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GENERALIDADES |
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Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
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DEFINICIONES |
* Director SSC : Sr. Víctor Valenzuela Alvarez
* Director CVMF: Dra. Vilma Razmilic Bonacic
* Servicio : CESFAM Dr. VMF, VIII región.
* Mandante : CESFAM Dr. VMF
* Unidad Técnica : CESFAM Dr.VMF.
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UNIDAD TECNICA |
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Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en calle Maipú N°2120, Concepción, Unidad de Abastecimiento, Edificio Anexo.
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DOCUMENTOS DE LA LICITACION |
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del CESFAM Dr. VMF.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El CESFAM podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al CESFAM a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
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DE LOS PROPONENTES |
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”.
Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el CESFAM, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
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INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL |
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Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.
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MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION |
El CESFAM Dr. VMF, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El CESFAM deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el CESFAM a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
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ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA |
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Documentos Administrativos
El Oferente deberá adjuntar anexos y formularios, firmados por el proveedor:
a) Anexo Nº1, Identificación del Oferente.
b) Anexo N°3, Certificados de Conformidad (Contratos Vigentes o Ejecutados).
c) Formularios N°1, 2, 3A y 3B, según corresponda .
d) Formulario N°4, Datos para el Pago.
e) En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
f) Las declaraciones juradas sobre habilidades para ofertar y contratar por el Estado, deben ser presentadas digitalmente mediante los formatos tipos que Mercado Público dispone.
Documentos Técnicos
a) Para acreditar Experiencia del Oferente en el Rubro, los oferentes deberán adjuntar Certificados de Conformidad de servicios prestados en los últimos 5 años, inclusive año 2024, hasta la fecha de término del primer semestre del año 2024, originales o copia, emitidos por Establecimientos del Area de la Salud Pública y/o Privada donde prestó o presta servicios, que acredite experiencia en el rubro de Vigilancia y Seguridad, sólo para efectos de evaluación.
b) Se establece además, que los Certificados de Conformidad presentados, deben ser de distintos contratos y la presentación de 2 ó más Certificados que den cuenta de un mismo contrato, se considerará uno sólo.
c) Presentar autorización de Carabineros de Chile para la prestación de Servicios de Seguridad o Vigilancia, conforme a la normativa vigente, OS-10.
d) Presentar sistema de supervisión del personal destinado a cumplir con los servicios contratados, considerando como mínimo visitas inspectivas diarias a terreno en todos los cambios de turnos.
e) Dado que el personal de vigilancia deberá contar con uniforme y elementos necesarios para cumplir eficientemente su labor, además de portar credencial, perfectamente visible, la que deberá indicar nombre, empresa y portar foto tamaño carné, se requiere subir fotografías tanto de uniformes como de credenciales que se utilizarán durante la prestación de los servicios.
f) Subir Catálogos con Especificaciones Técnicas de los equipos que considerará en su oferta: Sistema de Alarma Conectada a una Central de Monitoreo, Equipos de Radio Comunicación nuevos con manos libres, Celular Digital, Sistema de Control Biométrico de Asistencia por Huella Dactilar, con todos sus accesorios, Sistema de Control de Rondas Electrónico.
g) Anexar Fotografía o Ficha Técnica de Sala de Monitoreo, que proveedor considerará en su oferta.
h) Anexar Fotografía o Ficha Técnica de Sala de Vestidores y Descanso que proveedor considerará en su oferta.
Documentos Económicos
a) El Proveedor adjudicado deberá mantener los precios inicialmente ofertados, durante el período que dure el Contrato. Ingresar en valor unitario neto.
b) Completar Información solicitada en Anexo N°2, adjunto: Presupuesto Desglosado, con detalle de la Oferta, en valores netos.
c) Anexar Formulario N°5 y 5-A, 5-B, 5-C, 5-D y 5-E, según corresponda.
d) El valor ofertado por cada Oferente deberá corresponder al total por 12 meses, Neto e incluir todos sus costos asociados. Este valor será pagado mediante estados de pagos mensuales como indica el Numeral 32 de las presentes bases.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el CESFAM podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES |
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PERSONA NATURAL
Requisitos para Ofertar
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
- No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
Requisitos para ser Contratado
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que " Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
- Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que, el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
- No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los Órganos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26, Letra d) del DFL Nº1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211 de 1973.
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886.
PERSONA JURÍDICA
Requisitos para ofertar:
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
- No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
Requisitos para ser Contratado:
- No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
- Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
- No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículos 8 Y 10, Ley 20.393).
- No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los Órganos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26, Letra d) del DFL Nº1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211 de 1973.
Documentos persona jurídica
- Fotocopia del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.
- Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.
- Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días.
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES. En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica.
Documentos UTP:
- Escritura Pública en la que conste la unión.
- Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
- En relación con los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
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GARANTÍAS REQUERIDAS |
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Los instrumentos de garantía consistirán en una Boleta de Garantía o Vale Vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, emitido por un Banco con oficina en Concepción. La garantía deberá ser irrevocable y pagadera a la Vista. Se tomarán por los montos, períodos de vigencia y condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas y deberán indicar la propuesta y la naturaleza del compromiso que garantizan, esto es, “Seriedad de la Oferta” y "Fiel Cumplimiento del Contrato".
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Tipo de instrumento: Boleta, Vale Vista u Otro Instrumento
Beneficiario: CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ
Monto: 500.000.-
DESCRIPCIÓN: DE NO PRESENTAR ESTA GARANTÍA, QUEDARÁ FUERA DE BASES. El oferente deberá entregar Garantía por un monto de $500.000.- a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, pagadera a la vista, de carácter irrevocable, con una vigencia de 90 días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Entregar en sobre cerrado en oficina de partes, ubicada en Maipú 2120, Concepción o enviar Garantía Electrónica al siguiente correo: jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl. El oferente tendrá como plazo de entrega hasta las 12:00 hrs. del día de cierre de las ofertas, indicado en ficha de licitación. El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dependiente del Servicio de Salud Concepción, aplicará esta Garantía junto con las causales para dejar sin efecto la adjudicación, de acuerdo con lo establecido en el Punto N°22 de las Bases de Licitación.
