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BASES ADMINISTRATIVAS |
1. Objetivo de la licitación
El Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” Los Ángeles llama a Licitación Pública a través del Portal Mercado Público, por la contratación de “Convenio de Suministro Insumos para Cirugía digestiva Baja” por un periodo de 24 Meses a partir de la fecha de Adjudicación.
2. Participantes
Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas que cuenten con la capacidad profesional y técnica necesaria para la prestación del servicio que se licita o que comercialicen el producto con la características técnicas de lo solicitado, y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas; en la ley Nº18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado); en la Ley Nº19.886 (sobre Contratos Administrativos) y su Reglamento (D.S. 250/04).
De acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley Nº 19.886, el Servicio de Salud Biobío no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicio con los funcionarios “directivos” del Servicio, sus sociedades ni con sus parientes a que se refiere el artículo 54 letra b) de la ley 18.575, salvo que circunstancias excepcionales lo hagan necesario. La limitación alcanzará también a los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de estas sociedades.
Para estos efectos se entenderá como funcionario directivo aquel que cumple una función directiva y/o de jefatura, sea titular o encomendada, incluidos los Jefes de Servicios Clínicos, de Unidades de Apoyo, Jefes de Secciones, etc.
Se hace presente que los funcionarios del Servicio de Salud Biobío pueden incurrir en inhabilidad sobreviniente del artículo 64 de la ley 18.575, en caso de contratar como personas naturales por montos iguales o superiores a las 200 UTM. Asimismo, en igual inhabilidad podrán incurrir los funcionarios del Servicio de Salud Biobío que, además, sean socios de cualquier clase de sociedad que contrate por montos iguales o superiores a las 200 UTM, siendo aquellos directores, administradores, representantes o socios titulares del 10% ó más de los derechos en esa sociedad (art. 54 letra a) inciso 3º de la Ley Nº 18.575.
Los oferentes o sus representantes legales deberán presentar una declaración jurada de que no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente (Formulario Nº 2).
3. Referente Técnico.
Para efectos de la presente Licitación Pública se entenderá actuando como Unidad Técnica para todos los fines procedentes, Medico Jefe dentro de costo de Cirugía y/o quien sub rogué sus funciones, y al Enfermera Supervisora Cirugía.
4. Unidad Administradora
Para efectos de la presente Licitación Pública se entenderá actuando como Unidad Administradora del convenio el
5. Forma de ingreso de las ofertas
El oferente debe completar y anexar todos los formularios adjuntos a la presente licitación, además de subir los certificados o documentos que se soliciten, dentro del plazo de la licitación y por medio del Portal Mercado Público. No se aceptarán ni validarán documentos enviados por otro medio.
La oferta económica, ingresada en el Portal Mercado Público, debe ser por el valor unitario neto en pesos, por cada línea de licitación. El oferente debe indicar si su oferta es afecta a IVA, exento de IVA o si emitirá boleta de honorarios.
6. Vigencia de las ofertas
La oferta presentada por los Proponentes deberá tener una vigencia de 90 días después del cierre de la licitación. En circunstancias excepcionales, el Complejo Asistencial podrá solicitar la extensión del período de validez de las ofertas. Esta solicitud y las respuestas se efectuarán mediante el ícono “Aclaración de Ofertas”, del sitio web Mercado Publico.
7. Aclaraciones de las Bases.
El Complejo Asistencial, antes del vencimiento del plazo para la presentación de las Ofertas, podrá efectuar aclaraciones o enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a las consultas presentadas por algún proponente. Las aclaraciones o enmiendas, en caso de existir, serán publicadas en el Portal Mercado Público, las que pasarán a formar parte de las bases. El Complejo Asistencial tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas si el nivel de enmiendas y aclaraciones así lo amerita.
8. Procedimiento de Evaluación de las Ofertas
Tanto la oferta económica como los antecedentes administrativos y técnicos, serán considerados en la evaluación de las ofertas. Estás serán evaluadas y calificadas por una comisión integrada a lo menos por 3 de los funcionarios que ocupan los cargo que se describen a continuación o quien los subrogue, pudiendo la comisión invitar otros participantes, en virtud de sus eventuales aportes al proceso de evaluación.
