BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
“TRANSPORTE PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS DE LA DIDECO”
- GENERALIDADES:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco, a través de su Departamento de Desarrollo Comunitario (DIDECO), llama a Licitación Pública para contratar los servicios de traslado para los programas sociales detallados a continuación:
- Programa de Agricultura.
- Programa de Autoconsumo.
- Programa Centro Diurno.
- Programa Coltauco en movimiento.
- Oficina de Cultura.
- Escuela folclórica.
- Programa Familia.
- Programa habitabilidad.
- Oficina Adulto Mayor.
- Programa Vinculos.
- Programa Mujer Jefas de Hogar.
- Programa Oficina Local de la Niñez (OLN).
- Programa OMIL.
- Oficina de Organizaciones Comunitarias.
- Programa red local de apoyo y cuidado.
- Programa Registro Social de hogares.
La presente licitación se rige por lo dispuesto en la Ley N° 19.886, su reglamento y modificaciones introducidas por la Ley N° 21.634, que moderniza el sistema de compras públicas, fortaleciendo la probidad, transparencia y eficiencia del gasto público.
- FINANCIAMIENTO:
El financiamiento del servicio será con cargo al presupuesto municipal, conforme al siguiente detalle:
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AREA GESTIÓN
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PROGRAMA
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SUB-PROGRAMA
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CÓDIGO CUENTA
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ITEM
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Monto Disponible
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Programas Sociales
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Agricultura y desarrollo rural.
|
Agricultura y desarrollo rural.
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$500.000
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Programas Sociales
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Autoconsumo
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Autoconsumo
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
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$1.500.000
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Programas Sociales
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Centro Diurno Comunitario.
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Centro Diurno Comunitario.
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
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$7.560.000
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Servicios Comunitarios
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Eventos deportivos masivos
|
Eventos deportivos masivos
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$2.500.000
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Programas Culturales
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Cultura
|
Cultura
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
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$1.000.000
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|
Programas Culturales
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Escuela Folclórica Municipal
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Escuela Folclórica Municipal
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$2.000.000
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Programas Sociales
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Familia Acompañamiento social
|
Familia Acompañamiento social
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$8.898.000
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|
Programas Sociales
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Habitabilidad
|
Habitabilidad
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$800.000
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Programas Sociales
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Adulto Mayor
|
Adulto Mayor
|
Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$2.000.000
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|
Programas Sociales
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Vínculos
|
Vínculos
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$2.630.000
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|
Programas Sociales
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Mujeres Jefas de Hogar
|
Mujeres Jefas de Hogar
|
Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$1.500.000
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Programas Sociales
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Oficina Local de la Niñez
|
Oficina Local de la Niñez
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$5.643.000
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Programas Sociales
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Fortalecimiento Omil Coltauco
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Fortalecimiento Omil Coltauco
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$600.000
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Programas Sociales
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Organizaciones Comunitarias
|
Organizaciones Comunitarias
|
Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$2.500.000
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Programas Sociales
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Programa red local infancia y adolescencia.
|
Programa red local infancia y adolescencia.
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
|
$16.200.000
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Programas Sociales
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Registro Social de Hogares
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Registro Social de Hogares
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Pasajes, fletes y bodegaje
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215.22.08.007.001.001
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$2.000.000
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- MARCO REGULATORIO, PLAZOS Y MODIFICACIONES:
Cabe señalar que la presente licitación pública se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas que por este acto se aprueban, y por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal Mercado Público y de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Compras, se entenderán realizadas transcurridas 24 horas desde la publicación del documento o acto en el Sistema de Información. Para efecto de lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Compras, y para todas las comunicaciones que se le realicen al proveedor adjudicado durante la vigencia de la contratación, los proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones, la cual deberá ser informada en el Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
- MANDANTE:
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Organismo mandante
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:
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I. Municipalidad de Coltauco
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RUT. Nº
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:
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69.080.700-9
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Dirección
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:
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Avda. Arturo Prat Nº66, Coltauco
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- UNIDAD TÉCNICA:
Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO), Directora de Desarrollo Comunitario.
- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva, respecto a las cuales no concurra alguna de la causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N°21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley N°20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado.
Los oferentes para participar del presente proceso de licitación, deberán encontrarse inscritos y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible.
Tratándose de uniones temporales de proveedores (UTP) cada uno de sus integrantes para ofertar deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl.
Para ofertar:
- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N°20.393, Artículo 10°.
- No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Artículo 26, Letra d) Decreto Ley N°211).
- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (Artículo 4° de la Ley N°19.886/2003) (Artículo N°56 de la Ley N°18.575).
- El proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecidas en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente:
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GRADO
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CONSANGUINIDAD
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GRADO
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AFINIDAD
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TITULAR (Funcionario de planta, contrata u honorarios)
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CONYUGE O CONVIVIENTE CIVIL
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1°
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Padres (padre o madre)
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1°
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Suegros / padres del conviviente civil
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Hijos e hijas
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Hijos e hijas del Cónyuge o Conviviente Civil
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2°
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Hermanos y hermanas
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2°
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Cuñados / hermanos del Conviviente Civil
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Abuelos / nietos o nietas
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Abuelos del cónyuge / nietos o nietas
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Los oferentes al ingresar su oferta el portal www.mercadopublico.cl, se considerarán que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y anexos.
Para contratar:
Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado “hábil” para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, que es aquella que el oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es sólo de carácter referencial).
La Persona Natural y/o Jurídica deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el Artículo 27 de la Ley N°19.913, en el artículo 8° de la Ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La Municipalidad de Coltauco verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva, de conformidad a con lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Además, conforme al artículo 12 N°7 de Ley de Rentas Municipales, deberá tener patente comercial para contratar en el caso de que el proveedor tenga una renta superior a 10 UTA, en caso contrario, el proveedor debe adjuntar declaración jurada (ver punto 13 de las presentes Bases) señalando no estar afecto a patente por renta menor a 10 UTA.
- CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
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PROCESO
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DESCRIPCIÓN
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Fecha de Publicación
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Se publicará a más tardar el quinto día hábil de dictado el decreto que aprueba las bases y autoriza la publicación de éstas.
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Fecha Inicio de Preguntas
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A contar de las 23:59 hrs. de día publicado y estará vigente por 72 hrs. hábiles.
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Fecha Final de Preguntas
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El foro de consultas estará activo durante 72 hrs. hábiles, desde el inicio de las preguntas.
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Fecha Publicación de Respuestas
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A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
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Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas
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Será de 10 días (mínimo) contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs.
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Fecha de Apertura Electrónica
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Se podrá realizar transcurrido 24 horas hábiles, contados desde el cierre de las ofertas (siempre y cuando no exista incidente o reclamo ingresado por Oficina de Partes, por intermitencia en la plataforma www.mercadopublico.cl)
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Fecha de confirmación de apertura electrónica
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Se podrá confirmar hasta transcurridas 48 horas hábiles, contados desde la apertura electrónica.
