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XII. DEL CONTRATO, GARANTÍAS, Y MULTAS. |
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1. EL CONTRATO:
a) De la suscripción y contenido del contrato.
El contrato se redactará dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentren en poder de la Unidad Jurídica todos los antecedentes necesarios para dicho objeto, y deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados desde el envío del contrato al adjudicatario, por parte de la Unidad de requirente, y comenzará a regir, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe.
Si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado; o no entrega el documento de garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante el contrato respectivo; no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, o no acompaña los antecedentes que se requieren en las presentes bases, se entenderá que se desiste de la propuesta, procediendo el SENAME, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la “Comisión de Evaluación”, o rechazar todas las restantes. El contrato que se celebre contendrá todas las cláusulas necesarias para su acertada inteligencia y ejecución.
Será requisito previo para la celebración del contrato, que el representante legal de la persona jurídica, de la Unión Temporal o la persona natural adjudicataria, acompañe un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales actualizado.
En el caso de las UTP, cada integrante deberá cumplir con las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, en los términos dispuestos por la Ley de Compras, y Reglamento y estas bases, debiéndose acompañar los certificados de todos los integrantes. En el evento que el adjudicatario se encuentre incorporado en algún Registro por incumplimiento laboral o previsional, o bien no acompañe los referidos certificados no podrá contratar con el SENAME mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, para lo cual contará con un plazo de 5 días hábiles.
b) Contraparte técnica.
La contraparte técnica del Servicio Nacional de Menores será la Coordinadora Administrativa regional de la Dirección Regional de Valparaíso del SENAME, o quien la subrogue en caso de ausencia, quien tendrá las siguientes funciones: Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento del contrato. Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios y/o productos convenidos. Autorizar los pagos correspondientes, previa certificación de conformidad de los servicios y/o productos convenidos. Certificar e informar por escrito, cualquier incumplimiento por parte del contratista, para efectos de la aplicación de multas, hacer efectiva la garantía correspondiente, término del contrato u otros efectos previstos en las bases de licitación. Cualquier otra función que tenga por objeto velar por la correcta ejecución del contrato. Las demás que le encomienden las presentes bases y el contrato.
c) De la duración.
El contrato a que de origen la presente licitación comenzará a regir a contar de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, y deberá cumplirse con lo contratado entre los meses de mayo y agosto de 2024. Su vigencia estará sujeta a la existencia de disponibilidad presupuestaria de cada año.
d) Del contenido del contrato.
Se entenderá que forman parte del contrato las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas, las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas y la propuesta técnica y económica del oferente adjudicado.
El adjudicatario deberá ejecutar los servicios que se le encomienden en virtud del contrato que se celebre, siendo de su exclusiva responsabilidad, el pago de las remuneraciones, cotizaciones provisionales y cualquier otro beneficio laboral que le pudiere corresponder a sus dependientes.
e) Forma de Pago.
El Servicio pagará al contratante el 100% del costo del curso, una vez concluidas todas las actividades de los/las participantes e informe final, contra la respectiva orden de compra, enviada la factura o la boleta de honorarios en caso que corresponda, y que se encuentren ejecutadas las obligaciones que son materia del contrato, aprobadas, previamente por la Coordinadora administrativa, dentro de los 30 días hábiles de recepcionada la respectiva factura o boleta, en la medida que se encuentre totalmente tramitada la resolución del Sename que haya aprobado el contrato.
f) Delimitación de responsabilidad.
El equipo de personas dispuestas por el oferente adjudicado para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del presente contrato, no tendrá vínculo laboral alguno con SENAME, siendo de exclusiva responsabilidad del adjudicatario el pago de sus remuneraciones, cotizaciones previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere corresponder.
El contratante será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o a la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato.
Todo equipo o material suministrados para el taller será responsabilidad del ejecutor, en caso de pérdida o extravió será descontado de estado de pago.
g) Del Término anticipado del contrato.
i. Por mutuo acuerdo de las partes.
