Licitación ID: 1288505-15-LE23
Servicio de Aseo de las dependencias Interiores y Exteriores del Museo Antropologico Martin Gusinde
Responsable de esta licitación: DIRECCIÓN REGIONAL DE MAGALLANES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
“Servicio de Aseo de las dependencias interiores y exteriores del Museo Antropológico Martín Gusinde, de Puerto Williams, el servicio a contratar es por un periodo de 12 meses, verificar detalles en bases de licitacion  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Aseo de las dependencias Interiores y Exteriores del Museo Antropologico Martin Gusinde
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Servicio de Aseo en las dependencias del Museo Martin Gusinde
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DIRECCIÓN REGIONAL DE MAGALLANES
R.U.T.:
60.905.000-4
Dirección:
O'Higgins N° 498
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-10-2023 20:00:00
Fecha de Publicación: 13-10-2023 15:08:29
Fecha inicio de preguntas: 16-10-2023 15:00:00
Fecha final de preguntas: 17-10-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-10-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-10-2023 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-10-2023 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-10-2023 14:50:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA , ARAGAY 1 PUERTO WILLIAMS 16-10-2023 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La licitación tendrá el carácter de pública. El llamado, adjudicación, contratación y, en general, todos los procesos de comunicación, adquisición y contratación de esta licitación a que aluden las Bases, se harán a través del Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos del Estado Chileno, www.mercadopublico.cl Las Bases son obligatorias para todas las personas oferentes y se entenderán aceptadas íntegramente por aquellas por el solo hecho de presentar sus ofertas. Ante cualquier eventual contradicción entre las presentes bases y la información publicada en la caratula de la licitación en el Portal Mercado Público que no haya sido aclarada en un sentido o en otro, deberá entenderse como válido lo señalado en las bases. Las oferentes serán responsables por la exactitud y veracidad del contenido de sus propuestas, así como del costo que signifique presentarlas. Será deseable que quienes actúen como proponentes se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de los Organismos Públicos, ChileProveedores, al momento de presentar sus ofertas. En todo caso, para celebrar el contrato definitivo a las personas adjudicadas se les exigirá acreditar la inscripción en ChileProveedores. En caso de que el servicio contratado sea de aquellos en que la ley permite la no celebración de un contrato escrito, quien oferta deberá acreditar la inscripción en Chileproveedores al momento de la adjudicación. El Director del MAGM actuará como Unidad Técnica a cargo para la presente licitación.
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica y sus correspondientes anexos deben ingresarse al portal www.mercadopublico.cl, mediante archivos adjuntos, indicando detalladamente las características importantes y/o relevantes del servicio (o producto) requerido, según el formato establecido en las Bases Técnicas
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica deberá ser presentada a través del sitio web www.mercadopublico.cl, y se deberán subir todos los antecedentes señalados en este numeral de las presentes Bases. Quienes oferten deberán constatar el envío de sus ofertas económicas través del portal www.mercadopublico.cl. Para ello deben verificar el despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual debe ser guardado por la parte proponente para su resguardo (no debe adjuntarse con los antecedentes). La única oferta económica válida será la presentada a través del Portal, debidamente establecida en el Anexo N°4 de las presentes bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por medio distinto al establecido en estas bases, siendo declaradas inadmisibles aquellas ofertas que no presenten el anexo señalado. Así también, será de responsabilidad de cada oferente adoptar las precauciones necesarias para ingresar en forma oportuna y adecuada sus ofertas. En caso de contradicción entre la oferta señalada en el sistema Mercado Público y la presentada en el Anexo N°4, se considerará como válida la indicada en el Anexo N°4. Las propuestas económicas y los antecedentes de quienes oferten deben estar presentadas correctamente en tiempo y forma; de no ser así, quedarán excluidas de este proceso. El precio señalado en la oferta económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor total neto (con IVA). Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos. Adicionalmente, se solicita que el proveedor indique si su servicio es afecto o exento de IVA. Para la evaluación de la oferta se considerará el valor total de la oferta, incluido el IVA, si correspondiere. Sin perjuicio de lo anterior, la parte oferente deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de ésta. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento establecidas en forma unilateral. Cualquier costo adicional debe ser indicado expresamente. En caso contrario, se asumirá que los costos son exclusivamente los referidos en la propuesta económica. Una vez adjudicada esta Licitación, la oferente no podrá invocar ninguna causa con el ánimo de aumentar el valor adjudicado.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII o documento idóneo que así lo acredite.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Fotocopia de la escritura de constitución de la persona jurídica y sus eventuales modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio, si correspondiere
- I18n entry not found: - Documento que formaliza la Unión Temporal, estableciendo la responsabilidad solidaria entre las partes, la identificación del representante legal con poderes suficientes, y la vigencia de esta unión, la que no podrá ser inferior al plazo del servicio
- I18n entry not found: Fotocopia del R.U.T. de la persona jurídica
- I18n entry not found: Fotocopia de los RUT y cédulas de identidad de las personas jurídicas o naturales participantes
- I18n entry not found: Unión Temporal de Proveedores:
- I18n entry not found: Fotocopia del RUT de la persona jurídica.
