Licitación ID: 999-27-LE26
Serv. de Aseo Provincia de Concepción
Fecha de Cierre: 17-08-2026 15:10:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 37
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 6 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 12 Mes
Cod: 76111501
Servicio de aseo, de acuerdo a especificaciones técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. de Aseo Provincia de Concepción
Estado:
Publicada
Descripción:
Se requiere el Servicio de Aseo en las dependencias pertenecientes a la Dirección de Vialidad, Provincia de Concepción para mantener adecuadas condiciones de higiene y permitir el normal desarrollo de las labores del personal.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - VIII Región - Provincia Concepción
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
RUTA 150 CAMINO PENCO KM. 6,5
Comuna:
Penco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-08-2026 15:10:00
Fecha de Publicación: 03-08-2026 11:36:00
Fecha inicio de preguntas: 03-08-2026 12:01:00
Fecha final de preguntas: 11-08-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-08-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-08-2026 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-08-2026 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 01-09-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 05-08-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- En el caso de la UTP, deberá: a) Dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 180 del Decreto 661/2024, según corresponda, lo cual será verificado por la Dirección de Vialidad. En consecuencia: - Cada empresa integrante de la UTP, deberá cumplir con los requisitos que se indican en el numeral 1.4.1., según sea su naturaleza jurídica. - Deberá acompañar, junto a los antecedentes mencionados anteriormente, copia simple del documento público o privado mediante el cual han formalizado su unión, el que deberá contener a lo menos, el objetivo de la unión, su vigencia, el pacto de solidaridad entre las partes que la componen respecto de las obligaciones que se generan con la Dirección de Vialidad, y el nombramiento de un representante o apoderado en común con poderes suficientes para representarlos en conjunto, para ofertar y contratar. b) Adjuntar el documento que da cuenta del acuerdo de participar de esta forma, de conformidad con el artículo 181 del Decreto 661/2024.
Documentos Técnicos
1.- a. Documento que dé cuenta de la iniciación de actividades o la modificación del giro, ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), respecto del giro de servicios de aseo o limpieza. b. Para acreditar experiencia deberá acompañar copias de las facturas, cuya glosa comprenda la prestación de servicios de aseo. Para estos efectos, los oferentes deberán presentar una factura, por cada año de experiencia que desee acreditar en prestación de servicios de aseo. Se aceptarán facturas de hasta 8 años de antigüedad. c. Copia simple de convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X libro IV del Código del Trabajo. d. Formulario N° 4, referente a programas de integridad y ética empresarial, firmado por el representante legal de la empresa oferente.
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N.° 3, “Oferta Económica y Remuneraciones de los Trabajadores”, firmado manuscrita o electrónicamente por el oferente o por quien represente a la empresa, en el cual deberá indicar el valor neto mensual ofertado para la prestación del servicio. El mismo formulario deberá contener, además, el porcentaje de remuneración ofertado por sobre el ingreso mínimo mensual vigente, conforme a lo señalado en los Antecedentes Técnicos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programas de Integridad y Ética Empresarial De acuerdo a lo indicado en el punto 1.7.4. de las presentes bases 10%
2 Económico De acuerdo a lo indicado en el punto 1.7.1. de las presentes bases 60%
3 Condiciones de empleo y remuneraciones De acuerdo a lo indicado en el punto 1.7.2. de las presentes bases 20%
4 Experiencia De acuerdo a lo indicado en el punto 1.7.3. de las presentes bases 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: FONDOS SECTORIALES
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MOP DV
e-mail de responsable de pago: dv.pagos@mop.gov.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Por resguardo del interés fiscal.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MOP DIRECCION DE VIALIDAD
Fecha de vencimiento: 30-12-2027
Monto: 5 %
Descripción: Esta Garantía, deberá hacerla llegar, con una carta identificando la Licitación, hasta el quinto día hábil contado desde la notificación de la adjudicación en el Portal, a la Oficina de Partes de la Dirección Provincial de Vialidad, ubicada en Ruta 150 Km 6,5, de la Comuna de Penco. En caso de no presentación de esta Garantía dentro del plazo indicado o si ésta no cumple los requisitos exigidos en las bases, la Dirección podrá readjudicar o dejar sin efecto la adjudicación, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1.6 de las presentes bases. En caso de readjudicación, se informará, a través de correo electrónico, una nueva fecha de vencimiento.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del “SERVICIO DE ASEO EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, UBICADAS EN PENCO, HUALQUI Y SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO”, y en cumplimiento de las Leyes Laborales.
Forma y oportunidad de restitución: Al vencimiento del plazo por el cual hubiere sido otorgada, si no hubiere causal para su cobro, la devolución se gestionará en Unidad de Abastecimiento Provincial de la Dirección de Vialidad, transcurrida su vigencia.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Dirección de Vialidad, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. Esta adjudicación, será formalizada por resolución fundada.
Pacto de integridad

1.1.1.       PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se deriven.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

1.1.2.       Normativa: Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 661/24, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.

 

1.1.3.   Participantes: Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas en el sitio www.mercadopublico.cl. Para presentar ofertas deberán encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y cumplir los demás requisitos establecidos en las presentes Bases.

1.1.4.       Modificaciones a las bases: La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando, además, un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las respectivas modificaciones se efectuarán mediante Resolución Fundada.

Las consultas efectuadas que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal.

Aquellas consultas que, por alguna razón, no alcancen a ser respondidas en el portal, se responderán por circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente.

1.1.5.       Especificaciones técnicas:

1.1.5.1.  Visita a terreno: Con el objeto de que los oferentes conozcan las dependencias, las condiciones de operación, las características de las instalaciones y el alcance del servicio requerido, se realizará una visita a terreno de carácter obligatorio, la que tendrá lugar el segundo día hábil siguiente a la publicación de la licitación.

La visita comprenderá las dependencias de la Dirección de Vialidad ubicadas en Penco, Hualqui y Santa Juana y será guiada por un funcionario designado por la Dirección Provincial de Vialidad. Para consultas relacionadas con la visita, se dispone del teléfono 41 2852142.

Podrá asistir el oferente, su representante legal o una persona debidamente autorizada para representarlo durante la visita, debiendo firmar el registro de asistencia dispuesto para tal efecto.

La inasistencia a la visita será causal de inadmisibilidad de la oferta.