El contrato podrá ser dejado sin efecto por mutuo consentimiento, caso en el cual, ninguna de las partes tendrá derecho a indemnización.
ii. Término del contrato por incumplimiento de sus obligaciones.
Sin perjuicio de las demás acciones que procedan, en caso de incumplimiento de las obligaciones del contratante, el Servicio Nacional de Menores podrá, mediante notificación escrita al contratante, resolver el contrato o exigir su cumplimiento forzado, en todo o parte, y en ambos casos con indemnización de perjuicios.
Sin perjuicio de lo señalado, se consideran causales de incumplimiento grave de las obligaciones, las siguientes:
- El contratante no presta los servicios o no entrega los bienes en los plazos estipulados.
- El contratante presta los servicios o ejecuta las prestaciones en forma deficiente, situación que será calificada por el SENAME.
- El contratante no cumple por hechos que le son imputables a él o a sus dependientes, cualquiera otra de sus obligaciones contraídas.
- El contratante no subsana su incumplimiento dentro del plazo que para ello le otorgue SENAME, en caso de concederse.
- El contratante no pague las cotizaciones previsionales, remuneraciones y todas las otras prestaciones que legalmente correspondan al trabajador.
- Cuando las multas aplicadas superen el 15% del valor del contrato.
- El contratante no cumple cualquiera otra de sus obligaciones contraídas.
- Término o disolución de la Persona Jurídica.
- Si se constata que los integrantes de la UTP la constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia. En dicho caso, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Si alguno de los integrantes de la UTP, se retira, y solo el reunía los requisitos que los hacían objeto de la evaluación de la oferta.
- Ocultar información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a algunos de los integrantes de la UTP.
- Disolución de la UTP.
- Inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la misma no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
- En caso de que el adjudicatario o alguno de sus trabajadores, incurran en cualquier conducta dentro del marco de la ejecución del taller, que pueda revestir caracteres de delito o bien que ponga en riesgo la vida, integridad física y/o psíquica de los funcionarios/as participantes.
ii. Término del contrato por insolvencia:
El Sename podrá en cualquier momento poner término al contrato sin indemnización
alguna al contratante, notificándolo por escrito, si éste cayera en insolvencia, se disolviere la sociedad o se decretare su quiebra, sin perjuicio de ejercer los derechos e interponer en su contra las acciones civiles y penales que procedan.
iii. Término Unilateral:
Cualquiera de las partes podrá unilateralmente poner término anticipado al presente
contrato, en cualquier tiempo, dando a la otra, un aviso por carta certificada, a lo menos, con treinta días de anticipación a la fecha en que dicho término haya de producir sus efectos, sin derecho a indemnización de perjuicios.
iv. Demás causas legales y reglamentarias:
Sin perjuicio de lo ya señalado, el contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las causales consignadas en los articulas 13 de la Ley N° 19.886 Y 77 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
v. Por utilización del monto máximo previsto para la presente contratación.
vi. Falte de idoneidad, veracidad y/o autenticidad de documentos: Se podrá poner término al contrato en caso que se determine que uno o más documentos acompañados en la propuesta no den fe de su contenido o de lo ahí declarado, para lo cual tendrá las más amplias facultades para determinar su idoneidad, veracidad y/o autenticidad. La contraparte técnica del contrato emitirá un informe fundado, en el cual dejará constancia de los hechos y de el/los medios por los cuales comprobó la falta de idoneidad, veracidad y/o autenticidad del o los documentos cuestionados.
vii. Por fallecimiento del adjudicatario, cuando este sea persona natural.
2. PROCEDIMIENTO DE TERMINO ANTICIPADO:
De la decisión de poner término al contrato, se notificará al contratista por cualquier medio escrito idóneo que asegure la comunicación; ya sea por medio de anotación en el libro de servicio, correo electrónico o carta certificada; dejando constancia de la circunstancia que motivaron la decisión, la fecha y hora de la notificación. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 05 días hábiles, desde la notificación de la comunicación, para efectuar sus descargos, por escrito, dirigido a la contraparte técnica.
