Licitación ID: 48-53-LQ25
Servicio de consultoría de diseño para la Normalización y Mejoramiento de Rutas Peatonales en el entorno de La Estación Intermodal Los Libertadores comunas de Huechuraba Quilicura y Conchalí en la Región Metropolitana
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Asesorías en gestión estratégica 1 Global
Cod: 80101505
Servicio de consultoría de diseño para la Normalización y Mejoramiento de Rutas Peatonales en el entorno de La Estación Intermodal Los Libertadores, comunas de Huechuraba, Quilicura y Conchalí, en la Región Metropolitana.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de consultoría de diseño para la Normalización y Mejoramiento de Rutas Peatonales en el entorno de La Estación Intermodal Los Libertadores comunas de Huechuraba Quilicura y Conchalí en la Región Metropolitana
Estado:
Cerrada
Descripción:
El Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, en adelante, e indistintamente “SERVIU Metropolitano” o “el Servicio”, llama a Licitación Pública para contratar el “Servicio de consultoría de diseño para la Normalización y Mejoramiento de Rutas Peatonales en el entorno de La Estación Intermodal Los Libertadores, comunas de Huechuraba, Quilicura y Conchalí, en la Región Metropolitana”, con el propósito de que se efectúe la contratación del mencionado diseño. E1O2RT9.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-11-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 21-10-2025 18:26:19
Fecha inicio de preguntas: 21-10-2025 19:31:00
Fecha final de preguntas: 28-10-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-10-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-11-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-11-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 31-12-2025 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 10-11-2025
Fecha estimada de firma de contrato 29-01-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2. Instrucciones para Presentación de Ofertas 5.2.1. Presentación de Ofertas Las entidades oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en Chileproveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Las entidades oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si alguna entidad oferente tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de las visitas a terreno/entrega de muestras, de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta (si las hubiera) y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. En caso del literal c) si el documento no se adjunta en la oferta, no se solicitará mediante foro de aclaración de ofertas y deberá ser entregada por la entidad oferente adjudicada de acuerdo con lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases. Mientras que los literales d) y e) constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no cumplir con lo exigido, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de las ofertas. a) Todas las entidades oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. b) Aquellas entidades oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº20.393, y el Decreto Ley N° 211 de 1973. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. c) Al momento de ofertar, la entidad oferente deberá adjuntar certificado de inscripción vigente o en trámite del Registro de Consultores del MINVU regulado por D.S. N° 135, (V. y U.) de 1978 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo en alguno de los siguientes rubros, Especialidad Arquitectura: código 1704 Subespecialidad Arquitectura Paisajista, en 1ra categoría; código 1705 Subespecialidad Otros, en 2ra Categoría; Especialidad Urbanismo: código 1804 Subespecialidad Otros, en 2da Categoría; o Especialidad Ingeniería: código 1606 Subespecialidad Pavimentación, en 2da Categoría. d) Todos los oferentes deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, ChileProveedores, y encontrarse en estado hábil para contratar, en los términos que exige el artículo N°4 de Ley de N°19.886, modificada por la Ley N°21.634. En el caso de las uniones temporales de proveedores (UTP), todos los integrantes de ésta deberán encontrarse inscritos y hábiles en el referido Registro de Proveedores en los términos exigidos por el artículo 53 de la Ley N°19.886. e) Respecto de las uniones temporales de proveedores (UTP), deberá adjuntarse al momento de ofertar, el instrumento público de constitución de la misma, que dé cuenta del acuerdo para participar mediante esta modalidad, en virtud del artículo 52 de la Ley Nº19.886, modificada por la Ley Nº21.634. En caso de no presentarse este acuerdo o presentarse sin las solemnidades exigidas por la ley, la propuesta será declara inadmisible.
2.- 5.2.4. Antecedentes de Sustentabilidad Las entidades oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes de integridad y sustentabilidad. En el caso de los anexos N°5 y N°6, constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura electrónica y declarada inadmisible. En el caso del literal c) y los documentos solicitados en el numeral a.1 y b.1, constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°5 “Programa de Integridad”, correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y, si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal. a.1) La información contenida en el citado Anexo, deberá ser debidamente respaldada, por lo que el oferente deberá adjuntar alguno(s) de los siguientes documentos: a) En caso de existir certificación: Certificados o documentos que acrediten que cuenta con el Programa de Integridad, el que cual deberá contener un mecanismo de verificación, ya sea código verificador, N° de contacto telefónico o correo electrónico de la empresa certificadora junto al contenido del Programa de Integridad certificado. b) En caso de existir antecedentes que den cuenta de la existencia de programa de integridad conocidos por todo su personal (ya sean manuales, código de buenas prácticas, reglamentos internos, políticas de cumplimiento, charlas que respalden difusión de dichas políticas), con sus respectivos medios de verificación, como el link de su página web o intranet, donde se visualicen los contenidos publicados a los que puede acceder todo su personal. Las declaraciones juradas se aceptarán exclusivamente para acreditar que el personal conoce el Programa de Integridad, y siempre que se acompañen al programa que se declara conocer. • No bastará con la presentación de “pactos de integridad” o documentos de compromiso, debido a que no es posible tener certeza que esas estipulaciones sean conocidas y cumplidas por los trabajadores de los respectivos proveedores (Dictamen N°E370752/2023) y que alude a una difusión futura de las mismas (Dictamen N°E536097/2024). El criterio de evaluación sobre programas de integridad y compliance es un aspecto que también debe ser evaluado respecto de los oferentes personas naturales, lo cual se acreditará mediante cursos, capacitaciones, diplomados u otros documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance (Dictamen N°E586179/2024). Los antecedentes que respalden la existencia de programa de integridad constituyen un requisito obligatorio, por tanto, en caso que no sean presentados al momento de ofertar, o de ser presentados de forma incompleta, serán solicitados a través del Foro de Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación, en dicha instancia del documento solicitado, implicará la declaración de puntaje 0 en este criterio de evaluación. b. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6, “Impacto Ambiental”, correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo la producción limpia, así como la utilización de procesos, materiales e insumos que tienen un menor impacto ambiental en las actividades productivas, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por el personal. b.1. La información contenida, deberá ser debidamente respaldada, por lo que la entidad oferente deberá adjuntar cualquier documento que acredite fehacientemente que cuenta con prácticas sustentables o de impacto ambiental, el cual deberá contener un mecanismo de verificación según corresponda, de acuerdo lo declarado en el Anexo N°6. c. Adjuntar, de corresponder, ficha del proveedor que señale claramente que la empresa cuenta con “Sello Empresa Mujer ChileProveedores”. En caso que no se acompañe este documento al momento de ofertar, se podrá solicitar mediante foro de aclaración de ofertas, siempre que se haya declarado dicha calidad en el Anexo N°5. SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de verificar la información proporcionada por la entidad oferente, y en caso de detectarse que ésta no es fidedigna y/o está alterada, la entidad oferente será excluida de la licitación, sin perjuicio de las sanciones que corresponda aplicar en el Registro Nacional de Consultores del MINVU. Se hace presente que, en caso que los anexos N°5 y N°6 adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o proporcionen la información inexacta, no verosímil y/o induzca a error o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales o declarará inadmisible, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 56 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Las entidades oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos N°3, N°4 y el literal c) constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura electrónica. En el caso de la documentación referida en el literal d) y los documentos solicitados en el numeral a.1, b.1 y b.3, constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°3 “Experiencia de la Entidad Oferente” en contratos ejecutados con entidades públicas o privadas, en proyectos de vialidad urbana y diseño del espacio público o privado. Es deseable que la experiencia que se acredite, en su conjunto, contemple las siguientes especialidades: pavimentación, aguas lluvias, señalización y demarcación, transporte, semáforos, diseño urbano, accesibilidad universal, paisajismo, riego, modificación de servicios secos y húmedos, desvíos de tránsito, participación ciudadana con enfoque de género, evaluación social e Iluminación. No se considerarán proyectos que solo contengan algunas de las especialidades anteriormente señaladas. a.1.- Los certificados, o cualquier documento que acredite la experiencia indicada en el anexo, de ejecución y término de contratos de Servicios de Consultoría de proyectos deben ser emitidos por las empresas mandantes con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas; en el caso de instituciones públicas por el jefe de área técnica y/o ministro de fe de dicha institución, según corresponda; y en entidades privadas por el representante legal de la empresa de los contratos de proyectos, especificando fechas de inicio y término, en original o copia fiel de la original. No se aceptarán las declaraciones juradas simples o notariales emitidas por el mismo oferente. a.2.- Los documentos presentados para acreditar la experiencia señalada en el anexo respectivo deberán indicar la prestación del servicio y corresponder al rubro de lo solicitado e indicar fecha de inicio y termino. No se considerarán para efectos de la evaluación, aquellos trabajos que estén en ejecución o que hayan debido terminarse anticipadamente. a.3.- Dichos documentos deberán figurar a nombre la entidad oferente o, en su defecto, al de su representante legal. No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la entidad oferente adjudicada. a.4.- Solo se evaluará la experiencia indicada en el anexo. En caso de discrepancia entre lo declarado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo declarado en éstos últimos. a.5. En el Anexo N°3 el oferente deberá indicar si cuenta con acreditación “Sello mujer Chile proveedores”. En caso que el oferente no cumpla con lo indicado, no se le pedirá foro y se le asignará el puntaje de 0 puntos en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales” deberá verificar la veracidad de lo señalado por el oferente en el portal de Mercado Público adjuntando ficha respectiva. b. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4 “Conformación del equipo profesional”, donde deberá acreditar la formación profesional y especializaciones o certificaciones requeridas, así como la experiencia individual del equipo técnico, en el cual se deberá indicar claramente los períodos de tiempo (en meses) de experiencia de los profesionales propuestos, conforme a lo exigido en el punto N°10.3.3 de las Bases Administrativas de licitación. b.1.- Para acreditar lo indicado en el anexo N°4, la entidad oferente deberá adjuntar la documentación que respalde la información solicitada y contenida en el presente anexo. Dichos documentos deberán indicar expresamente el tiempo de duración de la prestación (meses) y el certificado que acredita dicha experiencia, para esto los certificados deberán venir numerados correlativamente, y deberán indicar la fecha de inicio y término de los trabajos. No se considerarán trabajos en ejecución. No se aceptarán declaraciones juradas simples o notariales emitidas por el mismo profesional. b.2.- En los documentos de respaldo debe figurar el nombre del profesional y en los casos en que sea la entidad oferente de esta licitación quien emita el certificado de experiencia del profesional, en su calidad de empleador de éste, se deberán presentar los documentos que acrediten que la entidad oferente participó en dichos trabajos, para esto se deberá adjuntar el contrato de trabajo de la entidad oferente o cualquier otro documento que acredite su relación contractual durante el período que señala fueron realizados los trabajos. De no acreditarse lo anterior, no se considerarán para efectos de la evaluación. b.3.- Adjuntar título o certificado de título (o copia escaneada) de todos los profesionales solicitados en el punto 10.3.3. de las bases administrativas, los que deberán ser emitidos por alguna universidad o instituto profesional, acreditado por el Estado chileno, y en caso de ser extranjero, autorizado por la entidad pública correspondiente. La experiencia exigida se medirá desde la fecha de titulación. Asimismo, deberá adjuntar los antecedentes que acrediten la formación de especialización exigida (de proceder) para cada uno de los integrantes del equipo profesional. b.4.- Quien se presente al cargo de Especialista en Diseño Urbano y Accesibilidad Universal, debe acreditar formación adicional como diplomado o Máster indicados en el punto 10.3.3 de las bases administrativas y adjuntar certificado, título o certificado de título o copia escaneada, los que deberán ser emitidos por alguna universidad o instituto profesional, acreditado por el Estado chileno, y en caso de ser extranjero, autorizado por la entidad pública correspondiente. De no acreditarse lo anterior, la oferta se declarará inadmisible. b.5.- Quien se presente al cargo de Especialista en Iluminación Pública debe acreditar y adjuntar certificación de especialización, la que deberá ser emitida por alguna universidad o instituto profesional, acreditado por el Estado chileno, y en caso de ser extranjero, autorizado por la entidad pública correspondiente. De no acreditarse lo anterior, la oferta se declarará inadmisible. Además, debe adjuntar Licencia Clase A emitida por la Superintendencia de Electricidad y combustibles (SEC). De no acreditarse lo anterior, la oferta se declarará inadmisible. b.6.- Quien se presente al cargo de Intérprete de Lengua de Señas, deberá presentar certificado que acredite especialización en la materia y experiencia comprobable en la utilización de lenguaje técnico. De no acreditarse lo anterior, la oferta se declarará inadmisible. b.7.- Solo se evaluará lo señalado en el anexo respectivo. En caso de discrepancia entre lo declarado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo declarado en éstos últimos. En caso de que la entidad oferente no cumpla con el número mínimo de profesionales exigido, la oferta se declarará inadmisible. c. Adjuntar descripción de la metodología de trabajo que empleará el servicio de consultoría para cumplir las tareas solicitadas, conteniendo un enfoque conceptual con el detalle de las tareas a realizar y la participación del Plan de Trabajo en diagrama Gantt, con plantel de profesionales ofrecidos e indicando las tareas y actividades a realizar. La no presentación de este documento al momento de ofertar implicará la declaración de inadmisibilidad de la oferta. d. Completar Anexo N°3 “Experiencia de la Entidad Oferente” en el apartado “PROPUESTAS DE MEJORAS” e indicar si presenta Propuestas de Mejoras. En caso de presentarlas, adjuntar documentación que acredite alguna de las circunstancias descritas en el punto 10.3.5 “Propuesta de mejoras” de las presentes bases, tales como: - Certificación Norma ISO 9001:2015, - Implementación de algún software para gestión de proyectos - Profesional con especialización adicional comprobable a los requerimientos solicitados. El Anexo N°9, N°10, N°11, N°12 y N°13, son documentos de lectura, corresponden a Formulario de Catastro de Cámaras y Estudios Preliminares, Monografía Versión Digital, Planilla de resultados Programa de Rutas Peatonales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Bases Topográficas, y Participación Ciudadana Comunicaciones, respectivamente. SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de verificar la información proporcionada por la entidad oferente, y en caso de detectarse que ésta no es fidedigna y/o está alterada, la entidad oferente será excluida de la licitación, sin perjuicio de las sanciones que corresponda aplicar en el Registro Nacional de Consultores del MINVU. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o proporcionen la información inexacta, no verosímil y/o induzca a error o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales o declarará inadmisible de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N°19.886, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 56 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.5. Antecedentes Económicos La entidad oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio total neto, del servicio requerido de acuerdo con las bases técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos, sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que la entidad oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. a. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°7, “Formulario Oferta Económica”. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de la presente licitación. b. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°8, “Desglose por etapas y partidas”, cuyo monto total neto de contrato deberá ser coincidente con el Anexo N°7 “Formulario de Oferta Económica”, en caso contrario, la oferta será considerada inadmisible. Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto total neto, de acuerdo con lo declarado en el Anexo N°7 por la entidad oferente. El oferente deberá señalar claramente, al momento de ingresar su oferta económica si el Valor Neto del proyecto estará, Afecto a IVA, Exento de IVA, o se debe agregar la Retención de Impuesto en caso de entrega de Boleta de Honorarios. Las ofertas que superen el presupuesto máximo bruto disponible para la presente contratación serán declaradas inadmisibles.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Ver punto 6 sobre antecedentes legales para ser contratado.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
- I18n entry not found: Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
- I18n entry not found: Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
- I18n entry not found: Ver punto 6 sobre antecedentes legales para ser contratado.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Sustentabilidad La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%
2 Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 70%
3 Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 20%
4 Oferta Administrativa La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 31.02.002. 40051859-0
Monto Total Estimado: 278837000
Justificación del monto estimado Teniendo presente que, el máximo bruto disponible para la contratación es de 278.837.000 doscientos setenta y ocho millones ochocientos treinta y siete mil pesos. Por lo tanto, si la oferta excede dicho presupuesto, será declarada inadmisible.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Teniendo presente que, el máximo bruto disponible para la contratación es de 278.837.000 doscientos setenta y ocho millones ochocientos treinta y siete mil pesos. Por lo tanto, si la oferta excede dicho presupuesto, será declarada inadmisible.
Tiempo del Contrato 500 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 13-09-2027
Monto: 5 %
Descripción: La entidad oferente deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes de la entidad oferente y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). Esta caución o garantía podrá otorgarse de forma física o electrónica. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Sección Control de Gestión de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, ubicada en Serrano 45, piso zócalo ala sur, indicando el número ID de la licitación. Deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública ID N°48-53-LQ25 y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. En el caso de los vales vista, la glosa deberá estar inscrita al reverso de los documentos, o bien, en un documento adjunto firmado por la entidad oferente.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel Cumplimiento será devuelta una vez entregada la garantía por correcta elaboración del proyecto, después que se dé cumplimiento íntegro y oportuno a todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario, en conformidad a la presente Licitación Pública, Bases de Licitación y al Contrato. Será responsabilidad de la entidad oferente renovar o reemplazar oportunamente esta Garantía con anterioridad a su vencimiento con la finalidad de mantener el resguardo durante todo el período. Será responsabilidad de la entidad oferente solicitar al Departamento de Proyectos de Pavimentación, la devolución de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato, la cual una vez autorizada por el departamento de contabilidad y asignado número de retiro, debe ser solicitada en tesorería ubicada Arturo Prat 48 primer piso, en caso de que el ingreso se haya realizado de forma física.
    Otras Garantías
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 13-09-2029
Monto: 3 %
Descripción: La Garantía de Correcta Elaboración de los Proyectos, tiene por finalidad caucionar el buen comportamiento del proyecto, su correcto diseño; además de las diferencias que se puedan detectar posterior a la aprobación del proyecto, durante la licitación y/o ejecución de las obras. La entidad oferente deberá presentar boleta bancaria, vale a la vista, póliza de seguro, depósito a plazo o cualquier otra forma de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes de la entidad oferente y tenga el carácter de irrevocable, nombre de SERVIU Metropolitano, en una institución financiera constituida en Chile con sucursal en la plaza de Santiago. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del Artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras. El adjudicatario deberá entregar la Garantía de Correcta Elaboración del Proyecto, una vez se obtenga la conformidad por parte de la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación a la entrega final del proyecto. Esta caución o garantía podrá otorgarse de forma física o electrónica. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Sección Control de Gestión de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, ubicada en Serrano 45, piso zócalo ala sur, indicando el número ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar la correcta elaboración de la licitación pública ID N°48-53-LQ25. En el caso de los vales vista, la glosa deberá estar inscrita al reverso de los documentos, o bien, en un documento adjunto firmado por la entidad oferente.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de correcta elaboración de los proyectos, será devuelta una vez transcurrido el período de vigencia. Será responsabilidad de la entidad oferente solicitar a la unidad de garantías del Departamento de Proyectos de Pavimentación la devolución de la garantía de correcta elaboración de los proyectos, la cual una vez autorizada por el departamento de contabilidad y asignado número de retiro, debe ser solicitada en tesorería ubicada Arturo Prat 48 primer piso.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Otras clausulas

10.       OTRAS CLÁUSULAS

10.1.   Validez de las Ofertas

La entidad oferente, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

La entidad oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera. 

10.2.   Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente todos los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.2., 5.2.3, 5.2.4 y 5.2.5 de las bases administrativas de licitación).

10.3.   Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por tres Profesionales funcionarios de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, que se designarán por Orden de Servicio de ese Subdirector de SERVIU Metropolitano, indicando nombre, Rut y cargo del funcionario que la preside. La Comisión procederá a revisar y analizar los antecedentes entregados por los oferentes de acuerdo con lo solicitado en las presentes Bases. del servicio, designados por la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, mediante orden de servicio.

Todos los profesionales, independiente de su calidad jurídica, que tengan por función evaluar o calificar procesos de licitación pública o privada deberán suscribir una Declaración Jurada de ausencia de conflicto de interés por cada procedimiento en el que participe, esto en razón del Articulo 35 nonies, Capitulo VII, de la Ley N° 19.886, incorporadas por la Ley N° 21.634 que moderniza la Ley de Compras.

Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán elegir un presidente entre sus miembros y no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva y suscribiendo la declaración de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad de la comisión evaluadora”. Esto en razón de los artículos 35 quinquies y nonies de la Ley N° 19.886, incorporados por la Ley N° 21.634 que moderniza la Ley de Compras.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo y se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las mismas.

Las ofertas que deban declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o, la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo con las condiciones que en cada caso se establecen.

Los proveedores son responsables de la información que presenten al SERVIU Metropolitano para estos efectos. En caso de falsedad o inexactitud de la información indicada habilita al SERVIU Metropolitano para declarar inadmisible al proveedor en evaluación.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.

Las entidades oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del Foro de aclaración de ofertas del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1. Oferta Técnica (OT) (70%):

La Comisión Evaluadora considerará para los efectos de su evaluación técnica, el criterio Experiencia de la entidad oferente (ponderado en 20%), Experiencia Individual del Equipo Profesional y Técnico (ponderado en 30%), Metodología, Programa y Plan de trabajo (ponderado en 35%), Propuesta de Mejoras (ponderado en 15%), a evaluarse en base a una escala de 0 a 100 puntos.

10.3.2. Experiencia de la Entidad Oferente (A):

Es requerido certificar la experiencia de la entidad oferente dispuesto en el Anexo N°3 “Experiencia de la Entidad Oferente” en contratos ejecutados con entidades públicas o privadas, en proyectos de vialidad urbana y diseño del espacio público o privado.  La experiencia que se acredite, en su conjunto, debe contemplar las siguientes especialidades: pavimentación, aguas lluvias, señalización y demarcación, transporte, semáforos, diseño urbano, accesibilidad universal, paisajismo, riego, modificación de servicios secos y húmedos, desvíos de tránsito, participación ciudadana con enfoque de género, evaluación social e Iluminación, que se encuentren debidamente acreditadas, según lo solicitado en el punto 5.2.3 letra a.1) de las Bases Administrativas de la licitación. No se considerarán proyectos que no contengan alguna de las especialidades anteriormente señaladas.

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Más de 10 proyectos en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

Entre 6 y 10 proyectos en el rubro de lo solicitado.

70 puntos

Entre 3 y 5 proyectos en el rubro de lo solicitado.

50 puntos

Entre 1 y 2 proyectos en el rubro de lo solicitado.

10 puntos

Sin proyectos en el rubro de lo solicitado

0

*No podrá presentar como experiencia, contratos que hayan debido terminarse anticipadamente por causas imputables al proveedor, relacionados al rubro solicitado.

10.3.3. Experiencia Individual del Equipo Profesional y Técnico (B):

En este aspecto se requiere certificar los años de experiencia del equipo profesional contando los meses de experiencia dispuesto en el Anexo N°4, en el área solicitada, que se encuentre debidamente acreditada de acuerdo con lo solicitado en el punto 5.2.3 letra b).

El profesional que no informe o no acredite o acredite una profesión distinta a la solicitada, no será considerado para efectos de la evaluación. Para lo anterior, se deberá añadir un cuadro con el nombre del profesional propuesto, cargo y título acompañado en el acta de evaluación.

Para el caso del Jefe de proyecto deberá contar con una experiencia mínima de 10 años y haber sido jefe(a) de proyecto en al menos 2 proyectos relacionados con Vialidad Urbana y no podrá en ningún caso realizar una labor extra a la solicitada en este servicio, de lo contrario la oferta se declarará inadmisible.

Para el caso del Intérprete de Lengua de Señas, deberá contar con al menos 3 años de experiencia en interpretación de lengua de señas que permita interpretar conceptos técnicos y un certificado que acredite un curso de especialización en la materia, de lo contrario la oferta se declarará inadmisible

En caso que la entidad oferente no cumpla con el número mínimo de profesionales exigido, la oferta se declarará inadmisible. Por consecuencia, se entenderá que la oferta no cuenta con el mínimo de profesionales exigido cuando se presente el mismo profesional para dos o más cargos a la vez.

Se contabilizará la experiencia que haya obtenido como profesional en el área solicitada, por ende, cualquiera que se haya realizado con fecha anterior a la titulación, no será considerada.

Cantidad

SIGLA

Cargo

Titulo

Área de Experiencia

1

JP

Jefe(a) de Proyecto

Arquitecto(a)

Experiencia profesional en Proyectos de Diseño Urbano

1

TOP

Especialista en Geomensura

Ingeniero Geomensor

Experiencia profesional en

Proyectos de Vialidad Urbana, topografía y temas

relacionados.

1

ACC

Especialista en Diseño Urbano y Accesibilidad Universal

Arquitecto(a)

Experiencia profesional comprobable en Proyectos de Diseño Urbano, que considere accesibilidad universal (mínimo contar con diplomado en Accesibilidad Universal).

1

PAI

Especialista en Paisajismo

Ecóloga(o) Paisajista, Arquitecto(a) del

Paisaje o Arquitecto(a) con Master en

paisajismo

Experiencia profesional en

Proyectos de Diseño Urbano Paisajista. Para el

Arquitecto(a) con Master en paisajismo, debe incluir

Certificado de título que lo

acredite.

1

EP

Especialista Pavimentos

Ingeniero(a) Civil

Experiencia profesional en

Proyectos de Vialidad Urbana y Diseño de Pavimentos.

1

EH

Especialista Hidráulico (a)

Ingeniero(a) Civil o Ingeniero Civil mención Hidráulica o Ingeniero del área Hidráulica

Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana y drenajes de aguas lluvias, riego, agua potable y alcantarillado de aguas servidas.

1

EI

Especialista en Iluminación Pública

 Ingeniero(a) civil electricista, Ingeniero(a)  de ejecución electricista o equivalente

 Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana, en alumbrado público y electrificación de obras viales, el profesional debe cumplir con ser Instalador Eléctrico clase A de la Superintendencia de Electricidad y combustibles (SEC).

1

ESV

Especialista en Seguridad Vial

Ingeniero (a) Civil o  Ingeniero(a)  Tránsito y Transporte o Ingeniero(a)  Ejecución Transporte o Constructor Civil e Ingeniero Constructor con especialización en Seguridad Vial

Experiencia profesional en proyectos de vialidad urbana y seguridad vial.

1

EMS

Especialista en Modificación de Servicios

Ingeniero (a) Civil o Ingeniero (a)Civil Hidráulico o  Ingeniero(a) Civil Eléctrico o Constructor Civil o Ingeniero(a) Constructor

Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana, en traslado de redes húmedas y secas.

1

EPC

Especialista en Participación Ciudadana

Trabajador(a) Social o Asistente Social o Antropólogo social o Sociólogo (a) o Psicólogo (a)Social

Experiencia profesional en Participación Ciudadana con de enfoque de género, y , al menos,  haber  participado en un proyecto de vialidad que incluyera enfoque de género.

1

ECM

Especialista en Comunicaciones y Medios

Periodista o Relacionador Público

Experiencia profesional en campañas comunicacionales y manejo de medios periodísticos y tecnológicos. Deseable experiencia en el área comunitaria (Municipios, ONGs) y participación ciudadana con perspectiva de género.

1

ILS

Interprete Lengua de Señas

Interprete Lengua de Señas

Experiencia en Interpretación de Lengua de Señas, que permita interpretar conceptos técnicos.

 Se deberá presentar certificado que acredite especialización en la materia.

1

ECV

Especialista en Comunicación

Visual

Diseñador (a) Grafico o Publicista

Experiencia en Desarrollo y Manejo de Páginas Web y

Plataformas virtuales.

El puntaje se asignará de acuerdo a lo siguiente:

Cargo

Descripción

Puntaje

Ponderación

Jefe( a) de Proyecto

Más de 10 proyectos de vialidad urbana.

100 puntos

10%

8 - 10 proyectos de vialidad urbana.

80 puntos

5 - 7 proyectos de vialidad urbana.

30 puntos

Menos de 5 proyectos de vialidad urbana.

Inadmisible

Especialista en Geomensura

Más de 10 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

10%

8 - 10 años en el rubro de lo solicitado.

80 puntos

5 - 7 años en el rubro de lo solicitado.

30 puntos

Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

Especialista Diseño Urbano y Accesibilidad Universal

Más de 10 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

10%

8 - 10 años en el rubro de lo solicitado.

80 puntos

5 - 7 años en el rubro de lo solicitado.

30 puntos

Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

Especialista en Paisajismo

Más de 10 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

6%

8 - 10 años en el rubro de lo solicitado.

80 puntos

5 - 7 años en el rubro de lo solicitado.

30 puntos

Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

Especialista Pavimentos

Más de 10 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

10%

8 - 10 años en el rubro de lo solicitado.

80 puntos

5 - 7 años en el rubro de lo solicitado.