La participación en la visita implicará que el oferente declara conocer las condiciones generales de las dependencias y del servicio requerido, no pudiendo invocar posteriormente desconocimiento de ellas durante la ejecución del contrato.

1.1.5.2.  Dependencias y recintos comprendidos en el servicio: El servicio de aseo deberá ejecutarse en la totalidad de las dependencias y recintos que se indican a continuación, comprendiendo oficinas, servicios higiénicos, áreas comunes, talleres y demás instalaciones de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Concepción.

1.1.5.2.1.                    Taller Provincial de Vialidad: ubicado en Ruta 150 Km. 6,5, camino a Penco, comuna de Penco, Provincia de Concepción.

ü  Oficina Jefe Provincial.

ü  Oficina Unidad Gestión de Personas.

ü  Oficina Jefe Unidad de Conservación.

ü  Oficina Analistas de Conservación.

ü  Oficina de Partes.

ü  Salas de reuniones.

ü  Recepción.

ü  Baño damas.

ü  Baño personas con discapacidad.

ü  Baño varones.

ü  Oficina Unidad de Abastecimiento.

ü  Oficina Unidad de Maquinarias.

ü  Casino.

ü  Cocina.

ü  Baños y camarines.

ü  Pasillos.

ü  Sala Técnica.

ü  Carromatos.

ü  Taller mecánico.

1.1.5.2.2.                    Inspectoría de Vialidad de Hualqui: ubicada en calle Portales N° 890, comuna de Hualqui.

ü  Inspectoría, incluye baño y cocina.

ü  Taller.

1.1.5.2.3.                    Inspectoría de Vialidad de Santa Juana: ubicada en calle Pedro de Valdivia N° 736, comuna de Santa Juana.

ü  Inspectoría, incluye baño y cocina.

ü  Taller.

El presente listado identifica las dependencias comprendidas en el servicio de aseo. La empresa adjudicada deberá ejecutar las labores en la totalidad de los recintos señalados, aun cuando durante la vigencia del contrato se produzcan modificaciones menores en su distribución interior, siempre que ello no implique una ampliación sustancial del servicio contratado.

1.1.5.3.  Jornada de trabajo

1.1.5.3.1.                    Taller Provincial de Vialidad: La jornada de trabajo deberá realizarse de lunes a viernes, desde las 17:00 hasta las 21:00 horas, tiempo destinado a la correcta ejecución de las labores de aseo y limpieza.

Adicionalmente, cada quince (15) días se realizará una jornada de aseo profundo los días sábado, desde las 09:00 hasta las 13:00 horas, previa coordinación con el Inspector Fiscal, destinada a la limpieza profunda de pisos, equipos, mobiliario y demás dependencias, sin perjuicio de las labores de aseo diarias.

1.1.5.3.2.                    Inspectorías de Vialidad de Hualqui y Santa Juana: La jornada de trabajo deberá realizarse una vez por semana, preferentemente los días viernes, dentro del horario comprendido entre las 09:00 y las 15:00 horas. La empresa adjudicada deberá organizar y distribuir su personal de manera que, dentro de dicho período, se ejecuten íntegramente las labores de aseo programadas para ambas dependencias.

Si el día viernes correspondiere a un día feriado o existiere otra circunstancia debidamente justificada que impida la ejecución del servicio, éste deberá realizarse en otro día hábil de la misma semana, previa coordinación con el Inspector Fiscal, manteniéndose en todo caso la frecuencia semanal establecida.

Excepcionalmente, y por necesidades del Servicio, el Inspector Fiscal podrá autorizar que la ejecución del servicio se realice en un día u horario distinto, debiendo mantenerse la frecuencia semanal establecida.

Adicionalmente, una vez al mes, se realizará una jornada de aseo profundo los días sábado, entre las 09:00 y las 13:00 horas, previa coordinación con el Inspector Fiscal, destinada a la limpieza profunda de pisos, equipos, mobiliario y demás dependencias de ambas Inspectorías, sin perjuicio de las labores de aseo semanal establecidas en las presentes Bases. La empresa deberá disponer y organizar el personal necesario para ejecutar íntegramente dichas labores dentro del horario señalado.

La empresa adjudicada deberá organizar su personal de manera que el cumplimiento de la jornada y frecuencia establecidas para las Inspectorías de Hualqui y Santa Juana no afecte la correcta ejecución del servicio en el Taller Provincial de Vialidad.

La empresa adjudicada deberá coordinar con el Inspector Fiscal el acceso a las dependencias de las Inspectorías de Hualqui y Santa Juana, considerando que el ingreso a dichos recintos se encuentra sujeto a la presencia de funcionarios de la Dirección de Vialidad.

El traslado del personal, equipos, materiales, herramientas e insumos necesarios para la ejecución del servicio en las Inspectorías de Hualqui y Santa Juana será de exclusivo cargo y responsabilidad de la empresa adjudicada, sin costo adicional para la Dirección de Vialidad.

1.1.5.3.3.                    Funciones de aseo: Las frecuencias señaladas en los numerales siguientes se aplicarán al Taller Provincial de Vialidad. En las Inspectorías de Hualqui y Santa Juana, las labores de aseo ordinario se ejecutarán una vez por semana, en cada visita programada, debiendo comprender todas las actividades necesarias para mantener las dependencias en adecuadas condiciones de higiene, limpieza, orden y presentación. Adicionalmente, una vez al mes se efectuará una jornada de aseo profundo, conforme a lo establecido en el punto 1.10.5.3.2 y previa coordinación con el Inspector Fiscal.

1.1.5.3.4.                    Actividades diarias

  1. Barrido, aspirado, lavado y/o trapeado de pisos, según el tipo de superficie.
  2. Limpieza y desinfección de servicios higiénicos.
  3. Limpieza de lavamanos, inodoros, urinarios, espejos y grifería.
  4. Reposición de bolsas de basura.
  5. Vaciado y limpieza de papeleros.
  6. Limpieza de escritorios, mesas, muebles y demás mobiliario de oficina.
  7. Limpieza exterior de computadores, monitores, impresoras, fotocopiadoras y demás equipos electrónicos de oficina.
  8. Limpieza de puertas, manillas e interruptores.
  9. Limpieza de cocina, casino y lavaplatos.
  10. Limpieza de accesos y recepción.
  11. Reposición y verificación del abastecimiento de los insumos sanitarios, cuando corresponda, conforme a lo establecido en el punto 1.10.5.6.
  12. Recolección y disposición de residuos en los contenedores habilitados para tal efecto, de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección de Vialidad.