GLOSA: GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA DE LA LICITACION PUBLICA ID 1057434-42-LQ24, “SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA EL CESFAM DR. V.M. FERNANDEZ”.
FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: Tanto al adjudicado como a todos los participantes en este proceso licitatorio, se les devolverá la garantía de Seriedad de Oferta mediante carta certificada, a la dirección informada en la licitación, adjuntando sobre cerrado que contenga garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la fecha de su vencimiento. En el caso de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro del plazo de 10 días contados desde la fecha de su vencimiento, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta. Dicho plazo puede ampliarse en caso de readjudicación en 60 días corridos respecto de la segunda oferta mejor evaluada. En ese caso deberá renovar la garantía o entregar un nuevo documento que cubra el nuevo plazo.
GARANTÍA DE FIEL, CORRECTO Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Tipo de instrumento: Boleta, Vale Vista u Otro Instrumento
Beneficiario: CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ
Monto: 10%
DESCRIPCIÓN: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor que se adjudique la licitación, deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes del oferente y pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 10% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia mínima que exceda en 60 días hábiles de la fecha de término del contrato, plazo que se contará desde la notificación de la Adjudicación. Esta garantía, además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en Oficina de Partes del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, ubicada en Maipú Nº2120, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto. 36.2 del Nº1 al Nº10, “Del Término Anticipado del Contrato”. Asimismo, hará efectiva esta garantía, en el evento de cobrar multas o sanciones que se deriven de los incumplimientos señalados en los Puntos N°34.1, 34.2 y 34.3 de las presentes bases administrativas, de la forma que en dichos párrafos se indica.
En los casos de modificación de contrato, los proponentes deberán ampliar o renovar la vigencia de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato presentada, ya sea con un nuevo documento o un endoso o renovación de la vigencia del mismo instrumento presentado inicialmente.
GLOSA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA 1057434-42-LQ24, “SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA EL CESFAM DR. V.M. FERNANDEZ”.
FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento o dentro de los 10 días hábiles de suscrita el acta de recepción cualitativa, según el caso. Tratándose de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro de 10 días hábiles, contados desde los mismos casos, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta.
16.3 ERRORES EN LAS GARANTÍAS
Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el Servicio podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido, quien podrá presentarlo en el plazo de 5 días hábiles de notificado sobre el error.
Tratándose de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, será a través de correo electrónico.
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MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO |
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a) Estimación en base a: Presupuesto Referencial.
b) Fuente de Financiamiento: Fondos PPI – Prestaciones Institucionales CVMF.
c) Monto Total Referencial por 12 Meses: $250.420.164.- Millones de pesos Neto - $298.000.000.- IVA Incluido
d) Tipo Contrato: Suministro
e) Duración del Contrato: Contrato de ejecución en el tiempo.
f) Tiempo de ejecución: 12 meses.
g) Plazos de pago: Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días contados desde la aceptación de la factura respectiva, según lo señalado en el punto 32 de las presentes Bases.
h) Opciones de Pago: Transferencia electrónica.
i) Responsable del pago: Luis Carrasco Pizarro.
j) e-mail de responsable de pago: jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl
k) Nombre del responsable de contrato: Marleni Heredia Cares.
l) e-mail del responsable del contrato: jefegestionoperacionalcvmf@ssconcepcion.cl
m) Teléfono responsable de contrato: 41-2721406
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DE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN |
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La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
1. Subdirector Administrativo CVMF
2. Jefa Departamento Gestión Operacional CVMF
3. Jefe Departamento de Finanzas CVMF
4. Jefa (S) Departamento Abastecimiento CVMF.
Funciones de la comisión:
1) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
2) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
3) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
4) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
5) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del CESFAM.
6) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes
del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
7) En caso de existir dudas entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Servicio, como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
8) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
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PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el CESFAM, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El CESFAM no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Ítem
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Observaciones
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Ponderación
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1 Precio
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Se otorgará mayor puntaje a las ofertas que registren precios menores y se evaluará con FORMULA: (Menor precio / precio analizado) x 0.60 x 100
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60%
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2 Experiencia del Oferente en el Rubro
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Para acreditar Experiencia del Oferente en el Rubro, los oferentes deberán adjuntar Certificados de Conformidad de servicios prestados en los últimos 5 años, inclusive año 2024, hasta la fecha de término del primer semestre del año 2024, originales o copia, emitidos por Establecimientos del Area de la Salud Pública y/o Privada donde prestó o presta servicios, que acredite experiencia en el rubro de Vigilancia y Seguridad, sólo para efectos de evaluación.
Se establece además, que los Certificados de Conformidad presentados, deben ser de distintos contratos y la presentación de 2 ó más Certificados que den cuenta de un mismo contrato, se considerará uno sólo.
Se evaluará cantidad de certificados de conformidad presentados, de acuerdo a la siguiente Tabla:
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N° de Certificados de Conformidad de Servicios de Vigilancia y Seguridad prestados los últimos 5 años (hasta el 1er Sem. del año 2024) en Establecimientos del Area de la Salud Pública y/o Privada
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Puntaje Final
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10 y más Certificados
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100
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9-6 Certificados
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70
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5-3 Certificado
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40
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2-1
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10
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No presenta Certificados
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1
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FORMULA:
Puntaje Obtenido x 0.20 x 100
El oferente deberá completar Formulario N°3 “Certificados de Conformidad de Servicios de Vigilancia y Seguridad” y anexar los documentos consignados en dicho Formulario.
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20%
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4 Condiciones de Empleo y Remuneración
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El oferente deberá completar el Formulario N°5 y acompañar mediante una carta de compromiso (declaración jurada) que cuenta con mejores condiciones de empleo y remuneración de sus trabajadores en cada uno de los factores descritos en la siguiente Tabla:
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El Oferente cuenta con una o más de las siguientes condiciones de empleo y remuneraciones
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Marcar con una X lo que el oferente ofrece a sus trabajadores
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Factor 1 Nivel de remuneraciones mínima imponible mensual de los trabajadores que realizaran el Servicios de Vigilancia y Seguridad (Completar Formulario 5-A).
