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CONSULTAS Y ACLARACIONES. |
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Artículo 15: Si los proponentes estimaren que existen contradicciones u omisiones en los antecedentes de la licitación o requirieren aclaraciones respecto de éstos, deberán presentar sus preguntas y solicitud de aclaraciones, a través del Sistema de Información y Gestión, dentro del plazo indicado en el Cronograma de la Licitación, contenido en el Artículo 5 precedente.
Las preguntas y consultas recibidas, sin indicar la identidad de quien las formule, y sus respectivas respuestas y aclaraciones, se pondrán a disposición de todos los proponentes, a través del Sistema de Información y Gestión, en la oportunidad indicada en el Cronograma de la Licitación.
El proceso de preguntas y sus respectivas respuestas informadas en el plazo establecido, a todos los participantes, forman parte integrante de las bases de la presente licitación, no pudiendo los oferentes desconocer los requisitos que en ellas se establezcan.
Las aclaraciones de las ofertas que se puedan solicitar a los proponentes, no podrán traducirse en una modificación de la propuesta ya presentada. De verificarse esta situación, se producirá el rechazo de su oferta.
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APERTURA DE LAS OFERTAS. |
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Artículo 27: La apertura electrónica de las ofertas se efectuará en el plazo señalado en el cronograma de la licitación, a través del Sistema de Información y Gestión. En ella sólo se tomará conocimiento de las ofertas y demás antecedentes de cada oferente.
No obstante, lo anterior, si la apertura no se realizare dentro del plazo señalado en el Cronograma de la Licitación, la Jefatura de Comunicaciones informará en el Sistema de Información y Gestión, mediante resolución, las razones que justifican el incumplimiento del plazo, indicando una nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
Al momento de la apertura, el control de los antecedentes legales y/o administrativos, será meramente formal, verificándose que se presenten todos los antecedentes requeridos para, posteriormente, en el período de evaluación de las ofertas, efectuar la revisión de fondo de los mismos.
Artículo 28: La Jefatura de Comunicaciones podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones u errores, en la medida que no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes y que no vulneren el principio de sujeción a las bases de licitación, conforme lo señalado en el Artículo 38, siguiente.
Artículo 29: Los oferentes podrán efectuar observaciones, a través del Sistema de Información y Gestión, a la apertura de las ofertas, dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a ésta.
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GARANTÍAS. |
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Artículo 31: Se aceptará como garantía, cualquier instrumento que asegure el cobro de esta, de manera rápida y efectiva, siempre y cuando, se trate de instrumentos extendidos a la vista e irrevocables y de ejecución inmediata, tales como, boletas de garantía, certificados de fianza y vales vista. De acuerdo a lo anteriormente expresado, se aceptarán sólo instrumentos de garantía, por lo que no se aceptará dinero en efectivo como caución.
En el caso de las boletas de garantías, deberán ser tomadas por el respectivo proponente o proveedor o por un tercero a nombre de este, ante un banco chileno, agencia o corresponsalía de un banco extranjero, que permita efectuar su cobro en Chile, ser pagaderas a la vista e irrevocables y en moneda nacional.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Artículo 32: Por tratarse la presente licitación pública de una contratación inferior a 5.000 UTM, no se requerirá garantía de seriedad de la oferta conforme a lo dispuesto en el artículo 52 inciso 1° del Reglamento de la Ley N.° 19.886.
GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Artículo 33: El oferente que resultare adjudicado deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, la cual deberá ser de ejecución inmediata, a la vista e irrevocable, y a primer requerimiento, otorgada en pesos chilenos, por un monto equivalente a un 5% (cinco por ciento) del precio final neto ofertado por el adjudicatario, a fin de caucionar su fiel y oportuno cumplimiento, con una fecha de vencimiento de 90 (noventa) días corridos posteriores a la fecha prevista para el término del contrato, la que deberá extenderse a nombre del Comando de Educación y Doctrina, incluyendo su RUT Nº 61.101.019-2. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de prestación del servicio de georreferenciación satelital para la Jefatura de Comunicaciones para el año 2026”. Se deberá adjuntar a este instrumento un certificado de verificación de autenticidad de la entidad financiera emisora que permita validar su trazabilidad de origen; su contenido; y el procedimiento requerido por la entidad emisora para hacer efectivo el citado instrumento valorado.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N.° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de Dicha Firma, y ser remitida al correo electrónico adquisiciones.jc@ejercito.cl.
Artículo 34: Dentro del plazo de 10 (diez) días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser entregada por el oferente adjudicado, en la Jefatura de Comunicaciones, al igual que los antecedentes legales complementarios que sean solicitados por la Institución, conforme se indica en estas bases. Con todo, dicha garantía deberá encontrarse en poder de la Jefatura de Comunicaciones al momento de la firma del contrato respectivo.