1.1.5.3.5.                    Actividades semanales

  1. Limpieza interior y exterior de vidrios de fácil acceso.
  2. Limpieza de muros, zócalos y guardapolvos.
  3. Limpieza de sillas, muebles y archivadores.
  4. Limpieza de salas de reuniones.
  5. Limpieza de camarines.
  6. Limpieza del taller mecánico.
  7. Limpieza de carromatos.
  8. Limpieza profunda de marcos de puertas y marcos de ventanas interiores.

1.1.5.3.6.                    Actividades quincenales

  1. Abrillantado de pisos.
  2. Limpieza profunda de cocina y casino.
  3. Limpieza de luminarias accesibles.
  4. Limpieza profunda de muebles.
  5. Limpieza profunda del taller mecánico y de los carromatos.
  6. Limpieza profunda de estanterías, archivadores y superficies de difícil acceso.

1.1.5.3.7.                    Actividades mensuales

  1. Limpieza de ventanas exteriores de fácil acceso.
  2. Limpieza de marcos de puertas y ventanas.
  3. Limpieza profunda de bodegas y recintos de apoyo.
  4. Limpieza de muros para remover suciedad superficial y manchas susceptibles de eliminación sin deteriorar la pintura.
  5. Limpieza de rejillas de ventilación y extractores de aire de fácil acceso, cuando existan.

1.1.5.4.  Estándar mínimo del servicio de aseo: La empresa adjudicada deberá ejecutar las labores de aseo de manera que las dependencias comprendidas en el presente contrato se mantengan permanentemente en adecuadas condiciones de higiene, limpieza, orden y presentación.

Como estándar mínimo de ejecución, el servicio deberá cumplir, a lo menos, con las siguientes condiciones:

  1. Los pisos deberán permanecer limpios, libres de polvo, barro, manchas y residuos.
  2. Los servicios higiénicos deberán mantenerse limpios, desinfectados, libres de malos olores y en condiciones adecuadas de higiene.
  3. Los vidrios, espejos y demás superficies vidriadas deberán permanecer limpios, sin manchas ni acumulación visible de polvo.
  4. El mobiliario, escritorios, mesas, sillas, estanterías y demás elementos de oficina deberán mantenerse limpios y libres de polvo.
  5. Los papeleros deberán permanecer vacíos, limpios y con bolsa de basura.
  6. Las cocinas, casinos y demás áreas de uso común deberán mantenerse limpias, ordenadas y en condiciones adecuadas de higiene.
  7. Los pasillos, accesos, escaleras y áreas comunes deberán permanecer limpios y libres de residuos u obstáculos.
  8. El taller mecánico, carromatos y demás recintos considerados en el contrato deberán mantenerse en adecuadas condiciones de limpieza, de acuerdo con su naturaleza y uso.
  9. Las observaciones formuladas por el Inspector Fiscal respecto del estándar de limpieza deberán ser subsanadas por la empresa dentro de la misma jornada, salvo que por la naturaleza de la observación se autorice un plazo distinto.
  10. Los dispensadores de papel higiénico, toalla de papel y jabón líquido deberán mantenerse abastecidos durante toda la jornada de trabajo, siendo responsabilidad de la empresa efectuar su reposición oportuna, conforme a lo establecido en el punto 1.10.5.6.

La frecuencia indicada para cada actividad constituye el mínimo exigible, sin perjuicio de que la empresa adjudicada deba ejecutarlas con una mayor frecuencia cuando ello resulte necesario para mantener el estándar de limpieza establecido en las presentes Bases.

El cumplimiento del estándar mínimo señalado precedentemente será verificado por el Inspector Fiscal durante la ejecución del contrato, sin perjuicio de las demás actividades de control establecidas en las presentes Bases.

1.1.5.5.  Equipos, materiales y herramientas: Los productos de limpieza deberán ser aptos para uso institucional o industrial y cumplir con la normativa sanitaria vigente, siendo de cargo de la empresa adjudicada. Para la correcta ejecución del servicio, deberá considerar a lo menos, los siguientes equipos, materiales y herramientas:

Productos:

ü  Bolsas de basura para papeleros de oficina, baños, cocina y demás dependencias.

ü  Limpiador de pisos.

ü  Sanitizantes de baños.

ü  Limpiador de muebles y superficies.

ü  Limpiador de vidrios.

Herramientas:

ü  Paños de limpieza diferenciados para servicios higiénicos y demás superficies.

ü  Esponjas y cepillos para servicios higiénicos.

ü  Recogedores de basura.

ü  Escobillones

ü  Mopas

ü  Limpiavidrios

ü  Abrillantadora

ü  Baldes

ü  Señalética preventiva “Piso mojado”.

La empresa adjudicada deberá disponer permanentemente de los materiales, equipos y herramientas necesarios para la correcta ejecución del servicio en todas las dependencias comprendidas en el contrato.

Todos los productos utilizados deberán mantenerse en sus envases originales o en recipientes debidamente rotulados, conforme a la normativa vigente, permitiendo su correcta identificación y utilización.

La empresa adjudicada será responsable del almacenamiento seguro de los productos de limpieza, evitando riesgos para las personas y las instalaciones.

Con el objeto de evitar la contaminación cruzada, la empresa adjudicada deberá utilizar paños de limpieza diferenciados para los servicios higiénicos y para las demás superficies de las dependencias, los que deberán mantenerse en adecuadas condiciones de higiene y ser reemplazados cuando presenten un deterioro que afecte su correcto uso.

1.1.5.6.  Reposición de insumos sanitarios: La empresa adjudicada deberá mantener permanentemente abastecidos los servicios higiénicos y demás dependencias que cuenten con dispensadores de insumos sanitarios, ubicados en las dependencias de la Dirección de Vialidad comprendidas en el presente contrato.

Insumo

Especificación técnica mínima

Papel higiénico

Doble hoja, color blanco, textura suave y compatible con los dispensadores existentes.

Toalla de papel

Doble hoja, color blanco, de alta absorción y compatible con los dispensadores existentes.

Jabón líquido

Para lavado de manos, pH neutro y compatible con los dispensadores existentes.

Los insumos deberán mantenerse disponibles en forma permanente durante toda la vigencia del contrato, siendo de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicada efectuar su reposición oportuna, de manera que no se produzca desabastecimiento de los dispensadores.