- I18n entry not found: - Fotocopia de la cédula nacional de identidad del representante legal.
- I18n entry not found:  Fotocopia de la escritura de constitución de la persona jurídica y sus eventuales modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio, si correspondiere.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad y condiciones de la Oferta Técnica Calidad de la Oferta Técnica PONDERACIÓN Oferta cumple y mejora los requerimientos técnicos 30% Oferta acorde a los requerimientos técnicos 20% Oferta no cumple con los requerimientos técnicos 0% No presenta oferta técnica Inadmisible 30%
2 Precio La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: POE: (35%) x (OEB/OEE) OK Dónde: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación 10 OEB: Oferta económica más baja OEE: Oferta económica en evaluación 35%
3 Experiencia de los Oferentes Para la verificación del cumplimiento de los requerimientos exigidos y establecidos, se deberá completar el Anexo N° 5 y adjuntar copia de órdenes de compra, y/o cartas y/o documentos que consignen la contratación de servicios. Experiencia del Oferente PONDERACIÓN Acredita más de 8 años de experiencia en aseo de instituciones y edificaciones que resguardan el patrimonio cultural 20% Acredita menos de 5 años de experiencia en aseo de instituciones y edificaciones que resguardan el patrimonio cultural 10% No presenta información o acreditación de experiencia en aseo de instituciones y edificaciones que resguardan el patrimonio 0% 11 Experiencia del Oferente PONDERACIÓN cultural 20%
4 Tiempo de respuesta a situaciones especiales o eme Este Ítem evaluará el plazo de entrega propuesto, según obteniendo mayor puntaje el oferente que presente el menor plazo de respuesta ante emergencias, debiendo ingresar su propuesta en el Anexo 6. Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula. POE = PM / PE x (10) Dónde: POE= Puntaje de oferta en evaluación. PM =Plazo menor. PE =Plazo en evaluación 10%
5 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de Requisitos Formales (5%) PONDERACIÓN Oferta técnica y económica (3%) 3% Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (Anexos, etc.) y que no requieren de aclaración posterior a su presentación. 3% Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación. 0% Documentos legales (2%) Presentación, dentro del plazo establecido, la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 2% Entrega de los antecedentes omitidos en la presentación de la oferta (documentos legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases), a solicitud del Serpat, en el plazo establecido en el numeral 5.3. 0% La no entrega de los documentos señalados anteriormente, a solicitud del Serpat, en el plazo establecido en el numeral 5.3., implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible. oferta presentada será declarada inadmisible 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Museo Martin Gusinde
Monto Total Estimado: 7200000
Justificación del monto estimado Monto disponible para esta licitación
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Dada la especial naturaleza de los servicios requeridos necesarios para garantizar una higiene, limpieza y seguridad para todos los funcionarios y usuarios, se podrá renovar por un periodo de un año, mediante resolución fundada, siendo facultativo par
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Paola Gonzalez Martinez
e-mail de responsable de pago: paola.gonzalez@patrimoniocultural.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Sylvia Monrroy Alveal
e-mail de responsable de contrato: sylvia.monrroy@patrimoniocultural.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2746487-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
Fecha de vencimiento: 11-01-2025
Monto: 720000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales del Proveedor/a, según lo dispone el artículo 11 de la Ley N°19.886, este deberá entregar, una vez producida la adjudicación, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la que podrá consistir en: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 68 del D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. El documento de garantía deberá ser tomado en una institución con oficinas en la República de Chile, a la vista, irrevocable y a la orden del “Servicio Nacional del Patrimonio Cultural” con la siguiente glosa: “Servicio de Aseo de las dependencias interiores y exteriores del Museo Antropológico Martin Gusinde, de Puerto Williams”. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos chilenos u otra moneda o unidades de fomento según corresponda y ser equivalente al diez por ciento (10%) del precio total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato incrementado en 90 (noventa) días corridos. En conformidad con el inciso tercero del artículo 68 del D.S. N°250, Reglamento de la Ley N°19.886, la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que la proveedora no entregue la garantía de acuerdo con los plazos establecidos en el punto 1.2. de las Bases Administrativas, el Serpat podrá desestimar la oferta presentada y proceder a adjudicar a la segunda mejor evaluada. Así también, el Serpat podrá desechar la oferta adjudicada y hacer cobro de la respectiva garantía si el proveedor/a demora en la firma del contrato según los plazos establecidos en el punto 1.2. de las Bases Administrativas. En caso de cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, el monto de esta será considerado como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan.
