Licitación ID: 611669-2-CO26
Servicio de Aseo para la OR de Magallanes
Responsable de esta licitación: Superintendencia del Medio Ambiente
Fecha de Cierre: 10-04-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Servicio de Aseo para la Oficina Regional de Magallanes de la Superintendencia del Medio Ambiente.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Aseo para la OR de Magallanes
Estado:
Publicada
Descripción:
La Superintendencia del Medio Ambiente, en adelante, la SMA o la Superintendencia, en apoyo a la ejecución de sus funciones, establecidas en el artículo segundo de la Ley N°20.4172010, que crea la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, viene en llamar a licitación privada a proponentes personas naturales o jurídicas, o unión temporal de proveedores UTP, chilenas o extranjeras, con el objeto de contratar el Servicio de Aseo para la Oficina Regional de Magallanes de la Superintendencia del Medio Ambiente, cuyos objetivos y alcances se detallan en las Bases Técnicas.
Tipo de licitación:
Privada-Licitación Privada igual o superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM (CO).
Tipo de convocatoria:
CERRADO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Superintendencia del Medio Ambiente -Nivel Central
R.U.T.:
61.979.950-k
Dirección:
Teatinos #280 Piso 8
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-04-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 26-03-2026 15:16:15
Fecha inicio de preguntas: 26-03-2026 16:00:00
Fecha final de preguntas: 31-03-2026 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-04-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-04-2026 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-04-2026 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 04-05-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita en Terreno Obligatoria 31-03-2026 11:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 15.1. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Para efectos de ofertar, el proponente deberá presentar, o tener acreditados en el Registro de Proveedores de Mercado Público, los siguientes antecedentes: 15.1.1. PERSONA NATURAL: • Fotocopia de su Cédula de Identidad. • Anexo N° 1 “Oferta Administrativa” 15.1.2. PERSONA JURÍDICA: • Fotocopia del RUT de la persona jurídica. • Fotocopia de la Cédula de Identidad o RUT del representante legal. • Anexo N° 1 “Oferta Administrativa” 15.1.3. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: • Fotocopia del RUT de las personas jurídicas. • Fotocopia de la Cédula de Identidad o RUT del representante legal. • Copia del instrumento público o privado en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y que debe cumplir con lo establecido en el numeral 13 “Unión Temporal de Proveedores” de las presentes Bases Administrativas. • Anexo N° 1 “Oferta Administrativa” 15.1.4. PERSONA NATURAL O JURÍDICA EXTRANJERA: • Copia simple de la documentación necesaria para acreditar su existencia legal y la personería de quien presenta la propuesta en su representación, en su caso. • Anexo N° 1 “Oferta Administrativa” En caso de que alguna oferta no acompañe estos anexos o los mismos vengan incompletos, se podrá pedir a través del mecanismo de solicitud de aclaraciones y correcciones de errores u omisiones. Para las ofertas en que se utilice este mecanismo, se aplicará el criterio de Requisitos Formales. El Anexo N° 1 “Oferta Administrativa”, cuenta con cinco (5) apartados: A. Identificación de Oferente, en el cual se deben completar los datos de la persona natural, persona jurídica o UTP, según corresponda. B. Declaración Jurada Simple, el cual debe ser firmado por la persona natural o representante legal, según corresponda. C. Sustentabilidad, en el cual se debe declarar si el oferente cuenta con alguna de las medidas sustentables que allí se detallan. D. Perspectiva de Género, en el cual se debe declarar si el oferente cuenta con alguna de las políticas que allí se detallan. E. Programa de Integridad: Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. • Las ofertas que no cuenten con un Programa de Integridad, tendrán 0 puntos en el criterio correspondiente y en caso de ser adjudicada dicha oferta, el proveedor deberá implementar y remitir un Programa de Integridad en conjunto con los documentos para contratar. • En caso de que el Anexo N° 1 - E “Programa de Integridad” no se presente o bien, no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido. • En caso que la oferta adjudicada declare contar con el programa y no acompañe la copia respectiva, ésta deberá remitirse antes de formalizar la contratación, de no remitir el correspondiente programa, la licitación podrá ser readjudicada.