• Jefe Departamento de Abastecimiento
• Jefe Unidad de Compras
• Profesional unidad de Compra
• Medico Jefe o quien sub rogué sus funciones centro de Costo Cirugía
• Medico Cirujano
• Enfermera Supervisora Cirugía
9. Criterios de Evaluación:
9.1 Precio (35%): Este criterio se evaluará de acuerdo a la oferta presentada en la ficha electrónica y en formulario Nº3, Indicando el valor neto en caso de estar afecto a IVA, caso contrario el valor Bruto.
• Fórmula: (Menor precio X 100)/Oferta evaluada.
9.2 Plazo de Entrega (20%): Este criterio se evaluará de acuerdo al tiempo de entrega desde el envío de la Orden de Compra, según lo indicado en Formulario N°3.
• 0 a 24 Hrs. (100)
• Entre 25 a 48 Hrs. (50)
• Entrega superior a 48 Hrs. (0)
9.3 Cumplimiento Requisitos Formales (5%): Se evaluará en relación al envío de la documentación antes del cierre.
• Presenta todos los antecedentes solicitados oportunamente (100)
• No presenta la totalidad de antecedentes solicitados en bases (0)
9.4 Calidad Técnica (40%): Este criterio se evaluará de acuerdo a las imágenes, fichas técnicas y características Técnicas que especifican como producto (solo en caso de duda se solicitara muestra como aclaración de ofertas la formula será la siguiente:
• Se Ajusta a los requisitos técnicos solicitados (100)
• Se Ajusta Parcialmente a los requisitos técnicos solicitados (50)
• No cumple con los requisitos mínimos (0)
10. Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes.
En caso que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo de 24 a 48 horas contados desde la fecha del requerimiento del Complejo Asistencial.
Esta opción no considera la entrega de oferta técnica y económica la cual deberá ser entregada antes del cierre de la licitación. Solo en forma excepcional y en casos muy específicos podrá solicitarse documentación técnica, siempre y cuando ello no afecte la igualdad entre oferentes y se trate de información que hubiese sido obtenida con anterioridad al cierre de la licitación.
De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, aquel o aquellos proveedores que presenten antecedentes administrativos fuera de plazo, serán sancionados en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta (de acuerdo a lo indicado en requisitos técnicos y otras cláusulas “criterios de evaluación”).
El Complejo Asistencial se reserva el derecho de habilitar o no el foro inverso en el caso de que una oferta cumpla con todos los documentos solicitados.
• Formulario 1- Identificación del Oferente: Se podrá solicitar posterior al cierre de licitación, a través de foro inverso en un plazo oportuno.
• Formulario 2- Aceptación de Condiciones: Se podrá solicitar posterior al cierre de licitación, a través de foro inverso en un plazo oportuno.
• Formulario 3- Oferta Económica, Logística y Técnica: No se podrá solicitar luego del cierre de licitación.
• Fotocopia Cédula Identidad Representante Legal: Se podrá solicitar posterior al cierre de licitación, a través de foro inverso en un plazo oportuno.
• Extracto de escritura de Sociedad personería legal: Se podrá solicitar posterior al cierre de licitación, a través de foro inverso en un plazo oportuno.
• Boleta de Garantía de Seriedad de la oferta: No se podrá solicitar luego del cierre de licitación.
• Ficha Técnica del Producto: No se podrá solicitar luego del cierre de licitación.
11. Resolución de Empates.
Si en la evaluación de ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes, respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio con mayor ponderación, luego el segundo y así sucesivamente hasta alcanzar el desempate.
12. Mecanismo para la Solución de Consultas.
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos derivados de la adjudicación, deberán hacerlo a través del portal Mercado Público, por medio del foro de preguntas y respuestas de la licitación, y dentro de los plazos establecidos para ello. Las consultas efectuadas fuera del plazo o de los medios establecidos para ello no serán respondidas.
13. Fecha de Adjudicación
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes Bases de licitación, el Complejo Asistencial publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.
14. Adjudicación
El Director del Complejo Asistencial o quien tenga la facultad delegada, según corresponda, previo informe de la Evaluación de las Ofertas, procederá a adjudicar, firmando la resolución respectiva de adjudicación. El Complejo Asistencial se reserva el derecho a adjudicar una o más ofertas presentadas, y el total o parte de ellas, a las que posean las mejores evaluaciones, es decir, las que sean más convenientes según notas. Asimismo, el Complejo Asistencial se reserva la facultad para declarar desierta toda o parte de la presente propuesta si no se presentan oferentes o los que se presentan no satisfacen las necesidades del Establecimiento (no resultan convenientes), o bien, podrá declarar inadmisibles todas, una o más de las ofertas si éstas no reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria.