30 puntos

Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

Especialista Hidráulico

Más de 10 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

8%

8 - 10 años en el rubro de lo solicitado.

80 puntos

5 - 7 años en el rubro de lo solicitado.

30 puntos

Menos de 5 años en el rubro de lo

solicitado.

Inadmisible

Especialista en Iluminación pública

Más de 10 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

8%

8 - 10 años en el rubro de lo solicitado.

80 puntos

5 - 7 años en el rubro de lo solicitado.

30 puntos

Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

 Especialista en seguridad vial

Más de 10 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

 8%

8 - 10 años en el rubro de lo solicitado.

80 puntos

5 - 7 años en el rubro de lo solicitado.

30 puntos

Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

Especialista Modificación de servicios

Más de 10 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

 5%

8 - 10 años en el rubro de lo solicitado.

80 puntos

5 - 7 años en el rubro de lo solicitado.

30 puntos

Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

 Especialista Participación ciudadana

Más de 10 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

 10%

8 - 10 años en el rubro de lo solicitado.

80 puntos

5 - 7 años en el rubro de lo solicitado.

30 puntos

Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

Interprete Lengua de Señas   

Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

 5%

3 – 5 años en el rubro de lo solicitado.

60 puntos

Menos de 3 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

 Especialista en Comunicaciones y Medios

Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

 5%

3 – 5 años en el rubro de lo solicitado.

60 puntos

Menos de 3 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

 Especialista en Comunicación Visual

Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.

100 puntos

 5%

3 – 5 años en el rubro de lo solicitado.

60 puntos

Menos de 3 años en el rubro de lo solicitado.

Inadmisible

La fórmula de cálculo final será la siguiente.

B= Ʃ ((JP * 0 , 10) + (TOP * 0 , 10) + (ACC * 0 , 10) + (PAI * 0 , 06) + (EP * 0 , 10) + (EH * 0 , 08)+ (EI * 0 , 08) + (ESV * 0 , 08) + (EMS * 0 , 05) + (EPC * 0 , 10) + (ILS * 0 , 05) + (ECM * 0 , 05) + (ECV * 0 , 05))

Donde:

B= Experiencia Individual Integrantes del Equipo.

Ʃ = Suma total.                                                                                   

JP: Jefe(a) de Proyecto.

TOP: Especialista en Geomensura.

ACC: Especialista Diseño Urbano y Accesibilidad Universal.

PAI: Especialista en Paisajismo.

EP: Especialista Pavimentos.

EH: Especialista Hidráulico(a).

EI: Especialista en Iluminación Pública.

ESV: Especialista en Seguridad Vial.

EMS: Especialista en Modificación de Servicios.

EPC: Especialista en Participación Ciudadana.

ILS: Interprete en Lengua de Señas.

ECM: Especialista en comunicaciones de Medios.

ECV: Especialista en Comunicación Visual.

10.3.4. Metodología, Programa y Plan de Trabajo (C):

Para la Metodología, Programa y Plan de Trabajo, la evaluación parcial considerará:

1.- En caso de que la entidad oferente cumpla con el mínimo descrito en las Bases Técnicas, vale decir: comprensión de las tareas encomendadas, se asignará cero (0) puntos. Para dar cumplimiento a este punto, se exigirá que la Metodología, Programa y Plan de Trabajo entregado se adecúe a las funciones que el proyecto requiere y a cada una de las tareas indicadas en las Bases Técnicas.

Lo anterior corresponde a un programa de trabajo, plasmado en una carta Gantt según la secuencia lógica de las tareas del proyecto. Debe contemplar la ruta crítica y definir los principales hitos presentes en el proyecto.

Junto con lo anterior deberá presentar los histogramas de recursos asignados a las actividades, según los distintos profesionales requeridos en las tareas.

2.- Adicionalmente, la entidad oferente podrá proponer mejoras en la calidad de la metodología, con el objetivo de controlar la buena realización de los trabajos encomendados, por lo que se asignarán hasta cien (100) puntos, según corresponda. Para dar cumplimiento a este punto, se exigirá que la Metodología, Programa y Plan de Trabajo entregado se adecúe a las funciones que el proyecto requiere y a cada una de las tareas indicadas en las Bases Técnicas y que además considere los siguientes aspectos, evaluados con cincuenta (50) puntos cada uno:

2.1.- Elemento adicional 1: Plan de seguimiento y control de las tareas, a través de curvas de avance, las que serán reportadas mediante informes mensuales o cuando el Encargado o Encargada de Proyecto determine.

2.2.- Elemento adicional 2: Medidas de corrección / mitigación, en caso de que el proyecto esté retrasado. Estas medidas deben ser incorporadas en el reporte mensual que se realice.

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Metodología, Programa y Plan de Trabajo según Bases Técnicas.

0 puntos

Metodología, Programa y Plan de Trabajo según Bases Técnicas más un elemento adicional.

50 puntos

Metodología, Programa y Plan de Trabajo según Bases Técnicas más dos elementos adicionales.

100 puntos

El puntaje criterio C corresponderá a la suma de los puntajes obtenidos en cada uno de estos puntos precedentes.

10.3.5. Propuesta de Mejoras (D):

Las propuestas de mejoras están referidas a aquellos aspectos técnicos, sistemas, equipos o profesionales, que sean superiores a los requerimientos determinados por estas bases, debiendo corresponder a alguna(s)  de las siguientes:

-              Certificación Norma ISO 9001:2015.

-              Implementación de algún software para gestión de proyectos.

-              Profesional con especialización adicional comprobable a los requerimientos solicitados.

  • Se asignará cero (0) punto, si la entidad oferente no entrega propuesta de mejoras a los requerimientos señalados por bases.
  • Se asignarán cincuenta (50) puntos, si la entidad oferente entrega una propuesta de mejora.
  • Se asignarán cien (100) puntos si la entidad oferente entrega dos o más propuestas de mejoras.

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

No presenta ninguna propuesta de mejoras.

0 puntos

Presenta una propuesta de mejora.

50 puntos

Presenta dos o más propuestas de mejoras.

100 puntos

El puntaje de la propuesta de mejoras (D) corresponderá al determinado en la tabla, según la cantidad de propuestas de mejoras entregadas por la entidad oferente.

10.3.1.5.   Cálculo de Puntaje Evaluación Oferta Técnica:

Para el cálculo del puntaje de evaluación de la Oferta Técnica, se ponderarán cada uno de los aspectos mencionados en las letras A, B, C y D, precedentes, según la siguiente expresión:

POT = A * 0,20 + B * 0,30 + C * 0,35 + D * 0,15

Donde:

POT: Puntaje Oferta Técnica

A: Experiencia de la Oferente.

B: Experiencia Individual del Equipo Profesional y Técnico

C: Metodología, Programa y Plan de Trabajo.

D: Propuesta de Mejoras.

Las entidades oferentes que obtengan un Puntaje Oferta Técnica (POT) inferior a 70 puntos, no pasarán a la etapa de Evaluación Económica y Final, declarándoseles inadmisibles.

10.3.2.   Oferta Sustentabilidad (OS) (5%):

La Comisión Evaluadora considerará para los efectos de su evaluación, el criterio Programa de Integridad (ponderado en 50%), Impacto Ambiental (ponderado en 25%) e Inclusión Sello Empresa Mujer Chileproveedores (ponderado en 25%), a evaluarse en base a una escala de 0 a 100 puntos.

10.3.2.1.  Programa de Integridad (A):

El presente factor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad y ética empresarial que sean conocidos por su personal, en virtud del artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras y a lo solicitado por la Contraloría General de la República en sus Dictámenes N°E370752/2023, N°E435864/2024, N°E535907/2024 y N°E586179/2024 y según lo informado en el Anexo N°5. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

Programa de Integridad conocido por el personal

Puntaje

La entidad oferente acredita programas de integridad que sean conocidos por su personal

100

La entidad oferente NO acredita o no tiene programas de integridad que sean conocidos por su personal

0

10.3.2.2. Impacto Ambiental (B):

Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°6 que se encuentre debidamente acreditado, de acuerdo con la letra e. del punto 5.2.4 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del 2%. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

Prácticas sustentables o de impacto ambiental conocido por el personal

Puntaje

La entidad oferente acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

100

La entidad oferente NO acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

0

10.3.2.3. Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores (C):

Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°5 que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con la letra d) del punto 5.2.4 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del 5%. Se asignará puntaje según el siguiente cuadro detalle.

Sello Empresa Mujer ChileProveedores

Puntaje

El oferente cuenta con Sello Mujer vigente

100

El oferente NO cuenta con Sello Mujer vigente.

0

10.3.2.4. Cálculo de Puntaje Evaluación Oferta Sustentabilidad:

Para el cálculo del puntaje de evaluación de la Oferta Sustentabilidad, se ponderarán cada uno de los aspectos mencionados en las letras A, B, y C, precedentes, según la siguiente expresión:

POS = A * 0,50 + B * 0,25 + C * 0,25

Donde:

POS: Puntaje Oferta Sustentabilidad

A: Programa de Integridad

B: Programa de Impacto Ambiental

C: Inclusión Sello Empresa Mujer Chileproveedores

10.3.3.   Oferta Económica (OE) (20%):

Se asignará puntaje a cada consultora de acuerdo con la siguiente fórmula:

Donde:

Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas en evaluación.

Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto total neto, de acuerdo con lo declarado en el Anexo N°7 por la entidad oferente.

10.3.4.   Oferta Administrativa

La entidad oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de esta y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos, mientras que, la entidad oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 56 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo octavo del punto 10.3. de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

10.3.5. Cálculo Puntaje Total Ponderado (PTP):

Para el cálculo del puntaje total ponderado, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo con lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio Oferta Técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 70%, al puntaje obtenido en el criterio Oferta Sustentabilidad (POS) se le aplicará una ponderación de un 5%, al puntaje obtenido en el criterio Oferta Económica (POE) se le aplicará una ponderación de un 25% y finalmente al puntaje obtenido en el criterio Oferta Administrativa (POA) se le aplicará una ponderación de un 5% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo con la siguiente expresión.

PTP = POT*0,70 + POS*0,05 + POE*0,20 + POA * 0,05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü POS: Puntaje Oferta Sustentabilidad.

ü POE: Puntaje Oferta Económica.

ü POA: Puntaje Oferta Administrativa.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación a la entidad oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación a la entidad oferente que haya obtenido mayor puntaje en la oferta técnica. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación a la entidad oferente que haya presentado la oferta económica más baja. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada una de las entidades oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

11.       Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los competidores a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 61 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024.

12.       Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a las entidades oferentes a reclamar indemnización alguna.

13. Del Contrato

Una vez transcurrido el período para que él o la adjudicatario(a) entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir por la entidad oferente adjudicada una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y re adjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable a por la entidad oferente adjudicada como la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no haber acreditado su inscripción en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido. Lo anterior, también será aplicable en caso que el adjudicado manifieste su intención expresa de desistirse del proceso.

13.1. Documentos Integrantes del Contrato

 

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones a las Bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por la entidad oferente adjudicada, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

13.2. Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de éste, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo de la entidad oferente adjudicada.

13.3. Cobros Adicionales

SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará: intereses, reajustes, multas, fletes, bodegaje o almacenamiento y/o cualquier otro monto adicional que recargue el precio de lo ofertado.

13.4. Responsabilidad de la entidad oferente Adjudicada

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.722/2024, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

La entidad oferente adjudicada deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En caso que la entidad oferente adjudicada, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado, acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

13.5. Garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, la entidad oferente adjudicada deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para la entidad oferente adjudicada, debiendo ésta indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

13.6. Confidencialidad

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose, el SERVIU Metropolitano, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose, en todo caso, a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

13.6.1. Requerimientos para seguridad y almacenamiento

La entidad oferente deberá proveer durante todo el contrato los elementos mínimos para asegurar el correcto almacenamiento y publicación de la información en reuniones informativas del proyecto. Los requerimientos mínimos se describen a continuación:

Los elementos detallados en los puntos a, b y c, serán considerados como suministro para SERVIU Metropolitano, mientras que cualquier otro aporte adicional será reintegrado al consultor al término del contrato.

13.7. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y b); y en el Art. 129 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024. Cualquier modificación de aquellas deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.

Estas modificaciones deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30% por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial.

13.8. Término Anticipado del Contrato

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 bis de la Ley N° 19.886 y sus modificaciones legales y en el Art. 130 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

b)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

c)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo los artículos mencionados con anterioridad SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes:

Se considera incumplimiento grave:

  • El hecho de acumular multas, independiente su naturaleza, por más de 10% del valor total del contrato.
  • Cuando la entidad oferente adjudicada sobrepase el tope de las multas indicado en alguna de las etapas, conforme a los plazos indicados en el “Cuadro de Plazos por Etapas” de las presentes Bases.
  • No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.
  • No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7., de las presentes bases administrativas, en relación con la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  • No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad”, de las bases administrativas.
  • No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas. Referente a subcontratar más allá del 30%.
  • No dar cumplimiento a la obligación indicada en el octavo apartado, literal e) del punto 6 de las bases administrativas.

d)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por necesidades del Servicio y/o por razones de interés público, debidamente fundadas; y por motivo no imputable al adjudicatario(a), deberá notificar al proveedor mediante correo electrónico en los términos del artículo 140 del Decreto N°661 de 2024 con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para él o la proveedor(a), y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato con un máximo de seis meses registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato

g)     En caso de existir falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar al Ministerio Público para el caso en que existan presunciones fundadas de delito.

h)     En caso de declararse por los tribunales de justicia inhabilitación para contratar con el Estado, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N° 21.595, de 2023, de Delitos Económicos, Penas Privativas de Libertad, Penas Restrictivas de Libertad, Multa, Circunstancias Atenuantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Agravantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad penal, Comiso de Ganancias, Medio Ambiente, Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

i)      La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N° 19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N° 19.886.

j)      Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento, debiendo comunicarse la entidad oferente adjudicada mediante correo electrónico fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, en los términos del artículo 140 del Decreto N°661 de 2024quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en el Artículo 59 y siguientes de la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Los correos electrónicos envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, la que deberá realizarse una vez que dicho acto se encuentre totalmente tramitado y sus recursos hayan culminado, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 132 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024.

13.9. Responsable del Contrato

La Subdirección de Pavimentación de Pavimentación y Obras Viales de SERVIU Metropolitano designará la parte responsable del proyecto, la cual estará integrada por dos profesionales del Departamento de Proyectos de Pavimentación, uno(a) en calidad de Encargado(a) de Contrato y otro(a) en calidad de Subrogante.

 

SERVIU Metropolitano informará a la entidad oferente adjudicada quién actuará como Encargado(a) de Contrato y quien subrogue.

El Encargado(a) de Contrato, ejercerá las funciones de fiscalización técnica y administrativa del servicio contratado, siendo responsable de velar por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato.

Entre otras, sus principales funciones son las siguientes:

  • Solicitar, por intermedio de la Sección Control de Gestión de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, a la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, la emisión de la Orden de Compra respectiva, a través del Portal www.mercadopublico.cl .
  • Revisar y controlar, en conjunto con el Encargado del Equipo de Diseño Urbano y la Jefa del Departamento de Proyectos de Pavimentación, el avance del servicio en forma periódica, formulando las observaciones que estimen procedentes y, disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias.  En el caso de situaciones atípicas, y que requieran definiciones que escapan a la gestión del Encargado(a) de Contrato, éstas deben ser consensuadas con el Encargado del Equipo de Diseño Urbano y la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación.
  • Reportar periódicamente al Encargado del Equipo de Diseño Urbano y la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación y verificar el cumplimiento de los plazos estipulados para la entrega y correcta ejecución del servicio contratado.
  • Custodiar y gestionar la documentación que se origine durante el desarrollo del contrato.
  • Formular los estados de pagos, en los términos y plazos establecidos en las presentes bases y en el respectivo contrato.
  • Citar a reuniones de coordinación.

13.10. Plazos

El contrato tendrá una vigencia de 500 días corridos y un plazo para ejecutar el servicio de 300 días corridos; ambos, contados desde la fecha de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, es decir, desde que el SERVIU recibe la resolución tramitada en oficina de partes. El plazo de ejecución contempla los siguientes plazos parciales máximos, en días corridos, para la ejecución de cada una de las etapas que a continuación se indican.

ETAPA

DESCRIPCIÓN

RESPONSABLE

PLAZO

PLAZO ETAPA

ETAPA A

Desarrollo Etapa A

Consultora

40

95

Revisión (entrega obs.)

SERVIU

15

Reingreso

Consultora

10

Revisión reingreso (entrega obs.)

SERVIU

10

Cierre Etapa A

Consultora

10

Revisión Cierre Etapa A

SERVIU

10

ETAPA B

Desarrollo Etapa B

Consultora

50

100

Revisión (entrega obs.)

SERVIU

14

Reingreso

Consultora

10

Revisión reingreso (entrega obs.)

SERVIU

10

Cierre Etapa B

Consultora

8

Revisión Cierre Etapa B

SERVIU

8

ETAPA C

Desarrollo Etapa C

Consultora

50

105

Revisión (entrega obs.)

SERVIU

15

Reingreso

Consultora

10

Revisión reingreso (entrega obs.)

SERVIU

10

Cierre Etapa C

Consultora

10

Revisión Cierre Etapa C

SERVIU

10

Plazo Total:

300

300

 

En caso de que cualquiera de las entregas señaladas en cuadro anterior resulte coincidir con un sábado o domingo u otro festivo, entonces la entrega se trasladará al día hábil posterior al plazo señalado. Las entregas pueden ser ingresadas a la Oficina de Partes de SERVIU en formato físico o por medio electrónico al correo ofpaserviurm@minvu.cl, acordando su ingreso previamente con el Encargado(a) de Contrato.

a.  Seguimiento y Control de Plazos

ü  Reporte Mensual

Durante la duración del contrato la entidad oferente deberá entregar un Reporte Mensual, enviado por correo electrónico al Encargado(a) de Contrato con copia al Encargado del Equipo de Diseño Urbano, que contenga un resumen del estado de las especialidades del proyecto, así como también los temas más conflictivos y que estén causando dificultades en el desarrollo del diseño. Este informe también debe explicitar con detalle aquellos temas que pudieran generar un retraso en los tiempos y las medidas de mitigación que está desarrollando la entidad oferente.

Se incorporará en este informe, el reporte realizado por parte de Participación Ciudadana, en el que se dé cuenta de los requerimientos, dudas y soluciones surgidas producto del contacto con las personas que consulten.

ü  Acta de Cierre

Como documento oficial, el Departamento de Proyectos emitirá un Acta de Cierre, que será válido para comprobar, para todas las partes, la aprobación de la etapa y el paso a la siguiente, así como también los respectivos pagos de la etapa.

ü  Oficio de aprobación

El Departamento de Proyectos de Pavimentación emitirá un Oficio de Aprobación, dirigido a la Consultora con el resumen del proyecto, otorgando la aprobación del mismo. Este documento referirá todas las aprobaciones de las especialidades del diseño, otorgadas por las distintas contrapartes técnicas.

b.  Plazo de corrección

Respecto a la recepción parcial de cada una de las etapas antes indicadas, la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, deberá pronunciarse manifestando su conformidad o sus observaciones en el plazo máximo descrito en el ítem “Revisión”, contado desde la fecha de presentación de los respectivos antecedentes. En caso de existir observaciones, la entidad oferente adjudicada deberá proceden a subsanarlas en el plazo máximo descrito en el ítem “Reingreso”, contado desde la fecha en que le sean comunicadas por correo electrónico. En el evento que se verifique que el contenido del proyecto en su reingreso no satisface los requerimientos observados, la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, procederá a rechazarlo, aplicando la sanción establecida en la cláusula “Multas” de las presentes bases.

Lo mismo ocurrirá en el caso de un incumplimiento a los plazos antes indicados.

Por el contrario, y si la subsanación de observaciones se encuentra completa, se procederá a aprobar la etapa. El acto administrativo y reunión de cierre de etapa, se llevará a cabo en el “Cierre Etapa” correspondiente.

Los plazos descritos en la tabla anterior, son máximos y, por tanto, la entidad oferente adjudicada podrá considerar menores plazos en sus entregas parciales, pudiendo con ello, utilizar este ahorro de tiempo para destinarlo a un número de revisiones adicionales a las descritas o a incrementar el plazo de desarrollo de la(s) siguiente(s) etapa(s) del estudio. No obstante, la duración máxima del contrato no podrá ser modificada por este concepto.

Las revisiones adicionales a las indicadas en el cuadro anterior, que puedan surgir producto de este ajuste a los plazos parciales tendrán un plazo máximo de 15 días hábiles.

13.10.1 Suspensión de Plazos: Se establece que los plazos podrán suspenderse en las siguientes oportunidades:

  • Si SERVIU Metropolitano requiere de un tiempo adicional, para tomar decisiones respecto del desarrollo del contrato, podrá ampliar el plazo del contrato, por motivos fundados, previo acuerdo con la entidad oferente adjudicada e informe de la Contraparte Técnica de SERVIU Metropolitano.

  • Si SERVIU Metropolitano demora más días de los designados en el ítem “Revisión” para cada etapa, este plazo parcial será suspendido en un plazo determinado según las necesidades del Servicio, previo acuerdo con la entidad oferente adjudicada. Los plazos posteriores mantendrán los valores previamente establecidos en las presentes Bases (Cuadro de Plazos por Etapas).

  • Si se encuentra pendiente algún informe necesario que deba emitir algún Organismo Público o Empresa y éste no lo entregue en el tiempo que se requiera para cumplir con los plazos determinados, la entidad oferente adjudicada podrá solicitar el aumento de plazo antes del vencimiento del plazo contractual, acompañando su solicitud con la documentación que lo justifique, antecedentes que serán evaluados por SERVIU Metropolitano.
  • En el caso de que los trabajos y gestiones realizadas en terreno por la entidad oferente adjudicada, se vean retrasados por razones de seguridad, afectando los plazos parciales. La entidad oferente adjudicada podrá solicitar el aumento de plazo antes del vencimiento del plazo contractual, acompañando su solicitud con la documentación que lo justifique, antecedentes que serán evaluados por SERVIU Metropolitano.
  •  

La suspensión de plazo, en general, no dará derecho a la entidad oferente adjudicada a formular cobros ni indemnizaciones de ninguna especie.

13.11. Multas

SERVIU Metropolitano aplicará multas en lo relativo a la realización del servicio contratado, de acuerdo con lo que se indica a continuación:

MOTIVO

MONTO

PERIODICIDAD DE LA MULTA

TOPE DE MULTA

Cambio de profesional presentado en la oferta sin aprobación escrita del Encargado(a) del Contrato.

97,5 UF

Por evento (*)

195 UF

Incumplimiento de los plazos parciales o del plazo final (Según Cuadro de Plazos por Etapas 13.10).

8 UF

Diaria (días corridos)

120 UF

Incumplimiento de la entrega del Informe de Avance Intermedio al momento de cumplirse el 50% de la etapa correspondiente.

3 UF

Diaria (días corridos)

45 UF

No aprobación de la etapa, según los términos establecidos en el título Plazos.

8 UF

Diaria (días corridos)

195 UF

Incumplimiento de los plazos para las revisiones adicionales

3 UF

Diaria (días corridos)

60 UF

Atraso en la entrega de la nómina actualizada de profesionales reemplazados, según lo dispuesto en el título Cambio de Profesionales de las Bases Administrativas de Licitación.

3 UF

Diaria (días corridos)

45 UF

Déficit en la calidad de la información proporcionada por la entidad oferente adjudicada.

97,5 UF

Por evento (*)

195 UF

Incumplimiento de las instrucciones del Encargado(a) de Contrato.

97,5 UF

Por evento (**)

195 UF

Inasistencia, sin previa justificación, a las reuniones presenciales de trabajo coordinadas. (Punto 10 de las Bases Técnicas)

97,5 UF

Por evento

195 UF

Inasistencia, sin previa justificación, a las reuniones telemáticas de trabajo coordinadas. (Punto 10 de las Bases Técnicas)

50 UF

Por evento

100 UF

* Se entenderá como déficit en la calidad de la información, aquellos datos que sean entregados por la entidad oferente adjudicada de manera errónea en instancias de entrega formal, de acuerdo con lo establecido en las bases técnicas y/o en la entrega de información a terceros, que afecte la credibilidad de SERVIU Metropolitano.

** Las instrucciones del Encargado o Encargada de Proyecto a la entidad oferente adjudicada quedarán establecidas mediante Actas formales. No obstante, el correo electrónico funcionará también como medio oficial para dar algunas instrucciones que precisen rapidez. De este modo, previo a cada reunión, y como primer punto del Acta, se revisarán y formalizarán aquellas instrucciones que hayan sido enviadas vía correo electrónico. Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por vía administrativa, descontándolas de los estados de pagos que deba al adjudicatario que se contrate.

Las multas, en su conjunto, no podrán superar el 10% del monto total del contrato, así como tampoco se debe sobrepasar el tope individual de una multa. Cualquier caso anterior, se considerará incumplimiento grave de contrato y se procederá a poner Término Anticipado de Contrato.

La aplicación de multas, en ningún caso, significará modificación al plazo total del contrato, siendo la entidad oferente adjudicada quien deberá ajustar sus plazos parciales posteriores al curso de la(s) respectiva(s) multa(s).

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte deberán comunicarse a la entidad oferente adjudicada por correo electrónico en los términos del artículo 140 del Decreto N°661 de 2024. La entidad oferente adjudicada podrá formular sus descargos dentro del término de 5 días hábiles de notificada, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre los mismos por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en el Art. N° 59 y siguientes de la Ley N° 19.880, que establece las “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para este procedimiento.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al proveedor serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación mediante correo electrónico, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere; de lo contrario, y en última instancia, la hará efectiva con cargo a las garantías respectivas.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor u otro imprevisto no imputable a la entidad oferente adjudicada, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por la entidad oferente adjudicada.

13.12. Cambio de Profesionales

SERVIU Metropolitano podrá solicitar a la entidad oferente adjudicada, el cambio de algún integrante de su equipo de trabajo incluido en la nómina de su oferta técnica, si se verificara la ocurrencia de una o más de las siguientes circunstancias:

  • El profesional no cumple con las funciones que deba desarrollar en virtud de esta licitación; o con las instrucciones según las presentes bases o reglamentos de SERVIU Metropolitano.
  • Los servicios contratados presentan notorio retraso respecto de su programación, situación que, de mantenerse, podría generar retraso en el proyecto general o que éste quedara inconcluso.
  • Si algún organismo o persona relacionada con el proyecto (Contraparte Técnica) presentan a SERVIU Metropolitano uno o más reclamos fundados por la deficiente o mala calidad de la atención o servicio prestado por el profesional.
  • Si los informes técnicos, estudios, planos u otros antecedentes del proyecto presentan errores, inexactitudes, deficiencias o inconsistencias que ameriten el rechazo de alguna de las etapas del proyecto contratado.
  • Si el profesional no asiste a las reuniones del Proyecto, cualquiera sea, o se retire de alguna, sin previo aviso.
  • Así también, la entidad oferente adjudicada podrá solicitar mediante Carta dirigida al Encargado(a) de Contrato, el cambio de alguno de sus profesionales, acompañando los antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos o mejores a los exigidos en las presentes bases respecto del nuevo profesional propuesto, en las presentes bases respecto del nuevo profesional propuesto, los que serán evaluados por SERVIU Metropolitano y autorizado mediante oficio. 
  • Este cambio no aplica para el cargo de Jefe de Proyecto, salvo excepciones demostrables, que existe un impedimento físico o contractual, de que este profesional siga en el cargo.
  • La entidad oferente adjudicada que, en virtud de lo expuesto, deba cambiar a uno o más de los integrantes de su equipo de trabajo, tendrá un plazo de 10 días hábiles contados desde la aprobación del cambio de profesional, mediante el respectivo Oficio emitido por SERVIU Metropolitano, para presentar su nueva nómina actualizada de personal.

13.13. Domicilio y solución de controversias

La entidad oferente adjudicada deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago y someterse a la Jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

13.14. De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, identificando la totalidad de los servicios a requerir. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

13.15. Del pago

El servicio contratado se pagará por estado de avance, previa recepción de los conformes de las entregas correspondientes: (Etapa A, Etapa B y Etapa C), de conformidad a lo siguiente:

  • Un primer pago, una vez aprobada la Etapa A: "Ingeniería Básica y Diagnostico” equivalente al 20% del monto total del contrato, según registre el Acta de Cierre de la Etapa A.

  • Un segundo pago, una vez aprobada la Etapa B: “Anteproyecto”, equivalente al 35% del monto total del contrato, según registre el Acta de Cierre de la Etapa B.

