Durante el proceso de análisis, estudio y ponderación de las ofertas que se presenten a esta Licitación Pública, la Universidad del Bío-Bío podrá solicitar, según lo estime pertinente y procedente y de conformidad con el artículo 40 del Decreto Supremo Nº250, Reglamento de la Ley 19.886, a cualquiera de los oferentes, salvar errores u omisiones formales que se detecten en sus ofertas, debiendo informar de dicha solicitud a los demás oferentes a través del Sistema de Información. Dichas correcciones no podrán en caso alguno, implicar la modificación de los precios o elementos sustanciales de la oferta.
La falta de presentación, la presentación incompleta o diferente a lo solicitado de cualquiera de los antecedentes y documentos referidos en los números 10 y 11, implicará dejar inmediatamente al proponente fuera de bases, por falta de cumplimiento de los requisitos de la oferta. La presentación de otros antecedentes, no serán considerados para la adjudicación de la Licitación, ni su presentación invalidará la propuesta que cumpla con las condiciones establecidas en estas Bases Especiales.