Se deberá informar remuneración imponible mensual de los trabajadores que realizarán los Servicios de Vigilancia y Seguridad, mínimo establecido y/o superior al mínimo establecido y hasta $30.000.- y/o superior a $30.000.- respecto del mínimo establecido, según corresponda.
Este Factor se evaluará según desglose de la siguiente Tabla:
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Tramos del Factor 1 a Evaluar
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Puntaje Total
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a) Remuneración Imp. Mínima Establecida
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50
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b) Remuneración Imp. Superior Mínima Establecida y hasta $30.000.- adicionales
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75
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c) Remuneración Imp. Superior a Mínima establecida superior a $30.000.- adicionales.
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100
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.
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Factor 2 Incentivos a los trabajadores que realizaran el Servicios de Vigilancia y Seguridad (Completar Formulario 5-B)
Debe indicar el monto de al menos 4 incentivos para obtener el puntaje de este subcriterio.
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Suscripción de convenios colectivos (Completar Formulario 5-C)
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Políticas de reajustabilidad de las remuneraciones (Completar Formulario 5-D)
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Políticas de capacitación laboral (Completar Formulario 5-E)
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Los cinco factores descritos en recuadro anterior deben ser respaldados o acreditados por el oferente mediante las declaraciones juradas respectivas. Es importante mencionar que se comprobará cada una de las condiciones de empleo y remuneración ofertadas al momento de la elaboración del contrato.
La forma de otorgar puntaje en el criterio Condiciones de Empleo y Remuneraciones será de acuerdo a los siguientes puntajes:
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DECLARACIONES ACREDITADAS
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PUNTAJE
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5
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Tramo b) = 75
Tramo c) = 100
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4
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80
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3
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60
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2
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40
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1
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20
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No informa o no acredita
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1
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Fórmula de Cálculo = Puntaje Obtenido x 0.10 X 100
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10%
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4 Cumplimiento de la Documentación y Requisitos Formales
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Cumplimiento de la Documentación y Requisitos Formales, se evaluará de acuerdo a la siguiente Tabla:
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Cumplimiento
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Puntaje Final
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Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre
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100
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Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud
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10
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No cumple con documentación y requisitos formales
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Oferta se declara inadmisible.
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FORMULA: (Puntaje Obtenido x 0.05 x 100
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5%
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5 Comportamiento Contractual Anterior
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Se considerarán las sanciones aplicadas y publicadas (amonestaciones, multas, términos anticipados y otros) en Mercado Público dentro de los últimos 2 años, contados desde la fecha en que las presentes bases administrativas han sido publicadas en el Sistema de información, o en caso de no aparecer las sanciones en el Portal, las que haya aplicado el CESFAM Dr. VMF y que se encuentren totalmente tramitadas. Aquellos proveedores que no registren sanciones automáticamente obtendrán el puntaje máximo.
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N° de Sanciones dentro de los 2 últimos años
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Puntaje Final
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0 Sanciones
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100
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Entre 1 y 2 sanciones
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60
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Entre 3 y 5 sanciones
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30
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Sobre 5 sanciones
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1
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La ponderación asignada a este Ítem es de: 5%
FORMULA: Puntaje Obtenido x 0.05 x 100
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5%
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- La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
- La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
- Cualquier información que no se ajuste a la realidad, implicará la eliminación inmediata de la oferta.
- Tratándose de las Uniones Temporales de Proveedores, y si el documento en que consta la unión no hace referencia en cómo evaluar los criterios de evaluación, la entidad promediará todos los antecedentes que se presenten por 2 o más integrantes del consorcio, y aplicables a los criterios de evaluación que corresponda.
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RESOLUCION DE EMPATES |
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En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1) Precio
2) Experiencia del Oferente en el Rubro
3) Condiciones de Empleo y Remuneración
4) Cumplimiento de Documentación y Requisitos Formales
5) Comportamiento Contractual Anterior
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DE LA ADJUDICACION |
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Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el CESFAM adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación simple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El CESFAM declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el CESFAM dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
d) Si el adjudicatario no presenta la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, dentro de los plazos establecidos en estas Bases y la no firma de contrato dentro de plazos.
Sin perjuicio del cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, en todos estos casos, el CESFAM podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).
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MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION |
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Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a la Jefa del Depto. de Abastecimiento o a quien la subrogue:
jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl; abastecimiento4cvmf@ssconcepcion.cl
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CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA |
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Una vez adjudicada la propuesta se elaborará el contrato por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Concepción, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada y a los demás antecedentes del llamado a propuesta. El contrato se suscribirá mediante instrumento privado.
Plazo para celebrar el Contrato: Las partes deberán suscribir el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución adjudicataria.
Luego de firmado el contrato, éste deberá ser aprobado mediante resolución, documento que, una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.
Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario. En consecuencia, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato y los actos que de él se deriven.
DE LA ORDEN DE COMPRA
La Orden de Compra se emitirá una vez que se encuentra tramitada la Resolución que Aprueba el Contrato y ésta sea publicada en el portal www.mercadopublico.cl., entendiéndose notificada al adjudicatorio, 24 horas posteriores a su publicación en el Portal Mercado Público.
Se emitirán Órdenes de Compra mensuales, previas Solicitudes emitidas a través del Sistema Informático CGCOM, por parte del Depto. de Gestión Operacional del CESFAM Dr. VMF.
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VIGENCIA Y RENOVACIÓN |
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Los Servicios de Vigilancia y Seguridad para el CESFAM Dr. VMF, tendrán una vigencia de 12 meses, a contar del día corrido siguiente a la fecha de suscripción del Acta de Inicio de los Servicios.
Se contempla renovación de Contrato por un período máximo de cuatro meses, por una única vez y de común acuerdo de las partes en atención a que las necesidades del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, requieren contar con Servicio de Vigilancia continuo en el tiempo, para el resguardo de las instalaciones, accesos vehiculares, patio de carga y descarga de insumos e integridad de los usuarios tanto internos como externos. Para ello, se debe verificar la configuración de los siguientes requisitos:
- Que se realice solo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de compras.
