- BASES ADMINISTRATIVAS
- PRODUCTOS REQUERIDOS
LINEA
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DESCRIPCION
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CANTIDAD ESTIMADA
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1
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Catéter central de inserción periférica 3 Fr. Monolumen (sin sistema de posicionamiento de guía). (10-200- 222-1858-00)
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145
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2
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Catéter central de inserción periférica 4 Fr. Monolumen (con sistema de posicionamiento de guíaguía). (10-200-222-1383-00)
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235
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3
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Catéter Central de inserción periférica 4 Fr. Doble lumen S/C (sin sistema de posicionamiento de guíaguía). (10-200-222-1893-00)
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265
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4
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Catéter central de inserción periférica 5 Fr. Doble lumen. (con sistema de posicionamiento de guíaguía) (10-200-222-1385-00)
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230
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5
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Catéter central de inserción periférica 5Fr doble lumen (sin sistema de posicionamiento de guíaguía) (10-200-222-1384-00)
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40
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6
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Sistema de fijación mecánico adherente para estabilización e inmovilización de catéteres vasculares (10-200-222-2289-00)
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2.260
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- CARACTERISTICAS DE LA LICITACÓN
a) Nombre de la licitación: “CONVENIO DE SUMINISTRO DE CATETER CENTRAL DE INS. PERIFERICA CON EQUIPO EN COMODATO PARA HGGB”
b) ID: 886954-53-LP25
c) Descripción: La necesidad de abastecer del insumo para la atención oportuna del paciente.
d) Tipo de licitación: Pública-Licitación Pública Mayor a 1.000 UTM y Menor a 5.000 UTM (LP).
e) Tipo de convocatoria: ABIERTO
f) Moneda: Peso Chileno
g) Etapas del proceso de apertura: Una Etapa
h) Toma de razón por Contraloría: No requiere Toma de Razón por Contraloría
i) Subscripción de contrato: SI _X_ NO _____
j) Publicidad de ofertas técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación.
- ORGANISMO DEMANDANTE:
a) Razón social: Hospital Guillermo Grant Benavente
b) Unidad de compra: Unidad de Abastecimiento de Insumos
c) R.U.T.: 61.602.189-3
d) Dirección: San Martín 1436
e) Comuna: Concepción
f) Región en que se genera la licitación: Región del Biobío
- CALENDARIO DE LICITACIÓN.
a) Fecha inicio de preguntas: A partir de la fecha de publicación.
b) Fecha final de preguntas: 5 días corridos, contados desde la fecha de publicación.
c) Fecha de publicación de respuestas: 2 días corridos posteriores al cierre de preguntas.
d) Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10 días corridos, contados desde la fecha de publicación.
e) Fecha de acto de apertura técnica y económica: 10 días corridos, contados desde la fecha de publicación (coincide con el cierre de recepción de ofertas).
f) Fecha de Adjudicación: Hasta 60 días corridos, contados desde el cierre de recepción de ofertas
- ETAPAS Y PLAZOS.
a) Convocatoria a Propuesta: Se efectuará mediante la publicación de las bases Administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el período señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este Portal.
b) Entrega de antecedentes para postulación: Las Bases y antecedentes se encontrarán disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el Portal www.mercadopublico.cl.
c) Recepción de consultas: Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal (Calendario de Licitación).
d) Respuesta a Consultas: La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas. Será de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
e) Ingreso de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl: Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
f) Recepción Física de las Propuestas: Los antecedentes físicos obligatorios y opcionales que se soliciten en la propuesta, se recepcionarán en la Oficina de Partes del Hospital Guillermo Grant Benavente ubicada en San Martín 1436, Concepción, hasta el día y hora señalados en el Calendario de Licitación como fecha de Cierre del Ingreso de Ofertas en el Portal.
g) Apertura de las Propuestas: La apertura de las propuestas se realizará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el Calendario de Licitación.
h) Fecha de adjudicación: Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la Propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicará expresamente en el Portal www.mercadopublico.cl
- GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
- DEFINICIONES
a) Director: CLAUDIO BAEZA AVELLO.
b) Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII región.
c) Unidad Técnica: Unidad de Abastecimiento de Insumos.
- UNIDAD TÉCNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en Janequeo N° 239, Concepción, Unidad de Abastecimiento de Insumos.
- DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
10. DE LOS PROPONENTES
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
11. INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.
Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español.
12. MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
El HGGB, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
13. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
Documentos Administrativos (Requisitos Formales)
a) El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en los formularios N° 1A o N°1B, N°2, N°3, N°4A o N°4B, N°5, N° 7, N°9, N°11 y N°12, según corresponda, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural.
b) Copia simple de Autorización Sanitaria de distribuidor. En caso de no requerir, adjuntar certificado que señale que por rubro de negocio, no requiere.
c) En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
Documentos Técnicos
El oferente deberá presentar su oferta técnica con la siguiente información obligatoria, de no ser así, las ofertas se declararán inadmisibles por incumplimiento de presentación oferta técnica.
a) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en la letra b) “especificaciones técnicas” (catálogos, fichas técnicas, certificados, entre otros).
b) Debe completar Formulario N° 6, 8, 10 y 12 adjunto, con Especificaciones Técnicas, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural.
c) Debe presentar Formulario N°10 firmado por el representante Legal o Persona Natural que acredite que los productos ofertados en esta licitación presentan políticas de canje donde estipule reemplazo dentro de 48 horas de presentada la falla, en los siguientes casos:
- Fallas del empaque: empaque que permita contaminación del producto, que el envase se encuentre aplastado, abierto o con evidentes indicios de daño.
- Conservación del insumo inadecuada: Que el producto presente algún tipo de objeto extraño, por ejemplo, pelo, pelusa, basura, etc.