El Inspector Fiscal será el responsable de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas establecidas en las presentes Bases, pudiendo rechazar y solicitar el reemplazo de aquellos insumos que no cumplan con las características exigidas, sin costo adicional para la Dirección de Vialidad.

1.1.5.7.  Prevención de riesgos: La Dirección de Vialidad requiere que las empresas que presten este servicio den cumplimiento a las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos. Para estos efectos, dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio del contrato, la empresa adjudicada deberá presentar al Inspector Fiscal copia del registro de entrega de los elementos de protección personal a sus trabajadores. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, quien dejará constancia de cualquier incumplimiento y, cuando corresponda, iniciará el procedimiento de aplicación de la multa establecida en el numeral 1.10.12.1 de las presentes Bases.

1.1.5.8.  Higiene y seguridad del personal de la empresa

a)     La Empresa deberá entregar todos los elementos de protección personal y ropa de trabajo que sean necesarios para la correcta y segura ejecución de los trabajos, considerando a lo menos:

ü  Zapatos y/o botas.

ü  Guantes

ü  Overol

ü  Mascarilla

ü  Lentes de seguridad, cuando la naturaleza de los trabajos o los productos utilizados así lo requieran.

Para evitar la contaminación cruzada, será obligatorio el uso de guantes en las labores que impliquen contacto con residuos, productos químicos, servicios higiénicos, superficies contaminadas u otros agentes que puedan representar un riesgo para el trabajador. Los guantes deberán cambiarse al pasar de una actividad o área de mayor riesgo de contaminación a otra distinta. Será responsabilidad de la empresa proporcionar a cada trabajador una tarjeta de identificación visible, concordante con la nómina entregada al Inspector Fiscal, la que será necesaria para ingresar a las dependencias.

b)    El servicio deberá prestarse de manera permanente e ininterrumpida. La empresa deberá disponer del personal de reemplazo necesario ante ausencias, licencias médicas, permisos, desvinculaciones u otras contingencias que afecten al personal asignado, adoptando las medidas necesarias para asegurar la continuidad del servicio y el cumplimiento íntegro de las obligaciones contractuales.

c)     El personal de la Empresa no podrá hacer uso de los teléfonos, equipos computacionales, útiles, etc., pertenecientes a las dependencias de la Dirección de Vialidad. En caso de recibirse un reclamo o de constatarse el hecho por el Inspector Fiscal, la empresa deberá instruir al trabajador para que cese inmediatamente dicha conducta. En caso de reiteración, deberá proceder a su reemplazo.

d)    Sólo podrán hacer ingreso al establecimiento las personas autorizadas por el Servicio, cualquier visita o acompañante de la empresa deberá permanecer o ser recibido en la entrada del edificio.

e)    La empresa deberá renovar la vestimenta del personal de aseo cuando presente deterioro. Sin perjuicio de lo anterior, deberá proporcionar una nueva vestimenta al sexto mes de ejecución del contrato. Su incumplimiento dará lugar a la aplicación de la multa correspondiente.

f)      Durante la ejecución de las labores, el personal deberá adoptar todas las medidas necesarias para proteger el mobiliario, equipos computacionales, documentación institucional y demás bienes fiscales, evitando daños derivados de la prestación del servicio.

g)     El personal de la empresa deberá dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Dirección de Vialidad ante situaciones de emergencia, tales como incendios, sismos, evacuaciones u otras similares.

h)    Queda prohibido al personal de la empresa fumar, consumir alcohol o drogas, manipular documentación institucional, fotografiar instalaciones, ingresar personas ajenas al servicio o utilizar equipos de propiedad de la Dirección de Vialidad sin autorización del Inspector Fiscal.

1.1.5.9.  Coordinación, control e inspección: El Inspector Fiscal designado ejercerá las funciones de coordinación, control e inspección del servicio en las dependencias de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Concepción ubicadas en Penco, Hualqui y Santa Juana.

El Inspector Fiscal podrá solicitar fundadamente la sustitución del personal que incurra en trato descortés o conductas inadecuadas respecto del público o de los funcionarios; que incumpla las instrucciones relacionadas con la prestación del servicio; que actúe con negligencia o ineficacia; que transgreda las normas internas de seguridad; o que ponga en riesgo a las personas, bienes o instalaciones de la Dirección de Vialidad. El reemplazo deberá efectuarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación efectuada a la empresa adjudicada.

Durante la vigencia del contrato, la Dirección de Vialidad de la Provincia de Concepción exigirá la acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad social respecto de los trabajadores destinados a la prestación del servicio. En caso de detectarse incumplimientos, podrán aplicarse las multas, sanciones o medidas establecidas en las presentes Bases, incluido el término anticipado del contrato cuando corresponda.

Esta acreditación deberá efectuarse mediante la presentación mensual de los siguientes documentos:

ü  Copia del registro de asistencia correspondiente al período.

ü  Copia de las liquidaciones de sueldo de los trabajadores que se hayan desempeñado durante el período en las dependencias de la Dirección de Vialidad, debidamente firmadas por el trabajador y el empleador, o acompañadas de los comprobantes de pago correspondientes.

ü  Comprobantes de pago de las cotizaciones previsionales, de salud y demás obligaciones de seguridad social.

ü  Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, Formulario F30-1, emitido por la Dirección del Trabajo.

Adicionalmente, cuando corresponda, deberán presentarse los contratos de trabajo y sus modificaciones, copias de las cédulas de identidad del personal incorporado, licencias médicas, finiquitos, comprobantes de envío de las comunicaciones legales de término y cartas de cambio de instalación.

La documentación antes señalada deberá ser presentada al Inspector Fiscal para su revisión, como requisito previo para la recepción conforme del servicio correspondiente al período respectivo.

Una vez revisada la documentación y verificado el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el Inspector Fiscal emitirá el Acta de Recepción Conforme y efectuará la evaluación del servicio. Posteriormente, la Unidad de Abastecimiento registrará la recepción conforme en el Sistema de Información, quedando el contratista habilitado para emitir la factura correspondiente.

El Inspector Fiscal podrá efectuar inspecciones programadas o aleatorias durante toda la vigencia del contrato. Las observaciones deberán quedar registradas en el Libro de Novedades cuando corresponda y deberán ser subsanadas por la empresa dentro de los plazos establecidos por el Inspector Fiscal, atendida la naturaleza del incumplimiento.

