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ACLARACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
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Los proponentes en el momento de presentar su oferta declaran conocer todos los antecedentes asociados a la misma, aceptando íntegramente lo en ellos expuesto, en virtud de lo cual entregan el Anexo Nº2 señalado en el artículo 9 de estas Bases.
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de las Bases, Especificaciones Técnicas, Anexos y demás antecedentes que forman parte integrante de las Bases que rigen la presente licitación. Si producto del estudio los oferentes estimaren que existen contradicciones o ausencias de información o le surgieran dudas respecto de los antecedentes, podrán solicitar al Servicio de Salud Aconcagua, a través del portal www.mercadopublico.cl, las aclaraciones pertinentes en el plazo establecido en las Bases.
Las respuestas a las aclaraciones o consultas realizadas dentro del plazo establecido para ello, estarán a disposición de todos los interesados, en el portal www.mercadopublico.cl, en la fecha que se indica en las Bases. Estas aclaraciones pueden modificar en algún punto las Bases del llamado a licitación.
5.1 Modificación de los documentos de licitación: El Servicio de Salud Aconcagua podrá por cualquier causa y en cualquier momento antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, antes de la fecha de cierre de la licitación. En este evento podrá ampliar el plazo de recepción de las ofertas a fin de que los interesados puedan ajustar su oferta.
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DE LA REPRESENTACIÓN DEL OFERENTE O PROPONENTE |
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El proponente individualizará en su oferta la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste dicha personería.
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DEL PRECIO DE LOS SERVICIOS. |
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La oferta económica deberá presentarse en el portal www.mercadopublico.cl, en pesos chilenos, sin IVA e incluir todos los costos asociados a la correcta y completa provisión de los Servicios estipulados en las presentes Bases y Especificaciones Técnicas.
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DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS |
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En los Anexos Administrativos, técnicos y económico, los oferentes deberán incluir todos los antecedentes requeridos, los cuales deberán estar debidamente completados, sin enmendaduras con nombre del Representante Legal y firmados. La no presentación de cualquiera de los anexos y/o antecedentes señalados como obligatorios, será causal de inadmisibilidad de la oferta. Estos anexos se encuentran disponibles en archivo editable en el portal.
• Identificación completa del oferente y de su representante legal.
Utilizar Anexo Nº1.
• Declaración Jurada Simple de conocimiento y aceptación de las Bases y demás antecedentes de la licitación.
Utilizar Anexo Nº 2.
• Declaración Jurada por infracción a los derechos fundamentales del trabajador y delitos concursales.
Utilizar Anexo Nº3.
• Declaración Jurada Simple del Oferente.
Utilizar Anexo Nº4.
• Declaración Jurada Simple del Oferente a Inhabilidades por Parentesco.
Utilizar Anexo Nº5
• Autorización Simple.
Utilizar Anexo N° 6
• Formulario de presentación de propuesta 2019-2021
Utilizar Anexo N° 7
• Declaración jurada simple Inhabilidad Delito Sexual.
Utilizar Anexo N° 8
• Propuesta Económica
Utilizar Anexo N° 9
El licitante deberá utilizar los formatos que se anexan, en los casos que correspondan.
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DE LAS GARANTÍAS |
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Este documento será validado únicamente por la Unidad de Tesorería de la Dirección del Servicio de Salud, y constituye uno de los requisitos necesarios para que el oferente continúe en el proceso de licitación, en el caso de la Garantía de Seriedad de la Oferta, o para que se materialice el pago del documento tributario que emita el proveedor, en el evento de ser adjudicado, respecto de la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin perjuicio de las otras visaciones que contempla el Proceso Administrativo.
Para la validación de las Garantías, el Oferente deberá completar Anexo N° 6, en el cual faculta a la Unidad de Tesorería del Servicio de Salud, para efectuar esta gestión ante la Institución Emisora.
La caución o garantía puede consistir en vale vista, póliza de seguro, depósito a plazo, boleta de garantía o cualquier otro documento, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable.
La devolución de las garantías se realizará una vez que se emita solicitud a través de documento conductor, emanado desde la Unidad Técnica respectiva al Departamento de Gestión de Abastecimiento.
La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe.