Si la contraparte técnica estimare que los descargos no justifican la infracción, la decisión de poner término se materializará por medio de resolución fundada, la cual se entenderá notificada al contratista transcurridas 24 horas desde la publicación del acto administrativo en el portal de compras públicas www.mercadopubIico.cl, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 del reglamento de la Ley N° 19.886, y se remitirá copia de la resolución a su domicilio por medio de carta certificada para efectos de publicidad.
Contra la resolución que dispone el término anticipado procederán los recursos contemplados en la Ley N° 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos del estado.
Encontrándose firme y ejecutoriada la resolución que pone termino al contrato, se hará efectiva la Póliza de Seguro, Boleta de Garantía Bancaria, Certificado de Fianza o documento que se haya entregado para garantizar el oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante, y/o sobre los estados de pagos que estuvieran pendientes; cuando el término haya sido imputable al contratista.
3. MULTAS
Las multas serán aplicadas por la contraparte técnica, en donde se indicará el tipo y el monto de la multa, además, de las razones por las cuales se incurre en la sanción, lo que se notificará de inmediato al adjudicatario por escrito, ya sea de forma personal, dejando registro en acta escrita, o mediante carta certificada; pero siendo siempre prioritario la primera forma de notificación.
Procedimiento para la Aplicación de Multas:
El servicio aplicará administrativamente multas al adjudicatario, que corresponderán a un valor expresado en UTM, (el valor de la UTM será tomada al valor del mes en que se haya incurrido en la falta). A continuación, se detallan las infracciones que harán incurrir al contratista en multas y sus correspondientes montos:
- Multa de 0,5 UTM por cada día de retraso en el inicio de la ejecución de las labores contratadas, con un tope máximo de 3 UTM.
- Multa de hasta 2 UTM por entrega de un servicio deficiente, con tope de 6 UTM.
- Si el contratista utiliza materiales y equipos que no cumplan con los criterios de calidad requeridos para la ejecución del servicio contratado, la multa será de 2 UTM por cada vez que sea sorprendido. Hasta un máximo de 6 UTM.
- Se multará con una (1) UTM por cada vez que se sorprenda a algún empleado en malos tratos de palabra con funcionario/a y/o Público en general. Hasta un máximo de 3 UTM.
- Otros incumplimientos, serán sancionados con una multa de 1 UTM, por evento, lo que será determinado a discrecionalidad del SENAME.
Descargos a las infracciones.
El adjudicatario podrá realizar descargos respecto de la notificación de la infracción, para lo cual deberá dirigirse, por escrito, a la contraparte técnica, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles, contados desde la fecha de notificación. En dichos descargos deberá informar sobre las causas que ocasionaron, a juicio del proveedor, la deficiencia y qué procedimiento se utilizó para superar la situación.
Resolución de los descargos a las infracciones:
La contraparte técnica resolverá sobre los descargos a la anotación de la infracción registradas por escrito, para lo cual, según su criterio, determinará si la justificación del contratista procede o no, y en qué grado puede ser considerada procedente.
Rechazo de los descargos:
El rechazo total de los descargos significará cursar la multa completa al adjudicatario.
Se aplicará este procedimiento cuando la deficiencia sea responsabilidad directa y total del contratista y la justificación utilizada por éste en la apelación, sea considerada técnicamente improcedente, es decir, que dicha justificación no se acepta.
Aceptación de los descargos:
La aceptación total de los descargos significará desestimar completamente la aplicación de la multa al contratista. Se aplicará este procedimiento cuando se considere que la ocurrencia de la deficiencia no es responsabilidad directa y total del contratista, sino que obedece a situaciones que escapan completamente a su control, aun cuando aplicare medidas de disminución de efectos negativos.
Asimismo, se podrán aceptar parcialmente los descargos, debiendo evaluar una sanción proporcional.