Asimismo, el Inspector Fiscal podrá requerir a la empresa adjudicada fotografías, registros u otros antecedentes que permitan verificar el cumplimiento de las actividades contempladas en el contrato, cuando ello resulte necesario para efectos de la fiscalización.

1.1.5.10.                      Supervisión: Con el propósito de tener una comunicación directa con la empresa adjudicada, ésta deberá entregar a la Dirección de Vialidad al inicio de los Servicios, nombre del Supervisor, número telefónico (fijo y celular) y correo electrónico.

La Empresa deberá realizar como mecanismo de control interno de supervisión de los servicios prestados, visitas a las instalaciones, en diferente horario, considerando a lo menos una vez por semana, previa coordinación del Inspector Fiscal. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la aplicación de la multa establecida en el numeral 1.10.12.1 de las presentes Bases.

El Supervisor deberá presentarse ante el Inspector Fiscal, para revisar y coordinar las situaciones relacionadas con la prestación del servicio.

Cabe mencionar, que el supervisor(a) es una persona distinta de las dos personas designadas para las labores de aseo rutinario.

Para llevar un adecuado control de la asistencia del personal, la empresa adjudicada deberá proveer y mantener en las instalaciones del Taller Provincial un Libro de Asistencia, en el cual cada trabajador deberá registrar diariamente su asistencia mediante su firma. Dicho libro permanecerá en la Oficina de la Unidad de Gestión de Personas de la Dirección de Vialidad, Provincia de Concepción, y deberá mantenerse disponible para revisión del Inspector Fiscal durante toda la vigencia del contrato.

En las Inspectorías de Hualqui y Santa Juana, el personal deberá registrar su asistencia mediante libro o formulario dispuesto en cada instalación, el que será revisado periódicamente por el Inspector Fiscal.

1.1.5.10.1.                Libro de Novedades: La empresa adjudicada deberá mantener, durante toda la vigencia del contrato, un Libro de Novedades, en formato físico o digital, según lo determine el Inspector Fiscal, el que deberá permanecer disponible para su revisión en cualquier momento.

En dicho registro deberán registrarse, a lo menos, las siguientes situaciones:

ü Observaciones formuladas por el Inspector Fiscal.

ü Incumplimientos detectados durante la ejecución del servicio.

ü Reemplazos del personal destinado a la prestación del servicio.

ü Reposición extraordinaria de insumos sanitarios, cuando sea requerida por el Inspector Fiscal.

ü Visitas efectuadas por el Supervisor de la empresa.

ü Incidentes o situaciones extraordinarias ocurridas durante la prestación del servicio.

ü Cualquier otra circunstancia relevante relacionada con la correcta ejecución del contrato.

El Inspector Fiscal podrá efectuar las anotaciones que estime pertinentes, las que deberán ser conocidas por el Supervisor de la empresa adjudicada, quien deberá adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las observaciones formuladas.

Las anotaciones efectuadas en el Libro de Novedades constituirán antecedente para efectos de la evaluación del contrato y de la eventual aplicación de multas cuando corresponda.

1.1.5.11.                      Consideraciones generales

1.1.5.11.1.                Manejo de derrames: Todo derrame accidental de agua o productos de limpieza deberá ser eliminado inmediatamente, adoptando las medidas necesarias para evitar accidentes.

1.1.5.11.2.                Uso eficiente: Los productos de limpieza e insumos deberán utilizarse racionalmente, evitando desperdicios y procurando un uso eficiente del agua y de los materiales empleados.

1.1.5.11.3.                Remuneraciones del trabajador: Durante toda la vigencia del contrato, la empresa adjudicada deberá pagar a los trabajadores destinados al servicio el porcentaje de remuneración ofertado por sobre el ingreso mínimo mensual vigente, conforme a lo declarado en el Formulario N.º 3.

1.1.5.11.4.                Nómina de trabajadores: La nómina de trabajadores presentada al momento de la contratación deberá mantenerse permanentemente actualizada. Toda incorporación, reemplazo, desvinculación o cambio de instalación del personal deberá ser informado oportunamente al Inspector Fiscal, acompañando la documentación correspondiente, antes del ingreso del trabajador a las dependencias de la Dirección de Vialidad.

1.1.5.11.5.                Cantidad mínima de trabajadores: El contratista deberá organizar el personal necesario para cumplir íntegramente el programa de aseo del Taller Provincial y de las Inspectorías de Hualqui y Santa Juana, manteniendo como mínimo dos trabajadores permanentes destinados al Taller Provincial, sin perjuicio del personal adicional que resulte necesario para cumplir las labores en las Inspectorías de Hualqui y Santa Juana.

1.1.5.11.6.                Elementos dañados: La empresa adjudicada deberá informar inmediatamente al Inspector Fiscal cualquier daño detectado en mobiliario, artefactos sanitarios, grifería, luminarias, puertas, ventanas o cualquier otro elemento de las dependencias, dejando constancia en el Libro de Novedades.

1.1.5.12.                      Ingreso de ofertas: La documentación señalada en el numeral 1.5, “Antecedentes para incluir en la oferta”, deberá ser cargada íntegramente en el Portal Mercado Público, en formato PDF o JPG, de manera legible y no editable, dentro del plazo establecido en las presentes Bases.

1.1.5.12.1.                Contenido de las ofertas: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que en el presente proceso licitatorio, los oferentes no podrán ofertar simultáneamente de forma individual y a través de una Unión Temporal de Proveedores.

Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.

Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.

La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.

1.1.5.13.                      Principio general de ejecución del servicio: Todas las labores contempladas en las presentes Bases deberán ejecutarse de manera continua, eficiente y oportuna, aplicando criterios de buenas prácticas en servicios de aseo profesional, de forma que las dependencias de la Dirección de Vialidad se mantengan permanentemente en adecuadas condiciones de higiene, limpieza, orden, seguridad y presentación, aun cuando determinadas tareas accesorias no se encuentren expresamente individualizadas, siempre que estén comprendidas dentro de la naturaleza y alcance del servicio contratado, resulten necesarias para su correcta ejecución y no impliquen una modificación sustancial de las prestaciones, frecuencias, jornadas, dotación o costos considerados en la oferta.

1.1.6.       Apertura de licitación

1.1.6.1.  Procedimiento de apertura

Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRÓNICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.

1.1.6.2.              Derecho a solicitar precisiones: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.

1.1.6.3.  Resolución de empates: Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".

De mantenerse el empate se adjudicará al que tenga mayor puntaje en el criterio “Condiciones de empleo y remuneración”.

