Licitación ID: 662237-45-LQ25
Servicio de Sala Cuna y Jardines Infantiles
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Jardines infantiles o salas cunas 1 Unidad
Cod: 91111901
Servicio de Administración del beneficio de Salas Cunas y Jardines Infantiles para asesores y funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Sala Cuna y Jardines Infantiles
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Este Servicio requiere contratar el Servicio de Administración del beneficio de Salas Cunas y Jardines Infantiles para asesores y funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SENDA NACIONAL
R.U.T.:
61.980.170-9
Dirección:
Agustinas 1235, piso 9
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-10-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 10-10-2025 13:30:26
Fecha inicio de preguntas: 10-10-2025 15:01:00
Fecha final de preguntas: 15-10-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-10-2025 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-10-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-10-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-11-2025 15:51:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
No hay información de Antecedentes Administrativos
Documentos Técnicos
1.- El proponente deberá ingresar como Oferta Técnica al portal www.mercadopublico.cl, un archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción de lo ofertado, debiendo cumplir, como mínimo, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas. El oferente deberá presentar a lo menos los siguientes antecedentes: a) Experiencia de la entidad participante. Todo oferente deberá acompañar declaración simple de su experiencia en servicios de administración del beneficio de Salas Cunas y Jardines Infantiles. En la declaración se deberán indicar referencias de trabajos anteriores, señalando detalladamente las fechas de ejecución de los mismos e individualizando a sus respectivos mandantes, señalando sus nombres, teléfonos y/o correos electrónicos de contacto. Para los efectos de acreditar la experiencia por él declarada, para tal efecto podrá utilizar el formato del anexo N°3. Se evaluará la experiencia de los últimos 15 años contados desde la fecha de cierre de presentación de las ofertas. b) Descripción y características del servicio ofertado El servicio de administración del beneficio de salas cunas y jardines infantiles, deberá proveerse, desde la suscripción del contrato respectivo y hasta el 30 de abril de 2028. La oferta deberá considerar nuevos ingresos y retiros durante el año, y cambios de salas cunas o jardines infantiles. Se requiere que el oferente se obligue a afiliar al total de salas cunas y jardines infantiles al que requieran asistir los hijos de los asesores y funcionarios, siempre y cuando los establecimientos estén de acuerdo en establecer un convenio con el adjudicatario, para obtener una adecuada cobertura de los usuarios, controlando su idoneidad y proporcionándoles las instrucciones y reglamentación necesarias para su funcionamiento. Los establecimientos asociados a la entrega del servicio deben estar autorizados por el Ministerio de Educación. El adjudicatario deberá preocuparse del control de la vigencia de la autorización, de cada una de las salas cuna y jardines infantiles que SENDA utilice. Para esto deberán completar el anexo N° 5. La oferta deberá adjuntar un procedimiento administrativo claro (anexo Nº4), el que deberá incluir a lo menos: 1. Administración de topes de mensualidades fijados por el licitante. 2. Control de término de beneficio por cumplimiento de tope de edad del niño. 3. Modalidad para matricula (nuevos ingresos), el que siempre debe ser visado por SENDA. 4. Forma y fecha de pago de matrículas y mensualidades, a salas cunas y jardines infantiles. 5. Modalidades de control de servicios prestados por las salas cunas y jardines infantiles en convenio. 6. Modalidad de control para evitar que se pague dos veces la matrícula a un mismo establecimiento, en los casos en que el servicio de sala cuna y /o jardín infantil esté siendo usado por las funcionarias y asesores, al momento de suscribirse el contrato con el proponente. 7. Modalidad de control para que no se pague más de una matrícula en el año, en caso de que se requiera cambiar al menor de establecimiento. Las siguientes matrículas, deberán ser asumidas por las funcionarias y asesores que han optado por cambiar al menor. 8. Administración de pagos proporcionales, generados por ingresos y egresos de los niños a los establecimientos, informados oportunamente por SENDA. 9. El retiro anticipado de menores debe ser formalizado con 30 días de anticipación o de lo contrario se asume el cobro por mes de aviso al establecimiento. 10. El ingreso de menores debe ser formalizado con un mínimo de 15 días de anticipación. Todas aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos antes señalados deberán ser declaradas inadmisibles, y sus ofertas no serán evaluadas. c) Condiciones de empleo En caso de tener contratados trabajadores discapacitados deberán acompañar el/los certificados del Registro de Discapacidad del Servicio de Registro Civil, que acrediten dicha condición.