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Fecha de convocatoria Comisión Evaluadora
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La Comisión Evaluadora se reunirá para revisar los antecedentes, en un plazo no superior a 48 horas hábiles, contados desde la notificación del Departamento de Adquisiciones.
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Fecha de aprobación del Concejo Municipal
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El acta de evaluación será informada y sometida a aprobación del concejo, previa visación de la máxima autoridad, ya que el monto del contrato supera las 500 U.T.M.
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Fecha de Adjudicación
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Se procederá a adjudicar pasado 10 días hábiles de la fecha de aprobación del concejo.
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- CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco, por medio de su Departamento de Desarrollo Comunitario (DIDECO), requiere contratar el servicio de traslado para los programas sociales a cargo del departamento los que se detallan a continuación:
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Programa
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Tipo de vehículo
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Kilómetros
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Automóvil
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Furgón
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Minibús /Bus
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Programa de Agricultura
|
x
|
x
|
|
500 Km
|
|
Programa de Autoconsumo.
|
x
|
x
|
|
1.500 Km
|
|
Programa Centro Diurno
|
|
|
x
|
7.560 Km
|
|
Programa Coltauco en movimiento
|
|
x
|
x
|
2.500 Km
|
|
Oficina de Cultura
|
x
|
x
|
x
|
1.000 Km
|
|
Escuela folclórica
|
|
|
x
|
2.000 Km
|
|
Programa Familia
|
x
|
x
|
|
8.898 Km
|
|
Programa habitabilidad
|
x
|
x
|
|
800 Km
|
|
Oficina Adulto Mayor
|
|
|
x
|
2.000 Km
|
|
Programa Vínculos
|
x
|
x
|
x
|
2.630 Km
|
|
Programa Mujer Jefas de Hogar
|
x
|
|
x
|
1.500 Km
|
|
Programa Oficina Local de la Niñez (OLN)
|
x
|
x
|
x
|
5.643 Km
|
|
Programa OMIL
|
x
|
x
|
x
|
600 Km
|
|
Oficina de Organizaciones Comunitarias
|
|
|
x
|
2.500 Km
|
|
Programa red local de apoyo y cuidado
|
x
|
x
|
|
16.200 Km.
|
|
Programa Registro Social de hogares
|
|
x
|
|
2.000 Km
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8.1. REQUISITOS GENERALES DEL SERVICIO:
El oferente deberá contar obligatoriamente con:
8.1.1. Vehículo habilitado para transporte de personas, con las siguientes características mínimas:
- Asientos originales de fábrica
- Año de fabricación no inferior a 2020
- Óptimas condiciones mecánicas y estructurales (chasis, carrocería, interior)
- Capacidad mínima de asientos 5 personas (automóvil) 10 personas (furgón), 20 personas (minibús / bus).
- Capacidad máxima de asientos 12 personas (furgón), 40 personas (bus).
- Sistema de sonido (auto, furgón, minibús/bus).
- tv incorporado (minibús/bus).
- Sistema de climatización o aire acondicionado incorporado (auto, furgón, minibús/bus).
- Seguro de asiento por pasajero.
8.1.2. Chofer con:
- Licencia de conducir vigente y correspondiente al tipo de vehículo.
8.1.3. Documentación obligatoria vigente:
- Permiso de circulación
- Seguro obligatorio contra accidentes personales (SOAP)
- Revisión Técnica
- Patente municipal vigente o Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar
El oferente deberá considerar que el periodo de ejecución de los servicios será desde abril hasta diciembre de 2026.
En caso de reemplazo de chofer y/o vehículo, el adjudicatario deberá informar previamente a DIDECO y presentar toda la documentación exigida por las bases.
El prestador de servicio no tendrá calidad de funcionario municipal, siendo responsable de cualquier infracción, accidente o panne que se produzca durante la ejecución del contrato.
- FORMULARIO DE ADQUISICIÓN:
Una vez sancionadas las presentes Bases, el Departamento de adquisiciones de Administración Municipal, creará el Formulario de Adquisición:
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Nº
|
Clasificación ONU
|
Cant.
|
Unidad de Medida
|
Descripción
|
Producto o Servicio a contratar
|
|
1
|
78111808
|
500
|
Km
|
Servicios de traslado Programa de Agricultura (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
2
|
78111808
|
1.500
|
Km
|
Servicios de traslado Programa de Autoconsumo (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
3
|
78111808
|
7.560
|
Km
|
Servicios de traslado Programa Centro Diurno (usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
4
|
78111808
|
2.500
|
Km
|
Servicios de traslado Programa Coltauco en movimiento (usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
5
|
78111808
|
1.000
|
Km
|
Servicios de traslado Oficina de Cultura (Artistas comunales).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
6
|
78111808
|
2.000
|
Km
|
Servicios de traslado Escuela folclórica (Alumnos escuela folclorica).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
7
|
78111808
|
8.898
|
Km
|
Servicios de traslado Programa Familia (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
8
|
78111808
|
800
|
Km
|
Servicios de traslado Programa habitabilidad (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
9
|
78111808
|
2.000
|
Km
|
Servicios de traslado Oficina Adulto Mayor (usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
10
|
78111808
|
2.630
|
Km
|
Servicios de traslado Programa Vínculos (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
11
|
78111808
|
1.500
|
Km
|
Servicios de traslado Programa Mujer Jefas de Hogar (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
12
|
78111808
|
5.643
|
Km
|
Servicios de traslado Programa Oficina Local de la Niñez (OLN) (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
13
|
78111808
|
600
|
Km
|
Servicios de traslado Programa OMIL (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
14
|
78111808
|
2.500
|
Km
|
Servicios de traslado Oficina de Organizaciones Comunitarias (usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
15
|
78111808
|
16.200
|
Km
|
Servicios de traslado Programa red local de apoyo y cuidado (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
|
|
16
|
78111808
|
2.000
|
Km
|
Servicios de traslado Programa Registro Social de hogares (funcionarios del programa y usuarios).
|
Arriendo de Vehículo
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REAJUSTES:
No se considera.
10. GARANTÍAS DEL CONTRATO:
No se considera.
11. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los anexos indicados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases. Sin embargo, conforme al Artículo 115° de Decreto Supremo N°661/2024, las entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. En lo referido al numeral 3°, señala que cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por la Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito.
Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Del momento en que el oferente ingrese una oferta en el sistema, es que ha tomado conocimiento cabal de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y las acepta en su totalidad.
Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, se sugiere evitar el ingreso de múltiples archivos por separado, los cuales pueden ser agrupados en un solo documento contenedor en formato pdf.