Glosa: “Servicio de Aseo de las dependencias interiores y exteriores del Museo Antropológico Martin Gusinde, de Puerto Williams”.
Forma y oportunidad de restitución: El Serpat devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato, y habiéndose presentado por quien corresponda un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello, la Inspección Técnica del contrato deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía. En caso de renovación de contrato por un período completo, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta contra la entrega de la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento por el segundo período del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferta evaluada, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente: 1. Se preferirá a aquella que obtenga el más alto puntaje en experiencia del oferente. Si no se desempata con lo anterior, 12 2. Desempatará aquella que presente mayor puntaje en oferta económica. Si no se desempata con lo anterior, 3. Se preferirá a aquella que presente mejor evaluación en tiempo de respuesta a situaciones o emergencias.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la Licitación dgamagallanes@patrimoniocultural.gob.cl las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. El Serpat contestará dichas consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Conforme al artículo 40 inciso 1° del Reglamento de la ley N° 19.886, el Serpat podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Asimismo, de acuerdo con el artículo 40 inciso 2°, el Serpat podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para ofertar y el periodo de evaluación. El plazo para presentarlos será de 3 días corridos, contados desde el requerimiento por parte del Serpat
MODIFICACIÓN DE CONTRATO POR MUTUO ACUERDO DE LAS PARTES
Conforme con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, las partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, la modificación de las condiciones contractuales pactadas originalmente, siempre y cuando exista alguna causal de caso fortuito o fuerza mayor que impida o haga imposible el debido suministro de bienes muebles o la correcta prestación del servicio contratado, lo que deberá ser calificado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a quien corresponderá ponderar si existen hechos que puedan servir de fundamento para la modificación mediante acuerdo de voluntades (aplica dictamen N°11.392, de 2019). Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el numeral 12 sobre “Posibilidad de aumento y disminución de los servicios y servicios complementarios”, cuya procedencia estará sujeta a lo indicado allí. Déjese expresamente establecido que, para que opere este específico tipo de modificación contractual, se requerirá necesariamente el consentimiento de ambas partes, lo que deberá constar en la suscripción de un Anexo modificatorio del contrato. Asimismo, y conforme con la normativa legal aplicable y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, no resultará pertinente la modificación de un contrato por mutuo acuerdo, cuando ello conlleve evitar que el proveedor incumplidor asuma las consecuencias que 18 se derivan de su actuar (aplica criterio contenido en los dictámenes N°4.858 de 2019, N°7.958, de 2017, y N°s.39.361 y 63.020, ambos de 2013). Serán principios rectores de este tipo de modificación contractual, el de estricta sujeción a las bases y el de igualdad de los oferentes, los que no podrán alterarse sustancialmente.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Se podrá poner término anticipado al contrato de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886. En lo que concierne a la causal de la letra b) del artículo 13, y del numeral 2 del artículo 77, referidos, se considerará que existe incumplimiento grave, entre otros casos: 1. Cuando no exista prestación del servicio, sin previo y/o acuerdo entre las partes. 2. Cuando el adjudicatario demore más de 5 días corridos en poner en marcha el servicio, sin mediar acuerdo y/o justificación alguna. 3. Cuando el proveedor acumule 5 UF de multa por no prestar un buen servicio de trabajo de acuerdo con lo establecido en las bases técnicas. 4. Cuando el adjudicatario no preste sus servicios con la necesaria diligencia y cuidado respecto del edificio patrimonial y de las colecciones que forman parte de la unidad. Asimismo, el Serpat podrá poner término anticipadamente al Contrato en los siguientes casos: a) Proveedor/a que disuelva su personalidad jurídica sin tener continuador legal. 17 b) Proveedor/a que figure en el Registro de Quiebras o se encuentre en un procedimiento concursal de liquidación, reorganización o renegociación, ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. c) Proveedor/a que incumple las obligaciones laborales y previsionales hacia sus trabajadores y trabajadoras. Producida cualquiera de las situaciones antes señaladas, el Serpat podrá poner término anticipado al Contrato de manera fundada, decisión que deberá ser comunicada al Proveedor/a por escrito o por cualquier medio electrónico, mediante la forma o mecanismo más directo y expedito. La parte Proveedora podrá reclamar ante la decisión de poner término anticipado al contrato al Serpat dentro de 5 días hábiles contados desde la comunicación señalada precedentemente. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de esta, acogiendo los fundamentos dados por el Proveedor en forma total o parcial o bien, la rechazará, confirmando el término anticipado del contrato. No habiéndose presentado descargos por el Proveedor/a, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará el término del contrato anticipado mediante una resolución fundada que así lo disponga, debiendo publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, pudiendo el Serpat hacer efectiva la boleta de garantía que tenga en su poder. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 79 ter del D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la ley N°19.886. En cualquiera de los casos señalados previamente, el Serpat podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
CONFIDENCIALIDAD
El proveedor deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato. La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, de la información referida por parte del proveedor durante la prestación de los servicios, o después de su finalización, dará lugar al Serpat a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables
MULTAS

El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural aplicará las siguientes multas que se calculará de acuerdo con el valor la UF de la fecha en que se emita el acto administrativo que la curse.

1.       1 UF diaria por retraso en el inicio de la prestación del servicio contratado, con un tope de 5 días.

2.       0,5 UF cuando algún individuo del personal del servicio  no adopte medidas de  protección personal, acorde a las actividades a desarrollar

3.       0,5 UF cuando algún individuo del personal del servicio no acate las normas internas de higiene y seguridad del edificio.

La parte proveedora podrá reclamar, ante el Serpat, de los hechos que constituyen los cargos imputados y comunicados dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación de la infracción. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de esta, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor en forma total o parcial, o bien, la rechazará aplicando la multa respectiva mediante una resolución fundada que así lo disponga, y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente.

Conforme con lo anterior, no habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará la multa mediante una resolución fundada que así lo disponga y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente a la multa mediante documento comercial, el que deberá ser a la vista, irrevocable y nominativo, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles. Si no lo hiciere, el Serpat podrá hacer efectivo el cobro de la garantía que tenga en su poder. De la misma manera el Serpat podrá poner término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 79 ter del D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886.

Asimismo, la no entrega del servicio, total o parcialmente, pasado el plazo establecido en el primer párrafo de este numeral, permitirá a el Serpat dar curso al cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, cantidad que se considerará como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan.

No se aplicará multa si la falta causante de la multa se produce por caso fortuito, fuerza mayor, o si es atribuible al Serpat, o bien ella solicita el retraso.


FORMA DE PAGO
El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural procederá a efectuar el pago en estados de pagos (12) mensuales y sucesivos, previa recepción conforme por parte de la unidad técnica a cargo. Para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella. Cada pago se realizará dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación del documento tributario respectivo, según la naturaleza de los servicios. Se deja expresa constancia que este será pagado una vez recibido conforme los bienes o productos, lo que deberá acreditarse mediante el respectivo informe por la Unidad Técnica a cargo y/o de la persona responsable de coordinar el proyecto. En cada estado de pago deberá acompañarse un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales vigente, emitido por la Inspección del Trabajo (si correspondiere). El documento tributario deberá ser extendido a nombre de: Razón Social : Servicio Nacional del Patrimonio Cultural RUT : 60.905.000-4 Giro : Cultura Domicilio : Libertador Bernardo O´Higgins N° 498, Punta Arenas
Devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
El Serpat devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato, y habiéndose presentado por quien corresponda un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello, la Inspección Técnica del contrato deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía. En caso de renovación de contrato por un período completo, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta contra la entrega de la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento por el segundo período del contrato.