Documentos Técnicos
1.- 15.2. OFERTA TÉCNICA Cada proponente deberá subir al portal www.mercadopublico.cl, su Oferta Técnica, de acuerdo con los criterios y condiciones establecidas en las presentes Bases, presentando los respectivos anexos, lo cual deberá ser completado por cada oferente mediante el Anexo N°3 “Oferta Técnica”. La oferta técnica se compone de los siguientes ítems: I. II. Experiencia en el rubro: Deberá indicar la experiencia relevante y comprobable en el rubro. Comportamiento contractual: Se revisará el comportamiento contractual registrado en su ficha del portal www.mercadopublico.cl. Adicionalmente, cada proponente deberá presentar el Anexo N°4 “Condiciones de Empleo y Remuneraciones”, donde se debe indicar el sueldo bruto mínimo que percibirá el/la operario/a por el servicio de aseo prestado de la línea de producto a ofertar. • Las ofertas que no cumplan con todas las especificaciones técnicas requeridas serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
 
Documentos Económicos
1.- 15.3. OFERTA ECONÓMICA Los oferentes deberán presentar su oferta referida al servicio de aseo de la Oficina Regional de la línea a ofertar, a través del portal www.mercadopublico.cl , utilizando para ello el Anexo N°2 “Oferta Económica”. Se hace presente que los valores unitarios ofertados, a través del Anexo N°2, referido a los servicios de aseo, corresponderán al precio máximo que el proveedor contratado podrá cobrar para la prestación del servicio especificado, durante la vigencia del contrato. Por su parte para efectos de la evaluación de ofertas, de conformidad a los criterios de evaluación dispuestos en el punto 21.3 de las bases administrativas, se considerarán los valores ofertados a través del anexo N°2.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta técnica - Acredita experiencia en trabajos similares, con una experiencia mayor a 3 años: 100 puntos. - Acredita experiencia de trabajos similares, con una experiencia desde 1 año hasta 3 años: 50 puntos - Acredita experiencia menor a 1 año o no informa: 0 puntos 12%
2 Programa de Integridad Presenta Anexo N° 1 - E “Programa de Integridad” declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal: 100 puntos. No presenta Anexo N° 1 - E “Programa de Integridad”, o, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, o, declara que no posee un programa de integridad que sea conocido por su personal: 0 puntos. 2%
3 Sustentabilidad Se asignará un total de 100 puntos en el presente criterio a oferentes, ya sea empresa o persona natural, que cuenten con alguna de las medidas sustentables, según la declaración contenida en el Anexo N°1-C “Sustentabilidad” con el o los correspondientes medios de verificación. 2%
4 Perspectiva de Género Para la evaluación de este criterio se asignará un puntaje a cada oferente que demuestre contar con políticas de Perspectiva de Género, de acuerdo con lo indicado en la Directiva Nro. 20 aprobada a través de la Resolución Exenta N° 0634-B de la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP), como contar con Sello Mujer y/o encontrarse certificada en la Norma Chilena 3262. Para lo anterior, cada oferente deberá adjuntar a su propuesta el Anexo N°1-D “Perspectiva de Género” y el o los correspondientes medios de verificación. 2%
5 Cumplimiento de requisitos formales El presente criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por la SMA, que hayan sido omitidas al momento de la presentación de su oferta. En base a lo dispuesto en la cláusula “Solicitud de Aclaración y de Antecedentes Omitidos en la Presentación de la Oferta” de las presentes bases. 2%
6 Condiciones de Empleo y Remuneraciones a.- Sub Criterio Remuneraciones del Personal (50%) - b.- Sub Criterio Continuidad del Personal (40%) - c.- Sub Criterio Condiciones de Empleo (10%) 30%
7 Oferta Económica P𝒓𝒆𝒄𝒊𝒐 = [𝑷𝒓𝒆𝒄𝒊𝒐 𝑴𝒆𝒏𝒐𝒓 𝑶𝒇𝒆𝒓𝒕𝒂𝒅𝒐/𝑷𝒓𝒆𝒄𝒊𝒐 𝑶𝒇𝒆𝒓𝒕𝒂 𝑬𝒗𝒂𝒍𝒖ada] x 100 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Subtítulo 22, Ítem 08, Asignación 001
Monto Total Estimado: 12718333
Justificación del monto estimado Existen los fondos presupuestarios necesarios, en el presupuesto vigente de esta Superintendencia, para realizar la contratación en cuestión, según se consigna en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 36, de fecha 19 de enero de 2026.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 20 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Paulina Tapia
e-mail de responsable de pago: finanzas@sma.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Superintendencia del Medio Ambiente