De mantenerse el empate se adjudicará al que tenga mayor puntaje en el criterio “Experiencia”.

De persistir el empate, se establece como cuarto mecanismo de desempate, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”.

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl

1.1.7.       Adjudicación de la propuesta: Se adjudicará esta licitación, al oferente que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo con el Acta de Evaluación emitida por la Comisión Evaluadora, la que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad, quienes estudiarán los antecedentes y emitirán una propuesta de adjudicación, que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente.

Asimismo, la Dirección de Vialidad declarará desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes.

Además, la Dirección de Vialidad, declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación.

El Proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:

1.1.7.1.  Resolución de adjudicación: Se adjudicará a través de una resolución del Jefe Provincial de Vialidad Concepción, Región del Biobío, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

1.1.7.2.  Notificación de adjudicación y publicación en el portal: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.

1.1.7.3.  Envío orden de compra: La orden de compra será emitida por el monto total del servicio, una vez recibida y revisada conforme la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Cuando la garantía corresponda a una boleta bancaria o póliza de seguro, la Unidad de Compras la remitirá al Fiscal Regional del Ministerio de Obras Públicas para su visación.

La ejecución de este contrato comenzará a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.

Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 117 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”.

Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, procederá a cancelar la orden de compra en el Sistema de Información.

1.1.8.       Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación: En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, “Organismo Demandante” de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante oficio al proveedor que realiza la consulta.  Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.

1.1.9.       Gestión del contrato

a)     Traspaso del contrato: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.

b)       Habilidad de los proveedores: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil";  en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 15 (quince) días hábiles para regularizar su situación. En la eventualidad que no regularice dicha situación, se procederá dar término anticipado al contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Lo anterior, sin perjuicio de la eventual aplicación de lo dispuesto en el artículo inciso 2° del artículo 159 del Decreto 661/2024.

c)       Evaluación del proveedor: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación será efectuada mensualmente por el Inspector Fiscal y deberá incorporarse a los antecedentes de recepción conforme y pago del período correspondiente.

El formulario de evaluación es el siguiente:

Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable, 4 es bueno y 5 es muy bueno.

d)    Duración y vigencia del contrato: El contrato tendrá una duración de doce meses, contados desde el día hábil siguiente a la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl y regirá durante toda la relación contractual, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento, o su cobro, si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.

e)    Modificaciones o término anticipado del contrato:

  1. Modificaciones: El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas:

                         i.     Por mutuo acuerdo entre los contratantes.

                        ii.     Por razones de interés público y seguridad nacional.

                      iii.     Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.

                      iv.     En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial. Se entenderá que se alteran en los casos/situaciones explícitamente referidos en el artículo 129 del Decreto 661/2024. Tampoco se podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes.

Cualquier modificación de aquellas señaladas precedentemente, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.

La Dirección de Vialidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.

Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.

  1. Término anticipado del contrato: La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024,  por las siguientes causales:

                          i.     La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

                        ii.     La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

                       iii.     El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.

                       iv.     El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.

                        v.     La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.

                       vi.     Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

                     vii.     Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.

                    viii.     En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

ü  Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

ü  De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

ü  Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

ü  Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

ü  Disolución de la UTP.

                       ix.     Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.

Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.

f)       Prórroga del contrato: En caso de que el nuevo proceso de contratación no se encuentre perfeccionado al término del presente contrato y exista la necesidad indispensable de mantener la continuidad del servicio de aseo, el contrato podrá prorrogarse, de común acuerdo entre las partes, hasta que el nuevo contrato se encuentre en condiciones de iniciar su ejecución. La prórroga no podrá exceder de dos meses y se mantendrán los mismos términos y condiciones del contrato original.

El proveedor deberá, antes del inicio del período de prórroga, extender la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento existente o presentar una nueva garantía que caucione dicho período. La garantía deberá cubrir íntegramente la prórroga y mantenerse vigente hasta sesenta días hábiles después de su término. Su monto será proporcional al plazo prorrogado, calculado sobre el monto de la garantía exigida para el contrato original, y deberá cumplir las mismas condiciones establecidas en las presentes Bases.

Cuando se opte por extender la garantía existente, el proveedor deberá presentar el documento emitido por la entidad garante que acredite formalmente la modificación de su vigencia y, cuando corresponda, de su monto.

1.1.10.    Recepción, facturación y pago.

1.1.10.1.                      Recepción del Servicio: El Inspector Fiscal emitirá el Acta de Recepción Conforme correspondiente al período mensual, una vez verificado el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1)       Que el servicio haya sido efectivamente prestado conforme a las condiciones establecidas en las presentes Bases.

2)       Que el proveedor se encuentre hábil en el Registro de Proveedores. Si se encuentra inhábil, se le otorgará un plazo máximo de quince días hábiles para regularizar su situación, contado desde la notificación efectuada por correo electrónico.

3)       Que el proveedor haya presentado al Inspector Fiscal la totalidad de la documentación laboral, previsional y de seguridad social señalada en el numeral 1.10.5.9, incluyendo las liquidaciones de sueldo y los comprobantes de pago correspondientes, con el objeto de verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales y del porcentaje de remuneración ofertado en el Formulario N.º 3.

4)       Que hayan sido subsanadas las observaciones formuladas por el Inspector Fiscal y se encuentren resueltas las multas correspondientes al período, cuando proceda.

5)       Documentación que permita acreditar que los programas de integridad y ética empresarial son conocidos por su personal. (Solo para el caso de la persona natural o jurídica que, al momento de ofertar, declaró no tener personal contratado, y se comprometió a implementar y difundir dichos programas una vez realizadas las contrataciones).

Verificado el cumplimiento de los requisitos anteriores, el Inspector Fiscal emitirá el Acta de Recepción Conforme y el formulario de evaluación del proveedor. Posteriormente, la Unidad de Abastecimiento registrará la recepción conforme en el Sistema de Información, quedando el contratista habilitado para emitir la factura correspondiente.

1.1.10.2.                      Facturación: El proveedor adjudicado deberá facturar a la Dirección de Vialidad Provincia de Concepción, de acuerdo a lo siguiente:

1)       Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio a la ejecución del contrato.

2)       El servicio se facturará mensualmente, una vez ejecutado el período respectivo, emitida el Acta de Recepción Conforme por el Inspector Fiscal y registrada la recepción conforme de la Orden de Compra en el Sistema de Información por la Unidad de Abastecimiento.