- Fallas del insumo: Al momento de utilizar y probar el insumo, este se encuentre defectuoso, no se ajuste a las características del paciente.
d) Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en formato PDF en Idioma Español, sólo de los productos o servicios solicitados en esta Licitación (sin incluir otros insumos no requeridos), debe señalar claramente el N° de la página.
e) Debe presentar certificados en idioma español firmado por el Representante Legal o Persona Natural que acredite que sus productos cuenten con documentación en idioma español. De lo contrario, la oferta se declarará inadmisible.
Documentos Económicos
El oferente debe cotizar en su oferta el valor unitario neto, sin considerar impuestos. El monto a señalar, debe considerar el despacho de los productos a la Bodega de Insumo del HGGB, ubicada San Martín N°1436, Concepción, así como cualquier otro costo asociado.
El oferente adjudicado no podrá rechazar o condicionar los pedidos de despacho por pago pendiente.
Las ofertas que no cumplan con lo anteriormente solicitado, se declararán inadmisibles.
14. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
15. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES.
15.1 PERSONA NATURAL.
15.1.1 Requisitos para ofertar:
- El oferente debe acreditar mediante Formulario N°2 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad:
- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador en los últimos dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
- El oferente deberá acompañar su oferta de documento de garantía por seriedad de la oferta, como se señala en punto 17.1., y por las vías que allí se indican.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
15.1.2 Requisitos para ser contratado:
- El adjudicado debe NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final, en el cual se establece que "Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.”
- No estar afecto a lo regulado en el artículo 35 quáter.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
- Debe acompañar fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato.
- El adjudicado deberá enviar un documento de garantía por fiel cumplimiento de contrato, como se señala en punto 17.2., y por las vías que allí se indican.
15.2 PERSONA JURÍDICA.
15.2.1 Requisitos para ofertar:
- El oferente debe acreditar mediante Formulario N°2 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad:
● Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador en los últimos dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
- El oferente deberá acompañar su oferta de documento de garantía por seriedad de la oferta, como se señala en punto17.1., y por las vías que allí se indican.
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
15.2.2 Requisitos para ser contratado:
- El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios 1, 2, 3 Y 5 NO haber incurrido en la causales de inhabilidad establecidas en artículo 35 quáter, así como no Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
- Estar inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
- El adjudicado deberá enviar un documento de garantía por fiel cumplimiento de contrato, como se señala en punto 17.2., y por las vías que allí se indican.
- Documentos persona jurídica:
a) Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
b) Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
c) Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
d) Copia Legalizada de escritura de Constitución y Estatuto y sus modificaciones.
e) Certificado de Vigencia de Persona Jurídica no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
f) Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
g) Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato.
En el caso de aquellas personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la Ley N° 20.659, deberán presentar los documentos solicitados en los puntos d), e) y f) emitidos por registro electrónico generado para estos efectos, por el Ministerio de Economía, fomento y turismo.
15.3 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
15.3.1 Requisitos para ofertar:
- El oferente debe acreditar mediante Formulario N°2 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad del art. 4 inciso 2 de la ley 19886:
-‘‘Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del convenio, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
- El oferente deberá acompañar su oferta de documento de garantía por seriedad de la oferta, como se señala en punto 17.1., y por las vías que allí se indican.
15.3.2 Requisitos para ser contratado:
El adjudicado debe acreditar a través de los formularios diseñados para estos efectos el NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
a).- Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
b).- No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Como lo indica el artículo 180. Decreto N°661 del año 2024:[PE1] Unión Temporal de Proveedores: “Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 180 de este Reglamento”.
C) Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deben estar Inscritos y habilitados en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
15.3.3 Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deben estar Inscritos y habilitados en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl).
15.3.4. Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores adjudicados deberán enviar un documento de garantía por fiel cumplimiento de contrato, como se señala en punto 17.2., y por las vías que allí indicadas.
15.3.5.- Documentos para contratar:
- Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda.
- Declaración jurada de cada uno de los integrantes de la UTP, acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- Certificado de Vigencia de persona Jurídica, en caso que corresponda, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones.
- Certificado de Vigencia de Poder, no superior a 30 días contados desde la presentación de la oferta, a través del sistema de informaciones
- Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 6 inciso final de la ley 21.053.
Para tener en cuenta los documentos de UTP anteriormente mencionados
- Instrumento privado en el que conste la unión, si la contratación es igual o mayor a 1000 UTM el acuerdo en que conste la UTP deberá materializarse por escritura pública. (inciso 4 del art. 180 del decreto 661/2024 correspondiente al reglamento de compras públicas)[PE2]
- Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
- En relación a los formularios en donde consten las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
15.4 OTROS REQUERIMIENTOS QUE DEBEN OCUPAR LOS OFERENTES Y/O CONTRATISTAS, PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y UNIÓN DE PROVEEDORES.
- En ningún caso el suministro de los productos se podrá iniciar con anterioridad a la total tramitación del contrato.
- Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo de "EL ADJUDICATARIO", en adelante "EL PROVEEDOR". En consecuencia, "EL HGGB" no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros vinculados al Contrato y a los actos que de él se deriven.
- El Contrato podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que no se alteren sus cláusulas esenciales, los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de "LOS OFERENTES", debiendo dejarse constancia por escrito de ello en el respectivo Addendum, el cual formará parte integrante del Contrato.
- MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO
a) Estimación en base a: Presupuesto disponible.
b) Fuente de financiamiento: Presupuesto del Hospital Guillermo Grant Benavente.
c) Monto total estimado: $327.000.000
d) Tipo Contrato: Bienes.
e) Duración del Contrato: Contrato de ejecución en el tiempo.
f) Tiempo de ejecución: 12 meses
g) Plazos de pago: Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada, según lo señalado en el punto 32 de las presentes Bases.
h) Opciones de Pago: Transferencia /Cheque
i) Responsable del pago: Loreto Rodríguez Neira
j) e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
k) Nombre del responsable de contrato: Valentina Parra Navarrete
l) e-mail del responsable de contrato: vparra@ssconcepcion.cl
m) Teléfono responsable de contrato: 413270402
n) Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación parcial; transporte y descarga
- GARANTÍAS REQUERIDAS
17.1. GARANTÍAS SERIEDAD DE LA OFERTA
De conformidad con lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 21.634, la exigencia de una garantía de seriedad de la oferta es opcional y está condicionada a licitaciones cuyo monto sea superior a 5.000 UTM, salvo que existan razones excepcionales de interés público. En el caso de la presente licitación, y considerando que su monto estimado no supera el umbral señalado, además de tratarse de un proceso que no involucra riesgos significativos para la mantención de las ofertas ni afecta la competitividad del procedimiento, se ha decidido no requerir esta garantía. Esta medida busca fomentar la participación de oferentes, especialmente de empresas de menor tamaño, asegurando al mismo tiempo la transparencia y la eficiencia del proceso licitatorio.
17.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Tipo de documento: Documento de Garantía o Vale Vista.
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3.
Monto: 5% del total del valor neto adjudicado en pesos chilenos o su equivalente en UF.
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar un documento bancario, vale vista, boleta electrónica, póliza de seguro, certificado de fianza u otro documento aceptable que garantice el pago, pagadero a la vista, de carácter irrevocable y por un valor equivalente al 5% del total del valor neto adjudicado, en pesos chilenos o su equivalente en UF.
La vigencia mínima del documento de garantía deberá exceder en 120 días al plazo establecido para el término del contrato. Además, la garantía deberá cubrir un período adicional de 60 días hábiles posteriores a la recepción conforme de los bienes o servicios adjudicados, conforme a lo estipulado en el artículo 11 de la Ley N° 21.634 y el artículo 17 del Reglamento aprobado mediante Decreto N° 661/2024.
Estarán exentos de presentar esta garantía los proveedores cuyo total adjudicado, incluido IVA, no supere las 1.000 UTM. Para efectos de cálculo, el contrato incluye la orden de compra como parte de su ejecución.
El documento de garantía deberá ser entregado en sobre cerrado en la Oficina de Partes del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en San Martín Nº 1436, Concepción, dentro del plazo de 20 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En caso de utilizar una boleta o documento electrónico, este deberá enviarse dentro del mismo plazo al correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl, cumpliendo con los estándares requeridos.
El Hospital Guillermo Grant Benavente podrá hacer efectiva esta garantía en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales establecidas en las bases administrativas, incluyendo pero no limitado a:
a) Incumplimiento en la entrega de productos o servicios dentro de los plazos establecidos.
b) Falta de calidad, especificaciones técnicas o cantidades requeridas en los productos entregados.
c) Incumplimiento en la reposición o canje de productos defectuosos.
d) Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el contrato u órdenes de compra.
e) Rescisión unilateral del contrato por parte del proveedor sin causa justificada.
f) En caso de ejecución de la garantía debido a alguna de las causales mencionadas, el cálculo del monto aplicable se basará en el 5% del valor total adjudicado, conforme a las cantidades estimadas en las bases administrativas.
Reemisión de la Garantía:
Si se aplica un cobro del documento de garantía de fiel cumplimiento debido a incumplimientos señalados en el punto N° 34 “Sanciones y Multas” de estas bases administrativas, el proveedor deberá presentar, dentro de un plazo máximo de 15 días corridos, un nuevo documento de garantía por el monto y vigencia requeridos para continuar asegurando el cumplimiento contractual.
GLOSA QUE DEBE CONTENER EL DOCUMENTO: DOCUMENTO DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ID 886954-53-LP25 CONVENIO DE SUMINISTRO DE CATETER CENTRAL DE INS. PERIFERICA CON EQUIPO EN COMODATO PARA HGGB
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante carta certificada al domicilio del oferente señalado en su propuesta y contrato. Esta será devuelta una vez finalizada la duración establecida en las bases.
17.3 ERRORES EN LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA: Si los documentos de garantía presentasen errores de forma en la individualización de la propuesta o en el nombre o RUT del mandante o cualquier otro, el oferente podrá presentar un nuevo documento correctamente emitido, en el plazo de cinco días corridos, a partir de la notificación vía “Foro Inverso” para garantía de seriedad de la oferta o vía correo electrónico para Garantía de Fiel cumplimiento de contrato, excepto si tal plazo vence en días sábado, domingo o festivo, en cuyo caso se extenderá hasta las 15:00 hrs. del día hábil siguiente. De no subsanar error o de no presentar nuevo documento de garantía en los tiempos señalados, el HGGB tendrá la facultad de desestimar oferta o re adjudicar a oferente que le sigue en puntaje, según se trate de Garantías por Seriedad de la Oferta o por Fiel Cumplimiento del Contrato, respectivamente.
- DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
- Jefa Unidad Abastecimiento de Insumos, HGGB.
- Enfermera de procesos clínicos HGGB.
- Enfermero Supervisor Servicio de Hematología HGGB.
Funciones de la comisión:
- Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
- Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
- Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
- De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
- Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital.
- Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del HGGB que adjudicará.
- En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Hospital, para que éste dirima como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
- Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
- PRESENTACIÓN DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Guillermo Grant Benavente, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
- CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Criterio
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Fórmula de cálculo (dependerá, según el objeto de la contratación)
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Pond.
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1) Precio
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A MENOR PRECIO, MEJOR PUNTAJE.
Fórmula: (menor precio ofertado/ precio evaluado) x factor x100
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63%
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2) Plazo de Entrega
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A MENOR PLAZO DE ENTREGA, MEJOR PUNTAJE
Fórmula: (menor plazo de entrega ofertado/ plazo de entrega evaluado) x factor x100.
El plazo de entrega será evaluado en días hábiles, según punto N°30 de las Bases Administrativas.