Fecha de vencimiento: 17-02-2028
Monto: 5 %
Descripción: La garantía debe ser entregada junto con los documentos que se requerirán para la contratación, según las siguientes condiciones: a) Si se tratase de un documento o certificado físico: en la Oficina de Partes de la Superintendencia del Medio Ambiente, Teatinos 280, piso 8, Santiago, en un sobre dirigido al Departamento de Administración y Finanzas, señalando que corresponde a la licitación “SERVICIO DE ASEO PARA LA OFICINA REGIONAL DE [LÍNEA A OFERTAR] DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE”. El horario de atención es de 09:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes, por lo que el proveedor deberá tomar las precauciones de entregar la garantía en los horarios antes señalados. b) Si se tratase de un documento o certificado electrónico: Debe ser enviada a través de formato PDF, a la Oficina de Partes virtual de la Superintendencia del Medio Ambiente cuya casilla de correo es: oficinadepartes@sma.gob.cl. con copia a la Sección de Adquisiciones, al correo: compras@sma.gob.cl. El oferente adjudicado deberá cumplir con la entrega de esta garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de indicado por la Superintendencia, el cual no podrá superar los 5 días corridos contados desde que se le notifique la adjudicación. Sin perjuicio de lo anterior, la Superintendencia del Medio Ambiente podrá solicitar al proponente la renovación de la garantía de fiel cumplimento, en caso de que el plazo del contrato se extienda por cualquier causa o motivo fundado, a fin de mantener debidamente caucionadas las obligaciones del adjudicado durante la vigencia del contrato.
Glosa: SERVICIO DE ASEO PARA LA OFICINA REGIONAL DE MAGALLANES DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE.
Forma y oportunidad de restitución: La presente garantía de fiel cumplimiento será devuelta al proveedor adjudicado, una vez realizados los descuentos que procedan, si corresponde al caso, y 60 días hábiles posteriores al vencimiento del contrato. En caso de que el adjudicatario no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, o con las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, le corresponderá al Licitante hacer efectivo su cobro sin más trámite.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
31. MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% (treinta por ciento) del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
32. CONTRAPARTE TÉCNICA
La contraparte técnica y supervisora del contrato será la Jefatura de la Oficina Regional correspondiente a la línea de producto a ofertar, o en su defecto quien lo/la reemplace. Las funciones de la contraparte serán: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en estas bases para el oportuno cumplimiento del contrato. b) Informar al contratista de la aplicación de las multas que procedan. c) Impartir Instrucciones al contratista, a través del Supervisor/a de la empresa adjudicada, mediante directrices, ordenes y/o requerimientos destinados a obtener un mejor y estricto cumplimiento de los objetivos del contrato. d) Cualquier otra actividad que corresponda a la supervisión integral del desarrollo del servicio en sus aspectos técnicos y administrativos. e) Visar la documentación de los pagos, en virtud de su recepción conforme.
33. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
El adjudicatario deberá informar a la SMA, con anterioridad a la suscripción del contrato a que dé lugar la presente licitación, el nombre completo de la persona que ejercerá la función de Contraparte y la casilla de correo electrónico a través de la cual se efectuarán las comunicaciones con la SMA. El Administrador de Contrato, representará al adjudicado para efectos de la ejecución, coordinación y gestión del contrato, y será responsable de atender todos los requerimientos que sean formulados por la SMA, debiendo coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento del contrato que se celebre como resultado de esta licitación, e informar oportunamente a la Contraparte Técnica de la SMA, todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del mismo. Esta persona deberá contar con un servicio de comunicación eficiente para contactarla fácilmente en caso de necesidades y requerimientos. El costo de este servicio será de cargo del adjudicado. Toda comunicación entre la SMA y el contratado deberá ser canalizada exclusivamente a través del Administrador de contrato que, para estos efectos, el adjudicatario designe.
34. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO.
a) El adjudicado deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los servicios a la entidad licitante, si pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado. b) Será responsabilidad del adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores durante toda la vigencia del contrato. c) El adjudicado liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual. d) Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportadas por la entidad. e) Asegurar el pago oportuno de las cotizaciones previsionales y otras obligaciones establecidas legalmente en favor de sus trabajadores. f) Emitir los correspondientes documentos tributarios de cobro, previa recepción conforme del servicio, por parte de la Contraparte Técnica.
35. FORMA DE PAGO
La Superintendencia pagará la o las facturas correspondientes a los servicios adjudicados, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción del respectivo instrumento tributario de cobro, el que deberá emitirse luego de la recepción conforme de los servicios, por parte de la Contraparte Técnica. El proveedor solo podrá facturar los servicios efectivamente entregados y recibidos conforme por la Contraparte Técnica. Esta Superintendencia reclamará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la respectiva recepción conforme, y sin contar con los antecedentes del mes requeridos para el pago. Para el pago se deberá adjuntar. a) Recepción conforme de los servicios otorgada por la Contraparte Técnica. b) Orden de compra correspondiente. c) Resolución aprobatoria de contrato, si lo hubiere o Resolución de adjudicación si corresponde. d) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1) de todos los trabajadores de la empresa involucrados directamente en la prestación del servicio contratado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 C del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo, regulado por el reglamento sobre acreditación de cumplimento de obligaciones laborales y previsionales, contendido en el Decreto Supremo N°319, de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Tratándose de honorarios, no aplicaría este antecedente. e) Comprobante de pago de cotizaciones previsionales de él/la o los/as trabajadores/as que prestan el servicio, desglosando las obligaciones pagadas (obtenido de Previred o similar). f) Registro de asistencia del mes de pago, de él/la o los/as trabajadores/as que prestan el servicio. g) Liquidaciones de sueldos, debidamente firmadas y con recepción conforme de él/la o los/as trabajadores/as que prestan el servicio. Esta documentación deberá incluir información que indique que la remuneración percibida es exclusivamente por los trabajos prestados a la SMA. Tratándose de honorarios, no aplicaría este antecedente. h) Comprobante de pago o transferencia de la remuneración respectiva. Tratándose de honorarios, no aplicaría este antecedente. i) j) Documento tributario de cobro con su respectiva recepción conforme. Certificado de habilidad del Registro de Proveedores del Estado. En caso de que la empresa no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de la obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la SMA podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquella, el monto de que es responsable, en conformidad a lo establecido en el citado artículo 183 C, quedando obligada a pagar con ella al respectivo trabajador o institución previsional acreedora. Las facturas deberán ser emitidas a nombre de la Superintendencia del Medio Ambiente, RUT N°61.979.950-K, fono (2) 6171800, dirección Teatinos N°280, piso 8, Santiago. En el caso de las facturas, al ser emitidas, estas a su vez, deben adjuntar el respectivo archivo XML a la casilla smarecepcion@custodium.com, y en el campo de “Referencias” o “Código 801” indicar el ID de la orden de compra respectiva. Las facturas deberán emitirse, una vez recibidos conformes los servicios por parte de la Contraparte Técnica del contrato. Cláusula de Reajustabilidad: El contrato se reajustará con el indicador “Índice de Precios al Consumidor” IPC, correspondiente a la variación de los últimos 12 meses respecto del mes en curso al igual mes del año pasado, a partir de la fecha de inicio del contrato. El cálculo se realizará en base a la calculadora proporcionada por la web del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Fórmula de cálculo: v𝑎𝑟𝑖𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝐴𝑛𝑢𝑎𝑙 (%) = [ 𝐼𝑃𝐶𝑡 𝐼𝑃𝐶𝑚𝑒𝑠 𝑡,𝑎ñ𝑜 𝑎𝑛𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜𝑟 −1]×100 En caso de variaciones negativas no se aplicará la variación de precios y se mantendrá el valor del contrato.