La Notificación de adjudicación se realizará a través del Portal Mercado Público mediante publicación de la Resolución Exenta de Adjudicación.
15. Readjudicación
El Complejo Asistencial podrá readjudicar la licitación al segundo mejor evaluado (y así sucesivamente), en los siguientes casos:
a. Que el adjudicatario desista de firmar el contrato o que rechace la orden de compra.
b. Que el Adjudicatario no cumpla con los requisitos de Inscripción en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado
c. Que el adjudicatario no entregue la boleta de garantía dentro del plazo establecido en las bases”.
16. Vigencia y renovación del Convenio.
El convenio comenzará a regir a contar de la fecha de la firma del acto administrativo que autoriza el contrato y tendrá una vigencia de 24 meses.
En caso de término de contrato el Complejo Asistencial, con la antelación suficiente, procederá a licitar nuevamente este convenio. Con todo, por causas no imputables a ella, el proceso se extendiese más allá de los tiempos previstos, podrá prorrogar este convenio sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, para un nuevo convenio de servicios. Lo anterior, siempre que el monto estimado del convenio a prorrogar no supere las 1.000 UTM.
17. Modificación de las Cantidades.
Las cantidades adjudicadas no podrán ser modificadas por el proveedor en el transcurso de la vigencia del contrato o de sus prórrogas. Sin perjuicio de lo anterior, el Complejo Asistencial se reserva el derecho de modificar las cantidades licitadas o programadas, ya sea disminuyéndolas o aumentándolas, respetando en ambos casos los precios adjudicados, sin que dichas modificaciones signifiquen gravamen alguno para el Complejo Asistencial, estas modificaciones se harán a través de resolución fundada y con el certificado de disponibilidad presupuestaria correspondiente.
Se considerarán como base para las modificaciones (aumentos o disminuciones) de las cantidades adjudicadas, los requerimientos de productos que se formulen en virtud de las variaciones de la demanda interna.
18. De la incorporación de productos similares.
Durante la vigencia del convenio, podrán agregarse bienes o servicios de similar naturaleza, para lo cual el Complejo Asistencial solicitará cotizaciones de éstos al Proveedor Adjudicado, el que deberá dar respuesta en un plazo máximo de 5 días hábiles. El Complejo Asistencial podrá aceptar o rechazar la propuesta. En caso de aceptación se incorporarán al convenio, y en caso de rechazo, implicaría un nuevo proceso de compras por este bien o servicio.
19. Precios y Reajustabilidad
Los precios ofertados se mantendrán inalterables por todo el periodo del contrato.
20. De la Operatoria del Convenio
Mensualmente se emitirán órdenes de compra al Oferente adjudicado, de acuerdo a los servicios efectivamente prestados. El Proveedor Adjudicado no podrá rechazar las Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio.
21. Emisión Documento de Cobro y Formas De Pago
El proveedor facturará o emitirá boleta, por el valor correspondiente a los bienes entregados o servicios efectivamente prestados, recepcionados conforme en la orden de compra, a excepción de dificultades demostrables ajenas al prestador y si es que no se decide por ambas partes, en común acuerdo, otra forma de facturación o emisión de boleta distinta a la expresada en esta clausula.
El pago será realizado, dentro de los 60 días corridos siguientes de recibida conforme la factura o boleta de honorarios. El establecimiento podrá reclamar en contra del contenido de la Factura o Boleta de Honorarios dentro del plazo de treinta (30) días corridos desde la fecha de su recepción.
22. Fuerza Mayor
a) No será causal de término del Contrato u Orden de Compra, el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de trabajo o de otra causal de Fuerza Mayor.
b) Se entenderá como Fuerza Mayor, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las Partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del Contrato u Orden de Compra, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.
c) Si una u otra Parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de Fuerza Mayor, deberá notificar a la otra Parte por escrito, en un plazo no superior a diez (10) días desde iniciada la causa de Fuerza Mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el Contrato u Orden de Compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por escrito por la otra Parte, dentro del plazo de cinco (5) días desde que haya sido notificada.