- Que el CESFAM no requiera la actualización de las especificaciones técnicas, situación que solo podrá ser acreditada a través de un certificado del Administrador del Contrato.
- Que proveedor haya tenido un comportamiento contractual a lo menos suficiente, lo que equivale a que no haya incurrido en hechos o incumplimientos constitutivos de faltas graves a sus obligaciones durante la vigencia del contrato.
- Que se cuente con certificado de disponibilidad presupuestaria que cubra el tiempo de renovación del contrato.
- Se renueve la garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos exigidos en las bases.
- La renovación de contrato deberá ser decretada por resolución fundada y ésta deberá ser publicada en portal mercado público.
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ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL |
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Para ser contratado, el proveedor adjudicado deberá adjuntar los formularios N°3A ó 3B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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OPERATIVIDAD DEL SUMINISTRO |
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Los Servicios de Vigilancia y Seguridad para el CESFAM Dr. VMF, deberán realizarse de acuerdo a los siguientes términos:
- Al inicio del Servicio, la Empresa adjudicada deberá incorporar 1 Encargado de Turno, el cual deberá permanecer durante todo el turno en la instalación y 1 Supervisor a cargo de la instalación y de los Guardias de Seguridad.
- El inicio del Servicio Turno Día, será desde 07:00 a 19:00 horas (incluidos sábados, domingos y festivos). Para los días sábado, domingo y festivos, se considerará como mínimo 4 guardias, más el encargado de turno de la instalación.
- El inicio del Servicio Turno nocturno, será desde las 19:00 a 07:00 horas (incluidos sábados, domingos y festivos).
- El Supervisor de Instalación, tendrá 15 minutos desde el inicio del servicio para informar al referente del contrato que no estará el turno completo, posterior a ese tiempo será considerado “omisión voluntaria”, la cual será sancionada como una Falta Grave, sujeta a multa.
- Se considerará un tiempo máximo de reacción de 2 horas, para reemplazar personal faltante: al inicio del servicio, entre la jornada laboral o antes de finalizar el turno, de tal manera de contar siempre con la dotación completa en el turno, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- Posterior a ese tiempo, 2 horas, se anexará una multa Leve por cada 30 minutos, toda vez que no esté el turno completo solicitado por bases.
- En el libro de novedades deberá quedar consignado número de personal faltante en que horarios se produce la ausencia y a qué hora se incorpora al servicio, el incumplimiento de este requisito será considerado una Falta Grave sujeto a multa.
- La empresa adjudicada al inicio de los servicios deberá entregar al referente del contrato del CESFAM DR. VMF, una ficha con los antecedentes personales de cada Guardia que cumpla labores en el CESFAM, incluyendo una fotografía tamaño carné (nombre y RUT), con una anticipación mínima de 48 horas, con respecto a la fecha de inicio de sus funciones en el CESFAM, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá proveer de un staff estable en el centro de salud, no pudiendo realizar rotaciones a otras instalaciones, sólo se autorizará, el ingreso al staff, para reemplazos de feriados legales, licencias médicas y otra ausencia, justificadas previa presentación de documentación validada (certificación), el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Gravísima, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá mantener desde el inicio al término del turno la totalidad de guardias solicitados en la licitación, no podrán retirarse ni salir de la instalación, mediante su la jornada laboral, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Gravísima, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá informar con 48 horas de anticipación de iniciado los servicios, nombres, email y teléfonos de los supervisores de terreno u otro referente. De igual forma lo hará, con oportunidad, en la medida que existan cambios, el incumplimiento de esta exigencia constituirá una Falta Grave, sujeta multa.
- El supervisor deberá hacer llegar, el último día hábil del mes anterior, a los correos electrónicos a jefegestionoperacionalcvmf@ssconcepcion.cl la respectiva programación de trabajo para el mes siguiente, indicando los nombres y horarios en que cada uno de los vigilantes se desempeñará, el incumplimiento de esta exigencia constituirá una Falta Leve, sujeta a multa.
- El Centro de Salud se reserva el derecho de utilizar cualquier medio de registro para constatar el ingreso de los vigilantes.
- Se mantendrá un Libro de Novedades, en donde se consignarán todas las acciones y observaciones de importancia que se produzcan durante el desarrollo de los diferentes turnos, de no cumplir requisito será considerado una Falta Grave, sujeto a multa.
- Este Libro de Novedades y Control Asistencia, estará ubicado en Caseta de Guardias en las instalaciones.
- La empresa adjudicada deberá tener y acreditar que su personal se encuentra amparado por el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, durante todo el tiempo del desarrollo del contrato.
- La empresa adjudicada deberá disponer de un sistema de supervisión del personal destinado a cumplir con los servicios contratados, considerando como mínimo 2 visitas inspectiva diarias en terreno, en todos los cambios de turnos. Esta supervisión deberá quedar registrada en el Libro de Novedades. El nombre e individualización de los Supervisores deberán ser puesto en conocimiento del CESFAM, por escrito y con a lo menos 48 horas de anticipación a la fecha de inicio de sus funciones, el incumplimiento de esta exigencia, constituirá Falta Grave, sujeta a multa
- La Empresa adjudicada debe presentar un Calendario de Capacitación a la Referente del Contrato con un mes de anticipación, identificando el lugar de realización y el Organismo capacitador y los respectivos relatores, coordinándose la asistencia a dicha capacitación de todo el personal que corresponda a esta instalación, sin que altere el normal funcionamiento del servicio contratado.