10.1 GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA:
Para garantizar la seriedad de sus ofertas, todos los proponentes deberán entregar una garantía por un monto de $100.000 (cien mil pesos), la cual deberá ser extendida en pesos chilenos, a nombre del Servicio Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1, pagaderas a la vista, irrevocable y tomada por uno o varios integrantes del oferente. El documento deberá ser entregado físicamente o bien enviado por correo certificado y recepcionado en Oficina de Partes del Servicio Salud Aconcagua, Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe, en caso de ser electrónica, enviar al correo electrónico jocelyn.henriquez@redsalud.gov.cl. El plazo para la recepción de este documento se extenderá hasta la fecha de cierre de la presentación de las ofertas.
El horario de atención a los oferentes, para estos efectos, será de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas y viernes de 08: 00 a 16:00 horas.
Esta garantía deberá tener una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la recepción de ofertas.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todos las obligaciones que se imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, en caso de no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, no entrega de los antecedentes requeridos de acuerdo con las presentes bases para la suscripción del referido contrato, desistimiento de la oferta dentro del plazo de vigencia de 20 días corridos establecidos en las presentes bases, así como en caso de presentación de una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error. De igual forma, la no inscripción en ChileProveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, facultará a la entidad licitante a materializar el cobro de dicha garantía.
La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta pública ID N° _____”
La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza a la vista serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de seriedad de las ofertas.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, se efectuará dentro de 15 días contados desde la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato suscrito con el respectivo proveedor adjudicado.
10.2 GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
Para garantizar el fiel cumplimiento del respectivo contrato, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del precio total del respectivo contrato.
La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario, físicamente o bien enviada por correo certificado a la Oficina de Partes del Servicio Salud Aconcagua, Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe, si es electrónica al correo electrónico a jocelyn.henriquez@redsalud.gov.cl, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación totalmente tramitada.
La fecha de vencimiento de la garantía debe corresponder a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato. En caso de renovación del respectivo contrato, esta Garantía deberá renovarse, por el mismo plazo de renovación de éste, aumentado en 60 días hábiles.
La garantía deberá ser extendida en pesos chilenos, a nombre de Servicio Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario.
La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública ID _________ y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante”
La garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza a la vista serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato.
En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles posteriores a la culminación del respectivo contrato. En caso de renovación del contrato, y cuando la boleta tenga fecha una fecha de vencimiento anterior al termino de dicha renovación, el contratado deberá reemplazarla, dentro de los últimos 5 días de vigencia de la misma, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
La devolución de la respectiva garantía será realizada 60 días hábiles después del término del contrato, una vez que la Unidad Técnica respectiva emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad de Gestión de Abastecimiento de este Servicio de Salud.
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PROCEDIMIENTO DE LA APERTURA |
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La apertura de la ofertas se realizará mediante un Acta de Apertura e Inadmisibilidad, firmada por la Comisión Evaluadora, evaluando que los oferentes ingresen todos los anexos estipulados en las bases e instrumento de garantía seriedad de la oferta para luego realizar en forma electrónica en el portal www.mercadopublico.cl.
Solicitud de aclaraciones y antecedentes
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando tales rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
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COMISIÓN EVALUADORA |
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Las propuestas serán evaluadas por los siguientes funcionarios del Establecimiento o por quienes les subroguen o reemplacen, que se desempeñen en las áreas atingentes al objeto de la licitación, quienes propondrán a la Directora del Servicio de Salud la adjudicación o inadmisibilidad de las ofertas, o deserción del proceso mediante informe:
• Jefe Departamento de Salud Mental.
• Asesor Departamento de Salud Mental, Encargado Discapacidad e Inclusión.
• Asesora Departamento de Salud Mental, Encargada Alcohol y Otras Drogas.
La integración de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
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DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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DE LA EVALUACIÓN
En el análisis y evaluación de las ofertas el Servicio de Salud Aconcagua podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
El Servicio de Salud Aconcagua podrá solicitar a los oferentes, con posterioridad al acto de apertura electrónica de la Propuesta, que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de evaluación, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl Las repuestas deberán entregarse por el portal www.mercadopublico.cl y se limitarán a los puntos solicitados.
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ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA: |
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El Servicio de Salud se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados.
La Entidad licitante declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una Resolución fundada.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
RE ADJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la Orden de Compra, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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CONDICIONES DE EJECUCIÓN. |
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Emisión de órdenes de compra: El Servicio de Salud Aconcagua emitirá órdenes de compra vía portal Mercado Público, según sus necesidades y de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases.