El plazo de entrega máximo será de 4 días hábiles, proveedor que oferte un plazo de entrega mayor será declarado inadmisible.
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20%
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3) Comportamiento contractual anterior
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A MAYOR MEJOR COMPORTAMIENTO, MEJOR PUNTAJE
Fórmula: Puntaje obtenido * factor
Nota comportamiento base en sistema www.mercadopublico.cl
(Últimos 24 meses)
Se calificará de acuerdo a la “Nota comportamiento base” que la empresa tenga en portal www.mercadopublico.cl en la sección “Registro de sanciones aplicadas al proveedor”. El puntaje se calificará según lo siguiente:
Nota 5 100 puntos
Nota de 4 a 4,99 50 puntos
Nota 3,99 o menos 0 puntos
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5%
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4) Servicio de Post-venta
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MONTO MINIMO DE DESPACHO DE LOS INSUMOS.
Fórmula: (Puntaje Obtenido x factor x 100)
Si NO limita el monto de despacho, obtendrá 100 Pts.
Si limita el monto de despacho o no lo informa, obtendrá 0 Pts.
Se evaluará según información entregada en Formulario N° 6.
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5%
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5) Cumplimiento de documentación y requisitos formales.
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Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre=100
Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud= 10
No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs hábiles. contados desde la solicitud= OFERTA INADMISIBLE
Fórmula: puntaje obtenido x factor
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5%
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6) Programa de integridad entre los trabajadores de la empresa y difusión.
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Programa de Integridad entre los trabajadores de la empresa y su difusión.
Este criterio evalúa la existencia de un programa de integridad y si éste fue difundido entre los trabajadores de la empresa oferente.
Fórmula: Puntaje obtenido * factor * 100
* Proveedor sí cuenta con programas de integridad y éstos son conocidos por su personal: 100 puntos
* Proveedor sí cuenta con programas de integridad, pero no son conocidos por su personal, o no respalda su difusión: 0 puntos.
* Proveedor no cuenta con programas de integridad: 0 puntos.
Se evaluará si la empresa cuenta con programas de integridad y si éstos son conocidos por su personal, para lo cual, se considerará como medio de verificación el Formulario N° 12 de los anexos a la oferta.
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2%
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- La puntuación final en cada criterio de evaluación, se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
- La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.
- Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.
Cumplimiento de los Requisitos Formales
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos en el punto N° 13 Antecedentes para incluir en la oferta/Antecedentes Administrativos obtendrá 100 puntos. El oferente que acompañe los antecedentes requeridos dentro de las 48 horas acordadas desde la nueva solicitud, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 1 pts.
Cumplimiento de los Requisitos 5%
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Puntaje
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Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre.
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100
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Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud.
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10
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No cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud.
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Oferta Inadmisible
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La ponderación asignada a este ítem es de 5%
El Hospital no considerará las ofertas sin los antecedentes requeridos dentro del nuevo plazo de 48 horas contados desde la solicitud, dejando la Oferta Inadmisible.
El Hospital no considerará las ofertas sin los antecedentes requeridos dentro del nuevo plazo de 48 horas contados desde la solicitud, dejando la Oferta Inadmisible.
● La puntuación por línea se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ítems multiplicado por su respectivo porcentaje de ponderación.
● La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será la adjudicada.
● Cualquier información falsa implicará la eliminación de la oferta
- RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1) Precio
2) Plazo de Entrega
3) Comportamiento contractual anterior.
4) Servicio de Post-venta
5) Cumplimiento de los requisitos Formales
6) Difusión del programa de integridad entre los trabajadores de la empresa.
- DE LA ADJUDICACIÓN
Finalizado el proceso de evaluación de las ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de adjudicación Simple (a un único proveedor por línea o ítem), según lo especificado en las presentes bases administrativas. La adjudicación será otorgada a la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, considerando los criterios establecidos en las bases administrativas.
La adjudicación se formalizará mediante una Resolución Fundada de Adjudicación, que deberá ser publicada en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. La notificación se entenderá realizada luego de 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital declarará inadmisible una oferta cuando esta no cumpla con los requisitos esenciales establecidos en las bases administrativas. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación, en forma total o parcial, en los siguientes casos:
• Cuando no se presenten ofertas válidas.
• Cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses institucionales.
En ambos casos, se emitirá una Resolución Fundada, conforme a la normativa vigente.
Causales para dejar sin efecto la adjudicación:
El Hospital podrá dejar sin efecto la adjudicación mediante una resolución fundada en los siguientes casos:
a) Rechazo de la adjudicación por parte del proveedor adjudicado: Se entenderá por rechazo cuando el adjudicatario lo manifieste expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acredita estar inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado al momento de la emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario incumple cualquier disposición de la Ley N° 19.886 que afecte su capacidad o calidad para contratar con la Administración del Estado.
d) Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, no firma el contrato, o no cumple con otros requisitos iniciales dentro de los plazos establecidos en estas bases.
En todos estos casos, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El HGGB tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en el artículo 43 del Reglamento aprobado mediante Decreto N° 661/2024, que regula las etapas de apertura técnica y económica).
23. MECANISMO PARA LA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del Sistema de Compras Públicas, conforme lo dispuesto en el artículo 54 del reglamento.
24. AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS
El Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto total, hasta en un 30% del monto originalmente adjudicado. Este ajuste deberá estar fundado mediante un acto administrativo que justifique las razones de la modificación, incluyendo su impacto en el presupuesto y en los objetivos institucionales, y deberá publicarse en el Sistema de Información de Compras Públicas (Mercado Público), asegurando transparencia y acceso público. En ningún caso estas modificaciones podrán alterar los elementos esenciales del contrato, como su objeto, naturaleza del servicio o el equilibrio financiero. Además, cualquier ajuste estará condicionado a la confirmación previa de la disponibilidad presupuestaria, la cual deberá quedar registrada formalmente. Estas modificaciones se realizarán sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, respetando el límite del 30% del monto originalmente adjudicado. La fórmula utilizada para calcular los ajustes será:
FÓRMULA: Cantidad requerida de insumo por línea x 0.3
25. DEL CONTRATO
El contrato que se suscriba tendrá una vigencia de 12 MESES, contada desde la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato en el portal www.mercadopublico.cl.