El Oferente deberá ingresar en www.mercadopublico.cl, en la licitación denominada “TRANSPORTE PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS DE LA DIDECO”, debidamente llenado los siguientes antecedentes:
a) Documentos Administrativos
El oferente deberá completar e ingresar en “Documentos Administrativos” los siguientes documentos:
a.1. Formulario N°1-A Individualización del Oferente: conforme a formato adjunto, consignándose nombre completo, RUT. o C.I., domicilio, teléfono (de la empresa y su representante). En el caso de que el proponente sea persona jurídica deberá acompañar copia autorizada legalmente de su escritura de constitución y certificado de vivencia en el registro de comercio y sus modificaciones, autorizada ante notario y con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de la propuesta.
Si estos antecedentes están presentes en el registro de proveedores, bastará con que el oferente adjunte un “pantallazo” del portal. La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de corroborar y solicitar información complementaria pertinente, para la validez de tales antecedentes.
En el caso de presentar una UTP, se incluye Formulario N°1-B Identificación del Oferente, debiendo además adjunta documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar como UTP, si corresponde (Formulario N°1-C Constitución de UTP).
a.2. Formulario N°2: Experiencia del Oferente conforme a formato adjunto.
a.3 Patente municipal vigente y correspondiente al giro consultado. El oferente deberá acompañar copia de la patente municipal vigente junto con su oferta o dentro del plazo establecido para el proceso de aclaraciones a la oferta de la licitación. La omisión de este antecedente, o su presentación fuera de plazo, implicará el incumplimiento del requisito, declarando la oferta inadmisible.
En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de sus integrantes deberá presentar, en forma individual, los antecedentes exigidos. El oferente que resulte adjudicado deberá mantener vigente la patente municipal durante toda la vigencia del contrato.
En el evento de que el oferente no se encuentre afecto al pago de patente municipal por contar con una renta inferior a 10 UTA, deberá presentar la Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar, según sea persona natural o jurídica, conforme al formato adjunto.
a.4. Programa de Integridad y Ética Empresarial: En el caso de aquellos oferentes que dispongan de un Programa de Integridad formalizado y conocido por su personal, se requerirá la presentación del documento que respaldo dicho programa, ajustándose al Formulario Nª3 Programa de Integridad y Ética Empresarial. Además deberán incluir la documentación detallada en el criterio de evaluación “Programa de Integridad” de las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
a.5 Declaración Jurada Simple Inhabilidades por condenas antisindicales. El Oferente deberá completar dicha declaración conforme a formulario adjunto e ingresarlo en los documentos administrativos de la presente licitación.
a.6 Declaración Jurada Simple Deudas Vigentes con Trabajadores. El oferente deberá completar dicha declaración conforme a formulario adjunto e ingresarlo en los documentos administrativos de la presente licitación.
b) Documentos Técnicos
El oferente deberá completar y/o ingresar en “Documentos Técnicos” los siguientes documentos vigentes:
b.1. Copia de revisión técnica del vehículo.
b.2. Copia de permiso de circulación.
b.3. Copia de seguro obligatorio contra accidentes personales (SOAP).
b.4. Copia de licencia de conducir de chofer que corresponda al tipo de vehículo.
b.5. Año de fabricación mínimo 2020.
b.6.- Seguro de asiento de pasajeros.
b.7.- Respaldo fotográfico interior y exterior del vehículo. (Auto, furgón, minibús/bus).
Se solicita, de preferencia, subir archivos en formato pdf y/o jpg. En aquellos casos que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose el puntaje del “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
Si al momento de la apertura, el oferente no ha ingresado alguno de los documentos técnicos señalados, se rechazará la oferta y no continuará en proceso de evaluación.
En caso de que el o los documento (s) ingresado (s), no pueda (n) ser abiertos o guardados, se procederá a solicitar mediante foro inverso que repitan el proceso, sin embargo, su puntaje bajará por no dar cumplimiento a lo indicado en los presentes Bases Administrativas y Técnicas.
12. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica será a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será realizada por el funcionario del Departamento de Adquisiciones, dejando constancia e informando a los oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°13 "Instrucciones para presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que rigen para esta Licitación.
No obstante, lo establecido anteriormente, la no presentación de:
- Formulario Nº1-A “Individualización del Oferente”,
- Formulario N°1-B “Identificación de la UTP” (cuando corresponda),
- Formulario N°1-C Constitución de UTP (cuando corresponda),
- Patente municipal vigente y correspondiente al giro consultado o Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar, según sea persona natural o jurídica.
Se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 56° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024) la Ley N°21.634/2023. Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles contadas desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información esta situación, debiendo considerar que será descontado en el Criterio de Evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Y en caso de persistir la omisión, se aplicará 0 punto e inadmisible en el caso de la patente municipal o Declaración Jurada de Patente Comercial para contratar.
13. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL:
13.1. De la Comisión Evaluadora:
Se designarán dos funcionarios municipales, que serán sancionados por Decreto Alcaldicio para realizar la evaluación de las ofertas, quienes tendrán las siguientes atribuciones:
(a) Realizar la evaluación de las ofertas, rechazando aquellas ofertas que no cumplan con los documentos de la licitación, que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que, a juicio de los funcionarios evaluadores, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
(b) Se podrá, sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas. Se podrá, además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación.
(c) Podrán declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
(d) Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
(e) Desarrollar la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
(f) Podrá realizar las consultas y aclaraciones que considere necesarias para aclarar y/o consultar aspectos de los antecedentes de la oferta, que merezcan dudas y que se estimen necesarias para una mejor evaluación de la propuesta, las que en ningún caso podrán constituir modificación a la oferta económica ya presentada.
(g) Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantar un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 70 puntos.
(h) Serán responsables de avisar oportunamente por canales oficiales, si requieren de más plazo para la revisión de las ofertas, argumentando el motivo de tal decisión.
La Municipalidad de Coltauco podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
13.2. De los Criterios de Evaluación:
En base a los antecedentes acompañados por los oferentes y a las presentaciones y aclaraciones que hubiere, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos para participar en esta licitación, los Funcionarios Evaluadores procederán a examinar las propuestas y evaluarlas conforme a los criterios de evaluación que se indican más adelante, cuyos puntajes, se expresarán con dos decimales.
Los funcionarios evaluadores aplicarán la pauta de evaluación que se indica más adelante y conforme a ello, elaborar una nómina en que se consignarán las ofertas admisibles y hábiles en estricto orden de prelación, según el puntaje obtenido por cada una de ellas. Con lo anterior, la comisión propondrá la adjudicación del oferente que, aplicado la pauta de evaluación, obtenga el mayor porcentaje.