El proveedor contratado no podrá rechazar las órdenes de compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio.
Los Servicios adquiridos serán enterados de acuerdo a los términos pactados en las presentes bases, oferta, convenio y orden de compra.
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CONTRATO |
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El o los adjudicatarios en la propuesta deberán firmar un contrato que será redactado por el Depto. de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua, siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose, en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M.
La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 45 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público.
La presente contratación tendrá vigencia de 24 meses desde el momento de la adjudicación pudiendo ser prorrogado hasta que se proceda con una nueva licitación y según disponibilidad presupuestaria.
17.1 Vigencia del Contrato:
Comenzará a regir desde la Fecha de adjudicación de la presente propuesta y tendrá una duración de 24 meses.
17.2 Renovación del Contrato:
El contrato podrá ser renovado por otro período de igual duración, siempre que:
a) Exista evaluación satisfactoria del cumplimiento tanto en calidad técnica como en plazos de entrega de los productos.
b) Exista disponibilidad presupuestaria.
La renovación se formalizará mediante resolución fundada.
17.3 Ejecución del Contrato:
Durante la ejecución del contrato el proveedor adjudicado deberá ejecutar los meses de planes de tratamiento y rehabilitación ofertados de acuerdo a la distribución que se indique en el contrato y las órdenes de compra válidamente emitidas por la parte del Servicio de Salud Aconcagua.
El proveedor adjudicado proporcionará a las personas usuarias, las prestaciones que incluye el plan de tratamiento intensivo adjudicado, de acuerdo a las necesidades de la persona usuaria, sin exigir a ésta, algún tipo de pago por las atenciones que se les otorgarán.
El tipo de intervenciones y su frecuencia incluidas en un mes de tratamiento, se deberán desarrollar de manera progresiva en la medida que se avanza en el proceso de tratamiento, siendo necesario mantener mayor intensidad al inicio, con el fin de lograr los objetivos terapéuticos, de acuerdo a las características y necesidades de las personas usuarias.
Las prestaciones deberán estar registradas en la Ficha Clínica y son las siguientes:
• Consulta médica psiquiátrica.
• Consulta de salud mental.
• Intervención psicosocial de grupo.
• Consulta psicológica.
• Psicoterapia individual.
• Psicoterapia de grupo.
• Psicodiagnóstico.
• Visita domiciliaria (incluye a lugar de trabajo y/o colegio).
• Consultoría de salud mental.
Están incluidos además en el mes plan, sin costo para la persona, los exámenes y medicamentos asociados al trastorno por consumo de sustancia y su conmorbilidad y que se requieran por su estado de salud y necesidades. El centro deberá gestionar y proveer los mismos.
Las Fichas Clínicas deberán cumplir con toda la normativa vigente Ley 20.584 y Ley 19.628.
Deberán contar además, de acuerdo a lo establecido en el artículo 37, de la Ley 20.584, con un Sistema de Registro y Respuesta escrita de los reclamos realizados por las personas usuarias. Como complemento de lo anterior, deberá instalar junto al libro de reclamos correspondiente, un cartel indicando los medios de contacto con el Servicio de Salud Aconcagua.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 20.584, deberá colocar y mantener en un lugar público y visible, una carta de derechos y deberes de las personas en relación con la atención de salud, cuyo contenido está determinado mediante resolución del Ministerio de Salud.
17.4 Modificación del contrato:
El Servicio de Salud Aconcagua podrá modificar el contrato suscrito, aumentando o disminuyendo los montos y cantidades y/o incorporando Servicios de similar naturaleza, ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de compras públicas.
En cuanto al aumento del monto, éste no podrá aumentarse más allá del 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste, situación en la cual el proveedor deberá respetar los valores adjudicados.
La modificación se formalizará mediante resolución fundada
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MULTAS |
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18.1 Multas por no Cumplimiento.
El no cumplimiento en la Prestación de los Servicios adjudicados, en el plazo ofertado y condiciones establecidas en las presentes bases, obliga al proveedor a cancelar una multa equivalente a 0.1 UTM por incumplimiento del contrato. Las multas se cobrarán administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán del monto total con impuestos de la factura a pagar.
Las multas no podrán exceder el 10% del valor total del contrato.