 
Documentos Económicos
1.- El precio que señalen los oferentes en su Oferta Económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá a: La oferta económica deberá incluir el anexo N° 2 completado con los datos del oferente. El precio deberá ser presentado según se indica en dicho anexo, indicando el porcentaje que cobrará el proveedor por concepto de administración del beneficio de salas cunas y jardines infantiles, e individualizando los impuestos a que esté sujeta su tarifa tal como se encuentra identificado en dicho anexo. Asimismo, para efecto de este proceso de licitación el proveedor deberá ingresar valor 1 (uno) como valor de oferta económica solicitado en la plataforma www.mercadopublico.cl. Cabe señalar que, sin perjuicio de lo señalado en el primer párrafo, el valor que se considerará para las ofertas en el Cuadro Comparativo de Evaluación de Ofertas, será el porcentaje ofertado por el proveedor. Porcentaje que será utilizado para realizar los pagos respectivos de facturas por concepto de administración que corresponderá al porcentaje ofrecido por el proveedor adjudicado sobre el monto exento de impuestos a cancelar por mensualidades y/o matrículas más el impuesto al valor agregado. Se ha considerado un presupuesto máximo aproximado de $186.666.666.-, impuestos incluidos, considerando el número actual de funcionarias y asesores que hacen uso de este derecho, cantidad que incluye tanto los costos de administración a que se refieren estas bases, como así también el pago del beneficio de salas cunas y jardines infantiles propiamente tal. Los montos que se asignarán a funcionarias y asesores por concepto de matrícula y arancel mensual de sala cuna y jardín infantil serán determinados internamente por SENDA. El monto asignado dependerá de la disponibilidad presupuestaria y la demanda que exista. Los precios (porcentajes) que los oferentes incluyan en su oferta serán fijos y no podrán reajustarse o modificarse de manera alguna.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS Se evaluarán las Ofertas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y escala de puntajes, de 0 a 100. 70%
2 EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONÓMICAS La Evaluación Económica se aplicará a la comisión mensual que se oferte, por gastos de administración. Para estos efectos, se deberán indicar los porcentajes ofertados en la forma indicada en el Anexo N° 2 de las bases. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 186666666
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 32 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería
e-mail de responsable de pago: TESORERIA@SENDA.GOB.CL
Nombre de responsable de contrato: Francisco Gálvez
e-mail de responsable de contrato: egalvez@senda.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25100898-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública. El contratista si podrá acordar con terceros la subcontratación parcial o de alguna parte del contr
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA
Fecha de vencimiento: 26-07-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las obligaciones laborales con sus trabajadores y multas, e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación a través del portal www.mercadopublico.cl. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato. Tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza, no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
Forma y oportunidad de restitución: El SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibido conforme los servicios y cumplido a satisfacción el contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
Se requiere contratar el Servicio de administración del beneficio de Salas Cunas y Jardines Infantiles para asesores y funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol que se desempeñan en las diferentes dependencias institucionales a nivel nacional.
OFERENTE
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, así como uniones temporales de proveedores que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. NO PODRÁN PARTICIPAR. Quedarán excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar, contenida en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada disponible de forma digital en el portal de mercado público. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Nacional revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo. Así mismo, el artículo 35 quáter de la norma citada, regula los conflictos de interés, ampliando a todos los funcionarios y funcionarias de SENDA, la imposibilidad de vender bienes y servicios a los organismos en que trabajen, extendiéndose esa inhabilidad a sus cónyuges o convivientes civiles, parientes y sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Dicha prohibición se extiende mientras ocupen sus cargos y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo. Para estos efectos los oferentes deberán presentar la declaración jurada contenida en el Portal de Mercado Público. Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo. 3. INFORMACIÓN BÁSICA DE LA LICITACIÓN Etapas Una (apertura de Propuesta Técnica y Económica en un solo acto), que se efectuará a través del sistema de información Mercado Público Presupuesto $ 186.666.666.- impuestos incluidos Participantes Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y uniones temporales de proveedores, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en las presentes bases. Cómputo de los plazos Todos los plazos son de días corridos, salvo aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. En caso que un plazo expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. Comunicación con el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl Soporte de documentos Soporte digital. Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas Bases o por la Ley de Compras y su Reglamento. Funcionario encargado del contrato El encargado del contrato será: Francisco Gálvez, cuyo correo electrónico es egalvez@senda.gob.cl 3.1 CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN Publicación Bases Las Bases deberán estar publicadas en el portal de mercado público durante 20 días corridos. Consultas Hasta el quinto día corrido, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público. Respuestas Hasta el tercer día hábil, contado desde la fecha de vencimiento del plazo para presentar las consultas. Recepción de ofertas Hasta el día 20 corrido, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal Mercado Público. Acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas A las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de las ofertas. Evaluación La evaluación se realizará dentro de los 15 días hábiles siguientes al cierre de las ofertas. Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 30 días hábiles siguientes al cierre de las ofertas. Plazo para adjuntar documentos para la contratación Dentro de los 15 días hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica. Suscripción del contrato Dentro de los 15 días hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica.