En el caso de contratos cuyo monto sea superior a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del Portal de Mercado Público.
El adjudicatario deberá remitir el contrato firmado dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles adicionales. Si el contrato es firmado digitalmente, deberá ser enviado al correo electrónico del ejecutivo que administra el contrato. En caso de optar por firma en papel, el documento deberá ser entregado en la Oficina de Partes de la institución dentro del mismo plazo.
Una vez firmado, el contrato deberá ser aprobado mediante una resolución interna del Hospital Guillermo Grant Benavente. Este documento, al ser publicado en el portal www.mercadopublico.cl, habilitará la emisión de las órdenes de compra respectivas para la ejecución del contrato.
Formarán parte integrante del contrato:
•Las presentes Bases Administrativas.
•Los términos de referencia, especificaciones técnicas y demás documentos anexos.
•Las consultas y respuestas publicadas en el portal durante el proceso de licitación (cuando existan)
•La oferta técnica y económica presentada por el adjudicatario.
•Las resoluciones y actos administrativos asociados al proceso licitatorio.
Todos los gastos, derechos e impuestos derivados de la celebración del contrato serán de cargo exclusivo del adjudicatario. Estos gastos incluyen, pero no se limitan a:
•Protocolización notarial (de ser necesario)
•Impuestos, tasas y derechos fiscales.
•Costos administrativos relacionados con la firma y ejecución del contrato.
En consecuencia, el Hospital Guillermo Grant Benavente no asumirá el pago de ningún gasto relacionado con la protocolización del contrato ni con los actos derivados de su ejecución.
El adjudicatario deberá:
•Garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en las bases administrativas y en el contrato.
•Asegurar que todos los documentos necesarios para la formalización del contrato estén completos y entregados dentro de los plazos establecidos.
•Informar oportunamente cualquier eventualidad que pueda afectar la firma o ejecución del contrato, para coordinar las medidas correctivas necesarias.
26. DE LA ORDEN DE COMPRA
La primera orden de compra será emitida una vez que esté totalmente tramitado el Contrato y la Resolución que lo aprueba. Cada Orden de Compra se entenderá notificada al adjudicatario desde la publicación en el portal Mercado Público. El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para aceptar la orden de Compra desde la notificación en el portal Mercado Público.
Cada Orden de Compra se entenderá notificada al adjudicatario desde la publicación en el portal www.mercadopublico.cl. El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para aceptar la orden de Compra desde la notificación en el portal Mercado Público.
27. VIGENCIA Y RENOVACIÓN.
El suministro tendrá una vigencia de 12 meses a contar de la fecha de la Resolución que aprueba contrato en el portal de mercado público.
28. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 4 de la Ley N° 19.886 y los Artículos 43 y 45 del Reglamento aprobado mediante Decreto N° 661/2024, la Comisión de Evaluación será responsable de verificar y registrar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los oferentes, considerando estos antecedentes como parte del proceso de evaluación administrativa.
29. OPERATIVIDAD DEL SUMINISTRO
Los Insumos serán solicitados según programación de los servicios clínicos del Hospital Guillermo Grant Benavente, generándose la orden de compra con la cantidad requerida previa al despacho.
La Unidad de Abastecimiento, generará las órdenes de compra al proveedor adjudicado, el cual tendrá el periodo según oferte en la presente licitación para entregar el insumo desde enviada la orden en portal de mercado público.
Es fundamental que el proveedor dé estricto cumplimiento al plazo de entrega ofertado, ya que la provisión de los insumos licitados se considera críticos para responder a las necesidades de los usuarios del Hospital.
Los insumos deberán ingresar a través de Bodega de Insumos, ubicada en san Martín N° 1436.Concepcion.
El equipo en comodato debe ser ingresado por la Unidad de Equipos Médicos, Unidad de Comodatos, con guía de despacho en la que quede establecido el cumplimiento de la entrega del equipo dentro del plazo señalado en la oferta, contados desde el día hábil siguiente a la publicación de la Resolución Aprobatoria de Contrato en el Portal www.mercadopublico.cl. Debe entregarse, a equipos médicos, una copia de la guía de despacho firmada por el servicio clínico al recepcionar el equipo.
- El proveedor cada vez que envíe un equipo al Establecimiento deberá adjuntar guía despacho en la cual señale claramente: (Según Decreto 63 MINSAL y Normas Técnicas 226)
- Nombre del Equipo
- Marca
- Modelo
- Lote/Serie
- Fecha de vencimiento
30. PLAZO DE ENTREGA
El proveedor tendrá la libertad de ofertar el plazo de entrega que estime conveniente en días hábiles, considerando sus procesos internos, capacidad logística y las especificaciones técnicas requeridas, siempre que este sea viable, razonable y compatible con los principios de eficiencia y sostenibilidad establecidos en las bases. En caso de indicar "entrega inmediata," se entenderá como un plazo de 1 día hábil (24 horas). Si no señala un plazo de entrega, la oferta será calificada con 0 puntos en el criterio de evaluación correspondiente, y de resultar seleccionada como la mejor propuesta global, se consultará formalmente al proveedor, quien deberá responder en un plazo máximo de 48 horas hábiles con el plazo definitivo, el cual será vinculante y obligatorio para todos los efectos contractuales. En caso de que la oferta incluya un rango de días como plazo de entrega o que se presenten plazos contradictorios, se tomará el plazo mayor para efectos de evaluación y cumplimiento. El Hospital podrá otorgar incentivos evaluativos a plazos de entrega eficientes siempre que no comprometan la calidad del servicio o producto. Además, en casos de plazos significativamente cortos o largos, se podrá solicitar al proveedor un plan logístico o una justificación detallada que garantice su viabilidad, según lo estipulado en el artículo 45 del Reglamento. Finalmente, cualquier modificación del plazo deberá ser solicitada de manera formal y justificada, quedando sujeta a la aprobación del hospital para no afectar la continuidad del servicio.