Aplicación de multas:
La contraparte técnica, emitirá un informe de la procedencia o no de los descargos; el que será remitido a la Directora Regional (s) quien resolverá respecto de su aceptación, aceptación parcial, o rechazo total; y procedencia final de la aplicación de la multa o no; cuando fuese solicitada por la contraparte técnica. Procediendo a remitir los antecedentes a la unidad jurídica para que elabore el acto administrativo correspondiente, en caso de aplicación.
Pago de las multas:
Las multas podrán hacerse efectivas, en el siguiente orden, con cargo a:
a) A los estados de pago que estuvieren pendientes.
b) En un plazo no mayor a 30 días corridos posterior a la publicación de la resolución que aprueba la aplicación de la multa, el contratista deberá realizar una transferencia a la cuenta bancaria del Servicio Nacional de Menores, por el monto referido en dicha resolución.
Tope de las multas:
Se establece que el monto tope máximo para cursar multas en su conjunto, no podrán exceder del 15% del valor total del contrato, situación que determinará el termino anticipado del contrato.
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VIII. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS. |
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Los oferentes deberán presentar a través del portal sitio web www.mercadopúblico.cl, por el nombre de la licitación, hasta la hora de cierre que indique el Portal en su publicación, una “Propuesta Técnico-Económica” que se ajuste a los objetivos y exigencias técnicas descritas en las Bases Técnicas.
El plazo para presentar la Propuesta Técnico-Económica, será dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde la publicación en el sistema de www.mercadopublico.cl, de las presentes Bases Administrativas.
Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos, para la correspondiente oferta, adjuntándolos electrónicamente en los anexos de antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda. Los antecedentes que se deberán adjuntar en cada anexo serán los siguientes:
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS, DOCUMENTOS ANEXOS Y FORMATOS
Los participantes deberán presentar, junto con su oferta técnica y económica, los documentos y antecedentes que se detallan a continuación, y que corresponden a los denominados
“Documentos Anexos y Formatos”:
a) Anexo N° 2 Formulario monto o propuesta económica.
b) Anexo N° 3 Guion metodológico.
Solo se recibirán documentos electrónicos, los que deberán ser enviados a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, hasta el día de cierre de recepción de ofertas, en el horario que determine el portal.
Ninguno de los Formatos o Anexos deberá ser alterado, y no se deberán introducir modificaciones en ellos.
Los interesados que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores deberán acompañar físicamente sólo aquellos Documentos Administrativos que no se encuentren debidamente digitalizados, vigentes o que no consten en el Registro www.chileproveedores.cl.
Se deja constancia que los interesados que no se encuentren inscritos en el señalado Registro de Proveedores, deberán igualmente acompañar los Documentos Administrativos, indicados en el presente acápite, a través del portal www.mercadopublico.cl.
a) SI ES PERSONA NATURAL:
1. Oferente debe encontrarse inscrito y hábil en la plataforma de registro de proveedores de chile compra.
2. Fotocopia simple de la cédula de identidad vigente a la fecha de la apertura, por ambos lados.
3. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, vigente a la fecha de la apertura, emitido por la Dirección del Trabajo, sin multas ni deudas.
4. Documento, en formato libre, que permita la individualización y contacto del oferente. Debe contener a lo menos: nombre, rut, domicilio, teléfono y correo electrónico.
5. CV de relatores comprometidos, en formato libre (junto con certificado de título y capacitaciones relacionadas al curso). Sólo serán evaluados los relatores comprometidos en el guion metodológico.
6. Consulta de inhabilidades de cada relator/a del curso. Información se obtiene en el siguiente link https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do . Los/las relatores/as no podrán tener inhabilidad para trabajar con menores.