23. Solución de Controversias
a) Cualquier dificultad que se suscite entre las Partes respecto de la interpretación del Contrato u Orden de Compra, como asimismo, en la evaluación anticipada de los daños y perjuicios que se le puedan ocasionar al Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz” o al Adjudicatario serán resueltos, por la Comisión de evaluación definido para el proceso, en conjunto con Asesor Jurídico del Complejo.
b) Lo dispuesto en el punto anterior no implica de manera alguna una renuncia por parte del Fisco, el Complejo y el Adjudicatario a someter la controversia que se pueda suscitar, al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia, para cuyo efecto las Partes fijan domicilio en la comuna de Los Ángeles (Bio Bio), prorrogando expresamente competencia a sus tribunales.
24. Firma del Contrato
24.1 Formalización del contrato. Todo proveedor adjudicado deberá celebrar un contrato que incluirá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses del Complejo Asistencial, siempre y cuando el valor total adjudicado supere las 1.000 UTM.
Si el proveedor se adjudicara menos de 1.000 UTM, el contrato se formaliza mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. Entendiéndose que se aceptan y respetan todas las cláusulas incluidas en las presentes bases y las garantías comprometidas por el proveedor en su oferta.
En el caso que la orden de compra sea rechazada, se entenderá como término de contrato, y el Complejo Asistencial podrá readjudicar de acuerdo a la cláusula correspondiente.
En el caso que la orden de compra no haya sido aceptada, el Complejo Asistencial podrá solicitar al proveedor su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
24.2 Plazo para celebrar el contrato. El proponente favorecido estará obligado a firmar el contrato a más tardar dentro de los 60 días corridos contados desde el cierre de la licitación, para ello una vez esté notificado de la adjudicación deberá enviar:
Boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato por el 5% del total adjudicado en pesos chilenos contando con un plazo máximo de 10 días corridos desde la adjudicación; caso contrario se podrá readjudicar de acuerdo a clausula.
Escritura pública donde conste la personería legal del o los representantes que cuenten con los poderes necesarios para firmar contratos de venta (nombres y RUT deben coincidir con los indicados en formulario Nº1.
El adjudicatario contará con 15 días, contados desde el momento de la adjudicación en el Portal, para acreditar su inscripción en Chileproveedores, requisito indispensable para la firma del contrato.
Vencido el plazo de 40 días sin que el adjudicatario haya suscrito el contrato, el Complejo Asistencial hará efectiva la boleta de seriedad de la oferta entregada por este. A continuación, el Complejo determinará si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o efectúa un nuevo llamado a licitación.
24.3 Contenido del contrato. El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz”, con arreglo de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Formularios.
25. Fuerza Mayor
d) No será causal de término del Contrato u Orden de Compra, el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de trabajo o de otra causal de Fuerza Mayor.
e) Se entenderá como Fuerza Mayor, los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las Partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del Contrato u Orden de Compra, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.
f) Si una u otra Parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de Fuerza Mayor, deberá notificar a la otra Parte por escrito, en un plazo no superior a diez (10) días desde iniciada la causa de Fuerza Mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el Contrato u Orden de Compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no aceptada por escrito por la otra Parte, dentro del plazo de cinco (5) días desde que haya sido notificada
26. Termino Anticipado del Contrato
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d. Si el proveedor adjudicado no ejecute los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
e. Por causas relacionadas con al servicio adjudicado:
Incumplimiento de las características técnicas del Servicio en 3 oportunidades
Si existiese una modificación de los precios adjudicados hacia el alza, a menos que sea por condiciones debidamente justificadas
Para concretar lo indicado en puntos precedentes, el Complejo Asistencial notificará por escrito al Proveedor Adjudicado, con un aviso previo de 30 (treinta) días corridos y en cualquiera de los casos señalados, excepto lo indicado en la letra A; situaciones por las que el Complejo podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Sin perjuicio de lo señalado para todos los casos, el Proveedor Adjudicado deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado.
27. Sanciones y Multas
27.1 Antecedentes:
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Complejo para aplicar una o más sanciones, sin perjuicio de los derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que tenga constituidas el proveedor.
En forma previa a la comisión de la falta, o tan pronto tome conocimiento de la situación para el evento que esta no pueda preverse, el proveedor podrá plantear al Complejo propuestas de solución, y si alguna de ellas es aceptada, la sanción que se hubiese aplicado quedará suspendida condicionalmente.