18.2. Incumplimiento del Contrato (Amonestaciones y Multas por calidad Servicio)
Se produce incumplimiento en calidad, si el proveedor ejecuta los Servicios no respetando los criterios de calidad señalados en su oferta. Se procederá a una Amonestación, es decir una advertencia, en virtud de la cual se le presenta el hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y en donde se le insta a la enmienda de la conducta, conminándola con la advertencia de una sanción mayor en el evento de reincidir o incurrir nuevamente en otra conducta o hecho susceptible de ser amonestado.
El Servicio de Salud podrá amonestar por escrito en el evento de producirse alguno de los siguientes hechos:
a) Dar incumplimiento por más de 30 días a la Disponibilidad del Personal Profesional Ofertado.
b) Falta de congruencia, en beneficio del proveedor, en la cantidad de prestaciones registradas a una personas usuarias en los Reportes Mensuales emitidos por el Centro al Servicio de Salud y los registros de la Ficha Clínica.
c) Falta de coincidencia entre la información registradas de las personas usuarias en los Reportes Mensuales emitidos por el Centro al Servicio de Salud y los registros de la Ficha Clínica, en cuanto a Nombre, RUT, Fecha de Nacimiento.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se considerará un incumplimiento grave de las obligaciones contraídas cuando se hayan cursado 3 o más multas en un período inferior a un año calendario.
c) En caso de abandono (atraso superior a 15 días hábiles, en la prestación total o parcial de Servicios especificados en la orden de compra).
d) Quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) Término o liquidación anticipada del proveedor por causa distinta a la quiebra.
f) Aviso unilateral por parte de Servicio de Salud Aconcagua con 60 días corridos de anticipación remitida mediante carta certificada a domicilio indicado en formulario N°1. Esto con motivo debidamente fundado cuando afecte el buen servicio, la salud pública o el interés nacional.
g) No se restituye nueva garantía en los plazos estipulados, en el caso que haya sido cobrada.
h) Efectuar cobros improcedentes a uno o más personas usuarias del Centro de Tratamiento.
i) Revocación o ausencia de la autorización sanitaria del Centro o de otras autorizaciones legales que requiera para el funcionamiento del Centro de Tratamiento.
j) Actuación o prácticas, debidamente calificadas, que interfieran gravemente el desarrollo del proceso terapéutico, tales como afectar derechoso garantías o garantías de las personas usuarias, involucrarlas en actividades que no se enmarquen dentro del proceso terapéutico, entre otras de igual magnitud.
k) Falta de veracidad de la información presentada por la entidad durante el proceso de licitación, en particular aquella que fue especialmente considerada en la evaluación de las propuestas.
En el período que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la fecha real de termino de éste, el proveedor estará obligado a proveer los Servicios adjudicados en el contrato, y el Servicio de Salud por su parte, podrá hacer cobro del documento de garantía de cumplimiento del contrato, debiendo pagar al proveedor hasta el último día en que efectivamente realizó el servicio para el que fue contratado.
En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Servicio de Salud se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el artículo 8 letra b de la ley 19.886, en concordancia con el artículo N°2 del Reglamento de la citada ley o llamar a una nueva licitación pública para proveer los Servicios.
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PAGO Y FACTURACIÓN. |
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El Documento Tributario (Factura/Boleta de Honorarios) si es electrónica, deberá ser enviada a facturas.ssa@redsalud.gov.cl , o si es en formato papel en la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N° 928, San Felipe.
El Departamento de Salud Mental, deberá emitir un Informe Técnico mensual a la Unidad de Gestión de Abastecimiento para la emisión de la Orden de Compra y Recepción Conforme.
La Orden de Compra debe estar en estado ACEPTADA, una vez realizada la recepción del servicio conforme en la plataforma de mercado público, se solicitará la factura, la cual debe señalar en el documento tributario el número de la Orden de Compra, este requisito es obligatorio y su no mención será motivo de rechazo del documento.
El pago se realizará en el plazo de 45 días corridos siguientes a recibido el Documento Tributario (Factura/Boleta de Honorarios) con recepción conforme del Departamento requirente, plazo permitido por la ley a los Servicios de Salud.
Horario de Atención:
Lunes a jueves: 08:00 hrs hasta 17:00 hrs
Viernes 08:00 hrs hasta 16:00 hrs
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