Licitación ID: 5251-149-LE25
Muebles de exterior
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD TECNOLOGICA METROPOLITANA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 79
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Bancos exteriores 3 Unidad
Cod: 56101605
BANCA HOOP SEMICIRCULAR 2 ARENA 1 ROJA Banca fabricada en polietileno rotomoldeo, para uso interior y exterior. Apto para: espacios públicos de uso intensivo y expuestos a cambios de clima. Fijación: Puede anclarse en el suelo. Y alternativamente  

2
Bancos exteriores 2 Unidad
Cod: 56101605
BANCA HOOP CIRCULAR NARANJA Banca semicircular. Fabricada en polietileno rotomoldeo, para uso interior y exterior. Apto para espacios públicos de uso intensivo y expuestos a cambios de clima. Fijación: Puede anclarse en el suelo. Y alternativamente se  

3
Bancos exteriores 2 Unidad
Cod: 56101605
SILLÓN GUMBALL TORTORA Fabricado en resina de polietileno, tecnología rotomoldeo, filtro UV. 100% Reciclable. Apto para exterior e interior. Garantía mínima: 2 años  

4
Bancos exteriores 2 Unidad
Cod: 56101605
SILLÓN BOOM CRETA Fabricado en resina de polietileno, tecnología rotomoldeo, filtro UV. 100% Reciclable. Apto para exterior e interior. Garantía mínima: 2 años  

5
Bancos exteriores 2 Unidad
Cod: 56101605
SILLÓN SETTEMBRE ARENA Fabricado en resina de polietileno, tecnología rotomoldeo, filtro UV. 100% Reciclable. Apto para exterior e interior. Garantía mínima: 2 años  

6
Bancos exteriores 2 Unidad
Cod: 56101605
SILLÓN BLOW BEIGE Fabricado en resina de polietileno, tecnología rotomoldeo, filtro UV. 100% Reciclable. Apto para exterior e interior. Garantía mínima: 2 años  

7
Bancos exteriores 6 Unidad
Cod: 56101605
SILLÓN FADE ARCILLA Fabricado en resina de polietileno, tecnología rotomoldeo, filtro UV. 100% Reciclable. Apto para exterior e interior. Garantía mínima: 2 años  

8
Bancos exteriores 1 Unidad
Cod: 56101605
SILLÓN GUMBALL TORTORA Fabricado en resina de polietileno, tecnología rotomoldeo, filtro UV. 100% Reciclable. Apto para exterior e interior. Garantía mínima: 2 años  

9
Bancos exteriores 2 Unidad
Cod: 56101605
SOFÁ BOOM CRETA Y MENTA Fabricado en resina de polietileno, tecnología rotomoldeo, filtro UV. 100% Reciclable. Apto para exterior e interior. Garantía mínima: 2 años  