27.2 Sanciones
Sobreprecio: En el evento que por cualquier causa no imputable al Complejo el proveedor no cumpla con la entrega en la fecha pactada y que el producto de esta situación se ponga en riesgo las entrega de dichos bienes, el Complejo se entenderá irrevocablemente comisionado por el proveedor en los términos del artículo 241 del Código de Comercio, para adquirir, por cuenta de este a terceros proveedores el producto no entregado, en cuyo caso será de cargo exclusivo del comitente el mayor costo que signifique esta modalidad de aprovisionamiento respecto del precio y términos del convenidos con el proveedor incumplidor.
Multas por atraso: El complejo podrá aplicar una multa diaria en dinero calculada sobre el valor total (con impuesto incluido) de lo no entregado a tiempo de acuerdo a la siguiente tabla:
Menor o igual a 5 días 0,3% diario del valor total de la mercadería no entregada
De 6 a 10 días inclusive 0,5% diario del valor total de la mercadería no entregada
Mayor a 10 días 1,0% diario del valor total de la mercadería no entregada.
Multas por Calidad: Incumplimiento en Calidad: si el proveedor envía un producto que no respeta los criterios de calidad señalados en su oferta, se multará con 0,5 UF por producto recepcionado en condiciones deficientes y se procederá a la devolución de dicho lote con cargo al proveedor o en su efecto, el proveedor deberá reemplazar el producto por otro ajustado a requerimiento, en un plazo máximo de 3 días hábiles, entregando dicho producto en las dependencias del Departamento de Abastecimiento del CADVRR.
Aplicación del máximo monto: Si el proveedor hubiese sido beneficiado con la suspensión condicional de la sanción y la propuesta de solución no es cumplida, se le aplicará la multa del 10% del monto total contratado.
27.3 Procedimiento para aplicación de sanciones y multas:
- Corresponderá a la Unidad Administradora de Contratos proponer la sanción o multa a aplicar, determinando su naturaleza y cuantía de acuerdo a las bases.
- Los contactos con el proveedor, serán a través del correo electrónico que este hubiere indicado en el Formulario Nº1.
- Las notificaciones se efectuarán en forma personal o vía carta certificada al domicilio indicado en el mismo Formulario. La no recepción del correo electrónico por razones no imputables al Complejo serán de responsabilidad exclusiva del proveedor.
- Notificada de conformidad a lo dispuesto en la Ley 19.880 sobre Procedimientos Administrativos la proposición de aplicación de multas al proveedor, éste dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos por escrito, el que comenzará a regir a partir del día hábil siguiente al de la comunicación. Dichos descargos deberán presentarse en la Oficina de Partes del Complejo Asistencial en horarios de lunes a jueves de 9 a 16 horas y el viernes de 9 a 15 horas, los que deberán ser dirigidos al Departamento de Abastecimiento. El documento donde consten los descargos deberá indicar expresamente como referencia el número de oficio del Complejo que informa la proposición de sanción.
- Transcurrido este plazo y con los antecedentes que el Complejo disponga y/o el proveedor haya aportado, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, la sanción y su cuantía a través de resolución fundada, la que será debidamente notificada al proveedor.
- Una vez dictado el acto administrativo sancionatorio y para el evento de que este conlleve una multa, sobre precio o indemnización, el Complejo podrá cobrar de acuerdo al siguiente sistema:
- El proveedor deberá realizar el pago directamente en caja del Complejo, con efectivo o depositar en la cuenta corriente el monto correspondiente en el plazo máximo de diez días contados de la notificación de la sanción.
De no pagarse en la forma estipulada en la letra precedente, se podrá descontar y/o retener las sumas que se le deba pagar por concepto de precio en la adjudicación en que recayó la sanción.
- No obstante lo señalado, siempre podrá cobrarse la garantía de fiel cumplimiento de la propuesta incumplida, con la finalidad de hacer efectiva la sanción cursada. En este caso, el adjudicatario deberá entregar dentro del quinto día hábil desde su cobro una nueva garantía por el total exigido para la propuesta respectiva.
28. Domicilio y Notificaciones
Toda notificación, requerimiento de servicios o información y respuesta que debe practicarse o proporcionarse, de acuerdo al Contrato u Orden de Compra, deberá llevarse a efecto vía correo electrónico, dirigidos a la otra parte. Solamente en esta forma se considerará efectivamente enviado.
Para coordinación técnica, ejecución del Contrato u Orden de Compra.
Depto. de Abastecimiento del Complejo Asistencial “Dr. Víctor Ríos Ruiz”.
Dirección: Avda. Ricardo Vicuña N° 147, Los Ángeles.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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