Se establecerá una pauta de evaluación en función de los porcentajes de importancia de los siguientes aspectos, cuyas ponderaciones serán:
|
Nº
|
Criterio de Evaluación
|
Ponderador
|
|
1
|
Experiencia del Oferente
|
30%
|
|
2
|
Requisitos Técnicos
|
30%
|
|
3
|
Precio
|
20%
|
|
4
|
Cumplimiento de Requisitos Formales
|
10%
|
|
5
|
Comportamiento contractual anterior
|
5%
|
|
6
|
Programa de Integridad y Ética Empresarial
|
5%
|
|
TOTAL
|
100%
|
13.2.1. Experiencia del Oferente: (30%)
Se evaluará con mayor puntaje a aquel oferente que indique mayor experiencia en servicios similares al consultado en esta licitación y que adjunte respaldo de las mismas durante los (3) tres últimos años.
Se priorizará experiencia prestada en otras entidades públicas y/o privadas, conforme a Formulario N°2 “Experiencia del Oferente”, adjunto. A continuación, se indican los documentos que validan experiencia:
a) Organismo Público: Para certificar los servicios consultados, Municipalidades u Otros Organismos Públicos, se exigirá el Número de la Orden de Compra Electrónica (o contrato) con su respectiva “Aceptada” o “Recepción Conforme”. Sólo bastará que las indique en el Formulario N°2, ya que se verificarán directamente en el portal.
b) Sector Privado: Para certificar servicios consultados deberá ingresar copia escaneada de: Facturas (emitidas por el SII), contratos con su respectiva Carta de Satisfacción. En caso de contar con el finiquito, también lo puede adjuntar, siempre y cuando corresponda al contrato.
El oferente que no adjunte el o los documentos que validen la experiencia, se les asignará un puntaje equivalente a 0 (cero) puntos.
El oferente que ingrese otro tipo de documento que no sea el solicitado, en los párrafos anteriores del punto experiencia del oferente, se les descontará 05 puntos del total obtenido en el criterio de evaluación “Experiencia del Oferente”. Si no tuviese experiencia de igual deberá ingresar el Formulario N°2, para no considerarlo como omisión, ya que la no presentación de dicho documento, dará lugar a marginar la oferta.
Para evaluar y calcular el puntaje de este criterio, la Comisión Evaluadora considerará los siguientes aspectos:
|
Experiencia del Oferente 30%
|
Contratos similares al consultado 20%
|
7 o más órdenes de compra/facturas/contratos asociados a servicios similares en estado aceptada o conforme
|
=
|
100 puntos
|
|
Entre 4 a 6 órdenes de compra/facturas/contratos asociados a servicios similares, en estado aceptada o conforme
|
=
|
70 puntos
|
|
Entre 1 a 3 órdenes de compra/facturas/contratos asociados a servicios similares, en estado aceptada o conforme
|
=
|
50 puntos
|
|
Sin experiencia, no presenta documentación, o la presentada no acredita experiencia comprobable
|
=
|
0 puntos
|
|
Experiencia en el rubro 10%
|
+ de 3,1 años
|
=
|
100 puntos
|
|
Entre 2 a 3 años
|
=
|
80 puntos
|
|
Entre 1,1 a 2 años
|
=
|
60 puntos
|
|
Entre 0 a 1 años
|
=
|
20 puntos
|
|
No tiene o no informa
|
=
|
0 puntos
|
13.2.2. Requisitos Técnicos: (30%)
El Oferente deberá cumplir con los siguientes Requisitos Técnicos, para ello deberá ingresar en la plataforma los siguientes antecedentes escaneados en “Documentos Técnicos”:
|
N°
|
REQUISITOS TÉCNICOS
|
CUMPLE
|
PUNTOS
|
|
SI
|
NO
|
|
1
|
Ingreso de copia de revisión técnica vigente
|
|
|
20
|
|
2
|
Ingreso de permiso de circulación vigente
|
|
|
20
|
|
3
|
Ingreso de seguro obligatorio vigente (SOAP)
|
|
|
20
|
|
4
|
Copia de licencia de conducir de chofer que corresponda al tipo de vehículo.
|
|
|
10
|
|
5
|
Año de fabricación mínimo 2020.
|
|
|
10
|
|
6
|
Seguro de asiento de pasajeros
|
|
|
10
|
|
7
|
Respaldo fotográfico interior y exterior del vehículo (auto, furgón, minibús/bus).
|
|
|
10
|
|
TOTAL
|
100
|
13.2.3. Precio: (20%)
El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, en la Línea de Compra, el valor de 1 (un) kilómetro neto. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado.
Este criterio se calculará mediante la siguiente fórmula:
|
Precio Mínimo Ofertado
|
X 100
|
|
Precio de la Oferta
|
Se aplicará dos decimales, para el cálculo.
Si al momento de la evaluación, el valor ofertado no se ajusta al presupuesto disponible, la oferta no será considerada para adjudicar.
13.2.4. Cumplimiento de los Requisitos Formales: (10%)
Obtendrá mayor puntaje aquel Oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver tabla), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 9%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en la tabla siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado:
|
Nº
|
Requisitos a cumplir
|
Puntos
|
|
1
|
Ingreso del Formulario N°1-A “Individualización del Oferente” (Formulario N°1-B y Formulario N°1-C cuando corresponda)
|
25
|
|
2
|
Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. (Si ingresa documentos extras no solicitados, o bien faltó ingresar alguno de los solicitados, no se asigna este puntaje).
|
25
|
|
3
|
Que los formatos sean los proporcionados en la presente Licitación, correctamente llenados sin cambiar su estructura.
|
25
|
|
4
|
Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente.
|
25
|
|
TOTAL
|
100
|
13.2.5. Comportamiento contractual anterior (5%)
Se evaluara el comportamiento contractual anterior del oferente, en contratos de servicios similares al consultado, ejecutados con organismos públicos en los últimos 24 meses, considerando el cumplimiento oportuno y correcto de las obligaciones contractuales.
La información deberá ser verificada por la comisión evaluadora en base a los antecedentes disponibles en la ficha de registro de proveedor de cada oferente, se deberá considerar la nota de comportamiento base para asignar puntuación, según el siguiente recuadro:
|
Criterio de Evaluación
|
Asignación de Puntaje
|
Medio de verificación.
|
|
Comportamiento contractual anterior (5%).
|
El proponente tiene una nota de comportamiento base de 5 sobre 5.
|
100 puntos
|
Información obtenida desde ficha de proveedor de la plataforma www.mercadopublico.cl.
|
|
El proponente tiene una nota de comportamiento entre 4 y 4.99 sobre 5.
|
80 puntos
|
|
El proponente tiene una nota de comportamiento entre 3 y 3.99 sobre 5.
|
50 puntos
|
|
El proponente tiene una nota de comportamiento entre 2 y 2.99 sobre 5.
|
20 puntos
|
13.2.6. Programa de integridad (5%)
De acuerdo al Artículo 17° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024), “los oferentes que contraten con las entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocido y aplicados por su personal…”.