10
Bancos exteriores 2 Unidad
Cod: 56101605
SOFÁ SETTEMBRE ARENA Fabricado en resina de polietileno, tecnología rotomoldeo, filtro UV. 100% Reciclable. Apto para exterior e interior. Disponible en varios acabados. Garantía 2 años  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Muebles de exterior
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Con el objetivo de fomentar espacios adecuados para el descanso, la recreación y la interacción entre la comunidad universitaria, se requiere la adquisición de mobiliario de exterior para habilitar las zonas de esparcimiento de los campus. Esta iniciativa busca mejorar la calidad de vida de estudiantes, docentes y personal administrativo, promoviendo ambientes confortables, funcionales y estéticamente integrados al entorno institucional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO
R.U.T.:
70.729.100-1
Dirección:
Calle Dieciocho Nª178, Santiago
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-09-2025 11:45:00
Fecha de Publicación: 12-09-2025 11:14:43
Fecha inicio de preguntas: 12-09-2025 11:15:00
Fecha final de preguntas: 15-09-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-09-2025 11:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-09-2025 12:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-09-2025 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 25-09-2025 11:21:41
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1 - Declaración Jurada sobre Actos, convenciones y operaciones celebradas con personas relacionadas. Anexo N°2 - Declaración Jurada Ley N°20.393 Declaración jurada de inhabilidades Anexo N°3-A (Persona Jurídica) Anexo N°3-B (Persona Natural) Anexo N°3-C (Unión Temporal de Proveedores) Declaración jurada sobre celebración de contratos administrativos con personal institucional Anexo N°4 – A (Persona natural) Anexo N°4 – B (Persona Jurídica) Declaración Jurada de Aceptación de los Antecedentes de la Licitación Anexo N°5 Identificación del oferente Anexo N°6
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°8 PLAZO DE ENTREGA Y GARANTÍA
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°9 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programas de integridad Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°7. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°7. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: CRITERIO /PUNTAJE Presenta Anexo N°7 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad/10 No presenta Anexo N°7 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad/0 Presenta Anexo N°7 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y no adjunta la copia del Programa de Integridad/0 No presenta Anexo N°7 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y no adjunta la copia del Programa de Integridad/0 10%
2 Cumplimiento de los requisitos En la evaluación de este criterio, se otorgará un puntaje máximo (10 puntos) a aquellos oferentes que cumplan oportunamente, dentro del plazo de presentación de las ofertas, con la entrega de todas las certificaciones, antecedentes formales y anexos solicitados en las presentes bases de licitación. Aquellos oferentes que, dentro del plazo para la presentación de las ofertas, omitan alguna certificación, antecedente formal y/o anexo, sin que ello implique la inadmisibilidad de su oferta, podrán presentarlo a través del foro inverso de la licitación en el plazo máximo de 2 días corridos contados a partir del requerimiento de dichos documentos efectuado por parte de la UTEM, a través del Sistema de Información. Mediante el foro inverso se puede subsanar la falta de entrega de los anexos 1 al 6, los otros documentos son de carácter obligatorio y el no entregarlos en el periodo ordinario implicará inadmisibilidad. Así, cuando la certificación, antecedente formal y/o anexo se hayan acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 56, inciso 2°, del reglamento de la Ley N°19.886, de la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le hayan solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al mismo artículo citado, se le asignará un puntaje de 5 puntos. Luego, de persistir la no presentación de la documentación solicitada y vencido el plazo ordinario y extraordinario indicado, la oferta será evaluada con 0 puntos. No obstante lo antes indicado, el plazo extraordinario para subsanar la omisión de certificaciones, antecedentes formales y/o anexos señalada previamente no se otorgará para aquellos casos en que los documentos y antecedentes que no fueron entregados dentro del periodo de presentación de la oferta contengan información necesaria para la correcta evaluación de las ofertas, o su falta de entrega en dicho periodo ordinario sea sancionado expresamente con la inadmisibilidad de la oferta en cuestión 10%
3 Plazo de Entrega Para los efectos de este criterio de evaluación, los oferentes deberán completar y presentar el Anexo N°8, indicando claramente el plazo de entrega en días hábiles y que comenzarán a regir a partir de la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor en el portal www.mercadopublico.cl. El oferente que presente el menor plazo de entrega obtendrá el puntaje máximo (30 puntos). El resto de los oferentes obtendrán un puntaje derivado de la operación aritmética de multiplicar el menor plazo de entrega entre los oferentes por 30, y dividir dicho resultado por el plazo de entrega de la oferta presentada, tal como se grafica en la siguiente fórmula: Puntaje=((Menor plazo de entrega ofertado x 30 (puntaje máximo))/(Plazo ofertado por el oferente)) La evaluación de este criterio considerará el menor plazo declarado en el Anexo N°8. La falta de entrega de dicho Anexo, durante el periodo ordinario de presentación de la oferta, será sancionada con la inadmisibilidad de esta última. 30%
4 Precio Para los efectos de este criterio de evaluación, los oferentes deberán completar y presentar el Anexo N°9 y una cotización formal, detallando el valor total neto ofertado, en conformidad a lo establecido en las presentes bases de licitación. Cabe señalar, que el valor a ofertar e ingresar en el portal de Mercado Público es el valor total neto. El proponente que presente el menor valor total neto obtendrá el puntaje máximo (30 puntos). El resto de los oferentes obtendrán un puntaje derivado de la siguiente formula: Propuesta Económica=((Menor valor entre los oferentes x 30 (puntaje máximo))/(Valor ofertado por el oferente)) En caso de existir diferencias entre el precio total neto ofertado en el portal y el anexo, se considerará válida la oferta declarada en el Anexo N°9. La falta de entrega de dicho documento, durante el periodo ordinario de presentación de la oferta será sancionada con la inadmisibilidad de esta última. 30%
5 Garantía Para la evaluación de este criterio, se evaluará la cantidad de meses de garantía ofertados para el total de los bienes a adquirir. Los oferentes deberán completar y presentar el Anexo N°8, indicando claramente los meses de garantía ofertados. El oferente que presente el mayor plazo de garantía obtendrá el puntaje máximo (20 puntos). El resto de los oferentes obtendrán un puntaje derivado de la operación aritmética de multiplicar el mayor plazo de garantía entre los oferentes por 20, y dividir dicho resultado por la garantía ofertada por el proveedor a evaluar, tal como se grafica en la siguiente fórmula: Puntaje=((Garantía ofertada por el proveedor x 20 (puntaje máximo))/(Mayor garantía ofertada)) La evaluación de este criterio considerará los meses de garantía declarados en el Anexo N°8. La falta de entrega de dicho Anexo, durante el periodo ordinario de presentación de la oferta, será sancionada con la inadmisibilidad de esta última. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: UNIVERSIDAD TECNOLOGICA METROPOLITANA
Monto Total Estimado: 40000000
Justificación del monto estimado Monto con IVA incluido las ofertas deberán ser subidas en valor neto.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Mauricio Loyola
e-mail de responsable de pago: proveedores@utem.cl
Nombre de responsable de contrato: Catalina Fuentes
e-mail de responsable de contrato: c.fuentesc@utem.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-787-7766
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Otras Garantías
Beneficiario: Universidad Tecnológica Metropolitana
Fecha de vencimiento: 26-11-2025
Monto: 40 %
Descripción: Se otorgará anticipo al inicio de los servicios, cuyo monto máximo será del 40% del valor total contratado. Asimismo, el proveedor deberá constituir una garantía por el 100% del monto otorgado como anticipo
Glosa: De acuerdo con la naturaleza del documento: “Para garantizar el anticipo del contrato referido a la adquisición de muebles de exterior”
Forma y oportunidad de restitución: Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento del documento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