CONSULTAS Y ACLARACIONES
4.1 RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y SOLICITUDES DE ACLARACIÓN. Se recibirán sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta el quinto día corrido. 4.2 RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES. Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro de los 5 días corridos, desde la fecha de publicación de las bases en el portal. Las respuestas a las consultas y las aclaraciones estarán a disposición de los Proponentes dentro de los 3 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar consultas y aclaraciones señalado en el numeral precedente. Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las Bases de esta licitación.
DE LAS OFERTAS
5.1 RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl y hasta las 15:00 horas del 20 día corrido contado desde esa fecha. Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la fecha de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora. Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl, o en caso de la concurrencia de alguna de las causales del artículo 115 N° 3 del Decreto Supremo Nº 661 (Procesos de compra fuera del Sistema de Información), de Hacienda, de 2024, excepcionalmente las ofertas podrán ser recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro o mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual. Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas. Los oferentes deberán firmar de la declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se encuentra en el portal mercado público, la cual indica que el oferente no ha sido condenado por prácticas antisindicales, no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, no tiene prohibición de celebrar actos y contratos, no ha sido condenado por los Tribunales de Justicias respecto del Articulo 33 de la Ley N° 21.595 sobre delitos económicos y finalmente que no es funcionario público. No obstante, lo anterior, la División Jurídica de SENDA, se encargará de verificar la veracidad de la información entregada y revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal. En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 181 del Decreto N°661 de 12 de diciembre de 2024. En este contexto, en caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, este Servicio examinará que ella hubiere presentado el documento en el cual se formaliza la Unión Temporal de Proveedores, donde deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, o mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual , si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso 5.2 INGRESO DE LA OFERTA TÉCNICA. El proponente deberá ingresar como Oferta Técnica al portal www.mercadopublico.cl, un archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción de lo ofertado, debiendo cumplir, como mínimo, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas. El oferente deberá presentar a lo menos los siguientes antecedentes: a) Experiencia de la entidad participante. Todo oferente deberá acompañar declaración simple de su experiencia en servicios de administración del beneficio de Salas Cunas y Jardines Infantiles. En la declaración se deberán indicar referencias de trabajos anteriores, señalando detalladamente las fechas de ejecución de los mismos e individualizando a sus respectivos mandantes, señalando sus nombres, teléfonos y/o correos electrónicos de contacto. Para los efectos de acreditar la experiencia por él declarada, para tal efecto podrá utilizar el formato del anexo N°3. Se evaluará la experiencia de los últimos 15 años contados desde la fecha de cierre de presentación de las ofertas. b) Descripción y características del servicio ofertado El servicio de administración del beneficio de salas cunas y jardines infantiles, deberá proveerse, desde la suscripción del contrato respectivo y hasta el 30 de abril de 2028. La oferta deberá considerar nuevos ingresos y retiros durante el año, y cambios de salas cunas o jardines infantiles. Se requiere que el oferente se obligue a afiliar al total de salas cunas y jardines infantiles al que requieran asistir los hijos de los asesores y funcionarios, siempre y cuando los establecimientos estén de acuerdo en establecer un convenio con el adjudicatario, para obtener una adecuada cobertura de los usuarios, controlando su idoneidad y proporcionándoles las instrucciones y reglamentación necesarias para su funcionamiento. Los establecimientos asociados a la entrega del servicio deben estar autorizados por el Ministerio de Educación. El adjudicatario deberá preocuparse del control de la vigencia de la autorización, de cada una de las salas cuna y jardines infantiles que SENDA utilice. Para esto deberán completar el anexo N° 5. La oferta deberá adjuntar un procedimiento administrativo claro (anexo Nº4), el que deberá incluir a lo menos: 1. Administración de topes de mensualidades fijados por el licitante. 2. Control de término de beneficio por cumplimiento de tope de edad del niño. 3. Modalidad para matricula (nuevos ingresos), el que siempre debe ser visado por SENDA. 4. Forma y fecha de pago de matrículas y mensualidades, a salas cunas y jardines infantiles. 5. Modalidades de control de servicios prestados por las salas cunas y jardines infantiles en convenio. 6. Modalidad de control para evitar que se pague dos veces la matrícula a un mismo establecimiento, en los casos en que el servicio de sala cuna y /o jardín infantil esté siendo usado por las funcionarias y asesores, al momento de suscribirse el contrato con el proponente. 7. Modalidad de control para que no se pague más de una matrícula en el año, en caso de que se requiera cambiar al menor de establecimiento. Las siguientes matrículas, deberán ser asumidas por las funcionarias y asesores que han optado por cambiar al menor. 