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°3 Programa de Integridad y Ética Empresarial. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Formulario N°3 Programa de Integridad y Ética Empresarial, debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Además, deberán incluir evidencia que acredite que sus trabajadores están al tanto del contenido y las directrices del mismo. Como evidencia se aceptará, por ejemplo, firmas de los empleados confirmando la recepción o comunicaciones internas (correos electrónicos) donde se haga referencia a las políticas incluidas en el programa.
Este documento no será solicitado a través de “aclaraciones a la oferta de la licitación”.
En caso de UTP, deberá presentar estos antecedentes por cada uno de sus integrantes.
Para evaluar y calcular el puntaje de este criterio, la Comisión Evaluadora considerará los siguientes aspectos:
|
Programa de integridad 1%
|
Cuenta con programa de integridad e ingresa verificadores de que éste es conocido por su personal.
|
=
|
100 puntos
|
|
Cuenta con programa de integridad, no ingresa verificadores de que éste es conocido por su personal
|
=
|
50 puntos
|
|
No tiene o no ingresa programa de integridad
|
=
|
0 punto
|
13.3. Otros aspectos de la evaluación:
a) De las consultas (foro inverso):
La Comisión Evaluadora o Funcionarios evaluadores, podrá solicitar a los oferentes que salve errores u omisiones formales (no se considera error formal errores en el precio de la oferta) y estas rectificaciones no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para ello, se activará el link correspondiente en Foro Inverso, ingresando la pregunta o aclaración respectiva, otorgando un plazo de 48 horas hábiles para responder.
b) De los empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicará a quien haya ingresado primero la oferta:
1° Experiencia del Oferente.
2° Requisitos Técnicos.
3° Precio.
4° Cumplimiento de los Requisitos Formales.
5° Comportamiento Contractual Anterior.
6° Programa de Integridad y Ética Empresarial.
c) Del puntaje mínimo para adjudicar:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta que cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior a 70 puntos.
d) De los antecedentes omitidos:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de los documentos que se mencionan a continuación, el oferente tendrá un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, para ello se activará el link correspondiente:
- Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
- Formulario N°1-B Identificación de la Unión Temporal de Proveedores,
Sin embargo, será marginado del proceso licitatorio si el oferente no ingresa los siguientes documentos:
- Patente municipal vigente o Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar (en el caso de que se haya solicitado a través de aclaraciones a la oferta de la licitación)
- Formulario N°2 Experiencia del Oferente.
- Formulario N°1-C Constitución de Unión Temporal de Proveedores UTP (si hubiere)
- Constitución de UTP (si hubiere).
- Copia de revisión técnica.
- Copia de permiso de circulación.
- Copia de seguro obligatorio contra accidentes personales (SOAP).
- Copia de licencia de conducir de o de los choferes que corresponda al tipo de vehículo.
- Seguro de asiento de pasajeros.
- Respaldo fotográfico interior y exterior del vehículo.
e) De los antecedentes o documentos extra no exigidos en las bases:
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora, y se procederá a descontar 5 puntos del total obtenido, por no respetar esta medida.
f) De presentarse ofertas riesgosas o temerarias:
La Municipalidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
En función del número de oferentes participantes en el proceso de contratación, se aplicarán los siguientes parámetros para detectar una oferta temeraria:
- Si solo hay un oferente en el proceso de contratación pública, se considera baja temeraria si la oferta es inferior en más de 25% al presupuesto base establecido.
- Con dos oferentes participando, la baja temeraria se detecta si la oferta es inferior en más de 20% a la otra oferta presentada.
- Cuando tres oferentes participan, se considera baja temeraria cualquier oferta que sea inferior en más de 10% a la media aritmética de todas las ofertas.
- En licitaciones con cuatro o más participantes, una oferta se considera temeraria si es inferior en más de 10% a la media aritmética de todas las ofertas.
g) De presentarse solo una oferta:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la Comisión de Evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 21.634.
La Municipalidad declarara inadmisible las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases.
h) De la autenticidad de la información:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
La Comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
i) Del contacto entre el Municipio y los Proveedores:
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo 35° ter de la Ley N°19.886/2003, … “se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que se desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes…”.
14. DE LA ADJUDICACIÓN:
El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, adjudicará a un solo proveedor, en forma parcial o la totalidad de la Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
Una vez aceptada la propuesta hecha por la Comisión Evaluadora al Sr. Alcalde, se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio, que será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, en un plazo no superior a las 24 horas.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se cumple cualquiera de los plazos que establecen las presentes Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarara desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá, de acuerdo al Artículo Nº58 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura en la plataforma.
15. DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
No se contempla. Conforme al Artículo Nº117 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, se formalizará a través de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas y Técnicas servirán para salvaguardar los intereses del Municipio.
15.1. Anticipo:
No se contempla.
15.2. Del pago de la Orden de Compra:
La cancelación o pago de los servicios contratados se realizarán por Estados de Avance contra Factura a 30 días, previo avance de los servicios, con un informe favorable de la DIDECO, dirigido al Departamento de Administración y Finanzas. El oferente deberá presentar su factura dentro de los primero 5 días hábiles siguientes del mes que haya prestado el servicio, en la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Coltauco, Avda. Arturo Prat N°66, comuna de Coltauco. O bien enviarla a nombre del funcionario requirente.
La Directora de Desarrollo Comunitario, adjuntará el Informe Favorable, copia de la Orden de Compra Electrónica, dirigido al Departamento de Administración y Finanzas en un plazo no superior a 24 horas.
15.3. Término anticipado del Contrato:
La Municipalidad podrá terminar en forma anticipada y administrativamente el contrato y sin forma de juicio, aduciendo las siguientes causales:
a) Incumplimiento del contrato: Si a juicio del Inspector Técnico no se está dando cumplimiento a lo establecido en cuanto a la calidad y oportunidad del servicio, establecidas en el Contrato.
b) En caso de muerte del Oferente.
c) Si el Prestador de Servicios lo solicita por razones de fuerza mayor, debidamente calificada.
d) Si el Oferente Adjudicado fuese condenado a pena aflictiva.
e) De común acuerdo entre la Municipalidad y el Oferente Adjudicado, sin cargo para ambas partes.
f) Si el Servicio se paraliza o no se presta en el horario y el día señalado, en más de 3 ocasiones (Seguidas o alternadas) dentro del mes.
g) Por atrasos y/o inasistencia reiterativos, seguida o alternadas e injustificadas por más de 3 ocasiones, como así mismo el cambio de vehículo ofrecido en licitación.