en caso de empate en el puntaje total de los oferentes, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios de desempate, en el orden que se indica:

  1. Mayor puntaje en el criterio Oferta Económica.
  2. Mayor puntaje en el criterio Plazo de entrega
  3. Mayor puntaje en el criterio Garantía
  4. Mayor puntaje en el criterio Programa de integridad
  5. Mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de los requisitos formales
  6. Si el empate persiste, se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero en la plataforma www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida a un correo electrónico de la Universidad Tecnológica Metropolitana que será informado en http://www.mercadopublico.cl.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
La comisión, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de esta. Para salvar dichas omisiones, los oferentes dispondrán de un plazo de 24 horas a contar del requerimiento de la UTEM. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. 
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 

a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las  obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

i) El proveedor declara que conoce y respetará íntegramente la Política Institucional de Género, que trata sobre la Violencia de Género, Acoso Sexual y Discriminación en razón de Género de la Universidad Tecnológica Metropolitana.

En caso de hechos eventualmente constitutivos de violencia de género, acoso sexual y discriminación en razón de género que ocurran con ocasión de la ejecución del contrato con la Universidad, el proveedor deberá activar sus protocolos internos de investigación/sanción y adoptar las medidas para evitar la comisión de este u otros hechos similares. En caso de incumplimiento de esta cláusula, la Universidad podrá terminar el contrato ipso facto y sin derecho a indemnizaciones.



deriven.

b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las  obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

i) El proveedor declara que conoce y respetará íntegramente la Política Institucional de Género, que trata sobre la Violencia de Género, Acoso Sexual y Discriminación en razón de Género de la Universidad Tecnológica Metropolitana.

En caso de hechos eventualmente constitutivos de violencia de género, acoso sexual y discriminación en razón de género que ocurran con ocasión de la ejecución del contrato con la Universidad, el proveedor deberá activar sus protocolos internos de investigación/sanción y adoptar las medidas para evitar la comisión de este u otros hechos similares. En caso de incumplimiento de esta cláusula, la Universidad podrá terminar el contrato ipso facto y sin derecho a indemnizaciones.


CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título. Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público. El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley N°19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática. Toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material, será propiedad exclusiva de UTEM. Asimismo, será propiedad de la UTEM todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos. ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de UTEM.
INDISPONIBILIDAD DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL ESTADO
En caso de indisponibilidad del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado durante el período de presentación de ofertas, los oferentes podrán presentar su oferta de forma física, siempre que adjunten el certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Chile Compra, conforme a lo establecido en el artículo 21, letra c) de la ley 19.886 y el artículo 115 del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda. Los oferentes afectados dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar sus ofertas fuera del sistema, contados a partir de la notificación y habilitación del certificado de indisponibilidad por parte de la Dirección de Chile Compra. La omisión de este procedimiento resultará en la invalidación de la oferta.
AUMENTO O DISMINUCIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS
La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho de modificar, disminuir o aumentar las cantidades originalmente estimadas, según acto administrativo totalmente tramitado, hasta un tope del 30% del total adjudicado; previa información vía correo electronico a la empresa, a través del Departamento de Abastecimiento, indicando la cantidad de bienes y los motivos que fundamentan la modificación.
INADMISIBILIDAD POR DEUDAS INSOLUTAS
De acuerdo con lo dispuesto por la Ley N°19.886 y su reglamento, no serán admitidas las ofertas de proveedores que registren deudas insolutas derivadas de contratos previos con la institución u otros organismos del Estado, ya sean vencidas y no canceladas. En tal sentido, la institución podrá verificar, en conformidad con los mecanismos disponibles a través de la plataforma de Mercado Público, que el proveedor no se encuentre en esta situación. En caso de que un proveedor presente una oferta y se detecte que registra deudas insolutas, su oferta será declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N°19.886.
RESERVA DE DERECHOS
La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho a: a) La Universidad podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Institución evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de estas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. b) Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan y ante el evento que ninguno de los proponentes dé cumplimiento a la suscripción del contrato o la inscripción del proveedor en el portal www.mercadopublico.cl en los plazos señalados en estas Bases. c) Adjudicar a la propuesta que, conforme a la evaluación, sea la mejor combinación de factores técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido. d) Adjudicar a la propuesta del siguiente mejor puntaje, cuando el oferente adjudicado no se presente a celebrar el contrato cuando se exija o no suministre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, conforme a la forma y plazo establecidos en estas Bases y en los demás casos señalados.
DEL CONTRATO (Orden de compra)
Vencido el plazo de 3 días hábiles sin que se haya aceptado la orden de compra por parte del adjudicatario, la UTEM podrá readjudicar, determinando si adjudica a la segunda o tercera oferta o a la siguiente mejor evaluada, en el marco de los recursos asignados, o declarar desierto el proceso licitatorio y efectuar un nuevo llamado. Modalidad Suma Alzada Reajustabilidad No reajustable. Monto en Base a Monto estimado Monto Total estimado $40.000.000 IVA incluido Observaciones En el evento de que existan ofertas que se encuentren por debajo o excedan el monto Estimado, será facultativo para la Universidad Tecnológica Metropolitana autorizarlo en la medida que se cuente con el respectivo presupuesto. Cesión de Derechos No se permite Formalización La formalización de la adquisición se materializará por la notificación de la adjudicación y, en conjunto con la emisión y aceptación de la orden de compra del proveedor. Forma de pago Ver ítem 9.2 de este documento. Anticipo Sí Opciones de Pago Transferencia electrónica Plazo de Pago a 30 días Unidad responsable de pago Dirección de finanzas E-mail de responsable de pago proveedores@utem.cl Modalidad de Adjudicación Simple Unidad Técnica Dirección de administración
Renovación contractual
La Universidad Tecnológica Metropolitana tiene la facultad, en acuerdo con el o los proveedores adjudicados, de renovar por una sola vez el contrato por la adquisición de los bienes adjudicados, por el mismo lapso, si se determina que es necesario para cumplir, de manera más efectiva, los objetivos de la contratación. La renovación deberá fundamentarse en un informe de la contraparte técnica y estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria. Esta disposición habilita a la UTEM a prolongar un servicio exitoso sin la necesidad de llevar a cabo un nuevo proceso licitatorio.
Forma de pago
