago de eventuales multas u otros créditos, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar, en el mismo plazo señalado para la suscripción del contrato adjudicado, cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 68° del Reglamento de la Ley de Compras, extendida a nombre del Departamento de Finanzas VI División de Ejército , Rut N.º61.101.001-K, pagadera a la vista, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata, la cual en su glosa debe llevar el texto como a continuación se detalla: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el servicio de modificación y mejoramiento del sistema de alimentación de agua potable en sala de bombas y mantención de estanque que se encuentra ubicado en el Club de Oficiales “El Morro”.
Esta garantía caucionará asimismo la correcta ejecución técnica de las obras e instalaciones, comprendiendo la reparación de defectos, vicios constructivos, fallas de funcionamiento, filtraciones, fugas y cualquier otra deficiencia imputable al contratista que sea detectada durante la vigencia de la garantía, aun cuando los trabajos hubieren sido objeto de recepción conforme por parte de la entidad licitante.
El monto de esta garantía será de un 5% del precio final neto ofertado. Los instrumentos de garantía entregados de forma electrónica y respecto de los cuales sea posible su verificación digital (código QR, firma electrónica avanzada, por ejemplo), podrán ser ingresados electrónicamente al correo rocio.espineira@ejercito.cl o en forma física en Avda. Consistorial N°151 Arica, siempre que aquellos se ajusten a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Si la garantía que se presenta es en formato físico (ej. Boleta bancaria, vale vista) se deberá además adjuntar un documento donde se verifique la autenticidad de tal caución.
Dicho documento debe ser emitido para estos fines por la respectiva entidad financiera, debiendo quedar expresado en él la autenticidad del instrumento de garantía presentado, tipo de instrumento mercantil de que se trate (boleta bancaria, vale vista u otra), entidad emisora del mismo, numero, fecha de emisión y monto del documento, además de señalar la validez por el tiempo que determinen las presentes bases y el contrato.
En el caso que la entidad bancaria o aseguradora no emita este certificado, el Administrador de Contrato deberá emitir un certificado en el cual se dé cuenta de este hecho.
Esta garantía debe ser entregada en un sobre el que podrá contener la información necesaria para su individualización.
En caso que el adjudicatario entregue dentro del plazo una garantía que tenga error de forma, la entidad licitante podrá admitir su garantía a condición que esta será enmendada en un plazo no superior a dos días hábiles contados desde la notificación que realice la entidad a través correo electrónico informado por el Oferente adjudicado en Anexo Nº1.
En caso de incumplimiento a lo prescrito en este artículo, entendiéndose por tal, la no de presentación de esta garantía en tiempo y forma o la falta de subsanación de las observaciones realizadas de conformidad con el párrafo anterior, la Zona de Bienestar podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a readjudicar, a la segunda oferta mejor evaluada, si esta es conveniente a los intereses de la Zona de Bienestar, situación de la cual se deberá dejar constancia en el portal por medio de resolución fundada.
Esta garantía deberá tener la misma vigencia del contrato, aumentada 60 (sesenta) días hábiles y será devuelto al proveedor, dentro de los 30 (treinta) días siguientes a su vencimiento.
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Glosa:
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Artículo 15º:Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato: Para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social, así como el pago de eventuales multas u otros créditos, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar, en el mismo plazo señalado para la suscripción del contrato adjudicado, cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 68° del Reglamento de la Ley de Compras, extendida a nombre del Departamento de Finanzas VI División de Ejército , Rut N.º61.101.001-K, pagadera a la vista, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata, la cual en su glosa debe llevar el texto como a continuación se detalla: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el servicio de modificación y mejoramiento del sistema de alimentación de agua potable en sala de bombas y mantención de estanque que se encuentra ubicado en el Club de Oficiales “El Morro”.
Esta garantía caucionará asimismo la correcta ejecución técnica de las obras e instalaciones, comprendiendo la reparación de defectos, vicios constructivos, fallas de funcionamiento, filtraciones, fugas y cualquier otra deficiencia imputable al contratista que sea detectada durante la vigencia de la garantía, aun cuando los trabajos hubieren sido objeto de recepción conforme por parte de la entidad licitante.
El monto de esta garantía será de un 5% del precio final neto ofertado. Los instrumentos de garantía entregados de forma electrónica y respecto de los cuales sea posible su verificación digital (código QR, firma electrónica avanzada, por ejemplo), podrán ser ingresados electrónicamente al correo rocio.espineira@ejercito.cl o en forma física en Avda. Consistorial N°151 Arica, siempre que aquellos se ajusten a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Si la garantía que se presenta es en formato físico (ej. Boleta bancaria, vale vista) se deberá además adjuntar un documento donde se verifique la autenticidad de tal caución.