En caso de presentarse cualquiera de estas causales, será responsabilidad del Supervisor Técnico, preparar y tramitar todos los documentos necesarios, dentro de los plazos que establece la Ley de Actos Administrativos.
15.4. De la Supervisión Técnica del Contrato:
La supervisión técnica será efectuada por los encargados de cada programa social, los que serán respaldados por la Directora de Desarrollo Comunitario o quien le subrogue.
15.5. De las multas:
La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirá de la Factura:
- Se aplicará una multa correspondiente al 10% del valor total contratado, por atraso y/o ausencias injustificadas, seguidas o alternadas en más de 3 ocasiones.
- Se aplicara una multa correspondiente al 10% del valor total contratado, por incumplimiento del vehículo ofrecido. De ser reiterativa esta multa (más de 3 ocasiones) se podrá dar término anticipado al contrato.
- Se aplicará una multa correspondiente al 10% del valor total contratado, por cambio de chofer sin previo aviso.
Recurso de reposición:
La Municipalidad podrá aplicar multas en forma administrativa. El Oferente podrá formular descargos, dentro del plazo de 5 días hábiles, desde la notificación, para efectuar sus descargos, de los que conocerá la Contraparte Técnica, siendo, finalmente, el Alcalde quien decidirá si procede la aplicación de la multa, en cuyo caso determinará su monto.
La Municipalidad de Coltauco tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de un vale vista, cheque a nombre de la Municipalidad de Coltauco.
15.6. Modificaciones al Contrato:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas, en las siguientes situaciones:
a) Aumento en la cantidad de kilómetros de traslado por programa.
b) Aumento en los meses de ejecución de los servicios, mientras se realiza un nuevo proceso de licitación.
Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato se incorporarán en nuevos anexos, lo que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato.
Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo.
Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor toral del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste. Por lo tanto, si existe disponibilidad presupuestaria y acuerdo entre las partes, teniendo presente que el Prestador de Servicios ha cumplido a cabalidad su contrato sin observaciones, podrá ser prorrogado por una sola vez, con un plazo máximo de 2 meses, reajustándose de acuerdo a IPC acumulado al mes anterior en que se celebra la prórroga, en caso de que éste último sea negativo, el valor se mantendrá, salvo que en las Bases Técnicas dispongan de otra situación.
Para ello se emitirá una nueva orden de compra electrónica, tomando todas las medidas administrativas del caso, debiendo el Oferente estar hábil y con su Declaración Jurada Sin Conflicto de Interés al día.
16. DE LA ORDEN DE COMPRA ELECTRÓNICA:
Posterior a la adjudicación en el portal y luego de transcurrido el plazo de 24 horas, se verificará la habilidad del Oferente y se procederá a enviar la Orden de Compra Electrónica, la que deberá ser aceptada por el Proveedor, dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
En caso de que transcurrido el plazo de 48 horas hábiles, el proveedor no haya aceptado la Orden de Compra Electrónica, se podrá solicitar la cancelación y adjudicar al segundo mejor, según indique el Acta de Evaluación, tomando los resguardos administrativos correspondientes.
La Orden de compra electrónica debe ser aceptada, antes de emitir factura.
17. MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones (Artículo 40° de Reglamento de Compras – Decreto N°661/2024).
18. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las ofertas que presenten las empresas deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos a contar de la fecha de presentación de la propuesta. La oferta cuyo periodo de validez sea inferior podrá ser rechazada por no ajustarse a este requisito. Si no lo señala expresamente el plazo de vigencia, se entenderá que por el solo hecho de presentar una oferta, el proponente le otorga la vigencia antes mencionada. Sólo en circunstancias excepcionales, se podrá solicitar a los oferentes que extiendan el periodo de validez de sus ofertas. Tanto la solicitud como las respuestas deberán ser hechas por escrito a través del sistema.
19. OTRAS CONSIDERACIONES:
19.1. De la Subcontratación:
Debido a que los servicios se adjudicaran considerando la experiencia del oferente, los servicios deberán ser ejecutados directamente por el adjudicatario. Por lo cual se prohíbe la subcontratación de los servicios.
19.2. De la Publicidad Ofertas Técnicas:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
19.3. Mecanismos para solución de consultas respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado a la Comisión Evaluadora y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, la que será respondida dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
19.4. De la Unión Temporal de Proveedores:
De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda.
Oportunidad de presentación del instrumento: Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores.
Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere.
Presentación de la oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases.
Corresponde a la Municipalidad determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones, sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo a los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto, una UTP podría, a modo ejemplar, presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cual sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta.
19.5. De lo establecido en el artículo 35 Quater de la Ley 19.886:
Los oferentes al momento de ofertar en el portal www.mercadopublico.cl Se entiende que conocen lo establecido en las modificaciones realizadas a la ley Nº19.886 “Ley de Compras públicas” Modificada por la ley N° 21.634, específicamente en el artículo 35 Quater que establece lo siguiente:
Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
19.6. Pacto de Integridad:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
19.7. Pago de cotizaciones:
Según la Ley N°20.255 “Reforma Previsional y la Ley N°20.894, que prorroga la obligatoriedad de cotizar a los trabajadores independientes, el oferente declara estar en conocimientos de la obligación que le asiste respecto del pago de las cotizaciones previsionales (salud y pensiones, seguro de accidente y que no es responsabilidad de la Municipalidad de Coltauco efectuar descuentos por estos conceptos.
Respecto de la responsabilidad del Contratista con respecto a los trabajadores, es de exclusiva responsabilidad de la empresa Contratista la seguridad del personal y el suministro de acuerdo a los trabajos que deberán realizar. Hacer entrega del equipamiento y elementos de seguridad, según las normas vigentes y requerimientos de los organismos de seguridad competentes. El personal que no cumpla con las disposiciones de seguridad indicadas, deberá ser reemplazado dentro de las 24 horas de notificación de la ITS, lo mismo se aplicará a los implementos de trabajo que no estén de acuerdo con las normas de seguridad.
Todo accidente que ocurra en la ejecución de los servicios que obedezca a negligencia o culpa de la Contratista o de los dependientes de estos, será de su exclusivo cargo y responsabilidad y, en general, todo gasto o pago de cualquier naturaleza que se produzca por causa o con ocasión de estos trabajos, son de su exclusiva cuenta y riesgo.
Será de cargo exclusivo de la Contratista cualquier pago, multa o sanción pecuniaria o indemnización de cualquier especie, que éste deba pagar por causa de omisión o incumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y de los demás que se deriven de su calidad de empleador para con sus trabajadores. En el caso de que la Municipalidad de Coltauco se viera obligada a cualquier desembolso por tales conceptos, queda expresamente establecido que tendrá derecho a reembolsarse de las sumas que corresponda, deduciéndolas de las cantidades que se deban pagar al Contratista, de las retenciones o de las garantías que obren en poder de la Municipalidad y también podrán ser deducidas de cualquier suma que la Municipalidad adeude al Contratista y que se deriven de la ejecución del presente contrato.
