Licitación ID: 768-2-LR26
ADQUISICIÓN 10 MINIBUSES SLEP IQQ
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACA
Fecha de Cierre: 11-03-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Mini-furgonetas o furgonetas 10 Unidad
Cod: 25101505
MINIBUSES PARA TRANSPORTE ESCOLAR  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN 10 MINIBUSES SLEP IQQ
Estado:
Publicada
Descripción:
PROYECTO ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR, CÓDIGO BIP 40064995-0
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Gobierno Regional de Tarapacá
R.U.T.:
72.223.100-7
Dirección:
Av. Arturo Prat 1099
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-03-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 09-02-2026 9:22:56
Fecha inicio de preguntas: 09-02-2026 10:00:00
Fecha final de preguntas: 13-02-2026 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-03-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-03-2026 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-03-2026 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 23-04-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ARTICULO 23
Documentos Técnicos
1.- ARTICULO 24
 
Documentos Económicos
1.- ARTICULO 25
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 45%
2 OFERTA TÉCNICA Oferta Técnica 45% • Garantía Técnica 50% • Plazo de Entrega 50% 45%
3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Para este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal. Se entenderá por programas de integridad y ética empresarial cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento de las normas vinculadas a integridad, ética empresarial, probidad y conflictos de intereses, entre otros. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: TRAMO PUNTOS Posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal. 100 No posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido y aplicado por su personal, no informa o no presenta. 0 Nota: En caso de no adjuntar el programa y/o no acompañar antec 5%
4 Cumplimiento de los requisitos Se refiere a la presentación oportuna de todos los antecedentes administrativos, técnicos y económicos exigidos. Se evaluará la entrega de los documentos y respuesta a las consultas realizadas en los plazos establecidos en las bases de la presente licitación y de acuerdo con los puntajes señalados en el siguiente cuadro: TRAMO PUNTOS Cumple oportunamente con la presentación de todos los antecedentes sin errores u omisiones. 100 Cumple con la presentación completa de antecedentes y/o subsana errores u omisiones con posterioridad al cierre de recepción de ofertas, conforme al artículo 56 del Reglamento de la Ley N°19.886. 50 No cumple con la presentación completa de antecedentes y sin errores u omisiones formales, aun cuando se les haya solicitado conforme a las facultades dispuestas en el artículo 56 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: FNDR
Monto Total Estimado: 1338539000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GERMAN TOBAR CONTRERAS
e-mail de responsable de pago: gtobar@goretarapaca.gov.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ
Fecha de vencimiento: 09-07-2026
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total al monto de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos). Estos instrumentos podrán emitirse en moneda nacional o su equivalente en unidades de fomento a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación del Proyecto: ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR, CÓDIGO BIP 40064995-0
Forma y oportunidad de restitución: ARTÍCULO 16: Devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta Acorde a lo dispuesto en el Artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la devolución de esta(s) garantía(s) se efectuará conforme a lo siguiente: a. El adjudicatario podrá retirar su garantía de seriedad de la oferta una vez que suscriba el contrato correspondiente. b. Los oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, podrán retirar su Garantía de Seriedad de la Oferta, dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación, a través del portal www.mercadopublico.cl, de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. c. En el caso de los demás oferentes, la devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta se realizará igualmente en el plazo de 10 días contados desde la notificación, a través del portal www.mercadopublico.cl, de la resolución fundada que dé cuenta de la adjudicación, no obstante, en este caso, dicho plazo podrá extenderse hasta 60 días corridos desde la adjudicación original en el evento de que se deba readjudicar, por los motivos establecidos en las presentes Bases. Para el retiro del/los documentos antes señalados, se requerirá la presentación de un poder simple otorgado por el oferente, a la persona que retire la documentación del Gobierno Regional de Tarapacá, salvo que se trate del propio proponente (persona natural) o representante legal de éste (persona jurídica), en cuyo caso se requerirá la presentación del antecedente que acredite dicha calidad. El retiro del (los) instrumento (s), sólo procederá en el caso de aquellas garantías que sean de naturaleza física (emitidas en soporte papel). En el caso de instrumentos de naturaleza electrónica, estas se entenderán liberadas una vez cumplidos los hitos y plazos señalados para cada caso, en los literales a., b. y c. del presente artículo.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ
Fecha de vencimiento: 13-08-2027
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución que Adjudica la Licitación en el Portal de Mercado Público, deberá entregar una o más garantías, equivalentes en total al 5% del precio final neto adjudicado, en moneda nacional o su equivalente en unidades de fomento al momento de la emisión.
Glosa: Para Garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato del proyecto denominado ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR, Código BIP 40064995-0
Forma y oportunidad de restitución: Una vez verificado el debido cumplimiento de todas las obligaciones contractuales caucionadas a través del (los) instrumento (s) presentado (s), la Unidad Técnica correspondiente del Gobierno Regional informará a la División de Administración y Finanzas (DAF) del mismo, el no cobro de la caución respectiva, tras lo cual se procederá a la devolución del instrumento según se indica a continuación: • En caso de que las garantías presentadas correspondan a instrumentos físicos (emitidos en soporte papel), estas podrán ser retiradas dentro de los 10 días hábiles siguientes al vencimiento de su vigencia. El retiro de ésta será responsabilidad exclusiva del proveedor y para ello se requerirá la presentación de un poder simple otorgado por éste a la persona que retire la documentación en el Gobierno Regional. • En el caso de cauciones de naturaleza electrónica (emitidos conforme a la Ley N° 19.799), el retiro del (los) instrumento (s) no será necesario. En cuyo caso, una vez cumplida su vigencia y en caso de que así lo requiera, el proveedor podrá solicitar copia del documento por el que la Unidad Técnica del Gobierno Regional informa a su DAF el no cobro de la caución en virtud del debido cumplimiento del contrato, lo cual podrá presentar como respaldo ante la institución emisora.
    Otras Garantías
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ
Fecha de vencimiento: 14-07-2026
Monto: 100 %
Descripción: En caso de que el Gobierno Regional autorice una solicitud de pago anticipado, será obligatorio que el proveedor previamente presente una o más garantías de la misma naturaleza, en pesos chilenos o su equivalente en UF, por el monto igual a los recursos anticipados, impuestos incluidos.
Glosa: Para Garantizar el Anticipo del proyecto denominado ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR, Código BIP 40064995-0
Forma y oportunidad de restitución: Tratándose de documentos de naturaleza física, la devolución de la (s) garantía (s) por el pago anticipado se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme de las especies comprometidas con cargo al respectivo pago anticipado, de lo cual la Unidad Técnica del Gobierno Regional informará a su la DAF para autorizar la devolución. Tratándose de documentos de naturaleza electrónica, este Estos) se entenderá devuelta (os) a partir de la fecha de dicha recepción conforme. Esta Garantía tiene por objeto caucionar el pago anticipado, por lo tanto, no reemplaza a ninguna otra Caución y/o Garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
ARTÍCULO 35: Adjudicaciónreadjudicación Una vez evaluados los antecedentes, la Comisión Evaluadora propondrá al Sr. Gobernador Regional de Tarapacá, que se adjudique al oferente que, habiendo cumplido con todos los requisitos exigidos en las bases, haya obtenido el puntaje más alto. El Gobierno Regional, adjudicará la propuesta al oferente que haya obtenido el primer lugar en la evaluación. En el evento que no se pudiera celebrar contrato con dicho oferente, se procederá a contratar con la empresa ubicada en el segundo lugar, y así sucesivamente dentro del plazo de 60 días corridos desde la fecha de adjudicación original. Los proponentes que no fueran adjudicados no tendrán derecho a reclamar indemnizaciones de ninguna especie. En todo caso, el Gobierno Regional se reserva el derecho de declarar desierta la licitación si estima que tales ofertas no resultan convenientes a los intereses del Servicio.
Pacto de integridad

ARTÍCULO 9: Pacto de Integridad

 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las siguientes estipulaciones, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes:

 

  1. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.
  2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su , naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de o naturaleza colusiva, en cualquier de sus s o formas.
  4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
  5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
  7. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente deberá cumplir con la prohibición establecida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación, como participante o interesado en el referido proceso, o como eventual interesado o participante en él, con las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las Bases de Licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

 

Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.