Dicho documento debe ser emitido para estos fines por la respectiva entidad financiera, debiendo quedar expresado en él la autenticidad del instrumento de garantía presentado, tipo de instrumento mercantil de que se trate (boleta bancaria, vale vista u otra), entidad emisora del mismo, numero, fecha de emisión y monto del documento, además de señalar la validez por el tiempo que determinen las presentes bases y el contrato.
En el caso que la entidad bancaria o aseguradora no emita este certificado, el Administrador de Contrato deberá emitir un certificado en el cual se dé cuenta de este hecho.
Esta garantía debe ser entregada en un sobre el que podrá contener la información necesaria para su individualización.
En caso que el adjudicatario entregue dentro del plazo una garantía que tenga error de forma, la entidad licitante podrá admitir su garantía a condición que esta será enmendada en un plazo no superior a dos días hábiles contados desde la notificación que realice la entidad a través correo electrónico informado por el Oferente adjudicado en Anexo Nº1.
En caso de incumplimiento a lo prescrito en este artículo, entendiéndose por tal, la no de presentación de esta garantía en tiempo y forma o la falta de subsanación de las observaciones realizadas de conformidad con el párrafo anterior, la Zona de Bienestar podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a readjudicar, a la segunda oferta mejor evaluada, si esta es conveniente a los intereses de la Zona de Bienestar, situación de la cual se deberá dejar constancia en el portal por medio de resolución fundada.
Esta garantía deberá tener la misma vigencia del contrato, aumentada 60 (sesenta) días hábiles y será devuelto al proveedor, dentro de los 30 (treinta) días siguientes a su vencimiento.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Artículo 15º:Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato: Para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social, así como el pago de eventuales multas u otros créditos, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar, en el mismo plazo señalado para la suscripción del contrato adjudicado, cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 68° del Reglamento de la Ley de Compras, extendida a nombre del Departamento de Finanzas VI División de Ejército , Rut N.º61.101.001-K, pagadera a la vista, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata, la cual en su glosa debe llevar el texto como a continuación se detalla: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el servicio de modificación y mejoramiento del sistema de alimentación de agua potable en sala de bombas y mantención de estanque que se encuentra ubicado en el Club de Oficiales “El Morro”.
Esta garantía caucionará asimismo la correcta ejecución técnica de las obras e instalaciones, comprendiendo la reparación de defectos, vicios constructivos, fallas de funcionamiento, filtraciones, fugas y cualquier otra deficiencia imputable al contratista que sea detectada durante la vigencia de la garantía, aun cuando los trabajos hubieren sido objeto de recepción conforme por parte de la entidad licitante.
El monto de esta garantía será de un 5% del precio final neto ofertado. Los instrumentos de garantía entregados de forma electrónica y respecto de los cuales sea posible su verificación digital (código QR, firma electrónica avanzada, por ejemplo), podrán ser ingresados electrónicamente al correo rocio.espineira@ejercito.cl o en forma física en Avda. Consistorial N°151 Arica, siempre que aquellos se ajusten a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Si la garantía que se presenta es en formato físico (ej. Boleta bancaria, vale vista) se deberá además adjuntar un documento donde se verifique la autenticidad de tal caución.
Dicho documento debe ser emitido para estos fines por la respectiva entidad financiera, debiendo quedar expresado en él la autenticidad del instrumento de garantía presentado, tipo de instrumento mercantil de que se trate (boleta bancaria, vale vista u otra), entidad emisora del mismo, numero, fecha de emisión y monto del documento, además de señalar la validez por el tiempo que determinen las presentes bases y el contrato.
En el caso que la entidad bancaria o aseguradora no emita este certificado, el Administrador de Contrato deberá emitir un certificado en el cual se dé cuenta de este hecho.
Esta garantía debe ser entregada en un sobre el que podrá contener la información necesaria para su individualización.
En caso que el adjudicatario entregue dentro del plazo una garantía que tenga error de forma, la entidad licitante podrá admitir su garantía a condición que esta será enmendada en un plazo no superior a dos días hábiles contados desde la notificación que realice la entidad a través correo electrónico informado por el Oferente adjudicado en Anexo Nº1.
En caso de incumplimiento a lo prescrito en este artículo, entendiéndose por tal, la no de presentación de esta garantía en tiempo y forma o la falta de subsanación de las observaciones realizadas de conformidad con el párrafo anterior, la Zona de Bienestar podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a readjudicar, a la segunda oferta mejor evaluada, si esta es conveniente a los intereses de la Zona de Bienestar, situación de la cual se deberá dejar constancia en el portal por medio de resolución fundada.
Esta garantía deberá tener la misma vigencia del contrato, aumentada 60 (sesenta) días hábiles y será devuelto al proveedor, dentro de los 30 (treinta) días siguientes a su vencimiento.
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