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INICIO DE LOS SERVICIOS |
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El plazo para la iniciación de los servicios de vigilancia y seguridad, será a contar del día corrido siguiente a la fecha de suscripción del Acta de Inicio de Servicios, Acta que se podrá suscribir con anterioridad a la Resolución Aprobatoria de Contrato, siempre que se haya recepcionado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Lo anterior, atendido a la necesidad de no interrumpir el servicio puesto que éste es imprescindible para proporcionar, a través de un sistema integral de vigilancia y seguridad, el resguardo y protección de las instalaciones del CESFAM, considerándose como tales el equipamiento de uso médico, administrativo y de infraestructura, como también la seguridad de los usuarios internos y externos que concurren diariamente a este Centro de Salud. El incumplimiento de este plazo, constituirá una Falta Leve, Sujeta a Multa.
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MODALIDAD DE PAGO |
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El pago se realizará contra factura, previa recepción conforme por parte del requirente, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura respectiva, (Ley de Presupuesto de la Nación para el año 2024, Ley N°21.640 de fecha 18.12.2023, glosa 2, letra e) de las partidas del Ministerio de Salud, “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada”.
La factura deberá ser emitida a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción RUT. 61.607.104-1, dirección Maipú N°2120, Concepción, cancelada en original y dos copias. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA LICITACION QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE Y ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA, Y CORREO ELECTRÓNICO PARA SU NOTIFICACIÓN.
En el caso que la empresa adjudicada emita factura electrónica, se requiere que este además sea enviado al correo electrónico del Encargado de Oficina de Partes, ofpartescvmf@ssconcepcion.cl.
El proveedor deberá enviar el XML de la factura a la dirección dipresrecepcion@custodium.com y el número de OC se debe indicar en referencia (801).
En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018: “se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Para efectos de pago el proveedor deberá acompañar la documentación entregada con el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).
En conformidad al Artículo 8 de la Ley de presupuestos, el adjudicado/contratado debe contar con cuenta bancaria para efectuar el pago mediante transferencia electrónica de fondos.
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DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN |
El CESFAM respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatorios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES
Ante los siguientes incumplimientos por parte del proveedor contratado, el CESFAM deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:
Los siguientes incumplimientos, obligarán al CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, a aplicar las siguientes sanciones:
Faltas Leves y sus sanciones:
El contratista deberá prever el reemplazo anticipado de aquel personal que por alguna razón no pueda concurrir a cumplir con su turno de servicio, como igualmente el relevo oportuno del personal que el CESFAM solicite, sin expresión de causa:
• El incumplimiento de asistencia de personal de vigilancia a las horas contratadas, falta de indumentaria o ausencia del equipo de comunicación, significará realizar el descuento respectivo, en la factura del mes ocurrido el incidente, de acuerdo al siguiente cuadro, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor:
INASISTENCIA TURNO * MULTA
2 Hrs. o más (Acumulativo) Turno NOCHE 2 UF
2 Hrs. o más (Acumulativo) Turno DÍA 1,5 UF
2 Hrs. o menos Turno DÍA 1 UF
Sin medio de comunicación operativo Cualquier Turno 0.5 UF
Falta de uniforme completo Cualquier Turno 0.5 UF
En las dos primeras sanciones, precisar que serán acumulativas por cada hora en que el vigilante esté inasistente.
No obstante quedará sin efecto la sanción en caso que el turno anterior haga el relevo.
No obstante lo anterior el CESFAM podrá disponer el término del contrato en forma inmediata, si estos incumplimientos en cuanto a inasistencia y ausencia de medio de comunicación fueran continuadas y afecten las actividades del CESFAM.
Faltas Graves y sus sanciones:
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato administrativamente por las siguientes causales, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor:
a) La no iniciación de los trabajos en el plazo de tres días, de la fecha de inicio del servicio, estipulada en la Resolución de Adjudicación;
b) Declaración de quiebra o insolvencia económica del contratista;
c) Ante cualquier situación que, a juicio del Director del CESFAM, dificulte el buen funcionamiento de la calidad de los servicios, entendiéndose por falta a la calidad del Servicio a:
• Reiterados atrasos. Más de 2 mensuales (dentro de 3 meses)
• Dos ausencias. (dentro de 3 meses)
• No cumplimiento de las instrucciones emanadas de la Dirección.
• Falta de Supervisión de la Empresa.
• En caso de enviar reemplazos sin aviso previo
• Reiteradas Multas por falta de Uniforme completo u/o equipo de comunicación.
d) Omisión o desconocimiento por parte del contratista de las órdenes que imparta el supervisor del CESFAM o Directivos del Establecimiento.
e) Omisión o incumplimiento a las instrucciones indicadas como “Importantes” en el punto 12º de las Especificaciones Técnicas.
En toda sanción, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción deberá considerar las siguientes reglas:
Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega de los insumos clínicos, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega.
Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
El CESFAM podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa de los Estados de Pago hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del CESFAM. Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el CESFAM. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El CESFAM podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del CESFAM para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.
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DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES |
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Ante los siguientes incumplimientos por parte del proveedor contratado, el CESFAM deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:
- 34.1 Faltas Leves y sus sanciones:
Por cada una de las faltas Leves a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una multa, por evento, equivalente a 10 UF, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, considerándose para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta:
- Incumplimiento en la fecha de inicio de los Servicios de Vigilancia, de acuerdo al horario establecido en las presentes Bases de Licitación, de acuerdo a lo señalado en el Punto 30, Item: “Inicio de los Servicios.
- Incumplimiento de la empresa adjudicada, en la fecha de entrega de un Calendario de Capacitación de su personal, requerido para el primer día hábil del segundo mes de iniciados los servicios. Lo anterior, de igual forma informado a la Referente del Contrato con un mes de anticipación, identificando lugar de realización, organismo capacitador, relatores y coordinaciones para la asistencia del personal de seguridad sin que ello altere el normal funcionamiento del servicio contratado.
- Posterior al tiempo de máximo de reacción de 1 hora para reemplazar o completar personal faltante tanto al inicio del servicio, entre la jornada laboral o antes de finalizar el turno, de tal manera de contar siempre con la dotación completa en el turno, se anexará una multa Leve por cada 30 minutos, toda vez que no esté el turno completo solicitado en Bases de Licitación.