POSIBILIDAD DE AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LOS SERVICIOS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
En caso de ser necesario, mediante resolución fundada y habiendo disponibilidad presupuestaria, el Serpat podrá aumentar o disminuir los servicios contratados y consecuentemente el monto del contrato, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías. En relación con el aumento señalado, este no podrá ser superior a un 30% del valor del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que el monto del contrato más el aumento de este, no podrá superar el monto del rango de la licitación. Asimismo, se podrá contratar algunos de los servicios complementarios tipificados en las bases técnicas, pero, en cualquier caso, los aumentos de contratos más la contratación de servicios complementarios no podrán superar, en su conjunto, el tope señalado en el párrafo anterior. El Serpat se reserva el derecho de contratar los servicios complementarios con la persona adjudicada o con una distinta según lo estime pertinente.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN DEL CONTRATO
En conformidad con el artículo 14 de la Ley N° 19.886 y el artículo 74 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se prohíbe al Proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común
RENOVACIÓN DEL CONTRATO
Dada la especial naturaleza de los servicios requeridos necesarios para garantizar una higiene, limpieza y seguridad para todos los funcionarios y usuarios, se podrá renovar por un periodo de un año, mediante resolución fundada, siendo facultativo para el Serpat la autorización de la renovación y la determinación del plazo, según el análisis de gestión del contrato, evaluación del proveedor, valores de mercado y disponibilidad presupuestaria. De renovarse el contrato, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento. En este caso, el precio se reajustará de acuerdo con el porcentaje de variación experimentado por el IPC del período de vigencia del contrato anterior, en base a la información dada a conocer por el Instituto Nacional de Estadísticas, a la fecha de la resolución que aprueba la renovación del contrato. En los casos que corresponda.
PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá vigencia de doce meses, renovable por igual período contados desde el acto administrativo que lo aprueba. Solo por razones fundadas debidamente calificadas por el Serpat se podrá ampliar el plazo de vigencia del contrato ante lo cual el proveedor deberá ampliar el plazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
DEL CONTRATO
El contrato escrito será elaborado por el Serpat de conformidad con estas Bases y el contenido de las Ofertas Económica y Técnica del Adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a aquellas. En el contrato deberá quedar establecido que el proveedor/a será el exclusivo empleador/a del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones de este, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, si correspondiere, y que el Serpat no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con ese personal, sin perjuicio de lo señalado en la Ley Nº 20.123 sobre subcontratación. Sin perjuicio de lo anterior, será aplicable lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. El contrato que el Serpat suscriba con la parte oferente seleccionada, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Punta Arenas y se deberán someter a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
Readjudicación
El Serpat podrá readjudicar la licitación a quien siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la parte adjudicataria. b) Si se comprobare falsedad en la oferta del oferente. c) Si la parte adjudicataria no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato. d) Si la parte adjudicataria se desiste de su oferta. e) Si la parte adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición
En el caso de no cumplimiento del plazo de adjudicación
En el caso que, por razones técnicas o de fuerza mayor no se cumpla con la fecha señalada en las presentes bases para la adjudicación, el Serpat informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
Adjudicación
La selección de la parte Adjudicataria será realizada por una Comisión de Evaluación formada por el personal del Serpat señalado en el numeral 6.1. de las presentes bases de licitación. La seleccionada será aquella que mejor satisfaga los requerimientos técnicos y económicos de la institución en conformidad con las Bases. El Serpat se reserva el derecho de declarar inadmisible todas las ofertas en forma fundada, cuando estas no cumplieren los requisitos señalados en las bases, o bien, declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses del Serpat. Las personas proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
Evaluación de la oferta
EL Serpat podrá requerir aclaraciones a la parte oferente, cuyas ofertas exijan un análisis más detallado para la evaluación correspondiente, siempre que dicha solicitud se enmarque en los términos establecidos en el artículo 40 del Reglamento de la ley N°19.886 y punto 5.3 de las presentes bases administrativas. Dichas aclaraciones formarán parte integrante de la respectiva oferta y deberán realizarse a través del portal www.mercadopublico.cl
Comisión de Evaluación
La evaluación será efectuada por la Comisión Evaluadora, la que se determinará e integrará, conforme al Manual del Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público del Serpat. Además, la Comisión Evaluadora podrá solicitar la asesoría y opinión experta de las materias técnicas a revisar durante el proceso de evaluación. Las personas que integren la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con quienes presenten oferta en esta licitación, para lo cual al momento de la adjudicación se emitirá una declaración jurada firmada por sus integrantes, de acuerdo con la Directiva N°14 de la Dirección de Compras Públicas.