  • Un tercer pago, una vez aprobada la Etapa C: “Proyecto Definitivo”, equivalente al 45% del monto total del contrato, según registre el Acta de Cierre de la Etapa C.

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado la parte oferente en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la orden de compras enviada a través del Portal www.mercadopublico.cl. La parte adjudicada sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVU Metropolitano.

Se podrá cursar el correspondiente pago, faltando alguna(s) de las aprobaciones a las especialidades desarrolladas, lo que deberá ser evaluado por el Encargado(a) de Contrato, en conjunto con el Encargado del Equipo de Diseño Urbano y la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación. Lo anterior, en concordancia con lo expuesto en el punto “Aprobaciones” de estas mismas bases administrativas. De ser éste el caso, el % indicado en el anexo N° 7, que corresponde a la gestión realizada para la aprobación del proyecto en las distintas entidades por parte del consultor. En todo caso, la entidad oferente adjudicada deberá mantener vigente la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, para efectos de las aprobaciones pendientes.

En caso de requerirse poner término anticipado de contrato o modificaciones de éste, se pagará por los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano de acuerdo con el desglose de las partidas indicado en el anexo N° 7, lo que será evaluado por la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, en conjunto con el Encargado(a) del Equipo de Diseño Urbano y el Encargado(a) de Contrato. El desglose, o no ejecución de partidas, será por los motivos mencionados en las Bases Técnicas, por razones de necesidad o conveniencia de este Servicio. El desglose de partidas no dará derecho alguno a indemnización a la entidad oferente adjudicada.

SERVIU Metropolitano pagará a la entidad oferente adjudicada, las partidas efectivamente desarrolladas y aprobadas según Anexo N° 7, previa aprobación del Estado de Pago correspondiente por parte del Encargado(a) de Contrato; el Encargado del Equipo de Diseño Urbano y la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley; al contrato que se celebre; o a las presentes bases, proceda efectuar.

La entidad oferente adjudicada deberá emitir las Facturas o Boletas de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella, RUT: 61.812.000-7; Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la respectiva Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

  • Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) emitido por la Inspección del trabajo. En el caso que la entidad oferente adjudicada no tenga trabajadores contratados, se solicitará el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo.
  • Antecedentes de la parte proveedora para realizar transferencia electrónica
  • Copia de Orden de Compra.
  • Informe de Aprobación de la Etapa correspondiente, de acuerdo con las exigencias de las presentes Bases.

En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, en la escritura pública de constitución se debe indicar a nombre de cuál de los miembros de esta debe emitirse la factura de pago, en caso contrario, se entenderá que será a nombre del representante legal de la Unión Temporal de Proveedores.

La Factura o Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico despachado al correo electrónico adquisicionesserviurm@minvu.cl. La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos, se efectuará en la Sección Control Egresos ubicada en Arturo Prat N° 48 – entrepiso, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09.00 y las 14.00 h. Será responsabilidad de la entidad oferente adjudicada, entregar oportunamente, y para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

Los pagos se harán en las dependencias de SERVIU Metropolitano, mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que la entidad oferente adjudicada acredite mantener al efecto. Es opción de SERVIU Metropolitano realizar los pagos, preferentemente a través de transferencia electrónica, si esta opción se encontrare disponible tanto para éste como para la entidad oferente adjudicada.

Será responsabilidad exclusiva de la entidad oferente adjudicada y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos, dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros y en ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar a la entidad oferente adjudicada resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o boleta de Honorarios.

13.16. Reuniones Técnicas de Trabajo

Con el objeto de avanzar los más rápido posible en todas las actividades del contrato, la entidad oferente adjudicada considerará que debe sostener reuniones de trabajo con personal del Departamento de Proyectos de Pavimentación de SERVIU Metropolitano en las oficinas de dicho Departamento, o bien, de manera remota si las partes así lo acuerdan. A dichas reuniones asistirá obligatoriamente el Jefe de Proyecto de la entidad oferente adjudicada, y al menos, el equipo profesional que tenga relación o injerencia directa con los temas o actividades a tratar en cada una de las reuniones indicadas.

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de solicitar y coordinar reuniones adicionales, si lo estima necesario, en otro recinto, y con diferentes participantes. La periodicidad será la determinada por el Encargado(a) de Contrato.

13.17. Coordinaciones

La entidad oferente adjudicada será la responsable de realizar las coordinaciones respectivas con diversos organismos, con el fin de recopilar la información sobre la infraestructura y equipamiento existente, que pertenezca a otros organismos y que sea requerida para la confección del proyecto, como por ejemplo METRO, recorridos y proyecciones de buses DTPM, MOP – Concesiones o cualquier otro.

Estas reuniones y/o coordinaciones deberán ser informadas al Encargado(a) de Contrato de SERVIU, vía correo electrónico.

13.18. Exposición de Avances de Proyectos

El Jefe (a) de Proyecto de la entidad oferente adjudicada, deberá estar disponible para exponer el proyecto o la especialidad que corresponda, cuando, donde y para quien lo requiera, ya sea el Encargado(a) de Contrato, en conjunto con el Encargado del Equipo de Diseño Urbano y la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, proveyendo de los equipos e insumos que sean necesarios para una buena exposición.

13.19. Respaldo Proyecto Definitivo

La entidad oferente adjudicada deberá entregar la totalidad de los archivos correspondientes al proyecto definitivo y exposiciones de la siguiente manera: La entrega deberá realizarse en dos formatos, digital y papel, el primero deberá ser entregado en pendrive y en una nube de almacenaje en internet, mientras que el segundo deberá imprimirse con las debidas firmas de los profesionales involucrados, en una reducción a tamaño doble carta (A3) del formato A1 laminado en la entrega digital, indicando el porcentaje de reducción realizado.

13.20. Aprobaciones

La entidad oferente adjudicada será la responsable de obtener las aprobaciones de todos los organismos asociados a las especialidades desarrolladas en el presente estudio, dichas aprobaciones serán:

  • Internas, entendiéndose por estas a aquellas realizadas por el Departamento de Pavimentación, a las distintas especialidades que conforman los proyectos.

  • Externas, las que podrán ser:

-        Publicas (Municipios, SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Ministerio de Obras Públicas (en todas sus divisiones: DGA, DOH, Dirección de Puentes, y cualquiera requerida), Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE), METRO, Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT), Empresas Concesionarias de Autopistas, SEREMI MINVU, Departamento de Obras urbanas DDU MINVU, etc.)

-        Privadas (Empresas de Servicios, Asociaciones de Canalistas, etc.

Para las aprobaciones internas, estas se darán mediante oficio de la Jefatura del Departamento de Proyectos indicando la conformidad a las especialidades entregadas en la etapa correspondiente.

Para el caso de las Aprobaciones externas, el consultor deberá ingresar los antecedentes necesarios mediante oficio conductor a las empresas de servicios u organismos públicos, dicho oficio será realizado por la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación de SERVIU Metropolitano, a petición de la entidad oferente. También la entidad oferente podrá ingresar directamente previo conforme de la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación de SERVIU Metropolitano. Todo documento asociado al proyecto, que sea recibido por la entidad oferente adjudicada de parte de dichas empresas u organismos públicos, deberá ser entregado en original a SERVIU Metropolitano, a través del Encargado(a) de Contrato, ya sea en formato físico o formato digital, según corresponda y tan pronto sea recibido por la entidad oferente. Las aprobaciones, ya sean oficios, planos, cartas o cualquier medio, deberán ser entregadas al Encargado(a) de Contrato de SERVIU Metropolitano, en original y escaneados en formato PDF o similar.

En casos muy excepcionales, y siempre y cuando la entidad oferente adjudicada demuestre haber realizado tres iteraciones de observaciones y subsanaciones de éstas, o que demuestre haber realizado tres ingresos, aún sin respuesta por parte del organismo, y no logre obtener la aprobación correspondiente, SERVIU Metropolitano evaluará la posibilidad de liberar la entidad oferente adjudicada de esta exigencia. Lo mismo aplicará en el caso que SERVIU Metropolitano instruya no atender alguna observación por resultar inconveniente para los intereses de este, o que impliquen destinar recursos públicos para mejoras de infraestructura privada, tal como lo señala el Artículo 47 del DS 236. En ambos casos, las aprobaciones las otorgará SERVIU Metropolitano, a través de la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación.

Se define como aprobación del proyecto, a la aprobación de cada especialidad del diseño, por parte de las contrapartes técnicas correspondiente, en cumplimiento con las exigencias señaladas en las presentes bases, salvo las excepciones mencionadas en el párrafo anterior.

13.21. Propiedad Intelectual

Los antecedentes técnicos asociados al servicio que la entidad oferente adjudicada desarrolle con motivo de la presente licitación serán de exclusiva propiedad de SERVIU Metropolitano, el que podrá modificarlos o replicarlos cada vez que lo estime conveniente, sin derecho para el proveedor de realizar cobro o cargo alguno por estos conceptos. En consecuencia, la entidad oferente adjudicada no podrá disponer o hacer uso, en cualquier forma o tiempo, sin autorización expresa y escrita, por medios físicos o digitales, del Servicio de dichos antecedentes, por corresponder estos al producto del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

La entidad oferente adjudicada dejará documentado en formato CD o similar todas las aplicaciones, códigos, fuentes, funcionalidades y bases de datos que haya desarrollado con ocasión del contrato. En el caso que el mandante lo solicite, se podrá enviar de manera digital. En caso de incumplimiento de este punto, SERVIU Metropolitano podrá terminar anticipadamente el contrato, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel Cumplimiento del Contrato y reservándose el derecho de iniciar las acciones judiciales que procedan.

13.22. Calificaciones

Al término del contrato, la entidad oferente adjudicada será calificada, a sugerencia del Encargado(a) de Contrato, por la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, aplicándose la tabla de evaluación indicada en el Art. N° 30 del D.S. N° 135 de 1978, que aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Consultores de MINVU.

13.23. Pacto de integridad 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a.         El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo.

b.        El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven.

c.         El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

d.        El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley de Compras, incorporado por la Ley N° 21.634 de 2023, que Moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

e.        El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

f.         El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen.

g.         El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado.

h.        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.

i.    El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Bases Técnicas

BASES TÉCNICAS

 

  1. GENERALIDADES

1.1.   INTRODUCCIÓN

Entre 2018 y 2019, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el marco del programa de Pavimentos Participativos, realizó un catastro nacional para medir el estado de las veredas del país. Junto con detectar un déficit de más de 13.000 km de veredas en el país, el estudio concluyó que los mayores déficits se concentran en la vialidad secundaria que se asocia a los lugares de residencia de las familias, impactando en la movilidad cotidiana de las personas. Además, el estudio verificó que el déficit se concentra en comunas de población más vulnerable, lo que acentúa la inequidad urbana.

Por otro lado, según datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), los adultos mayores superan los 2 millones 800 mil personas, lo que equivale al 16,2% de la población total. Y dentro de este universo, el 16,5% de ellos supera los 80 años.

Además, se estima que la población en situación de discapacidad alcanza al 16,7% del total de habitantes, aproximadamente 2.836.818 de personas de 2 años y más, concentrándose el 38.3% en mayores de 60 años.

Para dar solución a estas problemáticas, el MINVU ha propuesto llevar a cabo, un Plan Nacional de Normalización y Mejoramiento de Veredas, con obras que permitan el cumplimiento de la normativa contemplada en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, hasta intervenciones más completas, llevando a los mejores estándares la aplicación de la Ley N° 20.422 (D.O. 10/02/2010), que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. Así, desde la idea de generar una “Ciudad Inclusiva”, nace el programa de Rutas Peatonales.

  1. OBJETIVO DEL PROYECTO

El concepto “Ciudad Inclusiva” entendido como el derecho de los ciudadanos a tener un desplazamiento seguro, se integra a los proyectos de la cartera de inversiones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, como un imperativo por entregar a la comunidad obras de alta calidad, funcionales al desplazamiento peatonal sin barreras en el trayecto, adecuadamente implementadas para la permanencia y la seguridad de los usuarios y que propenderán a constituirse en un aporte urbanístico, con la participación de los vecinos.

El objetivo de este programa de inversiones es mejorar las condiciones del desplazamiento peatonal en el espacio público, llegando a una cantidad importante de comunas y sectores urbanos. El énfasis estará puesto en entregar a la comunidad obras de alta calidad, funcionales al desplazamiento peatonal sin barreras en el trayecto, adecuadamente implementadas para la permanencia y la seguridad de los usuarios y con la participación ciudadana que propenderán a constituirse en un aporte urbanístico, en el sector a desarrollar; donde es fundamental la participación ciudadana en sus distintas fases de esta Iniciativa (diagnóstico, diseño, información, control durante la obra).

Las principales orientaciones técnicas están en referencia a la accesibilidad universal como la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible.

Las principales orientaciones técnicas están en referencia a la accesibilidad universal como la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible. Junto con generar condiciones de inclusión, se mantendrá especial atención a que el desarrollo del Proyecto contemple una perspectiva de género.

  1. MARCO NORMATIVO

Para el desarrollo del proyecto se debe tener en cuenta que la Igualdad de oportunidades apunta a garantizar acceso y desarrollo de las personas, de tal manera que circunstancias como el género, alguna discapacidad, etnia, lugar de nacimiento, o el entorno - todas fuera del control personal-, no se transformen en una limitante para ejercer las oportunidades de vida de las personas.

El marco normativo es el siguiente:

3.1.   Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, 2008.

El 17 de septiembre de 2008, mediante Decreto 201/2008 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Chile promulgó la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.

Mediante este Tratado internacional suscrito y ratificado por Chile, se reconocen los derechos de todo individuo en especial para las personas con discapacidad, a fin que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida y los Estados Partes deberán adoptar las medidas pertinentes para asegurar a estas personas el acceso en igualdad de condiciones con las demás, a la información y a las comunicaciones, junto a la instauración de normas que contribuyan a eliminar la discriminación de las personas con discapacidad y se promueva la inclusión social, educativa, participativa, laboral y de accesibilidad universal, propendiendo a instaurar normas uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad como factor en la promoción, la formulación y la evaluación de normas, planes, programas y medidas a nivel nacional, regional e internacional destinados a dar una mayor igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad.

La Convención, contiene varias definiciones que son relevantes para una aproximación correcta a la inclusión en las rutas peatonales.

Principios Rectores

La Convención se rige por los siguientes principios:

  • El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;
  • La no discriminación;
  • La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;
  • El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas;
  • La igualdad de oportunidades;
  • La accesibilidad;
  • La igualdad entre el hombre y la mujer;
  • El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad

 

Definición Social de la Discapacidad

Artículo 1º, inciso 2º

“Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.”

Dicho de otro modo, la discapacidad aparece cuando el resultado de la interacción del medio con la condición de una persona, no le permite ejercer su derecho a un desarrollo integral. Al mismo tiempo, usando la misma definición, la discapacidad desaparece cuando el resultado de la interacción del medio con la condición de una persona no afecta su derecho a un desarrollo integral.

Esta nueva mirada y la obligación del Estado de Chile comprometida en la promulgación de la Convención, hacen que la promoción de la movilidad peatonal, materia de este instructivo, no pueda eludir la inclusión de las personas con discapacidad.

Obligaciones

Artículo 4º, Numero 1

“1. Los Estados Partes se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad. A tal fin, los Estados Partes se comprometen a:

(…)

f) Emprender o promover la investigación y el desarrollo de bienes, servicios, equipo e instalaciones de diseño universal, con arreglo a la definición del artículo 2 de la presente Convención, que requieran la menor adaptación posible y el menor costo para satisfacer las necesidades específicas de las personas con discapacidad, promover su disponibilidad y uso, y promover el diseño universal en la elaboración de normas y directrices;

g) Emprender o promover la investigación y el desarrollo, y promover la disponibilidad y el uso de nuevas tecnologías, incluidas las tecnologías de la información y las comunicaciones, ayudas para la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo adecuadas para las personas con discapacidad, dando prioridad a las de precio asequible;

h) Proporcionar información que sea accesible para las personas con discapacidad sobre ayudas a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo, incluidas nuevas tecnologías, así como otras formas de asistencia y servicios e instalaciones de apoyo;”

En la misma línea argumental, la Convención compromete al Estado de Chile, en aspectos específicos de las acciones sobre rutas peatonales: Accesibilidad y Movilidad Personal.

Accesibilidad

Art. 19°

“1. A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a:

Las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo; (…)”

Movilidad Personal

Art. 20°

Los Estados Partes adoptarán medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad personal con la mayor independencia posible, entre ellas:

        a) Facilitar la movilidad personal de las personas con discapacidad en la forma y en el momento que deseen a un costo asequible;

        b) Facilitar el acceso de las personas con discapacidad a formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad de calidad, incluso poniéndolos a su disposición a un costo asequible;

       c) Ofrecer a las personas con discapacidad y al personal especializado que trabaje con estas personas capacitación en habilidades relacionadas con la movilidad;

       d) Alentar a las entidades que fabrican ayudas para la movilidad, dispositivos y tecnologías de apoyo a que tengan en cuenta todos los aspectos de la movilidad de las personas con discapacidad.”

Con esta visión y con este mandato, toda ruta peatonal que se construya deberá siempre considerar la plena inclusión de las personas con discapacidad en la movilidad y accesibilidad en el espacio público.

3.2.   Marco Normativo Nacional y Lineamientos

Respecto del desplazamiento, existen dos instrumentos que establecen obligaciones a los servicios públicos en materia de inclusión.

3.2.1. Ley N°20. 422 de 2010:

“Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad”.

  • Artículo 23°, “El Estado, a través de los organismos competentes, impulsará y aplicará medidas de acción positiva para fomentar la eliminación de barreras arquitectónicas y promover la accesibilidad universal”.

  • Artículo 26°. “La lengua de señas chilena es la lengua natural, originaria y patrimonio intangible de las personas sordas, así como también el elemento esencial de su cultura e identidad individual y colectiva. El Estado reconoce su carácter de lengua oficial de las personas sordas. El Estado reconoce y se obliga a promover, respetar y a hacer respetar, de conformidad con la Constitución, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, los derechos culturales y lingüísticos de las personas sordas, asegurándoles el acceso a servicios públicos y privados, a la educación, al mercado laboral, la salud y demás ámbitos de la vida en sociedad en lengua de señas

  • Artículo 28°, Inciso primero “Todo edificio de uso público y todo aquel que, sin importar su carga de ocupación, preste un servicio a la comunidad, así como toda nueva edificación colectiva, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida. Asimismo, estarán sometidas a esta exigencia las obras que el Estado o los particulares ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos, y los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público.”

  • Artículo 28° Inciso segundo “Los parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, que contemplen juegos infantiles no mecanizados, deberán construirse a partir de un diseño universal que permita su utilización de forma autónoma por todos los niños, incluidos aquellos con discapacidad, garantizando, a su vez, las condiciones de accesibilidad universal para que puedan ingresar de manera segura desde la calle al área común de juegos y circular por las distintas dependencias a través de rutas que hagan posible su continuidad en el desplazamiento.”

  • Artículo 28°, Inciso cuarto “Para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso primero de este artículo, corresponderá al Ministerio de Vivienda y Urbanismo establecer las normas a las que deberán sujetarse las nuevas obras y edificaciones, así como las normas y condiciones para que las obras y edificaciones existentes se ajusten gradualmente a las nuevas exigencias de accesibilidad”.

  • Artículo primero transitorio Inciso cuarto, “El acceso a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público administrados por el Estado, sus organismos o las municipalidades, en especial, las vías públicas, pasarelas peatonales, parques, plazas y áreas verdes, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquéllas con movilidad reducida, dentro del plazo de ocho años contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial”.

3.2.2. Decreto Supremo 50 ( V. y U.), de 2015:

Modifica Decreto Supremo Nº47 , de Vivienda y Urbanismo, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en el sentido de actualizar sus normas a las disposiciones de la ley nº20.422, sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad”, el cual incorpora y perfecciona vocablos y estándares y establece requisitos a la tramitación y disposiciones transitorias.

En este instrumento normativo, los aspectos más relevantes a considerar en el espacio público son:

(Versión Vigente al 30/09/2023)

  • Características de la ruta accesible Artículo 1.1.2.
  • Consolidación ruta accesible Artículo 2.2.8. N°1
  • Protección de desnivel lateral Artículo 2.2.8. N°1
  • Características de los rebajes peatonales Artículo 2.2.8. N°2
  • Características de pasos peatonales en medianas Artículo 2.2.8. N°2
  • Rebajes peatonales en veredas angostas Artículo 2.2.8. N°3
  • Habilitación de huella podotáctil con guía de avance seguro Artículo 2.2.8. N°5
  • Construcción de rampas en escaleras Artículo 2.2.8. N°7
  • Ajuste de tapas de cámaras, alcorques y rejillas Artículo 2.2.8. N°8
  • Características y ubicación del mobiliario urbano Artículo 2.2.8. N°9 letra a)
  • Adecuación de paraderos de transporte público Artículo 2.2.8. N°9 letra c)
  • Protección de alcorques Artículo 2.2.8. N°9 letra d)
  • Postes, señales, elementos verticales y bolardos Artículo 2.2.8. N°9 letra e)
  • Separación entre calzada y acera niveladas Artículo 2.2.8. N°9 letra f)
  • Habilitación de sistemas APS en semáforos Artículo 2.2.8. N°9 letra g)
  • Estacionamientos para PCD en el espacio público Artículo 2.2.8. N°10
  • Interacción entre accesos vehiculares y ruta accesible Artículo 2.4.4. N° 1, 2 y 3

Con todo lo anterior, las condiciones del Decreto Supremo N° 50 (V. y U.), de 2015, son un marco normativo mínimo. Para lograr una accesibilidad de alta calidad y una inclusión completa en las rutas peatonales, se trabajará en estándares más altos, que se detallarán más adelante.

3.2.3. Decreto Supremo N° 30 (V. y U.), de 2023:

“Modifica Decreto Supremo Nº47, de Vivienda y Urbanismo, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en el sentido de actualizar diversas disposiciones relacionadas con la normativa de accesibilidad universal en espacios públicos.

  • Incorpora y perfecciona vocablos, corrige guarismos, instaura estándares y establece requisitos a la tramitación y disposiciones transitorias.
  • Modifica el artículo 2.2.8, introduciendo nuevos parámetros de diseño en el espacio público.

3.2.4. Política Nacional de Desarrollo Urbano:

Aprobada mediante el decreto supremo N°78 ( V. y U.) de 2013, publicado en el Diario Oficial con fecha 4 de marzo de 2014.

  • Que considera dentro de sus ámbitos temáticos la integración social, este campo de acción establece como su objetivo 1.7. "incrementar la conectividad, la seguridad y la accesibilidad universal", considerando para su concreción, "propiciar la incorporación efectiva de los requisitos de accesibilidad universal en el diseño de las ciudades, sus espacios públicos, medios de transporte y edificaciones", y "actualizar y reforzar las normas sobre acceso universal aplicables tanto a las urbanizaciones como a las edificaciones, incluyendo mecanismos graduales para la adaptación de la infraestructura pública existente", según dan cuenta los objetivos 1.7.5 y 1.7.6, respectivamente.

  • Que, esta modificación se funda en el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social, asegurando el disfrute de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación fundada en la discapacidad, como indica el artículo primero de la Ley N°20.422, por una parte, y por la otra en los principios de Vida independiente, accesibilidad universal y diseño universal, establecidos en el artículo tercero del mismo cuerpo legal;

3.2.5. Ley 21. 089, publicada en el Diario Oficial con fecha 23 de mayo de 2018 , modificó la ley N°20 . 422.

  • Establece la obligatoriedad de juegos infantiles no mecánicos en espacios públicos y privados, para niños y niñas en situación de discapacidad.

  1. ALCANCE

El presente documento está orientado a consultores, diseñadores, dibujantes y revisores de proyectos de rutas peatonales, fiscalizadores técnicos de obra y jefes de obra.

4.1.               CRITERIOS DE DISEÑO

La caminata / el peatón

4.1.1.                        Las rutas peatonales en la Cadena de Accesibilidad

La importancia de una ruta peatonal en el espacio público radica en que esta ruta es normalmente parte de un recorrido entre el lugar de residencia y el lugar de destino. Dentro de este recorrido, toda persona accede recorre y usa espacios, dispositivos y medios. El conjunto de elementos de este sistema, conformado por la ruta y sus equipamientos, se conoce como Cadena de Accesibilidad.

Si parte del sistema no está disponible para alguna persona, la Cadena de Accesibilidad se corta y por lo tanto se priva a la persona de acceder a las actividades que permiten su desarrollo.

El tramo de infraestructura para la caminata en el espacio público de la Cadena de Accesibilidad, la Ruta Peatonal, tiene varios objetivos priorizados.

En la base, la ruta peatonal debe permitir el acceso a los predios privados o públicos en los que se desarrollan las actividades. Luego, la ruta debe tener el nivel de orden y claridad que permita que toda persona, independiente de sus condiciones físicas o psíquicas, pueda entender el espacio, diferenciando por dónde se camina, separado de los vehículos. La ruta, también debe permitir el desplazamiento por todo el eje, sin interrupciones, así como atravesar la calle en todas las esquinas. Todo elemento de uso o acceso de la ruta debe permitir ser accedido, recorrido y usado por toda persona. Finalmente, toda ruta peatonal debe permitir el acceso a modos de transporte público o privado, para recorridos intermodales desde la caminata a los modos motorizados.

4.1.2.                        Diversidad Funcional

Existe una gran diversidad de peatones, desde el punto de vista de su funcionalidad en el desplazamiento. Está, por supuesto, la persona que camina. También están los que lo hacen con apoyo de prótesis, bastones, andadores y muletas. Están aquellos que se desplazan en sillas de ruedas, carritos o afines. También los que se acompañan por perros lazarillos. Están los que se mueven por la calle acompañados del brazo.

Esta diversidad funcional requiere, entonces, la consideración de todas sus características al momento de diseñar. Esto significa considerar ancho necesario, lisura y resistencia al deslizamiento en las superficies, manejo de las pendientes, tamaño adecuado de canterías y rejillas, altura de acceso al mobiliario y equipamiento, etc.

Diseñar una ruta peatonal capaz de ser una oferta adecuada a la diversidad funcional de los peatones, requiere una enorme atención al detalle y la medida. Considerar que la condición para salvar un obstáculo es el “paso”, es un error que puede dejar sin acceso a muchas personas.

El buen diseño, es aquel que se adapta a todas las condiciones y capacidades de las personas, ya que determinará el grado de discapacidad de la persona.

4.1.3.                        Diseño Universal

La respuesta adecuada a toda diversidad funcional es el Diseño Universal.

Artículo 2º, inciso 5º de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: Por “diseño universal” se entenderá el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El “diseño universal” no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten.

El Diseño Universal tiene 7 principios:

  • Uso universal; Igualdad de uso para todos: diseño útil y aprovechable para cualquier grupo de usuarios, independientemente de sus capacidades.
  • Flexibilidad de uso; Diseño adaptado a un amplio abanico de preferencias y destrezas individuales, con posibilidad de utilización de varias maneras alternativas.
  • Uso simple e intuitivo; El diseño permite un uso fácil de entender, eliminando complicaciones innecesarias, con independencia de la experiencia del usuario, su conocimiento, habilidad de lenguaje o capacidad de concentración.
  • Información perceptible; El diseño aporta la necesaria información fácilmente perceptible y comprensible para el usuario, con independencia de las condiciones ambientales o las habilidades sensoriales del individuo.
  • Tolerancia para el error o mal uso; El diseño minimiza daños y consecuencias adversas de las acciones realizadas involuntariamente o por error.
  • Poco esfuerzo físico requerido; El diseño puede ser utilizado eficiente y confortablemente y con mínima fatiga.
  • Tamaño y espacio para acercamiento, manipulación y uso; Tamaño y espacio adecuados para aproximación, alcance, manipulación y uso, con independencia del tamaño corporal del usuario, la postura o movilidad.

Es decir, sirve para cualquiera, sirve para todos.

4.1.4.                        ¿Qué caracteriza el movimiento de los peatones?

Sin perjuicio de la diversidad funcional descrita, todos los peatones compartimos ciertos comportamientos comunes. Entender estas características es importante para no caer en el error de asimilar una ruta peatonal a pistas de vehículos. Entender que el comportamiento de los peatones no es como el de los autos, permite diseñar y construir rutas peatonales coherentes con la naturaleza humana y de ese modo, ofertar infraestructura útil, segura, cómoda e inclusiva.

En general el movimiento peatonal tiene las siguientes características particulares:

a)      Los peatones buscamos siempre el camino más corto.


b)      Los peatones caminamos de manera más o menos caótica.