- Posterior a los plazos establecidos para la aplicación de Encuestas de Satisfacción y entrega de Informe respectivo en un plazo máximo de 15 días desde efectuada la Encuesta, a contar del día 16, se cobrará una Multa anexa, considerada Leve por cada día de retraso en la entrega del mencionado Informe.
- 34.2 Faltas Graves y sus sanciones:
Por cada una de las faltas graves a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una multa por evento, equivalente a 15 UF, considerándose para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta:
- Incumplimiento del oferente, en la presentación de un Manual de Procedimiento Interno, después de 30 días de adjudicado, que contemple puntos vulnerables y acciones orientadas a la implementación de mecanismos precautorios que eviten posibles daños, robos o hurtos de bienes desde las dependencias, previamente evaluado antes de su puesta en marcha por el Jefe de Departamento de Gestión Operacional del CESFAM y posterior difusión a todos los guardias.
- Incumplimiento de los guardias de seguridad en el uso de un trato amable tanto con los usuarios internos como externos y en la disposición de responder consultas, guiar y orientar a los usuarios hacia el lugar consultado.
- Pérdida o extravío de relojes proporcionados por el CESFAM a los Guardias, al momento de iniciar el servicio, cuyo objetivo es repetir la señal del botón de pánico, alertando de emergencias ocurridas en un área específica de la instalación debiendo acudir de forma presencial al llamado. Incumplimiento por parte del personal de seguridad en el uso y permanencia de uniforme, con ambas tarjetas de identificación a la vista: Empresa adjudicada y Credencial OS-10, vigente.
- Incumplimiento del personal de seguridad, de las obligaciones detalladas en el Numeral 6, por separado e independientes entre sí.
- Incumplimiento por parte del Supervisor de la instalación, en informar dentro de 15 minutos desde el inicio del servicio al Referente del Contrato que no estará el turno completo, considerándose el aviso posterior a ese tiempo, “omisión voluntaria”.
- Se considerará un tiempo máximo de reacción de 1 hora, para reemplazar o completar personal faltante: al inicio del servicio, entre la jornada laboral o antes de finalizar el turno, de tal manera de contar siempre con la dotación completa en el turno, el incumplimiento de esta exigencia, constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- Incumplimiento de registros en el Libro de Novedades, de propiedad del CESFAM, de los siguientes antecedentes: número de personal faltante, horarios en que se producen las ausencias y horarios de incorporación al servicio.
- Incumplimiento en los plazos establecidos para la reposición de especies, máximo de 15 días hábiles.
- La empresa adjudicada al inicio de los servicios, día 1, deberá entregar una carpeta al referente del contrato del CESFAM DR. VMF, con los antecedentes personales de cada Guardia que cumpla labores en el CESFAM, incluyendo una ficha con los antecedentes personales, con fotografía, nombre, RUT, certificado de antecedentes, entre otros, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- Incumplimiento de la empresa adjudicada en informar al Referente del Contrato, con 48 horas de anticipación de iniciado los servicios, nombres, email y teléfonos de los supervisores de la instalación, como también cambios existentes.
- Incumplimiento por parte de la empresa adjudicada en la provisión de un Libro de Novedades, el cual será de propiedad del CESFAM, donde se consignarán todas las acciones y observaciones de importancia que se produzcan durante el desarrollo de los diferentes turnos.
- Incumplimiento en la realización de un mínimo de 3 capacitaciones, al personal de seguridad, debidamente certificadas por una empresa competente, que versen sobre materias como “Atención al Cliente”, “Trato al Usuario”, “R.C.P. Básico” o “Uso de Extintor”.
- La empresa adjudicada deberá efectuar 2 Encuestas de Satisfacción, 1 en la mitad del primer semestre y otra en segunda mitad del segundo semestre, en la vigencia el contrato. La encuesta a aplicar debe ser validada y se debe aplicar al menos a un 51% de los funcionarios. La encuesta tiene el objetivo de verificar la satisfacción del cliente y la aceptabilidad del servicio entregado, debiendo entregar con un máximo de 15 días desde efectuada la encuesta, un Informe con el resultado obtenido, el incumplimiento de esta exigencia constituirá Falta grave, sujeta a multa.
- Los Guardias no podrán presentarse en la instalación con credencial de OS-10, vencidas, ni en trámite. De producirse esta situación el Guardia de la instalación deberá ser reemplazado por otro que cumpla con lo establecido, una vez cumplido el requisito podrá volver a la instalación, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- Los Edificios Principal y Anexo, en horarios no habituales de atención o una vez que se haya retirado el último funcionario de las dependencias mencionadas, deberán permanecer cerradas y durante la noche conectadas a las alarmas al centro de monitoreo. El incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- Incumplimiento en proporcionar al Referente del Contrato información referente desconexión de las alarmas, cada vez que esto ocurra.
- La empresa adjudicada deberá proveer un Sistema de Alarma conectada a una Central de Monitoreo, donde debe incorporar el establecimiento, esta debe tener la capacidad de detectar una acción desde el interior, exterior o del entorno en el cual se encuentran instalados. El incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave.
- La empresa adjudicada una vez iniciado el servicio deberá proveer a todo su personal que esté cumpliendo funciones de seguridad en el CESFAM, con equipos de radio comunicación nuevos con manos libres, más al referente del contrato (para mantener la confidencialidad de su labor), el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá proveer de un celular digital, para mantener una comunicación fluida entre los guardias, la central de operaciones de la empresa adjudica, con el referente del contrato y con instituciones de emergencia externas, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá exhibir todos los equipos y equipamientos nuevos al Referente del Contrato, antes de iniciar sus servicios, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá proveer de 10 Radiotransmisores compatibles con modelo actual utilizado, Motorola VX-261, las que deben ser entregadas y programadas para uso según necesidad del CESFAM. El incumplimiento de este requisito constituye una Falta Grave, sujeta a multa.