31. DE LA RECEPCIÓN
El suministro deberá ser recepcionado conforme por el responsable del contrato o por la Bodega de Insumos del Hospital Guillermo Grant Benavente.
Se debe considerar los horarios de atención de la Bodega de Insumos, que es de lunes a jueves de 8:00 a 17:00Hrs. y los días viernes desde las 8:00 a las 16:00Hrs.
32. MODALIDAD DE PAGO
El pago se realizará contra factura o boleta de honorarios, previa recepción conforme, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura o boleta de honorarios respectiva de las partidas del Ministerio de Salud,
La factura o boleta de honorarios deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente RUT.61.602.189-3, dirección San Martín N° 1436, Concepción, cancelada en original y dos copias. ADJUNTANDO ORDEN DE COMPRA E INDICANDO EL NUMERO DE ID DE ÉSTA.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Si el proveedor adjudicado posee emisión de facturas electrónicas, deberá actualizar en su ERP correspondiente el listado de contribuyentes respectivo desde SII, para que la factura sea recepcionada mediante los sistemas informáticos del Hospital Guillermo Grant Benavente.
a) Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital.
Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores.
b) En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación a dipresrecepcion@custodium.com para poder ser rescatados por nuestro sistema.
Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.
Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:
Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.
“DTE debe indicar la condición de dispositivo médico en despacho, además de los siguientes datos de trazabilidad: -Nombre del producto, identificación del proveedor, modelo (solo cuando corresponda), N°lote/serie, Fecha de vencimiento, según las exigencias indicadas en norma técnica N°226 del 06.09.22”.
33. DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
34. SANCIONES Y MULTAS
34.1 Los siguientes incumplimientos, obligarán al Hospital para aplicar las multas que se detallan a continuación:
34.1.1 Faltas Leves y sus multas:
- Retraso en el Plazo de Entrega: El atraso en el plazo de entrega por cada día hábil, en los plazos propuestos por el Proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 4% del Monto Neto, respecto al valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
- Por incumplimiento de las políticas de canje: El incumplimiento en los plazos de entrega de insumos solicitados a canjear por los motivos antes dispuestos en las presentes bases administrativas; salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 4% del Monto Neto, respecto al valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.
34.1.2 Faltas Graves y sus multas:
- Por despacho de insumo no licitado: El ingreso de insumos no licitados con cargo a OC de la licitación, se considerarán una falta grave; por lo que será sancionado con el 4% del Monto Neto respecto al valor del insumo adjudicado y a las cantidades del insumo despachado.
- Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos recibidos, en relación a lo requerido en la presente Licitación y a la oferta técnica del proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, se aplicará una multa equivalente al 10% del Monto Neto, respecto al valor del producto y por cada día hábil de retraso que exista del producto entregado.
- Retraso en la entrega del Equipo: El atraso en la instalación de los equipos para la realización de cirugías por cada día hábil, en relación al plazo propuesto por el Proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 7% del Monto Neto, respecto al valor del producto y al retraso de realización de cirugías.
- Retraso en la Reparación o Reemplazo del Equipo: El atraso en la reparación o reemplazo del equipo para la realización de cirugías por cada día hábil, en relación al plazo propuesto por el Proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 7% del Monto Neto, respecto al valor del producto y al retraso de realización de cirugías.
- Por incumplimiento en las Mantenciones del Equipo en Comodato: El atraso en las mantenciones o reemplazo de los equipos para la realización de cirugías por cada día hábil, en relación al plazo propuesto por el Proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 7% del Monto Neto, respecto al valor del producto y al retraso de realización de cirugías.
Todo mantenimiento preventivo y/o reparativo deberá generar un informe escrito firmado tanto por el Servicio Clínico como el Servicio Técnico (nombre completo y firmas), y deberá ser entregado al mismo Servicio Clínico y a Equipos Médicos con plazo máximo de 24 horas desde terminada la mantención con medidas preventivas y correctivas y recomendaciones al Servicio Clínico. Una vez entregado el informe técnico se dará por realizada la mantención preventiva.
34.2 Los hechos que constituyan causales de multa serán informados por el responsable del contrato mediante un informe dirigido a la Jefatura de la Unidad de Abastecimiento de Insumos. La Jefatura evaluará la situación y emitirá un informe técnico que respalde la aplicación de la multa, notificando al proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl o por correo electrónico oficial.
34.3 Las multas comenzarán a devengarse desde la fecha en que se verifique el hecho que las origina. El proveedor deberá pagar la multa dentro de un plazo máximo de 15 días corridos contados desde el requerimiento formal realizado por el hospital. En caso de no pago, la multa devengará el máximo interés permitido para operaciones no reajustables hasta la fecha de su cancelación.
El hospital podrá efectuar el cobro de las multas mediante retenciones en los pagos pendientes o a través de acciones judiciales o extrajudiciales, según corresponda.
34.4 El cobro de dos o más multas durante la ejecución del contrato será causal para que el hospital inicie un proceso de terminación anticipada del contrato, conforme a lo estipulado en las bases administrativas y la normativa vigente. El hospital podrá exigir, además, la indemnización de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento.
34.5 El monto acumulado de multas aplicadas no podrá exceder el 30% del valor neto total del contrato. Una vez alcanzado este límite, el hospital podrá optar por rescindir el contrato por incumplimientos graves, garantizando el interés institucional.
35. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal.
Se hace presente las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° 6 o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Se deja establecido que el Hospital no podrá proceder al cobro de multas que se hayan aplicado en virtud del artículo 13 ter[PE3] ., en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio de pago de multas.
36. DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
36.1 De las modificaciones:
El Hospital podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado (Art. 129 del Reglamento).[PE4]
36.2 Del Término Anticipado del Contrato:
El HGGB, debe declarar, administrativamente, el término del contrato, en todo o en parte, por alguna de las causales siguientes:
- Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere multado por el acto administrativo correspondiente:
● Tres veces por Faltas Leves, durante la vigencia del convenio. [PE5]
● Dos veces por Falta Leve con una vez por Falta Grave, durante la vigencia del convenio.
● Dos veces por Faltas Graves; durante la vigencia del convenio.
- Que el proveedor presente retraso en plazo de entrega, superior a 10 días hábiles en relación a plazo de entrega ofertado.
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la incapacidad de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedo0r, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
-
10. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
-
37. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:
37.1 En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 10, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
37.2 El término del contrato por la causal establecida en el numeral 11 se deberá generar mediante la inscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente cláusula.
38. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
39. DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el p. 36.2 de las presentes bases.
40. PRESENTAR MUESTRAS Y/O PROTOTIPOS
Luego de la evaluación de admisibilidad de las ofertas, en la cual se verifica el cumplimiento de los requisitos técnicos, administrativos y económicos establecidos en las bases, se podrán solicitar muestras de los insumos ofertados con el objetivo de verificar que los productos cumplen con las especificaciones técnicas declaradas en la oferta y garantizan la calidad requerida por el Hospital Guillermo Grant Benavente, según los criterios establecidos por la Comisión Evaluadora.
No será necesario solicitar muestras de productos que el hospital haya utilizado clínicamente durante los últimos 12 meses, ya que estos se consideran previamente probados y verificados.
Las muestras serán solicitadas mediante el Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, deberán ser entregadas sin costo alguno para el hospital ($0) y en calidad de muestra, haciendo referencia explícita al proceso de licitación respectivo. El plazo máximo para la entrega de las muestras será de 48 horas hábiles contadas desde la notificación en el Foro Inverso, y la cantidad de muestras solicitadas dependerá de la naturaleza y el tipo de producto a adquirir.
En caso de que el proveedor no entregue las muestras dentro del plazo establecido o no cumpla con el requerimiento total y específico realizado, será declarado inadmisible y su oferta no será considerada en la etapa de evaluación. La evaluación de las muestras se realizará exclusivamente conforme a la Pauta de Evaluación incluida en el Anexo N°4 de las presentes bases administrativas.
Si dicha evaluación revela riesgos potenciales para la integridad o vida de los pacientes y/o funcionarios del hospital, ya sea por falta de información, deficiencias en la calidad del producto o incumplimiento de las especificaciones técnicas, se dejará constancia de ello en la Pauta de Evaluación y la oferta del proveedor será declarada inadmisible. Las muestras entregadas serán utilizadas exclusivamente para fines de evaluación y no serán devueltas al proveedor, salvo indicación expresa en las bases o en la solicitud correspondiente.
En caso de que el proveedor requiera un plazo adicional para entregar las muestras por razones justificadas, como fuerza mayor, deberá solicitarlo formalmente a través del Foro Inverso antes del vencimiento del plazo original, quedando a criterio del hospital la aceptación o rechazo de dicha solicitud.
41. DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS OFERTADOS
Los productos ofertados deberán tener un vencimiento mínimo de 1 año a contar de la fecha de recepción, No obstante, la empresa adjudicada deberá ofrecer políticas de canje, (Formulario N° 10), para el caso de los productos sin rotación, según lo estipulado en el punto N° 42.
42. POLÍTICAS DE CANJE
El proveedor adjudicado debe presentar policitas de canje en un plazo igual o inferior a 48 horas en los siguientes casos:
- Fallas del empaque: empaque que permita contaminación del producto, que el envase se encuentre aplastado, abierto o con evidentes indicios de daño.
- Conservación del insumo inadecuada: que el producto presente algún tipo de objeto extraño, por ejemplo, pelo, pelusa, basura, etc.
- Fallas del insumo: al momento de utilizar y probar el insumo, esté se encuentre defectuoso, no se ajuste a las características del paciente.
43. DEVOLUCIONES
Proveedores que se encuentren adjudicados y sin excepción alguna, deberán asumir los costos asociados a las devoluciones que sean requeridas y realizadas por bodega de insumos de manera inmediata y sin necesidad de completar ningún documento adicional por parte del proveedor, ya que para dicha gestión sólo se considerara el Formulario N°11, además, de las siguientes condiciones:
- Producto, no se ajuste a las características del paciente.
- Pedido mal despachado o que el producto venga aparentemente con signos de deterioro. (en cantidad o detalle).
- Términos de licitaciones.
- Muestras enviadas por parte del proveedor, sin haber sido solicitadas por el hospital.
- Muestras posterior a la evaluación de especificaciones técnicas.
- U otro factor que sea a causa de mal despacho de proveedor.
44. POR FALLA DE CALIDAD
Conforme a la relación entre características y especificaciones adjudicadas y lo recepcionado por el servicio clínico usuario del insumo, en caso de existir diferencias, deberán ser correctamente formalizadas por parte de éstos, quienes son responsables de evaluar y llevar control de que lo recepcionado guarde relación con lo solicitado y adjudicado. Por otro lado, cualquier falla del insumo que se produzca antes o durante su uso y que no permita utilizarlo ni llevar a cabo el procedimiento, deberá ser informado oportunamente por el servicio clínico de acuerdo a protocolos del Hospital sobre incidentes de esta naturaleza.