El movimiento peatonal en una ruta no solo considera el desplazamiento. Muchas veces, hay otros movimientos como la detención repentina, el acercarse a un acceso o salir imprevistamente de él o devolverse sobre la marcha, son conductas típicas de todo peatón. A esto se suma que no todas las personas se desplazan a la misma velocidad.

c)      
Los peatones nos alejamos de los bordes.

De manera natural, las personas tienden a ubicarse a distancia de los bordes, sean estos verticales u horizontales, en la forma de un cambio en la superficie. Según algunos estudios, la distancia típica que una persona se aleja de un elemento vertical es de 45cm, mientras que esa distancia en bordes horizontales es de 30 cm.

d)      Los peatones esquivamos los elementos de obstrucción en trayectorias largas.


Ante los elementos de obstrucción en una ruta, las personas afectamos la trayectoria rectilínea en curvas muy amplias antes y después del objeto.

La incidencia de todo lo anterior, al considerarse en la generación de una ruta peatonal, hace que muchas veces el ancho medible de una ruta no sea el ancho realmente usado. Además, el efecto de las obstrucciones afecta el flujo peatonal en una dimensión normalmente subestimada.

Según estas características del movimiento peatonal, cuando se calcula el ancho de la oferta, basado en una velocidad representativa de desplazamiento, un flujo estimado (la cantidad de personas que transitan en un lapso) y un nivel de servicio esperado (la separación entre las personas que transitan), se deben considerar estas variables, de modo de darle al ancho ofertado, la medida necesaria.

Asimismo, cuando se defina el trazado de una ruta peatonal, hay que privilegiar el desplazamiento más corto posible de ofertar, según las condiciones de cada proyecto.

4.1.5.                        Niveles de servicio

Para adaptar la infraestructura peatonal de los espacios públicos a la norma de accesibilidad universal se deberá asegurar un determinado Nivel de Servicio, que provea a sus usuarios los espacios necesarios que les permitan, cualquiera sea la condición de ellos, desarrollar la velocidad de desplazamiento deseada o factible, según propias condiciones.

El nivel de servicio en la caminata se puede entender como la separación entre personas que recorren un espacio. Para que una ruta peatonal sea más inclusiva, debe tener un nivel de servicio alto, es decir, de baja densidad. Esto, para poder responder de buena manera a:

  • Distintas velocidades de circulación
  • Menor maniobrabilidad de las personas con discapacidad
  • Detenciones y cambios de dirección repentinos
  • Adelantamiento y cruce en sentidos opuestos sin chocarse

Los Niveles de Servicios son 6, clasificados de menor a mayor densidad desde el Nivel de Servicio A (NS A) hasta el Nivel de Servicio F (NS F). La definición del Nivel de Servicio es más bien subjetiva y se basa en las siguientes definiciones:

Para visualizar la separación de las personas en los distintos niveles de servicio, estos se pueden representar así:


Para la determinación del Nivel de Servicio se usa la intensidad media del flujo peatonal (I), que está en directa relación con la velocidad media (Vm) e inversamente proporcional a la superficie (S) asignada o resultante por cada usuario de la vereda.


Donde:

I es la intensidad media del flujo peatonal, medido en peatones por minuto en la sección de un metro de vereda.

Vm es la velocidad media medida en metros por minuto.

S es la superficie de vereda en metros cuadrados por peatón.

Una vez que se ha determinado el Nivel de Servicio de diseño usando la relación ente Intensidad de flujo, Velocidad media definida para la circulación y a la demanda observada según juico de experto (desde un poblado residencial, en la demanda mínima, hasta el entorno de un mall, en la demanda máxima), factores a los que se suma la tasa de crecimiento vegetativo comunal, se obtiene el ancho de diseño para el NS. Para Rutas Peatonales usaremos el Nivel de Servicio B.

4.1.6.                        Componentes físicos y estándares de la accesibilidad de alto estándar

4.1.6.1.           Requisitos generales de Diseño

Toda ruta peatonal que se intervenga tendrá requisitos generales que cumplir, respecto del nivel de servicio (NS), lo que condicionará su ancho de diseño, además del alcance territorial de la intervención.

Componentes físicos de la accesibilidad de alto estándar

Se refiere a los elementos de diseño que componen una Ruta Peatonal y que deben tener una especial atención para componer un proyecto con accesibilidad de alto estándar:

  1. Ruta accesible
  2. Pavimento de vereda
  3. Rebajes Peatonales
  4. Pavimento Podotáctil
  5. Mobiliario
  6. Dispositivos APS en semáforos
  7. Otros componentes (paisajismo/otros)

4.1.6.2.           Requisitos de la Ruta Accesible

La ruta accesible se define en la OGUC como “parte de una vereda o de una circulación peatonal, de ancho continuo, apta para cualquier persona, con pavimento estable, sin elementos sueltos, de superficie homogénea, antideslizante en seco y en mojado, libre de obstáculos, gradas o cualquier barrera que dificulte el desplazamiento y percepción de su recorrido (…) Su ancho será   peatonales al interior de espacios públicos, tales como plazas, parques, la ruta accesible tendrá un ancho continuo mínimo de 1,50m por 2,10m de alto”.

En las circulaciones peatonales al interior de espacios públicos, tales como plazas, parques, la ruta accesible tendrá un ancho continuo mínimo de 1,5 m por 2,10 de alto”.

Requisitos de los Pavimento de veredas

La ruta peatonal deberá siempre tener pavimento sólido, con bajo índice de rugosidad internacional (IRI).

Para determinar la lisura de una ruta peatonal. Se usarán 5 niveles ad hoc:

Respecto a los resaltos verticales, es crítico en los pavimentos rígidos sometidos a esfuerzos diferenciales producto de la acción de raíces o por el lavado de finos en su capa granular de soporte. Por esto, se solicita el uso de malla de armado en las veredas de HCV o de baldosas sobre radier, de las áreas de pavimento que circunden puntos de acción de raíces o en los casos que el suelo quede afecto a la debilitación de su capa granular de soporte. El objetivo de esto es que, si la vereda se levanta o cede producto de estas condiciones, no se produzcan desniveles entrelosas.

En algunos casos de veredas anchas, el pavimento de la acera puede abarcar la franja de caminata propiamente tal (en cuyo caso corresponderá entera a la ruta accesible) y una franja de servicios, la cual, pese a no ser una ruta accesible por tener postes, señales, mobiliarios y otros, sí tiene uso peatonal; por lo tanto, los requisitos de pavimentos también deben aplicar para esta franja.

Se describen a continuación los requisitos y estándares para cada una de estas fajas.

a)      Franja de Caminata

El pavimento de la franja de caminata debe lograr la lisura de Nivel 1. La superficie del pavimento de la franja de caminata deberá tener una macrotextura fina y una microtextura áspera. Para hacerse una idea, el ideal para la superficie es similar a la de una lija suave.

Los pavimentos típicos de la franja de caminata son:

Veredas de Hormigón

Para veredas de hormigón cemento vibrado, se debe dar preferencia a terminaciones lisas, allanadas a grano perdido. Sin embargo, para que la vereda sea antideslizante, no se debe ocupar alisador eléctrico para pulir (Helicóptero).

Si se usa terminación de hormigón peinado y rodonado, se debe cuidar que el peinado sea homogéneo, suave y sin rebarbas. Especial atención a la presión del rodonado de los bordes, para evitar crestas en la mezcla. Un exceso de textura en esta terminación puede provocar tropiezos y ser muy abrasiva con la piel en caso de caída. Un peinado rugoso genera fricción en el bastón de las personas ciegas que es muy perjudicial y cansador para su desplazamiento.

Acá se muestran dos buenos ejemplos:

Veredas de Baldosa

Para mejor encaje mecánico, se recomienda usar una disposición trabada.

Usar baldosas lisas antideslizantes. Estas pueden ser de las líneas rústicas con terminación abujardada o granallada, laja, hormigón liso o tipo piedra capricho:

Si se usan baldosas con terminación de piedras en sus superficies, se deben elegir con mucha atención sólo las que tengan piedras más pequeñas, tales como las de la línea colonial fino, mármol lavado, fulget, fulget multigrano o colonial lavado:

      

Las baldosas pulidas con relieve, si bien tienen buena aceptación por parte de los municipios por su facilidad en la mantención, pueden resultar incómodas para las ruedas pequeñas y patas en algunos dispositivos de apoyo a la caminata de personas con movilidad reducida; generan mayor fricción debiendo aumentar el esfuerzo para empujar las sillas de ruedas o coches de niños y además les provocan una vibración incómoda.

Ante esto, en los casos en que las ordenanzas municipales apunten a este tipo de baldosas, recomendamos usar sólo modelos cuyas ranuras entre los panes sean inferiores a los 7 mm. de ancho y a los 4,5 mm. de profundidad. Idealmente con panes pequeños y/o cuyas ranuras no sean transversales al sentido del desplazamiento.

En la franja de caminata NO deben usarse:

  • Adoquines ni Adocretos
  • Hormigón estampado
  • Baldosas de alta textura ni de ranuras grandes

b)      Franja pavimentada de servicios

Muchas veces la vereda tiene una franja de servicios que también es pavimentada. Para esa franja de servicios, se recomienda justamente usar un pavimento totalmente contrario al de caminata tanto en color como en textura, de modo de generar un contraste evidente que sirva para ordenar el espacio, orientar al usuario y definir con claridad la ruta accesible.

En esta franja pavimentada de servicios es donde deben instalarse postes y tensores, señales verticales, mobiliario, cámaras, estacionamiento de bicicletas y scooters, jardineras, dispositivos de infiltración de agua lluvia, kioscos y en general, todo elemento que no sea parte de la caminata.

La superficie del pavimento de la franja de caminata deberá tener una macrotextura gruesa y una microtextura áspera o pulida.

Para hacerse una idea, se puede usar adoquín, baldosas con piedra de río, hormigón lavado o huevillo. Solo usar adocesped o bolones en caso de que la franja pavimentada de servicios no sea caminable.

Como Resumen, las características principales son:

4.1.6.3.                 Requisitos de los Rebajes Peatonales

Los rebajes peatonales deben siempre ser parte de la ruta accesible y estar  enfrentados dentro de ella.

a)      Partes de un rebaje

Todo rebaje peatonal, que une un nivel de calzada y un nivel de acera distintos, tiene:

  • Plano Inferior: Normalmente, el nivel de calzada
  • Rampa: Superficie inclinada que une nivel de acera y calzada
  • Plano de giro: Superficie horizontal para el giro de las sillas de ruedas
  • Ala lateral: En rebajes peatonales en zonas completamente caminables, son las transiciones laterales a las rampas, que tienen la misma pendiente que estas últimas.

b)      Tipos de rebaje

Todo usuario de silla de ruedas debe poder maniobrar y cambiar de dirección en la acera al momento de usar un rebaje peatonal. Sea cual sea la solución de rebaje peatonal que se use, siempre debe existir espacio para el plano de giro, en el cual se inscribe un círculo para la maniobra, de diámetro mínimo absoluto de 1,2 m.

Muchas veces, el espacio disponible en la acera no permite salvar la diferencia de altura entre la acera y la calzada en una sola rampa. En esos casos, una solución posible y recomendada es bajar en dos instancias. Una primera instancia desde el nivel de piso de la vereda hasta una plataforma intermedia ubicada típicamente en la esquina. Y una segunda instancia en el punto de cruce, como la haría una solución tradicional. Con esto, se consigue espacio en la parte superior de los rebajes, para el giro de las sillas de ruedas y se evita que los rebajes se mezclen entre sí.

En estos casos, se debe prestar atención al acceso a los predios de las esquinas, que han bajado su nivel de piso terminado.

c)       Pendientes de los rebajes

Para permitir que un rebaje peatonal sea cómodo para personas con silla de rueda o andadores, las pendientes de sus rampas y alas laterales nunca deben exceder el 8%.

Sin embargo. Una ruta peatonal será realmente inclusiva si las pendientes no exceden el 6%.

Todo rebaje debe tener soleras en su unión con la calzada, tener plinto cero y ser de un material monolítico. Para asegurar la duración del rebaje en el tiempo, se recomienda que tanto rampa, como alas laterales (de existir) se ejecuten en HCV. También, para asegurar que el plano inferior mantenga su nivel con el paso del tiempo. En calzadas de asfalto, éste se debe ejecutar en HCV en un desarrollo de 60 cm medidos en el sentido del avance de la caminata y de ancho total, el que tenga el rebaje incluidas sus alas.

d)      Posición del pavimento de alerta en un rebaje peatonal

Existe una relación indivisible entre la pendiente de la rampa y las de un rebaje y la posición del pavimento de alerta que se ponga en él.

Normativamente, la rampa de un rebaje peatonal podría tener hasta un 12% de pendiente. En las alas laterales, ésta pendiente pude ser incluso mayor, ya que la norma nada dice respecto de ellas. En esos casos, además de que las rampas son mucho más incomodas para el usuario de silla de ruedas y de andadores, el rebaje en sí mismo es un punto de peligro para los ciegos o para personas con baja visión; Incluso resulta riesgoso para equinas de alto flujo peatonal (NS E o F) donde la cercanía de las personas en la caminata no permite tener el campo visual del pavimento por el cual se avanza. En ese caso, es totalmente necesario que el pavimento de alerta se ponga en la parte superior de las rampas y alas, de modo de advertir a las personas que existe un borde peligroso que lo podría hacer caer.

De esta forma:

Sin embargo, si se ejecutan rebajes con una pendiente menor al 6%, se conforma una pendiente mucho más adecuada para sillas de ruedas y andadores, la persona ciega probablemente no pueda detectar la inclinación. Para el ciego, el rebaje es perceptiblemente plano. En esos casos, no tiene sentido instalar el pavimento de alerta en los bordes superiores de rampa y alas, ya que no están previniendo un peligro. Además, dado que la pendiente bajo el 6% generan rebajes amplios, se estaría avisando de un punto de cruce a mucha distancia del borde la calzada, dejando un espacio grande sin información. Al tener plinto cero, no es reconocible una separación entre acera y calzada, con lo cual se pone a la persona ciega en una situación de extremo peligro.

Para evitar todos estos problemas, en los rebajes peatonales con rampas y alas laterales con pendientes menores al 6%, el pavimento podotactil de advertencia DEBE instalarse en el encuentro entre acera y calzada y ocupar todo el ancho de la rampa. Con esta pendiente, esos elementos pasan a entenderse como planos inclinados.

 

 

4.1.6.4.           Requisitos del Pavimento Podotáctil

La huella podotáctil está definida en el artículo 1.1.2. de la OGUC como “recorrido de pavimento con texturas en sobre relieve y contraste cromático respecto del pavimento circundante, destinada a guiar y/o alertar de los cambios de dirección o de nivel de una circulación peatonal”. La huella podotáctil, en síntesis, es un sistema completo, usado en muchas partes del mundo, que entrega información táctil, altamente detectable, en base a dos códigos: Barras y Puntos.

a)      Guía de Avance Seguro

Las Barras, se usan para formar la Guía de Avance Seguro. Se trata de una textura continua, dispuesta en la ruta accesible, que indica a la persona ciega que esa ruta no tendrá elementos o condiciones peligrosas para caminar. Por eso, es muy importante asegurar que la ruta accesible es segura. Para esto no sólo debe considerarse el diseño y construcción de la ruta peatonal, sino también la cultura de uso que se pueda constatar en esa ruta. Esa cultura de uso, en cualquier caso, puede mejorarse con trabajo social y de comunicación en la comunidad.

Un aspecto importante de la Guía de Avance Seguro es que ésta sea lo más sencilla posible. Para una persona ciega, la Guía de Avance Seguro es una referencia. Es un error común pensar que los ciegos usan esta guía como una autopista de juguete, en la que van a seguir su trazado sin importar cuantos giros, quiebres o cambios de dirección haya. Hay que saber que cada cambio de dirección es una instancia en la que la persona ciega podría perder la referencia de la guía. El principio correcto es hacerla lo más recta y fluida posible.

b)      Pavimento de Alerta

Los puntos, son la textura del Pavimento de Alerta, en la forma de domos truncados. Este pavimento, indica que en el trayecto hay que poner atención porque hay una singularidad en el avance. Puede ser un peligro, como es el caso del borde entre calzada y acera o bien un cambio de dirección.

Cuando hay un Pavimento de Alerta, la persona ciega se va a detener y va a explorar su entorno. En función de lo que pueda entender va a decidir qué hacer (girar, subir, avanzar, esperar, etc). Por esto es muy importante la claridad, justeza y coherencia de la información. Esto se traduce en que se use cuando sea estrictamente necesario, (mientras menos, mejor), entregando una información a la vez.

Para hacerse una idea, desde el punto de vista del usuario, el pavimento de alerta es equivalente a que cada vez que existe, en la cabeza de la persona sonara un pitido. Si está lleno de advertencias a cada rato, lo que toca es rediseñar la ruta peatonal para hacerla estructuralmente más segura y no llenarle de pitidos la cabeza a quien recorre, porque eso asusta, confunde y desincentiva.

El Pavimento de alerta NUNCA puede ser usado como pavimento decorativo o de uso para la caminata. Su textura es de uso EXCLUSIVO como parte de la Huella Podotáctil.

Para que sea detectado durante el avance, el Pavimento de Alerta debe tener un desarrollo, medido en el sentido de la caminata, de 60 cm. Un pavimento de alerta de 40 cm. Puede ser “saltado” por quien camina y de ese modo no detectarlo. También, la disposición de sus domos debe ser en forma de trama normal a 90° y disponerse ortogonal al sentido del avance, para que las ruedas de las sillas no se atasquen.

Es muy recomendable que, además de su distinción en textura y color respecto del entorno, este pavimento tenga una distinción de sonido al ser golpeado con un bastón de asistencia.

En los casos donde nos enfrentemos a rampas en el espacio público con pendientes que ineludiblemente superen el 8%, ha de instalarse el pavimento de alerta antes y después de la rampa con un espacio sin información entre las alertas y la rampa, dado que, si el desplazamiento de la persona es rápido o con zancada amplia, cuando un pie toque la alerta, el siguiente paso hará la detención. Dejando este espacio plano y neutro lograremos que la pisada de detención se haga antes de ya estar inserto en la rampa. Recomendamos que la franja sea de 30cm y la alerta de 60cm.

4.1.6.4.           Requisitos de Mobiliario y Equipamiento

Todo elemento de mobiliario o equipamiento, tales como escaños, basureros, superficies de información y refugios de transporte público que se disponga en la ruta peatonal, debe estar conectado para acceder a él desde la ruta accesible.

Para permitir la total inclusión, estos elementos deberán cumplir con los principios del Diseño Universal. Todo usuario deberá poder acceder y usar cualquier mobiliario o equipamiento que se incluya en el proyecto o que sea preexistente.

a)      Refugios de transporte público

Los refugios de transporte público deberán conectarse a la ruta accesible y esto ser señalizado con huella podotáctil. Si para ello requiere rampas, estas no podrán exceder el 8% de pendiente. La estructura del refugio no podrá interrumpir la ruta accesible. Si es necesario, puede poner pilares adelante, cerca de la calzada. Deben tener espacio para maniobrar una silla de ruedas en TODO el andén y para esperar sin interrumpir la ruta. Si tiene un escaño al interior, debe ser con las mismas características definidas para ellos. El borde con la calzada de todo el frente del andén se indicará con pavimento de alerta de 60 cm. de ancho.

Para garantizar el uso real de un paradero de transporte público, se debe asegurar un emplazamiento que otorgue buena visibilidad al transporte que atiende, que su diseño no genere sensación de inseguridad delictual y que cuente con buena iluminación. Además, ha de cuidarse que la posición en que quede el transporte detenido no provoque obstrucción de accesos vehiculares y que el espacio de descenso de los pasajeros no presente obstáculos que generen accidentes.

b)      Mobiliario de descanso

Considerando que, para muchas personas con movilidad reducida, entre ellos los adultos mayores, necesitan descansar cada cierto tiempo, es necesario que exista mobiliario para el descanso al menos en 2 esquinas en diagonal de un cruce de calle. Esta condición requiere que, en el trayecto rectilíneo por una de las veredas, los usuarios puedan encontrar al menos un punto de descanso al llegar a una esquina y cada 60 metros máximo entre intersecciones. Así, la distribución mínima por intersección debe ser la siguiente:

El mobiliario para el descanso, dependiendo del espacio disponible y la demanda del sector, podrá ser uno o más escaños o bien, barras de apoyo. Se debe asegurar de que esta zona de descanso cuente con buena iluminación y en el caso de las esquinas, acompañar de un basurero.

En el caso de escaños, estos deberán tener respaldo, con una inclinación no mayor a 105° ni menor a 95°. Los escaños deberán tener apoyabrazos, al menos, en sus extremos y la superficie de contacto con la persona que disipe el excesivo calor o frío (madera, resinas, etc.). Además, se recomienda que los bordes salientes de sus estructuras sean redondeados.

La separación entre los apoyabrazos debe considerar en alguna parte de la banca al menos, el espacio suficiente para que una persona con obesidad de grado III pueda sentarse.

El emplazamiento de los escaños deberá permitir que se incorpore una o más personas en silla de ruedas o coches de bebés, y que tengas las mismas condiciones espaciales y de confort que quienes ocupen el asiento.

Las barras de apoyo tendrán dos tubos de diámetro entre 40 mm y 50 mm Y alturas de cada tubo respecto del piso terminado, serán de 70 cm. y 90. cm cada una y cuya materialidad idealmente sean superficies de contacto que disipen el excesivo calor o frío de la (madera, resinas, etc.). El esquema de soporte no debe interferir la caminata o el acercamiento. Por eso, se propone que las barras estén en un plomo distinto al de las patas de la baranda.

Las barras de apoyo tendrán dos tubos de diámetro entre 40 mm y 50 mm y alturas de cada tubo respecto del piso terminado, serán de 70 cm y 90 mm cada una cuya materialidad idealmente sean superficies de contacto que disipen el excesivo calor o frío de la (madera, resinas, etc). El esquema de soporte no debe interferir la caminata o el acercamiento. Por eso, se propone que las barras estén en un plomo distinto al de las patas de la baranda.


4.1.6.5.           Requisitos de los dispositivos APS en semáforos

En un componente cada vez más importante en los cruces peatonales se han convertido los dispositivos de asistencias no visuales de las señales del semáforo. Se trata de equipos que complementan con información sonora, vibro táctil y luminosa las tres fases del cruce. En sus orígenes fueron concebidos como implemento facilitador para la discapacidad visual, a partir del botón pulsador que activa la solicitud de luz verde de cruce, conocido como botonera o push button. En primera instancia se les agregó sonido para señalar la luz verde peatonal y, posteriormente, un sonido distinto para indicar su presencia y localización.

Hoy se dispone de modernos equipos de asistencia al cruce peatonal conocidos por su sigla en inglés como APS (Accessible Pedestrian Signals), cuya traducción literal sería Señales Accesibles para Peatones. Por razones prácticas, definiremos a los dispositivos APS como equipos para la Accesibilidad Peatonal Segura.


a)      Características y prestaciones

En general, para que una botonera de solicitud de verde peatonal cumpla con los requisitos para ser considerado un equipo APS debe incorporar las siguientes características y prestaciones mínimas:

  • Carcaza o gabinete de material sólido y antivandálico.
  • Flecha táctil para la correcta información sobre la acera de destino.
  • Botón de presión (push button) o panel de activación al toque (touch).
  • Luz indicadora de la solicitud de cruce activada.
  • Micrófono interno para medir el ruido ambiente.
  • Parlante interno emisor de las señales sonoras.
  • Opción de seguridad por caída de la alimentación eléctrica.
  • Baliza o localización sonora para informar sobre la existencia y ubicación del dispositivo APS. El tono de la baliza es también señal sonora de esperar o no cruzar. El volumen del sonido es auto ajustable según ruido ambiente.
  • Sonido para la fase “inicio de cruce peatonal”. El volumen del sonido es auto ajustable según ruido ambiente.
  • Señal sonora de activación de la solicitud de cruce.
  • Información audible sobre el comienzo de la fase “inicio de cruce peatonal”. Puede ser un breve sonido de alta frecuencia, un mensaje de voz u otro.
  • Vibración en fase de cruce peatonal.

b)      Funcionalidades inclusivas adicionales

Adicionalmente, los fabricantes han ido agregando prestaciones para mejorar la calidad de la información proporcionada, cumplir con normativas más exigentes y/o hacerlos más inclusivos, brindando seguridad en el cruce de peatones, cualquiera sea su condición. Entre las prestaciones adicionales se destacan las siguientes:

  • Lectura braille y/o el nombre de la calle a cruzar con letras sobre relieve.
  • Mensaje con lectura luminosa de no cruzar: “Espere” o “Espere luz verde”.
  • Señal luminosa par indicar la fase “inicio de cruce peatonal” o luz verde.
  • Panel frontal con señales luminosas de cada una de las tres fases del semáforo para cruce peatonal y sus respectivos significados escritos en el panel.
  • Mapa o esquema táctil de las características físicas del cruce peatonal. Este se ubicará al costado izquierdo o derecho del APS, según corresponda al costado más lejano a la calzada.
  • Mensajes de voz para informar que no es seguro iniciar el cruce. Se usa en dos fases del ciclo peatonal: fase No Iniciar Cruce o Flashing y fase No Cruzar, Espere o luz roja.
  • Mensajes de voz para informar que es seguro iniciar el cruce da la calzada o luz verde. En este mensaje es adecuado incluir el nombre de la calle a cruzar.
  • Mensaje de voz para informar falla del sistema de semáforos.
  • Mensaje de voz para informar cruce inhabilitado (trabajos en la vía u otros).
  • Presión prolongada del botón para obtener una respuesta programable del dispositivo.
  • Tiempo adicional de cruce activado por presión prolongada del botón.
  • Tiempo adicional de cruce activado por tarjeta o chip.
  • Tiempo adicional de cruce de activación remota (RFID).
  • Mensajes de voz pre-programados para alertar de situaciones especiales.
  • Opción Operación Nocturna.

c)       Definiciones señales audibles para el funcionamiento de los APS en Chile

Como resultado de un trabajo conjunto entre la UOCT, Municipalidad de Providencia y MINVU, se llegó a la definición de los sonidos o tonos que deberán emitir los equipos APS que se instalen en Chile, para cada una de las tres fases del ciclo peatonal del semáforo.

A partir de un único sonido de percusión de aproximadamente un décimo de segundo de duración, con frecuencias variables en torno a los 880 Hz, tres distintos patrones rítmicos diferenciarán de manera audible cada una de las tres fases del semáforo peatonal:

  • Rojo peatonal: Una pulsación (Tic) cada 1,5 segundos, equivalentes a 40 pulsaciones por minuto. Este patrón rítmico es el que, en semáforos peatonales actuados por demanda, servirá de baliza para indicar la presencia y ubicación espacial del APS. Corresponde a la fase “pare”. En el cruce, el significado de esta señal sonora emitida por el APS será que se deberá esperar el siguiente ciclo de luz verde para cruzar. Lo normal, es que la activación de la solicitud de verde se indique de manera luminosa, sea mediante una luz en la parte frontal del dispositivo o con la leyenda iluminada “Espere” o “Espere luz verde”.
  • Verde peatonal: Ocho pulsaciones por segundo, equivalentes a 480 pulsaciones por minuto. Corresponde a la fase de “inicio de cruce” y su comienzo puede ser anunciado por la emisión de luces y sonidos alertadores o mensajes hablados. El significado de esta señal sonora es que la persona podrá iniciar el cruce de la calle sólo si está escuchando el sonido de este patrón rítmico.
  • Flashing: Ocho pulsaciones por segundo con pausas, siguiendo el destellar de la luz verde. La duración aproximada es de un tercio de segundo por componente (sonido y pausa). Corresponde a la fase “no iniciar cruce”. El significado de esta señal sonora es que la persona que ya ha iniciado el cruce al momento del cambio de fase podrá terminar de cruzar sin necesidad de apurar el paso y, por el contrario, si la persona aún se encuentre en la acera, deberá esperar el siguiente ciclo de luz verde para cruzar.

Los dispositivos APS incorporan ajustes para limitar el volumen en la emisión señales audibles, ajustables a rangos que minimicen la molestia que eventualmente puedan provocar al vecindario. Las normas internacionales fijan en 3 a 5 decibeles por sobre el ruido ambiente para las emisiones sonoras representativas de las luces del semáforo. También existe un límite superior predefinido de volumen para cada modelo de APS, siendo los 90 decibeles el volumen máximo más común.