- El oferente deberá proveer de 14 cámaras exteriores tipo Bullet de 4MP, lente motorizado, protección IP 67, para ser instaladas según necesidad del CESFAM, las cuales deben ser compatibles con el sistema actual de CCTV. El incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- El oferente deberá considerar el cambio de dos grabadores NVR por equipos nuevos de 32 canales cada uno y 6 discos duros de 6TB cada uno para videovigilancia, equipos que deben ser compatibles con sistema actual CCTV. El incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- El oferente deberá considerar el cambio de tuberías de techumbre y modificar gabinetes de exterior considerando un tamaño de (400x300x200) que operan como receptor de señal de las cámaras y se conectan al Rack principal. Se debe considerar el cambio de Switch y sistema de disipación de calor. Las tuberías deben ser de PVC de color gris para exterior, de 32mm, incluir accesorios (curvas, codos, terminales, abrazaderas tipo omega y cajas selladas y herméticas. Los cables UTP debe ser 100% de cobre, los accesorios solicitados deben contar con su debida certificación y validación de operatividad. El incumplimiento en lo requerido constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- El oferente deberá conectar mediante fibra rack de Bodega con rack CCTV del CESFAM (segundo piso). Lo que se debe realizar antes del primer trimestre del inicio del contrato. El incumplimiento de este requisito se considerará como Falta Grave, sujeta a multa.
- El oferente deberá cambiar UPS:
- -3Kva para Rack segundo piso CESFAM.
- -2Kva para Rack Anexo.
- -2Kva para garita de monitoreo.
- El incumplimiento de estos requisitos constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- El oferente deberá considerar en el monto cotizado, la mantención Preventiva y Reparativa de cámaras de seguridad existentes en la instalación, como también el retiro del cableado en desuso, procesos que deberán ser ejecutados por Ingeniero o Técnico en Redes. Al momento de hacer las mantenciones, la persona deberá presentarse ante el Administrador del Contrato del CESFAM e identificarse como tal con las debidas certificaciones. Las visitas se realizarán en forma trimestral, previa coordinación, a través de correo electrónico con el Administrador del Contrato y Encargado TIC, constituyendo el incumplimiento de estos requisitos, Falta Grave, sujeta a multa.
- Se deberá considerar en el monto ofertado la reparación y /o reposición de equipos tecnológicos y otros, que fueran dañados por casos fortuitos y/o robados, con cargo a la empresa adjudicada. El tiempo de reposición del equipamiento no debe superar los cinco días hábiles, desde el momento de la notificación a la empresa o la identificación de la falla o ausencia de este. El equipo en reemplazo deberá poseer las mismas características al instalado, o con tecnología superior, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa. Desde el día seis, se anexará por cada día de retraso, una Multa Leve hasta que este operativo el equipo.
- El oferente deberá considerar en el monto cotizado la mantención preventiva a los computadores de monitoreo, reinstalación de Windows y software. Las visitas se realizarán en forma trimestral, previa coordinación, a través de correo electrónico con el Administrador del Contrato y Encargado TIC, constituyendo el incumplimiento de estos requisitos, Falta Grave, sujeta a multa.
- El oferente deberá considerar en el monto cotizado, la modificación del rango de visualización de las cámaras, la reubicación y/o traslado de cámaras, según las necesidades del CESFAM.
- La empresa adjudicada será responsable de la extracción de las grabaciones, previa autorización del referente del contrato o de quien se designe. Las cuales deberán quedar respaldadas y resguardadas en un disco extraíble hasta el retiro de estas. El incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá contar con un área especializada de asistencia técnica para la continuidad del normal funcionamiento del equipamiento y del sistema CCTV. Las intervenciones deben ser coordinadas con el referente del contrato y/o encargado TIC, vía correo institucional. Ante cualquier contingencia la empresa adjudicada tendrá un tiempo máximo de reacción de dos horas, desde el momento de la notificación del incidente, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- Una vez iniciado el servicio, el referente TIC hará entrega de las claves de acceso al sistema de monitoreo, las cuales no podrán ser modificadas, el incumplimiento de este requisito constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá considerar dentro de su oferta las mantenciones y reparaciones de las barreras automáticas y portones de acceso eléctrico (motor, sensores de seguridad y otros), más sus respectivos controles. Al detectar fallas y/o falencias en el funcionamiento de estos por más de 2 días, se considerará incumplimiento a este requisito lo que constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
- El oferente deberá considerar en el monto cotizado la reparación, reubicación y mantención preventiva a las Seis antenas repetidoras de señal del sistema de botones de seguridad. Para las mantenciones, las visitas se realizarán en forma trimestral, previa coordinación, a través de correo electrónico con el Administrador del Contrato y Encargado TIC, constituyendo el incumplimiento de estos requisitos, Falta Grave, sujeta a multa.
- Incumplimiento con las exigencias y condiciones preestablecidas para los reemplazos solicitados por el Referente del Contrato, que a su juicio no reúnan las condiciones de idoneidad, eficiencia y eficacia en el desempeño de las labores contratadas, los que deberán hacerse efectivos al día siguiente de ser requerido, a fin de asegurar la continuidad del Servicio.
34.3 Faltas Gravísimas y sus sanciones:
Por cada una de las faltas graves a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una multa por evento, equivalente a 25 UF, considerándose para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta:
- Al inicio de cada turno, el Supervisor de la instalación deberá tener la dotación completa. En caso de retirarse el personal de seguridad antes de la llegada de sus respectivos relevos, dejando desprovista y vulnerable la instalación, será considerada esta acción como una “falta gravísima”, sujeta a multa.
- Incumplimiento, por parte del personal de seguridad, de la prohibición de portar armas de fuego, bastones, gases irritantes, equipos de alto voltaje u otros, dentro de las dependencias del CESFAM.
- Detección de omisión voluntaria de información o información no fidedigna registrada en el Libro de Novedades del CESFAM, por parte del personal de seguridad.