36. DEL FACTORING
La SMA deberá cumplir con lo establecido en el contrato de factoring suscrito por el proveedor adjudicado, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. La circunstancia que existan entre la SMA y el proveedor adjudicado obligaciones o multas pendientes, derivadas de la prestación del servicio que aún no se han recepcionado a entera satisfacción por parte de la Contraparte Técnica, consignados en una factura se traducirá en que la SMA no podrá otorgar al proveedor adjudicado el recibo del servicio prestado. Como se viera, este hecho redundará en que la copia de esa factura no podrá cederse a un tercero, por cuanto el mencionado recibo por parte de la SMA constituye un requisito esencial para dicho trámite.
37. NÓMINA DE TRABAJADORES Y DOCUMENTACIÓN
El adjudicatario deberá entregar la nómina de sus trabajadores que participen en la ejecución de servicio que se contrata, al momento de la firma del respectivo contrato, la cual deberá ser actualizada cuando se desvincule o se incorpore a un trabajador. En caso de que el oferente tenga dentro de su personal personas extranjeras deberá acreditar la documentación correspondiente para acreditar su “Legalidad” en el país, ya sea residencia definitiva o en proceso de obtención. Conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, la Superintendencia podrá exigir en cualquier momento al Contratado, que informe el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, mediante certificado de la Inspección del Trabajo respectiva, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad del monto y estado de cumplimiento, por ejemplo, mediante nóminas que contengan la individualización de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios, tales como las planillas que contengan el estado de pago de las mismas, registros de asistencia, liquidaciones de sueldo, comprobantes de pago, contratos de trabajo, etc. Ello, con el propósito de hacer efectivos los derechos que le asisten a esta Superintendencia de ser informado y de retención, consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones de conformidad con el artículo 183-D del Código del Trabajo. Sin perjuicio de lo señalado, no obstante, las sanciones contractuales que sean procedentes, cualquier incumplimiento de la normativa laboral o previsional que se detecte durante el periodo de vigencia del contrato, serán comunicadas a la Inspección del Trabajo.
38. MULTAS
El adjudicatario contratado podrá ser sancionado con el pago de las siguientes multas: (VER ANEXO).
38.1 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, la Encargada de la Sección Administración y Servicios Generales, deberá elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos: 1. Identificación del adjudicatario; 2. Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato; 3. Responsable por parte del adjudicatario; 4. Fecha del incumplimiento y documentación que lo respalda; 5. Monto de la multa, y 6. Firma del encargado/a de la Sección Administración. Una vez elaborado el informe, el Departamento de Administración y Finanzas, notificará a través del el Sistema de Información y carta certificada, el documento, acto, carta o resolución al domicilio del proveedor establecido en el contrato y la dirección de correo electrónico fijada por el proveedor a través del Sistema de Información, para recibir notificaciones sobre medidas por incumplimientos contractuales en conformidad al artículo 140 del Reglamento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la SMA, dirigidos al Departamento de Administración y Finanzas, de lunes a viernes en un horario 9:00 a 13:00 horas. Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, corresponderá a la Contraparte Técnica resolver la reclamación del proveedor adjudicado, rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos. Vencido el plazo sin presentar descargos, la SMA dictará la resolución de aplicación de multas. La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará al proveedor en su domicilio indicado en el contrato, por carta certificada y a través de la plataforma mercado público, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recursos de reposición por escrito ante la SMA, el que deberá ser presentado en la Oficina de Partes de la SMA, dirigido al Departamento de Administración y Finanzas, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:00 hrs. Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil al que se notifique la aplicación de una multa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25° de la Ley N°19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, normativa que rige el procedimiento de aplicación de multas establecido en estas bases.