La emisión de mensajes de voz podría hacer aconsejable el uso de un límite algo superior a 5 decibeles, con el objeto de hacerlos más inteligibles, pero esos valores deberán ser definidos

 

d)      Señales vibro táctiles en los APS

El emplazamiento del poste donde se fija el APS es muy importante. En condiciones óptimas, recomendamos que el poste se ubique a 50 cm del borde de la rampa de cruce, al lado exterior de la esquina. Respecto a la distancia medida desde el borde la calzada (exterior de la solera) recomendamos trabajar con la siguiente tolerancia: ocupar entre 60 y 70 cm cuando el poste se emplace en una esquina que no tenga giro vehicular y subir a un máximo de 90 cm. cuando sí haya giro y ocupe visera larga, o a 80 cuando haya giro y ocupe visera corta.

La altura de la base del APS, respecto del piso terminado, será de 1 metro. En una intersección con dos rampas orientadas perpendicularmente, los bordes de rampa donde se ubiquen los postes de fijación de los APS serán los más alejados entre sí, con una separación mínima de 3 metros entre ellos, para lograr la adecuada separación de señales audibles y minimicen el margen de confusión.

e)      Otros requerimientos de estandarización para señales de los APS

Las prestaciones adicionales incluidas en la lista anterior no tienen el carácter de obligatorias, pero varias de ellas pudieran resultar interesantes de incluir en proyectos a desarrollar. En estos casos, lo lógico es que se llegue a algún tipo de estandarización que evite situaciones de confusión provocada por el funcionamiento dispar de una misma categoría de ayuda sonora y/o luminosa.

En esta condición se encuentra la estructura y contenido que se les dará a los mensajes de voz que se emitan en el ciclo de inicio de cruce y, complementariamente, cuando se active la solicitud de verde en situación de luz roja o flashing. Lo mismo deberá ocurrir con los mensajes de voz programables resultantes de la función “presión extendida” del botón (push button). Por último, deberá definirse el mejor volumen adicional por encima del ruido ambiente, que hagan más inteligibles los mensajes que emitan los APS, sin afectar a los vecinos.

f)        Emplazamiento de los dispositivos APS

El emplazamiento del poste donde se fija el APS es muy importante. En condiciones óptimas, recomendamos que el poste se ubique a 50 cm del borde de la rampa de cruce, al lado exterior de la esquina. Respecto a la distancia medida desde el borde la calzada (exterior de la solera) recomendamos trabajar con la siguiente tolerancia: ocupar entre 60 y 70 cm cuando el poste se emplace en una esquina que no tenga giro vehicular y subir a un máximo de 90 cm. cuando sí haya giro y ocupe visera larga, o a 80 cuando haya giro y ocupe visera corta.

La altura de la base del APS, respecto del piso terminado, será de 1 metro. En una intersección con dos rampas orientadas perpendicularmente, los bordes de rampa donde se ubiquen los postes de fijación de los APS serán los más alejados entre sí, con una separación mínima de 3 metros entre ellos, para lograr la adecuada separación de señales audibles y minimicen el margen de confusión.

Sin embargo, la variedad de singularidades de todo tipo que pueden encontrarse en las áreas de cruce peatonal puede dificultar una instalación, siguiendo las condiciones óptimas descritas. En estos casos deberán definirse en terreno los mejores ajustes posibles. Dentro de la gama de ajustes posibles está la instalación de un poste corto exclusivo para el anclaje del APS, independiente del o los postes de sujeción de los cabezales del semáforo.

4.1.6.6.           Otros componentes

Que mejoren la situación base:

1. Adecuaciones geométricas:

Ya sea de los perfiles de calles, Nivelaciones de Calzadas, Inclusión de estacionamientos.

 

2. Confort Climático:

Paisajismo sostenible, refugios de sol, de lluvia o viento extremo. Jardines de lluvia.

3. Adecuación Redes y Servicios:

Reubicación de postes, cámaras (o tapa de cámara), sumideros, etc.

4. Señalizaciones de Tránsito, demarcaciones y Señalética:

Todas las que sean necesarias para reforzar el sistema de ruta peatonal propuesto.

  1. NIVEL DE INTERVENCION

Con el objeto de establecer un alto estándar en la generación de rutas peatonales, el MINVU ha definido las condiciones de diseño que todo proyecto peatonal debe tener, basados en los requisitos presentados previamente. Siendo así, se establece:

5.1.   Nivel Base

Estos requisitos se han reunido en un estándar de diseño BASE que define las obras obligatorias que deben abordarse en la construcción o mejoramiento de rutas peatonales. El Nivel Base define que la ruta accesible debe configurarse en la acera, en cruces de calzada (si es necesario su reparación) y acceso a estacionamientos, contemplando rebajes peatonales en todas las esquinas de la intersección, alineados, con pendiente inferior al 6% y siempre con alerta podotáctil en el borde inferior. También que el pavimento será de HCV y que, en su confección, se deberán tratar las tapas de cámaras, para dejarlas todas en buenas condiciones y a nivel de piso.

El Nivel BASE contempla la habilitación o mantención de iluminación peatonal, basado en el requisito normativo de que la ruta accesible debe garantizar la percepción de su recorrido (Art. 1.1.2. OGUC).

Adicionalmente, para el despeje real del área de la caminata, de modo que se transforme en una actividad confiable y segura, el Nivel BASE incluye el traslado o readecuación de todos aquellos elementos que obstaculicen los 2m de franja peatonal, como postes, tensores, semáforos, árboles y otros. En esta misma lógica, ha de considerar el saneamiento de agua lluvia aposada que interfiera el desplazamiento, la instalación de tapa alcorques caminables en aquellos puntos en que los alcorques queden en la vereda, la pavimentación de accesos vehiculares, la señalética de regulación de los cruces.

El nivel considera la instalación de zonas de descanso cada 50 o 60 mt, provistas de un escaño con apoyabrazos y/o un apoyo isquiático (según sean las características y ancho de la acera) para que las personas puedan hacer una pausa en el recorrido, a esta área debe añadírsele un basurero y asegurar que esté iluminada.

La ubicación y formas de trabajo para el diseño debe considerar los aspectos antes descritos en este documento y las recomendaciones de buenas prácticas que se consideran más adelante.

Una Ruta Peatonal con su Nivel Base, podría verse así:

5.2.   Complementos al Nivel Base

Sin embargo, en algunos casos, si por características del lugar tales como ser una zona de alto flujo, ser una zona de valor arquitectónico o de interés, ser un lugar emblemático, por enfrentarse a situaciones viales de alta complejidad o por normativa municipal, es necesario incorporar elementos de más alta gama, cuya propuesta debe justificarse debidamente en proceso de formulación.

Los elementos que se suman para mejorar el Nivel Base a nivel de pavimentos incluyen: Baldosas, Pavimento Pigmentado en la Senda Peatonal, Placas de Alerta de 60x60xm altamente detectables, Franja Podotáctil Minvu 1, Franja Podotáctil Placa Especial de ancho 15 cm.

Si es necesario también puede incorporar el Movimiento de cámaras de Servicios que entorpezcan la Ruta Peatonal y realizar Ajustes geométricos (por ejemplo, rediseño de la acera ampliando esquinas, perfiles, generando o eliminando bahías si el proyecto lo amerita, o también considerar la Nivelación de calzada). Otra mejora puede ser la necesidad de realizar Obras para Infiltración de Aguas Lluvia que resguarden que la ruta permanezca sin anegamiento. Como elementos complementarios puede incluirse Vallas Peatonales y / o bolardos.

El trabajo paisajístico de la Ruta mediante el diseño puede añadir Jardines y Áreas Verdes, Árboles y Riego siempre en consenso con el equipo de Aseo y Ornato del Municipio. En este caso deben apuntar a la mayor parte de especies nativas y velar por la diversidad de los ejemplares propuestos para colaborar a un funcionamiento adecuado del ecosistema local, además de considerar especies acordes al ancho y la altura disponible para ellas, el tipo de riego a usar y su mantención.

A nivel de Equipos a instalar, si el lugar lo requiere, puede realizar la Instalación de APS en semáforos ya existente o la Instalación de nuevo Semáforo con APS.

Cuando evaluamos los Complementos al Nivel Base podemos considerar los siguientes equipamientos: Estacionamiento de bicicletas y/o scooter según demanda del sector, siempre ubicándolos con su área de funcionamiento fuera de la zona preferente de desplazamiento peatonal; Paraderos (Mejoramiento, reposición y/o instalación); Estructuras de Protección Climática (Sombreaderos ocasionales, refugios de lluvia, apoyos de caminata en nieve o vientos violentos, tensores de reforzamiento de árboles en climas extremos, etc.)

Y, por último, si la demanda del lugar lo amerita puede sumar una mayor cantidad de Escaños y áreas de descanso o de espera (escaños).

Una Ruta Peatonal con Complementos al Nivel Base, podría verse así:

En resumen:

  1. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN, FORMULACIÓN Y DISEÑO

Un proyecto de rutas peatonales, con los estándares que se han presentado, supone un mejoramiento en la infraestructura. Esto, porque las condiciones de circulación mejoran cuando se aplican estos estándares, los cuales inducirán viajes en modo caminata que, al no tener una vereda inclusiva disponible, no se están realizando. Para formular un proyecto, MINVU y MDSyF han acordado un procedimiento de evaluación, formulación y diseño, el cual contempla la obtención de una Recomendación Satisfactoria (RS) tanto para la etapa de Diseño como y una recomendación Satisfactoria (RS) para la etapa de Ejecución.

Para hacer operativo todo este procedimiento, el Dpto. de Obras Urbanas ha desarrollado una herramienta basada en Excel, que permite registrar la información del procedimiento y obtener las condiciones de ancho de diseño y rentabilidad del proyecto.

La planilla de evaluación, llamada ANEXO N°11, es la siguiente:

Se hará referencia al Anexo N°11 en este documento, mostrando las filas en las que se trabaja cada concepto.

6.1.1.                        Monografía

El consultor deberá actualizar la evaluación social del proyecto con el diseño terminado, y elaborar los antecedentes necesarios para realizar el ingreso al banco integrado de proyectos, con la información que facilite el encargado del contrato.

El encargado del contrato facilitará las monografías desarrolladas en el proceso de formulación y validadas por el equipo SERVIU, las que deberán completarse en caso de faltar antecedentes requeridos en la planilla de evaluación, por ejemplo: largo acera, largo calzada, ancho acera, ancho vereda existente, estado del pavimento de vereda, estado del pavimento de la calzada.

El consultor deberá actualizar la planilla de evaluación social realizada en el proceso de formulación del proyecto postulado a etapa de diseño, con los antecedentes proporcionados por las monografías y el diseño terminado, actualizando el estándar por cada tramo del proyecto.

Para ello, la información contenida en cada monografía se traspasa a una o más hojas del libro Excel del Anexo N°11, según corresponda. Se generará una hoja para la acera de la monografía y, si corresponde, una hoja para cada calzada a evaluar (pudiendo ser cero, una o dos). Es decir, una monografía podrá abarcar desde una hasta tres hoja del         libro.

IMPORTANTE: La información de cada tramo de trabajo se compila en una hoja resumen del Anexo N°11, llamada “RESULTADOS”. Por lo tanto, el resultado del proyecto corresponderá a la suma del análisis y evaluación de cada sector y sus tramos de trabajo.

6.1.2.                        Situación Sin Proyecto Oferta Actual:

Con toda la información recogida en la monografía se obtiene la Oferta Actual, de la situación sin proyecto.

Como se vio anteriormente, la oferta real de la vereda no es exactamente el ancho construido, ya que, por las características del movimiento peatonal, no toda la superficie se usa. Esto se llama efecto de Fricción de Borde.


Además de la fricción de borde, en la oferta se deben descontar los defectos en el estado del pavimento, ausencia de rampas y los elementos o factores de obstrucción intransitables.

Para ello, estos elementos se registran en el Anexo N°11 de la siguiente manera: Fricción de Borde Se registran en las filas 22 y 23 del Anexo 11, bajo los siguientes conceptos:


Estado del Pavimento

Se registra en el Anexo N°11 en la fila 21, según el nivel de lisura ad hoc, a juicio de experto, para los siguientes valores

Nivel 1. Bueno y muy liso:

Nivel 2. Aceptable, seguro:

Nivel 3. Defectos no peligrosos:                                                    

 Nivel 4. Grietas, Roturas, Peligroso:



Nivel 5. Roto, Deformado, Peligroso

Rampas Cruce peatonal

 

Se registra en la fila 24 del anexo N°11, si faltan rampas peatonales donde se necesitan. Para saber cuántas faltan, se debe simplemente identificar los cruces peatonales, que pueden ser más de 2 por tramo de trabajo y verificar si existen los rebajes peatonales en ellos.


Elementos o factores de obstrucción

Además de la fricción de borde, estado del pavimento y ausencia de rampas, los elementos o factores de obstrucción disminuyen la oferta, porque son intransitables.

Los elementos de obstrucción pueden ser verticales u horizontales.


Se registran en las filas 25 a la 45 del Anexo N°11, indicando su largo, ancho, cantidad y ubicación en la acera.



Con todos estos parámetros y la condición de Nivel de Servicio B, fijada por el MINVU como estándar para rutas peatonales inclusivas, en las que se debe cumplir con una superficie de más de 3 m2 por persona, a una velocidad de desplazamiento de 65 metros por minuto, con una densidad de flujo de menos de 21 personas por minuto por metro, se ha definido la oferta actual sin proyecto de cada tramo de trabajo analizado.

NS

DEFINICIÓN

SUPERFICIE

[m2/pe]

VELOCIDAD

[m/min]

INTENSIDAD

[pe/min/m]

B

Existe superficie necesaria para que cada peatón pueda desarrollar su velocidad de confort, adelantar, ser adelantado y evitar fricción de entrecruzamiento, forzando ajustes de trayectoria según disponibilidad de espacio.

S≥3

Vm≥65

I≤21

6.1.3.                        Situación Sin Proyecto Determinación del Déficit Actual

Después de caracterizar todos los tramos de trabajo, fijando de ese modo la oferta actual, corresponde identificar el déficit que da origen a la necesidad de intervención. Este déficit tiene dos orígenes

Por una parte, puede existir un déficit en la oferta, la cual no es capaz de satisfacer la demanda, para el nivel de servicio fijado (NS B). Esto se expresa como la diferencia entre la demanda actual y la oferta actual.


Para este procedimiento, la demanda actual se establece con juicio de experto, a partir de las actividades o usos de suelo que tiene el eje donde se va a intervenir, en cinco niveles de demanda:

  • Mínimo: para poblados y zonas residenciales de baja densidad
  • Bajo: para zonas residenciales de densidad media
  • Medio: para zonas residenciales densas, ejes con comercio o industria
  • Alto: para zonas céntricas de la ciudad y paseos peatonales
  • Máximo: para malls, centros comerciales o estaciones intermodales masivas

Para visualizar espacialmente estos niveles de demanda, se proponen las siguientes ilustraciones:


                 

En el Anexo 11, este parámetro se completa acá:

El déficit actual, entonces, será la resta entre el valor de demanda y oferta actuales. El primero estimado con juicio de experto y la segunda según los parámetros recogidos en la monografía para la situación sin proyecto. En el Anexo 11, este valor se expresa en la fila 54.


6.1.4.                        Déficit de Accesibilidad:

Además del déficit entre oferta y demanda, existe un segundo déficit llamado Déficit de Accesibilidad. Este indicador, establece el grado de cumplimiento de todas las obligaciones que impone la OGUC en materia de accesibilidad en el espacio público, derivadas del D.S.

50 y sus modificaciones.

Considerando que el estándar que se propone es reciente, se asume que ninguna vereda cumple la norma vigente, con lo que el déficit normativo se asume como igual a la oferta.

6.1.5.                        Situación Con Proyecto Determinación del ancho de diseño

Una vez establecidos los déficits, corresponde determinar el ancho de diseño de la situación con proyecto

Para ello, es necesario conocer el valor de la Tasa de Crecimiento Vegetativo de la comuna en la que se emplaza el tramo (se puede consultar en www.ine.cl); este valor permite proyectar en el tiempo el aumento de la demanda estimada en un horizonte de 10 años. Este valor, se anota en el Anexo N°11 en la fila 64.


A continuación, se debe indicar la condición de borde de la situación con proyecto. (normalmente no cambia desde la situación sin proyecto, pero debe verificarse)



Esto se completa en el Anexo 11, en las filas 71 y 72


Con este dato, el Anexo N°11 informará el ancho de diseño requerido en la fila 72, bajo el nombre “Ancho Total Calculado”.


Ese valor debe contrastarse con dos cosas:

a)       El mínimo normativo

La OGUC establece anchos mínimos para veredas según la categoría vial, en el artículo 3.2.5.

Si el ancho “Ancho Total Calculado” de la fila 72, es menor al ancho normativo de la OGUC, debe aceptarse el ancho indicado en la misma (típicamente de 2m). Pero si el “Ancho Total Calculado” es mayor al ancho de la OGUC, debe adoptarse ese ancho. Esto último será necesario en rutas con alta demanda (Normalmente esto es relevante en zonas con niveles de demanda medio hasta máximo).

b)      La faja disponible

En algunos casos, la faja para vereda dentro de la acera puede ser menor al “Ancho Total Calculado” o ancho de diseño. En estos casos, cada formulador deberá proponer una solución alternativa para ganar ese espacio requerido por la demanda. Una forma es reducir el ancho de calzada, como lo permite la OGUC en su artículo 2.3.2.

Finalmente, cuando se ha verificado el ancho normativo y la faja disponible, ya es posible fijar el ancho de diseño para el tramo de trabajo. Este, se anota en la fila 7 del Anexo 11.


6.1.6.                        Situación Con Proyecto Determinación del presupuesto:

La elección del nivel de intervención responderá a las condiciones locales. Por defecto, se comienza con el nivel básico. Pero si, por características del lugar tales como ser una zona de alto flujo, ser una zona de valor arquitectónico o de interés, ser un lugar emblemático, por normativa municipal o singularidades de cada tramo, lo que debe justificarse debidamente, se pueden adicionar partidas al proyecto para mejorar el estándar de cada tramo en evaluación.

El estándar de intervención, con las partidas a adicionar, se agrega en la columna R desde la fila 59 a la fila 100 del Anexo N°11.

El costo de intervención del proyecto, tanto por Obras Civiles como por consultorías, se verá reflejado entre las columnas B y G, filas 80 a 89.


6.1.7.                        Resultados Evaluación económica

Con todos los datos ingresados en la hoja, para el tramo de trabajo correspondiente se obtendrá una evaluación de la inversión en dicho tramo.

Con el conjunto de todos los tramos (hojas) del proyecto, en la hoja Resumen del Anexo N°11, se obtendrá la evaluación total del proyecto en valor social y privado.

Estos valores arrojados por el Anexo N°11 son los que se detallarán en el informe ejecutivo que deberá actualizarse por parte del consultor, como antecedente a ingresar a MDSyF al momento de realizar la solicitud a etapa de Ejecución.

  1. RECOMENDACIONES Y BUENAS PRÁCTICAS

A continuación, se muestran ejemplos y buenas prácticas que se han ido recopilando a medida que los proyectos de rutas peatonales han avanzado.

  1. Recomendaciones y buenas prácticas para rebajes peatonales

En el diseño de rebajes peatonales de baja pendiente, normalmente aparecen problemas ligado al tamaño que estos rebajes requieren para desarrollar sus rampas de 6% o menos, lo que pasaría a denominarse como “Plano Inclinado”. Esto es muy lógico, considerando que, para subir 15 centímetros está pendiente requiere un desarrollo de rampa de 250 cm.

A esto se debe sumar la exigencia de que los rebajes se enfrenten en el mismo eje de la ruta accesible y, además, la condición más importante: que exista el espacio o plano de giro de las sillas de ruedas, con un diámetro de al menos 1,2 metros, en piso horizontal dentro de la vereda.

Por eso, se muestran a continuación ejemplos de casos tipo y su manera de solucionarlos.

  1. Recomendaciones y buenas prácticas para la habilitación de la huella podotáctil.

Guía de Avance Seguro

  • Ocupar un espacio libre garantizado (ancho vereda x h. mínima de 2.1 m).
  • Ir en una Vereda Accesible (continua, lisa, monolítica, antideslizante).
  • Más cerca de la línea de edificación, pero siempre atendiendo una distancia que permita caminar por el lado interno y a distancia segura de las actividades de borde (letreros, puertas, extensión de las vitrinas, etc.)
  • Ir conectando el equipamiento y mobiliario.

Cuando en una esquina no existen elementos para que las personas con discapacidad visual puedan identificar los rebajes de cruces peatonales, tales como APS, jardineras, contenciones de la curva, vallas, etc., se recomienda hacer uso de la guía de avance seguro para orientar la dirección en los que estos se encuentran:


Guía de Avance Seguro

 

Cada vez que un ciego detecta esta placa, debe interrumpir su andar tranquilo para explorar, entender y decidir. Por esta razón, su uso debe ser eficiente (mientras menos veces haya que ponerla, mejor) y eficaz (la información que entregue debe ser clara de inmediato).

Según esto, las condiciones ineludibles al momento de diseñar son:

Si bien, no son condiciones ineludibles, es bueno considerar estas recomendaciones:

  • Ampliar el espacio peatonal en las esquinas, reduciendo radios de giro o bien estrechando con una chicana, según condiciones del art. 2.2.1. de la OGUC.

  • Utilizar cualquier elemento urbano que refuerce la idea de direccionalidad (fachada, solera, etc.)
  • Aproximar la placa de guía de avance seguro a una placa de alerta por sus lados evitando los vértices.
  • Evitar los giros del individuo con ángulos agudos (fomentar el cambio de dirección en escuadra).
  • Realizar en aquellas aceras estrechas planos inclinados de aproximación previos a la esquina.

  1. Recomendaciones y buenas prácticas para el diseño de cruces y su huella podotáctil

1.  Se trabaja la intersección completa como un sistema, proyectando los ejes de cruce de los peatones, para que el recorrido de un ciego llegue al lado opuesto de la calle y sea “recibido” allí. No basta con solucionar el cambio de nivel y dejar al ciego en la calzada. No se trabaja “la esquina” por sí sola, se trabaja “la intersección”

2. Las guías de avance deben disponerse en el centro de esos ejes y las placas de alerta, disponerse ortogonales al eje y llegando al borde la calzada.

3. Para que el recorrido de un ciego llegue al otro lado de la calle y sea “recibido” por un pavimento táctil que le indique que ya cruzó y está otra vez en la vereda, debe haber al menos un metro de guía de avance antes, que índice la dirección del cruce

Si la guía de avance, antes del pavimento de alerta que señala el borde de la calzada, tiene menos de un metro. O bien, tiene más de un metro, pero no apunta en el sentido del cruce, o ambos casos, ESTA MAL.

4. Es deseable que los peatones mantengan el eje de avance en que vienen caminando.

Sin embargo, nunca deben sacrificarse los principios 1 y 2 señalados. Por lo tanto, si mantener el eje de avance, implica que los cruces no queden enfrentados, se tenga que recurrir a un exceso de información o bien la guía de avance seguro no logre tener al menos un metro de desarrollo antes del cruce peatonal, entonces puede desplazarse el cruce, respecto del eje de avance

Por último, hay que recordar que este manual es una guía que intenta recoger la mayor cantidad de soluciones que ayuden a crear nuevos y mejores espacios para todos, sin embargo, cada lugar tendrá singularidades que se escapan de las ideas de diseño “tipo”. Aquí, es cuando los diseñadores y los ejecutores de obra una vez que comprenden las premisas del diseño antes descritas, tendrán que acudir a soluciones innovadoras para adaptar la mejor solución de contexto posible.

Es de suma relevancia llevar el proceso de obra asumiendo un trabajo colaborativo entre diseñadores y ejecutores, con criterios de flexibilidad ante las particularidades de cada terreno y de sus usos, para conseguir un resultado acorde al programa y coherente a las personas que lo habitarán.

  1. EJES POR DESARROLLAR Y ÁREAS DEL PROYECTO

Los ejes por desarrollar en el presente estudio corresponden a la siguiente red propuesta:

Red propuesta y extensión comuna de Huechuraba

Calle

Entre calles

Acera

longitud

Carretera Gral. San Martín

Av. Américo Vespucio y Los Chercanes

Oriente

1.109,6

Carretera Gral. San Martín

Real Audiencia y 150 m al norte

Poniente

148,90

Carretera Gral. San Martín

Pasaje Los Jilgueros y Pasaje Las Golondrinas

Poniente

30,1

Caletera Av. Américo Vespucio

Carretera Gral. San Martin y Paso elevado Mall Plaza Norte

Norte

1.162,8

Independencia oriente

Av. Independencia y Carretera Gral. San Martin

Poniente y Oriente

60,5

Total: 2511,9 ml

Red propuesta y extensión comuna de Quilicura

Calle

Entre calles

Acera

longitud

Carretera Gral. San Martín

Av. Américo Vespucio y El Molino

Poniente

671,22

Caletera Av. Américo Vespucio

Carretera Gral. San Martín y Caletera Av. Américo Vespucio, pasarela frente al N° 2100

Norte

580,12

Total: 1251,34 ml

Red propuesta y extensión comuna de Conchalí

 

Calle

Entre calles

Acera

longitud

 

Independencia

Carretera Vespucio Norte y Huechuraba

Oriente (paso bajo nivel)

71,48

 

Huechuraba

Independencia y Ernesto Ried

Sur

826,55

 

Independencia

Carretera Vespucio Norte y Calle Forestal

Poniente (paso bajo nivel)

64,24

 

Forestal

Independencia y Av. Presidente Eduardo Frei Montalva

Sur

802,72

 

Caletera Vespucio

Entrada a Carretera Américo Vespucio desde Ruta 5 Sur y Salida Carretera Américo Vespucio.

Surponiente

147,43

Calle

Entre calles

Acera

longitud

 

Caletera Vespucio

Carretera Américo Vespucio Norte y Calle Forestal

Surponiente - Forestal

104,58

 

Caletera Vespucio

Entrada a Carretera Américo Vespucio desde Ruta 5 Sur y Salida Carretera Américo Vespucio.

Surponiente Pasarela

47,36

 

Huechuraba

Florencia y Ernesto Ried

Norte

732,60

 

Camberra

Calle Huechuraba y Caletera Américo Vespucio Norte

Oriente

122,51

 

Camberra

Calle Huechuraba y Caletera Américo Vespucio Norte

Poniente

123,34

 

Granada

Calle Huechuraba y Av. Cardenal José María Caro

Poniente

624,39

 

Granada

Calle Huechuraba y Av. Cardenal José María Caro

Oriente

606,73

 

Cardenal Caro

Granada y Pasaje Florencia

Norte

49,93

 

Ernesto Ried

Pasaje Barcelona y Huechuraba

Oriente

95,51

 

Ernesto Ried

Pasaje Barcelona y Huechuraba

Poniente

93,45

 

Total: 4.512,82ml

 

  • Longitud total del proyecto 8276.06 ml

  1. ETAPAS Y CONTENIDOS DEL PROYECTO

La generación de iniciativas concretas para desarrollo del Proyecto se entiende como producto del encuentro entre las necesidades de la ciudadanía y propuestas técnicas que presenten las y los especialistas. Por ello, para cada una de las etapas asociadas al proyecto, el Consultor considera:

  • Reconocimiento del Terreno: el Consultor deberá organizar visitas a terreno con Serviu y representantes locales de los municipios involucrados, donde se recorrerá el área a intervenir para identificar en el lugar, los puntos duros y áreas de conflicto.
  • Talleres de Trabajo, con la contraparte técnica y el equipo profesional del consultor indicado en la oferta de la licitación, donde se presenten los avances del diseño a todos los actores involucrados en el desarrollo de este. El material a utilizar, en estos talleres debe ser previamente validado por quien sea Encargado/a del contrato. La cantidad de talleres a realizar por etapa, así como los participantes de la mesa, será definida por el Encargado/a del Contrato.
  • Reuniones de evaluación respecto al Avance, con encargado de Serviu, el profesional del consultor encargado del contrato y el profesional especialista presentado en la oferta, revisándose el avance de las distintas especialidades y el material de la especialidad a incorporar en las presentaciones de los talleres de trabajo.
  • Reuniones de Coordinación, entre los profesionales del consultor presentados en la oferta, agentes externos y el encargado de Serviu, donde se revisarán las interferencias que puedan existir entre cada especialidad. El encargado de la coordinación de todo lo relacionado con el proyecto, producto de esta licitación, será el consultor. El consultor deberá entregar por adelantado las presentaciones y el material manera presentar en las reuniones con agentes externos a Serviu para obtener la aprobación del encargado al material presentado.