En conformidad al artículo 8º de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año en curso, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado (UTEM entre ellos) durante el presente año, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos. Por lo tanto, el proveedor debe tener habilitada la opción de recibir pagos por transferencia electrónica, debiendo proporcionar con la debida antelación la información bancaria para que ello pueda realizarse. De igual manera, la ley establece que el reconocimiento en la ejecución presupuestaria deberá realizarse en pleno cumplimiento de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura. Por consiguiente, el pago se realizará dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción de la factura. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente se certifique por parte de UTEM la recepción conforme de los bienes y servicios contratados por la contraparte técnica. En el caso de que la UTEM verifique que el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pagos resultantes del presente contrato serán destinados al pago de dichas obligaciones. El proveedor deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentra liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Asimismo, la Universidad estará facultada para hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento con el fin de cubrir los pagos adeudados por la empresa.
Multas por incumplimiento contractual
Incumplimiento en la entrega de servicio/producto acordado para la Universidad Tecnológica Metropolitana Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de las especificaciones técnicas, se aplicarán por cada día hábil de atraso en la entrega y su monto corresponderá a un 2% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega por cada día hábil de atraso, con un tope de 10 días hábiles. Las multas no podrán sobrepasar el 20 % del valor total del contrato (orden de compra). La entrega de los productos y/o servicios, deberá realizarse dentro del plazo ofertado por el proveedor en el Anexo N°8 y comenzará a regir 24 horas posterior al envío de la orden de compra. Se entenderá como atraso injustificado, todo aquel retraso en la entrega del servicio/producto (corresponde a la entrega de cualquier bien/prestación de servicio/producto acordado) no imputable a la UTEM, que no sea producto de un caso fortuito o de fuerza mayor debidamente calificado por esta última. • La calificación de fuerza mayor corresponde exclusivamente a la UTEM. • La multa y sus fundamentos deberán ser sancionadas mediante acto administrativo
Monto máximo de la multa
Las multas aplicadas al proveedor no podrán ser en ningún caso superior al 20% del monto originalmente pactado por la entrega del servicio. Este porcentaje máximo considera tanto la aplicación de multas por un tipo de incumplimiento, como la sumatoria de multas de distintos incumplimientos. En caso de que el monto total de multas aplicadas alcance el 20% del contrato anteriormente señalado, la UTEM deberá poner término al contrato, ejecutando la garantía de fiel cumplimiento (aplicable únicamente cuando este instrumento financiero haya sido requerido en las bases administrativas).
Procedimiento para la aplicación de multas
a) Si la Contraparte técnica de la Universidad Tecnológica Metropolitana considera que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al proveedor, indicando los fundamentos y monto de la misma. b) El proveedor dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contados desde la notificación para efectuar sus descargos. La notificación al proveedor se efectuará mediante el envío de un correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la casilla indicado en el Anexo N°6 c) Una vez efectuado los descargos o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes. Las resoluciones que apliquen multas serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la Ley N°19.880. En el caso de que el valor de las multas supere el monto máximo permitido en las Bases, se hará efectiva contra el cobro de la caución. Una vez efectuado los descargos o, transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Rectora de la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los hechos.
Forma de pago de las multas
Una vez notificada la Resolución que impone multa respectiva al proveedor, este deberá pagarla en el plazo de 5 días hábiles a esta Casa de Estudios, mediante transferencia electrónica bancaria a la cuenta Banco Santander cuenta N°68-80396-9. De esta transferencia deberá remitirse su comprobante al correo de apezoa@utem.cl con copia a direccion.administracion@utem.cl y a c.fuentesc@utem.cl, dirigido al Sr. Álvaro Pezoa Mera, Director de Administración. En dicho correo deberá indicarse el nombre e ID de la licitación, el monto a pagar, y los datos de individualización del proveedor. En caso de que la multa no sea pagada en el plazo antes indicado, la Universidad quedará facultada a hacer efectiva las garantías correspondientes.
Término anticipado del contrato
El contrato se entenderá resuelto administrativamente y sin derecho a indemnizaciones por cualquier incumplimiento grave de parte del proveedor respecto de las obligaciones contraídas en virtud del Contrato. Una vez dictada la Resolución respectiva se notificará al proveedor, efectuando la publicación de esta a través del Portal, pudiendo el proveedor objetar tal decisión conforme a lo dispuesto en la Ley 19.880. La UTEM podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente la entrega del servicio, en cualquier momento por causales ajenas a la responsabilidad del proveedor, tales como, de emergencia nacional, instrucciones superiores de instituciones que financian la adquisición, de entes fiscalizadores u otro motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste con una debida anticipación. En dicho caso, la UTEM pagará al proveedor el monto que corresponda al avance del equipamiento entregado. Se entenderá que todos los gastos que origine la liquidación del contrato serán de cargo de la UTEM. Asimismo, y sin desmedro de las causales de término anticipado por incumplimiento grave recién esgrimidas, los contratantes podrán modificar o poner término anticipado a la relación contractual que los vincula, de mutuo acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 130 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y la Ley N°21.634 de 2023 que la moderniza.