- El personal contratado por la empresa, no podrá percibir como remuneración un sueldo inferior al estipulado en la Ley (Sueldo Mínimo), constituyendo el incumplimiento de este requisito una Falta Gravísima, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá mantener desde el inicio al término del turno la totalidad de Guardias solicitados en la licitación. Turno día, 7 Guardias y turno noche 4 Guardias, en ambos turnos debe estar considerado 1 Supervisor en la instalación. No podrán retirarse y tampoco salir de la instalación durante toda su jornada laboral, el incumplimiento de esta exigencia, constituirá una Falta Gravísima, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada deberá proveer durante todo el Contrato un Staff, con 17 Guardias estables en el CESFAM, no pudiendo realizar arbitrariamente rotaciones a otras instalaciones, sólo se autorizará el ingreso al staff, para reemplazos de feriados legales, licencias médicas y otra ausencia, justificadas previa coordinación con el Referente del Contrato y la presentación de documentación validada (certificación), el incumplimiento de esta exigencia constituirá una Falta Gravísima, sujeta a multa.
- La empresa adjudicada no podrá hacer uso de las dependencias y o instalaciones del CESFAM para fines diferentes a los que fueron destinados, el incumplimiento de esta exigencia será considerada una Falta Gravísima, sujeta a multa.
- El personal de seguridad sólo podrá usar prendas que le permita el uniforme de su empresa, cada vez que se sorprenda a un Guardia sin su indumentaria del uniforme, se sancionará a la empresa con una falta grave.
- Todo el personal que pertenezca a la empresa adjudicada deberá participar en el Programa de Calidad, Plan de Evacuación y Emergencia del CESFAM, el incumplimiento de esta exigencia constituirá una Falta Grave, sujeta a multa.
En toda sanción, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción deberá considerar las siguientes reglas:
a) Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega.
b) Las multas de que trata el presente artículo se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
c) El CESFAM Dr. VMF podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, de los Estados de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del CESFAM dentro del plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el CESFAM consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días hábiles de ejecutada la garantía. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el 5% del valor total del contrato, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. El CESFAM Dr. VMF retendrá el saldo a favor hasta que el adjudicatario entregue la nueva garantía.
d) Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el CESFAM. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El CESFAM podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
e) Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor total del servicio. No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.
f) El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del CESFAM para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
g) No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.
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PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES |
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En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “Gestión de Sanciones” el cual será notificado mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato” comunicando del inicio del procedimiento y especificando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para aceptar la aplicación de sanción o efectuar sus descargos a través de la plataforma www.mercadopublico.cl modulo gestión de contrato los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución aplicando o no la sanción.
Si el adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del Reglamento de Compras Públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público “Gestión de Contrato”.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes) desde notificada la resolución en portal Mercado público “Gestión de Contrato” para presentar recurso de reposición a través de carta certificada o con entrega presencial en Oficina de Partes o derivando sus descargos al correo electrónico oficina de ofpartescvmf@ssconcepcion.cl – jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl - jefe gestionoperacionalcvmf@ssconcepcion.cl - abastecimiento4cvmf@ssconcepcion.cl. Resuelto el recurso de reposición, ya sea éste acogido parcial o totalmente, será notificado al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones”, el que a su vez notificará mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico que el Sistema dirige al “administrador del Contrato”; en caso que el recurso de reposición sea rechazado, el acto administrativo que así lo resuelva será notificado por correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato”.
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DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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De las modificaciones:
El CESFAM podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento).
Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el CESFAM, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
- Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere sancionado por el acto administrativo correspondiente:
a) Seis veces por Faltas Leves.
b) Tres veces por Faltas Graves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta Leve.
c) Dos veces por Faltas Gravísimas.
- Que el proveedor fuese declarado en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
- Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
- Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
- En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
a) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e) Disolución de la UTP.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
- No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
- Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación.
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PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
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a) En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen.
Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
b) El término del contrato por la causal establecida en el numeral 9, del Punto 36, se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD |
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El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el CESFAM y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el punto 36.2, N°7 de las presentes bases.
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DE LA ORDEN DE COMPRA |
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La Orden de Compra se emitirá una vez que se encuentra tramitada la Resolución que Aprueba el Contrato y ésta sea publicada en el portal www.mercadopublico.cl., entendiéndose notificada al adjudicatorio, 24 horas posteriores a su publicación en el Portal Mercado Público.
Se emitirán Órdenes de Compra mensuales, previas Solicitudes emitidas a través del Sistema Informático CGCOM, por parte del Depto. de Gestión Operacional del CESFAM Dr. VMF.
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DE LA RECEPCION DEL SERVICIO |
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La recepción conforme de los servicios de Vigilancia y Seguridad para el CESFAM Dr. VMF, se hará efectiva una vez que el adjudicado haga entrega al Referente del Contrato, el último día hábil de cada mes, del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).
El proveedor adjudicado deberá presentar de igual forma, nómina de trabajadores, comprobante de pago de remuneraciones y de cotizaciones, verificables para corroborar las condiciones de empleo y remuneración comprometidas, según corresponda.
Para efectos de pago, el Referente del Contrato hará entrega al Depto. de Finanzas del Establecimiento, a través de Memorandum Interno, de la documentación mencionada, adjuntando al expediente de pago, la Factura y Orden de Compra asociada a los servicios que se pagarán.
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VISITA A TERRENO OBLIGATORIA |
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Visita a Terreno Obligatoria:
Para preparar la oferta, será requisito indispensable y OBLIGATORIO el reconocimiento en terreno por parte de los oferentes, con todos los antecedentes técnicos a la vista, para su revisión general y su confrontación.
Esta Visita a Terreno Obligatoria, será guiada por el Jefe de Gestión Operacional o quien subrogue, en la fecha y hora indicada en el portal www.mercadopublico.cl , la que se iniciará en el Sector de Edificio Anexo, del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, ubicado en calle Maipú 2120, Concepción.
Detalle Fecha y Horario Visita Terreno Obligatoria:
Visita a Terreno OBLIGATORIA: Quinto día hábil siguiente a la fecha de publicación de la Licitación, es decir, el JUEVES 05 DE DICIEMBRE DE 2024, guiada por Jefa Depto. de Operaciones y Encargado Área Informática del CESFAM DR. VMF, o quienes los subroguen, en acceso Edificio Anexo del CESFAM, Maipú Nº2120 – Concepción, en el siguiente horario: 11:00 AM.
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