Participación Ciudadana con Perspectiva de Género e inclusión social, deberá asumirse como una variable que recorre el proyecto desde su inicio –DISEÑO- hasta la conclusión de la obra.

9.1.   ETAPAS

  • Etapa A: Ingeniería básica (recopilación de antecedentes, Diagnostico y Validación); consiste fundamentalmente en realizar los catastros, topografía y recopilación de antecedentes generales del contexto a intervenir, tales como: información de terreno, conflictos existentes (físicos y operacionales), para obtener un análisis de factibilidad. Además de diagnóstico, análisis del área de intervención y proceso de participación ciudadana y comunicaciones. La participación ciudadana debe regirse por los lineamientos establecidos en el documento de participación ciudadana que acompañan las presentes bases.
  • Etapa B: Anteproyecto y pre aprobación ciudadana, En esta etapa se debe levantar en terreno toda la información que permita llevar el diseño a nivel de anteproyecto para todas las especialidades que intervienen en él. Con esta información se deberán evaluar distintas alternativas para solucionar áreas de conflictos y puntos duros, las que serán evaluadas en los talleres, donde se definirá y validará, en una mesa técnica, la mejor alternativa para el proyecto. Esté proceso establecerá la línea de base para el diseño de los anteproyectos de cada especialidad, los que deberán ser entregados al final de la etapa con sus respectivas aprobaciones y factibilidades. Además, deberá acoger en el diseño, aquellas observaciones que sean resultado de las jornadas de Participación Ciudadana realizadas. La participación ciudadana debe regirse por los lineamientos establecidos en el documento de participación ciudadana que acompañan las presentes bases.

En relación con los anteproyectos por modificación de servicios, se deberán ingresar en esta etapa, a los organismos respectivos, con la finalidad de adelantar revisiones y observaciones que pudieran surgir durante la etapa siguiente.

  • Etapa C: Proyecto Definitivo, Aprobación Ciudadana y Evaluación Económica; se refiere al desarrollo en detalle, de cada uno de los anteproyectos desarrollados en la etapa anterior, para cada especialidad presente en el proyecto. Además de la obtención de todas las aprobaciones y factibilidades requeridas tanto normativamente y/o las expresadas en las bases para la entrega final.

El consultor deberá entregar al inicio de cada etapa el cronograma de visitas a terreno, talleres de trabajo, reuniones de avance, reuniones de coordinación y mesas de trabajo a realizar, para ser validado y aprobado por el encargado Serviu a cargo del contrato.

Sin perjuicio de lo anterior, la contraparte Serviu, podrá solicitar visitas a terreno, talleres, talleres de participación ciudadana y reuniones o mesas de trabajo técnicas en cualquier etapa del estudio, según estime conveniente, para aclarar dudas respecto a puntos de conflicto, de manera de encontrar la mejor solución para el diseño del proyecto.

Las presentaciones realizadas en los talleres y reuniones se realizarán utilizando un computador, un proyector de imágenes o similar, en dependencias de SERVIU Metropolitano. El equipamiento asociado será proporcionado por el Consultor en cada una de las presentaciones requeridas.

El consultor deberá preparar el material gráfico indicado en cada etapa, que permita comprender los trazados y ubicación espacial de las vías a constituir en cada tramo, en este material se deberá identificar todas las interferencias que debe sortear el trazado a representar.

9.2.   ETAPA A: INGENIERÍA BÁSICA Y DIAGNÓSTICO

En esta etapa el Consultor deberá desarrollar un diagnóstico de la situación actual (o situación base) del eje en estudio. El conjunto de tareas que se consideran como mínimas para alcanzar los objetivos planteados de la etapa A son:

  • Visitas a Terreno
  • Talleres de Trabajo equipo técnico
  • Recopilación Antecedentes para un Diagnóstico
  • Topografía base
  • Mediciones de flujo peatón algra
  • Participación Ciudadana y Comunicaciones; con actores sociales de la localidad, con metodología y técnicas participativa (talleres por ejemplo)
  • Entrega Final (recopilación de entregas periódicas, previamente aprobadas por el encargado Serviu)

Sin perjuicio de ello, en su oferta técnica, el proponente podrá incluir tareas adicionales o ampliaciones de las aquí descritas, siempre y cuando se enmarquen en los objetivos del Estudio. En la oferta técnica el consultor deberá detallar cuidadosamente los procedimientos metodológicos con que se propone enfrentar cada una de las tareas requeridas por el Proyecto. Respecto a las Actividades en terreno y talleres de trabajo, es necesario abordarlos con metodología ad-hoc, para todas aquellas relacionadas a la participación ciudadana.

9.2.1.       Visita a Terreno y Talleres de Trabajo.

Durante el desarrollo de esta etapa, se requiere partir con la organización de trabajos en terreno de parte del Consultor, al que debe sumar a Serviu, su equipo de profesionales y representantes locales, según vínculo con el municipio involucrado. Si bien la convocatoria corresponderá a SERVIU Metropolitano, el Consultor será responsable de su organización, acordando previamente con el encargado del contrato, la fecha y hora de cada uno de estos eventos. Es fundamental contar con elementos de medición que permitan evaluar el o los trazados posibles con las áreas disponibles. Además, deberá considerar el traslado ida y vuelta de la contraparte SERVIU.

Paralelo al trabajo en terreno, deberá organizarse talleres de trabajo que requiere motivación y seguimiento a invitados, acordando también los mejores lugares para cumplir con el objetivo buscado, para lo cual el Consultor deberá hacerse cargo del servicio de cafetería. El objetivo de los talleres es hacer parte del Proyecto a actores representativos de la localidad, que conocen las necesidades del territorio y a sus habitantes; para esto se requiere de un trabajo previo y constante que asegure la ubicación de actores representativos de la diversidad del sector, motivándoles a incorporarse sistemáticamente. Cada taller de trabajo será de retroalimentación entre los intereses de actores locales y equipo técnico, de donde surgirán las propuestas esquemáticas requeridas para la etapa, que deberá organizarla la consultoría, así como de la información recolectada, mediante cuadros, gráficos, fotos, esquemas, fotomontajes, imágenes aéreas, etc.

Es necesario hacer presente que el trabajo con los actores locales, tiene por objetivo inmediato, aportar a un Diseño de Rutas Peatonales en su sector, sin embargo, no desaparece alcanzado el Diseño, sino que será necesario su interacción posterior con los equipos técnicos vinculados a la ejecución de la obra, en tanto, las y los actores locales son portadores del conocimiento de su comunidad y potenciales aliados estratégicos para un mejor cuidado durante la ejecución y mejoras, a través de observaciones relevantes durante la ejecución. Asimismo, serán los actores estratégicos en la evaluación de la obra, aportando en su mantención y uso por el conjunto de la comunidad.

Para los talleres y respecto al trabajo en terreno, el Consultor deberá encargarse de proveer el material de apoyo y los equipos audiovisuales. La información por presentar en estos talleres deberá ser previamente validada por el encargado Serviu. A su vez, el Consultor deberá generar un acta, que incluya un listado de asistentes, las observaciones que los participantes realicen y las conclusiones que se acuerden durante las mismas. Esta acta se le hará llegar al Mandante al día siguiente de efectuado el taller o reunión.

El Consultor deberá recopilar todos los antecedentes necesarios para el adecuado desarrollo de la etapa del proyecto, que le permitan además alcanzar de manera correcta el objetivo de este.

Para lo anterior, se espera la revisión, verificación y actualización de los antecedentes existentes aborde, al menos, los siguientes aspectos:

9.2.2.                        Catastros Estudio Base de Saneamiento y Servicios

El Consultor deberá informar a cada empresa de servicio que corresponda, a través de SERVIU Metropolitano, respecto de la adjudicación de su contrato, dentro de los primeros 10 días hábiles de iniciado.

La entidad oferente deberá verificar, actualizar y corregir, si corresponde, los planos de monografía entregados por el mandante, con el respaldo fotográfico requerido, a nivel de tapas de cámara, transformadores, controladores, entre otros.

El Consultor deberá desarrollar los planos de catastro, con respaldos fotográficos. Esta tarea será reportada en planos 1:500 y se separa en catastro subterráneo y aéreo:

  • Subterráneo: Esta tarea considera el catastro de redes subterránea como alcantarillado de aguas lluvias, de aguas servidas, agua potable, gas, canales, servicios eléctricos soterrados, entre otros. En una primera etapa, se consultarán las planchetas de cada servicio, con el fin de identificar las cámaras, trazados y características básicas de los ductos que la conforman. La información anterior se complementará con los antecedentes recogidos en el levantamiento topográfico, en cuanto a ubicación de cámaras, grifos, sumideros, etc., de forma de confeccionar una monografía actualizada de estos servicios. Se incorporarán también todas las características de alzado de estas para los tramos afectados, tales como cotas de anillo y fondo de cámaras, altura de entrada y salida en las cámaras, longitud, pendiente, diámetro y materialidad en cada tramo para colectores de aguas lluvias y aguas servidas. Para el agua potable se tomarán cotas de válvulas y tuberías, longitud diámetro y materialidad en cada tramo. En caso de canales existentes, se tomará su sección, entorno y detalles de los entubamientos existentes. En cuanto a las redes eléctricas soterradas, es posible reconocer en terreno las cámaras correspondientes, puesto que, por lo general se identifican el servicio en la tapa de ellas. Se confeccionará un catastro de los servicios que incluirá emplazamiento y diámetro de las redes y otros datos de relevancia. La información relativa a la ubicación y características de la red de gas existente en el área de estudio se gestionará mediante solicitud formal a la compañía de gas correspondiente y reportado en planos.

  • Aéreo: Esta tarea considera el catastro de redes aéreas como redes eléctricas, telefónicas, telecomunicaciones, TV cables, entre otros. Se identificarán mediante inspección visual, estableciéndose sus características básicas en términos de: tipo de postes, electrificación (alta, media o baja tensión), presencia de transformadores o torres de alta tensión, tipo de luminaria (sodio, mercurio, etc.), presencia de tensores, entre otros. Se usarán los antecedentes planimétricos del levantamiento topográfico para establecer la ubicación de los elementos. Sin perjuicio de lo anterior, el consultor podrá considerar complementar la información de redes eléctricas, de telecomunicaciones y otros asociados con los proveedores de los servicios correspondientes. La información recogida formará parte del catastro de servicios.

De esta manera, los catastros mínimos de los diferentes servicios se describen a continuación, sin perjuicio que el Consultor deberá incorporar todos aquellos servicios existentes:

a)      Alcantarillado, de Aguas lluvias, Aguas Servidas, Agua Potable y Canales.

En una primera etapa, se consultarán las planchetas de cada servicio, de manera de identificar las cámaras, trazados y características básicas de los ductos que la conforman.

La información anterior se complementará con los antecedentes recogidos en el levantamiento topográfico, en cuanto a ubicación de cámaras, grifos, sumideros y trazado de las redes, de forma de confeccionar una monografía actualizada de estos servicios. Se incorporarán también a la monografía, todas las características de alzado de estas para los tramos afectados. Se tomarán cotas de anillo y fondo de cámaras, altura de entrada y salida de cada colector en las cámaras de inspección, longitud, pendiente, diámetro y material de los colectores de aguas lluvia y aguas servidas en cada tramo. Para el agua potable se tomarán cotas de válvulas y tuberías, longitud, diámetro y material de las tuberías en cada tramo. En el caso de canales existentes, se tomará su sección, entorno y detalles de los entubamientos existentes.

Sin perjuicio de lo anterior, el Consultor podrá considerar la obtención de los datos y la ejecución del proyecto de modificación de servicios de agua potable y alcantarillado con la empresa proveedora del servicio.

b)      Redes Eléctricas, Telefónicas, Telecomunicaciones y TV Cables

Se recogerán antecedentes de estos servicios tanto para las redes aéreas como subterráneas. Las primeras se identificarán mediante inspección visual, estableciéndose sus características básicas en términos de:

Se usarán los antecedentes planimétricos del levantamiento topográfico para establecer la ubicación de los elementos. En cuanto a las redes subterráneas, es posible reconocer en terreno las cámaras correspondientes, puesto que, por lo general, se identifica el servicio en la tapa de ellas. Se confeccionará una monografía de los servicios que incluirá, emplazamiento y diámetro de las redes y otros datos de relevancia.

Sin perjuicio de lo anterior, el Consultor podrá considerar la obtención de la información pertinente de redes eléctricas, de telecomunicaciones y otros asociados con los proveedores de los servicios correspondientes. La información recogida formará parte de la monografía del estudio de los servicios.

c)       Redes de Gas

La información relativa a la ubicación y características de la red de gas existente en el área del estudio se gestionará mediante solicitud formal a la Compañía de Gas correspondiente. La información obtenida se incluirá en una monografía específica para este servicio.

Entregable

Formato

Plano Catastro Subterráneo

Archivo DWG Escala 1:500

Plano Catastro Aéreo

Archivo DWG Escala 1:500

Planimetría:Existente Alcantarillado / ALL / AS / AP / Canales

Archivo DWG Escala 1:500

Planimetría Existente de TELECOM

Archivo DWG Escala 1:500

Planimetría Existente de Redes de Gas

Archivo DWG Escala 1:500

d)      Condición Estructural de Pavimentos (en Cuellos de Calles y pasajes)

Se deberá verificar, actualizar y corregir, si corresponde el catastro de pavimento existente mediante auscultación visual, para evaluar la necesidad de mejoramiento del pavimento en los cuellos de vías consideradas dentro del área de influencia del proyecto. Esta tarea será útil en la medida que se identifique la necesidad de conservación, mantención o reconstrucción para asegurar un pavimento homogéneo en el área del cruce peatonal.

Dado la naturaleza del proyecto, debe incluir en el informe la presencia de:

  • Tapas de cámaras desniveladas.
  • Presencia de sumideros en área de cruces.
  • Pavimento en mal estado.
  • Existencia de soleras zarpas.
    • Tipo de pavimento (baldosas, hormigón, pastelones, adocésped, maicillo u otros) y el estado de estos, en los sectores a intervenir, entendiendo que los pavimentos deben asegurar la accesibilidad universal, por tanto, el estado de estos es fundamental dentro del proyecto.
    • Rebajes peatonales existentes y estado, enfocado a si se enmarca ono dentro de los nuevos criterios definidos en la OGUC para estos elementos.

Entregable

Formato

Observación

Informe de Auscultación

Archivo Word y PDF

El informe debe contener imágenes visibles con una descripción del tramo, y con la propuesta de mantención / reposición.

e)      Catastro de la Infraestructura Vial en el Área de Estudio

En esta tarea se verificar, actualizar y corregir, si corresponde, los planos de catastro con las características físicas y operativas de la infraestructura vial dentro del Área de Estudio. El catastro de infraestructura vial incluirá, como mínimo, la siguiente información para cada una de las vías consideradas:

Identificación de las vías: características normativas definidas en los instrumentos de planificación urbana (PRMS y PRC de las comunas mencionadas). Incluye anchos de faja normados, disposición de la faja normada respecto de la que existe en la actualidad, y los perfiles definidos a nivel comunal para la vía, en aquellos casos en que existan.

Identificación de los estrangulamientos viales. Se reportarán los anchos de faja pública existente, definiendo tramos de perfil homogéneos, e indicando las causas de los cambios observados (por ejemplo, propiedades fuera de línea, falta de materialización de calzadas, etc.). Se debe medir en terreno los perfiles tipos del eje y la longitud de los tramos identificados.

Identificación de falta de conectividad en vías planificadas como continuas, registrando las causas físicas de la falta de conexión (por ejemplo: presencia de un canal, requerimiento de expropiaciones, etc.).

Vías asociadas a los servicios de transporte público. Se incorporarán en el catastro, todas aquellas vías del Área de Estudio en que operen servicios de transporte público.

Catastro de las características operativas, considerando el sistema de control existente (diseño de fases, programaciones), señalización, sentidos de circulación, existencia de estacionamientos, número de pistas, asignación de ellas, presencia de paraderos, actividad peatonal, obstrucción de pistas y todas las características que definan la forma de operación.

Características relevantes adicionales a las viales: canales de regadío, obras de arte, puentes, pasos superiores o inferiores, diferencias de niveles naturales evidentes entre calzadas del mismo eje, etc. Estas singularidades serán identificadas en un plano, con sus dimensiones principales.

Catastro de Pavimentos para el desarrollo de las alternativas preliminares. En este contexto se admitirá un catastro basado en un procedimiento de auscultación visual que permita definir los alcances de las obras de pavimentación necesarias.

El consultor deberá además de identificar e informar acerca de los proyectos en los ejes de estudio. Los proyectos por considerar incluyen las intervenciones en aceras y calzada. Esta información deberá ser entregada en memoria explicativa y planos a escala acorde.

El Consultor deberá identificar, describir, caracterizar y diagnosticar todas las estructuras existentes que el proyecto afecte. En caso de que el proyecto afecte algún área ferroviaria, torres de alta tensión, puentes, obras de arte, estanques de cualquier tipo a la vista o soterrados y en fin, cualesquiera de ellas que fuese incidente en el desarrollo del proyecto

Entregable

Formato

Observación

Informe de Monografía de Tránsito

Archivo Word

Detalle del catastro de Los distintos ítems.

Monografía Operaciones

Archivo DWG Escala

1:500

Plano con las operaciones más relevantes y de mayor tránsito en el eje (incluye todos los modos)

Monografía Estrangulamiento

Archivo DWG Escala

1:500

Plano que identifique las zonas de mayor tránsito, identificando una escala de colores de acuerdo con la cantidad de flujo peatonal.

f)        Catastro Paisajismo

El Consultor deberá sobre un nuevo plano topográfico, verificar, actualizar y corregir, si corresponde, lo siguiente: Árboles, para esto se les asignó un número correlativo, de un color determinado, a cada especie existente en el área a intervenir, dicho número está detallado en la ficha de “Vegetación Arbórea Existente”, según el siguiente detalle.

A. Ficha de Vegetación Arbórea Existente

Foto Ejemplar

(Incluir foto)

Número identificador del plano

PH_A_DU.A00X

Nombre Científico

(Completar)

Nombre Común

(Completar)

Edad Aproximada

(Completar)

Estado Fitosanitario

(Completar)

Presencia de daños morfológicos

(Completar)

Tamaño (Altura)

(Completar)

Diámetro de Tronco

(Completar)

Diámetro Aproximado de Copa

(Completar)

Arbustos, para esto se les asignó un número correlativo, de un color determinado, a cada especie existente en el área a intervenir, dicho número está detallado en la ficha de “Vegetación Arbustiva Existente”, según el siguiente detalle.

B. Ficha de Vegetación Arbustiva Existente

Foto Ejemplar

(Incluir foto)

Número identificador del plano

PH_A_DU. B00X

Nombre Científico

(Completar)

Nombre Común

(Completar)

Estado Fitosanitario

(Completar)

Presencia de daños morfológicos

(Completar)

Tamaño (Altura)

(Completar)

Diámetro

(Completar)

g)       Áreas de Césped y Cubresuelos.

El resultado de esta tarea será presentado en un plano y una memoria del contexto vegetal presente en el área a intervenir, donde se realice un análisis de la vegetación existente, definiendo especies predominantes, cantidad especies nativas, autóctonas e introducidas, problemas sanitarios predominantes (plagas, enfermedades, pestes), elementos singulares, etc.

Entregable

Observación

Plano Monografía de Catastro de Paisajismo

Archivo DWG Escala 1:500

Incluir las simbologías de los elementos, además de los números de ficha de A, B y C, según corresponda.

Informe de Vegetación

Archivo Word

Se deben completar

Existente

Las fichas presentadas anteriormente, en base al plano de catastro.

h)      Catastro Diseño Urbano

En las fajas de uso público previstas en los instrumentos de planificación de nivel metropolitano y comunal en el Área de Estudio; en particular, las dimensiones de dichas fajas y su posición respaldadas mediante Certificados de Informes Previos (CIP). Dichos Certificados se deberán entregar al menos en intersecciones PRMS y cambios de faja oficial (ancho y emplazamiento) en los ejes de estudio.

Antecedentes que conformen condicionantes relevantes del diseño, si sus características físicas o las consecuencias sociales de una eventual afección pudieran incidir en la factibilidad de las obras proyectadas. Buenos ejemplos de tales elementos son:

  • Edificios de más de cuatro pisos.
  • Monumentos nacionales
  • Zonas típicas
  • Ferias Libres
  • Animitas
  • Patrimonio Arquitectónico
  • Sectores de conservación
  • Inmuebles de conservación (para todos los casos indicados se exigirá reportar el documento legal que definió tal denominación)
  • Edificaciones de interés histórico
  • Plazas, parques, arboledas de relevancia y árboles monumentales
  • Colegios y equipamiento educacional
  • Iglesias y lugares de culto en general
  • Tendidos de alta tensión
  • Cursos de agua
  • Conductos subterráneos
  • Obras de arte de grandes dimensiones. Proyectos existentes o proyectados: Líneas de Metro (trazado, cotas de la clave, del túnel y de los rieles, etc.) Autopistas, Vespucio, etc.

Los elementos urbanos físicamente discernibles cumplen ciertas funciones y tienen asociados valores objetivos y subjetivos. Asimismo, pueden existir valores urbanísticos propios del lugar e independientes de funciones específicas. Unos y otros deben ser identificados y asumidos por el consultor para que formen parte del cúmulo de antecedentes que se manejan en un estudio de esta naturaleza; no solo para definir modificaciones, reposiciones y compensaciones teóricas, sino muy especialmente para analizar la factibilidad social y política de las obras que se propongan.

Se verificará, actualizará y corregirá, si corresponde, los planos de catastro entregados por el mandante de todos los usos normativos, la información recopilada deberá ser presentada gráficamente, asignando un área de color, a las distintas áreas definidas en la ordenanza municipal. De igual manera, se deberán catastrar, los usos reales existentes en los bordes que conforman la faja vial a intervenir, y su densidad, para dar un adecuado tratamiento a cada uno dentro del proyecto. La información recopilada deberá ser presentada gráficamente, asignando un color al polígono que define el volumen, detallando en el su uso y densidad.

La recopilación de la información y su posterior análisis deberán orientarse a respaldar fundamentos de diseño urbano y evaluación de impactos urbanos de las alternativas, en términos de orden espacial, atendiendo los elementos que se describen a continuación.

Funcionalidad

Habitación

Comercio

Esparcimiento

Desplazamientos Peatonal y

Vehicular

Significación

Jerarquía

Rango

Lectura Percepción

y

Patrimonio

                                                                                                                        

Otros hitos relevantes de diseño urbano, como plazas (levantamiento completo, áreas de césped, circulaciones, juegos infantiles, etc.), vegetación protegida, juegos infantiles, áreas de máquinas de ejercicios, etc.

Mobiliario urbano existente: escaños, basureros, quioscos, luminarias, paletas publicitarias, vallas peatonales, paraderos, estacionamiento bicicletas, esculturas, y cualquier otro elemento que forme parte de la superficie. Para esto, y de la misma forma que árboles y arbustos, se les deberá utilizar un número correlativo, de un color determinado, a cada ejemplar existente en el área a intervenir. Dicho número deberá ser detallado en la ficha de “Mobiliario Urbano Existente”.

C.                         Ficha Mobiliario Urbano Existente

Foto Ejemplar

(Incluir foto)

Número identificador del plano

PH_A_DU. C00X

Tipo (escaños, basureros, quioscos, luminarias, paletas          publicitarias,                   vallas                peatonales, paraderos, estacionamiento bicicletas, esculturas, etc.)

(Completar)

Modelo

(Completar)

Estado (Bueno, Regular, Malo)

(Completar)

El resultado de esta tarea será presentado en un plano (o más planos, según las necesidades que se detecten durante el desarrollo del Estudio), y una memoria que deberá ser acompañada por las fichas identificadoras de cada elemento enumerado en el plano.

Además, se deberá realizar un análisis del espacio público en general, indicando carencias y estado de lo observado en el entorno.

Entregable

Observación

Plano Monografía de Catastro de Diseño

Urbano

Archivo DWG Escala 1:500

Incluir las simbologías de los elementos, además de los números de

ficha de A, B y C, según corresponda.

Archivo Word

Se deben completar las fichas

presentadas anteriormente, en base al plano de catastro.

9.2.3.                        Recopilación de información en terreno

Las actividades que se describen a continuación tienen por objetivo levantar información de terreno que sirva para alimentar decisiones respecto al diseño definitivo de los ejes en estudio, en particular respecto a las dimensiones y definiciones de emplazamiento de las facilidades peatonales que se deben desarrollar.

Es por ello por lo que, tanto en el proceso de levantamiento de la información, como en su posterior análisis, se debe poner énfasis en entender las características particulares de los ejes y su entorno, así como también las de los usuarios actuales y futuros.

Toda la información recopilada deberá ser graficada en un solo plano, donde cada punto evaluado (uso de bordes, Análisis de Conflictos Operacionales, Información de Accidentes), constituirá una capa del archivo. De esta manera, será posible evaluar los puntos donde esta información se traslapa, lo que definirá Zonas de Conflicto a las que se les deberá prestan atención especial dentro del diseño.

  • Análisis de Conflictos Operacionales

En este punto se busca identificar áreas de conflicto operacional, entendido como tal aquellas áreas donde confluyen distintos actores viales (peatones, ciclistas y vehículos motorizados); lo que genera un mayor roce entre ellos. Por ejemplo, la existencia de veredas, paraderos y/o accesos vehiculares.

La información recopilada deberá ser presentada gráficamente, asignando un círculo de color, con diámetro mayor a áreas de mayor conflicto, el que deberá ir disminuyendo y cambiando de tonalidad en la medida que bajen los niveles de conflicto.

  • Información de accidentes

En esta tarea se deberá recopilar y catastrar el total de accidentes que hayan ocurrido en los ejes de estudio durante los últimos 3 años, tomando en consideración información de accidentes proporcionado por unidades como Carabineros de Chile, CONASET, UOCT, entre otros. Además, se deberá detallar la tipología, frecuencia, ubicación de dicho accidente e identificación de las posibles causas.

La información recopilada deberá ser presentada gráficamente, asignando un círculo de color, con diámetro mayor a los puntos donde existe de mayor accidentabilidad el que deberá ir disminuyendo y cambiando de tonalidad en los puntos donde bajen los accidentes. Con esto, se podrá identificar los puntos de mayor peligro dentro del eje, los que luego, en la etapa de diseño podrán trabajarse con mayor detalle para mitigar las deficiencias de seguridad vial y peatonal existentes en estas áreas.

  • Mediciones Peatonales

Con el fin de relacionar la propuesta con el programa existente, se deberá analizar por medio del catastro todos los elementos y aspectos que el lugar de intervención entrega: los hitos y áreas relevantes relacionadas con transporte público, vivienda, equipamiento, áreas verdes presentes en el lugar y la observación del espacio público, siendo fundamental el análisis del cota cero y la búsqueda de bordes blandos, para lo que el consultor deberá considerar la Guía “La Dimensión Humana en el Espacio Público” 2017.

Para esto, con la información recopilada en la etapa A, el equipo técnico del consultor y la contraparte Serviu, definirán puntos de mayor concentración peatonal, donde deberán realizar el análisis del espacio público de peatones y ciclistas, registro de permanencia y análisis de calidad del espacio público. Los conteos y registros de permanencia deberán realizarse en un periodo de 12 horas, de un jueves y de un sábado, que no correspondan a la víspera de un feriado ni en periodo de vacaciones escolares.

  • Conteos y caracterización de peatones: periodo de observación 12 horas, conteos durante los primeros 10 minutos (Minuto 1 a 10) de cada hora en al menos 18 puntos a definir por el mandante.
  • Registros de permanencia: Periodo de observación 12 horas, recorrido durante los terceros 10 minutos (Minuto 21 a 30) de cada hora en al menos 18 puntos a definir por el mandante.
  • Análisis de la calidad del espacio público: Los observadores realizarán un recorrido con luz diurna y un recorrido durante la noche para registrar la calidad del espacio público.

El consultor deberá organizar un equipo de al menos 20 personas, estudiantes universitarios, de preferencia de carreras como arquitectura y sociología, y deberá asegurar que realicen las actividades descritas previamente a lo menos dos días: Un jueves y un sábado. Para lo anterior, deberá entregarles sus respectivas colaciones, y proveerles las condiciones mínimas básicas, como seguridad y accesos a servicios higiénicos.

Los recorridos, punto de observación, formatos y forma de registro de la información recogida en las jornadas de observación serán instruidos y definidos por el mandante. El consultor deberá procesar, sistematizar y analizar la información. El proceso deberá ser documentado y registrado mediante fotos y videos.

