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Resolución de Empates |
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En caso de que, en la Tabla de Evaluación Técnica de Licitación, resultaren 2 o más oferentes con el mismo puntaje final, se pasara a adjudicar de la siguiente manera:
El 1° Punto para desempate será el PRECIO, quien obtenga puntaje mayor, ganará.
El 3° Punto para desempate será CONDICIONES TECNICA, quien obtenga puntaje mayor.
El 4° Punto para desempate será GARANTIAS, quien obtenga puntaje mayor, ganará.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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La Municipalidad podrá solicitar al adjudicatario el Certificado de la Inspección del Trabajo, que indique que no existe incumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social a sus trabajadores, si así lo estime conveniente.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La comisión evaluadora, durante el periodo de evaluación, podrá realizar preguntas a través del Portal en el “foro inverso” en los plazos previstos para tal efecto, con el fin de que los oferentes puedan corregir errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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20. INFORME CON PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN |
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La Comisión Evaluadora emitirá un Informe Técnico, con tabla de evaluación, la que contendrá el puntaje obtenido por cada oferente de acuerdo a los criterios de calificación y sobre esta base, el Señor Alcalde adjudicará la propuesta al oferente que obtenga la propuesta más ventajosa para el Servicio.
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Derecho a Desestimar todad las Ofertas |
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La Ilustre Municipalidad de San Vicente de T.T., podrá desestimar todas las ofertas presentadas, sin derecho a indemnización alguna para los oferentes, cuando la adjudicación de la licitación, comprometa el patrimonio municipal o resulte contraria a sus intereses. En este caso, se dictará un Decreto Alcaldicio para declarar desierta la licitación.
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De la Adjudicación |
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El Municipio tendrá un plazo máximo de 30 días corridos desde la apertura de la licitación para efectuar la correspondiente adjudicación (proveedor debe encontrarse hábil) o declararla desierta. La adjudicación o la declaración de desierta, se materializará por Decreto Alcaldicio, el que será informado a los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.
La adjudicación se hará siempre al puntaje más alto obtenido en la respectiva tabla de evaluación. En caso que el puntaje más alto, se desista de su oferta, en forma justificada o injustificada, se adjudicará al segundo puntaje según tabla.
Cuando la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de licitación, se informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Asimismo, podrá ser prorrogado en el caso de las ofertas riesgosas o temerarias.
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