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 13 letra b) de la Ley N°19.886 y artículo 130 N°3 del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, se considerará que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor en los siguientes casos: a) En caso de que el monto total de multas aplicadas alcance el 20% del contrato anteriormente señalado, la UTEM deberá poner término al contrato, ejecutando la garantía de fiel cumplimiento (sólo en el caso de que se haya solicitado este documento) b) Si el servicio prestado o bienes despachados, han sido evaluados negativamente por la Contraparte Técnica, ya sea por deficiencias en la prestación del servicio, sea por cobros no establecidos en convenio y/o incumplimientos reiterados del servicio. Se entenderá por incumplimientos reiterados, cuando el proveedor haya sido sancionado con multa en más de 2 oportunidades, o cuando la entidad del incumplimiento sea suficiente para poner término anticipado de forma inmediata. c) Por infracción del deber de confidencialidad durante la vigencia del contrato y/o resguardo de datos personales (Ley N°19.628). d) En caso de que se abandone la entrega del servicio, se estimará como abandono por un plazo mayor de 5 días corridos contados desde el vencimiento del plazo estipulado para su entrega o la prórroga que se encontrase corriendo. e) Si el proveedor se encuentra en notoria insolvencia y/o estado de cesación de pagos; o fuera sometido a proceso de liquidación concursal regido por la Ley 20.720; o le fueron protestados documentos mercantiles que se mantuvieran impagos f) Si el proveedor no emplea personal en la cantidad y con las competencias necesarias para la prestación del servicio, no cumple con lo señalado en su oferta técnica, requerimientos reglamentarios que le sean aplicables en razón de su giro, entre otros. g) Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad. h) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. i) Conductas del proveedor que impliquen una infracción a las normas contenidas en el “pacto de integridad” señalado en estas bases. j) Si los servicios otorgados no cubren los requerimientos de la Universidad Tecnológica Metropolitana, estipulados en las presentes bases de licitación, de acuerdo con informe emitido por la Contraparte Técnica. k) Ocurrencia de alguna infracción a una obligación específica señaladas en las bases administrativas y técnicas que expresamente señalen que constituye incumplimiento grave.
Procedimiento para el término anticipado del contrato
Si la Contraparte técnica de la Universidad Tecnológica Metropolitana considera que, en los hechos, el proveedor ha incurrido en una causal de incumplimiento grave a las obligaciones del contrato, por lo que es procedente ponerle término, comunicará esta circunstancia por escrito al proveedor, especificando los fundamentos. El proveedor dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contado desde la notificación para efectuar sus descargos. La notificación al proveedor se efectuará mediante el envío de un correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la casilla indicado en el Anexo N°6. Según lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la ley N°19.866. Una vez efectuado los descargos o, transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Rectora de la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los hechos. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, la Universidad Tecnológica Metropolitana podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la UTEM pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor.
ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
Previo a la celebración del contrato, la UTEM exigirá al oferente conjuntamente con entregar un Certificado de antecedentes laborales y previsionales, que informe respecto de los antecedentes laborales y previsionales de los últimos dos años; la declaración Jurada Ley N°20.393 en el caso de ser el adjudicatario persona jurídica y la declaración jurada simple que consigne el no haber sido condenado por los delitos concursales de aquellos tipificados en el Código Penal. El adjudicatario inscrito en el Portal de http://www.mercadopublico.cl que no tiene contratado el servicio de digitalización de documentos, deberá acompañar antes de la firma del contrato, en fotocopias legalizada ante Notario, los siguientes documentos según proceda: Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar fotocopia de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, o fotocopia del Certificado de Vigencia, de fecha no anterior a tres meses contados desde la fecha de presentación de la oferta y fotocopia del documento en que conste la personería del representante legal. Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, se deberán adjuntar los antecedentes que acrediten vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan. Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la Ley N°20.659. se debe acompañar Certificado de Migración al Régimen Simplificado o Certificado de Migración al Régimen General, según sea el caso, además del Certificado de Vigencia, Certificado del Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo N°45, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley N°20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales. Copia del instrumento de formalización de la Unión Temporal de Proveedores de acuerdo con lo prescrito en el artículo 180 del D. N°661/24 del Ministerio de Hacienda o el instrumento constitución de la sociedad formada en el caso de que la Unión optara por éste, en conformidad a lo previsto en el acuerdo de actuación conjunta.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.