45. EQUIPOS EN COMODATO
Oferente adjudicado deberá hacer entrega de 2 equipos (nuevos con una fecha de fabricación máxima de 12 meses previo a la licitación), ecógrafos portátiles con carro, con sistema integrado de posicionamiento (Uno para adultos y otro para pediátricos).
La entrega de los equipos será con un máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba el contrato.
El proveedor adjudicado debe proveer un referente técnico de la empresa para ser contactado por el hospital, ante cualquier consulta de funcionamiento o mantención, indicando correo electrónico, número de teléfono y tiempos de respuesta.
Proveedor deberá hacerse responsable del armado y puesta en marcha de los equipos en los respectivos servicios. Los equipos deberán ser entregados en la Unidad de equipos médicos del Hospital Guillermo Grant Benavente.
Para el caso de ambos ecógrafos, el proveedor deberá incluir todos los accesorios necesarios para su óptimo uso y funcionamiento.
Los equipos deberán ser nuevos.
46. MANTENCIÓN DE EQUIPOS EN COMODATO
Mantención Preventiva: El proveedor deberá realizar mantención preventiva a cada uno de los equipos con periodicidad según lo recomendado por fabricante, como mínimo cada 6 meses, comenzando desde el ingreso de equipos al hospital y con la finalidad de mantener la continuidad del contrato, ya que son utilizados en procedimientos quirúrgicos oftalmológicos.
Los mantenimientos preventivos se deberán ejecutar en las dependencias del Hospital y posterior a la finalización de los trabajos, proveedor deberá dejar constancia de las actividades a través de una Orden de Trabajo, informe técnico o guía de servicio, la cual debe estar firmada por Técnico y Servicio Clínico, debiendo dejar copia física o digital para Servicio Clínico y Departamento de equipos médicos (correo: apequiposmedicos@ssconcepcion.cl).
El lugar y fecha para realizar los trabajos serán coordinados por Servicio Clínico, Departamento de equipos médicos e informados al Servicio Técnico con el fin de no interrumpir el normal funcionamiento de las actividades programadas en servicio clínico. [U6]
Mantención Correctiva: El proveedor deberá reemplazar el equipo cada vez que falle un equipo o parte de él durante la vigencia del convenio, con la finalidad de mantener la continuidad del contrato, ya que el conjunto es utilizado en procedimientos quirúrgicos de Oftalmología. Para ello el proveedor deberá presentarse en sitio en un plazo no superior a 5 días corridos.[U7]
En ambos casos, si se retira una pieza, un equipo, o el conjunto de ellos del hospital para la realización de la mantención durante la vigencia del convenio, el proveedor deberá entregar el reemplazo del equipo que este retirando, por un equipo con las mismas características en un tiempo máximo de 48 horas corridas desde la notificación por parte de la Unidad de Comodatos, donde informaran la situación presentada a la distribución de correo que se señale en el formulario N° 6. Equipo en back-up o de reemplazo debe llegar a la Unidad de Comodatos junto a un informe técnico que indique el mantenimiento vigente de equipo(os) o partes del mismo y que estos se encuentran operativos y listos para su uso.
Equipo de back-up o recambio debe llegar en buen estado (si es usado no podrá tener una data de fabricación mayor a los 6 años y debe estar en óptimas condiciones de uso).
Cualquier daño identificado en la recepción del equipo será observado por escrito en su ingreso y si el daño es significativo el hospital se reserva el derecho a no aceptar el equipo o sus partes y solicitar otro equipo en mejores condiciones para su uso en pabellón.
Para lo anterior, se entenderá por daño significativo cuando el equipo o sus accesorios en su recepción presente hallazgos que puedan generar durante su uso un incidente con paciente o un daño al cirujano.
Esto para dar correcto funcionamiento a los servicios prestados que involucran el uso de estos equipos.
Todo retiro de equipos o partes de los mismos, ya sea para mantenimiento o retiro por término de contrato deberá ser autorizado por Servicios generales mediante una guía de salida elaborada por Departamento de equipos médicos como respaldo en la formalidad del retiro. [U8]
47. CAPACITACION
- Se requiere que el proveedor realice capacitación sobre uso de catéteres centrales de inserción periférica, considerando técnica ecográfica, instalación, mantenimiento, así como de cuidados requeridos de los equipos entregados. Capacitación en técnica tunelización en PICC.
- Esta capacitación deberá ser realizada dentro de 10 días hábiles (máximo) de ejecución del convenio, previa coordinación con la Subdirección de Gestión del Cuidado del HGGBel Servicio Clínico.
[PE1]SE ACTUALIZA A DECRETO 661
[PE2]ACTUALIZADO A DECRETO 661
[PE3]rtículo 13 ter.- En caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, la entidad contratante podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen, las que deberán encontrarse previamente establecidas de forma clara e inequívoca en las bases y en el contrato, y ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento. Tratándose de multas, las bases y el contrato deberán fijar un tope máximo que no podrá superar hasta el 30 por ciento del precio del contrato.
Las bases y el contrato deberán contemplar un procedimiento para la aplicación de las medidas contempladas, que respete los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, y deberá siempre concederse traslado al proveedor para efectuar sus descargos.
La medida a aplicar deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existen, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Contra la resolución que interpone la medida el proveedor afectado podrá interponer los recursos que establezca la ley.
Con todo, la entidad contratante no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado en virtud del presente artículo, en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de la multa.
Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados al organismo del Estado por el incumplimiento del contrato, éste estará facultado para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.".
[PE4] Artículo 129.- De las modificaciones. Los contratos regidos por la Ley de Compras y este reglamento solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
[PE5]AMPLIAR COBRO DE MULTAS POR TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
[U6]Se agrega a equipos médicos en las coordinaciones y reportabilidad
[U7]Se sugiere agregar plazo para presentarse en sitio para atender fallas