Revocación o suspensión de la licitación
En el caso que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, el SERPAT podrá revocar el proceso licitatorio mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N°19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado
Posibilidad de presentar más de una oferta
Los oferentes pueden presentar más de una oferta, las que de forma separada deben cumplir con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos señalados en estas Bases de Licitación.
BASES TÉCNICAS
1. ANTECEDENTES GENERALES El Museo Antropológico Martin Gusinde, MAMG, dependiente del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, requiere contratar el servicio de aseo interior y exterior de sus dependencias ubicadas en calle Aragay N°1, Puerto Williams, comuna de Cabo de Hornos, de la región de Magallanes y de la Antártica Chilena. El Museo está ubicado en un predio de 4045.50 m². El edificio principal del museo consta de 810 metros cuadrados; sin embargo, solo 500 metros cuadrados son los de uso corriente que se deberán asear de manera continua. Además, se cuenta con la Casa Stirling y Pabellón Stirling, lo que agrega otros 200 metros cuadrados. Las instalaciones del MAMG se encuentran en muy buenas condiciones, pero las inclemencias climáticas del lugar siempre obligan a realizar algunos pequeños arreglos. 2. SERVICIO REQUERIDO 2.1 Aseo Interior del Museo Se requiere que el contratista disponga de una persona de manera permanente para efectuar el aseo en las dependencias del MAMG. Para ello se requiere que sea una persona con experiencia de a lo menos 5 años efectuando labores de aseo en instituciones que resguardan patrimonio cultural. Esta persona deberá realizar aseo media jornada de Lunes a Viernes, según el horario que fije el Museo. - Realizar limpieza de espacios pisos, ventanas, accesos, y servicios higiénicos. - Revisar y limpiar las vitrinas de la exhibición permanente, donde se sitúan colecciones del Museo para la vista del público. - Apoyar a la encargada de colecciones del Museo para revisar y limpiar las vitrinas de la exhibición permanente, donde se sitúan colecciones del Museo, dado que actualmente el museo se encuentra en proceso de renovación museográfica y se realizan obras en el interior es muy importante la limpieza de estos espacios, por lo cual la persona recibirá instrucción de métodos de aseo en el espacio de conservación de objetos patrimoniales y 19 seguir las recomendaciones para limpieza y manipulación de colecciones patrimoniales creado por el Centro Nacional de Conservación y Restauración del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. - Deberá trabajar de manera relacionada y coordinada ante cualquier actividad de mantenimiento, reparación u obras que se efectúen en el Museo. 2.2 Aseo Exterior del Museo El servicio deberá considerar al proponer, una forma de trabajo adecuada para poder responder a las necesidades de mantención de las dependencias exteriores del museo, teniendo en consideración que se trata de un predio de 4.000 metros cuadrados y es necesario efectuar mantención y limpieza, en particular durante los meses de verano; especialmente: - El oferente deberá efectuar la limpieza exterior del museo, considerando el corte de pasto y malezas que permanentemente crecen a lo largo de todo el predio del museo. - Preocuparse del retiro de los residuos y restos fecales que dejan caballos y/o vacunos que a veces logran ingresar al predio para pastar. - Asimismo, deberá chequear el correcto estado de las dependencias exteriores y, eventualmente, apoyar en su mantenimiento. En caso que las personas que efectúen las labores deban ausentarse, el oferente deberá responder por la realización de las labores contratadas disponiendo el un reemplazo fin de efectuar las labores. Igualmente, las difíciles condiciones climáticas del lugar no son excusa para la no prestación de los servicios bajo las condiciones señaladas. Es decir, la presentación periódica de una persona que efectúe el aseo. 3. DE LAS EXIGENCIAS QUE DEBE CUMPLIR EL PERSONAL DEL SERVICIO DE ASEO  Elementos de protección personal, acorde a las actividades a desarrollar.  Está prohibido el ingreso y consumo de bebidas alcohólicas y droga a las dependencias de del Museo.  El personal debe respetar los horarios y encontrarse disponible ante solicitudes de cambio de ellos, acordados mutuamente con el Director del Museo, para el caso de ocasiones especiales, como por ejemplo algún evento.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.