La Municipalidad hará siempre efectivo el derecho a ser informado y el derecho de retención a que se refiere el artículo 183-C del Código del Trabajo. En consecuencia, el Contratista deberá acreditar el cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales que le afecten respecto de sus trabajadores durante todo el tiempo o período el cual el o los trabajadores se desempeñan en las obras o servicios que se contraten por este instrumento. En virtud de lo señalado en la presente cláusula, para cursar cualquier pago, anticipo o para devolver retenciones o garantías, la Municipalidad exigirá a la Contratista que acredite mediante un Certificado emitido por la Inspección del Trabajo respectiva u otro medio idóneo que acredite que a la fecha del respectivo pago, no existen reclamos laborales ni previsionales pendientes en su contra o en contra de los subcontratistas de la obra y que se encuentra al día en el cumplimiento de dichas obligaciones laborales y, previsionales respecto de sus trabajadores que ejecutan una obra o presten servicios en virtud del presente contrato.
Será también causal de término anticipado de contrato el incumplimiento permanente de las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad que el Contratista debe cumplir para con sus trabajadores de conformidad a lo establecido en la Legislación Laboral Vigente.
20. DE LA OPERACIÓN DE FACTORING:
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro de 48 horas de su celebración.
Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N° 19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes, Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurara la causal de incumplimiento grave para los efectos del término del Contrato.
21. DE LOS FORMULARIOS:
Formulario N°1-A Individualización del Oferente
Formulario N°1-B Identificación de UTP
Formulario N°1-C Constitución de Unión Temporal de Proveedores UTP
Formulario N°2 Experiencia del Oferente
Formulario Nª3 Programa de Integridad y Ética Empresarial
Declaración Jurada de Patente Comercial para Contratar
Declaración Jurada Simple Inhabilidades por condenas antisindicales
Declaración Jurada Simple Deudas Vigentes con Trabajadores
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JEFE DPTO. ADQUISICIONES.
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GCV/pmo
FORMULARIO N°1-A
INDIVIDUALIZACION DEL OFERENTE
“TRANSPORTE PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS DE LA DIDECO”
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NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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CELULAR
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DATOS BANCARIOS
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E-MAIL
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NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
FORMULARIO Nº1-B
IDENTIFICACION DE LA UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
“TRANSPORTE PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS DE LA DIDECO”
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NOMBRE LICITACIÓN PÚBLICA
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ID N° DE MERCADOPUBLICO
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NOMBRE DEL OFERENTE
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RUT. N° OFERENTE
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IDENTIFICACIÓN REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
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NOMBRE Y APELLIDOS
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CEDULA DE IDENTIDAD N°
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TELEFONO FIJO
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TELEFONO CELULAR
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E-MAIL
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IDENTIFICACIÓN DE ASOCIADOS
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ASOCIADOS PERSONA NATURAL
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NOMBRES Y APELLIDOS
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CEDULA DE IDENTIDAD N°
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IDENTIFICACIÓN DE ASOCIADOS
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ASOCIADOS PERSONA JURIDICA
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NOMBRES PERSONAS JURIDICA
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RUT. N° PERSONA JURIDICA
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IDENTIFICACION DE SOCIOS O ACCIONISTA DE LA PERSONA JURIDICA
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NOMBRE
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CEDULA DE IDENTIDAD O RUT. N°
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NOMBRE, RUT. Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
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NOTA: Si el oferente es Unión Temporal de Proveedores adjuntar el presente formato.
FORMULARIO Nº1-C
CONSTITUCION DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)
ENTRE
XXXX
Y
XXXX
LICITACIÓN PÚBLICA
“TRANSPORTE PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS DE LA DIDECO”
ID 3997-xx-LE26
Comparecencia personas naturales
Comparecencia personas jurídicas
Los comparecientes, todos mayores de edad, declaran que a sus representadas, oferentes en la presente licitación, son empresas de menor tamaño y no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la administración contenidas en los artículos 4 y 35 quáter de la Ley N°19.886, ni ninguna de las causales de inhabilidad para integrar el Registro de Proveedores del Estado definidas en el artículo 154 del Decreto Supremo N°661,de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, y exponen:
PRIMERO: CONSTITUCIÓN: Los comparecientes con ocasión del proceso de licitación “Concesión de aparcadero municipal, comuna de Coltauco, ID Nº3997-89–LP25, publicado por la Municipalidad de Coltauco, por este acto acuerdan constituir y formalizar una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en adelante “UTP”, según los términos dispuestos en el artículo 180 del Decreto Supremo N°661,de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, para los efectos de la presentación conjunta de una propuesta, la celebración del contrato una vez adjudicada la Unión, si procediere, y la posterior ejecución de la prestación en los términos descritos en las bases de la licitación y demás documentos aplicables.
SEGUNDO: SOLIDARIDAD: Las partes comparecientes, pactan en este acto solidaridad respecto de todas las obligaciones que deriven de la oferta que presenten, en las bases de la licitación que regulan el proceso singularizado en la cláusula primera, y del contrato que se suscriban en atención al mismo. En virtud de dicha solidaridad, la Municipalidad de Coltauco podrá exigir a cualquiera de los integrantes de la UTP que por este acto se constituye, indistintamente, el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por la Municipalidad de Coltauco a cualquiera de los integrantes de la Unión que por este acto se constituye, será válido y extinguirá la deuda respecto de los demás integrantes de la UTP. Serán aplicables a este pacto las disposiciones del Título IX “De las Obligaciones Solidarias, del Libro Cuarto “De las Obligaciones en General y de los Contratos” del Código Civil.
Se deja expresa constancia que cada uno de los miembros de la unión de proveedores sean ellos personas naturales o jurídicas mantendrán su autonomía jurídica y económica.
TERCERO: OBJETO Y ALCANCE: El objeto de la presente Unión Temporal consiste en la presentación conjunta a la Municipalidad de Coltauco, de una propuesta para el proceso de licitación singularizado en la cláusula primera de este acto, como, asimismo, asumir la obligación legal, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad, y domicilio común con la sociedad.
Además, deberán tratarse de exclusivamente de empresas de menor tamaño, en caso contrario, no podrán integrar la UTP, conjunta del cumplimiento de la contratación, el que será ejecutado de conformidad a las bases de licitación que regulan el proceso y al contrato que se suscriba para ello.
Los comparecientes se encargarán de elaborar la propuesta solicitada, como también de suministrar el mutuo apoyo técnico, logístico y administrativo que se requiera para dicha presentación.