Por medio de este completo análisis y registro el consultor podrá diseñar un proyecto adecuado a su contexto inmediato.

  • Mediciones y análisis de los flujos peatonales y permanencias.

El consultor deberá definir los puntos o zonas relevantes del área de proyecto y deberá observar la vida pública que se desarrolla en el área de intervención; es decir, los desplazamientos, a través de un registro de personas en movimiento y en permanencia, para el que se puede considerar los lineamientos de la Guía “La Dimensión Humana en el Espacio Público” 2017. Los puntos de observación deberán ser aprobados por la comisión técnica. Esto permite el desarrollo de una propuesta adecuada al uso real del espacio público.

Para el diseño de un desplazamiento seguro, el análisis de la funcionalidad existente es fundamental para prever el uso del espacio público, así también como el análisis de los elementos arquitectónicos y paisajísticos, lo que ayuda a plantear una correcta adecuación morfológica y medioambiental del proyecto con su entorno.

Entregable

Plano Monografía Información en terreno

Archivo DWG Escala 1:500

9.2.4.                        Planos de levantamiento topográfico

La consultora deberá realizar un levantamiento topográfico de toda el área de intervención del terreno y de los pavimentos y superficies existentes contiguas al área a ejecutar. Debe responder a una escala de representación de 1:500, con curvas de nivel cada 0,25 m. Este levantamiento será proyectado planimetricamente a un sistema LTM/PTL (parámetros definidos en Anexo N°12 o postulados por la consultora) desde el sistema de referencia SIRGAS a través de tecnología GNSS y vinculado a puntos georreferenciados de SERVIU Metropolitano, IGM o Bienes Nacionales, los cuales deberán ser presentados a SERVIU Metropolitano en los informes correspondientes. La referencia altimétrica será al Nivel Medio del Mar, vinculado a puntos georreferenciados de SERVIU Metropolitano, IGM o Bienes Nacionales. Los procedimientos topográficos serán desarrollados de acuerdo con lo requerido para estos fines por el SERVIU Metropolitano

Se solicitará una ortofoto georreferenciada al sistema de coordenadas del proyecto considerando el total de la zona de estudio, con un tamaño de pixel mínimo de 5 cm/px.

Se deberán materializar los puntos de referencia pertenecientes a la poligonal del proyecto, según especificaciones del Anexo N°12, de manera de asegurar el replanteo de cualquiera de los puntos del proyecto, en cotas y coordenadas.

Las mediciones realizadas en terreno deberán responder a una metodología consistente, con la finalidad de facilitar la interpretación de la información y conformar de manera más completa la superficie del estudio. El levantamiento de información topográfica deberá considerar la correcta densificación de puntos en los límites del estudio y en los cambios de pendientes, con la finalidad de permitir el correcto modelamiento digital del estudio. En sectores con abundante vegetación, se recomienda, tomar los resguardos y controles necesarios para evitar, atenuar y controlar los errores producidos por multipath en levantamientos con tecnología GNSS.

Los requerimientos y exigencias topográficas deberán desarrollarse según lo detallado en Anexo N°12 y el Capítulo N°6 Especificaciones Técnicas Topográficas y Geodésicas del Manual de Obras de Vialidad, Pavimentación y Aguas Lluvias.

Antes de iniciar las labores en terreno, el consultor deberá enviar un informe de planificación al encargado del contrato, quien lo remitirá a la Sección de Georreferenciación. Este informe debe detallar la poligonal propuesta, las sesiones y tiempos de medición, la metodología de levantamiento y los instrumentos a utilizar (según lo detallado en Anexo N°12). Además, debe estar firmado por el profesional Ingeniero Geomensor o Técnico Topográfico, responsable de la labor topográfica. Es importante destacar que las labores topográficas no podrán comenzar sin la aprobación de esta planificación.

El levantamiento topográfico deberá contener todos los elementos existentes en superficie con su respectiva altimetría.

Se establecen las siguientes categorías, que se deben considerar, como mínimo, para los planos de preexistencia y levantamiento topográfico en el área de intervención. Se incluirá un cuadro de simbología para las distintas categorías identificadas, además SERVIU Metropolitano, una vez iniciada la consultoría, pondrá a disposición de la consultora, para facilitar la identificación y asignación de los elementos topográficos, una plantilla de dibujo (.dwt) que podrá utilizar a su criterio.

Los elementos y categorías mínimas a considerar en el levantamiento topográfico son:

-          Vialidad (Aceras, veredas, bandejones, paseos peatonales, sendas de circulación, ciclovías, entre otros).

-          Calzadas, soleras y rebajes de solera.

-          Instalaciones deportivas, juegos infantiles, sedes sociales en el área de estudio, entre otras.

-          Sumideros, canaletas y cámaras.

-          Canales y/o acequias existentes dentro del área de estudio. (Planta, perfiles longitudinales, perfiles transversales, entre otros).

-          Límites de intervención del área de estudio, líneas de edificación, límites de propiedad, deslindes y cierros existentes.

-          Servicios públicos (cámaras de alcantarillado, agua potable, grifos.)

-          Cursos de agua.

-          Señalética y demarcaciones.

-          Postación (vial, peatonal y tirantes).

-          Vegetación (Árboles, arbustos, césped, tocones y árboles muertos).*

-          Tasas y/o alcorques existentes.

-          Radieres.

-          Entradas Peatonales a nivel de línea de edificación.

-          Entradas Vehiculares a nivel de línea de edificación.

-          Rebaje de solera.

-          Elementos ferroviarios.

-          Delimitaciones y descripción de materialidad.

-          Accidentes topográficos en general.

-          Mobiliario urbano.

-          Todo elemento identificado en el área de intervención que afecte al posterior diseño, ejemplo jardines informales.

*Para el levantamiento de árboles, considerar al menos 2 puntos para determinar orientación y diámetro de base o cualquier singularidad conformada por sus raíces.

Ilustración 1: Ejemplo de toma de puntos topográficos para un árbol con raices superficiales.

En caso de existir más elementos superficiales que no estén en la lista previamente mencionada, estos deben ser registrados.

Sobre los ejes principales se realizará un eje longitudinal, tomándose puntos cada 10 metros. Estos ejes se definirán en todas las áreas en que sea necesario definir obras de modificación, en especial, en tramos de pavimentos nuevos, tramos de rehabilitación de pavimentos y tramos en que se modifique la disposición transversal del perfil.

En el levantamiento topográfico se deben indicar claramente las calles aledañas al proyecto, destacando sectores importantes con sus respectivos nombres, tales como; construcciones existentes, conjuntos habitacionales, vías existentes, espacios públicos construidos, áreas verdes y cualquier información que se considere importante para el proyecto.

El levantamiento topográfico se complementará con un levantamiento de todos los servicios existentes en el sector (canales, colectores, etc.). Deberá indicar expresamente las calles perpendiculares al eje en estudio, y destacar los sectores importantes con sus nombres, ya sean colegios, iglesias, consultorios, hospitales, retenes de Carabineros, etc. También deberá destacar las infraestructuras relevantes; puentes, pasarelas, entre otras.

Se deberá considerar el levantamiento topográfico de las calles que están fuera del perímetro de diseño, en una longitud estimada de 50 metros, con el objetivo de garantizar un correcto empalme en términos de pavimentos y saneamiento de las aguas.

Se deben entregar los siguientes documentos y planos como parte de la entrega de Topografía:

•          Informe de Planificación Topográfica, firmado por profesional competente, en el cual se indique la metodología, la densificación de redes geodésicas a realizar, el equipamiento topográfico y humano.

•          Informe Topográfico firmado por profesional Ingeniero Geomensor o Técnico Topógrafo, en el que se desglose equipo y equipamiento, características y metodología de trabajo.

•          Nube de puntos del levantamiento en formato CSV.

•          Ortofotomosaico obtenida del levantamiento.

  • En caso de utilizar fotogrametría para generar productos topográficos, incluir informe  fotogramétrico correspondiente.

•          Archivo en formato dwg con el trazado de componentes arquitectónicos, de vialidad, infraestructura y paisajismo presentes en el área topografiada.

•          Planimetría de Planta y perfiles longitudinales y transversales cada 10 metros del levantamiento completo.

•          Curvas de nivel cada 0.25 cm en formato DWG.

•          Archivo topográfico preferentemente en AutoCad Civil 3D.

•          Superficie topográfica depurada en formato .xml y/o incluida en archivo de trabajo, preferentemente AutoCad Civil 3D.

•          Certificación de instrumentos topográficos y geodésicos.

•          Verificación de instrumentos geodésicos.

•          Certificado de título de profesional responsable.

•          Monografía de nuevos vértices instalados.

Los planos deberán considerar en la Viñeta los antecedentes del profesional responsable, nombre, Rut, teléfono, correo electrónico, dirección, etc., además de orientación y antecedentes técnicos respectivos. La Consultora deberá proporcionar en una lámina el levantamiento topográfico general, como también deberá entregar en láminas independientes por temática, a una escala que permita su lectura, indicando cuadro de simbología de las distintas categorías identificadas.

Topografía de saneamiento, drenajes y canales de regadío

Si corresponde de acuerdo al proyecto, se deberán ejecutar los trabajos de topografía necesarios para el diseño de las obras de drenaje y saneamiento. Además, se deberán verificar los caudales que son capaces de evacuar las obras existentes, por lo que se hace necesario disponer de los datos de terreno para la determinación de pendientes, velocidades, gastos, etc. Se deberán tener presentes los problemas de saneamiento tanto longitudinal como transversal de los ejes principales, de las intersecciones a nivel y desnivel, y cumplir con todos los requisitos exigidos por particulares para el uso de canales como elementos de evacuación.

Las soluciones a plantear deben ser definitivas y comprobadas con Certificados de Factibilidad de los organismos públicos o particulares que correspondan.

En el caso de incorporar información relativa a canales de regadío se debe considerar la siguiente información:

-      Ubicación de tranque de agua y dimensiones.

-      Trazado de acequias o canales de regadío.

-      Cotas de canales existentes cada 5 metros.

-      Perfiles transversales de canales existentes.

-      Perfiles longitudinales de canales existentes.

-      Fotografías de canales existentes.

-      Entubamiento, cámaras, dispositivos hidráulicos, etc.

-      Decantador.

-      Materialidad de entubamientos existentes.

-      Obras de arte de importancia.

-      Estado actual, la que debe ser acompañada por fotografías.

-      Cuadro de Simbología.

-      Viñeta.

-      Plano de Ubicación del área a intervenir.

Topografía de sectores especiales

Si corresponde, de acuerdo con el proyecto, se deberán ejecutar trabajos de topografía de sectores especiales. Se considerarán zonas especiales aquellas donde se vayan a materializar obras de arte de cierta importancia (defensas, abovedamiento, muros, sifones, etc.) o según lo defina el encargado del contrato. En estos sectores se deberá ejecutar un levantamiento a escala 1:200 con curvas de nivel cada 0, 10 m y siempre en estricta concordancia con el sistema coordenado del plano general.

9.3.   DIAGNÓSTICO INTEGRAL

En esta tarea se debe integrar la información recopilada, con el fin de considerar la eventual relación entre las distintas causas de los conflictos identificados. Con esto es posible decidir fundadamente sobre la mejor forma de resolverlos, y orientar la formulación de soluciones.

El plano de diagnóstico integral debe sintetizar en forma gráfica y localizada las condicionantes más relevantes del proyecto y las potencialidades que éste plantea.

Este plano busca presentar de manera resumida las conclusiones del diagnóstico y permitir la consulta fácil y expedita, de la información clave, en las etapas posteriores y debe contener al menos la siguiente información:

  • Categoría de vías.
  • Ancho de faja según normativa y ancho de faja existente.
  • Usos de suelos predominantes y relevantes.
  • Accesibilidad vehicular y peatonal de borde.
  • Usuarios motorizados y no motorizados predominantes.
  • Puntos o edificios singulares en torno al área de intervención en el espacio privado (patrimoniales, otros).
  • Hitos y elementos geomorfológicos en el área de intervención (elementos construidos, patrimoniales, geográficos, monumentos, accidentes, barreras, pendientes, zonas de riesgo, etc.).
  • Actividades o eventos relevantes del espacio público o privado (ceremonias, ferias, etc.).
  • Cruces, intersecciones y nudos viales de importancia (semaforizados, desnivelados, informales, etc.).
  • Espacios públicos, áreas verdes y líneas de arborización relevantes.
  • Puntos de trasbordo, de restricción de flujos y de alta densidad peatonal o vehicular.
  • Proyectos programados de infraestructura o inmobiliarios relevantes.
  • Estructuras y obras especiales (canales, túneles, puentes, viaductos, vías férreas, autopistas, metro, tendidos de alta tensión, colectores mayores, etc.).
  • Condiciones ambientales especiales (viento, lluvia, hielo, nieve, marejadas, crecidas, etc.).
  • Zonas congestionadas y accidentabilidad.
  • Zonas de inseguridad ciudadana.

La escala de presentación del plano de diagnóstico integral depende del tipo de proyecto y su entorno, el objetivo es que desde una óptica general se aprecien las oportunidades y se entiendan las condicionantes de diseño que debe enfrentar el analista.

De esta forma, las condicionantes levantadas son consideradas por las soluciones propuestas y al avanzar en el desarrollo del proyecto, éstas se precisan a partir de los estudios de base complementarios.

Entregable

Plano Monografía Información en terreno

Archivo DWG Escala 1:500

9.4.               PARTICIPACION CIUDADANA Y COMUNICACIONES

Para esta especialidad se debe acoger lo indicado en anexo 13 Informe Participación Ciudadana que acompaña las presentes bases.

9.5.               ENTREGA FINAL ETAPA A

Al término de la etapa, el consultor deberá hacer entregar una memoria explicativa, planos a escala 1:500, Informe de Avance correspondiente (el contenido del informe deberá ser validado por la contraparte Serviu y corresponderá a la recopilación de la información trabajada en la etapa y presentada en los talleres). Adicionalmente, esta información deberá ser entregada en archivos digitales georreferenciados y en formato shape (shp), como lo indica el Anexo N° 10 Bases Topográficas.

El informe deberá incluir las aprobaciones municipales al trazado estudiado. Todas las aprobaciones, son responsabilidad única del consultor y deberán acompañar al informe final al minuto del ingreso.

La entrega deberá realizarse en dos formatos, digital y papel, el primero deberá ser entregado en un cd y en una nube de almacenaje en internet, mientras que el segundo deberá imprimirse una reducción a tamaño doble carta del formato A1 laminado en la entrega digital, indicando el porcentaje de reducción realizado.

Producto

Cantidad Medio Físico

Cantidad Medio Digital

Formato de Entrega

Informes / Memorias Explicativas

6

10

Formato Carta

Planos / Monografías

5

10

Formato A3

  1. ETAPA B ANTEPROYECTO

En esta etapa se debe cotejar en terreno toda la información que permita llevar el diseño a nivel de anteproyecto para todas las especialidades que intervienen en él. Además, deberá considerar en el diseño, resultados de las jornadas de Participación Ciudadana realizadas, con las observaciones pertinentes y factibles de realizar. Con esta información se deberán evaluar distintas alternativas para solucionar áreas de conflictos y puntos duros, que serán evaluadas en los talleres; a la mesa técnica le corresponderá definir y validar, considerando la mejor alternativa para el proyecto. Esté proceso establecerá la línea de base para el diseño de los anteproyectos de cada especialidad, los que deberán ser entregados al final de la etapa con sus respectivas aprobaciones y factibilidades. Dicha información será entregada al consultor por el mandante.

En relación con los anteproyectos por modificación de servicios, se deberán ingresar en esta etapa, a los organismos respectivos, con la finalidad de adelantar revisiones y observaciones que pudieran surgir durante la etapa siguiente.

Con los antecedentes disponibles y las definiciones realizadas en la etapa anterior se realizará el desarrollo de los anteproyectos. Entendiendo por Anteproyecto la fase del trabajo en la que se exponen los aspectos fundamentales de las características generales de la obra ya sean funcionales, formales, constructivas o económicas, con el objeto de proporcionar una primera imagen global de la misma y establecer un avance de presupuesto.

En esta etapa se incluirá la ejecución de los anteproyectos, cuadros y actividades que se indican en los puntos que siguen a continuación.

10.1.  ANTEPROYECTO DE PAVIMENTACION

A partir de los catastros de infraestructura obtenidos desde la Etapa A, se generará el anteproyecto de pavimentación. En él se detallarán los tipos de pavimento que se construirán, demolerán, etc.; así como los perfiles tipo con indicación de espesores y parámetros relevantes de diseño. Además, se realizarán los perfiles longitudinales y transversales de cada eje replanteado.

El anteproyecto de Pavimentación se presentará en plano de planta a una escala adecuada (ej. 1:500), debiendo entregar los siguientes planos:

  • Planta de Pavimentación.
  • Planta de Demolición.
  • Perfiles Longitudinales.
  • Perfiles Transversales.
  • Planta Esquinas y Áreas de Cruce (Esc. 1:200)
  • Detalles

En esta etapa, es necesario definir la estructura de pavimento de veredas y los bombeos acordes para el correcto funcionamiento del diseño, tanto geométrico como de evacuación de aguas.

10.2.  ANTEPROYECTO DE SANEAMIENTO DE AGUAS LLUVIAS

En el caso de ser necesario y para dar solución a los problemas de acumulación de aguas lluvias sobre la ruta accesible, deberá considerar el desarrollo del anteproyecto de Saneamiento de Aguas Lluvias, el que deberá contar con la factibilidad de descarga de aguas lluvias, de modo de poder definir la materialidad y diámetros del colector del proyecto.

Así también deberá presentar plano de planta, perfiles longitudinales, perfiles transversales tipo y plano de detalles. Lo anterior será acompañado de la cubicación en detalle y presupuesto del anteproyecto.

Será necesario, en esta etapa, detectar y presupuestar posibles interferencias entre lo proyectado, el colector de aguas lluvias y las obras existentes de canales de riego, redes de agua potable y aguas servidas.

10.3.  ANTEPROYECTO DE DISEÑO URBANO

El anteproyecto de Diseño Urbano tiene tres aristas de trabajo, que en conjunto forman la imagen urbana pensada para el proyecto. La primera consiste en el desarrollo del espacio público y de los elementos que le dan forma, la segunda está enfocada en el desarrollo del Proyecto de Accesibilidad y el tercero está enfocado a la masa vegetal que apoya propuesta de imagen urbana. Cada una deberá ser trabajada íntegramente para lograr un proyecto cohesionado que sea un aporte al entorno.

El proyecto de Diseño Urbano (Espacio Público, Paisajismo y Riego) deberá contar con la aprobación del Departamento de Aseo y Ornato del Municipio, la que deberá ser entregada mediante Oficio y adjuntada en la entrega de la etapa.

10.3.1.   Espacio Público

El consultor deberá entregar un anteproyecto de Espacio Público donde se defina una imagen urbana propia para el área a intervenir. Además, deberá entregar una memoria que permita entender los lineamientos generales de la propuesta y sus criterios de intervención. Justificando la elección de cada elemento que la compone y su ubicación en el espacio público. Para esto la entrega deberá considerar:

  • Planta Espacio Publico
  • Cortes
  • Memoria

10.3.2.                    Accesibilidad

El consultor deberá entregar un anteproyecto de Accesibilidad, El consultor deberá entregar un anteproyecto que asegure el uso, permanencia y desplazamiento de todas las personas en forma autónoma y sin dificultad, incluidas las personas con discapacidad, especialmente aquellas con movilidad reducida.

Para esto la entrega deberá considerar:

  • Plano Ruta Accesible, a escala a definir con el encargado del proyecto, que dé cuenta del cumplimiento de las normas sobre accesibilidad universal que establece el artículo 2.2.8. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y las presentes Bases Técnicas.
  • El plano de singularidades (Cruces) entendiendo que éstos consideran las cuatro esquinas que lo componen. Se deberán entregar plantas escala 1:100, debidamente acotadas, con los porcentajes de pendientes de rebajes peatonales y planos inclinados propuestos, además de los puntos altimétricos que permitan corroborar las pendientes de las rampas declaradas. Junto con ello, se deberán entregar cortes y detalles que permitan entender correctamente la solución propuesta.
  • Memoria de accesibilidad, la que deberá ser suscrita por el arquitecto diseñador del proyecto y en ella se deberá demostrar el cumplimiento de las disposiciones de accesibilidad universal definidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, además de otras que se desee incorporar tendientes al mismo fin. Así como también, en esta se fundamentan las soluciones propuestas, identificando los sectores donde debido a preexistencias ajenas al proyecto, sea imposible acoger dichas disposiciones.

10.3.3.                    Paisajismo

El consultor deberá entregar un anteproyecto de paisajismo, para toda el área a intervenir, definiendo ubicación y características para las distintas especies vegetales, además de una memoria, donde se definan los parámetros de conservación, extracción, trasplante y protección para las especies existentes y la paleta vegetal propuesta, orientando siempre el anteproyecto a una propuesta sustentable, privilegiando un paisajismo xerófilo (de bajo requerimiento hídrico). Lo anterior busca, asegurar un mejor aprovechamiento del agua y los recursos disponibles. Para la definición de la paleta vegetal, se deberá trabajar con el Departamento de Aseo y Ornato del municipio y se actuará según sus indicaciones.

La entrega deberá considerar:

  • Plano de Plantación
  • Plano de Extracciones y Trasplantes
  • Memoria

10.4.            ANTEPROYECTO RIEGO

El consultor deberá entregar un anteproyecto de riego para toda el área a intervenir. Para esto, se deberá trabajar con el Departamento de Aseo y Ornato del municipio, en la definición del tipo de riego a utilizar y se actuará según sus indicaciones.

La entrega deberá considerar:

  • Planta de Riego
  • Factibilidad de Agua Potable

10.5.            ANTEPROYECTO SEGURIDAD VIAL

El consultor deberá proyectar todas las obras necesarias para garantizar el máximo de seguridad y legibilidad de los dispositivos y elementos de circulación tanto de peatones como ciclistas y vehículos. Esta tarea no solo deberá mostrar la señalización y demarcación proyectada, sino que indicar si la señalización existente debe ser eliminada, trasladada o mantenida considerando en el análisis la correcta visualización de estos elementos.

Se deberán entregar los siguientes planos:

  • Planta de señalización y demarcación (indicando elementos a eliminar o trasladar)
  • Planta de desvíos de tránsito y obras complementarias.

10.6.            ANTEPROYECTO DE ILUMINACIÓN

El consultor deberá presentar disposición en planta de todas las luminarias proyectadas, incluyendo Viales, Peatonales y Ornamentales (para áreas verdes u otros), con el respectivo diseño de las mismas y, en segundo lugar, el “Estudio Lumínico” que respalde dicha propuesta en conformidad a la normativa vigente; Decretos Supremos N° 51 y N°2 del Ministerios de Energía. Dicho Estudio Lumínico deberá realizarse considerando “Clase de Alumbrado tipo P1”.

10.7.            ANTEPROYECTO DE SEMAFORIZACIÓN (PEATONAL)

El consultor deberá entregar un Anteproyecto de Semaforización, el que debe contener, a lo menos, lo siguiente: Estudio de Justificación de semáforo peatonal de acuerdo con metodología UOCT.

Catastro físico y operacional del área de influencia del Proyecto

Planimetría base de todas las intersecciones que se proyectarán o modificarán por el proyecto, en escala 1:500 Planimetría de todas las fases operativas, actuales y las proyectadas para primera revisión del proyecto, en escala 1:500

10.8.            ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE SERVICIOS

Durante esta etapa se deberán realizar todas las gestiones que sean necesarias, con las empresas de servicios, para lograr contar con la documentación que permita desarrollar los anteproyectos de modificación de servicios.

Se deberán realizar los ingresos a los organismos revisores con la finalidad de presentarlos en esta etapa y poder ajustar el diseño preliminar antes de pasar a la etapa final.

10.9.            ANTEPROYECTO DE DESVÍO DE TRÁNSITO

El Consultor deberá realizar un catastro físico y operativo de toda el área de influencia del proyecto. La información deberá ser presentada de la siguiente manera:

Planimetría base en escala 1/500 con la situación actual y proyectada

Memoria Técnica resumida de la situación actual y proyectada, con los circuitos viales y peatonales. Planimetría con señalización y demarcación actual en toda el área de influencia, en escala 1/500

10.10.        ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

El Consultor deberá desarrollar las especificaciones técnicas relativas a todos los anteproyectos, teniendo especial cuidado en considerar para el área vial, el Código de Normas y Manual de Pavimentación y Aguas Lluvias de Serviu Metropolitano vigente.

10.11.        CUBICACIONES Y PRESUPUESTO ESTIMATIVO

Las obras se cubicarán a nivel de Anteproyecto, de forma de obtener Presupuestos Estimativos de cada especialidad y del total del Proyecto.

10.12.        CONSIDERACIONES ESPECIALES

Si en el desarrollo de las especialidades en la etapa de Anteproyecto, se presentaran condiciones que hicieren, que el proyecto no cumpliere con las condiciones técnicas o económicas que permitan su materialización posterior, el Mandante tendrá derecho a poner término anticipado al eje estudiado y por consiguiente, no se continuara con las etapa siguiente, diseño de la ingeniería de detalles.

10.13.        PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COMUNICACIONES

Para esta especialidad se debe acoger lo indicado en anexo 12 Informe Participación Ciudadana que acompañan las presentes bases.

10.14.        ENTREGA FINAL ETAPA B

Al término de la etapa, el consultor deberá hacer entrega de un informe, en formato carta letra Calibri 11. Previo a la entrega, el contenido del informe deberá ser validado por la contraparte Serviu y corresponderá a la recopilación de la información trabajada en la etapa y presentada en los talleres, al análisis realizado a cada eje en base a la bibliografía.

El informe deberá incluir las aprobaciones de todos los organismos involucrados en esta etapa respecto al trazado estudiado y diseño preliminar. Todas las aprobaciones son de responsabilidad única y exclusiva del consultor y deberán acompañar al informe final de esta etapa.

Para los planos la escala de dibujo será 1:500 para las plantas, 1:500 perfiles longitudinales, horizontal y 1:50 vertical Para los detalles, utilizar 1:20 o 1:25. Sin perjuicio de lo anterior, el Encargado de Proyecto podrá solicitar escalas diferentes de acuerdo con necesidades especiales para los detalles.

La entrega deberá realizarse en dos formatos, digital y papel, el primero deberá ser entregado en un cd y en una nube de almacenaje en internet, mientras que el segundo deberá imprimirse una reducción a tamaño doble carta del formato A1 laminado en la entrega digital, indicando el porcentaje de reducción realizado.

Producto

Cantidad Medio Físico

Cantidad Medio Digital

Formato de Entrega

Informes / Memorias Explicativas

6

10

Formato Carta

Planos / Monografías

5

10

Formato A3

  1. ETAPA C: PROYECTO DEFINITIVO

En esta etapa, el Consultor deberá desarrollar el proyecto definitivo, es decir, todos los elementos necesarios para definir cabalmente el proyecto y sus antecedentes que permitan a SERVIU Metropolitano Comenzar con el proceso de licitación para la ejecución de las obras.

El consultor deberá entregar al inicio de cada etapa, el cronograma de trabajo en terreno, talleres de trabajo, reuniones de avance, reuniones de coordinación y mesas de trabajo a realizar, para que sea validado y aprobado por el encargado Serviu a cargo del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, la contraparte Serviu, podrá solicitar trabajo en terreno, talleres participativos y reuniones o mesas de trabajo en cualquier etapa del estudio, según estime conveniente para aclarar dudas respecto a puntos de conflicto, de manera de encontrar la mejor solución para el diseño del proyecto.

El proyecto debe incluir todas las memorias de cálculo, las que serán complemento de las especificaciones técnicas de SERVIU Metropolitano. Junto con lo anterior, se deben presentar planilla de cubicaciones, planos, Itemizado y presupuestos estimativos para las soluciones en hormigón y asfalto.

Requiere también, la obtención de todas las aprobaciones y factibilidades demandadas tanto normativamente y/o las expresadas en las bases para la entrega final.

Además de lo señalado anteriormente, el Consultor considerará que, en esta Etapa, se deberán definir los materiales que se emplearán en la ejecución de las obras, los procedimientos necesarios para el inicio de cada etapa constructiva, la definición de métodos constructivos, los desvíos de tránsito, suspensiones de servicios públicos, elaboración de especificaciones técnicas, presupuesto y cubicación de las obras y la programación del desarrollo de la obra.