3)       Los pagos se realizarán en forma periódica (1 pago mensual) y se efectuarán mensualmente, una vez ejecutado el servicio correspondiente.

4)       La factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.

5)       Para el caso que sea Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y RUT de la empresa integrante que emitirá la factura.

6)       Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código:

CÓDIGO 1000, REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONCEPCION

La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) Factura(s),  dado que ello no se da en el  MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos  de la factura, en los casos que corresponda.

En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N° 21.796 de presupuestos año 2026, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. 

Los proveedores deberán efectuar el trámite de autorización de transferencia electrónica a través de la plataforma digital: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio , para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa. La inscripción de la cuenta bancaria en el Sistema SICOF será requisito para efectuar el pago correspondiente.

1.1.10.3.                      Pago: El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura.

1.1.11.    Factoring: El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la  Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley. (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras).

1.1.12.    Sanciones

1.1.12.1.                      Multas: Las multas que procedan se aplicarán administrativamente y se descontarán del pago de la(s) factura(s) correspondiente(s), sin perjuicio de las demás acciones que procedan conforme a las presentes Bases Administrativas y la normativa vigente.

El valor de la Unidad de Fomento (UF) para el cálculo de las multas será aquel vigente al día en que se verifique el incumplimiento. En el caso de incumplimientos de carácter mensual, se considerará el valor de la UF vigente al último día del mes respectivo.

Las causales de multa serán las siguientes:

Ítem

Detalle

Multa Diaria o por evento

Tope Máximo

1

Por atraso en el inicio de la jornada de trabajo, por cada 15 minutos de atraso o fracción.

0,5 UF

5 eventos

2

Por no concurrir a prestar el servicio diario en el Taller Provincial de Vialidad.

3,0 UF

3 eventos

3

Por ausencia injustificada de cualquiera de los trabajadores destinados al servicio,  por cada trabajador.

2,0 UF

3 eventos

4

Por no efectuar el reemplazo del personal ausente, conforme a lo establecido en las presentes Bases.

3,0 UF

3 eventos

5

Por incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Inspector Fiscal relacionadas con la correcta ejecución del contrato.

3,0 UF por cada evento

3 eventos

6

Por incumplimiento de las actividades de aseo diarias establecidas en el punto 1.10.5.3.4.

2,0 UF por cada evento constatado por el IF

3 eventos

7

Por incumplimiento de las actividades de aseo semanales establecidas en el punto 1.10.5.3.5.

3,0 UF por cada evento constatado por el IF

3 eventos

8

Por incumplimiento de las actividades de aseo quincenales establecidas en el punto 1.10.5.3.6.

3,0 UF por cada evento constatado por el IF

3 eventos

9

Por incumplimiento de las actividades de aseo mensuales establecidas en el punto 1.10.5.3.7.

3,0 UF por cada evento constatado por el IF

3 eventos

10

Por incumplimiento de lo dispuesto en el punto 1.10.5.5, relativo a equipos, materiales y herramientas necesarios para la correcta ejecución del servicio.

2,0 UF por cada evento constatado por el IF

3 eventos

11

Por mantener desabastecidos los servicios higiénicos respecto de papel higiénico, toallas de papel o jabón líquido, por causas imputables al contratista.

2,0 UF por cada evento

3 eventos

12

Por incumplimiento de lo dispuesto en el punto 1.10.5.8 letra e), relativo al uso y renovación de la vestimenta del personal.

2,0 UF por cada evento constatado por el IF

3 eventos

13

Por no concurrir a ejecutar el servicio en las Inspectorías de Vialidad de Hualqui o Santa Juana, en el día y horario establecidos o en la oportunidad coordinada con el Inspector Fiscal.

3,0 UF por cada evento

3 eventos

14

Por no mantener actualizado o no poner a disposición del Inspector Fiscal el Libro de Novedades cuando sea requerido.

1,0 UF por cada evento

3 eventos

15

Por cada incumplimiento en materia de prevención de riesgos, según lo establecido en el punto 1.10.5.7.

1,0 UF por cada evento

3 eventos

16

Por no efectuar la visita semanal de supervisión establecida en el numeral 1.10.5.10, previa coordinación con el Inspector Fiscal.

1,0 UF por cada evento constatado por el IF

3 eventos

1.1.12.2.                      Multa Por Incumplimiento En Materia De Prevención De Riesgos

En caso de que el personal de la empresa, no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá los trabajos cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato.

1.1.12.3.   Término anticipado de contrato y cobro de la garantía: se pondrá término administrativo anticipado al contrato, y se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en caso de incumplimientos graves de las obligaciones que impone el contrato, y especialmente, en los siguientes casos:

a) Si la empresa adjudicada incurre en multas por sobre los topes considerados en el punto 1.10.12.1, cualquiera sea su causal.

b) Si la empresa adjudicada incumple la obligación de pago de las cotizaciones previsionales.

c) Si la empresa proveedora no paga a sus trabajadores el porcentaje por sobre el IMM ofertado en el Formulario N° 3 “CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN”.

d) Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.

e) Si la empresa adjudicada no regulariza su habilidad en el registro de proveedores según lo establecido en el punto 1.10.9 letra b), salvo que, se determine proceder de conformidad a lo dispuesto en el inciso 2° art. 159 Decreto 661/2024.

1.1.13.    Procedimiento de aplicación de multas y otras sanciones:

1.1.13.1.                      Procedimiento para aplicación de multas: La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa,  el Inspector Fiscal  remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de  la multa. En el mismo oficio,  instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba,  en el plazo de tres días hábiles.

La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación de la fecha y lugar en que esta se practique, la que será firmada por el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que  fundamentan la decisión de  aplicar o no la multa o modificar  la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

1.1.13.2.                      Procedimiento para aplicación de otras sanciones, como el término anticipado: El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una  causal de término anticipado del contrato,  remitirá un oficio al adjudicatario  en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo  para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba,  en el plazo de tres días hábiles. La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantener actualizado sus datos.