Además, y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo en el artículo 181 del Decreto Supremo
N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº19.886, los integrantes de la
Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante
para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo tener presente que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas y la suscripción de contratos afectan a cada integrante de la UTP.
CUARTO: VIGENCIA: La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y su validez será hasta la total liquidación del contrato, incluyendo la prórroga del mismo, en caso de existir, la cual solo podrá realizarse por una vez.
Con todo, la vigencia de la presente UTP deberá considerar el tiempo necesario para atender la
solución de las garantías prestadas en el referido proceso de licitación.
QUINTO: DOMICILIO: Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores fijan como domicilio, el ubicado en ________________________________________________________3.
SEXTO: REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común
de ésta, a don(ña) __________________________4, el (la) cual está facultado (a) para5:
a)_________________, b)_____________________(….). En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado común de ésta UTP, a don(ña)6____________________________ con las mismas facultades.
SÉPTIMA: PERSONERÍAS: La personería de don(ña) ________7 para actuar en representación de la ________________8, consta en escritura pública de fecha _____________9, otorgada ante don(ña) ________________10 Notario Público11 de la ______________12, La personería de don(ña) ____________ para actuar en representación de la ___________________, consta en escritura pública de fecha____________________________ otorgada ante don(ña) _______________ Notario Público de la ____________________, que no se inserta por ser conocida de las partes.
En comprobante previa lectura firman los comparecientes.
Coltauco, ____de ________________de 2026
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1 Comparecencia de personas naturales, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad y, domicilio.
2 Comparecencia de personas jurídicas, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: nombre de la sociedad u otra, número de rol único tributario, nombre (s) del representante
3 Informar domicilio común de la unión temporal de proveedores, con señalamiento de dirección, comuna y Región.
4 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común con poderes suficientes para representar a la unión temporal de proveedores, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
5 Incorporar las facultades que se entregan al representante o apoderado común, las que en todo caso deberán considerar las de suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la cláusula primera del acuerdo, suscribir el contrato que derive la licitación indicada en la cláusula primera, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP.
6 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común que representará al titular, el cual deberá tener las mismas facultades, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
7 Nombre del representante legal o administrador de la persona jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
8 Nombre de la persona natural o jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
9 Incorporar fecha de la escritura pública donde consten los poderes.
10 Incorporar nombre del o la Notario Público que otorgó la escritura.
11 Notario Público y se no se ha constituido por Escritura Pública, deberá indicar quien lo autoriza.
12 Incorporar N° y Ciudad de la Notaría que otorgó la escritura.
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FORMULARIO Nº2
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
“TRANSPORTE PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS DE LA DIDECO”
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NOMBRE Y APELLIDOS DEL OFERENTE
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R.U.T. N°
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Organismo Público y/o Sector Privado
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Orden de Compra Electrónica / Facturas / Contratos Notariales
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Coltauco, _________de_____________del 2026
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
En el caso de que el Oferente no tenga órdenes de compra electrónicas en el portal asociadas, podrá también adjuntar archivos o documentos escaneados, tales como contratos o cartas de referencia las cuales indiquen en qué otras entidades ha prestado este tipo de servicios. (En todos los casos, siempre deberá llenar este formulario, tenga o no tenga órdenes de compra asociadas).
FORMULARIO Nª3
PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ETICA EMPRESARIAL
“TRANSPORTE PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS DE LA DIDECO”
En relación a los Programas de Integridad y Ética Empresarial, el oferente declara que su empresa:
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Marcar (x) la alternativa que corresponda
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Si cuenta con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal
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No cuenta con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal
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NOMBRE, RUT Y FIRMA
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NOMBRE, RUT Y FIRMA
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REPRESENTANTE LEGAL
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JEFE O ENCARGADO DE PERSONAL
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Nota 1°:
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Este formato deberá ser firmado por el representante legal de la empresa.
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Nota 2°:
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En caso que la empresa cuente en su orgánica con área de personal, este formato también deberá ser firmado por la jefatura o el encargado correspondiente.
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Nota 3°:
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Aquellos oferentes que participen en calidad de uniones temporales de proveedores, cada uno de los asociados de la UTP deberán presentar este formato y firmarlo de acuerdo a lo indicado anteriormente
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Nota 4°:
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Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
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Nota 5°:
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Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
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DECLARACIÓN JURADA DE PATENTE COMERCIAL PARA CONTRATAR
Persona Jurídica
El firmante, en su calidad de representante legal del proveedor, <nombre del representante legal>, cédula de identidad N° <RUT del representante legal> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad>, en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declara bajo juramento que:
- Conforme al artículo 12 N°7 de Ley de Rentas Municipales, no se encuentra afecto a patente comercial para contratar dado que la renta del ejercicio anterior es inferior a 10 UTA.
La información contenida en la presente declaración se encontrará permanentemente actualizada.
<Ciudad>, <día/mes/año>
__________________________
<Firma>
<Nombre>
>
NOTA:
Todos los datos solicitados entre <negrilla> deben ser completados por el proveedor.
DECLARACIÓN JURADA DE PATENTE COMERCIAL PARA CONTRATAR
Persona Natural
El firmante, en su calidad de proveedor, <nombre del proveedor>, cédula de identidad N° <RUT del proveedor> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad>, declara bajo juramento que:
- Conforme al artículo 12 N°7 de Ley de Rentas Municipales, no se encuentra afecto a patente comercial para contratar dado que la renta del ejercicio anterior es inferior a 10 UTA.
La información contenida en la presente declaración se encontrará permanentemente actualizada.
<Ciudad>, <día/mes/año>
__________________________
<Firma>
<Nombre>
NOTA:
Todos los datos solicitados entre <negrilla> deben ser completados por el proveedor.
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
INHABILIDADES POR CONDENAS POR PRÁCTICAS ANTISINDICALES
“TRANSPORTE PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS DE LA DIDECO”
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NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
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R.U.T. N°
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REPRESENTANTE LEGAL
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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TELEFONO
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CELULAR
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E-MAIL
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En relación a las inhabilidades por condena, el Oferente declara bajo juramento que:
- No he sido o mi representada no ha sido condenada por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta.
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NOMBRE, RUT. Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
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NOTA: Este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la UTP.
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
DEUDAS VIGENTE CON TRABAJADORES
“TRANSPORTE PARA LOS DIFERENTES PROGRAMAS DE LA DIDECO”
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NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
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R.U.T. N°
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REPRESENTANTE LEGAL
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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TELEFONO
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CELULAR
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E-MAIL
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DECLARO LO SIGUIENTE:
(En el espacio en blanco, favor indicar “si” o “no”, según corresponda):
“______ registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
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NOMBRE, RUT. Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
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NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR
(Identificación del declarante)
Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:
- No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
- Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
- No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
- No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
- No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
- Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
- No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
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