8. Administración de pagos proporcionales, generados por ingresos y egresos de los niños a los establecimientos, informados oportunamente por SENDA. 9. El retiro anticipado de menores debe ser formalizado con 30 días de anticipación o de lo contrario se asume el cobro por mes de aviso al establecimiento. 10. El ingreso de menores debe ser formalizado con un mínimo de 15 días de anticipación. Todas aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos antes señalados deberán ser declaradas inadmisibles, y sus ofertas no serán evaluadas. c) Condiciones de empleo En caso de tener contratados trabajadores discapacitados deberán acompañar el/los certificados del Registro de Discapacidad del Servicio de Registro Civil, que acrediten dicha condición. 5.3 INGRESO DE LA OFERTA ECONÓMICA. El precio que señalen los oferentes en su Oferta Económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá a: La oferta económica deberá incluir el anexo N° 2 completado con los datos del oferente. El precio deberá ser presentado según se indica en dicho anexo, indicando el porcentaje que cobrará el proveedor por concepto de administración del beneficio de salas cunas y jardines infantiles, e individualizando los impuestos a que esté sujeta su tarifa tal como se encuentra identificado en dicho anexo. Asimismo, para efecto de este proceso de licitación el proveedor deberá ingresar valor 1 (uno) como valor de oferta económica solicitado en la plataforma www.mercadopublico.cl. Cabe señalar que, sin perjuicio de lo señalado en el primer párrafo, el valor que se considerará para las ofertas en el Cuadro Comparativo de Evaluación de Ofertas, será el porcentaje ofertado por el proveedor. Porcentaje que será utilizado para realizar los pagos respectivos de facturas por concepto de administración que corresponderá al porcentaje ofrecido por el proveedor adjudicado sobre el monto exento de impuestos a cancelar por mensualidades y/o matrículas más el impuesto al valor agregado. Se ha considerado un presupuesto máximo aproximado de $186.666.666.-, impuestos incluidos, considerando el número actual de funcionarias y asesores que hacen uso de este derecho, cantidad que incluye tanto los costos de administración a que se refieren estas bases, como así también el pago del beneficio de salas cunas y jardines infantiles propiamente tal. Los montos que se asignarán a funcionarias y asesores por concepto de matrícula y arancel mensual de sala cuna y jardín infantil serán determinados internamente por SENDA. El monto asignado dependerá de la disponibilidad presupuestaria y la demanda que exista. Los precios (porcentajes) que los oferentes incluyan en su oferta serán fijos y no podrán reajustarse o modificarse de manera alguna. 5.4 VIGENCIA DE LA OFERTA. La oferta deberá tener una vigencia mínima de 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazada por SENDA. Sin perjuicio de lo anterior, ante el silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene la vigencia mínima de 120 días exigidos en estas bases. 5.5 FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del plazo para la presentación de las mismas indicado en el número 5.1 precedente a las 15:00 horas, el cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente licitación, una vez publicadas las presentes bases en el referido portal. Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la fecha de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
MODIFICACIÓN A LAS BASES
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo, la que será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
A las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de las ofertas, determinada de conformidad al número 5.1 de estas bases, se procederá a efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta licitación. 7.1 MODALIDAD DE LA LICITACIÓN La presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a abrir tanto la oferta técnica como la económica. 7.2 COMISIÓN EVALUADORA La evaluación de las ofertas técnicas y económicas, será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por los(as) siguientes funcionarios(as): 1) Jefatura de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o quien ella designe mediante memorándum el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio. 2) Jefatura de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o quién ella designe mediante memorándum el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio. 3) Jefatura del Área de Gestión y Desarrollo de Personas, o quién élla designe mediante memorándum el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio. Será convocado en calidad de ministro de fe un abogado de la División Jurídica. En cualquier caso, y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes: 1) Resolver si las ofertas técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las bases técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta. 2) Evaluar las ofertas técnicas presentadas. 3) Evaluar las ofertas económicas. 4) Solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl. 5) Solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al plazo para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl. 6) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente:  Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.  Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.  La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio.  La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.  La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. 7.3 ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su respuesta a través del citado portal. 7.4 SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES SENDA podrá pedir a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al plazo para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl. 7.5 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las condiciones administrativas señaladas en el número 5 y que cumplan los requisitos y especificaciones mínimas exigidas en estas bases, lo que será revisado por la comisión evaluadora, de acuerdo al 7.5.1 en adelante, de estas Bases. 