En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación de la fecha y lugar en que esta se practique, la que será firmada por el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que  fundamentan la decisión  respecto de la medida de término de contrato  propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y  se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

1.1.14.    Acreditación de cumplimiento de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social:

Durante la ejecución del contrato, para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública.  En caso de que se detecte que el proveedor se encuentra inhábil, se otorgará el plazo establecido en el punto 1.10.9 letra b) de las presentes bases de licitación. Si transcurrido ese plazo, la empresa no subsana la observación, se procederá, si correspondiere, conforme lo dispuesto en el inc. 2 del artículo 159,  a saber: “En el evento de declararse la inhabilidad sobreviniente del Proveedor, podrán continuar ejecutándose los contratos vigentes a la fecha de declaración de la inhabilidad hasta su total terminación, siempre que la Entidad respectiva funde tal decisión en razones de interés público o continuidad del servicio, lo que deberá constar en el acto administrativo correspondiente; salvo, que la ley disponga su terminación inmediata o de pleno derecho.”

1.1.15.    Estándares de probidad: El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

1.1.16.    Ofertas riesgosas o temerarias: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, esta Dirección de Vialidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.

Para estos efectos, el o los funcionarios a cargo de la revisión de ofertas, al momento de analizar el valor económico que hace suponer que se está frente a una oferta temeraria,  deberán calcular la media aritmética de las demás propuestas que no sean consideradas riesgosas y calcular el cociente entre el valor de la “propuesta temeraria” y valor de la media aritmética. Si el valor obtenido es inferior a 0,40 y el monto de la propuesta es inferior al 50% de valor del presupuesto estimado o disponible,  se establecerá que la oferta es riesgosa o temeraria.

Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente esta Dirección analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:

  1. La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
  2. La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

De ser adjudicada la oferta, esta Dirección de Vialidad solicitará al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de la garantía adicional corresponderá al 5% de la diferencia entre el precio ofertado por el adjudicatario y el precio de la oferta que le siga en la evaluación económica.


1.1.17.    Formularios

FORMULARIO Nº 1

(Para contratar)

“DECLARACIÓN JURADA”

El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública de “SERVICIO DE ASEO EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, UBICADAS EN PENCO, HUALQUI Y SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN,  REGIÓN DEL BIOBÍO, declara bajo juramento que:

  • El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, ley de Compras Públicas.
  • Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y
  • No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.

            ____________________________________                                 ________________________________

                  Nombre Representante Legal                                                           Firma Representante Legal

FECHA ____ de _____________ de 2026.

FORMULARIO Nº 2

(Para contratar)

“DECLARACIÓN JURADA”

El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública de “SERVICIO DE ASEO EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, UBICADAS EN PENCO, HUALQUI Y SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN,  REGIÓN DEL BIOBÍO, declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.

           

            ____________________________________                                

                  Nombre Representante Legal                                                            Firma Representante Legal

   FECHA ____ de _____________ de 2026.


FORMULARIO N° 3

OFERTA ECONÓMICA Y REMUNERACIONES DE LOS TRABAJADORES

“SERVICIO DE ASEO EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, UBICADAS EN PENCO, HUALQUI Y SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO”.

IDENTIFICACION DEL PROVEEDOR

 

EMPRESA PROVEEDORA

:

__________________________________

 

 

RUT EMPRESA

:

__________________________________

 

 

DIRECCION (casa matriz)

:

__________________________________

 

 

NOMBRE CONTACTO

:

__________________________________

 

 

TELEFONO CONTACTO

:

__________________________________

 

 

E-MAIL CONTACTO

:

__________________________________

 

 

 

 

AÑOS EXPERIENCIA EN EL RUBRO

:

__________________________________

 

 

Si es un Proveedor de Unión Temporal (UTP), indicar nombre apoderado

Si es un Proveedor de Unión Temporal (UTP), indicar nombre y Rut. Empresa que presentará Factura

:     

:

 

 

  1. OFERTA ECONÓMICA

 

Detalle

Valor Mensual (neto) $

SERVICIO DE ASEO EN DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, UBICADAS EN PENCO, HUALQUI Y SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO

  1. NIVEL DE REMUNERACIONES

Se dará mayor puntaje al oferente que pague mayor remuneración a sus trabajadores, por sobre el ingreso mínimo mensual. Para efectos de la evaluación, se considerará el valor porcentual por sobre el Ingreso Mínimo Mensual Vigente y deberá conservarse, en caso de aumentar legalmente dicho ingreso mínimo.

CONCEPTO

VALOR en %

Porcentaje por sobre Ingreso Mínimo Mensual Vigente

  1. EXISTENCIA DE CONVENIOS COLECTIVOS

EXISTENCIA DE CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES

SI/NO

El oferente acredita contar con uno o más convenios colectivos vigentes.

           

            ____________________________________             _____________________________

 Nombre Representante Legal                                            Firma Representante Legal

FECHA ____ de _____________ de 2026.

FORMULARIO Nº 4

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE

Programas de integridad y ética empresarial

En __________, a _______ de ________________del 20__, don/doña ____________________________________, RUT __________________________, con domicilio en ___________________, en su calidad de persona natural o representante legal de _________________, viene en declarar que: 

MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA:

Es persona natural o jurídica, con personal contratado, y tiene programas de integridad y ética empresarial, los que son conocidos y aplicados por su personal, en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.

Es persona natural, sin personal contratado, pero tiene programas de integridad y ética empresarial que acompaña.

Es persona natural o jurídica, sin personal contratado al momento de ofertar, tiene programas de integridad y ética empresarial (que acompaña), y por la presente declaración se compromete a implementar y difundir dichos programas, si eventualmente contrata trabajadores.

 

Nota: En caso de declarar que tiene programas de integridad y ética empresarial y que son conocidos y aplicados por su personal, debe adjuntar los documentos que permitan acreditar ambas circunstancias.

Para el caso de la persona natural, sin personal contratado, igualmente debe acompañar sus programas de integridad y ética empresarial.

En el caso de persona natural o  jurídica, sin personal contratado a la fecha de ofertar, y que con posterioridad contrata trabajadores, deberá acompañar, para efectos de la recepción del servicio o suministro (según corresponda) la documentación que permita acreditar que los programas son conocidos por su personal.

   _____________________

   Nombre, RUT y Firma

Oferente o Representante (s) Legal (es)*

*             Debe tener facultades para ofertar y suscribir contratos por montos iguales o superiores a lo ofertado.

OBSERVACIONES:

  1. Si el oferente es una UTP, debe presentar este formulario por cada empresa que forme parte de la UTP
  2. Los revisores podrán verificar lo informado mediante la presente declaración jurada.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.