Transcurridos los 10 (diez) días corridos señalados, sin que el proveedor haga entrega de la mencionada garantía, se entenderá, por este sólo hecho, que no existe interés en contratar y que revoca o retira su oferta, quedando facultada esta Entidad licitante para dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje, o declarar desierta la presente licitación pública, según sea el caso.
Artículo 35: La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, no podrá ser solicitada por el proveedor antes de la fecha de término del contrato y de las obligaciones emanadas de éste, ni antes de transcurrido el plazo de su vencimiento.
Se hace presente que esta garantía, además, caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N.° 19.886, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N.° 17.322, pudiendo la Jefatura de Comunicaciones hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, respecto de las citadas obligaciones laborales y sociales que mantenga impaga el proveedor.
Con todo, esta entidad licitante podrá, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hacer efectiva las multas descritas en las presentes bases administrativas y demás sanciones que afecten al oferente adjudicado.
Artículo 36: En caso de hacerse efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato por parte del Fisco-Ejército de Chile, por cualquier causa y seguir vigente el contrato, el proveedor deberá entregar dentro de los 05 (cinco) días hábiles siguientes, una nueva garantía de fiel cumplimiento, la que deberá cumplir con los mismos requisitos señalados en el Artículo 33. De no dar cumplimiento a lo anterior, se resolverá el contrato.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. |
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Artículo 38: La Jefatura de Comunicaciones podrá solicitar a los oferentes, que salven errores u omisiones formales (como errores de referencia o manifiestos errores de cálculo) siempre y cuando no incidan en aspectos sustanciales de la oferta, y estas circunstancias no les confieran a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Dicha solicitud y las correspondientes rectificaciones deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información y Gestión.
Del mismo modo, la Jefatura de Comunicaciones, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para acompañar las rectificaciones o certificaciones y antecedentes requeridos los oferentes dispondrán de un plazo de fatal de 48 (cuarenta y ocho) horas, contados desde el requerimiento que se hará en el Sistema de Información, y no podrá exceder el tiempo asignado a la evaluación.
Los oferentes que deban enmendar errores u omisiones y no cumplan con la formalidad de presentación de las ofertas, tendrán un puntaje menor de acuerdo a los criterios de evaluación señalados en el Anexo B de las presentes bases y a lo preceptuado en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N.° 19.886.
Artículo 39: El proceso de evaluación será interno, se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases. La matriz de evaluación asignará puntajes por los diferentes criterios de evaluación, por lo cual, el adjudicado será el que obtenga el mayor puntaje en la matriz de evaluación, considerándose como las más convenientes al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado.
Las ofertas serán evaluadas de manera que se permita reconocer la aptitud de lo ofrecido, para satisfacer la correspondiente necesidad institucional, considerando al efecto, la combinación más ventajosa entre todos los beneficios del bien requerido y todos sus costos asociados, presentes o futuros.
Los criterios excluyentes que se mencionan en las presentes bases no integran dichas matrices y el no cumplimiento de ellos, significará el rechazo automático de la oferta en su conjunto, sin ser evaluada.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LA PROPUESTA |
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Artículo 40: Las ofertas serán evaluadas por una comisión designada por resolución del Jefe de Comunicaciones, integrada por al menos tres funcionarios de la Entidad licitante. Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
En conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 bis de la Ley N.° 19.886 y artículo 13 de su Reglamento, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán realizar una declaración de patrimonio e intereses en la forma dispuesta en la Ley N.° 20.285, en el más breve plazo y hasta 30 días hábiles siguientes desde asumida la función.
En conformidad a lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N.° 19.886, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán suscribir una declaración jurada en la que declare expresamente la ausencia de conflicto de interés y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el presente proceso concursal. En caso de ausencia o inhabilidad de alguno de los integrantes de la Comisión Evaluadora, el Jefe de Comunicaciones podrá designar a quien lo subrogue, mediante la dictación de la respectiva resolución.
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Resolución de Empates |
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Artículo 43: En el caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de evaluación, se resolverá entre la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios de selección que componen la matriz de evaluación, en orden de prelación en atención a la ponderación asignada de mayor a menor en cada uno de ellos.
En el evento que, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl
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Pacto de integridad |
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Artículo 55: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en el presente proceso concursal, así como en la posterior ejecución del contrato, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán durante la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto a ningún funcionario público durante la ejecución del presente contrato, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior ejecución del contrato que del proceso concursal se derive.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos negociaciones actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y la respectiva orden de compra que de ellos se derive.
- El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en las bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación pública, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de la infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- El oferente se compromete a no infringir los derechos fundamentales de terceros y hacerse responsable respecto de eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables en conformidad a lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas y que fueron aprobados por Chile
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