7.5.1 EVALUACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS. (70%) Se evaluarán las Ofertas de acuerdo a los criterios, ponderaciones y escala de puntajes, de 0 a 100. La comisión evaluadora, evaluará la oferta técnica, conforme a la pauta de evaluación técnica que se incorpora en esta sección que indica los criterios de evaluación y establece los puntajes y ponderaciones que se asignen a cada uno de ellos. Criterio de Evaluación Porcentaje 1 Experiencia de la empresa 20% 2 Cantidad de Salas Cunas y Jardines Infantiles en convenio 20% 3 Cobertura Nacional 30% 4 Plazos para incorporar nuevas Salas Cunas y Jardines Infantiles 15% 5 Condiciones de empleo 10% 6 Cumplimiento de Requisitos Formales 3% 7 Cumplimiento de Programa de Integridad 2% Criterio Escala Puntaje Ponderación 1 Experiencia de la empresa 10 años o más 100 20% Más de 5 años y menos de 10 años 80 Más de 1 año y hasta 5 años 50 1 año o menos (Anexo N°3) 10 2 Cantidad de Salas Cunas y Jardines Infantiles en convenio (Cantidad ofertada/mayor cantidad de salas cunas y jardines infantiles) *100 * 0,2 20% (Anexo N° 5) 3 Cobertura Nacional 100 puntos 30% Oferta con mayor cobertura Para el resto de las ofertas se utilizará la siguiente formula: (cobertura) / (mayor cobertura) *100 * 0,3 (Anexo N° 5) 4 Plazos para incorporar nuevas Salas Cunas y Jardines Hasta 5 días hábiles 100 Entre 6 y 10 días hábiles 80 15% Entre 11 y 15 días hábiles 50 Infantiles Entre 16 y 20 días hábiles 10 (Anexo N°4) Condiciones de empleo Tiene contratados 2 o más trabajadores discapacitados 100 puntos 5 Tiene contratado al menos un trabajador/a discapacitado/a. 50 puntos 10% No tiene contratados trabajadores discapacitados. 0 puntos 6 Presentación Formal de las Propuestas Este criterio será aplicado para evaluar el ingreso de la totalidad de la documentación solicitada en estas bases (anexos administrativos, técnicos y económicos). El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello y no se le solicitan antecedentes conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886. 3% 100 puntos No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los acompaña con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886. 50 puntos No acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme al art. 56 del Decreto N°661 Reglamento de la ley N°19.886, o lo acompañado no cumple con lo solicitado. 0 puntos 7 Cumplimiento de Programa de Integridad Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la existencia del programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u organización. Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno, correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa (en idioma español) En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales (Anexo 6B), se evaluara la formación personal en cursos de perfeccionamiento, diplomados y/o capacitaciones en modalidad presencial y/o Elearning u otros documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance. Oferente cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en caso de las personas naturales cuenta con formación personal acreditada en materia de integridad o compliance. 100 puntos 2% Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en caso de las personas naturales no se cuenta con formación personal acreditada en materia de integridad o compliance. 0 puntos 7.5.2 EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONÓMICAS (30%) La Evaluación Económica se aplicará a la comisión mensual que se oferte, por gastos de administración. Para estos efectos, se deberán indicar los porcentajes ofertados en la forma indicada en el Anexo N° 2 de las presentes bases. Se asignará mayor puntaje a la oferta que presente un cobro por comisión de administración menor. Toda oferta que supere el 3% deberá ser declarada inadmisible. El puntaje de evaluación económica se asignará de la siguiente forma: - A la(s) oferta(s) económica(s) con el menor valor entre todas se le asignará 100 puntos. - A las ofertas restantes se les asignará un puntaje de acuerdo a la siguiente formula: Puntaje económico = Menor % ofertado * 100 %ofertado 7.5.3 Puntaje Final. El Puntaje Final de las ofertas considera asignar un 70% al puntaje obtenido en la Evaluación Técnica y un 30% al puntaje obtenido en la Evaluación Económica, quedando la evaluación final como sigue: PFTE = Puntaje Técnico * 70 % + Puntaje Económico * 30% 7.5.4 Mecanismo de desempate Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final técnico-económico, entre dos o más oferentes, se seleccionará al Proponente de acuerdo a la siguiente secuencia: a) El proponente que haya obtenido mayor puntaje en la “evaluación técnica”. b) De persistir el empate, se considerará la oferta con el menor porcentaje de comisión por el servicio. c) De persistir el empate, se considerará a la oferta que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio técnico de Cobertura nacional. d) De persistir el empate, se considerará la oferta con mayor puntaje en el criterio cantidad de salas cunas y jardines infantiles en convenio. e) De persistir el empate, se considerará al oferente con mayor experiencia en servicios de administración de Salas Cunas y Jardines Infantiles. f) De continuar el empate, se considerará al oferente con mayor puntaje en el criterio “condiciones de empleo”. g) De continuar el empate, se considerará al oferente con mayor puntaje en el criterio “cumplimiento de los requisitos formales”. h) Finalmente, si aplicados todos los criterios anteriores se mantuviera el empate, será adjudicada al primero que haya presentado su oferta en el portal.