7. Acreditar experiencia mediante órdenes de compra, facturas, contratos, etc.
8. El oferente deberá presentar un cronograma de las actividades propuestas en la modalidad que determinen las bases.
9. En caso de las OTEC se solicita anexar certificación SENCE y N.Ch 2728.
10. Presentación de los siguientes formatos:
a) Anexo N° 2 Formulario monto o propuesta económica.
b) Anexo N° 3 Guion metodológico.
b) SI ES PERSONA JURÍDICA:
1. Oferente debe encontrarse inscrito y hábil en la plataforma de registro de proveedores de chile compra.
2. Fotocopia simple del documento en que conste la naturaleza jurídica de la entidad (escritura pública de constitución, Decreto o estatuto actualizado en el caso de ser empresa en un día que le concedieron la personalidad jurídica).
3. Personería de quien representa legalmente la entidad.
4. Copia simple de certificado de vigencia de la entidad proponente de una antigüedad no superior a 60 días a la fecha de la apertura. En todo caso, se aceptará el comprobante de solicitud de dicho documento, siempre que el original se acompañe en la firma del contrato.
5. Fotocopia simple por ambos lados de la cédula de identidad vigente a la fecha de la apertura, del representante legal de la entidad.
6. Fotocopia simple del RUT de la empresa.
7. Documento, en formato libre, que permita la individualización y contacto del oferente. Debe contener a lo menos: nombre de la entidad y rut, nombre y rut de representante legal, domicilio, teléfono y correo electrónico.
8. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, vigente a la fecha de la apertura, emitido por la Dirección del Trabajo, sin multas ni deudas.
11. CV de relatores comprometidos, en formato libre (junto con certificado de título y capacitaciones relacionadas al curso). Sólo serán evaluados los relatores comprometidos en el guion metodológico.
12. Consulta de inhabilidades de cada relator/a del curso. Información se obtiene en el siguiente link https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do . Los/las relatores/as no podrán tener inhabilidad para trabajar con menores.
13. El oferente deberá presentar un cronograma de las actividades propuestas en la modalidad que determinen las bases.
14. En caso de las OTEC se solicita anexar certificación SENCE y N.Ch 2728.
15. Acreditar experiencia mediante órdenes de compra, facturas, contratos, etc.
16. Presentación de los siguientes formatos:
c) Anexo N° 2 Formulario monto o propuesta económica.
d) Anexo N° 3 Guion metodológico.
c) UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES:
1. Oferente debe encontrarse inscrito y hábil en la plataforma de registro de proveedores de chile compra.
2. Documento, en formato libre, que permita la individualización y contacto del oferente. Debe contener a lo menos: nombre de la entidad y rut, nombre y rut de representante legal, domicilio, teléfono y correo electrónico.
3. Documento privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esa manera.
Los integrantes de la UTP, deberán acordar en dicho documento cual será la forma de pago, nombrando a uno de ellos, para que facture y reciba los respectivos pagos, a modo de ejemplo; así como también establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas
las obligaciones que se generen con SENAME. Por último, se deberá nombrar a un representante o apoderado común con poderes suficientes para participar de la presente licitación.
4. Declaración jurada simple, firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores, con la información que permita la individualización de esta.
5. Dependiendo de la calidad jurídica de los integrantes de la UTP, deberán adjuntar los antecedentes solicitados en la letra a) o b) precedentes (persona jurídica o natural).
6. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, vigente a la fecha de la apertura, emitido por la Dirección del Trabajo, sin multas ni deudas, de todos los miembros de la UTP.
7. CV de relatores comprometidos, en formato libre (junto con certificado de título y capacitaciones relacionadas al curso). Sólo serán evaluados los relatores comprometidos en el guion metodológico.
8. Consulta de inhabilidades de cada relator/a del curso. Información se obtiene en el siguiente link https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do . Los/las relatores/as no podrán tener inhabilidad para trabajar con menores.
9. Acreditar experiencia mediante órdenes de compra, facturas, contratos, etc.
10. El oferente deberá presentar un cronograma de las actividades propuestas en la modalidad que determinen las bases.
11. En caso de las OTEC se solicita anexar certificación SENCE y N.Ch 2728.
12. Presentación de los siguientes formatos:
e) Anexo N° 2 Formulario monto o propuesta económica.
f) Anexo N° 3 Guion metodológico.
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