38.2 PAGO DE LAS MULTAS
El profesional o la empresa, deberá integrar los montos correspondientes a la(s) multa(s) aplicada(s) en la forma que indique la respectiva notificación, dentro del plazo máximo tres (3) días contados desde la fecha de notificación o, en su defecto, desde la resolución sobre los descargos presentados, de persistir la aplicación de la multa. De no cumplirse los plazos antes señalados, se procederá a descontar/retener el monto correspondiente a las multas de los pagos que pudieren estar pendientes.
39. TÉRMINO ANTICIPADO CONTRATO
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
40. TÉRMINO DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO GRAVE
Serán causales de incumplimiento grave, entre otras: a) Incumplimiento de las especificaciones técnicas de los productos/servicios requeridos. b) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases. c) Que las multas acumuladas, por cualquier causal, superen el 15% del monto total del contrato. d) Que las multas acumuladas, por cualquier causal, superen la cantidad de 3 resoluciones totalmente tramitadas, durante la vigencia del contrato. e) No dar cumplimiento irrestricto a todas las disposiciones legales vigentes, incluyendo las leyes tributarias, así como también, incurrir en incumplimiento a alguna de las disposiciones que dictamine el Servicio de Impuestos Internos. f) No emitir el/los correspondientes Documentos Tributarios de Cobro, una vez otorgada la recepción conforme de los productos, por parte de la Contraparte Técnica. g) Si el proveedor, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: i. ii. iii. iv. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicado y la entidad licitante. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. Falsificar o alterar la información de cualquier tipo de documentación o antecedente entregado durante el contrato. Sin perjuicio de las demás acciones que procedan, en caso de incumplimiento grave de las obligaciones del contratado, la Superintendencia del Medio Ambiente podrá poner término anticipado al contrato o exigir su cumplimiento forzado, en todo o parte, y en ambos casos, con indemnización de perjuicios. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
41. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Si se presentase una situación de fuerza mayor o caso fortuito en los términos que se encuentra definido por el artículo 45 del Código Civil, el proveedor deberá notificar al órgano contratante inmediatamente y por escrito de dicha situación y sus causas, quedando excusada de cumplir las obligaciones que emanen del Contrato, desde el momento de la ocurrencia de la fuerza mayor o caso fortuito hasta la desaparición de esta. Si la situación de fuerza mayor o caso fortuito se prolongase más allá de lo razonable o previsible, según la naturaleza del bien o servicio comprendido en el Contrato, o fuere evidente que éste ya no podrá cumplirse, el órgano contratante estará facultado para resolver el Contrato, conforme las normas de la legislación vigente. Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso se considerará caso fortuito o causal de fuerza mayor lo siguiente: a) El embargo de los bienes del proveedor. b) Las acciones que pueda ordenar las autoridades competentes que impidan al proveedor desarrollar su labor por no cumplir con las disposiciones legales o reglamentarias que le correspondan.
42. COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICADO
El adjudicado deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
43. AUDITORÍAS
El adjudicado podrá ser sometido a auditorías externas, contratadas por la entidad licitante a empresas auditoras independientes, con la finalidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las medidas de seguridad comprometidas por el adjudicado en su oferta. Si el resultado de estas auditorías evidencia incumplimientos contractuales por parte del adjudicado, el proveedor quedará sujeto a las medidas que corresponda aplicar la entidad licitante, según las presentes bases.
44. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El proveedor se compromete a observar lo establecido en la ley N° 19.628 de Protección de la Vida Privada y demás legislación chilena aplicable, respecto de la protección de datos personales. En particular, deberá destruir o eliminar los datos de carácter personal o cualquier soporte o documento en que éstos se incorporen, a la finalización del presente contrato o por requerimiento expreso y por escrito del órgano comprador. Las obligaciones derivadas de la presente estipulación se extinguirán en el momento en que los datos de carácter personal hayan sido completamente borrados o eliminados del equipo de almacenamiento de datos o de algún modo, destruidos o convertidos en inaccesibles. El proveedor se compromete a adoptar, actualizar y mantener las medidas organizativas y técnicas que estime necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos de carácter personal, impidiendo cualquier alteración, perdida, tratamiento, procesamiento o acceso no autorizado. Esta obligación se desarrollará de conformidad con el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a los que estén expuestos ya sea que provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.