El consultor deberá preparar las presentaciones y el material de avance a revisar, para darlas a conocer en una interacción de manera presencial y también online, previendo con ello eventualidades que podrían interferir. Las presentaciones realizadas en los talleres y reuniones requieren contar con un computador, un proyector de imágenes o similar, en dependencias de SERVIU Metropolitano. El equipamiento asociado será proporcionado por el Consultor en cada una de las presentaciones requeridas.

SERVIU Metropolitano solicita al Consultor orientar sus esfuerzos en la búsqueda y desarrollo de metodologías que incorporen soluciones eficientes y eficaces en cuanto a la ejecución.

El Consultor deberá confeccionar todos los planos y documentos técnicos válidos para licitar las obras por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo estipulado en el D.S. 236/02 (V. y U.). Sin perjuicio de que pueda incluir otros que considere necesarios para la posterior ejecución de las obras. Entre los proyectos a desarrollar se encuentran:

  • Proyecto Pavimentación
  • Proyecto de Diseño Urbano
  • Proyecto de Accesibilidad Universal
  • Proyecto de Paisajismo Proyecto de Riego
  • Proyecto de Seguridad Vial
  • Proyecto de Iluminación Pública
  • Proyecto de Semaforización
  • Proyecto de Modificación de Servicios (Agua Potable, Alcantarillado de Aguas Servidas, Electricidad, Telecomunicaciones, Gas)
  • Proyecto de Desvíos de Tránsito y Obras Complementarias
  • Aprobaciones
  • Especificaciones Técnicas
  • Itemizado y Presupuesto Estimativo
  • Informe Ejecutivo
  • Maqueta Virtual
  • Participación Ciudadana y Comunicaciones
  • Evaluación social (planilla de resultados) e Informe Ejecutivo

11.1.  PROYECTO DE PAVIMENTACIÓN

A partir de los Anteproyectos de en la etapa anterior, se generará el proyecto de pavimentación. En él se detallarán los tipos de pavimento que se construirán, demolerán, etc.; así como los perfiles tipo con indicación de espesores y parámetros relevantes de diseño. Además, se realizarán los perfiles longitudinales y transversales de cada eje replanteado.

El proyecto de Pavimentación se presentará en plano de planta a una escala adecuada (ej. 1:500), debiendo entregar los siguientes planos:

  • Planta de Pavimentación.
  • Planta de Demolición.
  • Perfiles Longitudinales.
  • Perfiles Transversales.
  • Planta Esquinas y Áreas de Cruce (Esc. 1:200)
  • Detalles

En esta etapa, es necesario definir la estructura de pavimento de veredas y los bombeos acordes para el correcto funcionamiento del diseño, tanto geométrico como de evacuación de aguas.

11.2.  SANEAMIENTO DE AGUAS LLUVIAS

Durante esta etapa, se realizarán los ajustes a esta especialidad, si se hubiesen producido cambios al proyecto definitivo y que estén en relación con la especialidad de Saneamiento de Aguas Lluvias, en cuyo caso se deberá adjuntar un informe de ajuste aclarando estos últimos cambios y una versión final de la especialidad con textos y/o planos.

La entidad oferente deberá obtener la aprobación del Proyecto de Saneamiento de Aguas Lluvias por parte del Departamento de Proyectos de Pavimentación de Serviu Metropolitano y de los Organismos competentes en lo referente a descargas.

El proyecto se presentará en plano de planta a una escala adecuada (ej. 1:500), debiendo entregar los siguientes planos:

  • Plano de Planta.
  • Perfiles Longitudinales.
  • Perfiles Transversales.
  • Detalles.
  • Planos de Estructuras (si corresponde).

11.3.  PROYECTO DE DISEÑO URBANO

El proyecto de Diseño Urbano tiene tres aristas de trabajo, que en conjunto forman la imagen urbana pensada para el proyecto. La primera consiste en el desarrollo del espacio público y de los elementos que le dan forma, la segunda está enfocada en el desarrollo del Proyecto de Accesibilidad y el tercero está enfocado a la masa vegetal que apoya propuesta de imagen urbana. Cada una deberá ser trabajada íntegramente para lograr un proyecto cohesionado que sea un aporte al entorno.

El proyecto de Diseño Urbano (Espacio Público, Paisajismo y Riego) deberá contar con la aprobación del Departamento de Aseo y Ornato del Municipio, la que deberá ser entregada mediante Oficio y adjuntada en la entrega de la etapa.

11.3.1.                    Espacio Público

El consultor deberá entregar un proyecto de Espacio Público donde se defina una imagen urbana propia para el área a intervenir. Además, deberá entregar una memoria que permita entender los lineamientos generales de la propuesta y sus criterios de intervención. Justificando la elección de cada elemento que la compone y su ubicación en el espacio público. Para esto la entrega deberá considerar:

  • Planta Espacio Publico
  • Cortes y Detalles
  • Memoria

El Consultor deberá obtener la aprobación del Proyecto de Diseño Urbano en el (los) Municipio(s) respectivo.

11.3.2.                    Accesibilidad

El consultor deberá entregar un proyecto de Accesibilidad, El consultor deberá entregar un anteproyecto que asegure el uso, permanencia y desplazamiento de todas las personas en forma autónoma y sin dificultad, incluidas las personas con discapacidad, especialmente aquellas con movilidad reducida.

Para esto la entrega deberá considerar:

  • Plano Ruta Accesible, a escala a definir con el encargado del proyecto, que dé cuenta del cumplimiento de las normas sobre accesibilidad universal que establece el artículo 2.2.8. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y las presentes Bases Técnicas.
  • El plano de singularidades (Cruces) entendiendo que éstos consideran las cuatro esquinas que lo componen. Se deberán entregar plantas escala 1:100, debidamente acotadas, con los porcentajes de pendientes de rebajes peatonales y planos inclinados propuestos, además de los puntos altimétricos que permitan corroborar las pendientes de las rampas declaradas. Junto con ello, se deberán entregar cortes y detalles que permitan entender correctamente la solución propuesta.
  • Memoria de accesibilidad, la que deberá ser suscrita por el arquitecto diseñador del proyecto y en ella se deberá demostrar el cumplimiento de las disposiciones de accesibilidad universal definidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, además de otras que se desee incorporar tendientes al mismo fin. Así como también, en esta se fundamentan las soluciones propuestas, identificando los sectores donde debido a preexistencias ajenas al proyecto, sea imposible acoger dichas disposiciones.

11.3.3.                    Paisajismo

El consultor deberá entregar un proyecto de paisajismo, para toda el área a intervenir, definiendo ubicación y características para las distintas especies vegetales, además de una memoria, donde se definan los parámetros de conservación, extracción, trasplante y protección para las especies existentes y la paleta vegetal propuesta, orientando siempre el anteproyecto a una propuesta sustentable, privilegiando un paisajismo xerófilo (de bajo requerimiento hídrico). Lo anterior busca, asegurar un mejor aprovechamiento del agua y los recursos disponibles. Para la definición de la paleta vegetal, se deberá trabajar con el Departamento de Aseo y Ornato del municipio y se actuará según sus indicaciones.

La entrega deberá considerar:

  • Plano de Plantación
  • Plano de Extracciones y Trasplantes
  • Memoria

El Consultor deberá obtener la aprobación del Proyecto de Diseño Urbano en el (los) Municipio(s) respectivo.

11.4.  PROYECTO DE RIEGO

Se consulta la elaboración de un proyecto de red para riego de los jardines incluidos en el proyecto de Paisajismo, el que será sometido a la aprobación del servicio correspondiente. Si es necesario se considerarán uno a varios arranques desde las matrices públicas, con su correspondiente medidor. Este proyecto deberá ser aprobado en los organismos respectivos, incluyendo las factibilidades de la sanitaria.

De acuerdo con la superficie de jardines y según los estándares de requerimiento de agua por metro cuadrado de jardín, se determinará el volumen necesario, así como los caudales de diseño, a fin de dimensionar los medidores, tuberías y bocas de riego. Se estudiará una red que implique el menor desarrollo de tuberías, sin ignorar la existencia de pavimentos y estructuras construidas que condicionarán los trazados.

Las instalaciones de agua potable deberán proyectarse para todas las instalaciones que las requieran considerando lo señalado en el punto anterior (Proyecto de Modificaciones de Servicios).

Lo anterior, siempre y cuando el Municipio desee optar por este sistema. En caso contrario se considerará dejar las conexiones para el riego (MAP) o simplemente riego por camiones aljibes, según requerimientos municipales.

  • Planta de Riego
  • Factibilidad de Agua Potable

11.5.  PROYECTO SEGURIDAD VIAL

El consultor deberá proyectar todas las obras necesarias para garantizar el máximo de seguridad y legibilidad de los dispositivos y elementos de circulación tanto de peatones como ciclistas y vehículos. Esta tarea no solo deberá mostrar la señalización y demarcación proyectada, sino que indicar si la señalización existente debe ser eliminada, trasladada o mantenida considerando en el análisis la correcta visualización de estos elementos.

Se deberán entregar los siguientes planos:

  • Planta de señalización y demarcación (indicando elementos a eliminar o trasladar)
  • Planta de desvíos de tránsito y obras complementarias.

11.6.  PROYECTO DE ILUMINACIÓN

En esta etapa el Consultor llevará a ingeniería de detalle el Anteproyecto, esto es, el proyecto eléctrico que sustente el sistema de iluminación proyectado, atendiendo a lo menos a las siguientes normas técnicas:

  • Nch_Elec_4-2003 Instalación de consumos en Baja Tensión
  • Nch_Elec_2-84 Electricidad. Elaboración y presentación de Proyectos
  • NSEG 9 EN 71 Alumbrado Público en Sectores Urbanos
  • NSEG 21 EN 78 Alumbrado Público en Sectores Residenciales

Se realizarán los ajustes necesarios para la condición de operación última. Se tendrá especial cuidado en considerar y evaluar las instalaciones existentes. El proyecto de iluminación pública debe incorporar cuadros de consumo, diagramas de carga y la aprobación que corresponda.

Este proyecto deberá además ser ingresado a los Municipios correspondientes para su revisión y aprobación, por lo tanto, el Consultor considerará en su quehacer las debidas tramitaciones y coordinaciones en tal sentido.

11.7.             PROYECTO DE SEMAFORIZACIÓN (PEATONAL)

El desarrollo de este proyecto se basará principalmente en el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y en las Normas de Instalación de Semáforos propuestas por la UOCT (Unidad Operativa de Control de Tránsito).

Previo al desarrollo de los proyectos, el Consultor deberá estudiar el diseño operativo de cada una de las intersecciones involucradas. Este estudio se basará en los antecedentes del flujo vehicular y peatonal y en los inventarios físico – operativos que el Consultor recabe.

Una vez que se conozcan los requerimientos de fases y accionamiento resultantes del diseño operativo, se definirán las características que deberá tener el sistema semafórico, tales como: controlador del semáforo, tarjetas, lámparas (cabezales), postes, canalizaciones, ductos, cámaras, cables y espiras.

Adicionalmente, el proyecto deberá contemplar la incorporación de una “línea telefónica dedicada” de algún

controlador existente o la instalación de una nueva en caso de que el distanciamiento supere los 500 m. Los antecedentes requeridos son los siguientes:

  • Planos de planta, escala 1:250 con indicación del emplazamiento y ubicación del controlador, ductos, medidor de electricidad, cámaras, espiras y postes. También se indicarán las fases diseñadas, el esquema unilineal, tipo de lámparas y postes.
  • Memoria explicativa
  • Especificaciones Técnicas
  • Cubicaciones

El Consultor ha de considerar que este proyecto debe contar con el informe de la U.O.C.T., por lo que debe prever todas las gestiones correspondientes con este organismo.

11.8.             PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE SERVICIOS

El Consultor deberá entregar el proyecto, aprobado por el organismo correspondiente para cada modificación de servicios (agua potable, aguas servidas, redes de distribución de energía eléctrica, redes de distribución de gas y redes de telecomunicaciones, entre otras) debidamente respaldado y detallado por partidas, incluido sus presupuestos.

En el caso de obras de Agua Potable y Aguas Servidas, los trabajos se refieren al diseño y cálculo definitivos de las modificaciones que sean necesarias (y que no se abordaron en la etapa anterior). Considera los siguientes proyectos:

  • Agua Potable
  • Alcantarillado de Aguas Servidas.

El diseño también se remitirá a las modificaciones necesarias a las redes y servicios domiciliarios, que consistirán principalmente en la modificación de cámaras de inspección y/o válvulas, refuerzos, arranques y obras menores. Para esto, es necesario basarse en la normativa aplicable: NCh 1104 (Ingeniería Sanitaria –Presentación y contenido de proyectos de sistemas de agua potable y alcantarillado); NCh 691 (Agua Potable – conducción, regulación y distribución); NCh 1105 (Ingeniería Sanitaria – Alcantarillado de aguas residuales – Diseño y cálculo de redes); Reglamento de instalaciones de agua potable y alcantarillado (RIDAA), especificaciones Técnicas Generales y Estándares Técnicos vigentes del Grupo AGUAS.

Por otra parte, el diseño de las soluciones a las interferencias debe tomar en consideración los siguientes aspectos:

Se debe efectuar un análisis de interferencias o afecciones sobre la infraestructura sanitaria que ocasionará la obra y sus obras complementarias (Ej.: evacuación de aguas lluvias), como de otras obras a construirse conjuntamente con el proyecto (poliductos, soterramiento de líneas eléctricas, abovedamiento de canales, etc.). Este análisis se debe realizar a partir del catastro en terreno de las instalaciones de agua potable y alcantarillado de aguas servidas existentes, con sus correspondientes conexiones domiciliarias, y de cualquier otra canalización existente o proyectada en la zona de emplazamiento de la infraestructura sanitaria comprometida. Como parte de este análisis, debe verificarse el cumplimiento de los distanciamientos mínimos entre canalizaciones, según NCh. 2811.

Las instalaciones interferidas o afectadas por las obras y sus obras anexas o complementarias a modificar, deben ser reforzadas o reemplazadas según determine el proyecto de modificación de servicios, manteniendo el estado de funcionalidad de la infraestructura comprometida y conservando las capacidades de porteo. Se entenderá que la obra de infraestructura motivo de este proyecto interfiere las redes existentes de servicios de agua potable y/o aguas servidas, en tanto la distancia entre la rasante de pavimento y la clave de las tuberías correspondientes sea menor a 1 m.

Como parte del proyecto, debe incluirse las soluciones y especificaciones constructivas de sustentación y/o protección de la infraestructura sanitaria no interferida, en los cruces y paralelismos de las obras que se ejecuten.

Las cañerías de agua potable existentes bajo calzadas que se demuelen y reconstruyen con mejoramiento del suelo de fundación, y cuya clave se encuentre a una profundidad inferior a 1 metro, deberán remplazarse con sus respectivos arranques domiciliarios, conforme a la norma NCh 2836.

Si se requiere el ajuste de altura de cámaras a la cota de rasante del pavimento, corresponde verificar la capacidad de soporte de la cámara, diseñar los refuerzos estructurales pertinentes y considerar nuevas tapas (de hormigón armado) y anillos conforme a las cargas de tránsito, según NCh 2080. En todo caso, el proyecto debe mantener la accesibilidad a todas las cámaras existentes.

Deberá acreditarse que las obras de modificación de la infraestructura sanitaria queden emplazadas en bienes nacionales de uso público, o de lo contrario convenir con Aguas Andinas las respectivas servidumbres de acueducto y de tránsito conforme a requisitos operacionales.

Los proyectos de modificaciones de estos servicios deben ser confeccionados por especialistas inscritos en el Registro de Consultores del grupo Aguas, en la categoría correspondiente, según naturaleza y magnitud del proyecto a desarrollar.

En el caso de modificación de servicios tales como Electricidad y Telecomunicaciones, será de competencia del Consultor desarrollar el proyecto de modificación de cada uno de estos servicios, incluyendo memorias, especificaciones técnicas, planos, cubicaciones y presupuestos de las obras de las Empresas de servicios que sean afectadas por el presente proyecto.

Los proyectos de Modificación de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado, Electricidad y Telecomunicaciones, se presentarán en forma separada, de modo que puedan ser entregados para su revisión y aprobación a los Servicios y empresas respectivas.

En el caso de modificación de Redes de Gas, será de competencia del Consultor el proceso de coordinación del proyecto de reposición de las obras de la Empresa de servicio que sea afectada por el presente proyecto. Para estos efectos el Consultor deberá obtener la aprobación de los planos, especificaciones técnicas y efectuará los estudios, presupuestos y trabajos de construcción que sean necesarios para reponer los servicios afectados, correspondiendo al Consultor la responsabilidad de la coordinación, entrega de información, revisión final y aprobación por parte de las empresas que corresponda, así como el análisis de los respectivos presupuestos elaborados por los servicios afectados.

Los costos que se incurran por la revisión de estos proyectos o la confección de ellos por parte de la empresa de Servicios serán de cargo del Consultor. Cabe destacar que los proyectos pueden ser sectorizados, por lo tanto, el Consultor deberá considerar los costos asociados a la revisión y aprobación en los Organismos correspondientes.

El Consultor deberá entregar, además de los planos individuales, un plano con todos los proyectos de modificación de servicios (en distintas capas), de manera de verificar que no existen interferencias.

11.9.  APROBACIÓN  PROYECTOS  DE  MODIFICACIÓN  DE  SERVICIOS  Y  DE  TODAS  LAS ESPECIALIDADES

En primera instancia, previo a la aprobación correspondiente a cada servicio u organismo relacionado con las modificaciones de servicios, se presentarán los proyectos a SERVIU Metropolitano, quien los revisará y validará.

El Consultor será responsable de la aprobación de todos los proyectos de modificación de servicios, ante las empresas que poseen la concesión respectiva. Así mismo, el Consultor será el responsable de la aprobación del o de los proyectos de modificación de canales o de descarga a colectores de aguas lluvia que el proyecto requiera. En el caso de los proyectos de semáforos, el Consultor será el responsable de obtener el respectivo informe de la UOCT, así como la aprobación de los Municipios respecto de la Iluminación, Paisajismo, Seguridad Vial y Riego.

Los costos asociados a la revisión y gestión de dichos proyectos serán de cargo exclusivo del Consultor.

El Consultor deberá presentar un informe detallado con toda la documentación solicitada, de manera formal y las respuestas de los distintos organismos, además de un cuadro resumen. SERVIU Metropolitano se reserva el derecho a verificar la veracidad de la información entregada.

En general respecto de las modificaciones de servicio, será exigencia contar con la totalidad de las aprobaciones a las especialidades, según corresponda a cada organismo; aun cuando dicho organismo no sea explícitamente mencionado en las presentes Bases, pero que por condiciones de competencia sea requerida. Ejemplo de ello son aquellas vías que no son tuición SERVIU, los respectivos proyectos de especialidades deberán ser ingresados a revisión y aprobación correspondiente los organismos que tengan la tuición de dichas vías.

El consultor deberá coordinar el proyecto, con todas las entidades involucradas y tramitar autorizaciones de ser necesario

11.10.     ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

11.10.1.                 Especificaciones Técnicas Generales

El Consultor deberá revisar, complementar y actualizar las Especificaciones Técnicas Generales utilizadas por SERVIU Metropolitano, definiendo una adecuada numeración correlativa si correspondiere.

11.10.2.                 Especificaciones Técnicas Especiales

Corresponde a la confección de Especificaciones Técnicas de Construcción, de todos los ítems del presupuesto, de acuerdo con el siguiente esquema:

Descripción de la partida: Se debe definir brevemente la actividad a realizar e identificar la ubicación de las obras.

Materiales: Se debe detallar los materiales a utilizar en la ejecución del ítem, sin especificar marcas comerciales.

Método Constructivo: Se debe entregar una descripción detallada de los procedimientos. En los casos que sea necesario, se deberán describir los sistemas de prefabricación, montaje de elementos y el diseño de sistemas constructivos particulares para obras especiales que deban ejecutarse en forma provisoria, tales como: piques o galerías de construcción con o sin presencia de napas.

El Consultor deberá considerar elementos a prueba de acciones vandálicas, lo que deberá quedar claramente explicado en las Especificaciones Técnicas, planos de detalle, etc.

En general respecto del proyecto diseñado por el Consultor, será exigencia contar con la totalidad de las aprobaciones a las especialidades, según corresponda a cada organismo; aun cuando dicho organismo no sea explícitamente mencionado en las presentes Bases, pero que por condiciones de competencia sea requerida; un ejemplo de ello son las vías que no son tuición SERVIU, los respectivos proyectos de especialidades deberán ser ingresados a revisión y aprobación a los organismos correspondientes que tengan la tuición de dichas vías.

11.11.     ITEMIZADO Y PRESUPUESTO

Las obras se cubicarán con la precisión suficiente de modo de identificar el costo asociado. Se estudiarán precios unitarios con el detalle suficiente, los cuales deben contemplar cuando corresponda los ítems de materiales, maquinarias, mano de obra, gastos generales y utilidades.

De esta manera, cada proyecto debe contar con un Itemizado y presupuesto estimativo, que se entregarán de forma separada. Además, el Consultor debe entregar un Itemizado y un Presupuesto Estimativo total.

11.12.     MAQUETA VIRTUAL

El Consultor entregará en esta Etapa una maqueta virtual, que mediante vuelos virtuales permita simular un recorrido a través del eje completo en la situación con proyecto, además, una vista panorámica tipo “helicóptero”, de 2 minutos de duración La ejecución de dicha animación será preparada con herramientas CAD y tipo 3D Estudio de alto nivel, que simulen lo más cercano posible al proyecto real, incluyendo colores y equipamiento. La maqueta descrita se presentará tanto para la situación de día (iluminación natural) como de noche (iluminación artificial). Del mismo modo, el vuelo virtual recorrerá el eje motivo de este proyecto en los dos sentidos de tránsito de tal manera que se pueda apreciar en detalle las características de este, tanto en sus componentes de diseño urbano como de operación de tránsito. Además, deberá incluir entrega de imágenes en 10 puntos representativos del eje (alternativa elegida).

11.13.     PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COMUNICACIONES

Para esta especialidad se debe acoger lo indicado en anexo 12 Informe Participación Ciudadana que acompaña las presentes bases.

11.14.     ENTREGA FINAL ETAPA C

El Consultor incluirá en esta etapa un resumen ejecutivo del proyecto que contenga textos resúmenes del proyecto distintos de los planos del proyecto y figuras de las memorias de este. Se solicita la inclusión de imágenes en perspectiva y a color que reflejen lo más acertadamente posible la situación con proyecto de los hitos más relevantes, imágenes ráster o similares.

Este informe podrá incluir, planos de proyecto ploteados en color y en hojas doble carta, escala 1:1000 en las especialidades de expropiaciones y señalización y demarcación.

El Informe Ejecutivo consiste en un resumen del proyecto que debe contener los datos más relevantes y significativos del proyecto, de manera tal, que sea comprendido por quien nunca ha participado del proceso de diseño.

Este informe será utilizado en los antecedentes de licitación, por lo que debe ser capaz de poner en contexto respecto de todas las especialidades.

Los principales aspectos del estudio, que deben ser considerados, consisten en:

  • Descripción del proyecto
  • Comentarios respecto de las situaciones relevantes de cada una de las especialidades (Pavimentación, expropiaciones, paisajismo, etc.)
  • Resumen de costos de cada una de las especialidades
  • Presupuesto resumen
  • Resumen de la evaluación económica y análisis de sensibilidad
  • Plazos involucrados en la ejecución de las obras.

Este informe podrá incluir, planos de proyecto ploteados en color y en hojas doble carta, escala 1:1000 en las especialidades de expropiaciones y señalización y demarcación.

El Consultor deberá considerar la entrega de 10 unidades del informe ejecutivo, además deberá definir la forma en que presentará este elemento de difusión (empastado, anillado, carpetas, archivadores, tipo de papel, etc.), tal que sea claro y preciso. Será impreso en tamaño carta, incluyendo en la portada el nombre del proyecto y una imagen representativa del proyecto.

Previo a la entrega, el contenido del informe deberá ser validado por la contraparte del SERVIU Metropolitano y corresponderá a la recopilación de la información trabajada en la etapa y presentada en los talleres, al análisis realizado a cada eje en base a la bibliografía. Debe contar con la aprobación del Encargado de Proyecto, quien visará la información previa distribución de la etapa.

El informe deberá incluir las aprobaciones de todos los organismos involucrados en esta etapa respecto al trazado estudiado y diseño preliminar. Todas las aprobaciones son de responsabilidad única y exclusiva del consultor y deberán acompañar al informe final de esta etapa.

Al igual que las etapas anteriores, se debe generar la Entrega Final de la Etapa mediante Informes y Planos, de acuerdo con los distintos entregables.

La escala de dibujo de los planos será 1:500 para las plantas, 1:500 perfiles longitudinales, horizontal y 1:50 vertical Para los detalles, utilizar 1:20 o 1:25. Sin perjuicio de lo anterior, el Encargado de Proyecto podrá solicitar escalas diferentes de acuerdo con necesidades especiales para los detalles.

Los planos deberán ser entregados:

  • En archivo CAD
  • Indicando las respectivas aprobaciones en la viñeta
  • Escanear todos los planos que contengan firmas y timbres de aprobación

En esta etapa, el consultor deberá hacer entrega de los ejemplares descritos a continuación, en cuadro adjunto. Cada ejemplar contendrá: impresiones de planos en formato A3 y A1, impresiones de textos y respaldo digital.

Producto

Cantidad Medio Físico

Cantidad Medio Digital

Formato de Entrega

Informes/Memorias Explicativas

6

10

Formato Carta

Planos

5

10

Formato A3

Planos

3

Formato A1

Debe entregar adicionalmente una carpeta que contenga los documentos de aprobación y observaciones emitidas en el desarrollo del proyecto, por cada organismo.

Adicionalmente todos los antecedentes del proyecto final deben ser entregados en 2 dispositivos de almacenamiento digital (disco extraíble, pendrive, DVD, etc.).

  1. ASESORÍA POSTERIOR AL DISEÑO

SERVIU podrá solicitar apoyo en la etapa de respuestas a consultas que formulen los contratistas durante el proceso de licitación de las obras o la ejecución de estas, como parte de su responsabilidad en la elaboración del proyecto.

  1. REUNIONES Y COORDINACIONES

Con el objeto de avanzar lo más rápido posible en todas las actividades del contrato, el adjudicatario considerará que debe sostener reuniones de trabajo con personal del Departamento de Proyectos de Pavimentación de SERVIU Metropolitano, en las oficinas de dicho Departamento. A dichas reuniones de trabajo asistirá obligatoriamente el Jefe de Proyecto de parte del adjudicatario y al menos el equipo profesional que tenga relación directa con los temas o actividades a tratar en cada una de las reuniones indicadas.

SERVIU se reserva el derecho de solicitar y coordinar reuniones adicionales si lo estima necesario, en otro recinto y con diferentes participantes.

El adjudicatario será el responsable de realizar las coordinaciones respectivas con diversos organismos, con el fin de recopilar la información sobre infraestructura de Metro, recorridos y proyecciones Transantiago, MOP Concesiones u otros que necesite para la confección del proyecto. Estas reuniones y/o coordinaciones deberán ser informadas al Encargado del Contrato de SERVIU, vía correo electrónico.

El Jefe de Proyecto de parte del adjudicatario, deberá estar disponible para exponer el proyecto o la especialidad que corresponda cuando, donde y para quien lo requiera el Encargado del Proyecto o el Jefe del Departamento de Proyectos, proveyendo de los equipos que sean necesarios para una buena exposición.

SERVIU podrá solicitar apoyo en la etapa de respuestas a consultas que formulen los contratistas durante el proceso de licitación de las obras o la ejecución de estas, como parte de su responsabilidad en la elaboración del proyecto.

  1. PROPIEDAD INTELECTUAL

Los antecedentes técnicos asociados al Proyecto que el adjudicatario desarrolle con motivo de la presente licitación serán de exclusiva propiedad de SERVIU Metropolitano, el que podrá modificarlos o replicarlos cada vez que lo estime conveniente, sin derecho para el proveedor de realizar cobro o cargo alguno por estos conceptos. En consecuencia, el adjudicatario no podrá disponer o hacer uso, en cualquier forma o tiempo, sin autorización escrita del Servicio de dichos antecedentes, por corresponder estos al producto del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

El adjudicatario dejará documentado todas las aplicaciones, códigos fuentes, funcionalidades y bases de datos que haya desarrollado con ocasión de los servicios de que da cuenta el presente contrato. En caso de incumplimiento de este punto, SERVIU Metropolitano podrá terminar anticipadamente el contrato, pudiendo hacer efectiva la Garantía de fiel Cumplimiento del Contrato y reservándose el derecho de iniciar las acciones judiciales que procedan.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.