ADJUDICACIÓN
La adjudicación se realizará dentro de los 30 días hábiles siguientes al cierre de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA, a través de acto administrativo fundado, totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl. 8.1 SELECCIÓN DEL ADJUDICADO Y READJUDICACIÓN El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado. Posteriormente se procederá a su adjudicación mediante acto administrativo fundado del SENDA, debidamente notificada al Adjudicatario y al resto de los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan permitido al Adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl. En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado. 8.2 RECHAZO DE LAS OFERTAS El SENDA declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado. 8.3 CAUSALES PARA DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN. SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las siguientes causales: a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el numeral 9.1. b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el punto 9.2 de las presentes bases. c) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en el punto 9.3 de las presentes bases. d) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera de su oferta. e) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo establecido en el punto 9.4 de las presentes bases. De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, SENDA adjudicará al oferente que, según el acta de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses de SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. 9. DEL CONTRATO. Se celebrará un contrato de prestación de servicios, dentro de los 15 días hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica. 9.1 INHABILIDADES PARA CONTRATAR No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las siguientes inhabilidades: a) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso primero, ni tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. b) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. c) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. d) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que Indica. e) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973. Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, el SENDA adjudicará la licitación, al Oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. 9.2 REQUISITOS PARA CONTRATAR Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que adjudica, la documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato respectivo. 9.2.1 Todos los oferentes 1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. 2. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, según las indicaciones contenidas en el punto 9.3 de las presentes Bases. 3. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos años, el adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de Antecedentes Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración jurada según el formato que a continuación se indica: En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas: DECLARACION JURADA En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202_, don/doña ...................................................................................., representante legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que: a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a ………………………………. Firma: …………..………….. Nombre: …………..………….. RUT: ..………….…………. En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica: DECLARACION JURADA En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202_, don/doña ...................................................................................., representante legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que: La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los últimos dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo. Por lo tanto, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Firma: …………..………….. Nombre: …………..………….. RUT: ..………….…………. En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 9.2.2 Documentos para Persona Natural: 1. Fotocopia del R.U.T. 2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar. DECLARACIÓN JURADA En Santiago de Chile, a ........ de .............. de 202_, don / doña: .............. .............................................................................................................................. ......, declara que: 1) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso primero, ni tampoco en el artículo 35 quater, todos de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 2) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 3) Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 4) No ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973. Firma: …………..………….. Nombre: …………..………….. RUT: ..………….…………. 9.2.3 Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada): A. EN CASO DE SOCIEDADES: a) Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente. b) Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente. c) Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda. d) Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad. e) Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales. f) Declaración jurada que indique lo siguiente: La entidad que represento no está afecta a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios1 . i. La entidad que representa, no es una sociedad de personas de la que forme parte algún funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA o una persona que esté unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco una sociedad en comanditas por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas; ni una sociedad anónima abierta en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio en donde se inscribió la sociedad. B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES: a) En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública. b) En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo 548 del Código Civil. c) Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. d) Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda. e) Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo. f) Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. g) Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. C. EN TODOS LOS CASOS: El prestador deberá completar la declaración jurada de inhabilidad para contratar, contenidas en el portal de mercado público al momento de presentación de su oferta. 9.2.4 Documentos para Persona Jurídica Extranjera: a) Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. b) Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases. c) Deberá designar domicilio en Chile. d) Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. D. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada una de las personas que la integran deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos anteriores, según sea el caso. Con todo, se hace presente, que no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se encuentren digitalizados y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl. 9.3 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 15 días hábiles, a contar de dicha notificación, presentar una caución o garantía, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de vigencia del contrato, a objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. Cada caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (el nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT.); por un monto igual o superior al 5% del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, en pesos chilenos. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato será pagadera a la vista, con carácter de irrevocable. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato. La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada como “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Con todo, tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza, no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia. Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. Además, dicha garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicado, de conformidad a lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 19.886. El SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibido conforme los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable. Beneficiario “Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, RUT N° 61.980.170-9.” El nombre podrá abreviarse pero siempre deberá indicarse el RUT. Vigencia mínima Vigencia mínima de 60 días hábiles con posterioridad al término de la vigencia del contrato (esto es 60 días con posterioridad al plazo ofertado para el soporte y mantención de la plataforma web y los recursos interactivos, el cual no podrá ser menor a 6 meses). Monto Igual o superior al 5% del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, en pesos chilenos. Expresada en Pesos chilenos (En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro expresada en U.F., su equivalente en pesos se calculará a la fecha de emisión del instrumento). Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las obligaciones laborales con sus trabajadores y multas, e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación a través del portal www.mercadopublico.cl. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato. Tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza, no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia. 9.4 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. El Adjudicado deberá suscribir el Contrato correspondiente dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Si el adjudicado no suscribe el Contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA adjudicará al Oferente que, según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado. Se deja expresa constancia que si el adjudicatario registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, para estos efectos en este plazo deberá presentar los comprobantes de pagos que demuestren fehacientemente el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de esta obligación por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación en la que la empresa no podrá participar. 9.5 APROBACIÓN DEL CONTRATO. El contrato que el SENDA suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. Con todo, los pagos sólo podrán realizarse una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto que apruebe el contrato. 9.6 CLÁUSULAS DEL CONTRATO. 9.6.1 Del Pago y Facturación SENDA, por los servicios requeridos pagará al contratista una suma, única, bruta y total que se determinará de acuerdo a los servicios efectivamente prestados y al valor indicado por el adjudicatario en su oferta económica (anexo N°2). El pago de los servicios se realizará en cuotas mensuales pagaderas a mes vencido contra recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica del SENDA de la “Nómina de Facturación” que debe contener la siguiente información: El adjudicatario, una vez a probada la “Nómina de Facturación”, deberá emitir dos facturas, dentro de los siguientes diez días hábiles a dicha aprobación: 1. Una factura por el monto total correspondiente a mensualidades y matrículas, la cual es exenta de IVA, y 2. La segunda factura, por la prestación del servicio, afecta a IVA. Para proceder a ejecutar el o los pagos que correspondan, la Contraparte Técnica deberá aprobar la “Nomina de Facturación”; y la o las Órdenes de Compra deben encontrarse aceptadas por el Proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl. Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte de la Contratista del documento tributario correspondientes. Durante el mes de diciembre de cada año, la entidad deberá facturar la prestación del servicio de ese mes, antes del 20 de diciembre. Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 30 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983. 9.6.2 Contraparte Técnica La Contraparte Técnica será el Encargado del Servicio de Bienestar, o el funcionario que esta designe mediante memorándum. a) Recibir a conformidad los servicios esperados, planteando al contratista las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de éstos. b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias. Asistir en la ejecución del servicio, coordinando las actividades con el contratista. c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados. d) Solicitar en cualquier momento, información acerca de las actividades realizadas. e) Recibir a conformidad la nómina de “Nomina de Facturación” establecida en el punto 9.6.1 de las presentes bases. f) Otras obligaciones que le impongan las presentes bases o que, le correspondan de acuerdo a su calidad de funcionario de SENDA. 9.6.3 Plazos de ejecución. El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha de total tramitación de la resolución que apruebe el contrato y hasta el 30 de abril de 2028. Con todo, los servicios no podrán comenzar a prestarse antes del 1 de enero de 2026. Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, podrán comenzar a prestarse los servicios a contar de la fecha de suscripción del respectivo contrato; con todo, cualquier pago sólo podrá realizarse a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato 9.6.4 Modificación del contrato. Si con posterioridad a la suscripción del contrato, SENDA estima necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, en conformidad con el art. 129 del Reglamento de Compras Públicas, podrá realizar aquellas modificaciones que no puedan alterar los elementos esenciales del contrato inicial. Se considera que si se alteran estos cuando: I. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; II. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o III. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. Del mismo modo, se podrán realizar modificaciones que no han sido previstas por estas bases cuando: I. En una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por SENDA. II. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para SENDA. III. Aquellas en que se introduzcan variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. IV. Cuando se respete el equilibrio financiero del contrato. SENDA estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento (30%) del monto originalmente convenido. La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción del contrato respectivo, sancionado a través del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado. 9.6.5 Amonestaciones Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le insta a la enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento de reincidir. Procedimiento de aplicación de amonestaciones: Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de amonestaciones por este Servicio, el Encargado del Servicio de Bienestar, o el o los funcionarios que ella designe, le comunicará al contratista mediante correo electrónico los hechos que originan la amonestación. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el contratista en el formulario de presentación de propuesta. El profesional tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde que se le haya enviado el correo electrónico, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito, fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la amonestación, o que desvirtúen los antecedentes analizados por el SENDA. Con todo, si el contratista no presentara sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditados los hechos constitutivos de amonestación y se procederá a dictar el correspondiente acto administrativo que así lo declare. El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la amonestación quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal. 9.6.6 Multas En caso de demora en el inicio del otorgamiento del servicio, deficiencia, o en caso de incumplimiento del servicio; el adjudicatario tendrá la obligación de reponer dicho servicio, en un plazo de 3 días hábiles contados desde la notificación de la demora, deficiencia o incumplimiento. Si la demora, deficiencia o incumplimiento persiste con posterioridad a ese plazo, se aplicará una multa de acurdo a la siguiente tabla: Periodo de demora, deficiencia o incumplimiento Multa a aplicar 1 a 5 días 20% del valor de la comisión 6 a 10 días 30% del valor de la comisión 11 a 15 días 50% del valor de la comisión El retraso en la obligación de emitir las facturas dentro de los diez días hábiles siguientes posterior a la aprobación de la “Nomina de Facturación” por parte de la Contraparte Técnica, contenida en el punto 9.6.1 de estas bases, también dará lugar al cobro de la multa establecida en este numeral. En caso de que la demora, deficiencia o incumplimiento sea mayor a 15 días, SENDA se encontrará facultado para hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, y poner término anticipado al contrato, de conformidad a lo señalado en el 9.6.5 de las presentes Bases. Procedimiento de aplicación de multas: El Encargado del Servicio de Bienestar notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la multa a la que da lugar la infracción. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, al correo electrónico informado por el adjudicado en su propuesta técnica. El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio. Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por carta certificada. Sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la Ley N° 19.880, el contratista podrá presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios: a) Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o entregar directamente en la Unidad de Tesorería, quién extenderá el respectivo recibo de ingresos. b) Emisión de cheque, en los mismos términos del punto dos, pudiendo proceder a depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado, realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de Tesorería. c) Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado para hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en este último caso, el Contratista deberá entregar una nueva caución o garantía, dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados desde la aplicación de la multa, en los mismos términos señalados en el 9.3. de las Bases y el SENDA restituirá el saldo si lo hubiere. 9.6.7 Término Anticipado El SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias: a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Si el contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. d) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de autoridad que hagan imperativo terminarlo. e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el contratista, por ejemplo, incumplimiento en la elaboración de documentos técnicos, prácticas que interfieran gravemente en la coordinación intersectorial, incumplimiento reiterado de actividades programadas por razones que son imputables al contratista. f) Si el contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, y no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato. g) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento o su contenido, ya sea al momento de la presentación de la oferta, la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder. En caso de verificarse el incumplimiento grave de las obligaciones del Contratista, el SENDA pondrá anticipado término al contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común. En todos aquellos casos en que el término anticipado de contrato se disponga por causa imputable al proveedor, SENDA hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Procedimiento de término anticipado de contrato: Si analizados los antecedentes se determina la aplicación del término anticipado por este Servicio, el Encargado del Servicio de Bienestar, o el o los funcionarios que ella designe, le comunicará al contratista, mediante oficio, los hechos que originan el término anticipado parcial o total del contrato. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida en la oficina de correos que corresponda. El contratista dispondrá de 10 días hábiles contados desde que se le haya notificado el referido oficio, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan el término anticipado o que desvirtúen los antecedentes analizados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá al término anticipado total o parcial, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si el contratista ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá de veinte días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal. En caso de verificarse alguna de las causales señaladas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, podrá, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, en conformidad a las reglas generales del derecho común. Cesión de Contrato y Subcontratación Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública, de acuerdo a lo señalado en el artículo 14 de la Ley 19.886. Sin embargo, el contratista si podrá acordar con terceros la subcontratación parcial o de alguna parte del contrato.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.